2. ARTÍCULO 20.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN E
INFORMACIÓN
Un primer dato importante de señalar es que los derechos a la
comunicación, la información y la cultura se incorporan a la
Constitución en el mismo nivel que otros derechos igualmente vitales
para el ser el humano como son la salud, la educación, el buen vivir y
otros.
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su
pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e
imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son
libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la
rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.
3.
4. La Comunicación Social abarca desde el periodismo hasta la
comunicación interna en una empresa. Es una carrera muy amplia
que permite a los profesionales volcar los contenidos aprendidos en
diferentes ámbitos.
Las tecnologías de la información y
comunicación serán tus herramientas de
trabajo y te permitirán ampliar de manera
exponencial las dinámicas comunicativas.
Dejarás de ser tímido,
aprenderás a hablar en
público, a establecer relaciones
rápidamente, perderás el
miedo a enfrentar casi
cualquier situación profesional.
Tendrás una amplia visión de
la sociedad, conociendo
falencias sociales que pueden
abarcar desde la pobreza hasta
el desempleo.
Conocerás de
muchas culturas y
formas de ver el
mundo.
La comunicación es una área
transversal a todo campo y
área del conocimiento, así que
es la base para un desarrollo
profesional completo y de alto
nivel.
5. Es de conocimiento público y por tanto no puede negarse que las
tecnologías de información y comunicación, estén sujetas a constante
cambios, y que hayan significado la evolución misma de los medios
de comunicación en cuanto a sus procesos. Obviamente, la era de la
computación, la informática e Internet, abre a los medios de
comunicación un sinfín de nuevas oportunidades de trabajo, nuevas
áreas de acción y nuevos mercados.