9. MINISTERIO DE TRABAJO
Artículo 40. Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Corresponde al Ministerio de Trabajo y Previsión Social
hacer cumplir el régimen jurídico relativo al trabajo, la
formación técnica y profesional y la previsión social; para
ello, tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Formular
la política laboral, salarial y de salud e higiene ocupacional
del país. b) Promover y armonizar las relaciones laborales
entre los empleadores y los trabajadores; prevenir los
conflictos laborales e intervenir, de conformidad con la ley,
en la solución extrajudicial de éstos, y propiciar el arbitraje
como mecanismo de solución de conflictos laborales; todo
ello, de conformidad con la ley.
9
10. MISIÓN
“Somos la institución del estado encargada
de velar y promover el cumplimiento
eficiente y eficaz de la legislación, políticas
y programas relativos al trabajo y la
previsión social, en beneficio de la
sociedad.”
10
11. VISIÓN
“Ser un Ministerio fortalecido, competente,
moderno y confiable que promueve la
cultura de respeto a la legislación laboral y
el bienestar de la sociedad.”
11
12. ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO
DE TRABAJO
ANÁLISIS DE SITUACIÓN O
DIAGNÓSTICO:
Artículo 1. Derecho al trabajo. El trabajo es
un derecho de la persona y una obligación
social. El régimen laboral del país debe
organizarse conforme a principios de justicia
social.
12
16. FUNCIONES PRINCIPALES
Velar por el cumplimiento de las funciones que
específicamente asigna al Ministerio de Trabajo y
Previsión Social el Decreto 114-97 del Congreso de la
República
Refrendar los decretos, acuerdos gubernativos y
reglamentos dictados por el Presidente de la República
Ser Jefe del Ramo de la Administración que le está
encomendado, bajo la inmediata dependencia del
Presidente de la República
Ser órgano de comunicación del Presidente de la
República con los demás funcionarios y empleados del
Ramo 16
17. GUATEMALA, AGOSTO 2015 (MINTRAB).- HOTEL TIKAL FUTURA SE
DESARROLLÓ LA INAUGURACIÓN DE LA EXPO CALZADO GUATEMALA 2015
CON LA PARTICIPACIÓN DE CARLOS ULBÁN , MINISTRO DE TRABAJO Y
PREVISIÓN SOCIAL; JOSÉ MANUEL TOJÍN, PRESIDENTE DEL COMITÉ
ORGANIZADOR DEL EXPO CALZADO; Y SERGIO DE LA TORRE, MINISTRO
DE ECONOMÍA; ASÍ COMO MUCHAS PERSONALIDADES MÁS.
17
18. GUATEMALA, AGOSTO 2015 (MINTRAB).- EL MINISTERIO DE
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL FUE CERTIFICADO CON LA
NORMATIVA INTERNACIONAL ISO 9001, CON LO CUAL SITÚA A LA
INSTITUCIÓN EN UNA POSICIÓN EXCELENTE EN EL ÁMBITO
PÚBLICO Y CON VENTAJAS COMPETITIVAS QUE LE PERMITEN
CUMPLIR EL MANDATO LEGAL.
18
19. 19
Licda. Elsa Marina Ávalos Lepe Viceministra
de Administración del Trabajo
Lic. Juan Carlos Quan Téllez Segundo
Viceministro Administrativo-Financiero
20. FUNCIONES PRINCIPALES
Autorizar providencias y resoluciones que dicte el Ministro del
Ramo;
Ejercer la dirección general de los trabajos de oficina, su revisión
en forma y fondo;
Estudiar, preparar y anotar los asuntos y expedientes que deben
someterse a conocimiento del Ministro;
Auxiliar al Ministro en la recepción de las audiencias del público;
Revisar los aspectos formales de los acuerdos, oficios y
disposiciones del Ministerio;
20
22. LEYES ORDINARIAS
Código de trabajo
Reglamento de gastos de viáticos del organismo ejecutivo
Reglamento de salud y seguridad ocupacional
22
LEYES CONSTITUCIONALES
Constitución Política de la República de Guatemala
Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucional
Ley de Emisión del Pensamiento
Ley de Orden Publico
Ley Electoral y de Partidos Políticos
23. CONVENIOS
2012
Convenio de intercambio de Información Interinstitucional
Convenio de cooperación para actualización de Normativa
Laboral
2013
Convenio Ministerio de Trabajo y Colegio de Abogados
Convenio Ministerio de Trabajo y SOSEP para fortalecer adulto
mayor
Convenio Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud Publica
sobre VIH Sida
2014
Convenio Cooperación laboral México y Guatemala 23
24. ACUERDOS MINISTERIALES
2014
Constitución del Fondo Rotativo Interno UDAF
Constitución del Fondo Rotativo Interno de privativos
2013
Aprueba instructivo fondo Rotativo Interno UDAF
Pago de transporte dentro del perímetro de la capital
24
25. SERVICIOS AL CIUDADANO
- DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO
- DIRECCIÓN GENERAL DEL EMPLEO
25EXPOSITOR RIGO SAENZ
26. SERVICIOS CIUDADANOS
El servicio del ciudadano busca
garantizar el derecho de la ciudadanía
a un servicio digno, efectivo, de calidad
y oportuno que permita satisfacer sus
necesidades y mejorar la calidad de
vida.
26
27. DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO
Conocer y resolver lo relacionado con la
personalidad jurídica, estatutos, inscripción y
cambio de directivos de organizaciones
sindicales y su funcionamiento, conforme a la
ley. Llevar el registro público de sindicatos,
contratos colectivos e individuales de trabajo,
pactos de condiciones y convenios colectivos
de trabajo, reglamentos internos de trabajo, y
otros registros pertinentes.
27
28. DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO
Actividades que se realizan
Inscripción de personalidades jurídicas de las diversas organizaciones sindicales
(nuevos sindicatos).
Inscripción de personerías jurídicas de las diferentes organizaciones sindicales
(cambio de directivos).
Inscripción de reforma de estatutos.
Inscripción del padrón de afiliados de las organizaciones sindicales.
Inscripción de las resoluciones de los pactos colectivos de las organizaciones
sindicales.
Inscripción de las revisiones de cuentas sindicales efectuadas a los sindicatos.
Inscripción de las resoluciones de aprobación de reglamentos interiores de
trabajo.
Extensión de credenciales a los directivos de las organizaciones sindicales.
Análisis y registro de los diferentes contratos de trabajo.
Recepción de solicitudes y extensión de certificaciones de las diversas
inscripciones que obran en el Registro Laboral.
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29. DIRECCIÓN GENERAL DEL EMPLEO
Son atribuciones de la Dirección General del Empleo
Diseñar la política Nacional de Empleo, de
Capacitación Técnica y Formación Profesional.
Diseñar e implantar estrategias de comunicación.
Servir de enlace entre empresas que tienen plazas
vacantes y trabajadores desempleados; actividad
que implica mantener una base de datos a través de
encuestas a empleadores y entrevistas a trabajadores
potenciales. Registrar y controlar las autorizaciones
que se concedan a extranjeros para trabajar en el
país, y las que se extiendan a empleadores para la
contratación de aquellos
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30. -INSPECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO
-DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN SOCIAL
30EXPOSITOR EMILIO HERNANDEZ
31. INSPECCION GENERAL DEL TRABAJO
Misión:
Velar por los patronos, trabajadores y identidades que derivan en
sus diferentes relaciones laborales, y ser intermediario en todo
conflicto jurídico de índole laboral.
Visión:
Desarrollar todas sus funciones de inspección, integración,
descentralización y desconcentración administrativa. Velar por las
relaciones productivas y la equidad laboral.
Objetivo:
Velar por que los patrono, trabajadores y organizaciones cumplan
las normativas impuestas por la Ley.
31
32. FUNCIONES:
REALIZAR INSPECCIONES CONSTATES Y CONCISAS PARA PREVENIR
QUE PATRONOS Y TRABAJADORES INFRINJAN LA LEY, Y ACTUAR COMO
MEDIADORES EN LOS CONFLICTOS LABORALES.
32
Divisiones:
1. SECRETARIA DE LA INSPECCIÓN GENERAL.
2. SECCIÓN DE CONSULTAS LABORALES Y OPINIONES JURÍDICAS
LABORALES.
3. SECCIÓN DE VISITADURIA LABORAL.
4. INSPECTOR LABORAL O DE VISITADURIA LABORAL.
5. SECCIÓN CONCILIACIÓN LABORAL.
6. SERVICIOS:
Se cuenta con el Servicio de Consultas y Denuncias laborales a los
teléfonos: 24222574 y 1511.
33. 33
DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN SOCIAL
Asesoría Técnica:
Hacer prevención en diferentes áreas respecto a
la seguridad y higiene del ambiente laboral y el
área de trabajo. Mediante:
1. Reglamento que rige particularmente la
higiene y la seguridad en el trabajo.
2. Comité de Seguridad e Higiene.
35. DEPARTAMENTOS DE SALARIOS
Es el departamento encargado de organizar en
forma técnica, los diferentes puestos de trabajo
de la Empresa, con el objeto de facilitar la
administración de personal, definiendo deberes,
responsabilidades, requisitos mínimos y
experiencia que se requiere en cada puesto de
trabajo.
35
36. FUNCIONES ESCENCIALES:
Administrar el Plan de Clasificación de Puestos y Salarios de
conformidad a su Reglamento y disposiciones legales.
Practicar auditorias de trabajo para verificar periódicamente la
congruencia del título, especialidad y salario asignado al puesto en
relación a las funciones que efectivamente realiza el trabajador.
36
37. SALARIO MÍNIMO – 2015 –
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
HORA DIURNA
ORDINARIA
HORA
ORDINARIA
JORNADA MIXTA
HORA
ORDINARIA
NOCTURNA
SALARIO
DIARIO
SALARIO
MENSUAL
BONIFICACIÓN
INCENTIVO
SALARIO TOTAL
NO AGRÍCOLAS Q. 9.85 Q. 11.25 Q. 13.12 Q.78.72 Q.2,394.40 Q.250.00 Q.2,644.40
AGRÍCOLAS Q. 9.85 Q. 11.25 Q. 13.12 Q.78.72 Q.2,394.40 Q.250.00 Q.2,644.40
EXPORTADORA Y DE
MAQUILA
Q.9.04 Q.10.34 Q.12.06 Q.72.36 Q.2,200.95 Q.250.00 Q.2,450.95
De conformidad con el Acuerdo Gubernativos No. 470-2014 publicado en el
Diario de Centroamérica el 19 de diciembre de 2014,
se establece el nuevo salario mínimo que regirá a partir del uno de enero de 2015.
37
38. PRESTACIONES DE LEY
Artículo 45 de la ley del
Organismo Judicial
Vacaciones
Art. 130 del
C.T.
Aguinaldo
Art. 1 Ley
Reguladora
de
aguinaldo
Bonificación
anual
- Bono 14 -
Art. 1 Ley de
Bonificación
Anual
Salarios
Retirados
Ajuste
Salario
Mínimo
Vacaciones
en caso de
magisterio
Indemnización
por tiempo de
trabajo
Art. 82 del
C.T.
Ventajas
Económicas
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39. CALCULO DE PRESTACIONES
EJEMPLO:
JUAN DOMINGUEZ
Inicio relación laboral:
• 1 de abril de 2,014
• 15 de agosto de 2015
Motivo
• Despido
Sueldo promedio de los últimos 6 meses
• Q.1,930.00
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40. 1. DÍAS LABORADOS
Restamaos la
fecha inicial de
la final
AÑO MES DIA
Final 2010 8 15
Inicial 2009 4 1
Total 1 4 14
1 año 4 meses y 14 días
365+ (4 x 30) + 14 = 499 días
El año presta
12 meses y el
mes 30 días
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41. 1. INDENMIZACIÓN
En la indemnización sumamos 1 día
499 + 1 = 500
(500 X 1,930) ÷ 365 = 2,643.84
Días laborados X sueldo base
365
41
42. 2. AGUINALDO
Como ya le habíamos pagado su aguinaldo en diciembre de 2,009, debemos
calcularlo desde el 1 de diciembre de 2,009 al 15 de agosto de 2,010.
De diciembre a agosto hay 8 meses y 14 días .
14 + (8 x 30) = 254 días
(254 X 1,930) ÷ 365 = 1,343.07
Días laborados X sueldo base
365
42
43. 3. BONO – 14 –
Como a le habíamos pagado su Bono 14 en julio de 2,015, debemos
calcularlo desde el 1 de julio de 2,015 al 15 de agosto de 2,015.
De julio a agosto hay 1 mes y 14 días.
14 + (1 x 30) = 44 días
(44 X 1,930) ÷ 365 = 232.66
Días laborados X sueldo base
365
43
44. 4. VACACIONES
Como ya le habíamos pagado sus vacaciones en marzo de 2,010, debemos
calcularlo desde el 1 de abril de 2,010 al 15 de agosto de 2,010.
(134 x 15) ÷ 365 = 5.51 ------ proporcionalmente 5.51 día
(5.51 X 1,930) ÷ 30 = 354.27
Días laborados X sueldo base
365
En 365
días
pagamos
15 días
44