1. Tipos de Contratos
Laboral:
Forma de remuneración: Salario.
Seguridad social: Los pagos correspondientes son deducidos de
su remuneración asi: el empleador 12% y el empleado 4%.
Beneficios: Derecho a el pago de vacaciones y prima de servicios
No Laboral:
Forma de remuneración: Honorarios.
Seguridad social: La afiliación se debe realizar como independiente.
No hay lugar al pago de prestaciones sociales.
No se genera relación laboral.
No hay obligación en el cumplimiento de horarios.
Termino indefinido:
No tiene fecha estipulada de terminación.
Puede ser verbal o escrito.
Empleador se comprometa apagar las
prestaciones sociales.
En caso de terminación sin justa causa el
empleador deberá pagar al trabajador una
indemnización.
Termino Fijo:
Tiene fecha específica de terminación.
Puede ser prorrogado a indefinido, salvo en
los casos en los cuáles el plazo pactado sea
inferior a un año.
Prestación de servicios:
La duración es en común acuerdo, dependiendo
del trabajo a realizar.
El empleado recibe un sueldo al cual se le
descuenta únicamente por concepto de
retención en la fuente.
Este tipo de contrato se celebra de manera
bilateral entre una empresa y una persona
(natural o jurídica) especializada en alguna labor
específica.