1. Modalidades de trabajo en Colombia
El marco regulatorio del Estado colombiano ha permitido, hasta el momento, tres
alternativas distintas al trabajo presencial. ¡Conócelos aquí!
JUDICIAL
Foto: Referencia Pixabay
Adair Cotes
Colombia ha estado hablando de nuevas formas de trabajo mediadas por las tecnologías
desde que la ley 1221, promulgada en 2008, introdujo el teletrabajo. Esta modalidad de
trabajo incluye el uso de las tecnologías de la información y la comunicación como soporte
para realizar actividades laborales.
Por ello, el marco regulatorio del Estado colombiano ha permitido, hasta el momento, tres
alternativas distintas al trabajo presencial, que son:
Teletrabajo
Trabajo desde casa
Trabajo remoto
¿Qué es el teletrabajo?
Una de las opciones que tienen los trabajadores en el país es el llamado teletrabajo,
considerada “una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de
actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las
tecnologías de la información y la comunicación - TIC para el contacto entre el trabajador y
la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de
trabajo”, indica la ley 1221 de 2008.
¿Cuáles son las formas de teletrabajo?
Según la ley 1221 de 2008 existen tres tipos de modalidades de Teletrabajo en Colombia:
Autónomo, Suplementario y Móvil.
Teletrabajo autónomo: Esta modalidad se refiere a los trabajadores independientes
que se valen de las TIC para desarrollar sus tareas, ejecutándolas desde cualquier
lugar elegido por ellos. Es decir, en este caso el trabajador cumple sus funciones con
el apoyo de la tecnología desde cualquier sitio.
Teletrabajo suplementario: En esta modalidad encontramos a los trabajadores con
contrato laboral que alternan sus tareas en distintos días de la semana entre la
empresa y fuera de ella. Es decir en este caso teletrabajan, al menos, dos días a la
semana.
2. Teletrabajo móvil: en este caso el trabajador utiliza dispositivos móviles para
ejecutar sus tareas. En este caso su actividad laboral le permite ausentarse con
frecuencia de la oficina. Además es clave que en esta modalidad de teletrabajo, el
trabajador no tiene un lugar definido para ejecutar sus roles.
Trabajo desde casa
Aparte del teletrabajo, trabajar desde casa también se ha convertido en una opción (debido
a la llegada de la pandemia del Covid 19),“se entiende como trabajo en casa la habilitación
al servidor público o trabajador del sector privado para desempeñar transitoriamente sus
funciones o actividades laborales por fuera del sitio donde habitualmente las realiza, sin
modificar la naturaleza del contrato o relación laboral, o legal y reglamentaria respectiva, ni
tampoco desmejorar las condiciones del contrato laboral, cuando se presenten
circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador pueda
realizar sus funciones en su lugar de trabajo, privilegiando el uso de las tecnologías de la
información y las comunicaciones”, asegura la Ley 2088 de 2021.
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Trabajo remoto
Adicionalmente, está el trabajo remoto, como “una forma de ejecución del contrato de
trabajo en la cual toda la relación laboral, desde su inicio hasta su terminación, se debe
realizar de manera remota mediante la utilización de tecnologías de la información y las
telecomunicaciones u otro medio o mecanismo, donde el empleador y trabajador, no
interactúan físicamente a lo largo de la vinculación contractual. En todo caso, esta forma de
ejecución no comparte los elementos constitutivos y regulados para el teletrabajo y/o
trabajo en casa”, expresa la Ley 2121 de 2021.
Si bien la legislación colombiana tiene varias modalidades de trabajo, como la opción
remota, teletrabajo, trabajo desde casa y presencial, al consultar diferentes plataformas de
oportunidades laborales (por ejemplo, Elempleo.com, Computrabajo, Servicio Público de
Empleo, etc.), se encuentra que las ofertas de trabajo más comunes se clasifican en remoto,
presencial e híbrido.