RETO MES DE ABRIL .............................docx
ARTICULOS DE LA LEY
1. Responsabilidad de la
Escuela
De las chicas y chicos es un Derecho – de los docentes es una Tarea
de las familias es una Responsabilidad
2. ¿Por qué la escuela tiene que
hacerse cargo de este tema?
3. Ley Nacional 26.150 de Educación Sexual Integral
ARTICULO 1º —Todos los educandos tienen derecho a recibir educación
sexual integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión
estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y municipal. A los efectos de esta ley,
entiéndase como educación sexual integral la que articula aspectos
biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos.
4. Ley Nacional 26.150 de Educación Sexual Integral
ARTICULO 3º —Los objetivos del Programa Nacional de Educación Sexual Integral son:
a)Incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas
orientadas a la formación armónica, equilibrada y permanente de las personas.
b) Asegurar la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y
actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación sexual integral.
c) Promover actitudes responsables ante la sexualidad.
d) Prevenir los problemas relacionados con la salud en general y la salud sexual y
reproductiva en particular.
e) Procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y mujeres.
5. Ley Nacional 26.150 de Educación Sexual Integral
ARTICULO 5º — Las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y municipal garantizarán la realización
obligatoria, a lo largo del ciclo lectivo, de acciones educativas
sistemáticas en los establecimientos escolares, para el cumplimiento del
Programa Nacional de Educación Sexual Integral. Cada comunidad
educativa incluirá en el proceso de elaboración de su proyecto
institucional, la adaptación de las propuestas a su realidad sociocultural,
en el marco del respeto a su ideario institucional y a las convicciones de
sus miembros.
6. Ley Nacional 26.150 de Educación Sexual Integral
ARTICULO 9º — Las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y municipal, con apoyo del programa, deberán organizar en todos los
establecimientos educativos espacios de formación para los padres o responsables
que tienen derecho a estar informados. Los objetivos de estos espacios son:
a)Ampliar la información sobre aspectos biológicos, fisiológicos, genéticos,
psicológicos, éticos, jurídicos y pedagógicos en relación con la sexualidad de niños,
niñas y adolescentes;
b) Promover la comprensión y el acompañamiento en la maduración afectiva del
niño, niña y adolescente ayudándolo a formar su sexualidad y preparándolo para
entablar relaciones interpersonales positivas;
c) Vincular más estrechamente la escuela y la familia para el logro de los objetivos
del programa.
7. ¿Qué habilita la escuela como espacio
público?
• Un tipo de formación que busca transmitir
herramientas de cuidado (actitudes
positivas frente a la sexualidad: sana,
segura, responsable y sin riesgo ) antes
que modelar comportamientos.
• Las propuestas se orientarán a promover
instancias para construir aprendizajes
significativos, científicamente válidos,
relacionados con el crecimiento, el
desarrollo integral de la identidad y el
cuidado de la salud personal y colectiva,
en forma gradual y adecuada a cada
momento evolutivo, sino también el
trabajo sobre los prejuicios y las creencias
que sostienen actitudes discriminatorias y
el conocimiento de derechos y
obligaciones.
• La ESI ha estado implícita como parte
de los procesos de socialización (no
sistemático ni necesariamente
planificado)que se dan en toda
institución educativa.
• Equiparar las oportunidades de
acceso a información de calidad y
recursos.
• La escuela no tiene que convertirse
en experta sino en un espacio de
confianza, de escucha como acto de
cuidado.
• Modalidades culturales de expresión
sexual, modelos de género,
prejuicios, ideas, emociones.
8. • Este enfoque integral tiene como
propósito que la educación sexual
brindada en las escuelas, supere el
mero estudio de la anatomía y la
fisiología de la sexualidad - así como
cualquier otro reduccionismo- sean
éstos de carácter biológico,
psicológico, jurídico, filosófico,
religioso o sociológico. Supone un
abordaje que debe abarcar las
mediaciones socio-históricas y
culturales, los valores compartidos,
las emociones, sentimientos,
elecciones que intervienen en los
modos de vivir, cuidar, disfrutar,
vincularse con el otro y respetar el
propio cuerpo y el cuerpo de otras
personas.
• Las iniciativas de desarrollo curricular
deberán necesariamente
enmarcarse en los proyectos
escolares y de aula, favoreciendo de
esta manera la continuidad y
sistematización de las acciones, la
interdisciplinariedad, la
intersectorialidad y la participación
de toda la comunidad educativa.
• Abordar la Educación Sexual Integral
en la escuela supone un proceso de
construcción permanente, que
requiere de un trabajo compartido,
integrador de experiencias previas,
antecedentes, saberes, como así
también, dudas, temores,
incertidumbres y debates. Para ello,
deberá generar espacios de
encuentros e intercambio con las
familias, con la comunidad educativa
en general y con otros actores
públicos o privados ligados a la
educación y promoción de la salud.
9. Para pensar el trabajo intersectorial
Revisar las prácticas institucionales,
incluyendo la idea de un pasaje del trabajo
“en” la escuela, al trabajo “con” la escuela.
•Trabajar “con” la escuela implica hoy,
poder pensar las intervenciones sectoriales
en función de los nuevos lineamientos
curriculares y del marco legal existente,
revisando las prácticas de cada sector en
relación con proyecto de la escuela.
•Trabajar “en” la escuela, en cambio ha
estado generalmente sujeto a las
propuestas que cada sector ha llevado al
ámbito educativo, como consecuencia de
la ausencia de lineamientos curriculares
específicos para esta temática.
• La Ley Nacional 26.150
conlleva un
reposicionamiento de las
instituciones educativas y
también de los servicios de
salud, y una transformación
de las propias prácticas,
entendiendo que los
docentes son las personas
que deben asumir esta
tarea, que es educativa.
10. Para pensar el trabajo intersectorial
Revisar las prácticas institucionales,
incluyendo la idea de un pasaje del trabajo
“en” la escuela, al trabajo “con” la escuela.
•Trabajar “con” la escuela implica hoy,
poder pensar las intervenciones sectoriales
en función de los nuevos lineamientos
curriculares y del marco legal existente,
revisando las prácticas de cada sector en
relación con proyecto de la escuela.
•Trabajar “en” la escuela, en cambio ha
estado generalmente sujeto a las
propuestas que cada sector ha llevado al
ámbito educativo, como consecuencia de
la ausencia de lineamientos curriculares
específicos para esta temática.
• La Ley Nacional 26.150
conlleva un
reposicionamiento de las
instituciones educativas y
también de los servicios de
salud, y una transformación
de las propias prácticas,
entendiendo que los
docentes son las personas
que deben asumir esta
tarea, que es educativa.