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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
TEMA 5
Integrante:
Domínguez Eduard C.I.11.943.645
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
La negociación colectiva, es aquella que tiene lugar entre un
empleador, un grupo de empleadores, una o más organizaciones
de empleadores, por un lado, y una o más organizaciones de
trabajadores, por el otro. Puede tener lugar en diferentes planos
de manera que uno de ellos complemente a otros, a saber, en una
unidad dentro de la empresa, en la empresa, en el sector, en la
región o bien en el plano nacional.
OBJETIVOS DE LA NEGOCIACIÓN
COLECTIVA
 Sirve para determinar las remuneraciones y las
condiciones de trabajo de aquellos trabajadores a
los cuales se aplica un acuerdo que se ha alcanzado
mediante negociaciones entre dos partes que han
actuado libre, voluntaria e independientemente.
VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÓN
COLECTIVA
 Para los Trabajadores:
 Asegura salarios, condiciones de
trabajo.
 Permite influir en las decisiones y
conseguir una distribución equitativa
de los beneficios.
 Conlleva al progreso tecnológico y al
aumento de la productividad.
NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE TRABAJO DE LOS FUNCIONARIOS
PÚBLICOS
La Administración Pública Centralizada:
Es aquella forma de organización en la que una administración, la del Estado,
asumirá la responsabilidad de satisfacer todas las necesidades de interés
general, y atribuyéndose todas las potestades y funciones públicas necesarias
para ellos.
El Presidente tiene, según la Constitución, un doble carácter: de órgano político
y de órgano administrativo.
El Presidente de la República constituye el jefe de la administración pública,
ocupa el lugar más alto de la jerarquía administrativa.
TIPOS DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS
DE
CARRERA
1. Ganado el
concurso público.
2. Superado el
período de prueba
3. Presten
servicios
remunerado
4. Con carácter
permanente
DE LIBRE
NOMBRAMIENTO Y
REMOCIÓN
ALTO NIVEL Y DE
CONFIANZA
1. Son nombrados y
removidos libremente
de sus cargos sin otras
limitaciones que las
establecidas en esta
Ley.
ELECCIÓN POPULAR
1. Gobernadores y Alcaldes
2. Presidente de la República
CONTRATADOS Y OBREROS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
RÉGIMEN LABORAL DE LOS
EMPLEADOS PÚBLICOS.
L.O.T. DE 1.990
REFORMA DE 1.997
ARTICULO 8 DEDICADO A LOS
FUNCIONARIOS PÚBLICOS. (FUENTES
DE TRABAJO DEL SECTOR PÚBLICO).
ARTICULO 95 CRBV
1.999
Confiere el derecho de sindicación para
los trabajadores sin distingo alguno.
ARTICULO 97 CRBV
1.999
Comprende el derecho a la huelga tanto
para el sector público como para el
sector privado.
ARTICULO 96 CRBV
1.999
Todos los trabajadores y las trabajadoras
del sector público y del privado tienen
derecho a la negociación colectiva
voluntaria y a celebrar convenciones
colectivas de trabajo, sin más requisitos
que los que establezca la Ley.
L.O.T . 1997
El sistema jurídico venezolano, inicia un proceso
constitucional de los derechos laborales.
La reforma de la LOT ha consistido en una
modificación Integral de muchos de sus artículos.
TRABAJADOR
O
TRABAJADORES
PATRONO
TRABAJADOR
O
TRABAJADORAS
PATRONO O PATRONA
Entre las modificaciones mas importantes tenemos:
La eliminación de la figura del trabajador de confianza.
Y la definición de obrero y la de obrero calificado
Se dicta Decreto con Rango
Fuerza de Ley sobre el Estatuto
de la Función Pública
(GORBV. 5.557. Ext. 13/11/2001
Ley del Estatuto de la Función Pública
(GORBV Nº 37.522 06/09/2002)
2011 2002
Texto CONSTITUCIOANL ORDENO EN SU ARTICULO 144 la
sanción de una Ley que estableciera El Estatuto de la Función
Pública (LEFP),
DEROGADAS
•Ley de Carrera Administrativa.
•Y el Reglamento sobre
Sindicatos de Funcionarios,
Ingreso, Ascenso, Traslado,
Suspensión, retiro, Sistema
de Remuneración,
Estabilidad, Jubilaciones,
Pensiones, entre otros.
Se regirán por las normas
contenidas en esta Ley, la de
Seguridad Social y su contrato
de trabajo
Estarán aparados por las
disposiciones de esta Ley, la
de Seguridad Social.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Alfonzo Guzmán, R (2011) Nueva didáctica del Derecho
del Trabajo. Editorial Melvin. Caracas. Venezuela
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(1999).
Hands, R. (1999). La Nueva contratación Colectiva.
Vadell Hermanos. Caracas. Venezuela.
Ley Orgánica del Trabajo (2011)
Ley Orgánica del Trabajo, las trabajadoras y los
Trabajadores (2012)

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  • 1. LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA TEMA 5 Integrante: Domínguez Eduard C.I.11.943.645
  • 2. NEGOCIACIÓN COLECTIVA La negociación colectiva, es aquella que tiene lugar entre un empleador, un grupo de empleadores, una o más organizaciones de empleadores, por un lado, y una o más organizaciones de trabajadores, por el otro. Puede tener lugar en diferentes planos de manera que uno de ellos complemente a otros, a saber, en una unidad dentro de la empresa, en la empresa, en el sector, en la región o bien en el plano nacional.
  • 3. OBJETIVOS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA  Sirve para determinar las remuneraciones y las condiciones de trabajo de aquellos trabajadores a los cuales se aplica un acuerdo que se ha alcanzado mediante negociaciones entre dos partes que han actuado libre, voluntaria e independientemente.
  • 4. VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA  Para los Trabajadores:  Asegura salarios, condiciones de trabajo.  Permite influir en las decisiones y conseguir una distribución equitativa de los beneficios.  Conlleva al progreso tecnológico y al aumento de la productividad.
  • 5. NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE TRABAJO DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS La Administración Pública Centralizada: Es aquella forma de organización en la que una administración, la del Estado, asumirá la responsabilidad de satisfacer todas las necesidades de interés general, y atribuyéndose todas las potestades y funciones públicas necesarias para ellos. El Presidente tiene, según la Constitución, un doble carácter: de órgano político y de órgano administrativo. El Presidente de la República constituye el jefe de la administración pública, ocupa el lugar más alto de la jerarquía administrativa.
  • 6. TIPOS DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE CARRERA 1. Ganado el concurso público. 2. Superado el período de prueba 3. Presten servicios remunerado 4. Con carácter permanente DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN ALTO NIVEL Y DE CONFIANZA 1. Son nombrados y removidos libremente de sus cargos sin otras limitaciones que las establecidas en esta Ley. ELECCIÓN POPULAR 1. Gobernadores y Alcaldes 2. Presidente de la República CONTRATADOS Y OBREROS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
  • 7. RÉGIMEN LABORAL DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. L.O.T. DE 1.990 REFORMA DE 1.997 ARTICULO 8 DEDICADO A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. (FUENTES DE TRABAJO DEL SECTOR PÚBLICO).
  • 8. ARTICULO 95 CRBV 1.999 Confiere el derecho de sindicación para los trabajadores sin distingo alguno. ARTICULO 97 CRBV 1.999 Comprende el derecho a la huelga tanto para el sector público como para el sector privado. ARTICULO 96 CRBV 1.999 Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la Ley. L.O.T . 1997 El sistema jurídico venezolano, inicia un proceso constitucional de los derechos laborales.
  • 9. La reforma de la LOT ha consistido en una modificación Integral de muchos de sus artículos. TRABAJADOR O TRABAJADORES PATRONO TRABAJADOR O TRABAJADORAS PATRONO O PATRONA Entre las modificaciones mas importantes tenemos: La eliminación de la figura del trabajador de confianza. Y la definición de obrero y la de obrero calificado
  • 10. Se dicta Decreto con Rango Fuerza de Ley sobre el Estatuto de la Función Pública (GORBV. 5.557. Ext. 13/11/2001 Ley del Estatuto de la Función Pública (GORBV Nº 37.522 06/09/2002) 2011 2002 Texto CONSTITUCIOANL ORDENO EN SU ARTICULO 144 la sanción de una Ley que estableciera El Estatuto de la Función Pública (LEFP), DEROGADAS •Ley de Carrera Administrativa. •Y el Reglamento sobre Sindicatos de Funcionarios,
  • 11. Ingreso, Ascenso, Traslado, Suspensión, retiro, Sistema de Remuneración, Estabilidad, Jubilaciones, Pensiones, entre otros. Se regirán por las normas contenidas en esta Ley, la de Seguridad Social y su contrato de trabajo Estarán aparados por las disposiciones de esta Ley, la de Seguridad Social.
  • 12. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Alfonzo Guzmán, R (2011) Nueva didáctica del Derecho del Trabajo. Editorial Melvin. Caracas. Venezuela Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Hands, R. (1999). La Nueva contratación Colectiva. Vadell Hermanos. Caracas. Venezuela. Ley Orgánica del Trabajo (2011) Ley Orgánica del Trabajo, las trabajadoras y los Trabajadores (2012)