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62 Años
Educando a la juventud
         de
        Plato
                    1
MANUAL DE CONVIVENCIA
                               AÑO 2012


                             ACUERDO No. 001
                         De 2 de Diciembre de 2011

     Por medio del cual se adopta l a reestructuración del Manual de
    Convivencia de la Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta


El Consejo Directivo de la Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta, de
conformidad con lo aprobado en Acta N o. 001 de 01 de Diciembre de 2006, con
fundamento en la Constitu ción Política de Colombia, el Código de la Infancia y
la Adolescencia, la Ley General de Educación No. 115 de 1994 y sus Decretos
Reglamentarios, especialmente el 1860 de 1994 , Decreto 1290 de 16 de Abril
de 2009 y las directrices dadas por la Corte Consti tucional Colombiana.


                                  RESUELVE

Reestructurar el manual de Convivencia por medio del cual se rigen los
estamentos de nuestra comunidad educativa; este Manual de Convivencia hace
parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI), de acuerdo con los
principios fundamentales y los artículos que a continuación se señalan:


                          PRINCIPIOS GENERALES

La ESCUELA PARROQUIAL MIXTA con base en los principios de su filosofía y en
acuerdo con los representantes de los Estudiantes, padres de familia o
acudientes, profesores, directivos y comunidad educativa en general,      que
contiene las normas que regulan la convivencia y es deber respetarlo, acatarlo
y hacer aportes para mejorarlo.

Este documento establece los parámetros u orientaciones para:
    Facilita el desarrollo de la convivencia armónica de las personas que
      interactúan en la vida escolar.

      Explicar el orden jerárquico, las líneas de autoridad, los canales de
       comunicación, los derechos, deberes, funciones y compromisos de los
       diferentes estamentos de la comunid ad educativa.

      Presentar estrategias para conciliar intereses que aseguren el logro de
       los objetivos preestablecidos, dentro de un ambiente pacífico y
       democrático.




                                                                              2
JUSTIFICACIÓN

La convivencia social y los retos pedagógicos requieren de los principios del
respeto, justicia, verdad, diálogo, compromiso, libertad y comprensión, como
una necesidad sentida por la sociedad en la cual las instituciones educativas
ejercen una labor significativa, por cuanto los jóvenes están llamados a liderar
acciones que contribuyan a mejorar la convivencia y elevar así la calidad en la
sociedad.

El Manual de los Estudiantes de la Escuela Parroquial Mixta de Plato
Magdalena, es concebido como un proceso democrático que busca la excelencia
en las relaciones interpersonales al interior de la Institución con proyección a
la familia y al grupo social donde interactúan nuestros estudiantes.

El espacio de vida de nuestros estudiantes cuenta con acompañantes que los
escuchan y ayudan a encontrarse consigo mismos, a descubrir la vida,
potencializar capacidades, suplir falencias, superar dificultades, amar a Dios y
a las demás personas.


                           ¡Queridos Estudiantes!

Queremos invitarlos a leer con atención este Manual de Convivencia en el cual
conoceremos como debe ser nuestro comportamiento en todos los momentos
del compartir dentro y fuera de la Escuela.

Encontraremos     derechos,    deberes,  consecuencias del  comportamiento
inadecuado de los estudiantes, el perfil del estudiante, los organismos de
participación y los estímulos de buen comportamiento.

Analizando este manual encontramos que es acorde con los principios de
responsabilidad y de libertad que nos hacen dignos participantes de una
educación integral, teniendo en cuenta que somos miembros activos de una
comunidad y nuestras acciones positivas o negativas influyen en el grupo al
cual pertenecemos.


                              IDENTIFICACIÓN

¿QUIÉNES SOMOS?

La Escuela Parroquial Mixta es una Institución Educativa de tradición en
nuestro municipio que durante 62 años ha servido de primer eslabón en la
formación de muchos plateños que hoy por hoy se muestran como
profesionales en diversos campos profesionales.

Imparte educación a estudiantes de Preescolar, Básica Primaria y Bachillerato,
sin discriminación de raz a, sexo, nacionalidad o credo.

Instruye y pone en práctica las enseñanzas de la iglesia católica, pero al
mismo tiempo respeta profundamente a quienes profesan otras ideologías

                                                                               3
religiosas, conforme al derecho de la libertad de enseñanza consagrada en la
Carta Constitucional, artículo 68.


                    FUNDAMENTOS INSTITUCIONALES

Los fundamentos institucionales que a continuación se enuncian son los
mismos que están relacionados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), y
en su consecuencia las modificaciones que se le introduzcan serán comunes
para uno y otro documento.



                                   MISIÓN

Formar,   de   manera    integral, jóvenes   que   desarrollen  capacidades
excepcionales para ingresar a la educación superior, de igual forma puedan
desempeñarse en las empresas de conocimiento que están cambiando el
mundo, con la práctica de la pedagogía conceptual, asumiendo el compromiso
de “ser mejores cada día”.


                                   VISIÓN

La Escuela Parroquial Mixta se proyecta para el año 2 019 como una Institución
de alta calidad educativa reconocida a nive l Nacional con tecnología avanzada
en la formación de ciudadanos competentes que serán agentes de cambio en
los contextos local, regional y nacional.


                                 FILOSOFÍA

La Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta, concibe al estudiante como
un ser integral y trascendente; de aquí la formación impartida es concebida
fundamentalmente como la apertura a nuevos espacios de socialización.

Su objetivo es preparar jóvenes integralmente en las competencias necesarias
para el éxito en sus estudios y actividades de la educación superior, que sean
capaces de transformar su entorno y el mundo que le toque construir.

La institución proporciona un ambiente de respeto y aceptación, p romoviendo
el desarrollo de la autoestima a través de la participación abierta y activa en
los diferentes programas escolares. Así mismo estamos comprometidos en el
rescate de las tradiciones y costumbres de nuestros ancestros.

Se procura que los padres asuman un papel activo en la educación de sus hijos
dándoles participación en las actividades programadas en la institución.

El ambiente de trabajo y enseñanza positiva permiten al docente responder
creativamente ante las necesidades de la institución y lo estimula a se r
competentes dentro del campo educativo actual.

                                                                              4
OBJETIVOS INSTITUCIONALES

                                 GENERAL

   Promover en la comunidad educativa las capacidades, habilidades y
    destrezas, suficientes y necesarias que le permitan desarrollar las
    dimensiones humanas del pensar, sentir y actuar que contribuyan a su
    formación integral, a la transformación del entorno ambiental, social y
    cultural.


                              ESPECÍFICOS

   Brindar una educación de calidad que nos permita formar integralmente
    al estudiante para que continúe desenvolviéndose satisfact oriamente en
    una sociedad en constante cambio.

   Lograr en el estudiante a través de la acción educativa un crecimiento y
    madurez personal y social que le hagan capaz de una opción vocacional
    consciente y responsable.

   Propiciar el sentido de   fraternidad el cual hace referencia a la creación
    de un ambiente saludable, armonioso de la comunidad educativa
    parroquial con el propósito de lograr el afecto, la comunicación y
    disciplina en el entorno Institucional.

   Diseñar e implementar proyectos curriculares basados en procesos de
    investigación que nos permitan el desarrollo de una educación de calidad
    competente con las exigencias educativas actuales.

   Fomentar en la comunidad educativa (docentes, estudiantes, padres de
    familia, administrativos) el sentido de pertenencia con el fin de
    organizar un trabajo conjunto que redunde en beneficio institucional.

   Impulsar actividades lúdico–culturales que permitan al estudiante
    desarrollar el aprecio por todo el legado de tradiciones heredados de
    nuestros ancestros.

   Promover en el estudiante valores que estimulen el           esfuerzo y el
    trabajo, para el desarrollo de la ciencia y la tecnología.

   Desarrollar habilidades comunicativas, como la escucha, la comprensión
    y la expresión, que permitan la convivencia social. Armónica y pacífica.

   Desarrollar en el estudiante la capacidad analítica, crítica y creativa que
    permita la interpretación y solución de problemas en todos los ámbitos
    sociales.




                                                                              5
RESEÑA HISTÓRICA


Fundada en 1950 por el Reverendo Padre Roberto Claro quien ten ía a su
cargo la parroquia de este municipio (de aquí nace su nombre).

En el año de 1951 se hace cargo de la dirección de la Escuela la señora
María Alfaro Vda. de Ospino, ésta cede el personal matriculado para que
las Hermanas Terciarias Capuchinas funda ran con éxito el Colegio La
Inmaculada Concepción.

Geográficamente la institución está ubicada en un sector céntrico de la
población lo que le permite que a ella afluyan gran cantidad de
estudiantes especialmente de un nivel socio -económico medio, ya que
sus padres en su mayoría son profesionales como abogados, médicos,
docentes, población que se complementa con personas económicamente
activa como comerciantes y trabajadores independientes que buscan
para sus hijos una educación de calidad y un mayor aco mpañamiento en
los diferentes procesos que esta requiere.

La Institución ofrece matrículas y pensiones asequibles al ingreso de
muchos hogares convirtiéndose en otro factor que permite que la
población estudiantil se incremente cada día más.

En su largo recorrido por la educación ha acogido en sus aulas a muchos
plateños que hoy sirven a la sociedad, en distintos campos de la
actividad laboral. Más que todo por su prestigio y tradición en la
educación y formación de un individuo centrado en valores a la luz del
Evangelio y principios cristianos, pero respetando y acogiendo el derecho
de la libertad de culto y expresión que consagra Nuestra Constitución y
la Ley General de la Educación.

Hoy dotados de una planta de docentes excelentes que bajo la Directora
desempeñan su trabajo de manera profesional, un departamento de
psicocorientación completo al servicio de la comunidad para cerrar los
lazos de fraternidad con los padres de familia en la orientación de sus
hijos, preocupados por una educación de calidad.

Cuenta con una sala de informática que nos lleva a seguirle los pasos a
la modernidad que cada día exige de la educación un mayor compromiso
con gran sentido de pertinencia, pero centrados en el contexto regional y
nacional sin deslindarse de la aldea global.




                                                                        6
CAPÍTULO PRIMERO
                  DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ESTUDIANTES


                   SECCIÓN PRIMERA: DE LA INSTITUCIÓN


Artículo 1. CARACTERIZACIÓN.

Nombre                       Escuela Parroquial Mixta
Jornada                      Diurna
Dirección                    Carrera 13 # 7 – 37
Teléfono                     (5) 4850313
Fax                          (5) 4840289
Blog                         http//:espamix.blogspot.com
E-mail                       espamix@hotmail.com
Departamento                 Magdalena
Municipio                    Plato
Código DANE                  347555000006
Registro NIT                 900073262-0
Fundación                    Enero de 1950
Naturaleza                   Privada
Representante Legal          Fanny Esther Ospino Ospino
Licencia de Funcionamiento   Res. No. 30 de Marzo 11 de 1961 de la
                             Secretaría de Educación Pública del Magdalena.
                             Res. No. 110 de Agosto 11 de 1972 de la
                             Secretaría de Educación Pública del Magdalena.

Resolución de Aprobación     Res. No. 9425 de Noviembre 21 de 1974 del
                             Ministerio de Educación Nacional.
                             Res. No. 12482 de Diciembre 17 de 1976 del
                             Ministerio de Educación Nacional.
                             Res. No.760 de Septiembre 7 de 1992.
                             Res. No. 03 del 6 de Marzo del 2006.
                             Emanada de la Secretaría de Educación del
                             Magdalena.
                             Res. No. 3116 de 2000 emanada por la
                             Secretaría del Desarrollo de la Educación del
                             Magdalena.
                             Res. No. 003 de abril 1º del 2004 de la
                             Secretaría del Desarrollo de la Educación del
                             Magdalena.
                             Res. No. 034 de Marzo 6 de 2006 de la
                             Secretaría del Desarrollo de la Educación del
                             Magdalena.

Niveles                      Ciclo Preescolar, Básica Primaria, Secundaria y
                             Media Académica
Modalidad                    Bachiller Académico
Carácter                     Mixto


                                                                               7
Calendario                     A
Orientación Religiosa          Católica
Convenio                       Fundación Internacional de Pedagogía
                               conceptual Alberto Merani (Lectores
                               Competentes y Ética y Liderazgo con
                               Inteligencia Emocional.
                               Servicio Nacional de aprendizaje (SENA),
                               integración con la Educación Media en
                               Mantenimiento de Equipos de Computo.
Horario y Jornada Laboral      6:15 a.m. a 12:40 m.
Inscripción del PEI. ante la   25 de marzo de 1997
Secretaría de Educación




                                                                          8
Artículo 2. ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO DE LA INSTITUCIÓN.

El organigrama que a continuación se presenta, define el ordenamiento
administrativo de la Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta, con sus
directivos, líneas jerárquicas de asesoría y coordinación.


                                                            INSTITUCIÓN
                                                         EDUCATIVA ESCUELA
                                                         PARROQUIAL MIXTA
                  ASOPADRES DE
                     FAMILIA

                   CONSEJO DE                 CONSEJO                                           CONSEJO
                  ESTUDIANTES
                                                                              RECTOR
                                             DIRECTIVO                                         ACADÉMICO


                  ASOCIACIÓN DE
                   EXALUMNOS                         SECCIÓN                 SECCIÓN         SECCIÓN DE
                                                ADMINISTRATIVA              ACADÉMICA       CONVIVENCIA

                                                                                           COORDINACIÓN
                                       SECRETARÍA
                                                                                           DE CONVIVENCIA
                                                                          COORDINACIÓN
                                                                            ACADÉMICA
                                       PAGADURÍA
                                                                                                             COMITE DE
                                                                           JEFE DE ÁREA                     CONVIVENCIA

                                        SERVICIOS
                                        GENERAL
                                                                          DIRECTORES DE
                                                                              GRUPO


                                         COMISIÓN DE
                                         EVALUACIÓN Y
                                                                             DOCENTES
                                          PROMOCIÓN

                                                                          DEPARTAMENTO
                                       PERSONERO                          DE ORIENTACIÓN
                                       ESTUDIANTIL

                                                                           ESTUDIANTES



                        Autoridad
   CONVENCIONES         Asesoria
                        Coordinación




El Gobierno Escolar estará conformado por:
    El Consejo Directivo
    La Directora
    El Consejo Académico

Además, el Gobierno Escolar contará con los siguientes organismos:
    El Comité de Convivencia
    El Comité de Bienestar Social



                                                                                                                          9
Por los estudiantes:
    El Consejo de Estudiantes
    El Representante de los Estudiantes
    El Personero de los Estudiantes
    La Asociación de Exalumnos

Por los Padres de Familia:
    La Asociación de Padres de Familia
    El Consejo de Padres de Familia


Artículo 3. REPRESENTANTE LEGAL ADMINISTRATIVO.

El Legal Administrativo tiene autonomía frente al consejo directivo en el
desempeño de sus funciones administrativas, financieras, laborales y
patrimoniales, respecto de las cuales actuará como última instancia y realizará
las actividades que determine la junta de socios propietarios, además de lo
previsto en los estatutos de la misma. Son sus funciones.

   a. Representar legalmente el plantel.
   b. Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas
      vigentes.
   c. Establecer canales y mecanismos de comunicación.
   d. Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades administrativas del
      plantel.
   e. Ordenar el gasto del plantel.
   f. Administrar el personal de la institución de acuerdo con las normas
      vigentes.
   g. Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación de
      la institución y enviar el informe a la entidad administrativa
      correspondiente.
   h. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
      naturaleza del cargo.
   i. Integrar el Comité directivo y Aca démico, participar y supervisar los
      comités que requieran su presencia.


Artículo 4. DEL CONSEJO DIRECTIVO. (Ley 115/94, art. 143).

Es la instancia administrativa y académica de la escuela. El Consejo Directivo
estará conformado por:

   a. La Directora, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por
      mes y extraordinariamente cuando lo considere necesario. En ausencia
      de la directora estas funciones serán asumidas por el coordinador
      académico.
   b. Dos representantes del personal docente, los cuales serán elegidos por
      mayoría de votantes en una asamblea de docentes.
   c. Dos representantes de los padres de familia quienes serán elegidos por
      la junta directiva del Consejo de Padres de Familia. El Consejo Directivo
      citará a Asamblea general de padres de familia para la constitución de la

                                                                              10
junta directiva en los primeros meses de l calendario académico; en caso
     de no ser citado por la junta directiva vigente. (de acuerdo al Decreto
     1286 artículo 9 parágrafo 2 de abril de 2005 la Asociación de Padres de
     Familia elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el
     Consejo directivo, siempre y cuando el número de afiliados a la
     Asociación alcance la mitad más uno de los padres de familia de los
     estudiantes matriculados).
  d. Un representante de los estudiantes elegidos por el consejo de
     Estudiantes entre los estudiantes del grado 11 º.
  e. Un representante de los egresados, elegido por el Consejo Directivo, de
     terna presentada por la organización que reúne a estos, o en su defecto
     por quien haya ejercido el año inmediatamente anterior el cargo de
     representante de los estudiantes.
  f. Un representante del sector productivo, organizados en el ámbito local,
     o de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del
     centro educativo.

Este representante será escogido por el consejo directivo, de candidatos
propuestos por dichas organizaci ones. La elección de este representante se
llevará a cabo dentro de los primeros 30 días del calendario académico.


Artículo 5. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.
(Ley 115/94, art. 142, inciso 3 y 144; Decreto 1860, art. 23)

  a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución,
     excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las
     reservas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos
     privados.
  b. Servir de instancias para resolver los conflictos que se presente n entre
     los miembros de la comunidad después de haber agotado los
     procedimientos previstos.
  c. Adoptar el manual de convivencia o reglamento de la institución.
  d. Asumir la defensa y garantía de los derechos de la comunidad educativa,
     cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
  e. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente
     presentado por l a Directora.
  f. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo
     institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a
     consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo
     que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los
     requisitos establecidos en la ley y los decretos reglamentarios.
  g. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la instit ución educativa.
  h. Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del
     estudiante que han incorporarse al reglamento o manual de convivencia.
  i. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y
     personal administrativo de la inst itución.
  j. Recordar criterios de participación de la institución en actividades
     comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.




                                                                             11
k. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en
      la realización de las actividades educativas, cultura les, recreativas y
      deportivas.
   l. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con
      otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones
      juveniles.
   m. Fomentar y reglamentar la conformación de asociaciones de padres de
      familia y de estudiantes.
   n. Reglamentar los procesos electorales previstos por los decretos
      reglamentarios.
   o. Crear los diferentes comités necesarios para realizar las actividades
      culturales,    sociales,  recreativas,   académicas,    de    convivencia,
      disciplinarias y otros que sean necesarios de acuerdo a las normas que
      rigen la educación en Colombia y/o que contribuyan al proceso integral
      de la comunidad educativa de la institución.
   p. Establecer     estímulos   para    estudiantes,   egresados,    docentes,
      administrativos y padres de familia que se distinguen por su
      colaboración en beneficio de la institución y de las relaciones armónicas
      entre los miembros de la comunidad educativa.
   q. Servir como última instancia para la cancelación del contrato se servicio
      educativo, después de agotado los rec ursos necesarios en el debido
      proceso.
   r. Darse su propio reglamento.

De cada reunión del Consejo se levantará un acta. Sus decisiones se
formalizarán mediante acuerdos. Tantas las actas como los acuerdos deben ser
firmados y comunicados por l a Directora y la Secretaria de la Institución
siendo esta última quien cumpla las funciones de secretaria y archivo del
Consejo Directivo.


Artículo 6. DE LA DIRECTORA Y SUS FUNCIONES.

Es el orientador del proceso educativo, en tal calidad, además de las
actividades que le corresponde realizar de acuerdo con lo previsto en el
Reglamento Interno de Trabajo o Manual de Funciones de la Institución y en el
Manual de Convivencia con relación al Gobierno Escolar y otras normas
vigentes, debe:

   a. Decidir o dar trámite correspo ndiente a las situaciones académicas, de
      convivencia y extra-académicas que sea de su conocimiento de acuerdo
      con sus competencias y siguiendo el conducto regular establecido en la
      Escuela Parroquial Mixta.
   b. Producir las resoluciones internas y demás actos de administración
      propios de sus funciones, así como los actos necesarios para hacer
      cumplir las decisiones de los Consejos y demás organismos del
      establecimiento.
   c. Coordinar el trabajo de los Consejos, comités y organismos de la Escuela
      en procura de la armonía en los fines, filosofía y objetivos
      institucionales.


                                                                              12
d. Presentar ante el representante legal las solicitudes que comprometan el
     recurso económico fuera de sus funciones y alcances.
  e. Determinar la planta de docentes de la institución de acuerdo con las
     directrices de la dirección administrativa.


Artículo 7. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA.

  a.   Acatar y poner en práctica los lineamientos de la filosofía Institucional.
  b.   Establecer canales y medios de comunicación entre los miembros de la comunidad.
  c.   Supervisar el cumplimiento de docentes, estudiantes y administrativos.
  d.   Elaborar y aplicar instrumentos de seguimiento y control a docentes, alumnos y
       administrativos.
  e.   Citar a los padres de Familia para tomar decisiones en el mejoramiento
       disciplinario de sus hijos.
  f.   Fomentar con los demás miembros de la comunidad la cultura por la paz y la
       convivencia pacifica.
  g.   Orientar los informes periódicos sobre los estados de desarrollo de los estudiantes.
  h.   Informar a la directora los casos de disciplina que considere necesario un
       tratamiento especial.
  i.   Organizar y vigilar comités de vigilancia con los docentes.
  j.   Velar conjuntamente con la directora el cumplimiento de las 40 semanas de
       desarrollo pedagógico.
  k.   Controlar conjuntamente con la directora las novedades del personal docente y
       administrativo.
  l.   Revisar periódicamente los seguimientos y controlar de disciplina e informar a los
       respectivos tutores de casos especiales.


Artículo 8. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO.

  a. Acatar y poner en practica los lineamientos de la filosofía Institucional.
  b. Colaborar con la directora en la elaboración, ejecución, control y
     evaluación del PEI.
  c. Coordinar con el consejo académico la elaboración del plan de estudio.
  d. Orientar la elaboración de proyectos de aula según lo establecido en el
     proyecto educativo y velar por su ejecución.
  e. Asesorar el seguimiento académico que realizan los docentes en sus
     estudiantes.
  f. Citar a los Padres de familia para tomar decisiones sobre el
     mejoramiento académico de sus hijos.
  g. Confrontar logros de docentes con estudiantes.
  h. Planificar actividades de recuperación acorde al cronograma institucional.
  i. Responder por los materiales a su disposición.
  j. Convocar y dirigir las reuniones de las comisiones de evaluación y
     promoción escolar en los diferentes grados.
  k. Planificar con los demás miembros de la comunidad las acciones de
     capacitación requeridas.
  l. Proponer la construcción y desarrollo de estrategias que dinamicen y
     faciliten la operación del proyecto educativo institucional.


                                                                                        13
m. Estimular el uso y desarrollo de los medios tecnológicos y científicos que
      permitan una formación intelectual y competitiva del estudiante,
      docentes y comunidad en general.


Artículo 9. DEL CONSEJO ACADÉMICO.
(Ley 115/94, art. 145 y decreto 1860, art. 24).

Es la instancia superior en la orientación académica y pedagógica de la
Escuela.

El Consejo Académico estará integrado por:

   a. La Directora quien lo presidirá.
   b. El coordinador académico quien lo convocará y en ausencia del rector, lo
      presidirá.
   c. El jefe del departamento de orientación.
   d. Los directivos docentes de la institución.
   e. Un docente por cada área definida en el plan de estudios.


Artículo 10. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO.
(Decreto 1860/94, art. 24).

El Consejo Académico tendrá las siguientes funciones:

   a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico de la
      institución, resolver los conflictos académicos que se presenten entre
      docentes y de éstos con los estudiantes, de acuerdo con su competencia
      y el conducto regular establecido.
   b. Servir de órgano consultor del consejo directivo en la propuesta del
      proyecto educativo institucional (PEI) y sugerir los ajustes académicos
      necesarios.
   c. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo
      las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto
      en los decretos reglamentarios.
   d. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución.
   e. Diseñar la política, filosofía, estrategia e instrumentos de todas las
      etapas del proceso de aprendizaje, de acuerdo con las normas generale s
      dadas por las autoridades educativas y las previstas en el proyecto
      educativo institucional (PEI) y velar por su ejecución.
   f. Integrar los comités de docentes que sean necesarios para la evaluación
      periódica de rendimiento y a promoción de los educandos, a signarles sus
      funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
   g. Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas en
      el proyecto educativo institucional, o las que le sean delegadas por otras
      instancias competentes.


Artículo 11. DEL DIRECTOR DE GRUPO Y SUS FUNCIONES.


                                                                                   14
En la Escuela Parroquial Mixta, se establecen las direcciones de grupos,
quienes administraran el grupo que les sea asignado por la directora, tendrán
las siguientes funciones:

   a. Participar en la programación de la administración y en todas las
      actividades que éstos realicen.
   b. Ejecutar el programa de inducción de estudiantes de grado confiado a su
      dirección.
   c. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus
      efectos en los estudiantes.
   d. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su
      comportamiento y aprovechamiento académico y remitir los estudiantes
      que presenten algún problema de tipo psicológico o de aprendizaje al
      departamento de orientación con el conocimiento del padre de familia.
   e. Presentar un informe valorativo al comité de convivencia y disciplinario
      de los estudiantes que demuestren un desempeño integral insuficiente.
   f. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y
      lograr en coordinación con otros estame ntos las soluciones más
      adecuadas.
   g. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de
      familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.
   h. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes de grupo a
      su cargo.
   i. Rendir periódi camente informe de las actividades y programas realizados
      a la directora y coordinadores.
   j. Controlar y supervisar los recreos especialmente del área donde están
      ubicado el grupo a su cargo, acto cívico y otras actividades que se
      celebren en la institución.
   k. Realizar charlas con los padres de familia y entregarles los informes
      académicos.
   l. Supervisar la permanencia del estudiante en el puesto asignado.
   m. Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas en
      el PEI, o las que le sean delegadas por las instancias competentes.


Artículo 12.    DEL    DEPARTAMENTO        DE   PSICORIENTACIÓN        Y   SU S
FUNCIONES.

El departamento de psicoorientación es un servicio de bienestar estudiantil que
ofrece la institución siendo extensivo a la comunidad educativa en general.

   a. Presentar a la directora el proyecto del plan de actividades anuales, de
      acuerdo a sus funciones, en la segunda semana de clases.
   b. Mediar en las dificultades que se presenten en las interrelaciones de los
      miembros de la comunidad educativa.
   c. Organizar y diseñar actividades en búsqueda de la colaboración de los
      padres de familia para la preparación de la Primera Comunión.
   d. Intervenir como consejera en el estudio y toma de decisiones sobre
      casos especiales de comportamiento presentando por escrito los
      resultados del seguimiento respectivo.


                                                                             15
e. Elaborar diagnostico sobre situaciones problemáticas grupales y posibles
      soluciones.
   f. Asesorar a los miembros de la comunidad educativa en la búsqueda de
      soluciones a problemas particulares o grupales.
   g. Orientar a los estudiantes en el desarrollo de la personalidad para tomar
      decisiones personales, identificar actitudes e intereses y reconocer las
      formas de participar adecuadamente en la vida académica, social y
      comunitaria.
   h. Desarrollar programas y estrategias para la orientac ión profesional de
      los estudiantes.
   i. Diseñar, desarrollar y archivar los registros acumulativos de los
      estudiantes.
   j. Realizar talleres de formación obligatorios para aquellos estudiantes que
      hayan incurrido en faltas académicas y disciplinarias contempladas en el
      manual de convivencia y su debida certificación.


Artículo 13. DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINARIO.

En la Escuela Parroquial Mixta con el propósito de avanzar en la gestión de
mejorar los canales de concertación para el manejo de los conflic tos el Consejo
Directivo  ha   institucionalizado  este   comité,   órgano     asesor   de  las
coordinaciones de grado.
Por su naturaleza, el Comité de Convivencia y Disciplinario est á integrado:

   a. La Directora, quien lo convocará y lo presidirá, el coordinador (según el
      ciclo primara o bachillerato).
   b. El director de grupo.
   c. La psicoorientadora.


Artículo 14. FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y
DISCIPLINARIO.

El comité de convivencia y disciplinario tendrá las siguientes funciones:

   a. Velar por el cumplimiento de las norm as establecidas en el Manual de
      Convivencia de la Institución.
   b. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la
      comunidad educativa.
   c. Tomar las decisiones y resolver, en primera instancia, los conflictos de
      convivencia que se presenten en la comunidad educativa que fuesen
      remitidos a este comité.
   d. Diseñar, aplicar y hacer cumplir los instrumentos necesarios para
      ejecutar los procesos de su competencia.


Artículo 15. DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

En la Escuela Parroquial Mixta existirán básicamente tres instituciones de
representación de los estudiantes:

                                                                              16
-   El Consejo de los Estudiantes.
   -   El Personero de los Estudiantes.
   -   El Representante de los Estudiantes.

   1. El consejo de los estudiantes estará integrado por un representante de
      cada uno de los grados, los estudiantes de preescolar y básica primaria
      serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único
      entre los estudiantes que cursen el quinto grado.

   2. El personero de los estudiantes será un estudiante que curse el úl timo
      grado en la institución y estará encargado de propiciar el ejercicio de los
      deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución
      Política colombiana, las leyes, los reglamentos y en el presente manual.
      De acuerdo con ellos, entre otra s tendrá las siguientes funciones:

   a. Promover el cumplimiento de los derechos de los estudiantes, para lo cual podrá
      utilizar los medios de comunicación del establecimiento.
   b. Pedir la colaboración, para organizar formas u otras formas de deliberación.
   c. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre las
      lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad
      sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

   d. Crear diferentes comités (cultural, recreación, deportes, etc.), con la colaboración
      de los estudiantes que le ayuden a realizar las propuestas de su programa.

       El personero será un estudiante que curse el último grado que ofrezca la
       Institución, elegido dentro de los primero treinta (30) días del calendario
       académico. Para tal efecto, el Rector convocará a todos los estudiantes
       matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante el
       voto secreto.

       Relevo Del Cargo. El personero, debe mantener un buen rendimiento académico
       y disciplinario en el ejercicio de sus funciones. En caso de no cumplir con lo
       anterior o comete una falta grave, será relevado del cargo.

   3. El Representante de los Estudiantes es un alumno perteneciente al
      consejo de estudiantes y delegado por éste ante e l Consejo Directivo. La
      designación se hará mediante el voto secreto, previa postulación
      voluntaria o del mismo consejo. Será elegido quien obtendrá el mayor
      número de votos y se hará en el periodo de elección del personero o un
      plazo máximo de ocho (8) dí as calendario luego de elegido el consejo de
      estudiantes.


Artículo 16. DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA.

Los padres de familia de la Escuela Parroquial Mixta estarán representados por
la asociación y el consejo de padres de familia, los cua les se organizaran como
a continuación se establece:


                                                                                       17
-   El consejo directivo de la Escuela Parroquial Mixta promoverá la
      formación de una asociación de padres de familia, para lo cual citará a
      una asamblea constitutiva y facilitará el funcionamiento de ésta.

La asociación de padres además de las funciones que su reglamento determine
podrá desarrollar actividades como las siguientes:

  a. Velar el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua
     evaluación.
  b. Promover y desarrollar programas de form ación de padres y de cualquier
     otro estamento de la institución para facilitar el cumplimiento de la
     tarea educativa que les corresponde.
  c. Contribuir al proceso de constitución y permanencia del consejo de
     padres de familia, como apoyo a la función pedagógi ca que les compete.


Artículo 17. DE LOS EDUCADORES.

Los educadores de la Escuela Parroquial Mixta, para efectos de jerarquía y
subordinación administrativa, pedagógica y de convivencia están organizados
así:

  a. Dependen de la directora: los coordinadores académicos y de
     convivencia, quienes a su vez y de acuerdo con la competencia de cada
     uno, son superiores jerárquicos de los jefes de áreas. El coordinador de
     convivencia además es el encargado del control del cumplimiento de las
     obligaciones de los educadores en general.
  b. Los docentes de cada área dependen para efectos académicos de los
     jefes de áreas. Finalmente en lo que se refiere a la dirección de los
     cursos, están los maestros tutores.

En todo caso, además de lo dicho en el presente manual respecto d e los
educadores, éstos contarán con un reglamento interno de trabajo o manual de
funciones que detallará: funciones, deberes, derechos y demás aspectos
relacionados con su vinculación y permanencia en la institución.




                                                                           18
CAPÍTULO SEGUNDO: ADMISIONES Y MATRÍCULAS


Artículo 18. DE LAS ADMISIONES Y MATRÍCULAS

Para adquirir la calidad del estudiante de la Escuela Parroquial Mixta es
necesario, a través de sus Padres de Familia o Acudiente, aceptar la Filosofía
institucional, sus fines y metas, su direccionalidad e intencionalidad descritas
en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL, su MANUAL DE CONVIV ENCIA,
Perfil Parroquiano y el Reglamento que orienta la vida escolar, haber sido
ADMITIDO, previo el lleno de los requisitos previstos:

1. Registro Civil de Nacimiento.
2. 2 Fotos 3 X 4.
3. Para Primaria certificado del curso anterior aprobado.
4. Seguimiento disciplinario.
5. Paz y Salvo de donde proviene el alumno.
6. Certificado médico actualizado.
7. Fotocopia del carné E.P.S.
8. Certificados de vacunas para Kinder y Transición.
9. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad, a partir de 4º primaria en adelante.
10. Para Bachillerato, certificados aprobados de cada uno de los cursos
   anteriores desde el Grado Quinto de Básica Primaria.
11. Para Grado Undécimo, dos fotos tamaño 2.5 x 4 fondo azul (para la Libreta
   Militar).
12. La Escuela al establecer el valor de la matrícula y pensiones para cada año
   escolar se atiene a las normas, que emanan del M.E.N. para colegios
   privados.


ARTÍCULO 19. VALOR DE LAS PENSIONES Y PAGO OPORTUNO

Teniendo en cuenta el numeral dos (2) y el artículo cuatro (4) del decreto
2253 de 1995 se define la pensión como: la suma anual que se paga al
establecimiento educativo privado por el derecho del alumno a participar en el
proceso formativo durante el resp ectivo año académico, este monto se divide
en diez (10) cuotas iguales que se cancelan los cinco (5) primeros días de cada
mes. Los cuales deben cancelarse en las oficinas de l Banco BBVA Plato y en
nuestras oficinas.


ARTÍCULO 20. CONDICIONES DE INGRESO, PERMANENCIA Y RETIRO DE
                        ESTUDIANTES

Son estudiantes quienes estén matriculados con el cumplimiento de los
requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y las normas
propias de la Escuela.

Los criterios para la matrícula del estudiante s on:

   a. Cumplir con los requisitos que señale el M.E.N. y la Escuela.

                                                                              19
b. Estar en compañía de sus padres o acudiente en el momento de la
      matrícula, sí es admitido.

         La matrícula es un contrato que obliga a los padres de familia,
         acudientes y estudiantes a cumpl ir con todas las normas que de él se
         deriven y las contenidas en el MANUAL DE CONVIVENCIA.

   c.     Se garantiza la disponibilidad de cupo a los alumnos antiguos, siempre
         y cuando entregue la reserva de cupo y se haga la matrícula en la fecha
         indicada y conserve sus condiciones académicas y de convivencia.


   d. el colegio se reserva el derecho de Admisión en el caso de alumnos, que
      aunque hayan aprobado el curso, su actitud y comportamiento no
      armonicen con la filosofía y/o con las normas del MANU AL DE
      CONVIVENCIA.


ARTÍCULO 21. PERMANENCIA.

Para la permanencia de los estudiantes se exige a ellos y a sus padres
acudientes,     actitud     positiva   y   colaboradora    tanto   para   el    rendimiento
académico como cualquier actividad que el colegio programe.


    a. El alumno que repruebe por primera vez un grado, de los señalados por
          la Ley, y el P.E.I. tendrá derecho a continuar sus estudios siempre y
          cuando haya tenido buen comportamiento y no exista otra causal de
          exclusión contemplada en este manual.
    b. El carácter de estudiante se pierde:
    c. Por la inasistencia frecuente sin motivo ni justificación por escrito será
          causal de pérdida del grado de acuerdo al artículo 53 del Decreto 1860
          y el Decreto 1290/2009.
    d. Por no cumplir las normas del manual.
    e. La inasistencia de los padres de familia a reunion es y eventos ó el no
          comprometerse con el proceso de formación integral del estudiante.
    f.     El no pago oportuno de la pensión, en forma habitual.
    g. La Escuela se reserva el derecho a suspender el carácter de estudiante
          a un alumno por bajo rendimiento académico determinado por la
          Comisión     de   Evaluación     y   Promoción   y   aprobado   por   el   Consejo
          Directivo.


                                                                                          20
CAPÍTULO TERCERO: DE LOS ESTUDIANTES


ARTÍCULO 22. PERFIL DEL ESTUDIANTE

  a. CREYENTE: Comprometido con su comunidad en la defensa de la vida y
     la dignidad humana, según las enseñanzas del evangelio.

  b. SERVICIAL – SOLIDARIO: Comparte lo que es y lo que tiene con los
     demás en especial con los más necesitados.
  c. COMUNICATIVO: Escucha, lee, escribe y habla en forma sincera y
     responsable.

  d.   ALEGRE: Se maravilla ante lo positivo de la vida y ama lo que hace.

  e. AFECTUOSO (AMABLE): Se comprende a sí mismo, comprende a los
     demás y se relaciona con amabilidad.

  f.   AUTÓNOMO: Demuestra seguridad en sí mismo(a) siendo capaz de
       encauzar su vida iluminada por los valores cristianos.

  g. ESTUDIOSO: Investiga, profundiza y analiza los interrogantes de la vida,
     de la muerte, los avances de la ciencia y de la tecnología y el
     mejoramiento de las condiciones de vida del ser humano.

  h. CREATIVO: Ingenioso al resolver problemas y desar rollar sus habilidades
     artísticas, culturales, sociales y deportivas.

  i.   RESPONSABLE: Asume las consecuencias de sus actos y es capaz de
       tomar decisiones coherentes con los valores cristianos.

  j.   PARTICIPATIVO – DEMOCRÁTICO: Se integra activamente a su grupo,
       contribuyendo a la solución de conflictos, dando alternativas y
       soluciones posibles.

  k. VALIENTE: Conoce y se ubica en la realidad social, económica, política y
     cultural para transformar las situaciones injustas en defensa de la vida.

  l.   AGRADECIDO: Demuestra su gratitud hacia Dios, su familia, miembros
       de la comunidad educativa y todo el que de una u otra forma de
       relaciona con él.


                       DE LOS DERECHOS Y DEBERES


ARTÍCULO 23. DE LOS DERECHOS.




                                                                             21
Derecho es la facultad que tiene toda persona para DECIDIR Y EXIGIR sobre
las prerrogativas establecidas que le favorecen. Gracias a los derechos los
seres humanos estamos en condición de querer los que somos, defender lo que
sentimos y establecer relaciones afectivas honestas. El derecho de una persona
está limitado por los derechos de los demás. Los pilares para la buena
formación de los derechos humanos serán, el uso responsable de la libertad y
el manejo equilibrado de la autonomía estimulados por actos inteligentes y una
voluntad recia y decidida, lo que lleva a la per sona a la autogestión desde
todas las dimensiones, a saber: COGNITIVAS, ESPIRITUAL, EMOCIONAL E
INTERPERSONAL, lo que nos lleva al desarrollo de competencias sociales y
laborales.




ARTÍCULO 24. DE LOS ESTUDIANTES


Quienes estudiamos en la ESCUELA PARROQUIAL MIXTA lo hacemos porque nos
identificamos con su filosofía, por esta razón reconocemos como nuestros
derechos, los siguientes:


   a. CONOCER EL MANUAL DE CONVIVENCIA.
   b. Recibir una formación íntegra, acorde con la filosofía de la Escuela.
   c. Recibir un trato amable de directivos, personal docente, administrativos,
        padres de familia y compañeros.
   d. Contar con un seguimiento académico y orientación psicológica a los
        largo de su formación que facilite su crecimiento personal y lo prepare
        para un responsable opción vocacional y profesional.
   e. Que se le respete su vida, su dignidad, sus diferencias étnicas, creencias
        religiosas, ideológicas y sus bienes.
   f.   Expresar sus opiniones y comunicar sus problemas y dificultades dentro
        del respeto mutuo y normas de buena educac ión.
   g. Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional según su
        nivel de competencia.
   h. Recibir    una   formación   de   excelente   calidad   educativa   según   las
        exigencias y normas contempladas en la Ley General de Educación.


                                                                                  22
i.   Conocer sus logros antes d e que sean sistematizados.
  j.   Recibir información oportuna sobre horarios, evaluaciones y toda actividad
       que realiza la Escuela.
  k. Recibir por escrito los informes de los logros obtenidos en cada período
       académicos siempre y cuando estén a paz y salvo con la Es cuela de
       acuerdo con el compromiso adquirido bilateralmente en el momento de la
       matrícula.
  l.   Exigir de los maestros que guíen el proceso formativo y cumplan a
       cabalidad sus deberes profesionales: puntualidad, preparación de clases,
       evaluación, seguimiento académico y devolución oportuna de trabajos.
  m. Elegir y ser elegido para los organismos y cargos donde los estudiantes
       tengan representación sí reúnen los requisitos exigidos.
  n. Que se le brinden actividades de superación en aquellos procesos donde
       presenten deficiencias que afecten el desarrollo integral, siempre y cuando
       cumpla con los deberes.
  o. Ser escuchado(a) cuando haga reclamos justos y enmarcados en                           el
       respeto, el orden y la disciplina.
  p. Disfrutar de un ambiente de confianza, orden y exigencia en todas la s
       actividades programadas por la Escuela.
  q. Recibir    atención       personal   y   orientación     cuando    tenga   dificultades
       académicas, disciplinarias o de otra índole.
  r. Solicitar asistencia afectiva, eficaz y razonable de los padres o acudientes
       en sus dificultades, problemas y/o necesidades.
  s. Participar     en   las   actividades    del   tipo   académico,   cultural,   religioso,
       deportivo que se programen en la Escuela.
  t. Usar las dependencias y enseres del establecimiento según las normas
       establecidas.
  u. Ser tratado igual que los demás.
  v. Disfrutar del descanso y tiempo libre, haciendo de estos momentos de
       esparcimiento y sana recreación.
  w. Ser reconocido en las Izadas de Bandera y Menciones Especiales por sus
     méritos en el desempeño escolar.



ARTÍCULO 25. DE LOS DEBERES.

                                                                                           23
Deber es lo que cada persona, por el compromiso adquirido voluntariamente, está
obligada a hacer, decir y sentir, mediante las normas y estilos de vida propuestos
para la convivencia social, de tal modo que los comportamientos permitan el
crecimiento y mejoramiento de la persona y de la comunidad, en la cual está
insertada.




ARTÍCULO 26. DE LOS ESTUDIANTES.


El ejercicio de tu libertad y la convivencia con los otros, te exige ciertos
“deberes” que debes cumplir para no traspasar el derecho ajeno, garantizar tu
socialización y permanencia en la Escuela.
a.    Respetar la doctrina cristiana católica de la Escuela, así como defender y
 cuidar su prestigio y bienes.
b.    Mantener relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la
 comunidad escolar.
c.    Cuidar sus pertenencias, absteniéndose de llevar consigo artículos de valor
 protegiendo los bienes ajenos. Es responsabilidad de los estudiantes la pérdida
 de los mismos.
d.    Portar con decoro y dignidad el uniforme de la escuela dentro y fuera del
 plantel y sólo en los actos programados por la misma y sin portar prendas ni
 objetos diferentes.
e.    Asistir puntualmente a clases, actos, reuniones y actividades, y participar
 en ellas activa y responsablemente.
f. Respetar y acatar las órdenes de los directivos y profesores de la Escuela y
 cuando haya algún reclamo, seguir el conducto regular empleando el diálogo
 como elemento de conciliación.
g.    Solucionar cualquier tipo de conflicto por la vía del diálogo, procurando
 hacer las paces dentro de un clima de cordialidad, sinceridad y demás valores
 que exija la convivencia social.
h.    Demostrar delicadeza propia de la mujer en sus actitudes, vocabulario y en
 todas sus actuaciones.




                                                                                24
i. Los estudiantes varones deberán asumir actitud propia de su naturaleza,
     demostrando su caballerosidad con sus compañeros y profes ores.
j. El comportamiento dentro y fuera de la Escuela debe corresponder a los
     principios de la educación y buenas maneras propias de la comunidad educativa
     y a la filosofía que los identifica.
k.        Cumplir con los deberes escolares que la Escuela le exige, activ idades
     individuales o colectivos programadas por la misma.
l. No consumir alimentos o agua en el aula de clases.
m.        Proveerse oportunamente del material de trabajo: útiles, libros, cuadernos,
     implementos necesarios para el normal y eficaz desarrollo de su activi dad
     académica.
n.        Ser responsable de su proceso de aprendizaje para que los logros sean
     óptimos de acuerdo con las exigencias de la Escuela y de sus aspiraciones como
     persona.
o.        Responder a las exigencias contraídas en el contrato, firmado en el
     momento de la matrícula.
p.        Realizar las entradas, salidas y desplazamientos con prontitud, orden,
     prudencia y educación.
q.        Permanecer en completo orden dentro del salón de clases en ausencia de
     los profesores, aprovechando en forma correcta el tiempo libre.
r.        Entregar a tus padres la información que por escrito envíe la Escuela.
s.        Obrar con solidaridad y justicia de manera especial ante calamidades,
     dificultades o accidentes que puedan presentarse.
t.        Proteger tu salud cuidando tu aseo, personal, observando las reglas de
     higiene.
u.        Colaborar con las actividades culturales y económicas de la Escuela que
     tengan propósitos de fortalecer y mejorar la calidad de la Institución.
v.        Contribuir a la conservación, mejoramiento y embellecimiento de la planta
     física y demás materiales de la Escuela. Preservar, respetar y cuidar el medio
     ambiente.
w.        Entregar en buen estado su pupitre (silla).
x.        Asumir el costo de reparación de cualquier daño que ocasiones ya sea
     individual o colectivo.
y.        Pertenecer a los comités que organiza la Escuela.


                                                                                   25
z.     Traer lo necesario para las clases. La Escuela no recibe objeto o útiles
 olvidados.



ARTÍCULO 27. ESTÍMULOS


El   mejor   estímulo es     la   satisfacción del     deber   cumplido,    tu   crecimiento
personal y el respeto a los derechos de los demás.


La   Escuela   otorga   estímulos      no   solo    porque   sobresalga     en   rendimiento
académico, sino también en los demás procesos del desarrollo humano.


     a. IZAR   EL PABELLÓN        NACIONAL:        Cuando te hayas      destacado en     los
       aspectos propuestos por los organizadores de los actos cívicos.
       Para las Izadas de Bandera que se realizarán en los siguientes periodos
       académicos solamente se pueden resaltar a aquellos estudiantes que tengan un
       promedio igual o superior de cuatro punto cinco (4.5).

       Las demás Izadas de Bandera el estudiantes para poder ser nombrado necesita
       estar en el ochenta por ciento (80%) de las listas de los docentes, de acuerdo con
       su desempeño escolar.



     b. DIPLOMAS, MEDALLAS Y PREMIOS: Para los estudiantes que durante el
       año hayan sobresalido por su rendimiento académico, responsabilidad,
       compañerismo y demás valores.
     c. MATRÍCULA DE HONOR: Para los estudiantes que se hayan distinguido
        por su excelencia en todos los campos y valores, ocupando el primer
        puesto durante el año escolar.


ARTÍCULO 28. FALTAS.


Se    consideran   faltas   el    no   cumplimiento    de    las   normas   de   convivencia
establecidas en este manual, siendo las acciones que afectan el principio del libre
desarrollo de la personalidad y comunitario en cuanto lesionan los derechos
fundamentales de las personas.
Las faltas de convivencia para efectos de las medidas se clasifican como faltas
leves o faltas graves, atendiendo a su naturaleza y sus efectos, las modalidades y


                                                                                          26
circunstancias        del   hecho,    los   motivos    determinantes     y    los   antecedentes
personales del educando.




ARTÍCULO 29. FALTAS LEVES.


a.        Vestir el uniforme indebidamente.
b.        Tener uñas largas, sucias o pintadas con colores, así como también el uso
     de maquillaje y traer artículos de belleza.
c.        Usar prendas llamativas o extravagantes.
d.        Usar cortes y tintes extravagantes en el cabello.
e.        Usar aretes y/o anillos grandes, cadenas, collares, manillas.
f. Masticar chicle y comer en los salones, laboratorios, biblioteca y oficinas.
g.        Sentarse     incorrectamente      durante    el   desarrollo   de   los   procesos   en
     cualquier lugar de la comunidad.
h.        Llegar a la Escuela fuera de las horas establecidas sin causa justificada.
i. Salir del aula de clases sin permiso previo del docente en turno y durante los
     cambios de clases.
j. Tirar las sillas o mantenerlas en desorden durante las actividades diarias o al
     terminar la jornada.
k.        Incumplir con los deberes académicos.
l. Descuidar el aseo, el orden en tu presentación personal o tus útiles de estudio.
m.        Hacer desorden, comer y/o hablar continuamente y sin necesidad en el
     salón de clases o realizar actividades diferentes al tema de estudio.
n.        Pronunciar o escribir en los pupitres, tableros, carteleras o baños de la
     Escuela: nombres, frases o figuras inmorales.
o.        Agredir de palabras o de hecho a cualquier miembro de la comunidad
     educativa, usar apodos.
p.        Permanecer en el salón de clase en las horas de recreos.
q.        Perturbar a la comunidad con gritos, silbatinas, ruidos y atropellos o
     encender grabadoras, radios en el aula con fines destinados a los del ruido.
r.        Arrojar papeles al suelo.
s.        Cualquier    acción   que    perturbe   el   normal   desarrollo    de    los   procesos
     pedagógicos.


                                                                                                27
t.         Portar celulares y/o piercings.


En     los   comportamientos     anticonvivenciales    leves   se   aplicará   las   siguientes
medidas de formación:


a.         Diálogo y concertación cuando sea por primera vez.
b.         Amonestación verbal y/o escrita según el caso, a la segunda vez.
c.         Citación al padres de familia para establecer compromisos de acuerdo al
     caso, a la tercera vez.




ARTÍCULO 30. FALTAS GRAVES.


      a. La reincidencia por tres (3) oportunidades en una falta leve la convierte en
           grave.
      b. Asumir con actitudes irrespetuosas el momento de oración y/o himnos.
      c. Ensuciar, marcar, dibujar, causar daños a las instalaciones, muebles y
           enseres de la Escuela.
      d. Jugar bruscamente hasta lesionar a otros compañeros.
      e. Riñas o peleas dentro o fuera de la Escuela.
      f.   Inasistencia a clases habiendo salido de su casa para el colegio c on el
           uniforme.
      g. Salir de la Escuela en horario de clases sin permiso del coordinador de
           convivencia.
      h. Realizar en el aula, el plantel o fuera de éste, actividades sin la previa
           autorización del director de grupo o coordinadores según sea el caso.
      i.   Fomentar desorden o escándalos que atenten contra la tranquilidad de las
           personas dentro o fuera de la Escuela.
      j.   Falta sin causa justa tres (3) o más veces en la semana a las actividades
           diarias.
      k. Entrar a los baños en grupo para hacer desorden o quedarse dentro.
      l.   Realizar    como    actividades   de   la   Escuela,      paseos,    excursiones,
           festividades sin la previa autorización del Consejo Directivo.




                                                                                             28
m. Registrar los maletines o bolsos de otros compañeros sin permiso de sus
          dueños.
     n. Asistir con el uniforme del colegio a billares, can tinas, casas de juegos
          electrónicos, discotecas y sitios de dudosa reputación.
     o. Traer a la Escuela cualquier tipo de revistas o m aterial pornográfico.
     p. Hacer justicia por sí mismo ignorando la autoridad de los superiores.
     q. Hurto y retención de objetos pertene cientes a la Escuela o a cualquier
          integrante de la comunidad educativa.
     r.   Hostilidad, injuria permanente y/o calumnia contra alguna persona de la
          comunidad educativa.
     s. Escribir panfletos con mensajes vulgares que lesionen la dignidad de las
          personas.
     t.   Intentar o hacer fraude en evaluaciones, trabajos y tareas.
     u. Realizar prestamos, cobro de intereses, créditos o similares.
     v. Hacer demostraciones de amor entre parejas como besos o abrazos
          dentro y fuera de la Escuela.
     w. Quedarse en las afueras del plantel desp ués de la salida de clases, sin/o
          en compañías del novio(a) o amigos.
     x. Tratar en forma despectiva, descortés y/o agresiva a directiva, docentes
          y trabajadores.
     y. Fomentar desorden e irrespeto en la tienda escolar.


En los comportamientos anticonvivenciales gr aves se aplicarán las siguientes
medidas de formación:


a.        Acta de suspensión, la cual puede ser de uno (1) a cinco (5) días según
 la intensidad de la falta y al perjuicio que cause a la comunidad educativa y
 al buen nombre de la Escuela.
b.        Remisión a Psicoorientación.
c.        Pérdida del derecho a cupo.
d.        Si el estudiante reincide tres (3) suspensiones, perderá el derecho a
 cupo para el próximo año escolar.




                                                                                  29
e.     En caso de 11o. grado, perderá el derecho a la proclamación solemne
 como bachiller y su certificación se entregará por ventanilla, en la secretaría
 de la escuela.




ARTÍCULO 31. COMPORTAMIENTOS ANTICONVIVENCIALES MUY GRAVES


a.     Reincidir en dos (2) o más oportunidades en cualquier comportamiento
 irregular grave.
b.     Cometer actos delictivos dentro y fuera del plantel.
c.     Portar armas o cualquier elemento que sirva para amenazar o agredir a
 compañeros o funcionarios de la escuela, así como el uso de cualquier clase
 de explosivo.
d.     Inducir a compañeros a pertenecer a bandas o pandillas juveniles, sectas
 satánicas, etc., o pertenecer a ellas.
e.     Traer a la escuela drogas alucinógenas o estupefacientes, o presentarse
 bajo sus efectos.
f. Falsificar, alterar, enmendar o tachar documentos, informes, descriptivos,
 certificados, registros de seguimiento.
g.     Consumir bebidas alcohólicas, fumar dentro o fuera del plantel.
h.     Pertenecer      u    organizar    bandas    juveniles,    padillas   para   delinquir   o
 agredir a cualquier persona.
i. Causar daños intencionales a cualquier miembro de la comunidad educativa
 que atente contra su integridad física.
j. Tener relaciones amorosas con los profesores.
k.     La gravidez o aborto comprobado en una joven.
l. Practicar   actos       ofensivos    a   la   moral   y   a    las    buenas     costumbres
 desacreditando la filosofía de la escuela.
m.     Practicar dentro o fuera del plantel el homosexualismo o acoso sexual
 realizado con actos que sean comprobados y causen escándalo desmeritando
 la buena imagen de la escuela.
n.     Incurrir   en       actos   de   sabotaje   y   descortesía      durante    los   eventos
 comunitarios, consumiendo licor, fumando o profiriendo consignas vulg ares,




                                                                                               30
gritos, salidas de tono qu e interfieran en el desarrollo de los mismos y
 lastimen el nombre de la escuela.
o.      Planear,    iniciar    o     participar   en   escándalos,      desordenes,    juegos    y
 celebración en la cuales se utilice agua, maicena, huevos y otros; portando el
 uniforme, en        sitios públicos d onde el          nombre de la Escuela quede en
 entredicho.
p.      Traer a la escuela bromas como pica -pica, golosinas, animales y otros
 que creen indisciplina en el grupo y/o perjuicio físico.


En    los   comportamientos          anticonvivenciales      muy   graves     se   aplicarán    las
siguientes sanciones:


 Retiro del plantel en cualquier época del año.


Los    estudiantes     de     undécimo      grado      que   incurran    en   comportamientos
anticonvivenciales muy graves no serán procl amados bachilleres y su diploma
será entregado en la secretaría de la escuela 72 horas después.




                               FLUJOGRAMA
ARTÍCULO 32. DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL


Los estudiantes de la Escuela Parroquial Mixta, deberán acatar las siguientes
reglas de presentación personal y acudir con el uniforme que a continuación se
señala, dentro del horario y períodos escolares establecidos en la Escuela. El
uniforme     se    debe     portar    con   dignidad,    responsabilidad      y    respeto   como
elemento del Principio de Identidad, Pertinencia y Lealtad Institucional. Los
estudiantes deben asistir a todas las actividades institucionales portando
estrictamente el uniforme correspondiente.



ARTÍCULO 33. UNIFORME




                                                                                                31
UNIFORME DE DIARIO HOMBRES
- Camisa sport blanca y camisilla.
- Pantalón clásico azul turquí con correa negra tamaño normal.
- Medias blancas y zapatos colegial negros.


UNIFORME DIARIO MUJERES
- Blusa blanca manga corta, jardinera a cuadros azules.
- Medias blancas y zapatos colegiales negro.


UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA
- Camiseta banca cuello rojo, escudo bordado al lado izquierdo del pec ho.
- Sudadera roja con bies blanco a los costados.
- Medias blancas.
- Zapatos tenis blancos.


HORARIO
- Jornada Primaria: de 6:15 a.m. hasta las 11:45 a.m.
- Jornada Bachillerato y Media: de 6: 15 a.m. hasta las 12:40 m.
- Jornada Transición: de 7:00 a.m. hasta las 11:30 a.m.


ARTÍCULO 34. FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL.

a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual
   podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir
   colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros y otras formas de
   deliberación.
b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a
   sus derechos y a los que formule cualquier persona de la comunidad educativa sobre el
   cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
c. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las decisiones de la
   Rectora respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
d. Asistir a los descargos en las investigaciones disciplinarias de los estudiantes.

El Personero debe además cumplir con especial esmero de las funciones de la ley, las
siguientes:

   1. Veedor: ya que es la persona encargada de velar por el correcto funcionamiento
      de todos aquellos órganos que tienen a su cargo funciones y decisiones que
      afectan directa o indirectamente a sus electores.
   2. Defensor: el Personero es el defensor de oficio de los derechos e intereses de
      todos y cada uno de los estudiantes que integran la comunidad educativa. Para

                                                                                      32
cumplir eficientemente con tal misión debe el Personero conocer básicamente los
        derechos fundamentales de rango constitucional que asiste a los estudiantes,
        especialmente a los menores de edad, así mismo manejar con propiedad el
        Manual de Convivencia, no sólo para invocarlo cuando sea necesario, sino para
        proponer, cuando lo juzgue conveniente las reformas pertinentes.
     3. Promotor: debe el Personero estudiantil proponer todas aquellas acciones
        tendientes a mejorar la calidad de vida en el plantel educativo, tales como foros,
        seminarios, talleres y diálogos entre diferentes estamentos escolares. Así mismo
        debe ser el abanderado de todas aquellas iniciativas en pro de mejorar la calidad
        de educación en su institución. Debe además constituirse en el vocero que
        pregone ante las autoridades educativas las necesidades que aquejan a su plantel.
     4. Mediador: tiene necesariamente que ser el personero el adalid de las soluciones
        pacíficas a los conflictos que se presentan al interior del plantel educativo.
        El Personero conjuntamente con los demás líderes estudiantiles, tiene que abogar
        por una paz combativa, es decir, no resignar       servilmente los derechos en aras
        de una mal entendida tolerancia, por el contrario, debe buscar la misma,
        utilizando todos aquellos     mecanismos legales y legítimos que estén a su alcance
        para finalmente alcanzarla.
     5. Vocero: en estricta lógica democrática, debe el Personero hacer presencia en
        todos aquellos órganos que conforman el Gobierno Escolar, con voz y sin voto
        exponiendo inquietudes, cuestionamientos y propuestas del estamento que
        representa. Debe ser una canal a través del cual se multiplican las decisiones
        democráticas tomadas en los diferentes niveles del Gobierno Escolar


ARTÍCULO 35. PERFIL DEL PADRE PARROQUIANO

Para la comunidad educativa de la Escuela Parroquial Mixta, son padres de
familia, las personas que figuren como tales, registradas en el respectivo
documento legal.

El padre de familia que firma el contrato de matrícula, se constituye
automáticamente en acudiente de su hijo(a) ante la Escuela, ante lo cual se
compromete a cumplir los establecido en esta Manual.

Si alguno de los padres del estudiante no firma el contrato de matrícula, será
acudiente del mismo, la persona mayor de edad que lo haga sin importar el
parentesco que tenga con el estudiante.



ARTÍCULO 36. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES


a.      Ser   atendido   y   escuchado    tanto   por   directivos,   docentes,   personal
 administrativo o de servicio cuando desee información, presente sugerencias o
 haga reclamos dentro de las normas de la cultura y el respeto.
b.      Pertenecer a la Asociación de Padres de Familia.




                                                                                        33
c.      Elegir y ser elegido a los cargos representativos de la Escuela, Comités,
 Consejo Directivo y otros.
d.      Recibir periódicamente los informes académicos y convivencias de sus hijos
 o acudidos.
e.      Ser llamados oportunamente a reuniones y encuentros programados.
f. Buscar y recibir orientación sobre la educación de sus hijos.
g.      Estar enterados del seguimiento que se hace a sus hijos y dialogar sobre el
 mismo para superar las dificultades.




ARTÍCULO 37. PADRES O ACUDIENTES.


Son deberes de los padres de familia y/o acudientes:


a.      Brindar a sus hijos protección material, física y afectiva en un ambiente de
 convivencia hogareña.
b.      Asumir al interior de su familia los valores éticos y morales para la
 formación integral de sus hijos o acudidos.
c.      Diligenciar personalmente la matrícula en las fechas fijadas por la Escuela.
d.      Cancelar oportunamente las pensiones dentro de los primeros cinco (5)
 días de cada mes.
e.      El incumplimiento en el pago oportuno de las pensiones le dará derecho a
 la Escuela a cobrar los respectivos intereses legales y/o ejercer acción judicial.
f. Asistir puntualmente a las reuniones y actividades que programe la Escuela.
g.      La inasistencia por más de dos (2) ocasiones podrá ser tomado en
 consideración para que el alumno(a) no sea admitido en el año lectivo siguiente.
h.      Concurrir   a   la   Escuela   cuando   sean   citados   por   cualquiera   de   sus
 dependencias en la fecha y hora señaladas. La desatención a las citaciones será
 causal justa para suspender de clases al estudiante en forma temp oral o
 definitiva, según el caso.
i. Colaborar voluntariamente con el colegio, ya sea en forma directa o indirecta
 cuando se promuevan u organicen actividades de tipo cultural, social, deportiva,
 etc.
j. Responder por los daños que causen sus hijos o acudidos.


                                                                                          34
k.    Colaborar con el proceso de formación integral de su hijo o acudido
 mediante el ejemplo y el apoyo en el cumplimiento de sus deberes.
l. Presentar por escrito las excusas justificadas de las inasistencias de sus hijo(a)
 o acudido(a).
m.    Cuidar de la presentación personal del estudiante o acudido en cuanto a
 uniforme, higiene personal.
n.    Mostrar preocupación e interés por el estado emocional y comportamiento
 de su hijo(a) o acudido(a).




                                                                                   35
CAPÍTULO CUARTO: ORDEN ACADÉMICO

ARTÍCULO 38. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES:
DECRETO 1290/2009


CRITERIOS DE EVALUACIÓN

  a. Puntualidad, cumplimiento, Responsabilidad,        Participación,   Interés,   Uso   y
     Aplicación de Material y Equipo.

  b. Dimensiones: Cognitiva, actitudinal, volitiva, y psicomotora.

  c. Orientación y concertación de Estándares, competencias y desempeños desde el
     inicio del año lectivo.

  d. Evaluación acumulativa acorde con modelos Icfes y Saber. Mínimo cuatro acciones
     evaluativas, mas la evaluación acumulativa y Autovaloración estudiantil por
     periodo.

  e. Valoración numérica en la escala institucional, con un solo decimal mediante
     aproximación matemática.


ARTÍCULO 39. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN ESCOLAR

  a. La inasistencia al 25% o más del total de clases laboradas en cada una o todas las
     áreas o asignaturas, sin o con excusas debidamente justificadas o la sumatoria
     constituye causal de reprobación del año lectivo, su promoción o no al grado
     siguiente se decide en la respectiva comisión de garantía en evaluación y
     promoción.

  b. En Educación Básica Primaria los estudiantes que en las competencias y
     desempeños básicos en español (Lectoescritura comprensiva) y matemáticas
     obtengan una valoración final de desempeño bajo o que obtengan una valoración
     final de desempeño en tres (3) áreas no serán promovidos y deben reiniciar el
     mismo grado al siguiente año lectivo.

  c. Los directores de grupo remitirán a la comisión de garantía en evaluación y
     promoción los estudiantes de Educación básica primaria en condición de repetición
     de año cuando junto con el padre de familia consideren que el alumno lo amerita y
     la comisión aplicara pruebas de suficiencia, para verificar la superación de las
     dificultades y alcance los desempeños que le impidieron su promoción en el año
     lectivo anterior.

  d. En Educación Básica Secundaria y Media el educando que al finalizar el año escolar
     obtenga en la totalidad de las áreas del plan de estudios, promedio mínimo de


                                                                                          36
evaluación tres punto cero (3.0) o más en cada área o reprueben una (1) o dos
       (2) áreas con valoración inferior a (3.0) Tres punto Cero (Desempeño bajo), se
       considera su año lectivo como APROBADO y será matriculado en el grado
       inmediatamente superior al siguiente año lectivo cuando el estudiante realice
       actividades complementarias de recuperación en las áreas o asignaturas que
       tienen pendiente con una valoración igual o superior a tres punto cero (3.0) en las
       fechas estipuladas por la Institución.

  e. En Educación Básica Secundaria y Media, no serán promovidos y deben
     matricularse en el mismo grado por REPROBACIÓN los estudiantes, que al finalizar
     el año lectivo obtengan en tres (3) o más áreas con valoración inferior a (3.0) Tres
     punto Cero (Desempeño bajo).

  i.   En la sumatoria de estudiantes reprobados en la Institución no media porcentaje
       alguno con relación al número total de alumnos matriculados en la Institución.


ARTÍCULO 40. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA
EQUIVALENCIA NACIONAL

  ESCALA NACIONAL DE VALORACIÓN

      Desempeño Superior: Cumplimiento en un nivel excepcional de las metas básicas
       y adicionales de formación expresadas en el plan de estudios en términos de
       logros.

      Desempeño Alto: Cumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en
       el plan de estudios (en términos de logros) en un nivel superior al nivel medio de
       logro.
      Desempeño Básico: Cumplimiento de las metas básicas de formación expresadas
       en el plan de estudios (en términos de logros) en un nivel medio o aceptable.

      Desempeño Bajo. Incumplimiento de las metas básicas de formación expresadas
       en el plan de estudios en términos de logros

         ESCALA DE VALORACIÓN              ESCALA DE VALORACIÓN NACIONAL
            INSTITUCIONAL
                4.7 a 5.0                          DESEMPEÑO SUPERIOR
                4.0 a 4.6                            DESEMPEÑO ALTO
                3.0 a3.9                            DESEMPEÑO BÁSICO
                 0 a 2.9                             DESEMPEÑO BAJO


ARTÍCULO 41. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES

  1. Diagnóstico de competencias y desempeños según los estándares del grado a
     cursar.




                                                                                        37
2. Planilla unificada de registro diario de seguimiento y calificación, para valorar,
     desde la actitud del estudiante en clase y resultados de evaluaciones, consignando
     fecha, actividad (consulta, revisión, tipo de evaluación, exposición, etc.)
     desarrollada.

  3. Evaluación acumulativa por periodo (ICFES) según estándares, competencias y
     desempeños de avanzados que permite medir superación de dificultades anteriores
     y diseño de estrategias para superación y retroalimentación que den cohesión y
     continuidad de procesos de aprendizaje.

  4. Valoración integral considerando esfuerzo personal, disciplina, aseo, deseo al
     aprendizaje, colaboración, participación, asistencia, elaboración y presentación de
     trabajos, consultas, exposiciones, talleres, puntualidad y autovaloración
     estudiantil.

  5. Elección, conformación y funciones de La Comisión de Garantía de Evaluación y
     Promoción.

  6. Reunión frecuente de docentes, padres y estudiantes, para mejorar los procesos
     de aprendizaje y evaluación, ya que padres y familia son los primeros formadores
     de sus hijos y garantes del desarrollo y cumplimiento de labores complementarias
     extra clase.


ARTÍCULO 42. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE
LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

     Comparar resultados por periodo y analizar el avance de cada estudiante e
      implementar estrategias de mejoramiento y motivación.

     Programar Reuniones de docentes, padres y estudiantes según necesidad de
      mejoramiento de desempeños.

     Propender mayor compromiso familiar en la acción educativa.

     Identificar limitaciones, fortalezas, debilidades y destrezas de los alumnos, para
      proponer acciones de mejoramiento, acorde con la realidad de la Institución y la
      comunidad educativa.


ARTÍCULO 43. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
AUTOEVALUACIÓN ESTUDIANTIL (Autoevaluación, Coevaluación y
Heteroevaluación).

  Es obligatorio obtener en cada periodo además de las cuatro notas mínimas y la
  evaluación acumulativa, La Valoración Estudiantil con los siguientes criterios:

     Asistencia, Puntualidad, presentación, Participación, colaboración, cumplimento,
      rendimiento académico, Orden y aseo, Trabajo en y extra clases, Capacidad de
      trabajo en equipo y comportamiento social.


                                                                                     38
   Cada estudiante diligenciara un formato de autocontrol y seguimiento.

     La Autovaloración Estudiantil Se obtiene una vez por periodo en cada asignatura y
      se promedia con las demás valoraciones.


ARTÍCULO 44. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER
SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.

     Trabajos de campo.

     Presentación y sustentación de trabajos.

     Talleres.

     Exposiciones.

     Test tipo ICFES.

     Ensayos.


ARTÍCULO 45. LAS ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS
DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS
PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
EVALUACIÓN.

     Información a la comunidad educativa de la conformación y funciones de la
      comisión garantía, conducto regular, debido proceso y SIEPE.

     Coordinación hará seguimiento permanente a procesos, actividades de
      aprendizaje, evaluación, registro de resultados, resolución oportuna de conflictos
      y/o reclamaciones.

     Estudiantes y padres de familia serán informados desde el inicio del año lectivo de
      estándares, competencias y desempeños básicos en cada área y respectivo grado.

     Informar previamente a alumnos y padres de familia, las actividades y formas de
      evaluar, el desarrollo del área, competencias y desempeños de los períodos y año
      lectivo.

     Los resultados en evaluaciones trabajos, informes, tareas, practicas de campo y/o
      laboratorios, se deben entregar máximo cinco (5) días hábiles después de
      efectuadas.

     Los estudiantes conocerán previo a la entrega a registro académico, el resultado
      final del periodo, para las respectivas reclamaciones, antes de elaborar boletines
      informativos.




                                                                                      39
   Toma de decisiones transparentes que garanticen a los estudiantes alcanzar
      competencias, desempeños, promoción registrada en la escalas valorativas
      institucional y Nacional y continuidad en el sistema educativo



ARTÍCULO 46. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES
DE FAMILIA.

  ESCALAS, PERIODOS Y GRADOS

    Cuatro (4) Periodos y cinco (5) boletines académicos informativos. Cada periodo
     se entregara informe escolar a los Padres de Familia con la escala de valoración
     Institucional (escala numérica). El informe Final tendrá dos escalas la acumulativa
     por periodos y su respectiva equivalencia nacional.

    Grados únicamente al finalizarla educación media.

  INSTRUMENTOS DEL SISTEMA

     Registro continuo: observador académico.
     Informes periódicos: cuatro (4) uno (1) por periodos.
     Informe Final: evaluación integral, definición de la promoción.
     Registro escolar: sumatoria informes finales.

Grados únicamente al finalizar la educación media.

     Proclamación o graduación con titulo de acuerdo a la modalidad Institucional. Al
      finalizar la educación media, En otros grados o niveles solo clausura del año
      lectivo.

     El título de Bachiller Técnico o Académico se otorga a quienes hayan aprobado
      todos los grados y niveles, Aprobadas todas las áreas de educación media.

     Si reprueba un área de la modalidad en cualquiera de los grados de educación
      Media, no se puede graduar hasta demostrar superación de las dificultades que no
      le permitieron alcanzar las competencias y desempeños propuestos en estas
      áreas.

     Si un estudiante en el último grado de educación media no aprueba las áreas de la
      modalidad y no efectúa por tardar al finalizar el año siguiente las actividades para
      demostrar la superación de las dificultades, una vez vencido este plazo, se
      graduara sin ceremonia en el despacho de la Rectoría, ante la Secretaria y el
      Rector, como Bachiller académico sin ningún énfasis o modalidad.

     La promoción en preescolar se efectúa de conformidad con el artículo 10 del
      Decreto 2247 de 1997, no hay reprobación ni ceremonia de grado solo clausura.




                                                                                       40
ARTÍCULO 47. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE
ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y
ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

     Obligatorio cumplimiento del debido proceso en investigación y solución de
      conflictos en procesos de evaluación y promoción estudiantil. (Mas transparencia,
      menos dificultades).

     Cualquier persona de la comunidad, respetuosa y oportunamente, en forma oral o
      escrita puede señalar irregularidades, siguiendo el conducto regular, hasta hallar
      solución.

     Alumnos y padres de familia que consideren injusticia o violación del debido
      proceso, presentarán de manera oral o escrita, solicitud respetuosa, hasta hallar
      solución, así:
                             1. Docente titular del área o asignatura
                             2. Director de grupo
                             3. Coordinador
                             4. Comisión de Garantía de Evaluación y Promoción
                             5. Personero Estudiantil y/o Comisario.
                             6. Rector
                             7. Consejo Académico
                             8. Consejo Directivo

     Las instancias anteriores tienen máximo tres (3) días hábiles para resolver y
      responder reclamaciones. Si no lo hacen pasa inmediatamente a la siguiente
      instancia.


ARTÍCULO 48. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

   ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA EVALUACIÓN.
   1.  CONSEJO DIRECTIVO.
   2.  CONSEJO ACADÉMICO.
   3.  COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.


ARTÍCULO 49. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. DURANTE EL PRIMER
PERIODO   DEL   AÑO    ESCOLAR    EL   CONSEJO    ACADÉMICO,   PREVIO
CONSENTIMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA, RECOMENDARÁ ANTE EL
CONSEJO DIRECTIVO LA PROMOCIÓN ANTICIPADA AL GRADO SIGUIENTE DEL
ESTUDIANTE QUE DEMUESTRE UN RENDIMIENTO SUPERIOR EN EL DESARROLLO
COGNITIVO, PERSONAL Y SOCIAL EN EL MARCO DE LAS COMPETENCIAS
BÁSICAS DEL GRADO QUE CURSA. LA DECISIÓN SERÁ CONSIGNADA EN EL ACTA
DEL CONSEJO DIRECTIVO Y SI ES POSITIVA EN EL REGISTRO ESCOLAR.

   En el segundo periodo El Consejo Académico, por solicitud docente, alumno y padres
   de familia, recomendará al consejo directivo promoción anticipada de estudiantes con
   rendimiento integral superior, así:

                                                                                     41
1. Seguimiento del año anterior y primer periodo del grado en curso, donde su
      desempeño integral debe ser superior en todas las áreas.

   2. En Básica Primaria, El alumno(a) por su cuenta, mediante informes, evaluaciones
      y sustentación oral o escrita en Español, Inglés, matemáticas, sociales y ciencias
      naturales demostrara dominio en competencias y desempeños básicos del grado
      en curso, antes de finalizar el primer semestre lectivo.

   3. En Básica Secundaria, El alumno(a) por su cuenta, mediante informes,
      evaluaciones y sustentación oral o escrita en todas las áreas, demostrara dominio
      en competencias y desempeños básicos del grado en curso, antes de finalizar el
      primer semestre lectivo.

   4. Los resultados, se analizan en coordinación y Consejo Académico para recomendar
      aprobación del Consejo Directivo antes del fin del primer semestre.

   5. Cumplido satisfactoriamente el proceso y aprobado por Consejo Directivo, la
      decisión será consignada en acta y registro escolar Institucional.

   6. Rectoría publicara Resolución de exaltación y promoción ante la comunidad
      educativa.

   7. Alumno(a) que mantenga desempeño superior puede cursar dos grados en el año
      lectivo.


ARTÍCULO 50. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS.

 Alumnos repitentes en Educación Básica, Pueden solicitar al Consejo Académico
promoción anticipada, así:

   1.    Durante el primer periodo El Consejo Académico, con concepto de docentes,
        solicitud del alumno y padres fila, recomendará al consejo directivo promoción
        anticipada del estudiante repitente que muestre rendimiento superior o alto en
        competencias y desempeños básicos de las áreas del grado que está repitiendo.

   2.    El alumno(a) por su iniciativa, presentara informes, trabajos, evaluaciones y
        sustentación oral o escrita demostrando dominio de competencias y desempeños
        en las áreas que no alcanzo promoción, antes de finalizar el primer Semestre
        lectivo.

   3.    Cumplido satisfactoriamente el proceso y aprobado en el Consejo Directivo, la
        decisión será consignada en acta respectiva y en el registro escolar Institucional.

   4.    La Rectoría emitirá Resolución de exaltación y promoción del educando ante toda
        la comunidad educativa.

   5. Educación Media no aplica, por ser Técnica y/o con Articulación Superior o el Sena.




                                                                                        42
ARTÍCULO 51. RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO. EN
CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY, EL
ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO, DEBE:

  1.    Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes,
        después de su aprobación por el consejo académico.

  2. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y
     procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y
     promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo.

  3. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e
     implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación
     de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de
     familia y docentes.

  4. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante,
     con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de
     actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los
     compromisos por parte de todos los involucrados.

  5. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de
     evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.

       Para garantizar los procesos de evaluación y promoción se creara una comisión por
       grado y jornada con las siguientes funciones:

        Resolver las reclamaciones de los estudiantes por evaluación y/o promoción.

        Realizar seguimiento de procesos de evaluación y promoción que considere
         pertinente.

        La comisión podrá solicitar presencia de docente, acudiente y alumno en
         cualquier caso.

        Por causal comprobada de: Acoso sexual, discriminación religiosa, política,
         familiar, raza, venganza, extorsión u otras, ejercidas en una evaluación;
         aplicando el debido proceso, la comisión, lo considere pertinente designara
         coevaluador o segundo evaluador del área, para realizar evaluación y/o
         valoración, la definitiva será la más favorable al educando.

        Todas las actuaciones de las comisiones deben quedar registradas en libro de
         actas que reposara en la secretaria de la Institución y en los respectivos
         registros las valoraciones.

        Cada comisión de evaluación y promoción estará conformada por:

         El rector Y/o el Coordinador (Uno de los dos la Presidirán)
         Representante de los docentes (director de grupo de los diferentes grados)
         Un padre de familia designado por el Consejo de Padres
         Un estudiante del grado designado por Consejo Estudiantil.

                                                                                       43
ARTÍCULO 52. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA MEJORAR DESEMPEÑO

      Comparar resultados por periodo y analizar el avance de cada estudiante e
       implementar estrategias de mejoramiento y motivación.

      Programar Reuniones de docentes, padres y estudiantes según necesidad de
       mejoramiento de desempeños.

      Propender mayor compromiso familiar en la acción educativa.

      Identificar limitaciones, fortalezas, debilidades y destrezas de los alumnos, para
       proponer acciones de mejoramiento, acorde con la realidad de la Institución y la
       comunidad educativa.

   6. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y
      programar reuniones con ellos cuando sea necesario.

   7. A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones
      que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación
      o promoción.

   8. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar
      prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e
      introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.

   9. Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que se
      encuentren matriculados en los grados evaluados, y colaborar con éste en los
      procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le requiera.




                                                                                      44
CAPÍTULO TERCERO: DE LOS DOCENTES


ARTÍCULO 53. PERFIL DEL DOCENTE PARROQUIANO

a.   Para el modelo pedagógico Parroquiano se necesita un DOCENTE que se
 convierta en un agente comprometido, que hace una revisión detenida y
 concienzuda sobre el desempeño y form ación que está dando, ya que éste
 ha de ser un agente de cambio comprometido con la propuesta pedagógica,
 la diseñará, ejecutará y ajustará según las necesidades de la Escuela
 Parroquial Mixta haciendo los cambios pertinentes, nacidos de una vivencia
 donde sea testimonio de valoración, identidad, compromiso, cambio e
 idoneidad de todos sus actos.

b.   Se requiere un docente motivado, que busque la capacitación y la
 actualización, para que mediante su participación en los diferentes
 proyectos y actividades, lidere cambios significativos y se comprometa con
 sus alumnos, con la Escuela y la comunidad educativa. Un docente IDÓNEO
 en cuanto hace todo aquello que es capaz de hacer, no se compromete con
 aquello que no es capaz y en esta medida puede cumplir con cada un o de los
 proyectos en que se involucra. Un docente que propicie un clima de
 experimentación, el cambio y la innovación, para quien la comunicación sea
 altamente eficaz para llegar a las personas y lograr su compromiso en la
 toma de decisiones, para convert irlos en realidad. Que traduzca su
 responsabilidad en términos de salud individual y colectiva, que trascienda
 en la calidad de su trabajo. Que promueve y acepte la evaluación continua,
 como medio del replanteamiento del proceso.

c.   El docentes Parroquiano p royectará unidad, respeto e indagación frente
 a la realidad vivida sin atacar la dinámica grupal y respetando la
 individualidad.

d.   El docente Parroquiano, confiará en sí mismo dándose la oportunidad de
 crecer diariamente como verdadera persona, desarrollándose en todos los
 aspectos, siendo así agente innovador, capaz de crear nuevas situaciones
 que ameriten el tomar posiciones claras y definidas frente a los múltiples
 retos que la cotidianidad le presente.

e.  Buscará elementos que le permitan ser agente conciliador, facilitando
 con ello el desarrollo de una persona sana, capaz de crear, criticar, elegir y
 asumir con responsabilidad su proyecto de vida, buscando como fin último el
 mejoramiento de la calidad de vida.




                                                                             45
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Manual de convivencia

  • 1. 62 Años Educando a la juventud de Plato 1
  • 2. MANUAL DE CONVIVENCIA AÑO 2012 ACUERDO No. 001 De 2 de Diciembre de 2011 Por medio del cual se adopta l a reestructuración del Manual de Convivencia de la Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta El Consejo Directivo de la Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta, de conformidad con lo aprobado en Acta N o. 001 de 01 de Diciembre de 2006, con fundamento en la Constitu ción Política de Colombia, el Código de la Infancia y la Adolescencia, la Ley General de Educación No. 115 de 1994 y sus Decretos Reglamentarios, especialmente el 1860 de 1994 , Decreto 1290 de 16 de Abril de 2009 y las directrices dadas por la Corte Consti tucional Colombiana. RESUELVE Reestructurar el manual de Convivencia por medio del cual se rigen los estamentos de nuestra comunidad educativa; este Manual de Convivencia hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI), de acuerdo con los principios fundamentales y los artículos que a continuación se señalan: PRINCIPIOS GENERALES La ESCUELA PARROQUIAL MIXTA con base en los principios de su filosofía y en acuerdo con los representantes de los Estudiantes, padres de familia o acudientes, profesores, directivos y comunidad educativa en general, que contiene las normas que regulan la convivencia y es deber respetarlo, acatarlo y hacer aportes para mejorarlo. Este documento establece los parámetros u orientaciones para:  Facilita el desarrollo de la convivencia armónica de las personas que interactúan en la vida escolar.  Explicar el orden jerárquico, las líneas de autoridad, los canales de comunicación, los derechos, deberes, funciones y compromisos de los diferentes estamentos de la comunid ad educativa.  Presentar estrategias para conciliar intereses que aseguren el logro de los objetivos preestablecidos, dentro de un ambiente pacífico y democrático. 2
  • 3. JUSTIFICACIÓN La convivencia social y los retos pedagógicos requieren de los principios del respeto, justicia, verdad, diálogo, compromiso, libertad y comprensión, como una necesidad sentida por la sociedad en la cual las instituciones educativas ejercen una labor significativa, por cuanto los jóvenes están llamados a liderar acciones que contribuyan a mejorar la convivencia y elevar así la calidad en la sociedad. El Manual de los Estudiantes de la Escuela Parroquial Mixta de Plato Magdalena, es concebido como un proceso democrático que busca la excelencia en las relaciones interpersonales al interior de la Institución con proyección a la familia y al grupo social donde interactúan nuestros estudiantes. El espacio de vida de nuestros estudiantes cuenta con acompañantes que los escuchan y ayudan a encontrarse consigo mismos, a descubrir la vida, potencializar capacidades, suplir falencias, superar dificultades, amar a Dios y a las demás personas. ¡Queridos Estudiantes! Queremos invitarlos a leer con atención este Manual de Convivencia en el cual conoceremos como debe ser nuestro comportamiento en todos los momentos del compartir dentro y fuera de la Escuela. Encontraremos derechos, deberes, consecuencias del comportamiento inadecuado de los estudiantes, el perfil del estudiante, los organismos de participación y los estímulos de buen comportamiento. Analizando este manual encontramos que es acorde con los principios de responsabilidad y de libertad que nos hacen dignos participantes de una educación integral, teniendo en cuenta que somos miembros activos de una comunidad y nuestras acciones positivas o negativas influyen en el grupo al cual pertenecemos. IDENTIFICACIÓN ¿QUIÉNES SOMOS? La Escuela Parroquial Mixta es una Institución Educativa de tradición en nuestro municipio que durante 62 años ha servido de primer eslabón en la formación de muchos plateños que hoy por hoy se muestran como profesionales en diversos campos profesionales. Imparte educación a estudiantes de Preescolar, Básica Primaria y Bachillerato, sin discriminación de raz a, sexo, nacionalidad o credo. Instruye y pone en práctica las enseñanzas de la iglesia católica, pero al mismo tiempo respeta profundamente a quienes profesan otras ideologías 3
  • 4. religiosas, conforme al derecho de la libertad de enseñanza consagrada en la Carta Constitucional, artículo 68. FUNDAMENTOS INSTITUCIONALES Los fundamentos institucionales que a continuación se enuncian son los mismos que están relacionados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), y en su consecuencia las modificaciones que se le introduzcan serán comunes para uno y otro documento. MISIÓN Formar, de manera integral, jóvenes que desarrollen capacidades excepcionales para ingresar a la educación superior, de igual forma puedan desempeñarse en las empresas de conocimiento que están cambiando el mundo, con la práctica de la pedagogía conceptual, asumiendo el compromiso de “ser mejores cada día”. VISIÓN La Escuela Parroquial Mixta se proyecta para el año 2 019 como una Institución de alta calidad educativa reconocida a nive l Nacional con tecnología avanzada en la formación de ciudadanos competentes que serán agentes de cambio en los contextos local, regional y nacional. FILOSOFÍA La Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta, concibe al estudiante como un ser integral y trascendente; de aquí la formación impartida es concebida fundamentalmente como la apertura a nuevos espacios de socialización. Su objetivo es preparar jóvenes integralmente en las competencias necesarias para el éxito en sus estudios y actividades de la educación superior, que sean capaces de transformar su entorno y el mundo que le toque construir. La institución proporciona un ambiente de respeto y aceptación, p romoviendo el desarrollo de la autoestima a través de la participación abierta y activa en los diferentes programas escolares. Así mismo estamos comprometidos en el rescate de las tradiciones y costumbres de nuestros ancestros. Se procura que los padres asuman un papel activo en la educación de sus hijos dándoles participación en las actividades programadas en la institución. El ambiente de trabajo y enseñanza positiva permiten al docente responder creativamente ante las necesidades de la institución y lo estimula a se r competentes dentro del campo educativo actual. 4
  • 5. OBJETIVOS INSTITUCIONALES GENERAL  Promover en la comunidad educativa las capacidades, habilidades y destrezas, suficientes y necesarias que le permitan desarrollar las dimensiones humanas del pensar, sentir y actuar que contribuyan a su formación integral, a la transformación del entorno ambiental, social y cultural. ESPECÍFICOS  Brindar una educación de calidad que nos permita formar integralmente al estudiante para que continúe desenvolviéndose satisfact oriamente en una sociedad en constante cambio.  Lograr en el estudiante a través de la acción educativa un crecimiento y madurez personal y social que le hagan capaz de una opción vocacional consciente y responsable.  Propiciar el sentido de fraternidad el cual hace referencia a la creación de un ambiente saludable, armonioso de la comunidad educativa parroquial con el propósito de lograr el afecto, la comunicación y disciplina en el entorno Institucional.  Diseñar e implementar proyectos curriculares basados en procesos de investigación que nos permitan el desarrollo de una educación de calidad competente con las exigencias educativas actuales.  Fomentar en la comunidad educativa (docentes, estudiantes, padres de familia, administrativos) el sentido de pertenencia con el fin de organizar un trabajo conjunto que redunde en beneficio institucional.  Impulsar actividades lúdico–culturales que permitan al estudiante desarrollar el aprecio por todo el legado de tradiciones heredados de nuestros ancestros.  Promover en el estudiante valores que estimulen el esfuerzo y el trabajo, para el desarrollo de la ciencia y la tecnología.  Desarrollar habilidades comunicativas, como la escucha, la comprensión y la expresión, que permitan la convivencia social. Armónica y pacífica.  Desarrollar en el estudiante la capacidad analítica, crítica y creativa que permita la interpretación y solución de problemas en todos los ámbitos sociales. 5
  • 6. RESEÑA HISTÓRICA Fundada en 1950 por el Reverendo Padre Roberto Claro quien ten ía a su cargo la parroquia de este municipio (de aquí nace su nombre). En el año de 1951 se hace cargo de la dirección de la Escuela la señora María Alfaro Vda. de Ospino, ésta cede el personal matriculado para que las Hermanas Terciarias Capuchinas funda ran con éxito el Colegio La Inmaculada Concepción. Geográficamente la institución está ubicada en un sector céntrico de la población lo que le permite que a ella afluyan gran cantidad de estudiantes especialmente de un nivel socio -económico medio, ya que sus padres en su mayoría son profesionales como abogados, médicos, docentes, población que se complementa con personas económicamente activa como comerciantes y trabajadores independientes que buscan para sus hijos una educación de calidad y un mayor aco mpañamiento en los diferentes procesos que esta requiere. La Institución ofrece matrículas y pensiones asequibles al ingreso de muchos hogares convirtiéndose en otro factor que permite que la población estudiantil se incremente cada día más. En su largo recorrido por la educación ha acogido en sus aulas a muchos plateños que hoy sirven a la sociedad, en distintos campos de la actividad laboral. Más que todo por su prestigio y tradición en la educación y formación de un individuo centrado en valores a la luz del Evangelio y principios cristianos, pero respetando y acogiendo el derecho de la libertad de culto y expresión que consagra Nuestra Constitución y la Ley General de la Educación. Hoy dotados de una planta de docentes excelentes que bajo la Directora desempeñan su trabajo de manera profesional, un departamento de psicocorientación completo al servicio de la comunidad para cerrar los lazos de fraternidad con los padres de familia en la orientación de sus hijos, preocupados por una educación de calidad. Cuenta con una sala de informática que nos lleva a seguirle los pasos a la modernidad que cada día exige de la educación un mayor compromiso con gran sentido de pertinencia, pero centrados en el contexto regional y nacional sin deslindarse de la aldea global. 6
  • 7. CAPÍTULO PRIMERO DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ESTUDIANTES SECCIÓN PRIMERA: DE LA INSTITUCIÓN Artículo 1. CARACTERIZACIÓN. Nombre Escuela Parroquial Mixta Jornada Diurna Dirección Carrera 13 # 7 – 37 Teléfono (5) 4850313 Fax (5) 4840289 Blog http//:espamix.blogspot.com E-mail espamix@hotmail.com Departamento Magdalena Municipio Plato Código DANE 347555000006 Registro NIT 900073262-0 Fundación Enero de 1950 Naturaleza Privada Representante Legal Fanny Esther Ospino Ospino Licencia de Funcionamiento Res. No. 30 de Marzo 11 de 1961 de la Secretaría de Educación Pública del Magdalena. Res. No. 110 de Agosto 11 de 1972 de la Secretaría de Educación Pública del Magdalena. Resolución de Aprobación Res. No. 9425 de Noviembre 21 de 1974 del Ministerio de Educación Nacional. Res. No. 12482 de Diciembre 17 de 1976 del Ministerio de Educación Nacional. Res. No.760 de Septiembre 7 de 1992. Res. No. 03 del 6 de Marzo del 2006. Emanada de la Secretaría de Educación del Magdalena. Res. No. 3116 de 2000 emanada por la Secretaría del Desarrollo de la Educación del Magdalena. Res. No. 003 de abril 1º del 2004 de la Secretaría del Desarrollo de la Educación del Magdalena. Res. No. 034 de Marzo 6 de 2006 de la Secretaría del Desarrollo de la Educación del Magdalena. Niveles Ciclo Preescolar, Básica Primaria, Secundaria y Media Académica Modalidad Bachiller Académico Carácter Mixto 7
  • 8. Calendario A Orientación Religiosa Católica Convenio Fundación Internacional de Pedagogía conceptual Alberto Merani (Lectores Competentes y Ética y Liderazgo con Inteligencia Emocional. Servicio Nacional de aprendizaje (SENA), integración con la Educación Media en Mantenimiento de Equipos de Computo. Horario y Jornada Laboral 6:15 a.m. a 12:40 m. Inscripción del PEI. ante la 25 de marzo de 1997 Secretaría de Educación 8
  • 9. Artículo 2. ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO DE LA INSTITUCIÓN. El organigrama que a continuación se presenta, define el ordenamiento administrativo de la Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta, con sus directivos, líneas jerárquicas de asesoría y coordinación. INSTITUCIÓN EDUCATIVA ESCUELA PARROQUIAL MIXTA ASOPADRES DE FAMILIA CONSEJO DE CONSEJO CONSEJO ESTUDIANTES RECTOR DIRECTIVO ACADÉMICO ASOCIACIÓN DE EXALUMNOS SECCIÓN SECCIÓN SECCIÓN DE ADMINISTRATIVA ACADÉMICA CONVIVENCIA COORDINACIÓN SECRETARÍA DE CONVIVENCIA COORDINACIÓN ACADÉMICA PAGADURÍA COMITE DE JEFE DE ÁREA CONVIVENCIA SERVICIOS GENERAL DIRECTORES DE GRUPO COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y DOCENTES PROMOCIÓN DEPARTAMENTO PERSONERO DE ORIENTACIÓN ESTUDIANTIL ESTUDIANTES Autoridad CONVENCIONES Asesoria Coordinación El Gobierno Escolar estará conformado por:  El Consejo Directivo  La Directora  El Consejo Académico Además, el Gobierno Escolar contará con los siguientes organismos:  El Comité de Convivencia  El Comité de Bienestar Social 9
  • 10. Por los estudiantes:  El Consejo de Estudiantes  El Representante de los Estudiantes  El Personero de los Estudiantes  La Asociación de Exalumnos Por los Padres de Familia:  La Asociación de Padres de Familia  El Consejo de Padres de Familia Artículo 3. REPRESENTANTE LEGAL ADMINISTRATIVO. El Legal Administrativo tiene autonomía frente al consejo directivo en el desempeño de sus funciones administrativas, financieras, laborales y patrimoniales, respecto de las cuales actuará como última instancia y realizará las actividades que determine la junta de socios propietarios, además de lo previsto en los estatutos de la misma. Son sus funciones. a. Representar legalmente el plantel. b. Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas vigentes. c. Establecer canales y mecanismos de comunicación. d. Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades administrativas del plantel. e. Ordenar el gasto del plantel. f. Administrar el personal de la institución de acuerdo con las normas vigentes. g. Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación de la institución y enviar el informe a la entidad administrativa correspondiente. h. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. i. Integrar el Comité directivo y Aca démico, participar y supervisar los comités que requieran su presencia. Artículo 4. DEL CONSEJO DIRECTIVO. (Ley 115/94, art. 143). Es la instancia administrativa y académica de la escuela. El Consejo Directivo estará conformado por: a. La Directora, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere necesario. En ausencia de la directora estas funciones serán asumidas por el coordinador académico. b. Dos representantes del personal docente, los cuales serán elegidos por mayoría de votantes en una asamblea de docentes. c. Dos representantes de los padres de familia quienes serán elegidos por la junta directiva del Consejo de Padres de Familia. El Consejo Directivo citará a Asamblea general de padres de familia para la constitución de la 10
  • 11. junta directiva en los primeros meses de l calendario académico; en caso de no ser citado por la junta directiva vigente. (de acuerdo al Decreto 1286 artículo 9 parágrafo 2 de abril de 2005 la Asociación de Padres de Familia elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el Consejo directivo, siempre y cuando el número de afiliados a la Asociación alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes matriculados). d. Un representante de los estudiantes elegidos por el consejo de Estudiantes entre los estudiantes del grado 11 º. e. Un representante de los egresados, elegido por el Consejo Directivo, de terna presentada por la organización que reúne a estos, o en su defecto por quien haya ejercido el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes. f. Un representante del sector productivo, organizados en el ámbito local, o de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del centro educativo. Este representante será escogido por el consejo directivo, de candidatos propuestos por dichas organizaci ones. La elección de este representante se llevará a cabo dentro de los primeros 30 días del calendario académico. Artículo 5. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO. (Ley 115/94, art. 142, inciso 3 y 144; Decreto 1860, art. 23) a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados. b. Servir de instancias para resolver los conflictos que se presente n entre los miembros de la comunidad después de haber agotado los procedimientos previstos. c. Adoptar el manual de convivencia o reglamento de la institución. d. Asumir la defensa y garantía de los derechos de la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. e. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por l a Directora. f. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los decretos reglamentarios. g. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la instit ución educativa. h. Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del estudiante que han incorporarse al reglamento o manual de convivencia. i. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la inst itución. j. Recordar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 11
  • 12. k. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de las actividades educativas, cultura les, recreativas y deportivas. l. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. m. Fomentar y reglamentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. n. Reglamentar los procesos electorales previstos por los decretos reglamentarios. o. Crear los diferentes comités necesarios para realizar las actividades culturales, sociales, recreativas, académicas, de convivencia, disciplinarias y otros que sean necesarios de acuerdo a las normas que rigen la educación en Colombia y/o que contribuyan al proceso integral de la comunidad educativa de la institución. p. Establecer estímulos para estudiantes, egresados, docentes, administrativos y padres de familia que se distinguen por su colaboración en beneficio de la institución y de las relaciones armónicas entre los miembros de la comunidad educativa. q. Servir como última instancia para la cancelación del contrato se servicio educativo, después de agotado los rec ursos necesarios en el debido proceso. r. Darse su propio reglamento. De cada reunión del Consejo se levantará un acta. Sus decisiones se formalizarán mediante acuerdos. Tantas las actas como los acuerdos deben ser firmados y comunicados por l a Directora y la Secretaria de la Institución siendo esta última quien cumpla las funciones de secretaria y archivo del Consejo Directivo. Artículo 6. DE LA DIRECTORA Y SUS FUNCIONES. Es el orientador del proceso educativo, en tal calidad, además de las actividades que le corresponde realizar de acuerdo con lo previsto en el Reglamento Interno de Trabajo o Manual de Funciones de la Institución y en el Manual de Convivencia con relación al Gobierno Escolar y otras normas vigentes, debe: a. Decidir o dar trámite correspo ndiente a las situaciones académicas, de convivencia y extra-académicas que sea de su conocimiento de acuerdo con sus competencias y siguiendo el conducto regular establecido en la Escuela Parroquial Mixta. b. Producir las resoluciones internas y demás actos de administración propios de sus funciones, así como los actos necesarios para hacer cumplir las decisiones de los Consejos y demás organismos del establecimiento. c. Coordinar el trabajo de los Consejos, comités y organismos de la Escuela en procura de la armonía en los fines, filosofía y objetivos institucionales. 12
  • 13. d. Presentar ante el representante legal las solicitudes que comprometan el recurso económico fuera de sus funciones y alcances. e. Determinar la planta de docentes de la institución de acuerdo con las directrices de la dirección administrativa. Artículo 7. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA. a. Acatar y poner en práctica los lineamientos de la filosofía Institucional. b. Establecer canales y medios de comunicación entre los miembros de la comunidad. c. Supervisar el cumplimiento de docentes, estudiantes y administrativos. d. Elaborar y aplicar instrumentos de seguimiento y control a docentes, alumnos y administrativos. e. Citar a los padres de Familia para tomar decisiones en el mejoramiento disciplinario de sus hijos. f. Fomentar con los demás miembros de la comunidad la cultura por la paz y la convivencia pacifica. g. Orientar los informes periódicos sobre los estados de desarrollo de los estudiantes. h. Informar a la directora los casos de disciplina que considere necesario un tratamiento especial. i. Organizar y vigilar comités de vigilancia con los docentes. j. Velar conjuntamente con la directora el cumplimiento de las 40 semanas de desarrollo pedagógico. k. Controlar conjuntamente con la directora las novedades del personal docente y administrativo. l. Revisar periódicamente los seguimientos y controlar de disciplina e informar a los respectivos tutores de casos especiales. Artículo 8. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO. a. Acatar y poner en practica los lineamientos de la filosofía Institucional. b. Colaborar con la directora en la elaboración, ejecución, control y evaluación del PEI. c. Coordinar con el consejo académico la elaboración del plan de estudio. d. Orientar la elaboración de proyectos de aula según lo establecido en el proyecto educativo y velar por su ejecución. e. Asesorar el seguimiento académico que realizan los docentes en sus estudiantes. f. Citar a los Padres de familia para tomar decisiones sobre el mejoramiento académico de sus hijos. g. Confrontar logros de docentes con estudiantes. h. Planificar actividades de recuperación acorde al cronograma institucional. i. Responder por los materiales a su disposición. j. Convocar y dirigir las reuniones de las comisiones de evaluación y promoción escolar en los diferentes grados. k. Planificar con los demás miembros de la comunidad las acciones de capacitación requeridas. l. Proponer la construcción y desarrollo de estrategias que dinamicen y faciliten la operación del proyecto educativo institucional. 13
  • 14. m. Estimular el uso y desarrollo de los medios tecnológicos y científicos que permitan una formación intelectual y competitiva del estudiante, docentes y comunidad en general. Artículo 9. DEL CONSEJO ACADÉMICO. (Ley 115/94, art. 145 y decreto 1860, art. 24). Es la instancia superior en la orientación académica y pedagógica de la Escuela. El Consejo Académico estará integrado por: a. La Directora quien lo presidirá. b. El coordinador académico quien lo convocará y en ausencia del rector, lo presidirá. c. El jefe del departamento de orientación. d. Los directivos docentes de la institución. e. Un docente por cada área definida en el plan de estudios. Artículo 10. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO. (Decreto 1860/94, art. 24). El Consejo Académico tendrá las siguientes funciones: a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico de la institución, resolver los conflictos académicos que se presenten entre docentes y de éstos con los estudiantes, de acuerdo con su competencia y el conducto regular establecido. b. Servir de órgano consultor del consejo directivo en la propuesta del proyecto educativo institucional (PEI) y sugerir los ajustes académicos necesarios. c. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en los decretos reglamentarios. d. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución. e. Diseñar la política, filosofía, estrategia e instrumentos de todas las etapas del proceso de aprendizaje, de acuerdo con las normas generale s dadas por las autoridades educativas y las previstas en el proyecto educativo institucional (PEI) y velar por su ejecución. f. Integrar los comités de docentes que sean necesarios para la evaluación periódica de rendimiento y a promoción de los educandos, a signarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación. g. Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas en el proyecto educativo institucional, o las que le sean delegadas por otras instancias competentes. Artículo 11. DEL DIRECTOR DE GRUPO Y SUS FUNCIONES. 14
  • 15. En la Escuela Parroquial Mixta, se establecen las direcciones de grupos, quienes administraran el grupo que les sea asignado por la directora, tendrán las siguientes funciones: a. Participar en la programación de la administración y en todas las actividades que éstos realicen. b. Ejecutar el programa de inducción de estudiantes de grado confiado a su dirección. c. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. d. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico y remitir los estudiantes que presenten algún problema de tipo psicológico o de aprendizaje al departamento de orientación con el conocimiento del padre de familia. e. Presentar un informe valorativo al comité de convivencia y disciplinario de los estudiantes que demuestren un desempeño integral insuficiente. f. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estame ntos las soluciones más adecuadas. g. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa. h. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes de grupo a su cargo. i. Rendir periódi camente informe de las actividades y programas realizados a la directora y coordinadores. j. Controlar y supervisar los recreos especialmente del área donde están ubicado el grupo a su cargo, acto cívico y otras actividades que se celebren en la institución. k. Realizar charlas con los padres de familia y entregarles los informes académicos. l. Supervisar la permanencia del estudiante en el puesto asignado. m. Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas en el PEI, o las que le sean delegadas por las instancias competentes. Artículo 12. DEL DEPARTAMENTO DE PSICORIENTACIÓN Y SU S FUNCIONES. El departamento de psicoorientación es un servicio de bienestar estudiantil que ofrece la institución siendo extensivo a la comunidad educativa en general. a. Presentar a la directora el proyecto del plan de actividades anuales, de acuerdo a sus funciones, en la segunda semana de clases. b. Mediar en las dificultades que se presenten en las interrelaciones de los miembros de la comunidad educativa. c. Organizar y diseñar actividades en búsqueda de la colaboración de los padres de familia para la preparación de la Primera Comunión. d. Intervenir como consejera en el estudio y toma de decisiones sobre casos especiales de comportamiento presentando por escrito los resultados del seguimiento respectivo. 15
  • 16. e. Elaborar diagnostico sobre situaciones problemáticas grupales y posibles soluciones. f. Asesorar a los miembros de la comunidad educativa en la búsqueda de soluciones a problemas particulares o grupales. g. Orientar a los estudiantes en el desarrollo de la personalidad para tomar decisiones personales, identificar actitudes e intereses y reconocer las formas de participar adecuadamente en la vida académica, social y comunitaria. h. Desarrollar programas y estrategias para la orientac ión profesional de los estudiantes. i. Diseñar, desarrollar y archivar los registros acumulativos de los estudiantes. j. Realizar talleres de formación obligatorios para aquellos estudiantes que hayan incurrido en faltas académicas y disciplinarias contempladas en el manual de convivencia y su debida certificación. Artículo 13. DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINARIO. En la Escuela Parroquial Mixta con el propósito de avanzar en la gestión de mejorar los canales de concertación para el manejo de los conflic tos el Consejo Directivo ha institucionalizado este comité, órgano asesor de las coordinaciones de grado. Por su naturaleza, el Comité de Convivencia y Disciplinario est á integrado: a. La Directora, quien lo convocará y lo presidirá, el coordinador (según el ciclo primara o bachillerato). b. El director de grupo. c. La psicoorientadora. Artículo 14. FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINARIO. El comité de convivencia y disciplinario tendrá las siguientes funciones: a. Velar por el cumplimiento de las norm as establecidas en el Manual de Convivencia de la Institución. b. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la comunidad educativa. c. Tomar las decisiones y resolver, en primera instancia, los conflictos de convivencia que se presenten en la comunidad educativa que fuesen remitidos a este comité. d. Diseñar, aplicar y hacer cumplir los instrumentos necesarios para ejecutar los procesos de su competencia. Artículo 15. DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. En la Escuela Parroquial Mixta existirán básicamente tres instituciones de representación de los estudiantes: 16
  • 17. - El Consejo de los Estudiantes. - El Personero de los Estudiantes. - El Representante de los Estudiantes. 1. El consejo de los estudiantes estará integrado por un representante de cada uno de los grados, los estudiantes de preescolar y básica primaria serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursen el quinto grado. 2. El personero de los estudiantes será un estudiante que curse el úl timo grado en la institución y estará encargado de propiciar el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política colombiana, las leyes, los reglamentos y en el presente manual. De acuerdo con ellos, entre otra s tendrá las siguientes funciones: a. Promover el cumplimiento de los derechos de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación del establecimiento. b. Pedir la colaboración, para organizar formas u otras formas de deliberación. c. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre las lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. d. Crear diferentes comités (cultural, recreación, deportes, etc.), con la colaboración de los estudiantes que le ayuden a realizar las propuestas de su programa. El personero será un estudiante que curse el último grado que ofrezca la Institución, elegido dentro de los primero treinta (30) días del calendario académico. Para tal efecto, el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante el voto secreto. Relevo Del Cargo. El personero, debe mantener un buen rendimiento académico y disciplinario en el ejercicio de sus funciones. En caso de no cumplir con lo anterior o comete una falta grave, será relevado del cargo. 3. El Representante de los Estudiantes es un alumno perteneciente al consejo de estudiantes y delegado por éste ante e l Consejo Directivo. La designación se hará mediante el voto secreto, previa postulación voluntaria o del mismo consejo. Será elegido quien obtendrá el mayor número de votos y se hará en el periodo de elección del personero o un plazo máximo de ocho (8) dí as calendario luego de elegido el consejo de estudiantes. Artículo 16. DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA. Los padres de familia de la Escuela Parroquial Mixta estarán representados por la asociación y el consejo de padres de familia, los cua les se organizaran como a continuación se establece: 17
  • 18. - El consejo directivo de la Escuela Parroquial Mixta promoverá la formación de una asociación de padres de familia, para lo cual citará a una asamblea constitutiva y facilitará el funcionamiento de ésta. La asociación de padres además de las funciones que su reglamento determine podrá desarrollar actividades como las siguientes: a. Velar el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua evaluación. b. Promover y desarrollar programas de form ación de padres y de cualquier otro estamento de la institución para facilitar el cumplimiento de la tarea educativa que les corresponde. c. Contribuir al proceso de constitución y permanencia del consejo de padres de familia, como apoyo a la función pedagógi ca que les compete. Artículo 17. DE LOS EDUCADORES. Los educadores de la Escuela Parroquial Mixta, para efectos de jerarquía y subordinación administrativa, pedagógica y de convivencia están organizados así: a. Dependen de la directora: los coordinadores académicos y de convivencia, quienes a su vez y de acuerdo con la competencia de cada uno, son superiores jerárquicos de los jefes de áreas. El coordinador de convivencia además es el encargado del control del cumplimiento de las obligaciones de los educadores en general. b. Los docentes de cada área dependen para efectos académicos de los jefes de áreas. Finalmente en lo que se refiere a la dirección de los cursos, están los maestros tutores. En todo caso, además de lo dicho en el presente manual respecto d e los educadores, éstos contarán con un reglamento interno de trabajo o manual de funciones que detallará: funciones, deberes, derechos y demás aspectos relacionados con su vinculación y permanencia en la institución. 18
  • 19. CAPÍTULO SEGUNDO: ADMISIONES Y MATRÍCULAS Artículo 18. DE LAS ADMISIONES Y MATRÍCULAS Para adquirir la calidad del estudiante de la Escuela Parroquial Mixta es necesario, a través de sus Padres de Familia o Acudiente, aceptar la Filosofía institucional, sus fines y metas, su direccionalidad e intencionalidad descritas en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL, su MANUAL DE CONVIV ENCIA, Perfil Parroquiano y el Reglamento que orienta la vida escolar, haber sido ADMITIDO, previo el lleno de los requisitos previstos: 1. Registro Civil de Nacimiento. 2. 2 Fotos 3 X 4. 3. Para Primaria certificado del curso anterior aprobado. 4. Seguimiento disciplinario. 5. Paz y Salvo de donde proviene el alumno. 6. Certificado médico actualizado. 7. Fotocopia del carné E.P.S. 8. Certificados de vacunas para Kinder y Transición. 9. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad, a partir de 4º primaria en adelante. 10. Para Bachillerato, certificados aprobados de cada uno de los cursos anteriores desde el Grado Quinto de Básica Primaria. 11. Para Grado Undécimo, dos fotos tamaño 2.5 x 4 fondo azul (para la Libreta Militar). 12. La Escuela al establecer el valor de la matrícula y pensiones para cada año escolar se atiene a las normas, que emanan del M.E.N. para colegios privados. ARTÍCULO 19. VALOR DE LAS PENSIONES Y PAGO OPORTUNO Teniendo en cuenta el numeral dos (2) y el artículo cuatro (4) del decreto 2253 de 1995 se define la pensión como: la suma anual que se paga al establecimiento educativo privado por el derecho del alumno a participar en el proceso formativo durante el resp ectivo año académico, este monto se divide en diez (10) cuotas iguales que se cancelan los cinco (5) primeros días de cada mes. Los cuales deben cancelarse en las oficinas de l Banco BBVA Plato y en nuestras oficinas. ARTÍCULO 20. CONDICIONES DE INGRESO, PERMANENCIA Y RETIRO DE ESTUDIANTES Son estudiantes quienes estén matriculados con el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y las normas propias de la Escuela. Los criterios para la matrícula del estudiante s on: a. Cumplir con los requisitos que señale el M.E.N. y la Escuela. 19
  • 20. b. Estar en compañía de sus padres o acudiente en el momento de la matrícula, sí es admitido. La matrícula es un contrato que obliga a los padres de familia, acudientes y estudiantes a cumpl ir con todas las normas que de él se deriven y las contenidas en el MANUAL DE CONVIVENCIA. c. Se garantiza la disponibilidad de cupo a los alumnos antiguos, siempre y cuando entregue la reserva de cupo y se haga la matrícula en la fecha indicada y conserve sus condiciones académicas y de convivencia. d. el colegio se reserva el derecho de Admisión en el caso de alumnos, que aunque hayan aprobado el curso, su actitud y comportamiento no armonicen con la filosofía y/o con las normas del MANU AL DE CONVIVENCIA. ARTÍCULO 21. PERMANENCIA. Para la permanencia de los estudiantes se exige a ellos y a sus padres acudientes, actitud positiva y colaboradora tanto para el rendimiento académico como cualquier actividad que el colegio programe. a. El alumno que repruebe por primera vez un grado, de los señalados por la Ley, y el P.E.I. tendrá derecho a continuar sus estudios siempre y cuando haya tenido buen comportamiento y no exista otra causal de exclusión contemplada en este manual. b. El carácter de estudiante se pierde: c. Por la inasistencia frecuente sin motivo ni justificación por escrito será causal de pérdida del grado de acuerdo al artículo 53 del Decreto 1860 y el Decreto 1290/2009. d. Por no cumplir las normas del manual. e. La inasistencia de los padres de familia a reunion es y eventos ó el no comprometerse con el proceso de formación integral del estudiante. f. El no pago oportuno de la pensión, en forma habitual. g. La Escuela se reserva el derecho a suspender el carácter de estudiante a un alumno por bajo rendimiento académico determinado por la Comisión de Evaluación y Promoción y aprobado por el Consejo Directivo. 20
  • 21. CAPÍTULO TERCERO: DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 22. PERFIL DEL ESTUDIANTE a. CREYENTE: Comprometido con su comunidad en la defensa de la vida y la dignidad humana, según las enseñanzas del evangelio. b. SERVICIAL – SOLIDARIO: Comparte lo que es y lo que tiene con los demás en especial con los más necesitados. c. COMUNICATIVO: Escucha, lee, escribe y habla en forma sincera y responsable. d. ALEGRE: Se maravilla ante lo positivo de la vida y ama lo que hace. e. AFECTUOSO (AMABLE): Se comprende a sí mismo, comprende a los demás y se relaciona con amabilidad. f. AUTÓNOMO: Demuestra seguridad en sí mismo(a) siendo capaz de encauzar su vida iluminada por los valores cristianos. g. ESTUDIOSO: Investiga, profundiza y analiza los interrogantes de la vida, de la muerte, los avances de la ciencia y de la tecnología y el mejoramiento de las condiciones de vida del ser humano. h. CREATIVO: Ingenioso al resolver problemas y desar rollar sus habilidades artísticas, culturales, sociales y deportivas. i. RESPONSABLE: Asume las consecuencias de sus actos y es capaz de tomar decisiones coherentes con los valores cristianos. j. PARTICIPATIVO – DEMOCRÁTICO: Se integra activamente a su grupo, contribuyendo a la solución de conflictos, dando alternativas y soluciones posibles. k. VALIENTE: Conoce y se ubica en la realidad social, económica, política y cultural para transformar las situaciones injustas en defensa de la vida. l. AGRADECIDO: Demuestra su gratitud hacia Dios, su familia, miembros de la comunidad educativa y todo el que de una u otra forma de relaciona con él. DE LOS DERECHOS Y DEBERES ARTÍCULO 23. DE LOS DERECHOS. 21
  • 22. Derecho es la facultad que tiene toda persona para DECIDIR Y EXIGIR sobre las prerrogativas establecidas que le favorecen. Gracias a los derechos los seres humanos estamos en condición de querer los que somos, defender lo que sentimos y establecer relaciones afectivas honestas. El derecho de una persona está limitado por los derechos de los demás. Los pilares para la buena formación de los derechos humanos serán, el uso responsable de la libertad y el manejo equilibrado de la autonomía estimulados por actos inteligentes y una voluntad recia y decidida, lo que lleva a la per sona a la autogestión desde todas las dimensiones, a saber: COGNITIVAS, ESPIRITUAL, EMOCIONAL E INTERPERSONAL, lo que nos lleva al desarrollo de competencias sociales y laborales. ARTÍCULO 24. DE LOS ESTUDIANTES Quienes estudiamos en la ESCUELA PARROQUIAL MIXTA lo hacemos porque nos identificamos con su filosofía, por esta razón reconocemos como nuestros derechos, los siguientes: a. CONOCER EL MANUAL DE CONVIVENCIA. b. Recibir una formación íntegra, acorde con la filosofía de la Escuela. c. Recibir un trato amable de directivos, personal docente, administrativos, padres de familia y compañeros. d. Contar con un seguimiento académico y orientación psicológica a los largo de su formación que facilite su crecimiento personal y lo prepare para un responsable opción vocacional y profesional. e. Que se le respete su vida, su dignidad, sus diferencias étnicas, creencias religiosas, ideológicas y sus bienes. f. Expresar sus opiniones y comunicar sus problemas y dificultades dentro del respeto mutuo y normas de buena educac ión. g. Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional según su nivel de competencia. h. Recibir una formación de excelente calidad educativa según las exigencias y normas contempladas en la Ley General de Educación. 22
  • 23. i. Conocer sus logros antes d e que sean sistematizados. j. Recibir información oportuna sobre horarios, evaluaciones y toda actividad que realiza la Escuela. k. Recibir por escrito los informes de los logros obtenidos en cada período académicos siempre y cuando estén a paz y salvo con la Es cuela de acuerdo con el compromiso adquirido bilateralmente en el momento de la matrícula. l. Exigir de los maestros que guíen el proceso formativo y cumplan a cabalidad sus deberes profesionales: puntualidad, preparación de clases, evaluación, seguimiento académico y devolución oportuna de trabajos. m. Elegir y ser elegido para los organismos y cargos donde los estudiantes tengan representación sí reúnen los requisitos exigidos. n. Que se le brinden actividades de superación en aquellos procesos donde presenten deficiencias que afecten el desarrollo integral, siempre y cuando cumpla con los deberes. o. Ser escuchado(a) cuando haga reclamos justos y enmarcados en el respeto, el orden y la disciplina. p. Disfrutar de un ambiente de confianza, orden y exigencia en todas la s actividades programadas por la Escuela. q. Recibir atención personal y orientación cuando tenga dificultades académicas, disciplinarias o de otra índole. r. Solicitar asistencia afectiva, eficaz y razonable de los padres o acudientes en sus dificultades, problemas y/o necesidades. s. Participar en las actividades del tipo académico, cultural, religioso, deportivo que se programen en la Escuela. t. Usar las dependencias y enseres del establecimiento según las normas establecidas. u. Ser tratado igual que los demás. v. Disfrutar del descanso y tiempo libre, haciendo de estos momentos de esparcimiento y sana recreación. w. Ser reconocido en las Izadas de Bandera y Menciones Especiales por sus méritos en el desempeño escolar. ARTÍCULO 25. DE LOS DEBERES. 23
  • 24. Deber es lo que cada persona, por el compromiso adquirido voluntariamente, está obligada a hacer, decir y sentir, mediante las normas y estilos de vida propuestos para la convivencia social, de tal modo que los comportamientos permitan el crecimiento y mejoramiento de la persona y de la comunidad, en la cual está insertada. ARTÍCULO 26. DE LOS ESTUDIANTES. El ejercicio de tu libertad y la convivencia con los otros, te exige ciertos “deberes” que debes cumplir para no traspasar el derecho ajeno, garantizar tu socialización y permanencia en la Escuela. a. Respetar la doctrina cristiana católica de la Escuela, así como defender y cuidar su prestigio y bienes. b. Mantener relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la comunidad escolar. c. Cuidar sus pertenencias, absteniéndose de llevar consigo artículos de valor protegiendo los bienes ajenos. Es responsabilidad de los estudiantes la pérdida de los mismos. d. Portar con decoro y dignidad el uniforme de la escuela dentro y fuera del plantel y sólo en los actos programados por la misma y sin portar prendas ni objetos diferentes. e. Asistir puntualmente a clases, actos, reuniones y actividades, y participar en ellas activa y responsablemente. f. Respetar y acatar las órdenes de los directivos y profesores de la Escuela y cuando haya algún reclamo, seguir el conducto regular empleando el diálogo como elemento de conciliación. g. Solucionar cualquier tipo de conflicto por la vía del diálogo, procurando hacer las paces dentro de un clima de cordialidad, sinceridad y demás valores que exija la convivencia social. h. Demostrar delicadeza propia de la mujer en sus actitudes, vocabulario y en todas sus actuaciones. 24
  • 25. i. Los estudiantes varones deberán asumir actitud propia de su naturaleza, demostrando su caballerosidad con sus compañeros y profes ores. j. El comportamiento dentro y fuera de la Escuela debe corresponder a los principios de la educación y buenas maneras propias de la comunidad educativa y a la filosofía que los identifica. k. Cumplir con los deberes escolares que la Escuela le exige, activ idades individuales o colectivos programadas por la misma. l. No consumir alimentos o agua en el aula de clases. m. Proveerse oportunamente del material de trabajo: útiles, libros, cuadernos, implementos necesarios para el normal y eficaz desarrollo de su activi dad académica. n. Ser responsable de su proceso de aprendizaje para que los logros sean óptimos de acuerdo con las exigencias de la Escuela y de sus aspiraciones como persona. o. Responder a las exigencias contraídas en el contrato, firmado en el momento de la matrícula. p. Realizar las entradas, salidas y desplazamientos con prontitud, orden, prudencia y educación. q. Permanecer en completo orden dentro del salón de clases en ausencia de los profesores, aprovechando en forma correcta el tiempo libre. r. Entregar a tus padres la información que por escrito envíe la Escuela. s. Obrar con solidaridad y justicia de manera especial ante calamidades, dificultades o accidentes que puedan presentarse. t. Proteger tu salud cuidando tu aseo, personal, observando las reglas de higiene. u. Colaborar con las actividades culturales y económicas de la Escuela que tengan propósitos de fortalecer y mejorar la calidad de la Institución. v. Contribuir a la conservación, mejoramiento y embellecimiento de la planta física y demás materiales de la Escuela. Preservar, respetar y cuidar el medio ambiente. w. Entregar en buen estado su pupitre (silla). x. Asumir el costo de reparación de cualquier daño que ocasiones ya sea individual o colectivo. y. Pertenecer a los comités que organiza la Escuela. 25
  • 26. z. Traer lo necesario para las clases. La Escuela no recibe objeto o útiles olvidados. ARTÍCULO 27. ESTÍMULOS El mejor estímulo es la satisfacción del deber cumplido, tu crecimiento personal y el respeto a los derechos de los demás. La Escuela otorga estímulos no solo porque sobresalga en rendimiento académico, sino también en los demás procesos del desarrollo humano. a. IZAR EL PABELLÓN NACIONAL: Cuando te hayas destacado en los aspectos propuestos por los organizadores de los actos cívicos. Para las Izadas de Bandera que se realizarán en los siguientes periodos académicos solamente se pueden resaltar a aquellos estudiantes que tengan un promedio igual o superior de cuatro punto cinco (4.5). Las demás Izadas de Bandera el estudiantes para poder ser nombrado necesita estar en el ochenta por ciento (80%) de las listas de los docentes, de acuerdo con su desempeño escolar. b. DIPLOMAS, MEDALLAS Y PREMIOS: Para los estudiantes que durante el año hayan sobresalido por su rendimiento académico, responsabilidad, compañerismo y demás valores. c. MATRÍCULA DE HONOR: Para los estudiantes que se hayan distinguido por su excelencia en todos los campos y valores, ocupando el primer puesto durante el año escolar. ARTÍCULO 28. FALTAS. Se consideran faltas el no cumplimiento de las normas de convivencia establecidas en este manual, siendo las acciones que afectan el principio del libre desarrollo de la personalidad y comunitario en cuanto lesionan los derechos fundamentales de las personas. Las faltas de convivencia para efectos de las medidas se clasifican como faltas leves o faltas graves, atendiendo a su naturaleza y sus efectos, las modalidades y 26
  • 27. circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes personales del educando. ARTÍCULO 29. FALTAS LEVES. a. Vestir el uniforme indebidamente. b. Tener uñas largas, sucias o pintadas con colores, así como también el uso de maquillaje y traer artículos de belleza. c. Usar prendas llamativas o extravagantes. d. Usar cortes y tintes extravagantes en el cabello. e. Usar aretes y/o anillos grandes, cadenas, collares, manillas. f. Masticar chicle y comer en los salones, laboratorios, biblioteca y oficinas. g. Sentarse incorrectamente durante el desarrollo de los procesos en cualquier lugar de la comunidad. h. Llegar a la Escuela fuera de las horas establecidas sin causa justificada. i. Salir del aula de clases sin permiso previo del docente en turno y durante los cambios de clases. j. Tirar las sillas o mantenerlas en desorden durante las actividades diarias o al terminar la jornada. k. Incumplir con los deberes académicos. l. Descuidar el aseo, el orden en tu presentación personal o tus útiles de estudio. m. Hacer desorden, comer y/o hablar continuamente y sin necesidad en el salón de clases o realizar actividades diferentes al tema de estudio. n. Pronunciar o escribir en los pupitres, tableros, carteleras o baños de la Escuela: nombres, frases o figuras inmorales. o. Agredir de palabras o de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa, usar apodos. p. Permanecer en el salón de clase en las horas de recreos. q. Perturbar a la comunidad con gritos, silbatinas, ruidos y atropellos o encender grabadoras, radios en el aula con fines destinados a los del ruido. r. Arrojar papeles al suelo. s. Cualquier acción que perturbe el normal desarrollo de los procesos pedagógicos. 27
  • 28. t. Portar celulares y/o piercings. En los comportamientos anticonvivenciales leves se aplicará las siguientes medidas de formación: a. Diálogo y concertación cuando sea por primera vez. b. Amonestación verbal y/o escrita según el caso, a la segunda vez. c. Citación al padres de familia para establecer compromisos de acuerdo al caso, a la tercera vez. ARTÍCULO 30. FALTAS GRAVES. a. La reincidencia por tres (3) oportunidades en una falta leve la convierte en grave. b. Asumir con actitudes irrespetuosas el momento de oración y/o himnos. c. Ensuciar, marcar, dibujar, causar daños a las instalaciones, muebles y enseres de la Escuela. d. Jugar bruscamente hasta lesionar a otros compañeros. e. Riñas o peleas dentro o fuera de la Escuela. f. Inasistencia a clases habiendo salido de su casa para el colegio c on el uniforme. g. Salir de la Escuela en horario de clases sin permiso del coordinador de convivencia. h. Realizar en el aula, el plantel o fuera de éste, actividades sin la previa autorización del director de grupo o coordinadores según sea el caso. i. Fomentar desorden o escándalos que atenten contra la tranquilidad de las personas dentro o fuera de la Escuela. j. Falta sin causa justa tres (3) o más veces en la semana a las actividades diarias. k. Entrar a los baños en grupo para hacer desorden o quedarse dentro. l. Realizar como actividades de la Escuela, paseos, excursiones, festividades sin la previa autorización del Consejo Directivo. 28
  • 29. m. Registrar los maletines o bolsos de otros compañeros sin permiso de sus dueños. n. Asistir con el uniforme del colegio a billares, can tinas, casas de juegos electrónicos, discotecas y sitios de dudosa reputación. o. Traer a la Escuela cualquier tipo de revistas o m aterial pornográfico. p. Hacer justicia por sí mismo ignorando la autoridad de los superiores. q. Hurto y retención de objetos pertene cientes a la Escuela o a cualquier integrante de la comunidad educativa. r. Hostilidad, injuria permanente y/o calumnia contra alguna persona de la comunidad educativa. s. Escribir panfletos con mensajes vulgares que lesionen la dignidad de las personas. t. Intentar o hacer fraude en evaluaciones, trabajos y tareas. u. Realizar prestamos, cobro de intereses, créditos o similares. v. Hacer demostraciones de amor entre parejas como besos o abrazos dentro y fuera de la Escuela. w. Quedarse en las afueras del plantel desp ués de la salida de clases, sin/o en compañías del novio(a) o amigos. x. Tratar en forma despectiva, descortés y/o agresiva a directiva, docentes y trabajadores. y. Fomentar desorden e irrespeto en la tienda escolar. En los comportamientos anticonvivenciales gr aves se aplicarán las siguientes medidas de formación: a. Acta de suspensión, la cual puede ser de uno (1) a cinco (5) días según la intensidad de la falta y al perjuicio que cause a la comunidad educativa y al buen nombre de la Escuela. b. Remisión a Psicoorientación. c. Pérdida del derecho a cupo. d. Si el estudiante reincide tres (3) suspensiones, perderá el derecho a cupo para el próximo año escolar. 29
  • 30. e. En caso de 11o. grado, perderá el derecho a la proclamación solemne como bachiller y su certificación se entregará por ventanilla, en la secretaría de la escuela. ARTÍCULO 31. COMPORTAMIENTOS ANTICONVIVENCIALES MUY GRAVES a. Reincidir en dos (2) o más oportunidades en cualquier comportamiento irregular grave. b. Cometer actos delictivos dentro y fuera del plantel. c. Portar armas o cualquier elemento que sirva para amenazar o agredir a compañeros o funcionarios de la escuela, así como el uso de cualquier clase de explosivo. d. Inducir a compañeros a pertenecer a bandas o pandillas juveniles, sectas satánicas, etc., o pertenecer a ellas. e. Traer a la escuela drogas alucinógenas o estupefacientes, o presentarse bajo sus efectos. f. Falsificar, alterar, enmendar o tachar documentos, informes, descriptivos, certificados, registros de seguimiento. g. Consumir bebidas alcohólicas, fumar dentro o fuera del plantel. h. Pertenecer u organizar bandas juveniles, padillas para delinquir o agredir a cualquier persona. i. Causar daños intencionales a cualquier miembro de la comunidad educativa que atente contra su integridad física. j. Tener relaciones amorosas con los profesores. k. La gravidez o aborto comprobado en una joven. l. Practicar actos ofensivos a la moral y a las buenas costumbres desacreditando la filosofía de la escuela. m. Practicar dentro o fuera del plantel el homosexualismo o acoso sexual realizado con actos que sean comprobados y causen escándalo desmeritando la buena imagen de la escuela. n. Incurrir en actos de sabotaje y descortesía durante los eventos comunitarios, consumiendo licor, fumando o profiriendo consignas vulg ares, 30
  • 31. gritos, salidas de tono qu e interfieran en el desarrollo de los mismos y lastimen el nombre de la escuela. o. Planear, iniciar o participar en escándalos, desordenes, juegos y celebración en la cuales se utilice agua, maicena, huevos y otros; portando el uniforme, en sitios públicos d onde el nombre de la Escuela quede en entredicho. p. Traer a la escuela bromas como pica -pica, golosinas, animales y otros que creen indisciplina en el grupo y/o perjuicio físico. En los comportamientos anticonvivenciales muy graves se aplicarán las siguientes sanciones: Retiro del plantel en cualquier época del año. Los estudiantes de undécimo grado que incurran en comportamientos anticonvivenciales muy graves no serán procl amados bachilleres y su diploma será entregado en la secretaría de la escuela 72 horas después. FLUJOGRAMA ARTÍCULO 32. DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL Los estudiantes de la Escuela Parroquial Mixta, deberán acatar las siguientes reglas de presentación personal y acudir con el uniforme que a continuación se señala, dentro del horario y períodos escolares establecidos en la Escuela. El uniforme se debe portar con dignidad, responsabilidad y respeto como elemento del Principio de Identidad, Pertinencia y Lealtad Institucional. Los estudiantes deben asistir a todas las actividades institucionales portando estrictamente el uniforme correspondiente. ARTÍCULO 33. UNIFORME 31
  • 32. UNIFORME DE DIARIO HOMBRES - Camisa sport blanca y camisilla. - Pantalón clásico azul turquí con correa negra tamaño normal. - Medias blancas y zapatos colegial negros. UNIFORME DIARIO MUJERES - Blusa blanca manga corta, jardinera a cuadros azules. - Medias blancas y zapatos colegiales negro. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA - Camiseta banca cuello rojo, escudo bordado al lado izquierdo del pec ho. - Sudadera roja con bies blanco a los costados. - Medias blancas. - Zapatos tenis blancos. HORARIO - Jornada Primaria: de 6:15 a.m. hasta las 11:45 a.m. - Jornada Bachillerato y Media: de 6: 15 a.m. hasta las 12:40 m. - Jornada Transición: de 7:00 a.m. hasta las 11:30 a.m. ARTÍCULO 34. FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL. a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros y otras formas de deliberación. b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus derechos y a los que formule cualquier persona de la comunidad educativa sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. c. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las decisiones de la Rectora respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. d. Asistir a los descargos en las investigaciones disciplinarias de los estudiantes. El Personero debe además cumplir con especial esmero de las funciones de la ley, las siguientes: 1. Veedor: ya que es la persona encargada de velar por el correcto funcionamiento de todos aquellos órganos que tienen a su cargo funciones y decisiones que afectan directa o indirectamente a sus electores. 2. Defensor: el Personero es el defensor de oficio de los derechos e intereses de todos y cada uno de los estudiantes que integran la comunidad educativa. Para 32
  • 33. cumplir eficientemente con tal misión debe el Personero conocer básicamente los derechos fundamentales de rango constitucional que asiste a los estudiantes, especialmente a los menores de edad, así mismo manejar con propiedad el Manual de Convivencia, no sólo para invocarlo cuando sea necesario, sino para proponer, cuando lo juzgue conveniente las reformas pertinentes. 3. Promotor: debe el Personero estudiantil proponer todas aquellas acciones tendientes a mejorar la calidad de vida en el plantel educativo, tales como foros, seminarios, talleres y diálogos entre diferentes estamentos escolares. Así mismo debe ser el abanderado de todas aquellas iniciativas en pro de mejorar la calidad de educación en su institución. Debe además constituirse en el vocero que pregone ante las autoridades educativas las necesidades que aquejan a su plantel. 4. Mediador: tiene necesariamente que ser el personero el adalid de las soluciones pacíficas a los conflictos que se presentan al interior del plantel educativo. El Personero conjuntamente con los demás líderes estudiantiles, tiene que abogar por una paz combativa, es decir, no resignar servilmente los derechos en aras de una mal entendida tolerancia, por el contrario, debe buscar la misma, utilizando todos aquellos mecanismos legales y legítimos que estén a su alcance para finalmente alcanzarla. 5. Vocero: en estricta lógica democrática, debe el Personero hacer presencia en todos aquellos órganos que conforman el Gobierno Escolar, con voz y sin voto exponiendo inquietudes, cuestionamientos y propuestas del estamento que representa. Debe ser una canal a través del cual se multiplican las decisiones democráticas tomadas en los diferentes niveles del Gobierno Escolar ARTÍCULO 35. PERFIL DEL PADRE PARROQUIANO Para la comunidad educativa de la Escuela Parroquial Mixta, son padres de familia, las personas que figuren como tales, registradas en el respectivo documento legal. El padre de familia que firma el contrato de matrícula, se constituye automáticamente en acudiente de su hijo(a) ante la Escuela, ante lo cual se compromete a cumplir los establecido en esta Manual. Si alguno de los padres del estudiante no firma el contrato de matrícula, será acudiente del mismo, la persona mayor de edad que lo haga sin importar el parentesco que tenga con el estudiante. ARTÍCULO 36. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES a. Ser atendido y escuchado tanto por directivos, docentes, personal administrativo o de servicio cuando desee información, presente sugerencias o haga reclamos dentro de las normas de la cultura y el respeto. b. Pertenecer a la Asociación de Padres de Familia. 33
  • 34. c. Elegir y ser elegido a los cargos representativos de la Escuela, Comités, Consejo Directivo y otros. d. Recibir periódicamente los informes académicos y convivencias de sus hijos o acudidos. e. Ser llamados oportunamente a reuniones y encuentros programados. f. Buscar y recibir orientación sobre la educación de sus hijos. g. Estar enterados del seguimiento que se hace a sus hijos y dialogar sobre el mismo para superar las dificultades. ARTÍCULO 37. PADRES O ACUDIENTES. Son deberes de los padres de familia y/o acudientes: a. Brindar a sus hijos protección material, física y afectiva en un ambiente de convivencia hogareña. b. Asumir al interior de su familia los valores éticos y morales para la formación integral de sus hijos o acudidos. c. Diligenciar personalmente la matrícula en las fechas fijadas por la Escuela. d. Cancelar oportunamente las pensiones dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes. e. El incumplimiento en el pago oportuno de las pensiones le dará derecho a la Escuela a cobrar los respectivos intereses legales y/o ejercer acción judicial. f. Asistir puntualmente a las reuniones y actividades que programe la Escuela. g. La inasistencia por más de dos (2) ocasiones podrá ser tomado en consideración para que el alumno(a) no sea admitido en el año lectivo siguiente. h. Concurrir a la Escuela cuando sean citados por cualquiera de sus dependencias en la fecha y hora señaladas. La desatención a las citaciones será causal justa para suspender de clases al estudiante en forma temp oral o definitiva, según el caso. i. Colaborar voluntariamente con el colegio, ya sea en forma directa o indirecta cuando se promuevan u organicen actividades de tipo cultural, social, deportiva, etc. j. Responder por los daños que causen sus hijos o acudidos. 34
  • 35. k. Colaborar con el proceso de formación integral de su hijo o acudido mediante el ejemplo y el apoyo en el cumplimiento de sus deberes. l. Presentar por escrito las excusas justificadas de las inasistencias de sus hijo(a) o acudido(a). m. Cuidar de la presentación personal del estudiante o acudido en cuanto a uniforme, higiene personal. n. Mostrar preocupación e interés por el estado emocional y comportamiento de su hijo(a) o acudido(a). 35
  • 36. CAPÍTULO CUARTO: ORDEN ACADÉMICO ARTÍCULO 38. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES: DECRETO 1290/2009 CRITERIOS DE EVALUACIÓN a. Puntualidad, cumplimiento, Responsabilidad, Participación, Interés, Uso y Aplicación de Material y Equipo. b. Dimensiones: Cognitiva, actitudinal, volitiva, y psicomotora. c. Orientación y concertación de Estándares, competencias y desempeños desde el inicio del año lectivo. d. Evaluación acumulativa acorde con modelos Icfes y Saber. Mínimo cuatro acciones evaluativas, mas la evaluación acumulativa y Autovaloración estudiantil por periodo. e. Valoración numérica en la escala institucional, con un solo decimal mediante aproximación matemática. ARTÍCULO 39. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN ESCOLAR a. La inasistencia al 25% o más del total de clases laboradas en cada una o todas las áreas o asignaturas, sin o con excusas debidamente justificadas o la sumatoria constituye causal de reprobación del año lectivo, su promoción o no al grado siguiente se decide en la respectiva comisión de garantía en evaluación y promoción. b. En Educación Básica Primaria los estudiantes que en las competencias y desempeños básicos en español (Lectoescritura comprensiva) y matemáticas obtengan una valoración final de desempeño bajo o que obtengan una valoración final de desempeño en tres (3) áreas no serán promovidos y deben reiniciar el mismo grado al siguiente año lectivo. c. Los directores de grupo remitirán a la comisión de garantía en evaluación y promoción los estudiantes de Educación básica primaria en condición de repetición de año cuando junto con el padre de familia consideren que el alumno lo amerita y la comisión aplicara pruebas de suficiencia, para verificar la superación de las dificultades y alcance los desempeños que le impidieron su promoción en el año lectivo anterior. d. En Educación Básica Secundaria y Media el educando que al finalizar el año escolar obtenga en la totalidad de las áreas del plan de estudios, promedio mínimo de 36
  • 37. evaluación tres punto cero (3.0) o más en cada área o reprueben una (1) o dos (2) áreas con valoración inferior a (3.0) Tres punto Cero (Desempeño bajo), se considera su año lectivo como APROBADO y será matriculado en el grado inmediatamente superior al siguiente año lectivo cuando el estudiante realice actividades complementarias de recuperación en las áreas o asignaturas que tienen pendiente con una valoración igual o superior a tres punto cero (3.0) en las fechas estipuladas por la Institución. e. En Educación Básica Secundaria y Media, no serán promovidos y deben matricularse en el mismo grado por REPROBACIÓN los estudiantes, que al finalizar el año lectivo obtengan en tres (3) o más áreas con valoración inferior a (3.0) Tres punto Cero (Desempeño bajo). i. En la sumatoria de estudiantes reprobados en la Institución no media porcentaje alguno con relación al número total de alumnos matriculados en la Institución. ARTÍCULO 40. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA NACIONAL ESCALA NACIONAL DE VALORACIÓN  Desempeño Superior: Cumplimiento en un nivel excepcional de las metas básicas y adicionales de formación expresadas en el plan de estudios en términos de logros.  Desempeño Alto: Cumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios (en términos de logros) en un nivel superior al nivel medio de logro.  Desempeño Básico: Cumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios (en términos de logros) en un nivel medio o aceptable.  Desempeño Bajo. Incumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en el plan de estudios en términos de logros ESCALA DE VALORACIÓN ESCALA DE VALORACIÓN NACIONAL INSTITUCIONAL 4.7 a 5.0 DESEMPEÑO SUPERIOR 4.0 a 4.6 DESEMPEÑO ALTO 3.0 a3.9 DESEMPEÑO BÁSICO 0 a 2.9 DESEMPEÑO BAJO ARTÍCULO 41. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES 1. Diagnóstico de competencias y desempeños según los estándares del grado a cursar. 37
  • 38. 2. Planilla unificada de registro diario de seguimiento y calificación, para valorar, desde la actitud del estudiante en clase y resultados de evaluaciones, consignando fecha, actividad (consulta, revisión, tipo de evaluación, exposición, etc.) desarrollada. 3. Evaluación acumulativa por periodo (ICFES) según estándares, competencias y desempeños de avanzados que permite medir superación de dificultades anteriores y diseño de estrategias para superación y retroalimentación que den cohesión y continuidad de procesos de aprendizaje. 4. Valoración integral considerando esfuerzo personal, disciplina, aseo, deseo al aprendizaje, colaboración, participación, asistencia, elaboración y presentación de trabajos, consultas, exposiciones, talleres, puntualidad y autovaloración estudiantil. 5. Elección, conformación y funciones de La Comisión de Garantía de Evaluación y Promoción. 6. Reunión frecuente de docentes, padres y estudiantes, para mejorar los procesos de aprendizaje y evaluación, ya que padres y familia son los primeros formadores de sus hijos y garantes del desarrollo y cumplimiento de labores complementarias extra clase. ARTÍCULO 42. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.  Comparar resultados por periodo y analizar el avance de cada estudiante e implementar estrategias de mejoramiento y motivación.  Programar Reuniones de docentes, padres y estudiantes según necesidad de mejoramiento de desempeños.  Propender mayor compromiso familiar en la acción educativa.  Identificar limitaciones, fortalezas, debilidades y destrezas de los alumnos, para proponer acciones de mejoramiento, acorde con la realidad de la Institución y la comunidad educativa. ARTÍCULO 43. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. AUTOEVALUACIÓN ESTUDIANTIL (Autoevaluación, Coevaluación y Heteroevaluación). Es obligatorio obtener en cada periodo además de las cuatro notas mínimas y la evaluación acumulativa, La Valoración Estudiantil con los siguientes criterios:  Asistencia, Puntualidad, presentación, Participación, colaboración, cumplimento, rendimiento académico, Orden y aseo, Trabajo en y extra clases, Capacidad de trabajo en equipo y comportamiento social. 38
  • 39. Cada estudiante diligenciara un formato de autocontrol y seguimiento.  La Autovaloración Estudiantil Se obtiene una vez por periodo en cada asignatura y se promedia con las demás valoraciones. ARTÍCULO 44. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.  Trabajos de campo.  Presentación y sustentación de trabajos.  Talleres.  Exposiciones.  Test tipo ICFES.  Ensayos. ARTÍCULO 45. LAS ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN.  Información a la comunidad educativa de la conformación y funciones de la comisión garantía, conducto regular, debido proceso y SIEPE.  Coordinación hará seguimiento permanente a procesos, actividades de aprendizaje, evaluación, registro de resultados, resolución oportuna de conflictos y/o reclamaciones.  Estudiantes y padres de familia serán informados desde el inicio del año lectivo de estándares, competencias y desempeños básicos en cada área y respectivo grado.  Informar previamente a alumnos y padres de familia, las actividades y formas de evaluar, el desarrollo del área, competencias y desempeños de los períodos y año lectivo.  Los resultados en evaluaciones trabajos, informes, tareas, practicas de campo y/o laboratorios, se deben entregar máximo cinco (5) días hábiles después de efectuadas.  Los estudiantes conocerán previo a la entrega a registro académico, el resultado final del periodo, para las respectivas reclamaciones, antes de elaborar boletines informativos. 39
  • 40. Toma de decisiones transparentes que garanticen a los estudiantes alcanzar competencias, desempeños, promoción registrada en la escalas valorativas institucional y Nacional y continuidad en el sistema educativo ARTÍCULO 46. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA. ESCALAS, PERIODOS Y GRADOS  Cuatro (4) Periodos y cinco (5) boletines académicos informativos. Cada periodo se entregara informe escolar a los Padres de Familia con la escala de valoración Institucional (escala numérica). El informe Final tendrá dos escalas la acumulativa por periodos y su respectiva equivalencia nacional.  Grados únicamente al finalizarla educación media. INSTRUMENTOS DEL SISTEMA  Registro continuo: observador académico.  Informes periódicos: cuatro (4) uno (1) por periodos.  Informe Final: evaluación integral, definición de la promoción.  Registro escolar: sumatoria informes finales. Grados únicamente al finalizar la educación media.  Proclamación o graduación con titulo de acuerdo a la modalidad Institucional. Al finalizar la educación media, En otros grados o niveles solo clausura del año lectivo.  El título de Bachiller Técnico o Académico se otorga a quienes hayan aprobado todos los grados y niveles, Aprobadas todas las áreas de educación media.  Si reprueba un área de la modalidad en cualquiera de los grados de educación Media, no se puede graduar hasta demostrar superación de las dificultades que no le permitieron alcanzar las competencias y desempeños propuestos en estas áreas.  Si un estudiante en el último grado de educación media no aprueba las áreas de la modalidad y no efectúa por tardar al finalizar el año siguiente las actividades para demostrar la superación de las dificultades, una vez vencido este plazo, se graduara sin ceremonia en el despacho de la Rectoría, ante la Secretaria y el Rector, como Bachiller académico sin ningún énfasis o modalidad.  La promoción en preescolar se efectúa de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997, no hay reprobación ni ceremonia de grado solo clausura. 40
  • 41. ARTÍCULO 47. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.  Obligatorio cumplimiento del debido proceso en investigación y solución de conflictos en procesos de evaluación y promoción estudiantil. (Mas transparencia, menos dificultades).  Cualquier persona de la comunidad, respetuosa y oportunamente, en forma oral o escrita puede señalar irregularidades, siguiendo el conducto regular, hasta hallar solución.  Alumnos y padres de familia que consideren injusticia o violación del debido proceso, presentarán de manera oral o escrita, solicitud respetuosa, hasta hallar solución, así: 1. Docente titular del área o asignatura 2. Director de grupo 3. Coordinador 4. Comisión de Garantía de Evaluación y Promoción 5. Personero Estudiantil y/o Comisario. 6. Rector 7. Consejo Académico 8. Consejo Directivo  Las instancias anteriores tienen máximo tres (3) días hábiles para resolver y responder reclamaciones. Si no lo hacen pasa inmediatamente a la siguiente instancia. ARTÍCULO 48. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA EVALUACIÓN. 1. CONSEJO DIRECTIVO. 2. CONSEJO ACADÉMICO. 3. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. ARTÍCULO 49. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. DURANTE EL PRIMER PERIODO DEL AÑO ESCOLAR EL CONSEJO ACADÉMICO, PREVIO CONSENTIMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA, RECOMENDARÁ ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO LA PROMOCIÓN ANTICIPADA AL GRADO SIGUIENTE DEL ESTUDIANTE QUE DEMUESTRE UN RENDIMIENTO SUPERIOR EN EL DESARROLLO COGNITIVO, PERSONAL Y SOCIAL EN EL MARCO DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS DEL GRADO QUE CURSA. LA DECISIÓN SERÁ CONSIGNADA EN EL ACTA DEL CONSEJO DIRECTIVO Y SI ES POSITIVA EN EL REGISTRO ESCOLAR. En el segundo periodo El Consejo Académico, por solicitud docente, alumno y padres de familia, recomendará al consejo directivo promoción anticipada de estudiantes con rendimiento integral superior, así: 41
  • 42. 1. Seguimiento del año anterior y primer periodo del grado en curso, donde su desempeño integral debe ser superior en todas las áreas. 2. En Básica Primaria, El alumno(a) por su cuenta, mediante informes, evaluaciones y sustentación oral o escrita en Español, Inglés, matemáticas, sociales y ciencias naturales demostrara dominio en competencias y desempeños básicos del grado en curso, antes de finalizar el primer semestre lectivo. 3. En Básica Secundaria, El alumno(a) por su cuenta, mediante informes, evaluaciones y sustentación oral o escrita en todas las áreas, demostrara dominio en competencias y desempeños básicos del grado en curso, antes de finalizar el primer semestre lectivo. 4. Los resultados, se analizan en coordinación y Consejo Académico para recomendar aprobación del Consejo Directivo antes del fin del primer semestre. 5. Cumplido satisfactoriamente el proceso y aprobado por Consejo Directivo, la decisión será consignada en acta y registro escolar Institucional. 6. Rectoría publicara Resolución de exaltación y promoción ante la comunidad educativa. 7. Alumno(a) que mantenga desempeño superior puede cursar dos grados en el año lectivo. ARTÍCULO 50. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS. Alumnos repitentes en Educación Básica, Pueden solicitar al Consejo Académico promoción anticipada, así: 1. Durante el primer periodo El Consejo Académico, con concepto de docentes, solicitud del alumno y padres fila, recomendará al consejo directivo promoción anticipada del estudiante repitente que muestre rendimiento superior o alto en competencias y desempeños básicos de las áreas del grado que está repitiendo. 2. El alumno(a) por su iniciativa, presentara informes, trabajos, evaluaciones y sustentación oral o escrita demostrando dominio de competencias y desempeños en las áreas que no alcanzo promoción, antes de finalizar el primer Semestre lectivo. 3. Cumplido satisfactoriamente el proceso y aprobado en el Consejo Directivo, la decisión será consignada en acta respectiva y en el registro escolar Institucional. 4. La Rectoría emitirá Resolución de exaltación y promoción del educando ante toda la comunidad educativa. 5. Educación Media no aplica, por ser Técnica y/o con Articulación Superior o el Sena. 42
  • 43. ARTÍCULO 51. RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO. EN CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY, EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO, DEBE: 1. Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el consejo académico. 2. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo. 3. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes. 4. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados. 5. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente. Para garantizar los procesos de evaluación y promoción se creara una comisión por grado y jornada con las siguientes funciones:  Resolver las reclamaciones de los estudiantes por evaluación y/o promoción.  Realizar seguimiento de procesos de evaluación y promoción que considere pertinente.  La comisión podrá solicitar presencia de docente, acudiente y alumno en cualquier caso.  Por causal comprobada de: Acoso sexual, discriminación religiosa, política, familiar, raza, venganza, extorsión u otras, ejercidas en una evaluación; aplicando el debido proceso, la comisión, lo considere pertinente designara coevaluador o segundo evaluador del área, para realizar evaluación y/o valoración, la definitiva será la más favorable al educando.  Todas las actuaciones de las comisiones deben quedar registradas en libro de actas que reposara en la secretaria de la Institución y en los respectivos registros las valoraciones.  Cada comisión de evaluación y promoción estará conformada por: El rector Y/o el Coordinador (Uno de los dos la Presidirán) Representante de los docentes (director de grupo de los diferentes grados) Un padre de familia designado por el Consejo de Padres Un estudiante del grado designado por Consejo Estudiantil. 43
  • 44. ARTÍCULO 52. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA MEJORAR DESEMPEÑO  Comparar resultados por periodo y analizar el avance de cada estudiante e implementar estrategias de mejoramiento y motivación.  Programar Reuniones de docentes, padres y estudiantes según necesidad de mejoramiento de desempeños.  Propender mayor compromiso familiar en la acción educativa.  Identificar limitaciones, fortalezas, debilidades y destrezas de los alumnos, para proponer acciones de mejoramiento, acorde con la realidad de la Institución y la comunidad educativa. 6. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y programar reuniones con ellos cuando sea necesario. 7. A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción. 8. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar. 9. Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que se encuentren matriculados en los grados evaluados, y colaborar con éste en los procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le requiera. 44
  • 45. CAPÍTULO TERCERO: DE LOS DOCENTES ARTÍCULO 53. PERFIL DEL DOCENTE PARROQUIANO a. Para el modelo pedagógico Parroquiano se necesita un DOCENTE que se convierta en un agente comprometido, que hace una revisión detenida y concienzuda sobre el desempeño y form ación que está dando, ya que éste ha de ser un agente de cambio comprometido con la propuesta pedagógica, la diseñará, ejecutará y ajustará según las necesidades de la Escuela Parroquial Mixta haciendo los cambios pertinentes, nacidos de una vivencia donde sea testimonio de valoración, identidad, compromiso, cambio e idoneidad de todos sus actos. b. Se requiere un docente motivado, que busque la capacitación y la actualización, para que mediante su participación en los diferentes proyectos y actividades, lidere cambios significativos y se comprometa con sus alumnos, con la Escuela y la comunidad educativa. Un docente IDÓNEO en cuanto hace todo aquello que es capaz de hacer, no se compromete con aquello que no es capaz y en esta medida puede cumplir con cada un o de los proyectos en que se involucra. Un docente que propicie un clima de experimentación, el cambio y la innovación, para quien la comunicación sea altamente eficaz para llegar a las personas y lograr su compromiso en la toma de decisiones, para convert irlos en realidad. Que traduzca su responsabilidad en términos de salud individual y colectiva, que trascienda en la calidad de su trabajo. Que promueve y acepte la evaluación continua, como medio del replanteamiento del proceso. c. El docentes Parroquiano p royectará unidad, respeto e indagación frente a la realidad vivida sin atacar la dinámica grupal y respetando la individualidad. d. El docente Parroquiano, confiará en sí mismo dándose la oportunidad de crecer diariamente como verdadera persona, desarrollándose en todos los aspectos, siendo así agente innovador, capaz de crear nuevas situaciones que ameriten el tomar posiciones claras y definidas frente a los múltiples retos que la cotidianidad le presente. e. Buscará elementos que le permitan ser agente conciliador, facilitando con ello el desarrollo de una persona sana, capaz de crear, criticar, elegir y asumir con responsabilidad su proyecto de vida, buscando como fin último el mejoramiento de la calidad de vida. 45