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Fiscalización
Ambiental
en el subsector
Electricidad
Ing. Juan Orlando Cossio Williams
Abog. Manuel Jesús de Lama
Jueves 19 de febrero del 2015
Preguntas a resolver:
•¿Qué actividades eléctricas identifica en los videos.
Cual cree que es la mas importante?
•¿Qué etapas identifica en las actividades eléctricas y
cuales supervisa el OEFA?
•¿Qué componentes ambientales significativos
identifica en cada una de las actividades eléctricas y
en cual de las etapas se da?
•¿Cómo las actividades eléctricas impactan o afectan
al medio ambiente (y/o a la salud de las personas)?
•¿Qué administrados o empresas eléctricas conoce y
que actividades eléctricas realiza?
Dinámica
Supervisión y Fiscalización
• Supervisar:
Ejercer la inspección superior en trabajos realizados por otros
(vigilar, inspeccionar, observar, controlar, comprobar, revisar).
Acusar algo que “aparentemente” no está bien hecho …
búsqueda de indicios acusables  Evidencias
• Fiscalizar:
1. Hacer el oficio de fiscal;
2. Criticar y traer a juicio las acciones u obras de alguien.
Observar los “actos acusados” con el fin de hallar su falta (o no)
… búsqueda de evidencias
Fiscalización Ambiental:
Hasta la primera mitad de la década ´90
• Competencias de certificación y fiscalización
ambiental concentradas en los Ministerios.
• Fiscalización ambiental realizada por
“terceros”, no por la propia Entidad.
• Terceros pagados por los agentes fiscalizados.
Fiscalización Ambiental:
Segunda mitad de la década ´90  2008
• Creación del Organismo Supervisor de la
Inversión en Energía (Osinerg 
Osinergmin)
• Desconcentración de las competencias de
certificación ambiental (GORE) y fiscalización
ambiental (Osinergmin).
• Aporte por regulación.
Aporte por Regulación
Aporte por Regulación
Aporte por Regulación
Aporte por Regulación
Fiscalización Ambiental:
2008 en adelante
• Creación del Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental – OEFA. (D.L. 1003)
• Ley del Sistema Nacional de Evaluación y
Fiscalización Ambiental – SINEFA. (Ley N°27446)
• Transferencia de funciones de certificación
(GORE) y fiscalización ambiental (OEFA y
GORE).
Esquema de transferencia de funciones al
OEFA en materia ambiental
MM
HH
EE
6 m6 m
12 m12 m
12 m12 m
21.01.1021.01.10
Artículo 3°
DS 001-2010-MINAM
Artículo 3°
DS 001-2010-MINAM
OSINERGMINOSINERGMIN MineríaMinería
D.S. Nº 001-2010-MINAM
21.01.10
D.S. Nº 001-2010-MINAM
21.01.10
22.07.10
Ley 29325 (*)Ley 29325 (*)
04.03.2011
Hidrocarburos
Electricidad
Hidrocarburos
Electricidad PescaPesca
16.03.2012
IndustriaIndustria
D.S. Nº 009-2011-MINAM
03.06.11
D.S. Nº 009-2011-MINAM
03.06.11
17.01.2013
• Cerveza
• Papel
• Cemento
• Curtiembre
05.03.09
(*) Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental
Consejo Directivo
Presidente del
Consejo Directivo
Dirección de Evaluación Dirección de Supervisión
Dirección de Fiscalización,
Sanción y Aplicación de
Incentivos
Tribunal de Fiscalización
Ambiental
Organigrama del OEFA
Nuevo esquema de Fiscalización
Ambiental – SINEFA
FISCALIZACION AMBIENTAL COMO MACRO PROCESO
EVALUACIÓN SUPERVISIÓN
FISCALIZACIÓN Y
SANCIÓN
FISCALIZACION AMBIENTAL COMO EJERCICIO DE
LA POTESTAD SANCIONADORA
EVALUACIÓN
SUPERVISIÓN
DIRECTA
FISCALIZACIÓN Y
SANCIÓN
 Vigilancia, monitoreo para asegurar el cumplimiento
de las normas ambientales
 Verificación del cumplimiento de las Obligaciones
Ambientales Fiscalizables contenidas en la
normativa ambiental o en los instrumentos de
gestión ambiental.
 Investigación de comisión de infracciones
administrativas
 Imposición de sanciones y medidas administrativas
 Otorgamiento de Incentivos por el cumplimiento
de la legislación ambiental.
 Imposición de medidas administrativas
Nuevo esquema de Fiscalización
Ambiental – SINEFA
SUPERVISION
DIRECTA
Seguimiento y Verificación del
cumplimiento de:
Obligaciones Ambientales Fiscalizables
La normativa
ambiental
Instrumentos de
gestión ambiental
Disposiciones y
mandatos
emitidos por los
órganos
competentes del
OEFA
Otras
Obligaciones
creadas por
normativa
posterior o en
función a los
procesos de
transferencia de
competencias al
OEFA
REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN DIRECTA DEL OEFA
Resolución Nº 007-2013-OEFA/CD
PREPARATORIA
EJECUCION DE LA
SUPERVISION
RESULTADOS DE
LA SUPERVISION
ACCIONES PREVIAS
PARA EL EJERCICIO
DE LA SUPERVISIÓN
DIRECTA
INFORME DE
SUPERVISIÓN
INFORME
TÉCNICO
ACUSATORIO
INFORME
TÉCNICO
ACUSATORIO
REPORTE
PUBLICO DEL
INFORME DE
SUPERVISION
SUPERVISIÓN
DE CAMPO
REPORTE PARA
EL
ADMINISTRADO
DEL INFORME
DE SUPERVISION
SUPERVISIÓN
DOCUMENTAL
ARCHIVO
ACUSACION
DFSAIHALLAZGO
Particularidad en el Subsector
Electricidad
El caso eléctrico es particular, respecto de otras actividades
supervisadas por el OEFA.
En este Subsector primero es la aprobación del Instrumento
de Gestión Ambiental (IGA) – a Nivel de Factibilidad- y luego
el otorgamiento de la concesión definitiva.
Art. 25 del Decreto Ley N 25844 (Ley de Concesiones
Eléctricas).
Aspectos Legales del
Subsector
Electricidad
Ing. Juan Orlando Cossio Williams
Abog. Manuel Jesús de Lama
Jueves 19 de febrero del 2015
Se requiere concesión definitiva para el desarrollo de cada una de las siguientes
actividades:
1.La generación de energía eléctrica que utilice recursos hidráulicos, con potencia
instalada mayor de 500 kW;
2.La transmisión de energía eléctrica, cuando las instalaciones afecten bienes del
Estado y/o requieran la imposición de servidumbre por parte de éste;
3.La distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad,
cuando la demanda supere los 500 kW; y,
4.La generación de energía eléctrica con recursos Energéticos Renovables conforme
a la Ley de la materia, con potencia instalada mayor de 500 kW.
Se requiere autorización para desarrollar las actividades de generación termoeléctrica,
cuando la potencia instalada sea superior a 500 kW.
Las actividades de generación, transmisión y distribución, que no requieran de
concesión ni autorización, podrán ser efectuadas libremente cumpliendo las normas
técnicas y disposiciones de conservación del medio ambiente y del Patrimonio
Cultural de la Nación.
Concesión y autorización
PRINCIPALES NORMAS
ELECTRICAS
 Ley de Concesiones Eléctricas – Decreto Ley Nº 25844.
 Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto
Supremo Nº 009-93-EM.
 Reglamento de Protección Ambiental en las actividades
eléctricas – Decreto Supremo Nº 029-94-EM.
 Resolución Directoral N°008-97-EM/DGAA: Norma que
aprueba los LMP´s para las actividades de generación,
transmisión, distribución de energía eléctrica.
 R.C.D N° 028-2013-OEFA/CD: Norma que aprueba la
Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones en
materia ambiental para el Subsector Electricidad.
PRINCIPALES NORMAS
ELECTRICAS
 Decreto Legislativo Nº 1002 – Ley de Promoción de la
Inversión para la Generación Eléctrica con el uso de energías
renovables.
 Resolución Ministerial N°223-2010-MEM/DM: Lineamientos
para la participación ciudadana en las actividades Eléctricas.
 Decreto Supremo N° 031-2012-EM: Norma que modifica
diversos artículos del D.S. 009-93-EM y del D.S. 012-2011-EM
[Relativos al marco regulatorio que regula el otorgamiento de
concesiones de generación hidráulica RER.
 R.M N°162-2014-MINAM: Proyecto de D.S. que aprobaria los
LMP´S para emisiones de actividades de generación
Termoeléctrica.
 R.C.D N°043-2014-OEFA/CD: Tipificación OEFA.
PRINCIPALES NORMAS
ELECTRICAS EN MATERIA
AMBIENTAL
Obligaciones documentales (Titulares de Concesiones y
Autorizaciones)
Art. 6 : Contar con un Auditor Ambiental Interno que sea
responsable del control ambiental de la empresa.
Art.8 : Los titulares de concesiones y autorizaciones deberán
presentar un Informe Anual de Gestión Ambiental del ejercicio
anterior, antes del 31 de marzo, dando cuenta sobre el
cumplimiento de la legislación ambiental vigente,
recomendaciones del EIA o PAMA, aprobado previamente, así
como un informe consolidado de los controles efectuados a sus
emisiones y vertimientos.
Principales Obligaciones Ambientales
Fiscalizables (RPPAE)
Principales Obligaciones Ambientales
Fiscalizables (RPPAE)
(1) No generar efectos potenciales sobre la calidad de los
componentes ambientales (agua, suelo, aire y recursos
naturales).
(2) No originar condiciones inestables ambientales (erosión
e inestabilidad de taludes).
(3) No afectar la biodiversidad.
(4) No producir efectos potenciales sobre los niveles de
aguas superficiales y subterráneas.
(5) No producir afectaciones al ecosistema acuático.
(6) No afectar el régimen natural o el curso de un rio.
Principales Obligaciones Ambientales
Fiscalizables (RPPAE)
(7) Afectaciones sobre la Flora y Fauna.
(8)Minimizar los impactos estéticos.
(9)Mitigar los efectos sobre la salud debido a la
contaminación térmica, ruidos y efectos electromagnéticos
(no aplica).
(10) Disponer de un plan de manejo de materiales
peligrosos y un plan de contingencia.
(11) Minimizar la descarga de desechos sólidos, líquidos y
gaseosos
Principales Obligaciones Ambientales
Fiscalizables (LMP´S)
Los resultados analíticos obtenidos para cada parámetro
regulado, según sea el caso, a partir de la muestra escogida
del efluente respectivo, no deberá exceder en ninguna
oportunidad los niveles establecidos en la columna “Valor en
cualquier momento” del Anexo 1 de la Resolución Directoral
N° 008-97-EM/DGAA.
Principales Obligaciones Ambientales
Fiscalizables (LMP´S)
ANEXO 1
NIVELES MAXIMOS PERMISIBLES DE EMISION DE
EFLUENTES LIQUIDOS PARA LAS ACTIVIDADES DE
ELECTRICIDAD
PARAMETRO VALOR EN CUALQUIER MOMENTO - VALOR PROMEDIO ANUAL
PH Mayor que 6 y Menor que 9 - Mayor que 6 y Menor que 9
Aceites y Grasas (mg/l) 20 10
Sólidos Suspendidos (mg/l) 50 25
Principales Obligaciones Ambientales
Fiscalizables (LMP´S)
Puntos de control para monitoreo:
(1)El administrado debe establecer en el IGA los puntos de
control para el monitoreo de los efluentes líquidos.
(2)Si el administrado decide cambiar los puntos de control
debe de informar al Ministerio de Energía y Minas (Dirección
General de Asuntos Ambientales Energéticos).
Principales Obligaciones Ambientales
Fiscalizables (LMP´S)
 Los responsables de las actividades de electricidad están
obligados a efectuar el muestreo de los efluentes y sus
análisis químicos con una frecuencia mensual.
 Asimismo, tienen la obligación de presentar los reportes
de monitoreos de efluentes líquidos de manera
trimestral.
Principales Obligaciones Ambientales
Fiscalizables (LMP´S)
Artículo 5º.- La descarga del efluente a ríos no deberá
incrementar en más de 3ºC la temperatura del Cuerpo
Receptor, considerándose este valor a partir de un radio
igual a 5 (cinco) veces el ancho de su cauce en torno al
punto de descarga. En el caso de descargas al mar o
lagos, la temperatura del efluente no deberá superar en
ningún momento 50 °C en su punto de descarga. El punto
de medición será establecido conforme a lo indicado en los
Protocolos de Monitoreo de Calidad de Agua del Sector
Minero-Energético publicados por la Dirección General de
Asuntos Ambientales
Obligaciones ambientales relacionadas con el Plan de
Participación Ciudadana en las actividades de generación,
transmisión y distribución
A partir de la entrada en vigencia de la Resolución Ministerial N° 223-2010-MEM/DM, los
administrados que hayan presentado un Instrumento de Gestión Ambiental y el Ministerio
de Energía y Minas se los haya aprobado deben cumplir con las siguientes obligaciones:
1)Implementar el Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana o la Oficina de Información
y Participación Ciudadana.
2)Ejecutar el Plan de Participación Ciudadana durante el ciclo de vida del proyecto
eléctrico.
3)Ejecutar el Plan de Participación Ciudadana coordinando con la población involucrada
que se encuentra dentro del Área de Influencia del Proyecto.
1)Permitir que los representantes del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana
acompañen en el proceso de seguimiento de las acciones del proyecto y de los
monitoreos que realicen sobre el cumplimiento de las normas ambientales y los
compromisos asumidos en el Estudio Ambiental.
Aspectos básicos del
subsector Electricidad
VIDEOS
1. La energía eléctrica
2. Operación de una Central Hidroeléctrica
3. Proyecto línea de transmisión Moyobamba – Iquitos
4. Armado de una línea de transmisión
30/01/2015
I Curso de Extensión Universitaria en
Fiscalización Ambiental
Concesión
Temporal
Concesión
Temporal Certificación
Ambiental
Certificación
Ambiental Consulta
Previa
Consulta
Previa
Concesión
Definitiva
Concesión
Definitiva Fiscalización
Ambiental
Fiscalización
Ambiental
Control PrevioControl Previo Control PosteriorControl Posterior
Proyecto EléctricoProyecto Eléctrico
1. Permite realizar
estudios a nivel de
factibilidad.
2. Es obligatorio para
C.H. > 750 MW.
3. Plazo máx.: 2 años
4. Otorga derecho
preferente respecto
de la concesión
definitiva.
5. Derecho otorgado
por la DGE del MINEM
1. Permite realizar
estudios a nivel de
factibilidad.
2. Es obligatorio para
C.H. > 750 MW.
3. Plazo máx.: 2 años
4. Otorga derecho
preferente respecto
de la concesión
definitiva.
5. Derecho otorgado
por la DGE del MINEM
1. Evaluación del
IGA por el sector
competente.
2. Otorgado por la
Dirección General
de Asuntos
Ambientales
Energéticos del
MINEM.
1. Evaluación del
IGA por el sector
competente.
2. Otorgado por la
Dirección General
de Asuntos
Ambientales
Energéticos del
MINEM.
1. Aplica para
comunidades
campesinas y
nativas.
2. Relación dada
por el Ministerio
de Cultura.
3. Lo efectúa la
Dirección General
de Electricidad del
MINEM.
1. Aplica para
comunidades
campesinas y
nativas.
2. Relación dada
por el Ministerio
de Cultura.
3. Lo efectúa la
Dirección General
de Electricidad del
MINEM.
1. Derecho para realizar
actividades de
construcción y
operación de centrales
de generación.
2. Otorga derecho para
imposición de
servidumbre.
3. Plazo indefinido.
4. Otorgado por la
Dirección General de
Electricidad del MINEM
1. Derecho para realizar
actividades de
construcción y
operación de centrales
de generación.
2. Otorga derecho para
imposición de
servidumbre.
3. Plazo indefinido.
4. Otorgado por la
Dirección General de
Electricidad del MINEM
1. Inicio de actividades de
construcción y operación
de C.G., L.T. y S.D.
2. Supervisiones regulares
(programadas) y/o
especiales (denuncia,
emergencia ambiental, u
otra).
3. Supervisión continua.
4. Fiscalización de otras
entidades: MINCU, ANA y
SERNANP (ANP o Z.A.)
1. Inicio de actividades de
construcción y operación
de C.G., L.T. y S.D.
2. Supervisiones regulares
(programadas) y/o
especiales (denuncia,
emergencia ambiental, u
otra).
3. Supervisión continua.
4. Fiscalización de otras
entidades: MINCU, ANA y
SERNANP (ANP o Z.A.)
Permiso y competencias ambientales de proyectos
eléctricos
¿Que es la Supervisión?
La supervisión directa es una función de fiscalización o control posterior, sin
embargo su naturaleza es preventiva (evitar daño ambiental):
Alcance. Asegurar el cumplimiento de las normas legales y técnicas referidas a
la conservación y protección del medio ambiente en el desarrollo de las
actividades eléctricas, así como los compromisos asumidos frente al Estado.
El artículo 5°del Decreto Supremo N°029-94-EM (RPAAE)
establece que durante el ejercicio de las actividades eléctricas de
generación, transmisión y distribución, los Titulares de las
Concesiones y Autorizaciones, a que se refieren los artículos 3º y
4o. de la Ley, tendrán la responsabilidad del control y protección del
medio ambiente en lo que a dichas actividades concierne.
Así como se supervisa el cumplimiento de la normativa ambiental
vigente, también se verifica el cumplimiento de los compromisos
establecidos en los IGAS.
Entre los IGAS materia de supervisión tenemos: EIA (EIAd, EIAsd,
DIA), PAMA, PMA, Planes de Abandono (Cierre temporal o
definitivo), Informes Técnicos Sustentarios.
¿Que es la Supervisión?
¿La supervisión ambiental
solo alcanza a los que cuentan con
concesión y/o autorización?
Ley de Concesiones de
Eléctricas
Decreto Ley N° 25844
(Art.1, 7 y 9)
Reglamento de Protección
Ambiental en las Actividades
Eléctricas
D.S N° 029-94-EM
(Art. 3)
Titular Eléctrico
GENERACIÓN TRANSMISIÓN
DISTRIBUCIÓN
Actividades del subsector Electricidad
Estructura del Servicio EléctricoGENERACIÓN
(Eléct.: 97; Min: 51
HC: 11; Ind: 70
Pesq: 26; Otras: 29) TRANSMISIÓN (12)
DISTRIBUCIÓN
(Eléctricas: 16
Otras: 8)
Etapas supervisadas en instalaciones
eléctricas
Actores del subsector Electricidad
Concesiones Definitivas de Generación: Py
Concesiones Definitivas de Generación: Py
Evolución de la oferta de Generación al SEIN
DéficitDéficit
RestricciónRestricción
Perú: País Hidrotérmico
Centrales Termoeléctricas en Chilca
Nodo energético de Chilca
Empresa Nombre de la Central Potencia (MW)
2910MW
Enersur S.A. Chilca 1 850 + 120
Kallpa Generación S.A. Kallpa 870
Duke Energy Egenor S.A. Las Flores 200
Termochilca S.A.C. Santo Domingo de los
Olleros
400
Fénix Power Perú S.A. Chilca 590
Actividades del
subsector
Electricidad
¿Qué actividades
supervisamos en el
subsector electricidad?
Definiciones
Potencia
Instalada
Potencia
Instalada
Potencia
efectiva
Potencia
efectivaPotencia firmePotencia firme
Potencia instalada: Es la potencia generada en condiciones ideales.
Potencia efectiva: Es la potencia real que se puede generar.
Potencia firme: Es la potencia que puede ser entregada inmediatamente con
altos niveles de seguridad.
ElectricidadElectricidad
HidrocarburosHidrocarburos
EnergíaEnergía
VIDEOS
1. La energía eléctrica
2. Operación de una Central Hidroeléctrica
3. Proyecto línea de transmisión Moyobamba – Iquitos
4. Armado de una línea de transmisión
Generación eléctrica
¿En que etapa se generan los principales impactos ambientales?
¿Cual es la etapa mas crítica?
Central hidroeléctrica
Etapa de Construcción
Central hidroeléctrica
Etapa de Operación
Central hidroeléctrica
Etapa de Operación
Principales impactos en centrales hidroeléctricas
en construcción
Implementación de Caminos de Acceso
Construcción de Campamento, Talleres y Almacenes
Extracción de material de Canteras
Implementación de
Depósitos de Material Excedente (DME)
Trabajos de desvío de cauce de río para la construcción de Presa
Plantas Concreteras dentro de la Obra
concreto sobrante producto del
lavado de los mixers.
Construcción de la Presa.
Construcción del Desarenador y Cámara Carga
Construcción de túnel de aducción
Construcción de Casa de Máquinas
Retención de sedimentos  Colmatación.
Centrales Termoeléctricas
Emisiones
Gaseosas
Calidad
del Aire
Operaciones
Antiguas
Operaciones
Nuevas
PAMAPAMA EIAEIA
Efluentes
Calidad del Agua
Residuos Sólidos
Ruidos y
REM
Central termoeléctrica
Etapa de Operación
Central termoeléctrica
Etapa de Operación
Centrales de generación de
energía eléctrica que utilizan
recursos de energía renovable
(RER)
• Las centrales solares no generan emisiones o vertimientos, pero sí
demandan una gran extensión de área (aprox. 100 a 120 hectáreas);
demanda que podría llegar a afectar el hábitat de fauna silvestre.
• El impacto ambiental en este tipo de actividad es mínimo (Se focaliza en el
mantenimiento o reposición de los paneles solares).
• El periodo de vida útil de paneles solares es en promedio 25 años.
Transporte Anillos
Central Eólica
Etapa de construcción
Anillo en la base de la Fundación
Llenado de la Fundación
Descarga de Aspas del Puerto
Transporte de Aspas
Torres a Camión
Transporte en carretera de Torres
Montaje
sección 1
de Torre
Aerogenerador
montado
Parque Eólico
¿Qué actividades
supervisamos en el
subsector electricidad?
VIDEOS
1. La energía eléctrica
2. Operación de una Central Hidroeléctrica
3. Proyecto línea de transmisión Moyobamba – Iquitos
4. Armado de una línea de transmisión
Sistema Eléctrico
Interconectado
Nacional
(SEIN)
y
Sistemas aislados
Líneas de Transmisión
 Uso y habilitación de caminos de acceso
(ampliaciones, nuevos, tránsito);
 Servidumbre (catastro mal efectuado);
 Desbroce (mantenimiento de franja de
servidumbre);
 Inestabilidad de taludes;
 Retiro y almacenamiento del Top Soil; y
 Manejo de residuos sólidos (peligrosos y
no peligrosos): mal almacenamiento
temporal, etc.
 Radiaciones electromagnéticas.
Radiación
 Es una forma de energía en movimiento
que está presente en nuestro mundo de
forma natural o artificial;
 La REM consiste de ondas de energía
eléctrica y magnéticas moviéndose juntas
a través del espacio a la velocidad de la
luz.
Radiación Electromagnética
Radiación No Ionizante
 Es aquella radiación que no tiene la
suficiente energía para modificar las
moléculas de las células vivas;
¿Qué actividades
supervisamos en el
subsector electricidad?
Distribución de energía eléctrica
La energía entregada por el sistema de transmisión a las subestaciones de potencia es
transformada a un nivel de media tensión (10, 13.2 y 22.9 kV), para posteriormente
transformarla en baja tensión (220, 380 y 440 V) que permita el traslado de esta
energía a los usuarios finales, a través de las redes secundarias.
Distribución de energía eléctrica (operación)
• En esta etapa, se realiza el seguimiento al almacenamiento y disposición
de residuos (peligrosos y no peligrosos), así como a la identificación,
almacenamiento y disposición de equipos y residuos con contenido de
PCB.
• Esta es una sustancia química cuya concentración puede generar
impactos críticos en la salud humana y que puede dispersarse en el
ambiente.
• Estas sustancias pueden estar presentes en los transformadores
empleados en las distintas actividades del subsector.
I Curso de Extensión Universitaria en
Fiscalización Ambiental
Electro
Oriente
Sersa
Electro
Ucayali
Electro
Pangoa
Electro
Sur Este
Electro
Puno
Electro
Sur
Seal
Electro
Sur
Medio
Coelvisa
Edecañet
e
Edelnor y
Luz del Sur
Emsemsa
Hidrandina
Electro
Norte
Enosa
Electro
Tocache
Electro
Centro
Emseu
Distribución de energía eléctrica
Generación de RR.SS. y gestión de materiales y
residuos (peligrosos y no peligrosos)
Principales impactos ambientales en
Sistemas de distribución
Instalaciones Eléctricas de Servicio Público:
 Incumplimiento de Distancias Mínimas de Seguridad,
 Postes de Alumbrado Público en mal estado ó mal ubicados,
 Ubicación inadecuada de Subestaciones,
Riesgos eléctricos
Los Policlorobifenilos o Bifenilos Policlorados (PCB) son un grupo de sustancias químicas
sintéticas muy estables, no corrosivas y muy poco inflamables. La formula química es
C12H(10-n)Cln en donde:
1<=n<=10, o sea que puede contener desde uno hasta diez átomos de cloro
PROPIEDADES FISICO QUÍMICAS:
•Resistencia al Fuego (alta capacidad calorífica)
•Escasa (baja) conductividad eléctrica
•Grado elevado de estabilidad química
•Insolubles en agua
•Fácilmente solubles en grasas, hidrocarburos y otros compuestos orgánicos
Bifenilos Policlorados (PCB)
Los Compuestos Orgánicos Persistentes (COP) son productos de la actividad
industrial humana que se definen por su volatilidad, su gran estabilidad química y
su capacidad para acumularse en los tejidos grasos de los organismos vivos. En
concentraciones extraordinariamente bajas, estas sustancias son capaces de
inducir trastornos hormonales, nerviosos, inmunológicos y reproductivos,
así como cánceres y tumores de múltiples tipos.
Está considerada como una de las sustancias más nocivas fabricadas por el
ser humano.
Bifenilos Policlorados (PCB)
 1968, en Yusho, Japón, un lote de aceite de arroz fue contaminado accidentalmente con PCB.
 Más de un millar de personas enfermaron por usar el aceite contaminado para cocinar.
 Los niños nacidos de madres que habían ingerido el aceite se caracterizaron por el bajo peso
al nacer, la pigmentación oscura de piel, párpados hinchados e irrupción temprana de dientes.
 1978 - 79 en Yu-Cheng, aproximadamente 2000 taiwaneses ingirieron aceite de arroz
contaminado con PCB y dioxinas y furanos, ellos desarrollaron cloracné, hiperpigmentación,
neuropatía periferal y otros signos similares a los sufridos en Yusho.
 Estados Unidos, donde los niños nacidos de madres que habían comido pescado de los lagos
de Michigan, contaminado con PCB, tenían mala memoria, coeficiente intelectual bajo para su
edad y la visión disminuida.
Exposición Humana a los PCB
Efectos de los PCB en la salud
 Efectos por intoxicación se evidenciaron desde la etapa de producción (1930)
 Producen lesiones dérmicas (cloracné), oculares y disfunciones hepáticas.
 Alteran el equilibrio hormonal en personas y animales.
 Se transmite al feto durante el embarazo y la lactancia
 Afecta el desarrollo neurológico, problemas de conducta y menor coeficiente intelectual
 Niños nacen con un menor peso y altura corporal
 Pigmentación de uñas, incrementa el riesgo de diabetes y enfermedades del hígado
 Alteraciones en los ciclos menstruales y en el sistema inmunitario
 Potencial de riesgo para la reproducción de los seres humanos
 Calificado por la IARC (Agencia Internacional para Investigación sobre el Cáncer) de la
Organización Mundial de la Salud (OMS) como CARCINÓGENO HUMANO.
PROYECTO DE REGLAMENTO
«REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN SANITARIA Y AMBIENTAL DE LOS
BIFÉNILOS POLICLORADOS»
Última versión: Febrero 2014
Artículo 6.- El OEFA y las demás EFA son competentes para
fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones ambientales
establecidas en el presente Reglamento.
Artículo 6.- El OEFA y las demás EFA son competentes para
fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones ambientales
establecidas en el presente Reglamento.
Proyecto: Manejo y disposición Ambientalmente
Racional de Bifenilos Pliclorados (PCB)
DIGESA / ONUDI
MARCO LEGAL
EN EL PERÚ NO EXISTE UNA REGULACIÓN ESPECÍFICA
PARA LA GESTIÓN DE LOS PCB.
Supervisión y Fiscalización en temas de PCB
PROYECTO PARA LA GESTIÓN SANITARIA Y AMBIENTAL DE
LOS BIFÉNILOS POLICLORADOS:
“IDENTIFICACIÓN DE BARRERAS AMBIENTALES”
EJECUCIÓN DEL PROYECTO: PROGRAMACIÓN
CONSIDERACIONES FUTURAS:
Incentivo (Buenas Prácticas Empresariales) a empresas por tener analizadas sus existencias
(transformadores con aceites dieléctricos)
MINEM: Exija como parte de la Actualización de IGA (RLSEIA), contar con PMA para el manejo
de aceites dieléctricos (existencias y residuos)
REPORTE DE EMERGENCIAS AMBIENTALES
REPORTE DE EMERGENCIAS AMBIENTALES
CASO: PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
En vista que aún no existe normativa que sancione la inadecuada
gestión de los PCB, el OEFA interviene a través de la supervisión de
residuos sólidos peligrosos.
MEDIDA CORRECTIVA
Se ordenó, además, como medida correctiva:
Elaborar un PLAN DE ACCIÓN PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL de los
equipos, instalaciones, implementos, materiales, equipos de protección
personal, entre otros, que hayan tenido contacto con los PCB, así como para la
recuperación de los suelos que hayan sido afectados por estas sustancias.
El referido Plan deberá contener como mínimo:
a. Un inventario de los equipos que contengan PCB. hayan sido utilizados
o estado en contacto con tales equipos, de los implementos y
materiales utilizados para el mantenimiento, disposición y traslado de
los mismos.
b. Un cronograma de ejecución.
c. Un Plan de Capacitación sobre el manejo, traslado y disposición de
residuos que contengan PCB, con la finalidad de evitar o minimizar
impactos negativos al ambiente, a la salud y vida de las personas.
d. Un procedimiento para el manejo, traslado y disposición final de los
residuos que contengan PCB.
Criterios para identificación de PCB
Antigüedad (<´83)
Marca del equipo y
Procedencia
Nombre aceite
Mantenimiento
posterior:
- Cambio
- Rellenado con
aceite (cont. cruzada)
- Tratamiento
(regenerado- filtrado)
Equipo posiblemente contaminado con PCB
Sin placa
Reglamento de Protección Ambiental
de las Actividades Eléctricas - Limitaciones
Casos Emblemáticos
Instalaciones relacionadas a la actividad de generación (instalaciones hidraúlicas)
•Operaciones de embalse y desembalse del Lago Chinchaycocha (Junín);
•Conflictos sociales por la operación de la Presa Tulumayo;
Instalaciones relacionadas a la actividad de generación (instalaciones térmicas)
•Operación y construcción de Centrales térmicas en Chilca;
•Operación de Central Térmica Santa Rosa en Lima;
•Derrames de hidrocarburos de la Central Térmica Iquitos.
•Operación de Centrales Térmicas menores de 50 MW en casos de emergencia
(Dolorespata, Tarapoto, otras).
Instalaciones relacionadas a la actividad de transmisión
•Afectación de terrenos por instalación de Torres de Transmisión y REM.
•Instalación de Líneas sin aprobación de EIA (certificación ambiental).
Instalaciones relacionadas a la actividad de distribución
•Monitoreo de ruido y disposición de RR.SS. en S.E.s y líneas de M.T. y B.T.
Gracias…
Ing. Juan Orlando Cossio Williams … jcossio@oefa.gob.pe
Abog. Manuel Jesús de Lama … mjesus@oefa.gob.pe

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  • 1. Fiscalización Ambiental en el subsector Electricidad Ing. Juan Orlando Cossio Williams Abog. Manuel Jesús de Lama Jueves 19 de febrero del 2015
  • 2. Preguntas a resolver: •¿Qué actividades eléctricas identifica en los videos. Cual cree que es la mas importante? •¿Qué etapas identifica en las actividades eléctricas y cuales supervisa el OEFA? •¿Qué componentes ambientales significativos identifica en cada una de las actividades eléctricas y en cual de las etapas se da? •¿Cómo las actividades eléctricas impactan o afectan al medio ambiente (y/o a la salud de las personas)? •¿Qué administrados o empresas eléctricas conoce y que actividades eléctricas realiza? Dinámica
  • 3. Supervisión y Fiscalización • Supervisar: Ejercer la inspección superior en trabajos realizados por otros (vigilar, inspeccionar, observar, controlar, comprobar, revisar). Acusar algo que “aparentemente” no está bien hecho … búsqueda de indicios acusables  Evidencias • Fiscalizar: 1. Hacer el oficio de fiscal; 2. Criticar y traer a juicio las acciones u obras de alguien. Observar los “actos acusados” con el fin de hallar su falta (o no) … búsqueda de evidencias
  • 4. Fiscalización Ambiental: Hasta la primera mitad de la década ´90 • Competencias de certificación y fiscalización ambiental concentradas en los Ministerios. • Fiscalización ambiental realizada por “terceros”, no por la propia Entidad. • Terceros pagados por los agentes fiscalizados.
  • 5. Fiscalización Ambiental: Segunda mitad de la década ´90  2008 • Creación del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (Osinerg  Osinergmin) • Desconcentración de las competencias de certificación ambiental (GORE) y fiscalización ambiental (Osinergmin). • Aporte por regulación.
  • 10. Fiscalización Ambiental: 2008 en adelante • Creación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA. (D.L. 1003) • Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental – SINEFA. (Ley N°27446) • Transferencia de funciones de certificación (GORE) y fiscalización ambiental (OEFA y GORE).
  • 11. Esquema de transferencia de funciones al OEFA en materia ambiental MM HH EE 6 m6 m 12 m12 m 12 m12 m 21.01.1021.01.10 Artículo 3° DS 001-2010-MINAM Artículo 3° DS 001-2010-MINAM OSINERGMINOSINERGMIN MineríaMinería D.S. Nº 001-2010-MINAM 21.01.10 D.S. Nº 001-2010-MINAM 21.01.10 22.07.10 Ley 29325 (*)Ley 29325 (*) 04.03.2011 Hidrocarburos Electricidad Hidrocarburos Electricidad PescaPesca 16.03.2012 IndustriaIndustria D.S. Nº 009-2011-MINAM 03.06.11 D.S. Nº 009-2011-MINAM 03.06.11 17.01.2013 • Cerveza • Papel • Cemento • Curtiembre 05.03.09 (*) Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental
  • 12. Consejo Directivo Presidente del Consejo Directivo Dirección de Evaluación Dirección de Supervisión Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos Tribunal de Fiscalización Ambiental Organigrama del OEFA
  • 13. Nuevo esquema de Fiscalización Ambiental – SINEFA FISCALIZACION AMBIENTAL COMO MACRO PROCESO EVALUACIÓN SUPERVISIÓN FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN FISCALIZACION AMBIENTAL COMO EJERCICIO DE LA POTESTAD SANCIONADORA
  • 14. EVALUACIÓN SUPERVISIÓN DIRECTA FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN  Vigilancia, monitoreo para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales  Verificación del cumplimiento de las Obligaciones Ambientales Fiscalizables contenidas en la normativa ambiental o en los instrumentos de gestión ambiental.  Investigación de comisión de infracciones administrativas  Imposición de sanciones y medidas administrativas  Otorgamiento de Incentivos por el cumplimiento de la legislación ambiental.  Imposición de medidas administrativas Nuevo esquema de Fiscalización Ambiental – SINEFA
  • 15. SUPERVISION DIRECTA Seguimiento y Verificación del cumplimiento de: Obligaciones Ambientales Fiscalizables La normativa ambiental Instrumentos de gestión ambiental Disposiciones y mandatos emitidos por los órganos competentes del OEFA Otras Obligaciones creadas por normativa posterior o en función a los procesos de transferencia de competencias al OEFA
  • 16. REGLAMENTO DE SUPERVISIÓN DIRECTA DEL OEFA Resolución Nº 007-2013-OEFA/CD PREPARATORIA EJECUCION DE LA SUPERVISION RESULTADOS DE LA SUPERVISION ACCIONES PREVIAS PARA EL EJERCICIO DE LA SUPERVISIÓN DIRECTA INFORME DE SUPERVISIÓN INFORME TÉCNICO ACUSATORIO INFORME TÉCNICO ACUSATORIO REPORTE PUBLICO DEL INFORME DE SUPERVISION SUPERVISIÓN DE CAMPO REPORTE PARA EL ADMINISTRADO DEL INFORME DE SUPERVISION SUPERVISIÓN DOCUMENTAL ARCHIVO ACUSACION DFSAIHALLAZGO
  • 17. Particularidad en el Subsector Electricidad El caso eléctrico es particular, respecto de otras actividades supervisadas por el OEFA. En este Subsector primero es la aprobación del Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) – a Nivel de Factibilidad- y luego el otorgamiento de la concesión definitiva. Art. 25 del Decreto Ley N 25844 (Ley de Concesiones Eléctricas).
  • 18. Aspectos Legales del Subsector Electricidad Ing. Juan Orlando Cossio Williams Abog. Manuel Jesús de Lama Jueves 19 de febrero del 2015
  • 19. Se requiere concesión definitiva para el desarrollo de cada una de las siguientes actividades: 1.La generación de energía eléctrica que utilice recursos hidráulicos, con potencia instalada mayor de 500 kW; 2.La transmisión de energía eléctrica, cuando las instalaciones afecten bienes del Estado y/o requieran la imposición de servidumbre por parte de éste; 3.La distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, cuando la demanda supere los 500 kW; y, 4.La generación de energía eléctrica con recursos Energéticos Renovables conforme a la Ley de la materia, con potencia instalada mayor de 500 kW. Se requiere autorización para desarrollar las actividades de generación termoeléctrica, cuando la potencia instalada sea superior a 500 kW. Las actividades de generación, transmisión y distribución, que no requieran de concesión ni autorización, podrán ser efectuadas libremente cumpliendo las normas técnicas y disposiciones de conservación del medio ambiente y del Patrimonio Cultural de la Nación. Concesión y autorización
  • 20. PRINCIPALES NORMAS ELECTRICAS  Ley de Concesiones Eléctricas – Decreto Ley Nº 25844.  Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Supremo Nº 009-93-EM.  Reglamento de Protección Ambiental en las actividades eléctricas – Decreto Supremo Nº 029-94-EM.  Resolución Directoral N°008-97-EM/DGAA: Norma que aprueba los LMP´s para las actividades de generación, transmisión, distribución de energía eléctrica.  R.C.D N° 028-2013-OEFA/CD: Norma que aprueba la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones en materia ambiental para el Subsector Electricidad.
  • 21. PRINCIPALES NORMAS ELECTRICAS  Decreto Legislativo Nº 1002 – Ley de Promoción de la Inversión para la Generación Eléctrica con el uso de energías renovables.  Resolución Ministerial N°223-2010-MEM/DM: Lineamientos para la participación ciudadana en las actividades Eléctricas.  Decreto Supremo N° 031-2012-EM: Norma que modifica diversos artículos del D.S. 009-93-EM y del D.S. 012-2011-EM [Relativos al marco regulatorio que regula el otorgamiento de concesiones de generación hidráulica RER.  R.M N°162-2014-MINAM: Proyecto de D.S. que aprobaria los LMP´S para emisiones de actividades de generación Termoeléctrica.  R.C.D N°043-2014-OEFA/CD: Tipificación OEFA.
  • 22. PRINCIPALES NORMAS ELECTRICAS EN MATERIA AMBIENTAL
  • 23. Obligaciones documentales (Titulares de Concesiones y Autorizaciones) Art. 6 : Contar con un Auditor Ambiental Interno que sea responsable del control ambiental de la empresa. Art.8 : Los titulares de concesiones y autorizaciones deberán presentar un Informe Anual de Gestión Ambiental del ejercicio anterior, antes del 31 de marzo, dando cuenta sobre el cumplimiento de la legislación ambiental vigente, recomendaciones del EIA o PAMA, aprobado previamente, así como un informe consolidado de los controles efectuados a sus emisiones y vertimientos. Principales Obligaciones Ambientales Fiscalizables (RPPAE)
  • 24. Principales Obligaciones Ambientales Fiscalizables (RPPAE) (1) No generar efectos potenciales sobre la calidad de los componentes ambientales (agua, suelo, aire y recursos naturales). (2) No originar condiciones inestables ambientales (erosión e inestabilidad de taludes). (3) No afectar la biodiversidad. (4) No producir efectos potenciales sobre los niveles de aguas superficiales y subterráneas. (5) No producir afectaciones al ecosistema acuático. (6) No afectar el régimen natural o el curso de un rio.
  • 25. Principales Obligaciones Ambientales Fiscalizables (RPPAE) (7) Afectaciones sobre la Flora y Fauna. (8)Minimizar los impactos estéticos. (9)Mitigar los efectos sobre la salud debido a la contaminación térmica, ruidos y efectos electromagnéticos (no aplica). (10) Disponer de un plan de manejo de materiales peligrosos y un plan de contingencia. (11) Minimizar la descarga de desechos sólidos, líquidos y gaseosos
  • 26. Principales Obligaciones Ambientales Fiscalizables (LMP´S) Los resultados analíticos obtenidos para cada parámetro regulado, según sea el caso, a partir de la muestra escogida del efluente respectivo, no deberá exceder en ninguna oportunidad los niveles establecidos en la columna “Valor en cualquier momento” del Anexo 1 de la Resolución Directoral N° 008-97-EM/DGAA.
  • 27. Principales Obligaciones Ambientales Fiscalizables (LMP´S) ANEXO 1 NIVELES MAXIMOS PERMISIBLES DE EMISION DE EFLUENTES LIQUIDOS PARA LAS ACTIVIDADES DE ELECTRICIDAD PARAMETRO VALOR EN CUALQUIER MOMENTO - VALOR PROMEDIO ANUAL PH Mayor que 6 y Menor que 9 - Mayor que 6 y Menor que 9 Aceites y Grasas (mg/l) 20 10 Sólidos Suspendidos (mg/l) 50 25
  • 28. Principales Obligaciones Ambientales Fiscalizables (LMP´S) Puntos de control para monitoreo: (1)El administrado debe establecer en el IGA los puntos de control para el monitoreo de los efluentes líquidos. (2)Si el administrado decide cambiar los puntos de control debe de informar al Ministerio de Energía y Minas (Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos).
  • 29. Principales Obligaciones Ambientales Fiscalizables (LMP´S)  Los responsables de las actividades de electricidad están obligados a efectuar el muestreo de los efluentes y sus análisis químicos con una frecuencia mensual.  Asimismo, tienen la obligación de presentar los reportes de monitoreos de efluentes líquidos de manera trimestral.
  • 30. Principales Obligaciones Ambientales Fiscalizables (LMP´S) Artículo 5º.- La descarga del efluente a ríos no deberá incrementar en más de 3ºC la temperatura del Cuerpo Receptor, considerándose este valor a partir de un radio igual a 5 (cinco) veces el ancho de su cauce en torno al punto de descarga. En el caso de descargas al mar o lagos, la temperatura del efluente no deberá superar en ningún momento 50 °C en su punto de descarga. El punto de medición será establecido conforme a lo indicado en los Protocolos de Monitoreo de Calidad de Agua del Sector Minero-Energético publicados por la Dirección General de Asuntos Ambientales
  • 31. Obligaciones ambientales relacionadas con el Plan de Participación Ciudadana en las actividades de generación, transmisión y distribución A partir de la entrada en vigencia de la Resolución Ministerial N° 223-2010-MEM/DM, los administrados que hayan presentado un Instrumento de Gestión Ambiental y el Ministerio de Energía y Minas se los haya aprobado deben cumplir con las siguientes obligaciones: 1)Implementar el Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana o la Oficina de Información y Participación Ciudadana. 2)Ejecutar el Plan de Participación Ciudadana durante el ciclo de vida del proyecto eléctrico. 3)Ejecutar el Plan de Participación Ciudadana coordinando con la población involucrada que se encuentra dentro del Área de Influencia del Proyecto. 1)Permitir que los representantes del Comité de Monitoreo y Vigilancia Ciudadana acompañen en el proceso de seguimiento de las acciones del proyecto y de los monitoreos que realicen sobre el cumplimiento de las normas ambientales y los compromisos asumidos en el Estudio Ambiental.
  • 33. VIDEOS 1. La energía eléctrica 2. Operación de una Central Hidroeléctrica 3. Proyecto línea de transmisión Moyobamba – Iquitos 4. Armado de una línea de transmisión
  • 34. 30/01/2015 I Curso de Extensión Universitaria en Fiscalización Ambiental Concesión Temporal Concesión Temporal Certificación Ambiental Certificación Ambiental Consulta Previa Consulta Previa Concesión Definitiva Concesión Definitiva Fiscalización Ambiental Fiscalización Ambiental Control PrevioControl Previo Control PosteriorControl Posterior Proyecto EléctricoProyecto Eléctrico 1. Permite realizar estudios a nivel de factibilidad. 2. Es obligatorio para C.H. > 750 MW. 3. Plazo máx.: 2 años 4. Otorga derecho preferente respecto de la concesión definitiva. 5. Derecho otorgado por la DGE del MINEM 1. Permite realizar estudios a nivel de factibilidad. 2. Es obligatorio para C.H. > 750 MW. 3. Plazo máx.: 2 años 4. Otorga derecho preferente respecto de la concesión definitiva. 5. Derecho otorgado por la DGE del MINEM 1. Evaluación del IGA por el sector competente. 2. Otorgado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del MINEM. 1. Evaluación del IGA por el sector competente. 2. Otorgado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del MINEM. 1. Aplica para comunidades campesinas y nativas. 2. Relación dada por el Ministerio de Cultura. 3. Lo efectúa la Dirección General de Electricidad del MINEM. 1. Aplica para comunidades campesinas y nativas. 2. Relación dada por el Ministerio de Cultura. 3. Lo efectúa la Dirección General de Electricidad del MINEM. 1. Derecho para realizar actividades de construcción y operación de centrales de generación. 2. Otorga derecho para imposición de servidumbre. 3. Plazo indefinido. 4. Otorgado por la Dirección General de Electricidad del MINEM 1. Derecho para realizar actividades de construcción y operación de centrales de generación. 2. Otorga derecho para imposición de servidumbre. 3. Plazo indefinido. 4. Otorgado por la Dirección General de Electricidad del MINEM 1. Inicio de actividades de construcción y operación de C.G., L.T. y S.D. 2. Supervisiones regulares (programadas) y/o especiales (denuncia, emergencia ambiental, u otra). 3. Supervisión continua. 4. Fiscalización de otras entidades: MINCU, ANA y SERNANP (ANP o Z.A.) 1. Inicio de actividades de construcción y operación de C.G., L.T. y S.D. 2. Supervisiones regulares (programadas) y/o especiales (denuncia, emergencia ambiental, u otra). 3. Supervisión continua. 4. Fiscalización de otras entidades: MINCU, ANA y SERNANP (ANP o Z.A.) Permiso y competencias ambientales de proyectos eléctricos
  • 35. ¿Que es la Supervisión? La supervisión directa es una función de fiscalización o control posterior, sin embargo su naturaleza es preventiva (evitar daño ambiental): Alcance. Asegurar el cumplimiento de las normas legales y técnicas referidas a la conservación y protección del medio ambiente en el desarrollo de las actividades eléctricas, así como los compromisos asumidos frente al Estado.
  • 36. El artículo 5°del Decreto Supremo N°029-94-EM (RPAAE) establece que durante el ejercicio de las actividades eléctricas de generación, transmisión y distribución, los Titulares de las Concesiones y Autorizaciones, a que se refieren los artículos 3º y 4o. de la Ley, tendrán la responsabilidad del control y protección del medio ambiente en lo que a dichas actividades concierne. Así como se supervisa el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, también se verifica el cumplimiento de los compromisos establecidos en los IGAS. Entre los IGAS materia de supervisión tenemos: EIA (EIAd, EIAsd, DIA), PAMA, PMA, Planes de Abandono (Cierre temporal o definitivo), Informes Técnicos Sustentarios. ¿Que es la Supervisión?
  • 37. ¿La supervisión ambiental solo alcanza a los que cuentan con concesión y/o autorización? Ley de Concesiones de Eléctricas Decreto Ley N° 25844 (Art.1, 7 y 9) Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas D.S N° 029-94-EM (Art. 3) Titular Eléctrico
  • 39. Estructura del Servicio EléctricoGENERACIÓN (Eléct.: 97; Min: 51 HC: 11; Ind: 70 Pesq: 26; Otras: 29) TRANSMISIÓN (12) DISTRIBUCIÓN (Eléctricas: 16 Otras: 8)
  • 40. Etapas supervisadas en instalaciones eléctricas
  • 41. Actores del subsector Electricidad
  • 42. Concesiones Definitivas de Generación: Py
  • 43. Concesiones Definitivas de Generación: Py
  • 44. Evolución de la oferta de Generación al SEIN DéficitDéficit RestricciónRestricción
  • 47. Nodo energético de Chilca Empresa Nombre de la Central Potencia (MW) 2910MW Enersur S.A. Chilca 1 850 + 120 Kallpa Generación S.A. Kallpa 870 Duke Energy Egenor S.A. Las Flores 200 Termochilca S.A.C. Santo Domingo de los Olleros 400 Fénix Power Perú S.A. Chilca 590
  • 49. ¿Qué actividades supervisamos en el subsector electricidad?
  • 50. Definiciones Potencia Instalada Potencia Instalada Potencia efectiva Potencia efectivaPotencia firmePotencia firme Potencia instalada: Es la potencia generada en condiciones ideales. Potencia efectiva: Es la potencia real que se puede generar. Potencia firme: Es la potencia que puede ser entregada inmediatamente con altos niveles de seguridad. ElectricidadElectricidad HidrocarburosHidrocarburos EnergíaEnergía
  • 51. VIDEOS 1. La energía eléctrica 2. Operación de una Central Hidroeléctrica 3. Proyecto línea de transmisión Moyobamba – Iquitos 4. Armado de una línea de transmisión
  • 52. Generación eléctrica ¿En que etapa se generan los principales impactos ambientales? ¿Cual es la etapa mas crítica?
  • 56. Principales impactos en centrales hidroeléctricas en construcción Implementación de Caminos de Acceso
  • 57. Construcción de Campamento, Talleres y Almacenes
  • 58. Extracción de material de Canteras
  • 59. Implementación de Depósitos de Material Excedente (DME)
  • 60. Trabajos de desvío de cauce de río para la construcción de Presa
  • 61. Plantas Concreteras dentro de la Obra concreto sobrante producto del lavado de los mixers.
  • 63. Construcción del Desarenador y Cámara Carga
  • 64. Construcción de túnel de aducción
  • 65. Construcción de Casa de Máquinas
  • 66.
  • 67. Retención de sedimentos  Colmatación.
  • 69. Emisiones Gaseosas Calidad del Aire Operaciones Antiguas Operaciones Nuevas PAMAPAMA EIAEIA Efluentes Calidad del Agua Residuos Sólidos Ruidos y REM Central termoeléctrica Etapa de Operación
  • 71. Centrales de generación de energía eléctrica que utilizan recursos de energía renovable (RER)
  • 72. • Las centrales solares no generan emisiones o vertimientos, pero sí demandan una gran extensión de área (aprox. 100 a 120 hectáreas); demanda que podría llegar a afectar el hábitat de fauna silvestre. • El impacto ambiental en este tipo de actividad es mínimo (Se focaliza en el mantenimiento o reposición de los paneles solares). • El periodo de vida útil de paneles solares es en promedio 25 años.
  • 74. Anillo en la base de la Fundación
  • 75. Llenado de la Fundación
  • 76. Descarga de Aspas del Puerto
  • 83. ¿Qué actividades supervisamos en el subsector electricidad?
  • 84. VIDEOS 1. La energía eléctrica 2. Operación de una Central Hidroeléctrica 3. Proyecto línea de transmisión Moyobamba – Iquitos 4. Armado de una línea de transmisión
  • 86. Líneas de Transmisión  Uso y habilitación de caminos de acceso (ampliaciones, nuevos, tránsito);  Servidumbre (catastro mal efectuado);  Desbroce (mantenimiento de franja de servidumbre);  Inestabilidad de taludes;  Retiro y almacenamiento del Top Soil; y  Manejo de residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos): mal almacenamiento temporal, etc.  Radiaciones electromagnéticas.
  • 87.
  • 88.
  • 89. Radiación  Es una forma de energía en movimiento que está presente en nuestro mundo de forma natural o artificial;  La REM consiste de ondas de energía eléctrica y magnéticas moviéndose juntas a través del espacio a la velocidad de la luz. Radiación Electromagnética Radiación No Ionizante  Es aquella radiación que no tiene la suficiente energía para modificar las moléculas de las células vivas;
  • 90. ¿Qué actividades supervisamos en el subsector electricidad?
  • 91. Distribución de energía eléctrica La energía entregada por el sistema de transmisión a las subestaciones de potencia es transformada a un nivel de media tensión (10, 13.2 y 22.9 kV), para posteriormente transformarla en baja tensión (220, 380 y 440 V) que permita el traslado de esta energía a los usuarios finales, a través de las redes secundarias.
  • 92. Distribución de energía eléctrica (operación) • En esta etapa, se realiza el seguimiento al almacenamiento y disposición de residuos (peligrosos y no peligrosos), así como a la identificación, almacenamiento y disposición de equipos y residuos con contenido de PCB. • Esta es una sustancia química cuya concentración puede generar impactos críticos en la salud humana y que puede dispersarse en el ambiente. • Estas sustancias pueden estar presentes en los transformadores empleados en las distintas actividades del subsector.
  • 93. I Curso de Extensión Universitaria en Fiscalización Ambiental Electro Oriente Sersa Electro Ucayali Electro Pangoa Electro Sur Este Electro Puno Electro Sur Seal Electro Sur Medio Coelvisa Edecañet e Edelnor y Luz del Sur Emsemsa Hidrandina Electro Norte Enosa Electro Tocache Electro Centro Emseu Distribución de energía eléctrica
  • 94. Generación de RR.SS. y gestión de materiales y residuos (peligrosos y no peligrosos) Principales impactos ambientales en Sistemas de distribución
  • 95. Instalaciones Eléctricas de Servicio Público:  Incumplimiento de Distancias Mínimas de Seguridad,  Postes de Alumbrado Público en mal estado ó mal ubicados,  Ubicación inadecuada de Subestaciones, Riesgos eléctricos
  • 96. Los Policlorobifenilos o Bifenilos Policlorados (PCB) son un grupo de sustancias químicas sintéticas muy estables, no corrosivas y muy poco inflamables. La formula química es C12H(10-n)Cln en donde: 1<=n<=10, o sea que puede contener desde uno hasta diez átomos de cloro PROPIEDADES FISICO QUÍMICAS: •Resistencia al Fuego (alta capacidad calorífica) •Escasa (baja) conductividad eléctrica •Grado elevado de estabilidad química •Insolubles en agua •Fácilmente solubles en grasas, hidrocarburos y otros compuestos orgánicos Bifenilos Policlorados (PCB)
  • 97. Los Compuestos Orgánicos Persistentes (COP) son productos de la actividad industrial humana que se definen por su volatilidad, su gran estabilidad química y su capacidad para acumularse en los tejidos grasos de los organismos vivos. En concentraciones extraordinariamente bajas, estas sustancias son capaces de inducir trastornos hormonales, nerviosos, inmunológicos y reproductivos, así como cánceres y tumores de múltiples tipos. Está considerada como una de las sustancias más nocivas fabricadas por el ser humano. Bifenilos Policlorados (PCB)
  • 98.  1968, en Yusho, Japón, un lote de aceite de arroz fue contaminado accidentalmente con PCB.  Más de un millar de personas enfermaron por usar el aceite contaminado para cocinar.  Los niños nacidos de madres que habían ingerido el aceite se caracterizaron por el bajo peso al nacer, la pigmentación oscura de piel, párpados hinchados e irrupción temprana de dientes.  1978 - 79 en Yu-Cheng, aproximadamente 2000 taiwaneses ingirieron aceite de arroz contaminado con PCB y dioxinas y furanos, ellos desarrollaron cloracné, hiperpigmentación, neuropatía periferal y otros signos similares a los sufridos en Yusho.  Estados Unidos, donde los niños nacidos de madres que habían comido pescado de los lagos de Michigan, contaminado con PCB, tenían mala memoria, coeficiente intelectual bajo para su edad y la visión disminuida. Exposición Humana a los PCB
  • 99. Efectos de los PCB en la salud  Efectos por intoxicación se evidenciaron desde la etapa de producción (1930)  Producen lesiones dérmicas (cloracné), oculares y disfunciones hepáticas.  Alteran el equilibrio hormonal en personas y animales.  Se transmite al feto durante el embarazo y la lactancia  Afecta el desarrollo neurológico, problemas de conducta y menor coeficiente intelectual  Niños nacen con un menor peso y altura corporal  Pigmentación de uñas, incrementa el riesgo de diabetes y enfermedades del hígado  Alteraciones en los ciclos menstruales y en el sistema inmunitario  Potencial de riesgo para la reproducción de los seres humanos  Calificado por la IARC (Agencia Internacional para Investigación sobre el Cáncer) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) como CARCINÓGENO HUMANO.
  • 100. PROYECTO DE REGLAMENTO «REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN SANITARIA Y AMBIENTAL DE LOS BIFÉNILOS POLICLORADOS» Última versión: Febrero 2014 Artículo 6.- El OEFA y las demás EFA son competentes para fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones ambientales establecidas en el presente Reglamento. Artículo 6.- El OEFA y las demás EFA son competentes para fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones ambientales establecidas en el presente Reglamento. Proyecto: Manejo y disposición Ambientalmente Racional de Bifenilos Pliclorados (PCB) DIGESA / ONUDI
  • 101. MARCO LEGAL EN EL PERÚ NO EXISTE UNA REGULACIÓN ESPECÍFICA PARA LA GESTIÓN DE LOS PCB. Supervisión y Fiscalización en temas de PCB
  • 102. PROYECTO PARA LA GESTIÓN SANITARIA Y AMBIENTAL DE LOS BIFÉNILOS POLICLORADOS: “IDENTIFICACIÓN DE BARRERAS AMBIENTALES”
  • 103. EJECUCIÓN DEL PROYECTO: PROGRAMACIÓN CONSIDERACIONES FUTURAS: Incentivo (Buenas Prácticas Empresariales) a empresas por tener analizadas sus existencias (transformadores con aceites dieléctricos) MINEM: Exija como parte de la Actualización de IGA (RLSEIA), contar con PMA para el manejo de aceites dieléctricos (existencias y residuos)
  • 104. REPORTE DE EMERGENCIAS AMBIENTALES
  • 105. REPORTE DE EMERGENCIAS AMBIENTALES
  • 106. CASO: PROCEDIMIENTO SANCIONADOR En vista que aún no existe normativa que sancione la inadecuada gestión de los PCB, el OEFA interviene a través de la supervisión de residuos sólidos peligrosos.
  • 107. MEDIDA CORRECTIVA Se ordenó, además, como medida correctiva: Elaborar un PLAN DE ACCIÓN PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL de los equipos, instalaciones, implementos, materiales, equipos de protección personal, entre otros, que hayan tenido contacto con los PCB, así como para la recuperación de los suelos que hayan sido afectados por estas sustancias. El referido Plan deberá contener como mínimo: a. Un inventario de los equipos que contengan PCB. hayan sido utilizados o estado en contacto con tales equipos, de los implementos y materiales utilizados para el mantenimiento, disposición y traslado de los mismos. b. Un cronograma de ejecución. c. Un Plan de Capacitación sobre el manejo, traslado y disposición de residuos que contengan PCB, con la finalidad de evitar o minimizar impactos negativos al ambiente, a la salud y vida de las personas. d. Un procedimiento para el manejo, traslado y disposición final de los residuos que contengan PCB.
  • 108. Criterios para identificación de PCB Antigüedad (<´83) Marca del equipo y Procedencia Nombre aceite Mantenimiento posterior: - Cambio - Rellenado con aceite (cont. cruzada) - Tratamiento (regenerado- filtrado) Equipo posiblemente contaminado con PCB Sin placa
  • 109. Reglamento de Protección Ambiental de las Actividades Eléctricas - Limitaciones
  • 110. Casos Emblemáticos Instalaciones relacionadas a la actividad de generación (instalaciones hidraúlicas) •Operaciones de embalse y desembalse del Lago Chinchaycocha (Junín); •Conflictos sociales por la operación de la Presa Tulumayo; Instalaciones relacionadas a la actividad de generación (instalaciones térmicas) •Operación y construcción de Centrales térmicas en Chilca; •Operación de Central Térmica Santa Rosa en Lima; •Derrames de hidrocarburos de la Central Térmica Iquitos. •Operación de Centrales Térmicas menores de 50 MW en casos de emergencia (Dolorespata, Tarapoto, otras). Instalaciones relacionadas a la actividad de transmisión •Afectación de terrenos por instalación de Torres de Transmisión y REM. •Instalación de Líneas sin aprobación de EIA (certificación ambiental). Instalaciones relacionadas a la actividad de distribución •Monitoreo de ruido y disposición de RR.SS. en S.E.s y líneas de M.T. y B.T.
  • 111. Gracias… Ing. Juan Orlando Cossio Williams … jcossio@oefa.gob.pe Abog. Manuel Jesús de Lama … mjesus@oefa.gob.pe

Notas del editor

  1. ONUDI: Agencia especializada de las Naciones Unidas que promueve el desarrollo industrial para disminuir la pobreza, lograr una globalización inclusiva y la sostenibilidad ambiental de las actividades productivas.