2. 1) Normativa
• Dependen del Ordinario del Lugar (puede
disolver):
– Privilegio Paulino (cc.1143-1147)
– Caso de Poligamia (c.1148)
– Caso de Cautividad o Persecución (c.1149)
• Dependen del Romano Pontífice:
– CDF, Instr. “Normas para la tramitación del
proceso de disolución del matrimonio en favor de la
fe” (2001)
– Ut notum (1973)
3. 2) Presupuesto
• Distinguir:
– Matrimonio sacramental (entre 2 bautizados y
es válido, c.1055)
– Matrimonio canónico (uno de ellos es católico
y para que sea válido han de seguirse las
normas del derecho de la Iglesia)
– Matrimonio celebrado en forma canónica
(desde Trento como requisito para la validez)
4. 2) Presupuesto
• Por tanto, combinaciones:
Sacr
Can
Form
A
2 católicos (la más común); o católico y acatólico
casándose con forma canónica
B
mixto entre católico y acatólico con dispensa de la
forma canónica; dos católicos con dispensa de
forma canónica (para casarse por lo civil).
C
2 acatólicos.
D
católico con un no bautizado con forma canónica.
E
católico con un no bautizado con dispensa de la
forma canónica.
F
cristiano acatólico con un no bautizado; o dos no
bautizados.
5. 2) Presupuesto
• Combinaciones:
– Sac + can + form = 2 católicos (la más común); o católico y
acatólico casándose con forma canónica.
– Sac + can - forma = mixto entre católico y acatólico con
dispensa de la forma canónica; dos católicos con dispensa de
forma canónica (para casarse por lo civil).
– Sac - can = 2 acatólicos.
– No sac + can + forma = católico con un no bautizado con forma
canónica.
– No sac + can – forma = católico con un no bautizado con
dispensa de la forma canónica.
– No sac – can = cristiano acatólico con un no bautizado; o dos no
bautizados.
• Estamos hablando del privilegio de la fe hace referencia
a los 3 últimos (los NO sacr.).
6. 2) Presupuesto
• La sacramentalidad radica en la validez
del matrimonio, que se basa en:
– 1º. siempre en el derecho natural
– 2º. Y en el derecho propio (acatólicos)
– 3º. En el derecho canónico (si al menos uno
de ellos es católico)
• Si uno solo es bautizado, el matrimonio no
es sacramental para ninguno
– En el mismo momento en que la otra parte se
bautiza, automáticamente se convierte en
sacramento
7. 3) Historia
• Hasta el s.XVI, único caso contemplado:
Privilegio Paulino.
• Desde s.XVI, surgieron 2 casos concretos, como
variantes del anterior (a causa de las misiones y
contacto con otras culturas):
– casado polígamo se bautiza. S. Pío V: cómo disolver
un matrimonio de polígamo (1571).
– cautividad (a propósito de refugiados). Gregorio XIII:
(1585).
• Estos son los 3 únicos casos en que puede
dispensar actualmente el Obispo.
8. 3) Historia
• A) Privilegio Paulina (cc.1143-1147)
– 2 no bautizados casados problema o separación 1 se
bautiza permiso del Ordinario del lugar para contraer un
nuevo matrimonio (sacr.) matrimonio (sacr.) queda
disuelto automáticamente el matrimonio anterior + separación
con el anterior cónyuge.
– Ordinario del lugar da permiso (no hace falta ir a Santa Sede)
– Separación o cohabitación sin ofensa al Creador.
– Es para que el que se bautice se pueda casar normalmente con
un católico. Secuencia cercana al bautismo.
– El matrimonio era natural e indisoluble. Por ello, interpelar a la
otra parte: bautizarse, cohabitar sin ofensa al Creador… (salvo
que no convenga: Ordinario dispensa).
– Si la otra parte es la que se quería separar, …
– Por causa grave, el Ordinario del lugar puede permitir para
casarse con un acatólico o no bautizado.
– [Ver detalles en los cánones]
9. 3) Historia
• B) Poligamia (c.1148)
– Privilegio concedido por S. Pío V (1571): dejarle
elegir cualquiera de las mujeres (cuando se
reconocía como natural el primer matrimonio).
– Canónico y con forma.
– No dejar desprovistas a la primera y al resto de
mujeres.
– Podría darse también con poliandria (mucho menos
frecuente).
– Es el Ordinario del lugar quien le deja elegir con
quién se quiere quedar.
10. 3) Historia
• C) Cautividad (c.1149)
– Surge más o menos en la misma época
(evangelización de América, África…).
– Se bautiza un pagano y no puede establecer
cohabitación con su pareja por cautividad o una
imposibilidad física (Ej. es lugar de persecución, si
volviese bautizado lo matarían…).
– Gregorio XIII concedió en estos casos la posibilidad a
los Ordinarios del lugar, y en aquella época también
párrocos y jesuitas (en territorio de misión), la
posibilidad de celebrar un nuevo matrimonio, incluso
si mientras tanto llegasen noticias de que la otra parte
se había bautizado, con tal de que no se hubiese
consumado el matrimonio (sería como un Rato y no
consumado).
11. 3) Historia
• A partir del s.XX:
– Novedad de Pío XII: por primera vez disuelve
un matrimonio por privilegio de la fe sin que
ninguno de ellos se bautice, en favor de la fe
de un tercero católico (matrimonio con
disparidad de culto).
– Disolución papal.
– Se generaliza la idea de que el Papa puede
disolver cualquier matrimonio no sacramental.
12. 4) Hoy
• El Papa, “por una causa justa”, puede
disolver cualquier matrimonio no
sacramental.
• Se llama “en favor de la fe”, pero no es
tanto cuestión de la fe, sino de la salus
animarum. Se mantiene el nombre por
tradición, porque es más amplio.
• Este procedimiento no aparece en el CIC.
13. 5) Condiciones
•
1º. Siempre un matrimonio no sacramental rato y consumado:
– Dos no bautizados, bautizado con no bautizado con dispensa
disparidad de cultos…
•
2º. Causa justa:
– Ej. casarse con otra persona, entrar en la vida religiosa, la otra parte se
hace de una secta…
•
3º. Puede pedirlo la parte acatólica.
– Si lo pide el católico para celebrar otro matrimonio, el nuevo tiene que
ser sacramental (viene de uno no sacramental, para que no celebre dos
no sacramentales).
•
4º. Sólo se concederá esta dispensa una vez a la misma persona.
– Para que no se pase una y otra vez de un matrimonio disoluble a otro.
•
5º. Aunque haya dudas sobre la validez del sacramento.
– Es más fácil pedir disolución que todo un proceso. Se incluye el dato en
la instrucción de la causa.