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MINISTERIO
DE TRABAJO
HISTORIA Y
OBLIGACIONES DEL
MINISTERIO DE
TRABAJO
1EXPOSITOR MONICA ORDOÑEZ
HISTORIA
2
OBLIGACIONES DEL
MINISTERIO DE TRABAJO
3
RELACIONES LABORALES
4
APLICACIÓN DE CONVENIOS
INTERNACIONALES DE TRABAJO
5
CUMPLIMIENTO DE LA
LEGISLACION LABORAL
6
EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA DE LA
PREVISIÓN SOCIAL
7
MISIÓN, VISIÓN,
ORGANIGRAMA
MINISTERIO DE
TRABAJO
8EXPOSITOR BAYRON GONZALEZ
MINISTERIO DE TRABAJO
 Artículo 40. Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Corresponde al Ministerio de Trabajo y Previsión Social
hacer cumplir el régimen jurídico relativo al trabajo, la
formación técnica y profesional y la previsión social; para
ello, tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Formular
la política laboral, salarial y de salud e higiene ocupacional
del país. b) Promover y armonizar las relaciones laborales
entre los empleadores y los trabajadores; prevenir los
conflictos laborales e intervenir, de conformidad con la ley,
en la solución extrajudicial de éstos, y propiciar el arbitraje
como mecanismo de solución de conflictos laborales; todo
ello, de conformidad con la ley.
9
MISIÓN
“Somos la institución del estado encargada
de velar y promover el cumplimiento
eficiente y eficaz de la legislación, políticas
y programas relativos al trabajo y la
previsión social, en beneficio de la
sociedad.”
10
VISIÓN
“Ser un Ministerio fortalecido, competente,
moderno y confiable que promueve la
cultura de respeto a la legislación laboral y
el bienestar de la sociedad.”
11
ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO
DE TRABAJO
ANÁLISIS DE SITUACIÓN O
DIAGNÓSTICO:
Artículo 1. Derecho al trabajo. El trabajo es
un derecho de la persona y una obligación
social. El régimen laboral del país debe
organizarse conforme a principios de justicia
social.
12
13
MINISTRO Y
VICEMINISTROS DEL
MINISTERIO DE
TRABAJO Y PREVISIÓN
SOCIAL
14EXPOSITOR PATRICIA PUAC
LIC. CARLOS DOMÉNICO ULBAN LÓPEZ
MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN
SOCIAL
15
FUNCIONES PRINCIPALES
 Velar por el cumplimiento de las funciones que
específicamente asigna al Ministerio de Trabajo y
Previsión Social el Decreto 114-97 del Congreso de la
República
 Refrendar los decretos, acuerdos gubernativos y
reglamentos dictados por el Presidente de la República
 Ser Jefe del Ramo de la Administración que le está
encomendado, bajo la inmediata dependencia del
 Presidente de la República
 Ser órgano de comunicación del Presidente de la
República con los demás funcionarios y empleados del
Ramo 16
GUATEMALA, AGOSTO 2015 (MINTRAB).- HOTEL TIKAL FUTURA SE
DESARROLLÓ LA INAUGURACIÓN DE LA EXPO CALZADO GUATEMALA 2015
CON LA PARTICIPACIÓN DE CARLOS ULBÁN , MINISTRO DE TRABAJO Y
PREVISIÓN SOCIAL; JOSÉ MANUEL TOJÍN, PRESIDENTE DEL COMITÉ
ORGANIZADOR DEL EXPO CALZADO; Y SERGIO DE LA TORRE, MINISTRO
DE ECONOMÍA; ASÍ COMO MUCHAS PERSONALIDADES MÁS.
17
GUATEMALA, AGOSTO 2015 (MINTRAB).- EL MINISTERIO DE
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL FUE CERTIFICADO CON LA
NORMATIVA INTERNACIONAL ISO 9001, CON LO CUAL SITÚA A LA
INSTITUCIÓN EN UNA POSICIÓN EXCELENTE EN EL ÁMBITO
PÚBLICO Y CON VENTAJAS COMPETITIVAS QUE LE PERMITEN
CUMPLIR EL MANDATO LEGAL.
18
19
Licda. Elsa Marina Ávalos Lepe Viceministra
de Administración del Trabajo
Lic. Juan Carlos Quan Téllez Segundo
Viceministro Administrativo-Financiero
FUNCIONES PRINCIPALES
 Autorizar providencias y resoluciones que dicte el Ministro del
Ramo;
 Ejercer la dirección general de los trabajos de oficina, su revisión
en forma y fondo;
 Estudiar, preparar y anotar los asuntos y expedientes que deben
someterse a conocimiento del Ministro;
 Auxiliar al Ministro en la recepción de las audiencias del público;
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20
LEYES,
CONVENIOS Y
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LEYES ORDINARIAS
 Código de trabajo
 Reglamento de gastos de viáticos del organismo ejecutivo
 Reglamento de salud y seguridad ocupacional
22
LEYES CONSTITUCIONALES
 Constitución Política de la República de Guatemala
 Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucional
 Ley de Emisión del Pensamiento
 Ley de Orden Publico
 Ley Electoral y de Partidos Políticos
CONVENIOS
 2012
 Convenio de intercambio de Información Interinstitucional
 Convenio de cooperación para actualización de Normativa
Laboral
2013
 Convenio Ministerio de Trabajo y Colegio de Abogados
 Convenio Ministerio de Trabajo y SOSEP para fortalecer adulto
mayor
 Convenio Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud Publica
sobre VIH Sida
2014
 Convenio Cooperación laboral México y Guatemala 23
ACUERDOS MINISTERIALES
2014
 Constitución del Fondo Rotativo Interno UDAF
 Constitución del Fondo Rotativo Interno de privativos
2013
 Aprueba instructivo fondo Rotativo Interno UDAF
 Pago de transporte dentro del perímetro de la capital
24
SERVICIOS AL CIUDADANO
- DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO
- DIRECCIÓN GENERAL DEL EMPLEO
25EXPOSITOR RIGO SAENZ
SERVICIOS CIUDADANOS
El servicio del ciudadano busca
garantizar el derecho de la ciudadanía
a un servicio digno, efectivo, de calidad
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necesidades y mejorar la calidad de
vida.
26
DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO
Conocer y resolver lo relacionado con la
personalidad jurídica, estatutos, inscripción y
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sindicales y su funcionamiento, conforme a la
ley. Llevar el registro público de sindicatos,
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27
DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO
Actividades que se realizan
 Inscripción de personalidades jurídicas de las diversas organizaciones sindicales
(nuevos sindicatos).
 Inscripción de personerías jurídicas de las diferentes organizaciones sindicales
(cambio de directivos).
 Inscripción de reforma de estatutos.
 Inscripción del padrón de afiliados de las organizaciones sindicales.
 Inscripción de las resoluciones de los pactos colectivos de las organizaciones
sindicales.
 Inscripción de las revisiones de cuentas sindicales efectuadas a los sindicatos.
 Inscripción de las resoluciones de aprobación de reglamentos interiores de
trabajo.
 Extensión de credenciales a los directivos de las organizaciones sindicales.
 Análisis y registro de los diferentes contratos de trabajo.
 Recepción de solicitudes y extensión de certificaciones de las diversas
inscripciones que obran en el Registro Laboral.
28
DIRECCIÓN GENERAL DEL EMPLEO
 Son atribuciones de la Dirección General del Empleo
Diseñar la política Nacional de Empleo, de
Capacitación Técnica y Formación Profesional.
Diseñar e implantar estrategias de comunicación.
Servir de enlace entre empresas que tienen plazas
vacantes y trabajadores desempleados; actividad
que implica mantener una base de datos a través de
encuestas a empleadores y entrevistas a trabajadores
potenciales. Registrar y controlar las autorizaciones
que se concedan a extranjeros para trabajar en el
país, y las que se extiendan a empleadores para la
contratación de aquellos
29
-INSPECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO
-DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN SOCIAL
30EXPOSITOR EMILIO HERNANDEZ
INSPECCION GENERAL DEL TRABAJO
 Misión:
Velar por los patronos, trabajadores y identidades que derivan en
sus diferentes relaciones laborales, y ser intermediario en todo
conflicto jurídico de índole laboral.
 Visión:
Desarrollar todas sus funciones de inspección, integración,
descentralización y desconcentración administrativa. Velar por las
relaciones productivas y la equidad laboral.
 Objetivo:
Velar por que los patrono, trabajadores y organizaciones cumplan
las normativas impuestas por la Ley.
31
FUNCIONES:
REALIZAR INSPECCIONES CONSTATES Y CONCISAS PARA PREVENIR
QUE PATRONOS Y TRABAJADORES INFRINJAN LA LEY, Y ACTUAR COMO
MEDIADORES EN LOS CONFLICTOS LABORALES.
32
Divisiones:
1. SECRETARIA DE LA INSPECCIÓN GENERAL.
2. SECCIÓN DE CONSULTAS LABORALES Y OPINIONES JURÍDICAS
LABORALES.
3. SECCIÓN DE VISITADURIA LABORAL.
4. INSPECTOR LABORAL O DE VISITADURIA LABORAL.
5. SECCIÓN CONCILIACIÓN LABORAL.
6. SERVICIOS:
Se cuenta con el Servicio de Consultas y Denuncias laborales a los
teléfonos: 24222574 y 1511.
33
DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN SOCIAL
Asesoría Técnica:
Hacer prevención en diferentes áreas respecto a
la seguridad y higiene del ambiente laboral y el
área de trabajo. Mediante:
1. Reglamento que rige particularmente la
higiene y la seguridad en el trabajo.
2. Comité de Seguridad e Higiene.
DEPARTAMENTO DE SALARIOS
SALARIO MÍNIMO
PRESTACIONES DE LEY
CALCULO DE PRESTACIONES
34EXPOSITOR CLAUDIA HERNANDEZ
DEPARTAMENTOS DE SALARIOS
Es el departamento encargado de organizar en
forma técnica, los diferentes puestos de trabajo
de la Empresa, con el objeto de facilitar la
administración de personal, definiendo deberes,
responsabilidades, requisitos mínimos y
experiencia que se requiere en cada puesto de
trabajo.
35
FUNCIONES ESCENCIALES:
Administrar el Plan de Clasificación de Puestos y Salarios de
conformidad a su Reglamento y disposiciones legales.
Practicar auditorias de trabajo para verificar periódicamente la
congruencia del título, especialidad y salario asignado al puesto en
relación a las funciones que efectivamente realiza el trabajador.
36
SALARIO MÍNIMO – 2015 –
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
HORA DIURNA
ORDINARIA
HORA
ORDINARIA
JORNADA MIXTA
HORA
ORDINARIA
NOCTURNA
SALARIO
DIARIO
SALARIO
MENSUAL
BONIFICACIÓN
INCENTIVO
SALARIO TOTAL
NO AGRÍCOLAS Q. 9.85 Q. 11.25 Q. 13.12 Q.78.72 Q.2,394.40 Q.250.00 Q.2,644.40
AGRÍCOLAS Q. 9.85 Q. 11.25 Q. 13.12 Q.78.72 Q.2,394.40 Q.250.00 Q.2,644.40
EXPORTADORA Y DE
MAQUILA
Q.9.04 Q.10.34 Q.12.06 Q.72.36 Q.2,200.95 Q.250.00 Q.2,450.95
De conformidad con el Acuerdo Gubernativos No. 470-2014 publicado en el
Diario de Centroamérica el 19 de diciembre de 2014,
se establece el nuevo salario mínimo que regirá a partir del uno de enero de 2015.
37
PRESTACIONES DE LEY
Artículo 45 de la ley del
Organismo Judicial
Vacaciones
Art. 130 del
C.T.
Aguinaldo
Art. 1 Ley
Reguladora
de
aguinaldo
Bonificación
anual
- Bono 14 -
Art. 1 Ley de
Bonificación
Anual
Salarios
Retirados
Ajuste
Salario
Mínimo
Vacaciones
en caso de
magisterio
Indemnización
por tiempo de
trabajo
Art. 82 del
C.T.
Ventajas
Económicas
38
CALCULO DE PRESTACIONES
 EJEMPLO:
JUAN DOMINGUEZ
 Inicio relación laboral:
• 1 de abril de 2,014
• 15 de agosto de 2015
 Motivo
• Despido
 Sueldo promedio de los últimos 6 meses
• Q.1,930.00
39
1. DÍAS LABORADOS
Restamaos la
fecha inicial de
la final
AÑO MES DIA
Final 2010 8 15
Inicial 2009 4 1
Total 1 4 14
1 año 4 meses y 14 días
365+ (4 x 30) + 14 = 499 días
El año presta
12 meses y el
mes 30 días
40
1. INDENMIZACIÓN
 En la indemnización sumamos 1 día
499 + 1 = 500
(500 X 1,930) ÷ 365 = 2,643.84
Días laborados X sueldo base
365
41
2. AGUINALDO
 Como ya le habíamos pagado su aguinaldo en diciembre de 2,009, debemos
calcularlo desde el 1 de diciembre de 2,009 al 15 de agosto de 2,010.
 De diciembre a agosto hay 8 meses y 14 días .
14 + (8 x 30) = 254 días
(254 X 1,930) ÷ 365 = 1,343.07
Días laborados X sueldo base
365
42
3. BONO – 14 –
 Como a le habíamos pagado su Bono 14 en julio de 2,015, debemos
calcularlo desde el 1 de julio de 2,015 al 15 de agosto de 2,015.
 De julio a agosto hay 1 mes y 14 días.
14 + (1 x 30) = 44 días
(44 X 1,930) ÷ 365 = 232.66
Días laborados X sueldo base
365
43
4. VACACIONES
 Como ya le habíamos pagado sus vacaciones en marzo de 2,010, debemos
calcularlo desde el 1 de abril de 2,010 al 15 de agosto de 2,010.
(134 x 15) ÷ 365 = 5.51 ------ proporcionalmente 5.51 día
(5.51 X 1,930) ÷ 30 = 354.27
Días laborados X sueldo base
365
En 365
días
pagamos
15 días
44
SUMAMOS LAS PRESTACIONES
Indemnización 2,643.84
Aguinaldo 1,343.07
Bono 14 232.66
Vacaciones 354.27
TOTAL 4,573.84
45
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MINISTERIO DE TRABAJO DE GUATEMALA

  • 1. MINISTERIO DE TRABAJO HISTORIA Y OBLIGACIONES DEL MINISTERIO DE TRABAJO 1EXPOSITOR MONICA ORDOÑEZ
  • 7. EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA DE LA PREVISIÓN SOCIAL 7
  • 9. MINISTERIO DE TRABAJO  Artículo 40. Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Corresponde al Ministerio de Trabajo y Previsión Social hacer cumplir el régimen jurídico relativo al trabajo, la formación técnica y profesional y la previsión social; para ello, tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Formular la política laboral, salarial y de salud e higiene ocupacional del país. b) Promover y armonizar las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores; prevenir los conflictos laborales e intervenir, de conformidad con la ley, en la solución extrajudicial de éstos, y propiciar el arbitraje como mecanismo de solución de conflictos laborales; todo ello, de conformidad con la ley. 9
  • 10. MISIÓN “Somos la institución del estado encargada de velar y promover el cumplimiento eficiente y eficaz de la legislación, políticas y programas relativos al trabajo y la previsión social, en beneficio de la sociedad.” 10
  • 11. VISIÓN “Ser un Ministerio fortalecido, competente, moderno y confiable que promueve la cultura de respeto a la legislación laboral y el bienestar de la sociedad.” 11
  • 12. ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO DE TRABAJO ANÁLISIS DE SITUACIÓN O DIAGNÓSTICO: Artículo 1. Derecho al trabajo. El trabajo es un derecho de la persona y una obligación social. El régimen laboral del país debe organizarse conforme a principios de justicia social. 12
  • 13. 13
  • 14. MINISTRO Y VICEMINISTROS DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 14EXPOSITOR PATRICIA PUAC
  • 15. LIC. CARLOS DOMÉNICO ULBAN LÓPEZ MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 15
  • 16. FUNCIONES PRINCIPALES  Velar por el cumplimiento de las funciones que específicamente asigna al Ministerio de Trabajo y Previsión Social el Decreto 114-97 del Congreso de la República  Refrendar los decretos, acuerdos gubernativos y reglamentos dictados por el Presidente de la República  Ser Jefe del Ramo de la Administración que le está encomendado, bajo la inmediata dependencia del  Presidente de la República  Ser órgano de comunicación del Presidente de la República con los demás funcionarios y empleados del Ramo 16
  • 17. GUATEMALA, AGOSTO 2015 (MINTRAB).- HOTEL TIKAL FUTURA SE DESARROLLÓ LA INAUGURACIÓN DE LA EXPO CALZADO GUATEMALA 2015 CON LA PARTICIPACIÓN DE CARLOS ULBÁN , MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; JOSÉ MANUEL TOJÍN, PRESIDENTE DEL COMITÉ ORGANIZADOR DEL EXPO CALZADO; Y SERGIO DE LA TORRE, MINISTRO DE ECONOMÍA; ASÍ COMO MUCHAS PERSONALIDADES MÁS. 17
  • 18. GUATEMALA, AGOSTO 2015 (MINTRAB).- EL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL FUE CERTIFICADO CON LA NORMATIVA INTERNACIONAL ISO 9001, CON LO CUAL SITÚA A LA INSTITUCIÓN EN UNA POSICIÓN EXCELENTE EN EL ÁMBITO PÚBLICO Y CON VENTAJAS COMPETITIVAS QUE LE PERMITEN CUMPLIR EL MANDATO LEGAL. 18
  • 19. 19 Licda. Elsa Marina Ávalos Lepe Viceministra de Administración del Trabajo Lic. Juan Carlos Quan Téllez Segundo Viceministro Administrativo-Financiero
  • 20. FUNCIONES PRINCIPALES  Autorizar providencias y resoluciones que dicte el Ministro del Ramo;  Ejercer la dirección general de los trabajos de oficina, su revisión en forma y fondo;  Estudiar, preparar y anotar los asuntos y expedientes que deben someterse a conocimiento del Ministro;  Auxiliar al Ministro en la recepción de las audiencias del público;  Revisar los aspectos formales de los acuerdos, oficios y disposiciones del Ministerio; 20
  • 22. LEYES ORDINARIAS  Código de trabajo  Reglamento de gastos de viáticos del organismo ejecutivo  Reglamento de salud y seguridad ocupacional 22 LEYES CONSTITUCIONALES  Constitución Política de la República de Guatemala  Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucional  Ley de Emisión del Pensamiento  Ley de Orden Publico  Ley Electoral y de Partidos Políticos
  • 23. CONVENIOS  2012  Convenio de intercambio de Información Interinstitucional  Convenio de cooperación para actualización de Normativa Laboral 2013  Convenio Ministerio de Trabajo y Colegio de Abogados  Convenio Ministerio de Trabajo y SOSEP para fortalecer adulto mayor  Convenio Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud Publica sobre VIH Sida 2014  Convenio Cooperación laboral México y Guatemala 23
  • 24. ACUERDOS MINISTERIALES 2014  Constitución del Fondo Rotativo Interno UDAF  Constitución del Fondo Rotativo Interno de privativos 2013  Aprueba instructivo fondo Rotativo Interno UDAF  Pago de transporte dentro del perímetro de la capital 24
  • 25. SERVICIOS AL CIUDADANO - DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO - DIRECCIÓN GENERAL DEL EMPLEO 25EXPOSITOR RIGO SAENZ
  • 26. SERVICIOS CIUDADANOS El servicio del ciudadano busca garantizar el derecho de la ciudadanía a un servicio digno, efectivo, de calidad y oportuno que permita satisfacer sus necesidades y mejorar la calidad de vida. 26
  • 27. DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO Conocer y resolver lo relacionado con la personalidad jurídica, estatutos, inscripción y cambio de directivos de organizaciones sindicales y su funcionamiento, conforme a la ley. Llevar el registro público de sindicatos, contratos colectivos e individuales de trabajo, pactos de condiciones y convenios colectivos de trabajo, reglamentos internos de trabajo, y otros registros pertinentes. 27
  • 28. DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO Actividades que se realizan  Inscripción de personalidades jurídicas de las diversas organizaciones sindicales (nuevos sindicatos).  Inscripción de personerías jurídicas de las diferentes organizaciones sindicales (cambio de directivos).  Inscripción de reforma de estatutos.  Inscripción del padrón de afiliados de las organizaciones sindicales.  Inscripción de las resoluciones de los pactos colectivos de las organizaciones sindicales.  Inscripción de las revisiones de cuentas sindicales efectuadas a los sindicatos.  Inscripción de las resoluciones de aprobación de reglamentos interiores de trabajo.  Extensión de credenciales a los directivos de las organizaciones sindicales.  Análisis y registro de los diferentes contratos de trabajo.  Recepción de solicitudes y extensión de certificaciones de las diversas inscripciones que obran en el Registro Laboral. 28
  • 29. DIRECCIÓN GENERAL DEL EMPLEO  Son atribuciones de la Dirección General del Empleo Diseñar la política Nacional de Empleo, de Capacitación Técnica y Formación Profesional. Diseñar e implantar estrategias de comunicación. Servir de enlace entre empresas que tienen plazas vacantes y trabajadores desempleados; actividad que implica mantener una base de datos a través de encuestas a empleadores y entrevistas a trabajadores potenciales. Registrar y controlar las autorizaciones que se concedan a extranjeros para trabajar en el país, y las que se extiendan a empleadores para la contratación de aquellos 29
  • 30. -INSPECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO -DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN SOCIAL 30EXPOSITOR EMILIO HERNANDEZ
  • 31. INSPECCION GENERAL DEL TRABAJO  Misión: Velar por los patronos, trabajadores y identidades que derivan en sus diferentes relaciones laborales, y ser intermediario en todo conflicto jurídico de índole laboral.  Visión: Desarrollar todas sus funciones de inspección, integración, descentralización y desconcentración administrativa. Velar por las relaciones productivas y la equidad laboral.  Objetivo: Velar por que los patrono, trabajadores y organizaciones cumplan las normativas impuestas por la Ley. 31
  • 32. FUNCIONES: REALIZAR INSPECCIONES CONSTATES Y CONCISAS PARA PREVENIR QUE PATRONOS Y TRABAJADORES INFRINJAN LA LEY, Y ACTUAR COMO MEDIADORES EN LOS CONFLICTOS LABORALES. 32 Divisiones: 1. SECRETARIA DE LA INSPECCIÓN GENERAL. 2. SECCIÓN DE CONSULTAS LABORALES Y OPINIONES JURÍDICAS LABORALES. 3. SECCIÓN DE VISITADURIA LABORAL. 4. INSPECTOR LABORAL O DE VISITADURIA LABORAL. 5. SECCIÓN CONCILIACIÓN LABORAL. 6. SERVICIOS: Se cuenta con el Servicio de Consultas y Denuncias laborales a los teléfonos: 24222574 y 1511.
  • 33. 33 DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN SOCIAL Asesoría Técnica: Hacer prevención en diferentes áreas respecto a la seguridad y higiene del ambiente laboral y el área de trabajo. Mediante: 1. Reglamento que rige particularmente la higiene y la seguridad en el trabajo. 2. Comité de Seguridad e Higiene.
  • 34. DEPARTAMENTO DE SALARIOS SALARIO MÍNIMO PRESTACIONES DE LEY CALCULO DE PRESTACIONES 34EXPOSITOR CLAUDIA HERNANDEZ
  • 35. DEPARTAMENTOS DE SALARIOS Es el departamento encargado de organizar en forma técnica, los diferentes puestos de trabajo de la Empresa, con el objeto de facilitar la administración de personal, definiendo deberes, responsabilidades, requisitos mínimos y experiencia que se requiere en cada puesto de trabajo. 35
  • 36. FUNCIONES ESCENCIALES: Administrar el Plan de Clasificación de Puestos y Salarios de conformidad a su Reglamento y disposiciones legales. Practicar auditorias de trabajo para verificar periódicamente la congruencia del título, especialidad y salario asignado al puesto en relación a las funciones que efectivamente realiza el trabajador. 36
  • 37. SALARIO MÍNIMO – 2015 – ACTIVIDADES ECONÓMICAS HORA DIURNA ORDINARIA HORA ORDINARIA JORNADA MIXTA HORA ORDINARIA NOCTURNA SALARIO DIARIO SALARIO MENSUAL BONIFICACIÓN INCENTIVO SALARIO TOTAL NO AGRÍCOLAS Q. 9.85 Q. 11.25 Q. 13.12 Q.78.72 Q.2,394.40 Q.250.00 Q.2,644.40 AGRÍCOLAS Q. 9.85 Q. 11.25 Q. 13.12 Q.78.72 Q.2,394.40 Q.250.00 Q.2,644.40 EXPORTADORA Y DE MAQUILA Q.9.04 Q.10.34 Q.12.06 Q.72.36 Q.2,200.95 Q.250.00 Q.2,450.95 De conformidad con el Acuerdo Gubernativos No. 470-2014 publicado en el Diario de Centroamérica el 19 de diciembre de 2014, se establece el nuevo salario mínimo que regirá a partir del uno de enero de 2015. 37
  • 38. PRESTACIONES DE LEY Artículo 45 de la ley del Organismo Judicial Vacaciones Art. 130 del C.T. Aguinaldo Art. 1 Ley Reguladora de aguinaldo Bonificación anual - Bono 14 - Art. 1 Ley de Bonificación Anual Salarios Retirados Ajuste Salario Mínimo Vacaciones en caso de magisterio Indemnización por tiempo de trabajo Art. 82 del C.T. Ventajas Económicas 38
  • 39. CALCULO DE PRESTACIONES  EJEMPLO: JUAN DOMINGUEZ  Inicio relación laboral: • 1 de abril de 2,014 • 15 de agosto de 2015  Motivo • Despido  Sueldo promedio de los últimos 6 meses • Q.1,930.00 39
  • 40. 1. DÍAS LABORADOS Restamaos la fecha inicial de la final AÑO MES DIA Final 2010 8 15 Inicial 2009 4 1 Total 1 4 14 1 año 4 meses y 14 días 365+ (4 x 30) + 14 = 499 días El año presta 12 meses y el mes 30 días 40
  • 41. 1. INDENMIZACIÓN  En la indemnización sumamos 1 día 499 + 1 = 500 (500 X 1,930) ÷ 365 = 2,643.84 Días laborados X sueldo base 365 41
  • 42. 2. AGUINALDO  Como ya le habíamos pagado su aguinaldo en diciembre de 2,009, debemos calcularlo desde el 1 de diciembre de 2,009 al 15 de agosto de 2,010.  De diciembre a agosto hay 8 meses y 14 días . 14 + (8 x 30) = 254 días (254 X 1,930) ÷ 365 = 1,343.07 Días laborados X sueldo base 365 42
  • 43. 3. BONO – 14 –  Como a le habíamos pagado su Bono 14 en julio de 2,015, debemos calcularlo desde el 1 de julio de 2,015 al 15 de agosto de 2,015.  De julio a agosto hay 1 mes y 14 días. 14 + (1 x 30) = 44 días (44 X 1,930) ÷ 365 = 232.66 Días laborados X sueldo base 365 43
  • 44. 4. VACACIONES  Como ya le habíamos pagado sus vacaciones en marzo de 2,010, debemos calcularlo desde el 1 de abril de 2,010 al 15 de agosto de 2,010. (134 x 15) ÷ 365 = 5.51 ------ proporcionalmente 5.51 día (5.51 X 1,930) ÷ 30 = 354.27 Días laborados X sueldo base 365 En 365 días pagamos 15 días 44
  • 45. SUMAMOS LAS PRESTACIONES Indemnización 2,643.84 Aguinaldo 1,343.07 Bono 14 232.66 Vacaciones 354.27 TOTAL 4,573.84 45