Este documento describe los conceptos clave del liberalismo como la libertad individual, el estado de derecho y la separación de poderes. Explica que el liberalismo promueve las libertades civiles y limita el poder del gobierno sobre las personas. También cubre temas como el liberalismo económico, el librecambismo, el proteccionismo y figuras importantes como John Locke, Adam Smith y Montesquieu.
1. 1.2. L’avenç del liberalisme: els canvis polítics,
socials i culturals
Fitxa
Prova accés universitat. CFA “La Pau”
1
1. Conceptes
Liberalisme
Revolució burgesa
Lliurecanvisme
Proteccionisme
Llibertat individual
Separació de poders
Sufragi censatari
Nació
2. Temes a destacar
El liberalisme econòmic
El liberalisme polític
Les revolucions liberals
3. Personatges
Jhon Stuart Mill
Adam Smith
David Ricardo
Robert Malthus
Montesquieu
Otto von Bismarck
Giuseppe Mazzini
Giussepe Garibaldi
4. Dates a recordar
2. 1.2. L’avenç del liberalisme: els canvis polítics,
socials i culturals
Fitxa
Prova accés universitat. CFA “La Pau”
2
Liberalismo
El liberalismo es una corriente de pensamiento filosófico, social, económico y
de acción política, que promueve las libertades civiles y el máximo límite al
poder coactivo de los gobiernos sobre las personas. Aboga principalmente por:
El desarrollo de las libertades individuales y, a partir de ésta, el progreso
de la sociedad.
El establecimiento de un Estado de Derecho, en el que todas las
personas, incluyendo aquellos que formen parte del Gobierno, estén
sometidos al mismo marco mínimo de leyes.
Se considera a John Locke como uno de los primeros pensadores liberales,
siendo su Segundo tratado sobre el gobierno civil la obra seminal de esta
ideología. Luego de él, los economistas clásicos como Adam Smith y David
Ricardo continuaron esta línea de pensamiento, especialmente en lo que se
refiere a la conexión entre libertad política y prosperidad económica. Smith, con
su obra La investigación sobre la naturaleza y causas de la riqueza de las
naciones, exhorta a 'dejar hacer 'al mercado, en lugar del soberano, en lo que a
decisiones de compraventa se refiere,
En cuanto a la política, la ideología liberal encuentra sus bases en Montesquieu
y en los padres fundadores americanos; parte del hecho de que no hay
personas ni sistemas perfectos, y por lo tanto, el Estado debe ser un conjunto
de pesas y balanzas en el que se contrapesen los distintos poderes que ostenta
sobre el individuo, para que ninguno pueda devenir en tiranía.
Según la teoría liberal, el Estado debe seguir una política de mínima
intervención, o laissez faire (en francés, «dejar hacer»). Ésta se sustenta de un
lado en la convicción de que cada individuo buscará lo mejor para sí mismo y
para el otro con el fin de beneficiar a todos, siendo la labor del Estado corregir
los casos en que esto último no se cumpla. Los críticos del Liberalismo suelen
insistir en que la segunda premisa pocas veces se cumple, ya que a menudo
algunos individuos logran beneficiarse a costa del resto de la sociedad.
Librecambismo
Se denomina librecambismo a la doctrina económica que propugna la no
intervención estatal en el comercio internacional, permitiendo que los flujos de
mercancías se gobiernen por las ventajas de cada país y la competitividad de
las empresas, suponiendo que con ello se producirá una adecuada distribución
3. 1.2. L’avenç del liberalisme: els canvis polítics,
socials i culturals
Fitxa
Prova accés universitat. CFA “La Pau”
3
de los bienes y servicios y una asignación óptima de los recursos económicos a
escala planetaria.
El librecambismo es considerado como el primer capitalismo y plantea la
libertad absoluta de negocio y comercio frente a las rigideces de la economía
del Antiguo régimen.
La formulación teórica del librecambismo no se ha correspondido nunca con
una aplicación práctica. Las distintas políticas económicas de los distintos
Estados han mantenido siempre un componente de proteccionismo, más o
menos intenso. Las áreas económicas más fuertemente ajenas al librecambismo
han sido tradicionalmente las agrícolas. Junto a ellas, las industrias nacionales
básicas y las estratégicas han recibido un singular apoyo. El librecambismo ha
desplegado mayor efecto en los intercambios de mercancías no esenciales.
Las restricciones al librecambismo se han efectuado tradicionalmente de
diversas formas: mediante la imposición de aranceles a las importaciones,
proteccionismo a determinadas industrias y a la agricultura mediante la
concesión de ayudas o subvenciones directas o indirectas, fijación de precios,
regulación del mercado laboral o preferencia en la adquisición por parte del
Estado de los productos locales.
Para los partidarios del librecambismo a ultranza este ofrece la ventaja de
abaratar los precios y fomentar la competitividad, lo que a medio plazo
beneficia al consumidor final. Para los detractores las ventajas que ofrece con la
reducción del precio de los productos es sólo aparente, pues los intercambios
sin control destruyen la industria y la agricultura local, provocan el cierre de
empresas, el aumento del desempleo y un empobrecimiento general.
Aparte de su vertiente convencional, existen partidarios y teorías librecambistas
alternas que son contrarias a la "privatización" y al mismo capitalismo.
Proteccionismo
El proteccionismo es el desarrollo de una política económica en la que, para
proteger los productos del propio país, se imponen limitaciones a la entrada de
similares o iguales productos extranjeros mediante la imposición de aranceles e
impuestos a la importación que encarezcan el producto de tal suerte que no sea
rentable.
La política proteccionista ha conocido distintos periodos de auge y decadencia.
De forma general, en situaciones de economía de guerra o de autarquía, el
proteccionismo se aplica de manera tajante. En situaciones de crisis económica,
ciertos niveles de protección a los propios productos evita una caída fulminante
4. 1.2. L’avenç del liberalisme: els canvis polítics,
socials i culturals
Fitxa
Prova accés universitat. CFA “La Pau”
4
de precios y el consiguiente descalabro de algún sector de la economía
nacional.
En la actualidad el proteccionismo está claramente presente en la Política
Agrícola Común (PAC) de la Unión Europea y de Estados Unidos, frente al resto
de las economías del Tercer Mundo o emergentes para evitar que, con mano de
obra y costes más baratos, la agricultura de aquellos se vea en claro retroceso,
y es uno de los debates abiertos en la Organización Mundial del Comercio, toda
vez que tal nivel de protección impide el desarrollo de las economías más
pobres.
Separación de poderes
La separación de poderes o división de poderes (en latín trias politica) es
una ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la cual la
titularidad de cada una de ellas es confiada a un órgano u organismo público
distinto. Junto a la consagración constitucional de los derechos fundamentales,
es uno de los principios que caracterizan el Estado de Derecho moderno.
Modernamente la doctrina denomina a esta teoría, en sentido estricto,
separación de funciones o separación de facultades, al considerar al
poder como único e indivisible y perteneciente original y esencialmente al titular
de la soberanía (nación o pueblo), resultando imposible concebir que aquél
pueda ser dividido para su ejercicio.
Historia
La teoría de la separación de poderes fue común a diversos pensadores del
siglo XVIII que la enunciaron durante la Ilustración, como Alexander Hamilton,
John Locke, Jean-Jacques Rousseau y Montesquieu, aunque con diferentes
matices entre los autores y a partir del antecedente en la Grecia clásica de
Aristóteles y su obra Política.
Según la visión ilustrada, el Estado existe con la finalidad de proteger al hombre
de otros hombres. El hombre, entonces, sacrifica una completa libertad por la
seguridad de no ser afectado en su derecho a la vida, la integridad, la libertad y
la propiedad. Sin embargo, la existencia de ese Estado no garantiza la defensa
de los derechos de la persona. En efecto, muchas veces el hombre se
encuentra protegido contra otros hombres, más no contra el propio Estado, el
cual podría oprimirlo impunemente mediante las facultades coercitivas que le
ha otorgado la propia colectividad.
Al momento de su formulación clásica, las funciones del Estado consideradas
como necesarias para la protección del ciudadano eran fundamentalmente las
5. 1.2. L’avenç del liberalisme: els canvis polítics,
socials i culturals
Fitxa
Prova accés universitat. CFA “La Pau”
5
de dar las Leyes, la de poner en práctica éstas leyes en forma general y más
particularmente, con la finalidad de resolver conflictos y la administración del
aparato de gobierno, funciones que durante el Antiguo Régimen eran
monopolizadas en la sola entidad de la monarquía absolutista a la cual se le
atribuía la práctica del despotismo.
Checks and balances (Controles y Contrapesos)
Para prevenir que una rama del poder se convirtiera en suprema, y para
inducirlas a cooperar, los sistemas de gobierno que emplean la separación de
poderes se crean típicamente con un sistema de "checks and balances"
(controles y contrapesos). Este término proviene del constitucionalismo
anglosajón, pero, como la propia separación de poderes, es generalmente
atribuida a Montesquieu. Checks and balances se refiere a varias reglas de
procedimiento que permiten a una de las ramas limitar a otra, por ejemplo,
mediante el veto que el presidente de los Estados Unidos tiene sobre la
legislación aprobada por el Congreso, o el poder del Congreso de alterar la
composición y jurisdicción de los tribunales federales. Cada país que emplee la
separación de poderes tiene que tener su propio mecanismo de checks and
balances; cuanto más se aproxime un país al sistema presidencial, más checks
existirán entre las distintas ramas del poder, y más iguales serán en sus
poderes relativos.
Los constitucionalistas anglosajones encuentran su origen en la Carta Magna,
aplicándose en la práctica en las luchas entre la monarquía y el parlamento en
las guerras civiles inglesas del siglo XVII. Montesquieu, en el siglo XVIII, realizó
más bien la formulación teórica de lo que los ingleses habían aplicado en la
práctica el siglo anterior.
Del espíritu de las Leyes
La formulación definitiva es debida al barón Charles Louis de Secondat de
Montesquieu en su obra "Del Espíritu de las Leyes" en la que se define el poder
a la vez como función y como órgano. En la obra se describe la división de los
Poderes del Estado en el poder legislativo, el ejecutivo y el judicial y se
promueve que su titularidad se encargue respectivamente al Parlamento o
Congreso, al Gobierno y los Tribunales de Justicia.
Adopción
Los principios ilustrados fueron adoptados por las corrientes del liberalismo
político. Conjuntamente con el respeto a los derechos fundamentales de las
personas, la división o separación de poderes se convierte en elemento
6. 1.2. L’avenç del liberalisme: els canvis polítics,
socials i culturals
Fitxa
Prova accés universitat. CFA “La Pau”
6
fundamental de lo que se dio en llamar Estado Liberal y que, a la vez, configura
el elemento base del Constitucionalismo Moderno.
Sin embargo, el principio de separación de poderes ha sido plasmado de forma
diferente dentro de los diversos sistemas de Gobierno, este principio doctrinal
que de facto convertía al parlamento en el poder central fue modificado de
acuerdo con la doctrina de la separación entre el poder constituyente y los
poderes constituidos de Emmanuel Joseph Sieyès donde la separación de
poderes deja paso a una interrelación (la separación de poderes no desaparece
para evitar el control por un solo grupo u hombre, pero su interrelacionan de
una forma muy intensa), el Estado deja de ser abstencionista y se hace enorme
al intervenir en la sociedad, otorga el sufragio universal ( no solo para la
burguesía) y surgen los partidos políticos de masas, originándose el estado
actual, el Estado Social, donde se rompe con la idea de parlamento igual a
nación, ahora la ley es la expresión de la voluntad de la mayoría, cuando
cambia la formación del parlamento, cambian las leyes, por lo que la ley deja
de ser la expresión de la razón, de la soberanía, para ser la de la mayoría.
Desaparece la legitimación del sistema jurídico como consecuencia de estos
cambios y por eso se adopta la distinción de Sieyès entre "poder constituyente"
y "constituido", el constituyente es el pueblo ejerciendo su poder soberano
mediante el que aprueba la constitución y crea los poderes constituidos, el
ejecutivo, el legislativo y el judicial; y ahora el legislativo va a aprobar las leyes,
leyes que a partir de ahora van a estar por debajo de la Constitución la cual
expresa los valores compartidos por todos y se crea el Tribunal Constitucional
como garante de estos valores.