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AVANCES, EVALUACIÓN DE LA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN
CIUDADANA DE LA CORRUPCIÓN
Autores: Francisco Delgado Morales. Rafael Camacho Muñoz
Asociación Española de Acreditación de la Transparencia (ACREDITRA)
http://www.acreditra.com
Transparencia en España
http://www.scoop.it/t/transparencia-by-rafa-camacho
RESUMEN
Nadie puede negar la importancia que la transparencia tiene en la actual vida política en
España. Apuesta de partidos, demanda ciudadana y reto para la Administración Pública.
La transparencia ha llegado a nuestra sociedad para quedarse. Son muchos los avances
que se han producido en este ámbito y los esfuerzos realizados por las distintas
Administraciones Públicas, tanto a nivel legislativo como político. En este sentido,
entendida como política pública, son muchas, y diversas, las evaluaciones que se están
realizando sobre su implementación desde las Instituciones Públicas. Igualmente, y por
otro lado, existe la percepción ciudadana respecto a esos avances en transparencia,
respecto a su utilidad como elemento disuasorio de la corrupción. La propuesta que aquí
se presenta tiene por objetivo hacer un repaso general de las acciones realizadas en la
materia, realizar un análisis comparativo de la evolución de los principales índices de
evaluación de la transparencia y la percepción que los ciudadanos tienen de la corrupción
en España en los últimos años, observando así si estos avances son percibidos de forma
positiva por la ciudadanía o, si por el contrario, esa circunstancia no sucediera.
 Francisco Delgado Morales. Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología.
Presidente de la Asociación Española de Acreditación de la Transparencia.
 Rafael Camacho Muñoz. Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología. Autor
de la selección de contenidos 'Transparencia en España' y delegado de Acreditra
en Andalucía oriental.
PALABRAS CLAVE: transparencia, evaluación, percepción ciudadana, corrupción.
.
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1. INTRODUCCIÓN
La transparencia llegó. Cualquiera ha podido observar como en los últimos tiempos la
transparencia ha sido objeto clave en el debate político en España. Los Partidos políticos
la han incluido en su discurso, en sus programas y actuaciones; el Gobierno y la
Administración han emprendido una agenda legislativa y de implementación de políticas
públicas para su desarrollo; los medios de comunicación la han incorporado como un
elemento fundamental de su agenda y acapara portadas y noticias a diario; y la sociedad
civil, ciudadanos y organizaciones, reivindican su importancia y necesidad en la
actuación de los asuntos públicos. En definitiva, la transparencia forma parte importante
de la agenda mediática y política de nuestro país.
Y ha llegado para quedarse, a pesar de que existen detractores del cambio profundo que
la transparencia conlleva a nivel filosófico, entendiendo que la transparencia también
conlleva riesgos. Así, se llega a plantear la transparencia como “una coacción sistémica
que se apodera de todos los sucesos sociales” o que “el tiempo transparente es un tiempo
carente de todo destino y evento”, como afirma (Han, 2012:13). No obstante, son más lo
que consideran positivos los beneficios que reporta la transparencia al desarrollo de las
sociedades democráticas, como la prevención de los abusos de poder o la lucha contra la
corrupción (Villoria y Ramírez-Alujas, 2011) por poner algún ejemplo.
Esta segunda opción es la que comprende que para que exista una mayor limpieza en la
actividad política y de las Administraciones Públicas es necesaria la preexistencia de
transparencia como elemento vertebrador e impregnador de las mismas, siendo “el
impulso motor de las políticas de cambio y regeneración democrática” (Colón, 2016:16).
Incluso se debe ir más allá, entendiendo la existencia de transparencia como requisito
indispensable de calidad democrática porque la democracia es “el gobierno del poder
público en público.”(Bobbio, 1986:65).
Por un lado, la limpieza en la actividad pública y, por otro, la calidad democrática son
elementos que están estrechamente ligados al fenómeno de la corrupción. Como afirman
Villoria y Jiménez (2012, 138-139) combatir la corrupción es esencial para la calidad
democrática, señalándola como uno de los elementos causales de la desafección, es decir,
la falta de confianza en los gobiernos y el cuestionamiento de la legitimidad de las
instituciones políticas.
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VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 3
Igualmente, Klitgaard (1988) elabora de forma sencilla la siguiente fórmula para definir
la corrupción: C= M+ D- A. Donde corrupción (C) es igual a monopolio en la toma de
decisiones (M) más discrecionalidad (D) menos rendición de cuentas (A). En esta
definición aparece la falta de accountability como elemento necesario para la aparición
de corrupción, o, dicho en sentido contrario, a mayor rendición de cuentas menor
corrupción. La transparencia y la rendición de cuentas, habida cuenta de los casos de
corrupción gubernamental que han aparecido en las democracias avanzadas, se han
enfocado prioritariamente a la lucha contra la corrupción (Emmerich, 2011).Se trata de
conceptos interrelacionados, son vasos comunicantes, porque “la transparencia sin
rendición de cuentas resulta inocua y que la rendición de cuentas sin transparencia
impide la necesaria contrastación de opiniones y posturas ante evidencias que pueden
ser cuestionables“ (Sosa, 2011:26). De esta manera aparece un vínculo estrecho entre
corrupción y transparencia. A mayor transparencia, más rendición de cuentas, y siguiendo
la mencionada ecuación básica de la corrupción, debería entenderse menor posibilidad de
corrupción. Por otro lado, el vínculo entre corrupción y transparencia es innegable más
allá de la propia rendición de cuentas, en la medida que la segunda funciona como
cortapisa para la existencia de la primera. Por tanto, si se entiende la corrupción como un
abuso de poder, con un beneficio para el corrupto o los grupos de los que forma parte,
incumpliendo normas jurídicas y éticas determinadas que una comunidad asume como
válidas, y donde el corrupto pone delante el interés privado al general (Villoria, 2013) y
la transparencia “significa gobernar con paredes de cristal, ejerciendo el poder y
gestionando los recursos públicos bajo luz y taquígrafos” (Delgado, 2015: 27), la
existencia de ésta dificultaría el incumplimiento de esas normas y, por consiguiente, que
apareciera corrupción.
Dando por hecha esta relación, lo que aquí se plantea es un análisis de los avances
realizados en materia de transparencia en España y analizar en qué medida o no han
incidido esos progresos en la percepción que los ciudadanos tienen sobre diferentes
elementos relacionados con la transparencia, porque como afirma Campos Acuña (2016)
“el sentido de las políticas públicas en materia de transparencia debe valorarse en
función de la percepción ciudadana”, y, sobre todo, con la corrupción.
Para ello se plantea una análisis que, por un lado, realizará un repaso de los avances
legislativos en materia de transparencia (tanto estatal como autonómica), los diferentes
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VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 4
organismos de control que se han configurado en los últimos años; y, por otro, las
principales evaluaciones de transparencia realizadas, para finalmente conocer la
percepción de los ciudadanos recogida en los resultados de estudios y sondeos de opinión
que se han elaborado a tal fin.
En cuanto a la selección de fuentes, para poder analizar las evaluaciones de transparencia
se han elegido, en primer lugar, indicadores elaborados por Transparencia Internacional
(TI)1, entidad con una trayectoria consolidada y de gran prestigio social en sus
actuaciones. En concreto, se han seleccionado aquellos índices que tienen un mayor
periodo de permanencia en el tiempo y que evalúan diferentes Administraciones Públicas
que abarcan partes importantes de las diferentes Administraciones del Estado. Son los
índices ITA (Índice de Transparencia de los Ayuntamientos) e INCAU (Índice de
Transparencia de las Comunidades Autónomas). A estos dos índices debe añadirse, dada
su relevancia para ver la trascendencia de la transparencia a nivel político, el estudio de
“Evaluación de los partidos políticos" que TI ha realizado en 2015 y 2016 y el informe
Transparencia, el mejor eslogan 2015, elaborado por la Fundación Compromiso y
Transparencia (FCYT). Al margen de estas evaluaciones, también se ha considerado el
“Informe de evaluación del cumplimiento de la Ley de transparencia en el sector público
estatal” realizado para el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) por la
Asociación Española de Acreditación de la Transparencia (ACREDITRA)2, entidad de
consolidada trayectoria.
Para poder realizar una aproximación a una investigación más profunda de las
percepciones que los ciudadanos tienen sobre corrupción y transparencia se ha acudido a
fuentes e investigaciones de solvencia contrastada, como los realizados por el Centro de
Investigaciones Sociológicas (CIS), los Barómetros de Transparencia de ACREDITRA y
el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC)3de TI.
1
T.I. es una entidad que promueve la lucha contra la corrupción a través de reformas institucionales, Transparencia y
rendición de cuentas. Para ello realiza estudios e informes así como acciones de formación y sensibilización en
transparencia. Más info en: http://transparencia.org.es/
2
La Asociación Española de Acreditación de la Transparencia (ACREDITRA) es una organización sin ánimo de
lucro constituidaen diciembre de 2013 que agrupa a las y los profesionales que trabajan en consultoría y auditoría en
el campo de la transparencia, así como a las entidades que han asumido y están comprometidas con los más altos
estándares en la materia. Más info en :http://acreditra.com/
3
El Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) se creó en 1995 como un indicador compuesto utilizado paramedir
las percepciones sobre corrupción en el sector público, en distintos países de todo el mundo.
Más info: http://transparencia.org.es/ipc-2015/
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VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 5
Hay que detenerse en este momento para comentar algo fundamental relativo a las
variables seleccionadas de esos informes para ser analizadas, ya que en algunos casos no
se hace referencia directa a la transparencia como tal, sino que hace referencia sobre
aspectos ligados a la misma como la corrupción. De esta manera, las variables
seleccionadas de los estudios anteriormente enunciados van en esta dirección, ampliando
el foco de la mera transparencia y de su interpretación en relación a la corrupción.
2. EL AVANCE DE LA TRANSPARENCIA EN ESPAÑA:
LEGISLACIÓN, ÓRGANOS DE CONTROL Y PORTALES DE
TRANSPARENCIA Y BUENAS PRÁCTICAS4
El punto culmen de la legislación en materia de transparencia en España fue la aprobación
de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno, publicada en el BOE núm.295, de 10/12/2013. La aprobación de la ley
de transparencia fue la culminación de un proceso largo y complejo, que arranca con la
inclusión de la necesidad de una ley de transparencia en los programas electorales de los
partidos políticos en 2004, en el que juegan un papel fundamental las demandas de la
sociedad civil (Guichot 2011) y otros acontecimientos, como el compromiso del Gobierno
en su Plan de Gobierno Abierto de España en el marco de la Open Government
Partnertship (OGP) 2012-2013 de aprobación de una norma de transparencia en nuestro
país que, como destaca Cruz-Rubio (2014) en la evaluación de dicho Plan, este
compromiso y su complimiento supone superar un retraso histórico en esta materia
respecto a los países de nuestro entorno.
Hay que recordar que España era hasta diciembre del año 2013 el único país de Europa
con más de un millón de habitantes que no contaba con una ley de acceso a la información
pública5. Sin entrar en un análisis comparativo con otros países europeos, y por poner
unos ejemplos, Reino Unido tiene Ley de Libertad de Información efectiva desde 2005o,
en el caso más extremo, Suecia reguló en 1766 la Transparencia informativa en la Ley
4
No se pretendeuna análisis exhaustivo del mismo, sino comentar los aspectos y casos generales que sirven de
ejemplo paraponer de manifiesto los avances que se han producido en Transparencia en Españaen los últimos años
5
Este era uno de los argumentos utilizados por Access Info Europa para solicitar una ley de Transparencia. Esta
organización promueve el derecho de acceso a la información como derecho humano, el derecho ciudadano a saber,
vinculándolo con la participación ciudadana y la lucha contra la corrupción.
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para la Libertad de Prensa y del Derecho de Acceso a las Actas Públicas (Ackerman y
Sandoval, 2005), lo que nos da una idea del punto de partida del caso español. Además,
a nivel de Tratados Internacionales, se debe destacar el reconocimiento del Derecho de
Acceso a los documentos, que aparece recogido en el artículo 42 de la Carta de los
Derechos Fundamentales de la Unión Europea6 (Cotino, 2013).
2.1. PRECEDENTES LEGISLATIVOS EN ESPAÑA
Como se indica en el propio Preámbulo de la ley, ya existían en el ordenamiento jurídico
español textos sectoriales que hacían referencia a la publicidad activa y que la ley venía
a completar este ámbito conforme a las exigencias sociales y políticas del momento
actual. Como destaca el propio Boletín Oficial del Estado “en materia de contratos,
subvenciones, presupuestos o actividades de altos cargos nuestro país cuenta con un
destacado nivel de transparencia”, en referencia al Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Orden
HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro
de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; y la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora
del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Siguiendo con el
propio Preámbulo subraya que la “previsión contenida en el artículo 105.b) de nuestro
texto constitucional, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, desarrolla en su
artículo 37 el derecho de los ciudadanos a acceder a los registros y documentos que se
encuentren en los archivos administrativos”. Igualmente, aparece mención, en relación
al derecho de acceso a la información, a “la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se
regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a
la justicia en materia de medio ambiente y de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre
reutilización de la información del sector público, que regula el uso privado de
6
El derecho de acceso a la información pública es reconocido en el ámbito de la Unión Europea al recogerse
expresamente en el artículo 42 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Artículo 42 Derecho de
acceso a los documentos. Todo ciudadano de la Unión o toda persona física o jurídica que resida o tenga su
domicilio social en un Estado miembro tiene derecho a acceder a los documentos del Parlamento Europeo, del
Consejo y de la Comisión.
http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf
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documentos en poder de Administraciones y organismos del sector público (modificada
por la Ley 18/2015, de 9 de julio). Además, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso
electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, a la vez que reconoce el derecho
de los ciudadanos a relacionarse con la Administración por medios electrónicos (hasta
la entrada en vigor el 3 de Octubre de 2016 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)”.
Asimismo, se debe mencionar la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a
las actividades de servicios y su ejercicio; la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible; y la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
2.2. LEGISLACIÓN AUTONÓMICA7 Y LOCAL
La aprobación de la Ley de Transparencia Estatal supuso un pistoletazo de salida para la
proliferación de leyes autonómicas. La propia Ley 19/2013 puede entenderse como un
norma de mínimos, lo que deja margen para que las CCAA aprobaran normas de
transparencia más favorables para los ciudadanos, siempre que respetaran los límites
fijados por la legislación básica (Velasco, 2014). A eso debe añadirse el elemento de
oportunidad política que supone promulgar una ley de transparencia cuando ésta forma
parte clave del debate partidista en nuestro país.
A continuación se enumeran las diferentes Leyes Autonómicas de Transparencia
aprobadas por las CCAA hasta la fecha:
1. Ley 1/2014, de 24 de junio, de transparencia pública en Andalucía.
2. Ley 3/2014, de 11 de septiembre, de transparencia y buen gobierno de La Rioja.
3. Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de transparencia y participación ciudadana
región de Murcia, modificada por Ley 7/2016, de 18 de mayo.
4. Ley12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia de Canarias.
5. Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia de Catalunya.
7Las leyes de transparencia pueden consultarse en el post de Melian Abogados Mapa de las Leyes
Autonómicas de Transparencia: http://mymabogados.com/mapa-de-las-leyes-autonomicas-de-
transparencia.html
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6. Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y participación ciudadana de Castilla
y León.
7. Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y
Participación Ciudadana de Aragón.
8. .Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat de transparencia, buen gobierno y
participación ciudadana de la Comunitat Valenciana, modificada por Ley 2/2016,
de 4 de marzo.
9. Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-
La Mancha.
En tramitación o sin ley propia se encuentran: Cantabria, Comunidad de Madrid, Euskadi
y el Principado de Asturias
CCAA con normativa en la materia anterior a la Ley de Transparencia:
1. Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la
Administración pública gallega, derogada por la Ley 1/2016 de 18 de enero de
transparencia y buen gobierno de Galicia,
2. Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de
las Illes Balears.
3. Ley Foral de Navarra, 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno
Abierto, modificada por la Ley Foral 5/2016, de 28 de abril, de modificación de
la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto.
4. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Al igual que a nivel autonómico, a nivel municipal han proliferado la aprobación de
Ordenanzas Locales de Transparencia en muchos ayuntamientos de España. De entre
todas ellas cabe mencionar la “Ordenanza marco de transparencia, acceso a la
información y reutilización”8 aprobada por la Federación Española de Municipios y
Provincias (FEMP) y que aprobada por la Junta de Gobierno de 27 de mayo de 2014. Se
trata de un texto normativo al que las Administraciones Locales pueden adherirse. Como
aparece en la propia página web de la FEMP9 “La Ordenanza ha sido elaborada con el
8
Puedes acceder a la Ordenanza de la FEMP en este enlace:
http://www.fempclm.es/files/portalcontenidos/1020/documentos/transparencia.pdf
9
http://www.fempclm.es/Ordenanza-marco-de-transparencia-acceso-a-la-informacion-y-
reutilizacion_es_288_1020.html
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objetivo de servir a las Entidades Locales como guía para hacer de sus Ayuntamientos
entidades más transparentes y abiertas a la participación de los vecinos”. Otros
Ayuntamientos, por el contrario, han desarrollado su propia ordenanza municipal, como
el caso de los ayuntamientos de Madrid, Santander, Sevilla o Granada, por citar algunos
ejemplos de textos en vigor.
2.2. ÓRGANOS DE CONTROL ESTATAL Y AUTONÓMICOS
En España el órgano encargado de realizar dicho control es el Consejo de Transparencia
y Buen Gobierno (CTBG), tal como se establece en el artículo 3410 de la Ley 19/2013.
En el propio preámbulo se advierte que en el Título III se aborda la creación de “un
órgano independiente al que se le otorgan competencias de promoción de la cultura de
transparencia en la actividad de la Administración Pública, de control del cumplimiento
de las obligaciones de publicidad activa, así como de garantía del derecho de acceso a
la información pública y de la observancia de las disposiciones de buen gobierno. Se
crea, por lo tanto, un órgano de supervisión y control para garantizar la correcta
aplicación de la Ley.”. El CTBG es un organismo público adscrito orgánicamente al
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que se rige por lo dispuesto en la
propia Ley y se desarrolla por el Real Decreto 919/2014 de 31 de Octubre, por el que se
aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Tal como aparece en su página web11, el CTBG se rige supletoriamente por:
 “la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado;
 por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;
 por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria;
10 Art. 34 Ley 19/2013 “El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene por finalidad promover la
transparencia de la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el
ejercicio de derecho de acceso a la información pública y garantizar la observancia de las disposiciones de buen
gobierno.”
11 Web del CTBG: http://www.consejodetransparencia.es/
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 por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones
Públicas;
 por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público;
 por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público;
 así como por las demás normas que resulten de aplicación.”
Su creación y puesta en marcha no estuvo exenta de polémica en lo referente al diseño
normativo del órgano (Jiménez, 2014) o el sistema de elección de la figura del presidente,
al no ser nombrado por el parlamento, sino a propuesta del titular del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas y sometido a aprobación de una comisión del
Congreso.
Al igual que ocurre con la ley estatal y las autonómicas, las CCAA tienen sus propios
órganos de control de transparencia. En la propia ley se establece que el CTBG sólo tiene
competencias a nivel Estatal y en aquellas CCAA con las que se haya firmado convenio.
En concreto, específica que “Para respetar al máximo las competencias autonómicas,
expresamente se prevé que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sólo tendrá
competencias en aquellas Comunidades Autónomas con las que haya firmado Convenio
al efecto, quedando, en otro caso, en manos del órgano autonómico que haya sido
designado las competencias que a nivel estatal asume el Consejo.”12
Existe una amplia variedad en lo referente a la naturaleza de los diferentes órganos
creados a nivel autonómico. Algunas CCAA optaron por la creación de órganos de control
unipersonales, como el Comisionado para la Transparencia de Canarias, la creación de
órganos similares (con variantes) al estatal, como el caso de Aragón, Región de Murcia,
Comunitat Valenciana o Andalucía, creando una Comisión de Transparencia para
resolver las reclamaciones del derecho de acceso, como en las Illes Balears o adscribiendo
dicha comisión a instituciones ya existentes, como el caso de Galicia o Castilla-León. Por
último, destaca el caso de Catalunya, en que la Comissió de Garantia del Dret, d’Accés a
la Informació Pública (GAIP) se encarga del derecho de acceso y el Síndic es el garante
y receptor de las reclamaciones referidas a la publicidad activa.
12
Preámbulo de la Ley 19/2013
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Fuente Imagen realizada por el CTBG13
13
La imagen fue difundida por el CTBG en Twitter en
https://twitter.com/ConsejoTBG/status/772715505874526208
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En las CCAA restantes, el Principado de Asturias, Cantabria, la Rioja, Extremadura,
Castilla-La Mancha y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, es el CTBG el órgano
que asume el control de la transparencia en sus territorios.
2.3. PORTALES DE TRANSPARENCIA
En la Ley 19/2013 se establece el desarrollo de un Portal de Transparencia como
instrumento para facilitar la transparencia y el derecho de acceso a la información pública.
Igualmente recoge que el resto de Administraciones Públicas “podrán adoptar otras
medidas complementarias y de colaboración para el cumplimiento de las obligaciones
de transparencia”14, facilitando que estas Administraciones implementen sus propios
Portales de Transparencia.
El 10 de diciembre de 2014 se puso en marcha el Portal de Transparencia de la
Administración. Gral. del Estado15, cumpliendo así con uno de los compromisos del II
Plan de Gobierno Abierto de España 2014-2015 en el marco de la OPG16. A pesar del
reconocimiento del esfuerzo realizado para el desarrollo del Portal, su puesta en marcha
recibió un aluvión de críticas de expertos y organizaciones de la sociedad civil, como
Civio o Acces Info Europe. Entre ellas aparecen la falta de información nueva (hay mucha
información recogida ya en otros sitios), el poco nivel de profundidad de la información
mostrada, el uso de formatos no procesables, las dificultades para ejercer el derecho de
acceso a la información pública (es necesario acceder con DNI electrónico o a través de
una clave que se recibe en el teléfono móvil, el sistema de identificación que se basa en
CLAVE) y la ausencia de vías alternativas de contacto17.
A nivel autonómico también se han puesto en marcha Portales de Transparencia en
consonancia con las diferentes leyes de transparencia aprobadas en cada Comunidad y
sus diferentes concepciones y obligaciones.18
14
Art. 10.3 de la Ley 19/2013 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
15
http://transparencia.gob.es/
16
El Segundo Plan de Acción puede consultarse en:
http://www.opengovpartnership.org/sites/default/files/II%20Plan%20de%20Acci%C3%B3n%20Open%20Governme
nt%20Partnership%20DEF%20%281%29.pdf
17
Cinco aspectos que el Gobierno debería mejorar en el Portal de Transparencia. Artículo publicado en Huffington
Post en el que Javier Vega, de Civio, y Victoria Anderica, de Access Info Europecomentan los aspectos a mejorar del
Portal Gubernamental de Transparencia
http://www.huffingtonpost.es/2014/12/10/portal-transparencia-fallos_n_6301982.html
18
Se pueden consultar los Portales Autonómicos de Transparencia en el Blog de Melián Abogados en el siguiente
enlace:
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En el ámbito local el desarrollo de Portales de Transparencia está siendo desigual, en la
medida en la que existen Ayuntamientos que han apostado por una web propia, los que
se han adaptado al portal tipo de la FEMP, otros que lo han incorporado transversalmente
en su web, los que se han preocupado simplemente del cumplimiento de las obligaciones
legales, los que cumplen parcialmente con estas obligaciones, los que han utilizado
elementos innovadores para facilitar la compresión de la información mostrada o los que,
directamente, ni siquiera lo han puesto en marcha. Esta heterogeneidad en su desarrollo
está, sin duda, condicionada por los recursos propios de los Ayuntamientos, la capacidad
del mismo para acometer dicha tarea y, sobre todo, por la voluntad política de apostar o
no por la transparencia.
2.4. BUENAS PRÁCTICAS EN EL ÁMBITO PÚBLICO
Por último, merece la pena subrayar entre los avances realizados en transparencia en
España alguna de las buenas prácticas puestas en marcha dentro del ámbito público. Son
diferentes instrumentos, herramientas o innovaciones que se han realizado en materia de
transparencia y que suponen un avance significativo por la profundidad de las propuestas,
así como por su carácter innovador. Entre las mismas deben destacarse:
 El proceso participativo en la elaboración del Protocolo de Transparencia de
Alcobendas19
 La publicación de las agendas de los concejales, directivos y personal eventual
del Ayuntamiento de Madrid20
 La Guía de Transparencia de la Diputación de Castellón21 y las Guías Sectoriales
para Asociaciones y Fundaciones y Partidos Políticos, Organizaciones Sindicales
y Empresariales de la Generalitat de Catalunya22
 La creación de la Red de Entidades Locales por la Transparencia de la FEMP23
http://www.opengovpartnership.org/sites/default/files/II%20Plan%20de%20Acci%C3%B3n%20Open%20Governme
nt%20Partnership%20DEF%20%281%29.pdf
19
Detalle sobre el proceso participativo en esteenlace:
https://www.alcobendas.org/es/portal.do?TR=C&IDR=3301
20
Puedes consultar las agendas de los cargos públicos del Ayuntamiento de Madrid en el link que sigue:
https://agendas.madrid.es/
21
Se puede acceder a la Guía en este link:
https://transparencia.dipcas.es/documents/75355/90860/Gu%C3%ADa+I+Actualizaci%C3%B3n+y+Mantenimiento+
del+Portal+de+Transparencia+Municipal/2033a77a-0ad2-4e83-8300-5d8d7beea6d6?version=1.3
22 http://exteriors.gencat.cat/ca/ambits-dactuacio/govern-obert/transparencia/Publicacions/altres_guies/#
23
Si quieres saber más sobre la Red de Entidades Locales por la Transparencia puedes hacerlo en el siguiente enlace:
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 14
 La creación del primer registro nacional de lobbies por la Comisión Nacional del
Mercado de la Competencia (CNMC)24
 La Estrategia GO! de la Diputación de Valencia, como herramienta de
planificación en de Transparencia y Gobierno Abierto25
 Plan de Innovación Pública del Gobierno Vasco 2014-201626, que cuenta con la
transparencia y buen gobierno como uno de sus ejes estratégicos
 Los criterios de interpretación de la Ley de Transparencia elaborados por el
CTBG27
 La Norma Foral de Transparencia de la Diputación Foral de Bizkaia28
 La aprobación de Códigos de Éticos y de Conducta como el Código ético del
Gobierno de las Illes Balears,29 el Código de Conducta de los altos cargos y del
personal directivo de la Administración de la Generalitat y de las entidades de su
sector público30 (Generalitat de Catalunya) o el Codi de Bon Govern de la
Generalitat Valenciana31.
3. EVOLUCIÓN DE LOS PRINCIPALES INDICES DE EVALUACIÓN
DE TRANSPARENCIA
Tras poder contrastar los avances legislativos y las acciones que desde la Administración.
Pública se han dado en transparencia en España, llega el turno de observar si esos
progresos tienen sus frutos en las diferentes evaluaciones de transparencia que se han
realizado. Para poder analizar ese efecto se acude a una serie de indicadores y estudios
que han sido elegidos por su consistencia metodológica, su permanencia en el tiempo para
medir la evolución, los objetos evaluados o la garantía que ofrecen las entidades que han
llevado a cabo las investigaciones.
http://femp.femp.es/Microsites/Front/PaginasLayout2/Layout2_Personalizables/MS_Maestra_2/_k6sjJ7QfK2Z5a0ypj
GDF7hVCHy14AjBJbrBw0bPsMCI91AF5Q35sy0SLzLOH4R4Q
24
Registro de grupos de interés de la CNMC en:
https://rgi.cnmc.es/
25
http://go.dival.es/
26
http://www.jusap.ejgv.euskadi.eus/informacion/plan-de-innovacion-publica-del-gobierno-vasco-2014-2016/r47-
contbpip/es/
27
Criterios de interpretación que establece el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno:
http://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/consejo/criterios_informes_consultas_documentacion/criterios.html
28
http://www.bizkaia.eus/home2/bizkaimedia/Contenido_Noticia.asp?Not_Codigo=15287&idioma=CA&dpto_biz=7
&codpath_biz=7
29
http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?cont=52621&idsite=1847&&lang=es
30
http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Boletines/2016/50583.pdf
31
http://www.docv.gva.es/index.php?id=79&sig=003289/2016
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 15
Hay que precisar que, aunque dichas evaluaciones miden la transparencia de las entidades
u objetos que analiza, puede pasar que diferentes sistemas de evaluación de transparencia
realizados dé lugar a resultados distintos para las mismas entidades, lo que no garantiza
el nivel objetivo de la transparencia de la entidad evaluada (Delgado, 2015) y, mucho
menos, tenga una traslación con la percepción que los ciudadanos tengan de la misma,
cuestión que se tratará en el apartado número 4.
3.1. ÍNDICE DE TRANSPARENCIA DE LOS AYUNTAMIENTOS (ITA)32
Tal como aparece en la propia página web de transparencia Internacional, el ITA
“constituye una herramienta para medir el nivel de transparencia ante los ciudadanos y
la sociedad de los Ayuntamientos españoles”. Se trata de un índice que se realiza por
oleadas y que se viene efectuando, con variaciones, desde el año 2008, por lo que, por su
temporalidad, se ajusta perfectamente al examen de la evolución de la transparencia en
las instituciones que se pretende. Además, los resultados de este índice y su repercusión
mediática han supuesto, por sí mismas, una fuerte palanca emuladora de transparencia
entre los ayuntamientos.
En la siguiente Tabla puede apreciarse la evolución del ITA desde 2008 a 2014 en lo
referente a la media de puntuación obtenida, así como el número de ayuntamientos que
obtiene la máxima puntuación posible (100), el número que sacan un resultado de 50 y
más y los que alcanzan una calificación por debajo de 50.
Tabla 1- Evolución del Índice de Transparencia de los Ayuntamientos (ITA)33
2014 2012 2010 2009 200834
MEDIA DE PUNTUACIÓN 85,2 70,9 70,2 64,0 52,1
NÚMERO DE AYTOS CON 100 19 8 6 0 0
NÚMERO DE AYTOS QUE APRUEBAN (+50) 102 87 91 79 58
NÚMERO DE AYTOS QUE SUSPENDEN (-50) 8 23 19 31 42
Como puede apreciarse, los niveles de transparencia globales de los ayuntamientos
evaluados han ido subiendo desde el primer ITA, pasando de 52,1 de media de puntuación
en 2008 a 85,2 obtenida en 2014. Igualmente, se puede observar en el periodo estudiado
32
Toda la información disponible sobre detalles y metodología del ITA en el siguiente enlace:
http://transparencia.org.es/indice-de-los-ayuntamientos-ita/
33
Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional
34
En 2008 los ayuntamientos evaluados son 100, en lugar de los 110 que se evalúan en el resto de oleadas ITA.
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 16
el aumento del número de ayuntamientos que consiguen la máxima valoración posible de
100 (de 0 a 19), así como la cantidad que obtienen una calificación mayor de 50,
incrementándose de 58 en 2008 a 102 en 2014.
Gráfico1- Media de puntuación del Índice de Transparencia de los Ayuntamientos35
Estos datos muestran que, además de los progresos señalados anteriormente, a nivel local
se han realizado importantes esfuerzos en el ámbito de la transparencia que se ven
reflejados en las evaluaciones elaboradas por Transparencia Internacional. Como puede
advertirse también, el principal impulso se da en el periodo 2012-2014, coincidiendo con
la aprobación de la Ley 19/2013 y la vacatio legis de un año que establecía para la
Administración. Local.
3.2. ÍNDICE DE TRANSPARENCIA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
(INCAU)36
El ITA tiene su homólogo a nivel autonómico en el Índice de Transparencia de las
Comunidades Autónomas (INCAU). Tal como afirma Transparencia Internacional en la
propia web “El Índice de Transparencia de las Comunidades Autónomas (INCAU) tiene
un doble objetivo: Por una parte, realizar una evaluación del nivel de transparencia de
los Gobiernos de las diferentes Comunidades Autónomas, y por otra, impulsar y
35Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional
36
Toda la información disponible sobre detalles y metodología del INCAU en el siguiente enlace:
http://transparencia.org.es/indice-de-las-comunidades-autonomas-incau/
85.2
70.9
70.2
64.0
52.1
0.0
10.0
20.0
30.0
40.0
50.0
60.0
70.0
80.0
90.0
20142012201020092008
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 17
propiciar el aumento de la información que estas instituciones ofrecen a los ciudadanos
y a la sociedad en su conjunto.”.
Además de que el INCAU goza del elemento de permanencia en el tiempo que nos sirve
para ver la evolución, la elección de este índice obedece a la información que nos ofrece
a un nivel distinto de la Administración. Si el ITA cubre el espacio de la Administración
Local, el INCAU nos aporta datos en la esfera autonómica, lo que ayuda a construir una
imagen más completa de la transparencia en las distintas Administraciones existentes en
España.
En el caso del INCAU se han realizado 3 evaluaciones comprendidas entre 2010 y 2014,
y como puede verse en el Gráfico 2 los niveles de puntuación obtenidos por las
Comunidades autónomas han ido incrementándose en ese periodo. De esta manera se
aprecia un crecimiento de 17,2 en las puntuaciones medias obtenidas en los diferentes
INCAU. Así mientras en 2010 la media de las CCAA era de 71,6 en 2014 crece hasta el
88,8 puntos sobre 100 posibles.
Gráfico 2- Media de puntuación del Índice de Transparencia de las CCAA37
También se aprecia una evolución positiva de la transparencia de las CCAA en la
evolución del indicador referente al número de ayuntamientos que sacan la máxima
puntuación. Así, mientras en los INCAU de 2010 y 2012 ninguna Comunidad Autónoma
37Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional
88.8
79.9
71.6
0.0
10.0
20.0
30.0
40.0
50.0
60.0
70.0
80.0
90.0
100.0
201420122010
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 18
consiguió puntuación de 100, en 2014 son 3 las CCAA que logran las máximas
puntuación posible en esta evaluación. Al igual que en el caso del ITA, este incremento
en los resultados de la transparencia de las CCAA coincide con la aprobación de la Ley
19/2013 y la vacatio legis de un año que establecía para la Administración Autonómica.
Parece, por tanto, que los esfuerzos autonómicos realizados en transparencia tienen su
resultado en las evaluaciones que se han realizado al respecto.
Tabla 2- Evolución del Índice de Transparencia de las Comunidades Autónomas (INCAU)38
2014 2012 2010
MEDIA DE PUNTUACIÓN
88,8 79,9 71,6
NÚMERO DE CCAA CON 100
3 0 0
NÚMERO DE CCAA QUEAPRUEBAN (+50)
17 17 17
NÚMERO DE CCAA QUESUSPENDEN (-50)
0 0 0
3.3. EVALUACIÓN DE LA TRANSPARENCIA EN EL SECTOR PÚBLICO
ESTATAL
Con el objetivo de aglutinar la mayor parte de la Administración existente en España se
considera necesario analizar brevemente algunos de los principales resultados que se
concluyen del I Informe de evaluación del cumplimiento de la Ley de transparencia en el
sector público estatal elaborado por la Asociación Española de Acreditación de la
Transparencia (ACREDITRA) para el CTBG.
Este informe, a diferencia de los anteriores, no sólo se detiene en elementos propios de
una evaluación de un sistema de indicadores determinado, sino que añade a su
metodología elementos cualitativos y cuantitativos de percepción de la transparencia. No
obstante, en una de sus fases, realiza una evaluación que contienen elementos similares a
los índices anteriores y que será en la que nos centraremos exclusivamente.39
En esta investigación en una primera fase de aproximación se realiza el análisis de las
webs/portales de transparencia de Fundaciones, Consejos Generales de Colegios
38Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional
39
Se puede acceder al Informe completo en la página web de ACREDITRA
http://acreditra.com/2016/04/28/acreditra-y-el-ctbg-presentan-el-primer-informe-de-evaluacion-del-cumplimiento-de-
la-ley-de-transparencia-en-el-sector-publico-estatal/
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 19
Profesionales, Consorcios y Fundaciones. Las puntuaciones que están entidades obtienen
se muestran en el siguiente Gráfico 3
Gráfico 3- Resultado de la Evaluación de las Entidades del Sector Público Estatal
La conclusión general que se obtiene del estudio, realizado a finales de 2015, es que las
entidades analizadas tienen un nivel insuficiente respecto al cumplimiento de las
obligaciones de la Ley de Transparencia. Ninguna de los tipos de entidades evaluadas
consigue el aprobado, encontrándose todas por debajo de 5. Son las sociedades
mercantiles con un 4,1 las que tienen un nivel mayor de transparencia y los Consejos
Generales de los Colegios Profesionales los que salen peor valorados con un 1,8.
Ciertamente, aunque en el informe se pone el acento en los esfuerzos realizados por las
entidades, contrastan las bajas calificaciones de esta evaluación en comparación con la de
otros sistemas de indicadores que evalúan otras organizaciones. La explicación a esta
circunstancia puede ser doble, por un lado debido a que las entidades del sector público
estatal se encontraban realmente en un nivel bajo de transparencia o, por otro, que sea
fruto de las diferencias metodológicas de los sistemas de indicadores utilizados.
3.4. EVALUACIÓN DE PARTIDOS POLÍTICOS SOBRE TRANSPARENCIA Y
CORRUPCIÓN
La Administración Pública está formada por empleados públicos y representantes
públicos, políticos. Si los índices anteriores están enfocados a la evaluación de la
transparencia de las instituciones públicas, para tener una visión conjunta de los actores
3.7
2.1
1.8
4.1
0.0
2.0
4.0
6.0
8.0
10.0
FundacionesConsorciosConsejos Generales
de Colegios
Profesionales
Sociedades
Mercantiles
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 20
que intervienen en ella aparece como imprescindible conocer las cotas de transparencia
de las organizaciones políticas de las que nacen los representantes de los ciudadanos.
En este apartado se utilizará el informe de Evaluación de Partidos políticos sobre
transparencia y corrupción40 de TI, que serán comparados con los resultados del informe
Transparencia, el mejor eslogan 201541, realizado por la Fundación Compromiso y
Transparencia42 (FCYT) dedicado a la transparencia de los partidos y fundaciones
políticas.
En 2014 TI presentó su Evaluación de Partidos políticos sobre transparencia y
corrupción de la que posteriormente realizó una nueva edición en 2015. En el Gráfico 4
se muestran los resultados de la evaluación de TI en 2015 y 2016. Aunque se evalúan un
mayor número de partidos, sólo se han considerado los 5 principales que obtienen un
mayor apoyo electoral a nivel estatal. Como puede apreciarse, a excepción de IU, todos
los partidos sometidos a los indicadores de TI suben en 2015 respecto a la puntuación
obtenida en el año anterior (Podemos no fue evaluado en 2014, año de su creación).
La crisis y los diferentes movimientos sociales que reivindicaban transparencia y medidas
de regeneración sucedidos en España conllevaron la introducción de la transparencia en
la agenda política en estos años (Delgado, Carvajal y Sierra, 2016), hacen que se
incorporen medidas de transparencia y contra la corrupción en el seno de los mismos, así
como compromisos electorales en este sentido, lo que podría explicar esos cambios en las
calificaciones.
Los aumentos en las puntuaciones son considerables de un año a otro, destacando
especialmente los casos del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y de Ciudadanos
(C´s), que incrementan en 7 puntos su calificación, logrando ambos la máxima puntuación
posible de 10.
40
Toda la información disponible sobre detalles y metodología de laEvaluación de Partidos políticos sobre
transparencia y corrupción en: http://transparencia.org.es/evaluacion-partidos-politicos/
41
Transparencia, el mejor eslogan 2015, es la quinta edición de un estudio realizado por FCYT. Puede descargarse el
estudio desde la siguiente dirección (es necesario login):
http://www.compromisoytransparencia.com/conocimientos/informes/
42
Tal como aparece en su web “La Fundación Compromiso y Transparencia(antesFundación Compromiso
Empresarial) se constituyó en el año 2007 por un grupo de profesionales procedentes del mundo de la empresa, la
academia y el sector no lucrativo para impulsar el buen gobierno, la transparencia, la rendición de cuentas y el
impacto social de las instituciones.”. Más info en:
http://www.compromisoytransparencia.com/
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 21
Gráfico 4 Evaluación de Partidos políticos sobre transparencia y corrupción TI 2014-1543
En la Tabla 3 se muestra el Ranking de Transparencia de las webs de los partidos políticos
obtenidos de los datos del informe Transparencia, el mejor eslogan 2015, elaborado por
FCYT. Los resultados se ordenan en función de 3 grupos dependiendo de la calificación
alcanza: Transparentes (cuando cumplen dieciocho de los veintiocho indicadores de
transparencia, siempre que incluyan dos de los indicadores relativos a la información
económica: estados financieros e informe del Tribunal de Cuentas), Translúcidos (cuando
cumplen al menos 9) y Opacos (cuando cumplen menos de esos 9 indicadores).
Tabla 3 Ranking de Transparencia FCYT44
CLASIFICACIÓN PARTIDOS POLÍTICOS PUNTUACIÓN
TRANSPARENTE
TRANSLÚCIDOS
PSOE 16
CIUDADANOS 13
PODEMOS 13
PP 13
OPACOS IZQUIERDA UNIDA 7
Cabe subrayar que por primera vez en las 5 ediciones que se ha elaborado este informe
ninguno de los partidos evaluados se ubica en la categoría Transparente. Cuatro
formaciones políticas se encuentran en el grupo Translúcidos: PSOE (16), Ciudadanos,
PP y Podemos (13). En último lugar aparece IU con una puntuación de 7 y ubicado en la
43Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional
44 Elaboración propiaa partir de datos del informe de la Fundación Compromiso y Transparencia
8.0
10.0
6.0
10.0
8.5
4.5
3.0
5.0
3.0
0.0
2.0
4.0
6.0
8.0
10.0
PPPSOEIUCIUDADANOSPODEMOS
2015 2014
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 22
categoría Opacos. Los resultados son, sin duda, menos optimistas que los que ofrece el
informe de TI. Como afirma Martínez Isidoro (2016), los partidos políticos aún se
encuentran lejos de asumir la transparencia como una de sus obligaciones públicas.45
4. EVOLUCIÓN DE LA PERCEPCIÓN DE LA CORRUPCIÓN Y
TRANSPARENCIA
Siguiendo el planteamiento expuesto anteriormente, a continuación se analizarán,
brevemente, los resultados de la percepción de la corrupción en España en algunos de los
estudios realizados al respecto. En concreto, se acudirá a los sondeos realizados por el
Centro de Investigaciones Sociológicos, al Índice de la Percepción de la Corrupción de
TI y el Barómetro de la Transparencia de ACREDITRA.
4.1. LA CORRUPCIÓN Y EL FRAUDE EN EL CIS
La variable que mide la preocupación ciudadana por la corrupción y el fraude es medida
en los barómetros del CIS dentro de la pregunta multirrespuesta “Problemas principales
que existen actualmente en España”.
En el Gráfico 5 que sigue aparecen los resultados obtenidos por esta variable en los
barómetros realizados desde junio de 2011 a junio de 2016. Para observar gráficamente
de una manera más clara la tendencia de la variable se han elegido dos puntos temporales
en el año, diciembre y junio, omitiéndose los resultados obtenidos en el resto de
barómetros realizados entre esos enclaves.
45
Un resumen del Informe elaborado por Beatriz C. Martisipuedeverse en:
http://www.compromisoempresarial.com/carrusel/2016/06/ningun-partido-politico-es-transparente-segun-el-ranking-
de-fundacion-compromiso-y-transparencia/
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 23
Gráfico 5 Evolución por la corrupción y el fraude en los barómetros del CIS 2011-1646
Como puede verse, el incremento de la preocupación ciudadana en torno a la corrupción
y el fraude como problema es evidente en el periodo temporal estudiado. Pasa de ser un
problema principal prácticamente residual agrupando apenas a un 6,9% de los
encuestados, a ser señalado por el 44,9% en junio de 2016, teniendo como punto álgido
diciembre de 201447, cuando llego a ser mencionado como problema por el 60% de los
entrevistados. La pregunta que incluye esta variable es una respuesta múltiple que luego
es presentada de forma ordinal, elaborándose una especie de ranking de principales
problemas ciudadanos. Si se consideran estos datos agregados y ordenados por el orden
de importancia que otorgan ciudadanos puede apreciarse igualmente la tendencia global
porcentual mostrada. Así, la corrupción y el fraude pasan de ocupar el puesto octavo en
diciembre de 2011 a la segunda posición en diciembre de 2013, lugar que ya no abandona.
El hecho señalado podría explicarse porque, si bien en periodos de crisis económicas
crece la desafección y la apatía política, en España se ha producido un fenómeno inverso
de participación reactiva de la ciudadanía (Valencia, 2013) que ha conllevado un
aumento del interés por la política y una toma de conciencia ante los problemas
relacionados conla vida pública. El aumento de la aparición de escándalos de corrupción
en la prensa comienza a generar verdadera indignación, sobre todo cuando los españoles
46
Elaboración propias a partir de la explotación de los barómetros del CIS
47
Al elegir representar los barómetros cada 6 meses puede darse el caso de que se omita en la representación gráfica
algún dato destacable como, por ejemplo, que el mayor datos de la corrupción y el fraude se dan en noviembre de
2014 con el 63
6.9 6
12.4
17.1
32.5
37.6 38.8
60
47.1
38.8
44.9
81.7
87.2 88.6 91.5
89.6
86.9
80.8 82
71.5
62.6
67.9
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
Jun-11 Dec-11 Jun-12 Dec-12 Jun-13 Dec-13 Jun-14 Dec-14 Jun-15 Dec-15 Jun-16
La corrupción y el fraude Situación Económica Mala o Muy Mala
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 24
tienen una percepción negativa de la económica (Villoria, 2016), lo que se manifiesta en
este cambio de tendencia hacia la corrupción y el fraude.
4.2. ÍNDICE DE PERCEPCIÓN DE LA CORRUPCIÓN48
El Índice de Percepción de la Corrupción es un indicador elaborado por Transparencia
Internacional (IPC) desde 1995 que clasifica a países según la visión que tienen sus
ciudadanos y distintos expertos sobre el asunto. Tal como TI define el IPC, se trata de
“un indicador compuesto utilizado para medir las percepciones sobre corrupción en el
sector público, en distintos países de todo el mundo49”. Los resultados que se obtienen
mediante las diferentes metodologías de recolección de datos son tratados para elaborar
un índice que mide una escala en la que 0 equivale al nivel más alto de percepción de
corrupción, y 100 implica el nivel más bajo de percepción de corrupción.
En el Gráfico 6 se muestra la evolución de los resultados de España en el IPC de los
últimos 5 años, así como el puesto ocupado en el ranking que se elabora una vez son
ordenados los países en función del IPC que obtienen. Como puede apreciarse, España
baja en el ranking del puesto 31 al 36 en los últimos 5 años. En el lado contrario, la peor
posición en la serie histórica en el ranking del IPC se produce en el año 2013 cuando
ocupó el lugar número 40.
En consonancia con estos datos, en los últimos años se aprecia un incremento en la
percepción de la corrupción en la medida en que pasa de 65 puntos en 2012 (la mayor
puntación de la serie histórica es 71 en 2002) a 58 en 2015 (el mejor puesto de toda la
serie es el 20, también en 2002 y en 2000).
48
Toda la información disponible sobre detalles y metodología del IPCen:
http://transparencia.org.es/indice-de-percepcion-de-la-corrupcion/
49
Puede obtener una información más detallada del IPC en el siguiente enlace:
http://transparencia.org.es/indice-de-percepcion-de-la-corrupcion/
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz
VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 25
Gráfico 6- Evolución del Índice de Percepción de la Corrupción: España50
La comparación con los países de la Unión Europea no deja a España en buen lugar,
ocupando el puesto número 18 de un total de 28 en 201551.
Tabla 4- Percepción de la corrupción TI en países UE
Ranking PAÍS UE
Índice de
Corrupción
2015
Ranking PAÍS UE
Índice de
Corrupción
2015
1 Dinamarca 91 15 Chipre 61
2 Finlandia 90 16 Lituania 61
3 Suecia 89 17 Eslovenia 60
4 Holanda 87 18 España 58
5 Luxemburgo 81 19 Malta 56
6 Alemania 81 20 República Checa 56
7 Reino Unido 81 21 Letonia 55
8 Bélgica 77 22 Hungría 51
9 Austria 76 23 Eslovaquia 51
10 Irlanda 75 24 Croacia 51
11 Francia 70 25 Grecia 46
12 Estonia 70 26 Rumanía 46
13 Portugal 63 27 Italia 44
14 Polonia 62 28 Bulgaria 41
50Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional
51
Datos obtenidos de la tabla disponible en este link:
http://transparencia.org.es/wp-content/uploads/2016/01/tabla_sintetica_ipc-2015.pdf
44 43
59
61
66
70 70 71
69 70 70
68 67
60 61 61 62
65
59 60
58
26
32
24 23 22
20
22
20
23 22 23 23
25
28
32
30 31 30
40
37 36
0
10
20
30
40
50
60
70
80
95 96 97 98 99 00 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15
Índice de Corrupción Ranking de la Corrupción
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VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 26
4.3. BARÓMETRO DE LA TRANSPARENCIA DE ESPAÑA52
El Barómetro de la Transparencia de España es un estudio de opinión pública pionero en
España que se realiza con carácter anual desde el año 2015 por la Asociación Española
de Acreditación de la Transparencia (ACREDITRA). El carácter innovador de la
investigación radica en ser la primera de estas características que se realiza
específicamente sobre transparencia a nivel nacional.
El primer dato que subrayamos es la percepción que los ciudadanos tienen sobre la
transparencia como elemento para prevenir la corrupción. Como se ve en el Gráfico que
sigue, 3 de cada 4 ciudadanos creen que la transparencia ayuda a prevenir la corrupción
en 2016, incrementándose un 4,7% respecto a 2015.
Gráfico 7- Creencia en la transparencia como elemento para prevenir la corrupción
En una escala de 0 a 10, en la que 0 es el menor nivel de transparencia posible y 10 el
máximo, la valoración media de la transparencia de las instituciones que realizan los
ciudadanos pone de manifiesto la poca confianza que se deposita en las mismas en este
aspecto. La media global tiene una cierta mejoría pasando del 3,3 de 2015 al 3,7 de 2016,
52
Toda la información disponible sobre detalles y metodología del Barómetro de la Transparencia de España en:
http://acreditra.com/bte/
71.5
76.2
28.4
22
0
20
40
60
80
100
2015 2016
Respuestas afirmativas Respuestas negativas
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pero queda lejos del 5 que otorgaría el aprobado y, más aún, de las valoraciones que serían
deseables.
Tabla 5- Valoración Media de Instituciones (0-10)
2014 2015
MEDIA GLOBAL DE VALORACIÓN DE INSTITUCIONES 3,3 3,7
Así, en 2016, sólo las Universidades y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad aprueban en
la valoración, con una calificación de 5,3 y 5,0 respectivamente. En el lado opuesto, es
decir las peor valoradas, se encuentran los partidos políticos (2), el sector bancario (2,3)
y el Gobierno de España (2,5).
Gráfico 8- Valoración media de la transparencia de instituciones
2.0
2.3
2.5
2.8
3.4
3.4
3.5
3.5
4.3
4.9
5.0
5.3
0 1 2 3 4 5 6
Partidos políticos en general
Sector bancario
Gobierno de España
Iglesia
Comunidades Autónomas
Sindicatos
Organizaciones empresariales
Ayuntamientos
Medios de comunicación
ONGs
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Universidades
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5. CONSIDERACIONES FINALES
A la vista de los datos mostrados en los epígrafes anteriores se presentan las siguientes
consideraciones finales:
1. Con carácter general, parece obvio que los esfuerzos realizados por las
Administraciones a favor de la transparencia, y que se ven refrendados en las
evaluaciones realizadas al respecto, no han tenido una incidencia directa sobre la
percepción de los ciudadanos sobre la propia transparencia y la corrupción.
2. Esta divergencia de resultados entre evaluaciones y percepción podría deberse a
varias circunstancias. La explicación más sencilla podría venir derivada de las
metodologías de los sistemas de medición y evaluación de transparencia,
empeñados en dibujar una imagen estática de un hecho dinámico y polietápico.
También podría explicarse por el cambio que se ha producido en los niveles de
exigencia de integridad, de mayor ética pública y en el sentimiento de
(in)tolerancia contra la corrupción de los ciudadanos que se ha elevado en los
últimos años. La reivindicación de transparencia como elemento de lucha contra
la corrupción de una clase política que es considerada como una élite extractiva
(Acemoglu y Robinson, 2013) eleva los niveles en la valoración que se hace de la
misma, cuestión que se acrecienta en periodos de crisis económica y que se vería
reflejado en los resultados de los diferentes estudios. Por último, también debería
de considerarse que la transparencia, aunque sea completamente necesaria para
mejorar los niveles de corrupción al actuar como mecanismo disuasorio y
fundamental para la efectiva rendición de cuentas, no es el único elemento que
incide en la existencia de corrupción. Ahondando en esta última idea, si tal como
afirma Villoria (2015) existe una correlación empíricamente demostrable entre
transparencia y bajos niveles de corrupción, que las evaluaciones de transparencia
sean tan positivas mientras que los ciudadanos no aprecien esos cambios en la
percepción de la corrupción puede ser debido a que, además de las opciones
expuestas, exista un problema en las instituciones a la hora de comunicar su
actividad. La transparencia conlleva un cambio de paradigma en la manera de
actuar, la comunicación pasa de unidireccional a bidireccional, siendo necesario
crear canales vivos de comunicación entre la Administración y la ciudadanía.
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3. No se pueden negar los avances realizados en materia de transparencia, pero para
que éstos sean percibidos por los ciudadanos y conlleven cambios efectivos no se
debe de caer en la autocomplacencia. Al contrario, entendiendo la transparencia
es un proceso en constante renovación se podría decir que en España se está en el
comienzo del camino. A lo largo de este pasaje se hace necesario la implantación
de nuevas figuras, procedimientos y herramientas que innoven y garanticen el
efecto de la misma sobre la corrupción. Son muchas las voces que ya han
propuesto cambios en la propia Ley 19/2013, así como la introducción de nuevos
elementos de mejora en este proceso hacia la transparencia. Entre ellas
destacamos las señaladas recientemente por algunos autores, pasado un periodo
de tiempo suficiente desde la aprobación y vigencia de la Ley, lo que añade cierta
perspectiva temporal e incrementa el valor de la observación a sus reflexiones:
 Blanes (2016), enumera como mejoras necesarias 1) el reconocimiento del
derecho de acceso a la información pública como un derecho fundamental;
2) la limitación y concreción de las excepciones y causas de inadmisión;
3) la ampliación de las obligaciones del ámbito subjetivo de aplicación al
nivel de la Administración a aquellas entidades privadas que prestan
servicios de interés general y los concesionarios de servicios públicos; 4)
que el silencio administrativo sea positivo, salvo manifiesta excepción
legal, y además deba ir acompañado de un procedimiento judicial rápido
y gratuito; 5) la aplicación de la Ley no solo de forma supletoria, sino
plena, en todas aquellas materias y procedimientos que tengan una
normativa específica de acceso a la información pública; 6) agregar
competencia sancionadora al CTBG ante incumplimientos de la
Administración y capacidad para instruir y 7) resolver los procedimientos
sancionadores ante los incumplimientos de la Ley, así como para incoar y
resolver los procedimientos para sancionar las infracciones de la Ley; o 8)
la necesidad de diseñar un proceso judicial especial rápido, sumario,
gratuito y sin abogado ni procurador para garantizar el cumplimiento de
las obligaciones contenida en la Ley.
 Campos Acuña (2016) señala que se debería regular el estatuto del
denunciante de buena fe (whistleblower); aprobar un régimen sancionador
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en la Ley; demandar más transparencia en la interacción de los lobbies con
los poderes públicos que permita ejercer un mayor control.
 García Melián, (2016), por su parte, aboga por trasladar figuras del ámbito
privado como el compliance al ámbito público, introduciendo la necesidad
de que las Administraciones Públicas incorporen programas de
cumplimiento normativo que estén reforzados por mecanismos que
garanticen su efectividad.
4. Para completar la efectividad de las medidas implementadas en transparencia se
necesita hacer pedagogía de la transparencia, que sirva de caldo de cultivo para la
implantación de una cultura de la transparencia real en las instituciones. Sin la
existencia de esta cultura las medidas puestas en marcha no pasarán de una
transparencia meramente estética o transapariencia, es decir, un paripé que se
reduce a un mero parecer más que un ser efectivo (Almonacid, 2015) que no llega
a la ciudadanía. Tal como afirma Jiménez Asensio (2016) “los pasos dados hasta
ahora no superan el estadio de medidas de mero maquillaje” y, por consiguiente,
los ciudadanos difícilmente podrán percibir cambios significativos en la actuación
de la Administración.
5. Por último, parece necesario que los responsables y autoridades públicas
promuevan la creación de un sistema de evaluación de transparencia riguroso,
estandarizado, valido, confiable e independiente que entienda la transparencia
como una política pública y garantice su medición objetiva, como la iniciativa
puesta en marcha para elaborar una metodología de evaluación de la transparencia
de las instituciones públicas, tanto a nivel estatal como autonómico, fruto de la
colaboración entre el CTBG y la AEVAL.
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6. BIBLIOGRAFÍA
6.1. LIBROS, ARTÍCULOS, PONENCIAS Y REVISTAS
 Acemoglu, D. and Robinson, J. (2012). Por qué́ fracasan los países. Barcelona:
Deusto.
 Ackerman, John M. e Irma E. Sandoval (2005). Leyes de Acceso a la Información
en el Mundo. Cuadernos de Transparencia, núm. 7. México: Instituto Federal de
Acceso a la Información Pública.
 Colón de Carvajal Fibla, B. (2016). Más allá de la Transparencia: buscando un
enfoque integral hacia la Rendición de Cuentas. ISSN 2444-2607, núm. 2.
ACREDITRA. Murcia, pp.14-19.
 Cotino Hueso, Lorenzo (2013). Derecho y «Gobierno Abierto». La regulación de
la Transparencia y la participación y su ejercicio a través del uso de las nuevas
tecnologías y las redes sociales por las Administraciones Públicas. Propuestas
concretas. Revista Aragonesa de Administración Pública, XIV, pp. 51-92.
 Cruz-Rubio, César Nicandro. (2014) Compromisos y evaluación del Plan de
Gobierno Abierto de España en el marco de la Open Government Partnership
2012-2013. Actualidad Administrativa. Julio-agosto de 2014. Número 7-8.
Número monográfico especial: Gobierno Abierto y OpenData. 2014. ISSN: 1130-
9946. Madrid. pp. 815-826.
 Delgado Morales, Francisco (2015). Sistemas de Medición y Transparencia en los
Ayuntamientos. Revista Española de la Transparencia ISSN 2444-2607, núm. 0.
ACREDITRA. Murcia. pp12-17.
 Delgado Morales, Francisco (2015). ¿De qué hablamos cuando hablamos de
Transparencia?. Revista Española de la Transparencia ISSN 2444-2607, núm. 1.
ACREDITRA. Murcia. pp24-30.
 Delgado Morales Francisco, López Carvajal F. Javier y Sierra Rodríguez, Javier
(2015). Regulación y Sistemas de Evaluación de la en España. Revista de Derecho
de la Hacienda Pública. ISSN-2215-3624 Contraloría General de la República.
San José Costa Rica. pp 111-134.
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VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 32
 Emmerich, Gustavo Ernesto. (2011). Transparencia, Rendición de Cuentas,
Responsabilidad Gubernamental y Participación Ciudadana. Biblioteca Básica
de Administración Pública, 14, pp.107-130.
 Guichot Reina, Emilio. (2011.) Transparencia y acceso a la información pública
en España: análisis y propuestas legislativas. Documento de trabajo 170/2011.
Laboratorio de Alternativas. ISBN: 978-84-92957-67-5. Fundación Alternativas.
 Han, Bying-Chung (2012). La sociedad de la transparencia. Herder Editorial.
Barcelona. 2013
 Klitgaard, R. (1988).Controlling corruption. Berkeley, Calif.: University of
California Press.
 Sosa, J. (2011). Transparencia y Rendición de Cuentas. Un ensayo introductorio.
Biblioteca Básica de Administración Pública, 14, pp.17-45.
 Valencia Sáiz, Ángel (2013). “Democracia y Crisis: El malestar de la
democracia”, XI Congreso de Ciencia Política. Sevilla: AECPA.
 Velasco Rico, Clara Isabel (2014). La cuestión competencial en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre: ¿de qué margen disponen las CCAA en materia de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno?. Revista
Jurídica de Castilla y León, núm. 33.
 Villoria, Manuel y Fernando Jiménez (2012). La corrupción en España (2004-
2010): datos, percepción y efectos, REIS, núm. 138, pp. 109-134.
 Villoria, M. (2013). Corrupción Pública. Eunomía. Revista en Cultura de la
Legalidad, 5. ISSN 2253-6655, pp.159-167.
 Villoria, M. (2015). La transparencia como política pública. Algunas reflexiones.
Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, 7. ISSN 2253-6655, pp.85-103.
 Villoria, Manuel. y Rodríguez-Alujas. Álvaro. (2011). La transparencia: marco
conceptual, Revista Democracia y Gobierno Local, núm. 15. ISSN: 2013-0341.
Fundación Democracia y Gobierno Local. Madrid. pp. 10-15.
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6.2. PÁGINAS WEBS-ARTÍCULOS DE CONSULTA
 Almonacid Lamelas, V. (2015). Open rata, Plan deformación, Perfil del
ignorante y otras malas prácticas. Blog de Víctor Almonacid. [Acceso Sep.
2016]. Disponible en:
https://nosoloaytos.wordpress.com/2015/03/06/open-rata-plan-deformacion-
perfil-del-ignorante-y-otras-malas-practicas/
 Blanes, M. (2016). Propuestas de mejora de la Ley estatal de transparencia.
Miguel Ángel Blanes. . [Acceso Sep. 2016]. Disponible en:
https://miguelangelblanes.com/2016/07/07/propuestas-de-mejora-de-la-ley-
estatal-de-transparencia/
 Campos Acuña, C. (2016). Transparencia. Algo no estamos haciendo bien. En
Novagob.org. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en:
http://www.novagob.org/blog/view/180667/transparencia-algo-no-estamos-
haciendo-bien
 Campos Acuña, C. (2016). Para qué sirve la transparencia?.Novagob. [Acceso
Sep. 2016]. Disponible en:
http://www.novagob.org/blog/view/161576/para-que-sirve-la-transparencia
 Campos Acuña, C. (2016). ¿Modificamos la Ley de Transparencia? Tres
propuestas de mejora. Novagob.org. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en:
http://www.novagob.org/blog/view/201083/%C2%BFmodificamos-la-ley-de-
transparencia-tres-propuestas-de-mejora
 Carta de Derechos Fundamentales de la UE [Acceso Sep. 2016].
http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf
 García Melián, J. (2016). Mapa de las Leyes Autonómicas de Transparencia.
Melian Abogados. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en:
http://mymabogados.com/mapa-de-las-leyes-autonomicas-de-transparencia.html
 García Melián, J. (2016). Transparencia Pública: una vuelta de tuerca necesaria.
Melian Abogados. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en:
http://mymabogados.com/transparencia-publica.html
 Jiménez Asensio, R. (2016). Mentiras de la transparencia. En LA MIRADA
INSTITUCIONAL”. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en:
https://rafaeljimenezasensio.com/2016/05/29/mentiras-de-la-transparencia/
AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN
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VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 34
 Jiménez, F. (2014). ¿Qué cabe esperar del Consejo de Transparencia y Buen
Gobierno? Hayderecho.com. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en:
http://hayderecho.com/2014/06/11/que-cabe-esperar-del-consejo-de-
transparencia-y-buen-gobierno/
 Martínez Isidoro, Beatriz C. (2016). Ningún partido político es transparente,
según el ranking de Compromiso y Transparencia. Compromisoempresarial.com.
[Acceso Sep. 2016]. Disponible en:
http://www.compromisoempresarial.com/carrusel/2016/06/ningun-partido-
politico-es-transparente-segun-el-ranking-de-fundacion-compromiso-y-
transparencia/
 Página Web de la Asociación Española de Acreditación de la Transparencia.
ACREDITRA. [Acceso Sep. 2016].http://www.acreditra.com
 Página Web de Transparencia Internacional España [Acceso Sep. 2016]
http://transparencia.org.es/
 Página Web del Centro de Investigaciones Sociológicas [Acceso Sep. 2016]
http://www.cis.es/cis/opencms/ES/index.html
 Villoria, M. (2016).Revista de Libros: «La corrupción en España» de Manuel
Villoria. Revistadelibros.com. [Acceso Sep. 2016].Disponible en:
http://www.revistadelibros.com/articulos/la-corrupcion-en-espana

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Avances, evaluación de la transparencia y percepción ciudadana de la corrupción

  • 1. AVANCES, EVALUACIÓN DE LA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DE LA CORRUPCIÓN Autores: Francisco Delgado Morales. Rafael Camacho Muñoz Asociación Española de Acreditación de la Transparencia (ACREDITRA) http://www.acreditra.com Transparencia en España http://www.scoop.it/t/transparencia-by-rafa-camacho RESUMEN Nadie puede negar la importancia que la transparencia tiene en la actual vida política en España. Apuesta de partidos, demanda ciudadana y reto para la Administración Pública. La transparencia ha llegado a nuestra sociedad para quedarse. Son muchos los avances que se han producido en este ámbito y los esfuerzos realizados por las distintas Administraciones Públicas, tanto a nivel legislativo como político. En este sentido, entendida como política pública, son muchas, y diversas, las evaluaciones que se están realizando sobre su implementación desde las Instituciones Públicas. Igualmente, y por otro lado, existe la percepción ciudadana respecto a esos avances en transparencia, respecto a su utilidad como elemento disuasorio de la corrupción. La propuesta que aquí se presenta tiene por objetivo hacer un repaso general de las acciones realizadas en la materia, realizar un análisis comparativo de la evolución de los principales índices de evaluación de la transparencia y la percepción que los ciudadanos tienen de la corrupción en España en los últimos años, observando así si estos avances son percibidos de forma positiva por la ciudadanía o, si por el contrario, esa circunstancia no sucediera.  Francisco Delgado Morales. Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología. Presidente de la Asociación Española de Acreditación de la Transparencia.  Rafael Camacho Muñoz. Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología. Autor de la selección de contenidos 'Transparencia en España' y delegado de Acreditra en Andalucía oriental. PALABRAS CLAVE: transparencia, evaluación, percepción ciudadana, corrupción. .
  • 2. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 2 1. INTRODUCCIÓN La transparencia llegó. Cualquiera ha podido observar como en los últimos tiempos la transparencia ha sido objeto clave en el debate político en España. Los Partidos políticos la han incluido en su discurso, en sus programas y actuaciones; el Gobierno y la Administración han emprendido una agenda legislativa y de implementación de políticas públicas para su desarrollo; los medios de comunicación la han incorporado como un elemento fundamental de su agenda y acapara portadas y noticias a diario; y la sociedad civil, ciudadanos y organizaciones, reivindican su importancia y necesidad en la actuación de los asuntos públicos. En definitiva, la transparencia forma parte importante de la agenda mediática y política de nuestro país. Y ha llegado para quedarse, a pesar de que existen detractores del cambio profundo que la transparencia conlleva a nivel filosófico, entendiendo que la transparencia también conlleva riesgos. Así, se llega a plantear la transparencia como “una coacción sistémica que se apodera de todos los sucesos sociales” o que “el tiempo transparente es un tiempo carente de todo destino y evento”, como afirma (Han, 2012:13). No obstante, son más lo que consideran positivos los beneficios que reporta la transparencia al desarrollo de las sociedades democráticas, como la prevención de los abusos de poder o la lucha contra la corrupción (Villoria y Ramírez-Alujas, 2011) por poner algún ejemplo. Esta segunda opción es la que comprende que para que exista una mayor limpieza en la actividad política y de las Administraciones Públicas es necesaria la preexistencia de transparencia como elemento vertebrador e impregnador de las mismas, siendo “el impulso motor de las políticas de cambio y regeneración democrática” (Colón, 2016:16). Incluso se debe ir más allá, entendiendo la existencia de transparencia como requisito indispensable de calidad democrática porque la democracia es “el gobierno del poder público en público.”(Bobbio, 1986:65). Por un lado, la limpieza en la actividad pública y, por otro, la calidad democrática son elementos que están estrechamente ligados al fenómeno de la corrupción. Como afirman Villoria y Jiménez (2012, 138-139) combatir la corrupción es esencial para la calidad democrática, señalándola como uno de los elementos causales de la desafección, es decir, la falta de confianza en los gobiernos y el cuestionamiento de la legitimidad de las instituciones políticas.
  • 3. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 3 Igualmente, Klitgaard (1988) elabora de forma sencilla la siguiente fórmula para definir la corrupción: C= M+ D- A. Donde corrupción (C) es igual a monopolio en la toma de decisiones (M) más discrecionalidad (D) menos rendición de cuentas (A). En esta definición aparece la falta de accountability como elemento necesario para la aparición de corrupción, o, dicho en sentido contrario, a mayor rendición de cuentas menor corrupción. La transparencia y la rendición de cuentas, habida cuenta de los casos de corrupción gubernamental que han aparecido en las democracias avanzadas, se han enfocado prioritariamente a la lucha contra la corrupción (Emmerich, 2011).Se trata de conceptos interrelacionados, son vasos comunicantes, porque “la transparencia sin rendición de cuentas resulta inocua y que la rendición de cuentas sin transparencia impide la necesaria contrastación de opiniones y posturas ante evidencias que pueden ser cuestionables“ (Sosa, 2011:26). De esta manera aparece un vínculo estrecho entre corrupción y transparencia. A mayor transparencia, más rendición de cuentas, y siguiendo la mencionada ecuación básica de la corrupción, debería entenderse menor posibilidad de corrupción. Por otro lado, el vínculo entre corrupción y transparencia es innegable más allá de la propia rendición de cuentas, en la medida que la segunda funciona como cortapisa para la existencia de la primera. Por tanto, si se entiende la corrupción como un abuso de poder, con un beneficio para el corrupto o los grupos de los que forma parte, incumpliendo normas jurídicas y éticas determinadas que una comunidad asume como válidas, y donde el corrupto pone delante el interés privado al general (Villoria, 2013) y la transparencia “significa gobernar con paredes de cristal, ejerciendo el poder y gestionando los recursos públicos bajo luz y taquígrafos” (Delgado, 2015: 27), la existencia de ésta dificultaría el incumplimiento de esas normas y, por consiguiente, que apareciera corrupción. Dando por hecha esta relación, lo que aquí se plantea es un análisis de los avances realizados en materia de transparencia en España y analizar en qué medida o no han incidido esos progresos en la percepción que los ciudadanos tienen sobre diferentes elementos relacionados con la transparencia, porque como afirma Campos Acuña (2016) “el sentido de las políticas públicas en materia de transparencia debe valorarse en función de la percepción ciudadana”, y, sobre todo, con la corrupción. Para ello se plantea una análisis que, por un lado, realizará un repaso de los avances legislativos en materia de transparencia (tanto estatal como autonómica), los diferentes
  • 4. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 4 organismos de control que se han configurado en los últimos años; y, por otro, las principales evaluaciones de transparencia realizadas, para finalmente conocer la percepción de los ciudadanos recogida en los resultados de estudios y sondeos de opinión que se han elaborado a tal fin. En cuanto a la selección de fuentes, para poder analizar las evaluaciones de transparencia se han elegido, en primer lugar, indicadores elaborados por Transparencia Internacional (TI)1, entidad con una trayectoria consolidada y de gran prestigio social en sus actuaciones. En concreto, se han seleccionado aquellos índices que tienen un mayor periodo de permanencia en el tiempo y que evalúan diferentes Administraciones Públicas que abarcan partes importantes de las diferentes Administraciones del Estado. Son los índices ITA (Índice de Transparencia de los Ayuntamientos) e INCAU (Índice de Transparencia de las Comunidades Autónomas). A estos dos índices debe añadirse, dada su relevancia para ver la trascendencia de la transparencia a nivel político, el estudio de “Evaluación de los partidos políticos" que TI ha realizado en 2015 y 2016 y el informe Transparencia, el mejor eslogan 2015, elaborado por la Fundación Compromiso y Transparencia (FCYT). Al margen de estas evaluaciones, también se ha considerado el “Informe de evaluación del cumplimiento de la Ley de transparencia en el sector público estatal” realizado para el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) por la Asociación Española de Acreditación de la Transparencia (ACREDITRA)2, entidad de consolidada trayectoria. Para poder realizar una aproximación a una investigación más profunda de las percepciones que los ciudadanos tienen sobre corrupción y transparencia se ha acudido a fuentes e investigaciones de solvencia contrastada, como los realizados por el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), los Barómetros de Transparencia de ACREDITRA y el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC)3de TI. 1 T.I. es una entidad que promueve la lucha contra la corrupción a través de reformas institucionales, Transparencia y rendición de cuentas. Para ello realiza estudios e informes así como acciones de formación y sensibilización en transparencia. Más info en: http://transparencia.org.es/ 2 La Asociación Española de Acreditación de la Transparencia (ACREDITRA) es una organización sin ánimo de lucro constituidaen diciembre de 2013 que agrupa a las y los profesionales que trabajan en consultoría y auditoría en el campo de la transparencia, así como a las entidades que han asumido y están comprometidas con los más altos estándares en la materia. Más info en :http://acreditra.com/ 3 El Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) se creó en 1995 como un indicador compuesto utilizado paramedir las percepciones sobre corrupción en el sector público, en distintos países de todo el mundo. Más info: http://transparencia.org.es/ipc-2015/
  • 5. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 5 Hay que detenerse en este momento para comentar algo fundamental relativo a las variables seleccionadas de esos informes para ser analizadas, ya que en algunos casos no se hace referencia directa a la transparencia como tal, sino que hace referencia sobre aspectos ligados a la misma como la corrupción. De esta manera, las variables seleccionadas de los estudios anteriormente enunciados van en esta dirección, ampliando el foco de la mera transparencia y de su interpretación en relación a la corrupción. 2. EL AVANCE DE LA TRANSPARENCIA EN ESPAÑA: LEGISLACIÓN, ÓRGANOS DE CONTROL Y PORTALES DE TRANSPARENCIA Y BUENAS PRÁCTICAS4 El punto culmen de la legislación en materia de transparencia en España fue la aprobación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, publicada en el BOE núm.295, de 10/12/2013. La aprobación de la ley de transparencia fue la culminación de un proceso largo y complejo, que arranca con la inclusión de la necesidad de una ley de transparencia en los programas electorales de los partidos políticos en 2004, en el que juegan un papel fundamental las demandas de la sociedad civil (Guichot 2011) y otros acontecimientos, como el compromiso del Gobierno en su Plan de Gobierno Abierto de España en el marco de la Open Government Partnertship (OGP) 2012-2013 de aprobación de una norma de transparencia en nuestro país que, como destaca Cruz-Rubio (2014) en la evaluación de dicho Plan, este compromiso y su complimiento supone superar un retraso histórico en esta materia respecto a los países de nuestro entorno. Hay que recordar que España era hasta diciembre del año 2013 el único país de Europa con más de un millón de habitantes que no contaba con una ley de acceso a la información pública5. Sin entrar en un análisis comparativo con otros países europeos, y por poner unos ejemplos, Reino Unido tiene Ley de Libertad de Información efectiva desde 2005o, en el caso más extremo, Suecia reguló en 1766 la Transparencia informativa en la Ley 4 No se pretendeuna análisis exhaustivo del mismo, sino comentar los aspectos y casos generales que sirven de ejemplo paraponer de manifiesto los avances que se han producido en Transparencia en Españaen los últimos años 5 Este era uno de los argumentos utilizados por Access Info Europa para solicitar una ley de Transparencia. Esta organización promueve el derecho de acceso a la información como derecho humano, el derecho ciudadano a saber, vinculándolo con la participación ciudadana y la lucha contra la corrupción.
  • 6. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 6 para la Libertad de Prensa y del Derecho de Acceso a las Actas Públicas (Ackerman y Sandoval, 2005), lo que nos da una idea del punto de partida del caso español. Además, a nivel de Tratados Internacionales, se debe destacar el reconocimiento del Derecho de Acceso a los documentos, que aparece recogido en el artículo 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea6 (Cotino, 2013). 2.1. PRECEDENTES LEGISLATIVOS EN ESPAÑA Como se indica en el propio Preámbulo de la ley, ya existían en el ordenamiento jurídico español textos sectoriales que hacían referencia a la publicidad activa y que la ley venía a completar este ámbito conforme a las exigencias sociales y políticas del momento actual. Como destaca el propio Boletín Oficial del Estado “en materia de contratos, subvenciones, presupuestos o actividades de altos cargos nuestro país cuenta con un destacado nivel de transparencia”, en referencia al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; y la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Siguiendo con el propio Preámbulo subraya que la “previsión contenida en el artículo 105.b) de nuestro texto constitucional, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, desarrolla en su artículo 37 el derecho de los ciudadanos a acceder a los registros y documentos que se encuentren en los archivos administrativos”. Igualmente, aparece mención, en relación al derecho de acceso a la información, a “la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente y de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, que regula el uso privado de 6 El derecho de acceso a la información pública es reconocido en el ámbito de la Unión Europea al recogerse expresamente en el artículo 42 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Artículo 42 Derecho de acceso a los documentos. Todo ciudadano de la Unión o toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tiene derecho a acceder a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión. http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf
  • 7. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 7 documentos en poder de Administraciones y organismos del sector público (modificada por la Ley 18/2015, de 9 de julio). Además, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, a la vez que reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración por medios electrónicos (hasta la entrada en vigor el 3 de Octubre de 2016 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)”. Asimismo, se debe mencionar la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible; y la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. 2.2. LEGISLACIÓN AUTONÓMICA7 Y LOCAL La aprobación de la Ley de Transparencia Estatal supuso un pistoletazo de salida para la proliferación de leyes autonómicas. La propia Ley 19/2013 puede entenderse como un norma de mínimos, lo que deja margen para que las CCAA aprobaran normas de transparencia más favorables para los ciudadanos, siempre que respetaran los límites fijados por la legislación básica (Velasco, 2014). A eso debe añadirse el elemento de oportunidad política que supone promulgar una ley de transparencia cuando ésta forma parte clave del debate partidista en nuestro país. A continuación se enumeran las diferentes Leyes Autonómicas de Transparencia aprobadas por las CCAA hasta la fecha: 1. Ley 1/2014, de 24 de junio, de transparencia pública en Andalucía. 2. Ley 3/2014, de 11 de septiembre, de transparencia y buen gobierno de La Rioja. 3. Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de transparencia y participación ciudadana región de Murcia, modificada por Ley 7/2016, de 18 de mayo. 4. Ley12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia de Canarias. 5. Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia de Catalunya. 7Las leyes de transparencia pueden consultarse en el post de Melian Abogados Mapa de las Leyes Autonómicas de Transparencia: http://mymabogados.com/mapa-de-las-leyes-autonomicas-de- transparencia.html
  • 8. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 8 6. Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y participación ciudadana de Castilla y León. 7. Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón. 8. .Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana, modificada por Ley 2/2016, de 4 de marzo. 9. Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla- La Mancha. En tramitación o sin ley propia se encuentran: Cantabria, Comunidad de Madrid, Euskadi y el Principado de Asturias CCAA con normativa en la materia anterior a la Ley de Transparencia: 1. Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega, derogada por la Ley 1/2016 de 18 de enero de transparencia y buen gobierno de Galicia, 2. Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears. 3. Ley Foral de Navarra, 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto, modificada por la Ley Foral 5/2016, de 28 de abril, de modificación de la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto. 4. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Al igual que a nivel autonómico, a nivel municipal han proliferado la aprobación de Ordenanzas Locales de Transparencia en muchos ayuntamientos de España. De entre todas ellas cabe mencionar la “Ordenanza marco de transparencia, acceso a la información y reutilización”8 aprobada por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y que aprobada por la Junta de Gobierno de 27 de mayo de 2014. Se trata de un texto normativo al que las Administraciones Locales pueden adherirse. Como aparece en la propia página web de la FEMP9 “La Ordenanza ha sido elaborada con el 8 Puedes acceder a la Ordenanza de la FEMP en este enlace: http://www.fempclm.es/files/portalcontenidos/1020/documentos/transparencia.pdf 9 http://www.fempclm.es/Ordenanza-marco-de-transparencia-acceso-a-la-informacion-y- reutilizacion_es_288_1020.html
  • 9. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 9 objetivo de servir a las Entidades Locales como guía para hacer de sus Ayuntamientos entidades más transparentes y abiertas a la participación de los vecinos”. Otros Ayuntamientos, por el contrario, han desarrollado su propia ordenanza municipal, como el caso de los ayuntamientos de Madrid, Santander, Sevilla o Granada, por citar algunos ejemplos de textos en vigor. 2.2. ÓRGANOS DE CONTROL ESTATAL Y AUTONÓMICOS En España el órgano encargado de realizar dicho control es el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), tal como se establece en el artículo 3410 de la Ley 19/2013. En el propio preámbulo se advierte que en el Título III se aborda la creación de “un órgano independiente al que se le otorgan competencias de promoción de la cultura de transparencia en la actividad de la Administración Pública, de control del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, así como de garantía del derecho de acceso a la información pública y de la observancia de las disposiciones de buen gobierno. Se crea, por lo tanto, un órgano de supervisión y control para garantizar la correcta aplicación de la Ley.”. El CTBG es un organismo público adscrito orgánicamente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que se rige por lo dispuesto en la propia Ley y se desarrolla por el Real Decreto 919/2014 de 31 de Octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Tal como aparece en su página web11, el CTBG se rige supletoriamente por:  “la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado;  por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común;  por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; 10 Art. 34 Ley 19/2013 “El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene por finalidad promover la transparencia de la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio de derecho de acceso a la información pública y garantizar la observancia de las disposiciones de buen gobierno.” 11 Web del CTBG: http://www.consejodetransparencia.es/
  • 10. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 10  por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas;  por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público;  por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público;  así como por las demás normas que resulten de aplicación.” Su creación y puesta en marcha no estuvo exenta de polémica en lo referente al diseño normativo del órgano (Jiménez, 2014) o el sistema de elección de la figura del presidente, al no ser nombrado por el parlamento, sino a propuesta del titular del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y sometido a aprobación de una comisión del Congreso. Al igual que ocurre con la ley estatal y las autonómicas, las CCAA tienen sus propios órganos de control de transparencia. En la propia ley se establece que el CTBG sólo tiene competencias a nivel Estatal y en aquellas CCAA con las que se haya firmado convenio. En concreto, específica que “Para respetar al máximo las competencias autonómicas, expresamente se prevé que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sólo tendrá competencias en aquellas Comunidades Autónomas con las que haya firmado Convenio al efecto, quedando, en otro caso, en manos del órgano autonómico que haya sido designado las competencias que a nivel estatal asume el Consejo.”12 Existe una amplia variedad en lo referente a la naturaleza de los diferentes órganos creados a nivel autonómico. Algunas CCAA optaron por la creación de órganos de control unipersonales, como el Comisionado para la Transparencia de Canarias, la creación de órganos similares (con variantes) al estatal, como el caso de Aragón, Región de Murcia, Comunitat Valenciana o Andalucía, creando una Comisión de Transparencia para resolver las reclamaciones del derecho de acceso, como en las Illes Balears o adscribiendo dicha comisión a instituciones ya existentes, como el caso de Galicia o Castilla-León. Por último, destaca el caso de Catalunya, en que la Comissió de Garantia del Dret, d’Accés a la Informació Pública (GAIP) se encarga del derecho de acceso y el Síndic es el garante y receptor de las reclamaciones referidas a la publicidad activa. 12 Preámbulo de la Ley 19/2013
  • 11. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 11 Fuente Imagen realizada por el CTBG13 13 La imagen fue difundida por el CTBG en Twitter en https://twitter.com/ConsejoTBG/status/772715505874526208
  • 12. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 12 En las CCAA restantes, el Principado de Asturias, Cantabria, la Rioja, Extremadura, Castilla-La Mancha y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, es el CTBG el órgano que asume el control de la transparencia en sus territorios. 2.3. PORTALES DE TRANSPARENCIA En la Ley 19/2013 se establece el desarrollo de un Portal de Transparencia como instrumento para facilitar la transparencia y el derecho de acceso a la información pública. Igualmente recoge que el resto de Administraciones Públicas “podrán adoptar otras medidas complementarias y de colaboración para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia”14, facilitando que estas Administraciones implementen sus propios Portales de Transparencia. El 10 de diciembre de 2014 se puso en marcha el Portal de Transparencia de la Administración. Gral. del Estado15, cumpliendo así con uno de los compromisos del II Plan de Gobierno Abierto de España 2014-2015 en el marco de la OPG16. A pesar del reconocimiento del esfuerzo realizado para el desarrollo del Portal, su puesta en marcha recibió un aluvión de críticas de expertos y organizaciones de la sociedad civil, como Civio o Acces Info Europe. Entre ellas aparecen la falta de información nueva (hay mucha información recogida ya en otros sitios), el poco nivel de profundidad de la información mostrada, el uso de formatos no procesables, las dificultades para ejercer el derecho de acceso a la información pública (es necesario acceder con DNI electrónico o a través de una clave que se recibe en el teléfono móvil, el sistema de identificación que se basa en CLAVE) y la ausencia de vías alternativas de contacto17. A nivel autonómico también se han puesto en marcha Portales de Transparencia en consonancia con las diferentes leyes de transparencia aprobadas en cada Comunidad y sus diferentes concepciones y obligaciones.18 14 Art. 10.3 de la Ley 19/2013 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno 15 http://transparencia.gob.es/ 16 El Segundo Plan de Acción puede consultarse en: http://www.opengovpartnership.org/sites/default/files/II%20Plan%20de%20Acci%C3%B3n%20Open%20Governme nt%20Partnership%20DEF%20%281%29.pdf 17 Cinco aspectos que el Gobierno debería mejorar en el Portal de Transparencia. Artículo publicado en Huffington Post en el que Javier Vega, de Civio, y Victoria Anderica, de Access Info Europecomentan los aspectos a mejorar del Portal Gubernamental de Transparencia http://www.huffingtonpost.es/2014/12/10/portal-transparencia-fallos_n_6301982.html 18 Se pueden consultar los Portales Autonómicos de Transparencia en el Blog de Melián Abogados en el siguiente enlace:
  • 13. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 13 En el ámbito local el desarrollo de Portales de Transparencia está siendo desigual, en la medida en la que existen Ayuntamientos que han apostado por una web propia, los que se han adaptado al portal tipo de la FEMP, otros que lo han incorporado transversalmente en su web, los que se han preocupado simplemente del cumplimiento de las obligaciones legales, los que cumplen parcialmente con estas obligaciones, los que han utilizado elementos innovadores para facilitar la compresión de la información mostrada o los que, directamente, ni siquiera lo han puesto en marcha. Esta heterogeneidad en su desarrollo está, sin duda, condicionada por los recursos propios de los Ayuntamientos, la capacidad del mismo para acometer dicha tarea y, sobre todo, por la voluntad política de apostar o no por la transparencia. 2.4. BUENAS PRÁCTICAS EN EL ÁMBITO PÚBLICO Por último, merece la pena subrayar entre los avances realizados en transparencia en España alguna de las buenas prácticas puestas en marcha dentro del ámbito público. Son diferentes instrumentos, herramientas o innovaciones que se han realizado en materia de transparencia y que suponen un avance significativo por la profundidad de las propuestas, así como por su carácter innovador. Entre las mismas deben destacarse:  El proceso participativo en la elaboración del Protocolo de Transparencia de Alcobendas19  La publicación de las agendas de los concejales, directivos y personal eventual del Ayuntamiento de Madrid20  La Guía de Transparencia de la Diputación de Castellón21 y las Guías Sectoriales para Asociaciones y Fundaciones y Partidos Políticos, Organizaciones Sindicales y Empresariales de la Generalitat de Catalunya22  La creación de la Red de Entidades Locales por la Transparencia de la FEMP23 http://www.opengovpartnership.org/sites/default/files/II%20Plan%20de%20Acci%C3%B3n%20Open%20Governme nt%20Partnership%20DEF%20%281%29.pdf 19 Detalle sobre el proceso participativo en esteenlace: https://www.alcobendas.org/es/portal.do?TR=C&IDR=3301 20 Puedes consultar las agendas de los cargos públicos del Ayuntamiento de Madrid en el link que sigue: https://agendas.madrid.es/ 21 Se puede acceder a la Guía en este link: https://transparencia.dipcas.es/documents/75355/90860/Gu%C3%ADa+I+Actualizaci%C3%B3n+y+Mantenimiento+ del+Portal+de+Transparencia+Municipal/2033a77a-0ad2-4e83-8300-5d8d7beea6d6?version=1.3 22 http://exteriors.gencat.cat/ca/ambits-dactuacio/govern-obert/transparencia/Publicacions/altres_guies/# 23 Si quieres saber más sobre la Red de Entidades Locales por la Transparencia puedes hacerlo en el siguiente enlace:
  • 14. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 14  La creación del primer registro nacional de lobbies por la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC)24  La Estrategia GO! de la Diputación de Valencia, como herramienta de planificación en de Transparencia y Gobierno Abierto25  Plan de Innovación Pública del Gobierno Vasco 2014-201626, que cuenta con la transparencia y buen gobierno como uno de sus ejes estratégicos  Los criterios de interpretación de la Ley de Transparencia elaborados por el CTBG27  La Norma Foral de Transparencia de la Diputación Foral de Bizkaia28  La aprobación de Códigos de Éticos y de Conducta como el Código ético del Gobierno de las Illes Balears,29 el Código de Conducta de los altos cargos y del personal directivo de la Administración de la Generalitat y de las entidades de su sector público30 (Generalitat de Catalunya) o el Codi de Bon Govern de la Generalitat Valenciana31. 3. EVOLUCIÓN DE LOS PRINCIPALES INDICES DE EVALUACIÓN DE TRANSPARENCIA Tras poder contrastar los avances legislativos y las acciones que desde la Administración. Pública se han dado en transparencia en España, llega el turno de observar si esos progresos tienen sus frutos en las diferentes evaluaciones de transparencia que se han realizado. Para poder analizar ese efecto se acude a una serie de indicadores y estudios que han sido elegidos por su consistencia metodológica, su permanencia en el tiempo para medir la evolución, los objetos evaluados o la garantía que ofrecen las entidades que han llevado a cabo las investigaciones. http://femp.femp.es/Microsites/Front/PaginasLayout2/Layout2_Personalizables/MS_Maestra_2/_k6sjJ7QfK2Z5a0ypj GDF7hVCHy14AjBJbrBw0bPsMCI91AF5Q35sy0SLzLOH4R4Q 24 Registro de grupos de interés de la CNMC en: https://rgi.cnmc.es/ 25 http://go.dival.es/ 26 http://www.jusap.ejgv.euskadi.eus/informacion/plan-de-innovacion-publica-del-gobierno-vasco-2014-2016/r47- contbpip/es/ 27 Criterios de interpretación que establece el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: http://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/consejo/criterios_informes_consultas_documentacion/criterios.html 28 http://www.bizkaia.eus/home2/bizkaimedia/Contenido_Noticia.asp?Not_Codigo=15287&idioma=CA&dpto_biz=7 &codpath_biz=7 29 http://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?cont=52621&idsite=1847&&lang=es 30 http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Boletines/2016/50583.pdf 31 http://www.docv.gva.es/index.php?id=79&sig=003289/2016
  • 15. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 15 Hay que precisar que, aunque dichas evaluaciones miden la transparencia de las entidades u objetos que analiza, puede pasar que diferentes sistemas de evaluación de transparencia realizados dé lugar a resultados distintos para las mismas entidades, lo que no garantiza el nivel objetivo de la transparencia de la entidad evaluada (Delgado, 2015) y, mucho menos, tenga una traslación con la percepción que los ciudadanos tengan de la misma, cuestión que se tratará en el apartado número 4. 3.1. ÍNDICE DE TRANSPARENCIA DE LOS AYUNTAMIENTOS (ITA)32 Tal como aparece en la propia página web de transparencia Internacional, el ITA “constituye una herramienta para medir el nivel de transparencia ante los ciudadanos y la sociedad de los Ayuntamientos españoles”. Se trata de un índice que se realiza por oleadas y que se viene efectuando, con variaciones, desde el año 2008, por lo que, por su temporalidad, se ajusta perfectamente al examen de la evolución de la transparencia en las instituciones que se pretende. Además, los resultados de este índice y su repercusión mediática han supuesto, por sí mismas, una fuerte palanca emuladora de transparencia entre los ayuntamientos. En la siguiente Tabla puede apreciarse la evolución del ITA desde 2008 a 2014 en lo referente a la media de puntuación obtenida, así como el número de ayuntamientos que obtiene la máxima puntuación posible (100), el número que sacan un resultado de 50 y más y los que alcanzan una calificación por debajo de 50. Tabla 1- Evolución del Índice de Transparencia de los Ayuntamientos (ITA)33 2014 2012 2010 2009 200834 MEDIA DE PUNTUACIÓN 85,2 70,9 70,2 64,0 52,1 NÚMERO DE AYTOS CON 100 19 8 6 0 0 NÚMERO DE AYTOS QUE APRUEBAN (+50) 102 87 91 79 58 NÚMERO DE AYTOS QUE SUSPENDEN (-50) 8 23 19 31 42 Como puede apreciarse, los niveles de transparencia globales de los ayuntamientos evaluados han ido subiendo desde el primer ITA, pasando de 52,1 de media de puntuación en 2008 a 85,2 obtenida en 2014. Igualmente, se puede observar en el periodo estudiado 32 Toda la información disponible sobre detalles y metodología del ITA en el siguiente enlace: http://transparencia.org.es/indice-de-los-ayuntamientos-ita/ 33 Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional 34 En 2008 los ayuntamientos evaluados son 100, en lugar de los 110 que se evalúan en el resto de oleadas ITA.
  • 16. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 16 el aumento del número de ayuntamientos que consiguen la máxima valoración posible de 100 (de 0 a 19), así como la cantidad que obtienen una calificación mayor de 50, incrementándose de 58 en 2008 a 102 en 2014. Gráfico1- Media de puntuación del Índice de Transparencia de los Ayuntamientos35 Estos datos muestran que, además de los progresos señalados anteriormente, a nivel local se han realizado importantes esfuerzos en el ámbito de la transparencia que se ven reflejados en las evaluaciones elaboradas por Transparencia Internacional. Como puede advertirse también, el principal impulso se da en el periodo 2012-2014, coincidiendo con la aprobación de la Ley 19/2013 y la vacatio legis de un año que establecía para la Administración. Local. 3.2. ÍNDICE DE TRANSPARENCIA DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS (INCAU)36 El ITA tiene su homólogo a nivel autonómico en el Índice de Transparencia de las Comunidades Autónomas (INCAU). Tal como afirma Transparencia Internacional en la propia web “El Índice de Transparencia de las Comunidades Autónomas (INCAU) tiene un doble objetivo: Por una parte, realizar una evaluación del nivel de transparencia de los Gobiernos de las diferentes Comunidades Autónomas, y por otra, impulsar y 35Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional 36 Toda la información disponible sobre detalles y metodología del INCAU en el siguiente enlace: http://transparencia.org.es/indice-de-las-comunidades-autonomas-incau/ 85.2 70.9 70.2 64.0 52.1 0.0 10.0 20.0 30.0 40.0 50.0 60.0 70.0 80.0 90.0 20142012201020092008
  • 17. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 17 propiciar el aumento de la información que estas instituciones ofrecen a los ciudadanos y a la sociedad en su conjunto.”. Además de que el INCAU goza del elemento de permanencia en el tiempo que nos sirve para ver la evolución, la elección de este índice obedece a la información que nos ofrece a un nivel distinto de la Administración. Si el ITA cubre el espacio de la Administración Local, el INCAU nos aporta datos en la esfera autonómica, lo que ayuda a construir una imagen más completa de la transparencia en las distintas Administraciones existentes en España. En el caso del INCAU se han realizado 3 evaluaciones comprendidas entre 2010 y 2014, y como puede verse en el Gráfico 2 los niveles de puntuación obtenidos por las Comunidades autónomas han ido incrementándose en ese periodo. De esta manera se aprecia un crecimiento de 17,2 en las puntuaciones medias obtenidas en los diferentes INCAU. Así mientras en 2010 la media de las CCAA era de 71,6 en 2014 crece hasta el 88,8 puntos sobre 100 posibles. Gráfico 2- Media de puntuación del Índice de Transparencia de las CCAA37 También se aprecia una evolución positiva de la transparencia de las CCAA en la evolución del indicador referente al número de ayuntamientos que sacan la máxima puntuación. Así, mientras en los INCAU de 2010 y 2012 ninguna Comunidad Autónoma 37Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional 88.8 79.9 71.6 0.0 10.0 20.0 30.0 40.0 50.0 60.0 70.0 80.0 90.0 100.0 201420122010
  • 18. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 18 consiguió puntuación de 100, en 2014 son 3 las CCAA que logran las máximas puntuación posible en esta evaluación. Al igual que en el caso del ITA, este incremento en los resultados de la transparencia de las CCAA coincide con la aprobación de la Ley 19/2013 y la vacatio legis de un año que establecía para la Administración Autonómica. Parece, por tanto, que los esfuerzos autonómicos realizados en transparencia tienen su resultado en las evaluaciones que se han realizado al respecto. Tabla 2- Evolución del Índice de Transparencia de las Comunidades Autónomas (INCAU)38 2014 2012 2010 MEDIA DE PUNTUACIÓN 88,8 79,9 71,6 NÚMERO DE CCAA CON 100 3 0 0 NÚMERO DE CCAA QUEAPRUEBAN (+50) 17 17 17 NÚMERO DE CCAA QUESUSPENDEN (-50) 0 0 0 3.3. EVALUACIÓN DE LA TRANSPARENCIA EN EL SECTOR PÚBLICO ESTATAL Con el objetivo de aglutinar la mayor parte de la Administración existente en España se considera necesario analizar brevemente algunos de los principales resultados que se concluyen del I Informe de evaluación del cumplimiento de la Ley de transparencia en el sector público estatal elaborado por la Asociación Española de Acreditación de la Transparencia (ACREDITRA) para el CTBG. Este informe, a diferencia de los anteriores, no sólo se detiene en elementos propios de una evaluación de un sistema de indicadores determinado, sino que añade a su metodología elementos cualitativos y cuantitativos de percepción de la transparencia. No obstante, en una de sus fases, realiza una evaluación que contienen elementos similares a los índices anteriores y que será en la que nos centraremos exclusivamente.39 En esta investigación en una primera fase de aproximación se realiza el análisis de las webs/portales de transparencia de Fundaciones, Consejos Generales de Colegios 38Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional 39 Se puede acceder al Informe completo en la página web de ACREDITRA http://acreditra.com/2016/04/28/acreditra-y-el-ctbg-presentan-el-primer-informe-de-evaluacion-del-cumplimiento-de- la-ley-de-transparencia-en-el-sector-publico-estatal/
  • 19. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 19 Profesionales, Consorcios y Fundaciones. Las puntuaciones que están entidades obtienen se muestran en el siguiente Gráfico 3 Gráfico 3- Resultado de la Evaluación de las Entidades del Sector Público Estatal La conclusión general que se obtiene del estudio, realizado a finales de 2015, es que las entidades analizadas tienen un nivel insuficiente respecto al cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Transparencia. Ninguna de los tipos de entidades evaluadas consigue el aprobado, encontrándose todas por debajo de 5. Son las sociedades mercantiles con un 4,1 las que tienen un nivel mayor de transparencia y los Consejos Generales de los Colegios Profesionales los que salen peor valorados con un 1,8. Ciertamente, aunque en el informe se pone el acento en los esfuerzos realizados por las entidades, contrastan las bajas calificaciones de esta evaluación en comparación con la de otros sistemas de indicadores que evalúan otras organizaciones. La explicación a esta circunstancia puede ser doble, por un lado debido a que las entidades del sector público estatal se encontraban realmente en un nivel bajo de transparencia o, por otro, que sea fruto de las diferencias metodológicas de los sistemas de indicadores utilizados. 3.4. EVALUACIÓN DE PARTIDOS POLÍTICOS SOBRE TRANSPARENCIA Y CORRUPCIÓN La Administración Pública está formada por empleados públicos y representantes públicos, políticos. Si los índices anteriores están enfocados a la evaluación de la transparencia de las instituciones públicas, para tener una visión conjunta de los actores 3.7 2.1 1.8 4.1 0.0 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 FundacionesConsorciosConsejos Generales de Colegios Profesionales Sociedades Mercantiles
  • 20. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 20 que intervienen en ella aparece como imprescindible conocer las cotas de transparencia de las organizaciones políticas de las que nacen los representantes de los ciudadanos. En este apartado se utilizará el informe de Evaluación de Partidos políticos sobre transparencia y corrupción40 de TI, que serán comparados con los resultados del informe Transparencia, el mejor eslogan 201541, realizado por la Fundación Compromiso y Transparencia42 (FCYT) dedicado a la transparencia de los partidos y fundaciones políticas. En 2014 TI presentó su Evaluación de Partidos políticos sobre transparencia y corrupción de la que posteriormente realizó una nueva edición en 2015. En el Gráfico 4 se muestran los resultados de la evaluación de TI en 2015 y 2016. Aunque se evalúan un mayor número de partidos, sólo se han considerado los 5 principales que obtienen un mayor apoyo electoral a nivel estatal. Como puede apreciarse, a excepción de IU, todos los partidos sometidos a los indicadores de TI suben en 2015 respecto a la puntuación obtenida en el año anterior (Podemos no fue evaluado en 2014, año de su creación). La crisis y los diferentes movimientos sociales que reivindicaban transparencia y medidas de regeneración sucedidos en España conllevaron la introducción de la transparencia en la agenda política en estos años (Delgado, Carvajal y Sierra, 2016), hacen que se incorporen medidas de transparencia y contra la corrupción en el seno de los mismos, así como compromisos electorales en este sentido, lo que podría explicar esos cambios en las calificaciones. Los aumentos en las puntuaciones son considerables de un año a otro, destacando especialmente los casos del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y de Ciudadanos (C´s), que incrementan en 7 puntos su calificación, logrando ambos la máxima puntuación posible de 10. 40 Toda la información disponible sobre detalles y metodología de laEvaluación de Partidos políticos sobre transparencia y corrupción en: http://transparencia.org.es/evaluacion-partidos-politicos/ 41 Transparencia, el mejor eslogan 2015, es la quinta edición de un estudio realizado por FCYT. Puede descargarse el estudio desde la siguiente dirección (es necesario login): http://www.compromisoytransparencia.com/conocimientos/informes/ 42 Tal como aparece en su web “La Fundación Compromiso y Transparencia(antesFundación Compromiso Empresarial) se constituyó en el año 2007 por un grupo de profesionales procedentes del mundo de la empresa, la academia y el sector no lucrativo para impulsar el buen gobierno, la transparencia, la rendición de cuentas y el impacto social de las instituciones.”. Más info en: http://www.compromisoytransparencia.com/
  • 21. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 21 Gráfico 4 Evaluación de Partidos políticos sobre transparencia y corrupción TI 2014-1543 En la Tabla 3 se muestra el Ranking de Transparencia de las webs de los partidos políticos obtenidos de los datos del informe Transparencia, el mejor eslogan 2015, elaborado por FCYT. Los resultados se ordenan en función de 3 grupos dependiendo de la calificación alcanza: Transparentes (cuando cumplen dieciocho de los veintiocho indicadores de transparencia, siempre que incluyan dos de los indicadores relativos a la información económica: estados financieros e informe del Tribunal de Cuentas), Translúcidos (cuando cumplen al menos 9) y Opacos (cuando cumplen menos de esos 9 indicadores). Tabla 3 Ranking de Transparencia FCYT44 CLASIFICACIÓN PARTIDOS POLÍTICOS PUNTUACIÓN TRANSPARENTE TRANSLÚCIDOS PSOE 16 CIUDADANOS 13 PODEMOS 13 PP 13 OPACOS IZQUIERDA UNIDA 7 Cabe subrayar que por primera vez en las 5 ediciones que se ha elaborado este informe ninguno de los partidos evaluados se ubica en la categoría Transparente. Cuatro formaciones políticas se encuentran en el grupo Translúcidos: PSOE (16), Ciudadanos, PP y Podemos (13). En último lugar aparece IU con una puntuación de 7 y ubicado en la 43Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional 44 Elaboración propiaa partir de datos del informe de la Fundación Compromiso y Transparencia 8.0 10.0 6.0 10.0 8.5 4.5 3.0 5.0 3.0 0.0 2.0 4.0 6.0 8.0 10.0 PPPSOEIUCIUDADANOSPODEMOS 2015 2014
  • 22. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 22 categoría Opacos. Los resultados son, sin duda, menos optimistas que los que ofrece el informe de TI. Como afirma Martínez Isidoro (2016), los partidos políticos aún se encuentran lejos de asumir la transparencia como una de sus obligaciones públicas.45 4. EVOLUCIÓN DE LA PERCEPCIÓN DE LA CORRUPCIÓN Y TRANSPARENCIA Siguiendo el planteamiento expuesto anteriormente, a continuación se analizarán, brevemente, los resultados de la percepción de la corrupción en España en algunos de los estudios realizados al respecto. En concreto, se acudirá a los sondeos realizados por el Centro de Investigaciones Sociológicos, al Índice de la Percepción de la Corrupción de TI y el Barómetro de la Transparencia de ACREDITRA. 4.1. LA CORRUPCIÓN Y EL FRAUDE EN EL CIS La variable que mide la preocupación ciudadana por la corrupción y el fraude es medida en los barómetros del CIS dentro de la pregunta multirrespuesta “Problemas principales que existen actualmente en España”. En el Gráfico 5 que sigue aparecen los resultados obtenidos por esta variable en los barómetros realizados desde junio de 2011 a junio de 2016. Para observar gráficamente de una manera más clara la tendencia de la variable se han elegido dos puntos temporales en el año, diciembre y junio, omitiéndose los resultados obtenidos en el resto de barómetros realizados entre esos enclaves. 45 Un resumen del Informe elaborado por Beatriz C. Martisipuedeverse en: http://www.compromisoempresarial.com/carrusel/2016/06/ningun-partido-politico-es-transparente-segun-el-ranking- de-fundacion-compromiso-y-transparencia/
  • 23. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 23 Gráfico 5 Evolución por la corrupción y el fraude en los barómetros del CIS 2011-1646 Como puede verse, el incremento de la preocupación ciudadana en torno a la corrupción y el fraude como problema es evidente en el periodo temporal estudiado. Pasa de ser un problema principal prácticamente residual agrupando apenas a un 6,9% de los encuestados, a ser señalado por el 44,9% en junio de 2016, teniendo como punto álgido diciembre de 201447, cuando llego a ser mencionado como problema por el 60% de los entrevistados. La pregunta que incluye esta variable es una respuesta múltiple que luego es presentada de forma ordinal, elaborándose una especie de ranking de principales problemas ciudadanos. Si se consideran estos datos agregados y ordenados por el orden de importancia que otorgan ciudadanos puede apreciarse igualmente la tendencia global porcentual mostrada. Así, la corrupción y el fraude pasan de ocupar el puesto octavo en diciembre de 2011 a la segunda posición en diciembre de 2013, lugar que ya no abandona. El hecho señalado podría explicarse porque, si bien en periodos de crisis económicas crece la desafección y la apatía política, en España se ha producido un fenómeno inverso de participación reactiva de la ciudadanía (Valencia, 2013) que ha conllevado un aumento del interés por la política y una toma de conciencia ante los problemas relacionados conla vida pública. El aumento de la aparición de escándalos de corrupción en la prensa comienza a generar verdadera indignación, sobre todo cuando los españoles 46 Elaboración propias a partir de la explotación de los barómetros del CIS 47 Al elegir representar los barómetros cada 6 meses puede darse el caso de que se omita en la representación gráfica algún dato destacable como, por ejemplo, que el mayor datos de la corrupción y el fraude se dan en noviembre de 2014 con el 63 6.9 6 12.4 17.1 32.5 37.6 38.8 60 47.1 38.8 44.9 81.7 87.2 88.6 91.5 89.6 86.9 80.8 82 71.5 62.6 67.9 0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100 Jun-11 Dec-11 Jun-12 Dec-12 Jun-13 Dec-13 Jun-14 Dec-14 Jun-15 Dec-15 Jun-16 La corrupción y el fraude Situación Económica Mala o Muy Mala
  • 24. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 24 tienen una percepción negativa de la económica (Villoria, 2016), lo que se manifiesta en este cambio de tendencia hacia la corrupción y el fraude. 4.2. ÍNDICE DE PERCEPCIÓN DE LA CORRUPCIÓN48 El Índice de Percepción de la Corrupción es un indicador elaborado por Transparencia Internacional (IPC) desde 1995 que clasifica a países según la visión que tienen sus ciudadanos y distintos expertos sobre el asunto. Tal como TI define el IPC, se trata de “un indicador compuesto utilizado para medir las percepciones sobre corrupción en el sector público, en distintos países de todo el mundo49”. Los resultados que se obtienen mediante las diferentes metodologías de recolección de datos son tratados para elaborar un índice que mide una escala en la que 0 equivale al nivel más alto de percepción de corrupción, y 100 implica el nivel más bajo de percepción de corrupción. En el Gráfico 6 se muestra la evolución de los resultados de España en el IPC de los últimos 5 años, así como el puesto ocupado en el ranking que se elabora una vez son ordenados los países en función del IPC que obtienen. Como puede apreciarse, España baja en el ranking del puesto 31 al 36 en los últimos 5 años. En el lado contrario, la peor posición en la serie histórica en el ranking del IPC se produce en el año 2013 cuando ocupó el lugar número 40. En consonancia con estos datos, en los últimos años se aprecia un incremento en la percepción de la corrupción en la medida en que pasa de 65 puntos en 2012 (la mayor puntación de la serie histórica es 71 en 2002) a 58 en 2015 (el mejor puesto de toda la serie es el 20, también en 2002 y en 2000). 48 Toda la información disponible sobre detalles y metodología del IPCen: http://transparencia.org.es/indice-de-percepcion-de-la-corrupcion/ 49 Puede obtener una información más detallada del IPC en el siguiente enlace: http://transparencia.org.es/indice-de-percepcion-de-la-corrupcion/
  • 25. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 25 Gráfico 6- Evolución del Índice de Percepción de la Corrupción: España50 La comparación con los países de la Unión Europea no deja a España en buen lugar, ocupando el puesto número 18 de un total de 28 en 201551. Tabla 4- Percepción de la corrupción TI en países UE Ranking PAÍS UE Índice de Corrupción 2015 Ranking PAÍS UE Índice de Corrupción 2015 1 Dinamarca 91 15 Chipre 61 2 Finlandia 90 16 Lituania 61 3 Suecia 89 17 Eslovenia 60 4 Holanda 87 18 España 58 5 Luxemburgo 81 19 Malta 56 6 Alemania 81 20 República Checa 56 7 Reino Unido 81 21 Letonia 55 8 Bélgica 77 22 Hungría 51 9 Austria 76 23 Eslovaquia 51 10 Irlanda 75 24 Croacia 51 11 Francia 70 25 Grecia 46 12 Estonia 70 26 Rumanía 46 13 Portugal 63 27 Italia 44 14 Polonia 62 28 Bulgaria 41 50Elaboración propiaa partir de datos de Transparencia Internacional 51 Datos obtenidos de la tabla disponible en este link: http://transparencia.org.es/wp-content/uploads/2016/01/tabla_sintetica_ipc-2015.pdf 44 43 59 61 66 70 70 71 69 70 70 68 67 60 61 61 62 65 59 60 58 26 32 24 23 22 20 22 20 23 22 23 23 25 28 32 30 31 30 40 37 36 0 10 20 30 40 50 60 70 80 95 96 97 98 99 00 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 Índice de Corrupción Ranking de la Corrupción
  • 26. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 26 4.3. BARÓMETRO DE LA TRANSPARENCIA DE ESPAÑA52 El Barómetro de la Transparencia de España es un estudio de opinión pública pionero en España que se realiza con carácter anual desde el año 2015 por la Asociación Española de Acreditación de la Transparencia (ACREDITRA). El carácter innovador de la investigación radica en ser la primera de estas características que se realiza específicamente sobre transparencia a nivel nacional. El primer dato que subrayamos es la percepción que los ciudadanos tienen sobre la transparencia como elemento para prevenir la corrupción. Como se ve en el Gráfico que sigue, 3 de cada 4 ciudadanos creen que la transparencia ayuda a prevenir la corrupción en 2016, incrementándose un 4,7% respecto a 2015. Gráfico 7- Creencia en la transparencia como elemento para prevenir la corrupción En una escala de 0 a 10, en la que 0 es el menor nivel de transparencia posible y 10 el máximo, la valoración media de la transparencia de las instituciones que realizan los ciudadanos pone de manifiesto la poca confianza que se deposita en las mismas en este aspecto. La media global tiene una cierta mejoría pasando del 3,3 de 2015 al 3,7 de 2016, 52 Toda la información disponible sobre detalles y metodología del Barómetro de la Transparencia de España en: http://acreditra.com/bte/ 71.5 76.2 28.4 22 0 20 40 60 80 100 2015 2016 Respuestas afirmativas Respuestas negativas
  • 27. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 27 pero queda lejos del 5 que otorgaría el aprobado y, más aún, de las valoraciones que serían deseables. Tabla 5- Valoración Media de Instituciones (0-10) 2014 2015 MEDIA GLOBAL DE VALORACIÓN DE INSTITUCIONES 3,3 3,7 Así, en 2016, sólo las Universidades y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad aprueban en la valoración, con una calificación de 5,3 y 5,0 respectivamente. En el lado opuesto, es decir las peor valoradas, se encuentran los partidos políticos (2), el sector bancario (2,3) y el Gobierno de España (2,5). Gráfico 8- Valoración media de la transparencia de instituciones 2.0 2.3 2.5 2.8 3.4 3.4 3.5 3.5 4.3 4.9 5.0 5.3 0 1 2 3 4 5 6 Partidos políticos en general Sector bancario Gobierno de España Iglesia Comunidades Autónomas Sindicatos Organizaciones empresariales Ayuntamientos Medios de comunicación ONGs Fuerzas y Cuerpos de Seguridad Universidades
  • 28. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 28 5. CONSIDERACIONES FINALES A la vista de los datos mostrados en los epígrafes anteriores se presentan las siguientes consideraciones finales: 1. Con carácter general, parece obvio que los esfuerzos realizados por las Administraciones a favor de la transparencia, y que se ven refrendados en las evaluaciones realizadas al respecto, no han tenido una incidencia directa sobre la percepción de los ciudadanos sobre la propia transparencia y la corrupción. 2. Esta divergencia de resultados entre evaluaciones y percepción podría deberse a varias circunstancias. La explicación más sencilla podría venir derivada de las metodologías de los sistemas de medición y evaluación de transparencia, empeñados en dibujar una imagen estática de un hecho dinámico y polietápico. También podría explicarse por el cambio que se ha producido en los niveles de exigencia de integridad, de mayor ética pública y en el sentimiento de (in)tolerancia contra la corrupción de los ciudadanos que se ha elevado en los últimos años. La reivindicación de transparencia como elemento de lucha contra la corrupción de una clase política que es considerada como una élite extractiva (Acemoglu y Robinson, 2013) eleva los niveles en la valoración que se hace de la misma, cuestión que se acrecienta en periodos de crisis económica y que se vería reflejado en los resultados de los diferentes estudios. Por último, también debería de considerarse que la transparencia, aunque sea completamente necesaria para mejorar los niveles de corrupción al actuar como mecanismo disuasorio y fundamental para la efectiva rendición de cuentas, no es el único elemento que incide en la existencia de corrupción. Ahondando en esta última idea, si tal como afirma Villoria (2015) existe una correlación empíricamente demostrable entre transparencia y bajos niveles de corrupción, que las evaluaciones de transparencia sean tan positivas mientras que los ciudadanos no aprecien esos cambios en la percepción de la corrupción puede ser debido a que, además de las opciones expuestas, exista un problema en las instituciones a la hora de comunicar su actividad. La transparencia conlleva un cambio de paradigma en la manera de actuar, la comunicación pasa de unidireccional a bidireccional, siendo necesario crear canales vivos de comunicación entre la Administración y la ciudadanía.
  • 29. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 29 3. No se pueden negar los avances realizados en materia de transparencia, pero para que éstos sean percibidos por los ciudadanos y conlleven cambios efectivos no se debe de caer en la autocomplacencia. Al contrario, entendiendo la transparencia es un proceso en constante renovación se podría decir que en España se está en el comienzo del camino. A lo largo de este pasaje se hace necesario la implantación de nuevas figuras, procedimientos y herramientas que innoven y garanticen el efecto de la misma sobre la corrupción. Son muchas las voces que ya han propuesto cambios en la propia Ley 19/2013, así como la introducción de nuevos elementos de mejora en este proceso hacia la transparencia. Entre ellas destacamos las señaladas recientemente por algunos autores, pasado un periodo de tiempo suficiente desde la aprobación y vigencia de la Ley, lo que añade cierta perspectiva temporal e incrementa el valor de la observación a sus reflexiones:  Blanes (2016), enumera como mejoras necesarias 1) el reconocimiento del derecho de acceso a la información pública como un derecho fundamental; 2) la limitación y concreción de las excepciones y causas de inadmisión; 3) la ampliación de las obligaciones del ámbito subjetivo de aplicación al nivel de la Administración a aquellas entidades privadas que prestan servicios de interés general y los concesionarios de servicios públicos; 4) que el silencio administrativo sea positivo, salvo manifiesta excepción legal, y además deba ir acompañado de un procedimiento judicial rápido y gratuito; 5) la aplicación de la Ley no solo de forma supletoria, sino plena, en todas aquellas materias y procedimientos que tengan una normativa específica de acceso a la información pública; 6) agregar competencia sancionadora al CTBG ante incumplimientos de la Administración y capacidad para instruir y 7) resolver los procedimientos sancionadores ante los incumplimientos de la Ley, así como para incoar y resolver los procedimientos para sancionar las infracciones de la Ley; o 8) la necesidad de diseñar un proceso judicial especial rápido, sumario, gratuito y sin abogado ni procurador para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contenida en la Ley.  Campos Acuña (2016) señala que se debería regular el estatuto del denunciante de buena fe (whistleblower); aprobar un régimen sancionador
  • 30. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 30 en la Ley; demandar más transparencia en la interacción de los lobbies con los poderes públicos que permita ejercer un mayor control.  García Melián, (2016), por su parte, aboga por trasladar figuras del ámbito privado como el compliance al ámbito público, introduciendo la necesidad de que las Administraciones Públicas incorporen programas de cumplimiento normativo que estén reforzados por mecanismos que garanticen su efectividad. 4. Para completar la efectividad de las medidas implementadas en transparencia se necesita hacer pedagogía de la transparencia, que sirva de caldo de cultivo para la implantación de una cultura de la transparencia real en las instituciones. Sin la existencia de esta cultura las medidas puestas en marcha no pasarán de una transparencia meramente estética o transapariencia, es decir, un paripé que se reduce a un mero parecer más que un ser efectivo (Almonacid, 2015) que no llega a la ciudadanía. Tal como afirma Jiménez Asensio (2016) “los pasos dados hasta ahora no superan el estadio de medidas de mero maquillaje” y, por consiguiente, los ciudadanos difícilmente podrán percibir cambios significativos en la actuación de la Administración. 5. Por último, parece necesario que los responsables y autoridades públicas promuevan la creación de un sistema de evaluación de transparencia riguroso, estandarizado, valido, confiable e independiente que entienda la transparencia como una política pública y garantice su medición objetiva, como la iniciativa puesta en marcha para elaborar una metodología de evaluación de la transparencia de las instituciones públicas, tanto a nivel estatal como autonómico, fruto de la colaboración entre el CTBG y la AEVAL.
  • 31. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 31 6. BIBLIOGRAFÍA 6.1. LIBROS, ARTÍCULOS, PONENCIAS Y REVISTAS  Acemoglu, D. and Robinson, J. (2012). Por qué́ fracasan los países. Barcelona: Deusto.  Ackerman, John M. e Irma E. Sandoval (2005). Leyes de Acceso a la Información en el Mundo. Cuadernos de Transparencia, núm. 7. México: Instituto Federal de Acceso a la Información Pública.  Colón de Carvajal Fibla, B. (2016). Más allá de la Transparencia: buscando un enfoque integral hacia la Rendición de Cuentas. ISSN 2444-2607, núm. 2. ACREDITRA. Murcia, pp.14-19.  Cotino Hueso, Lorenzo (2013). Derecho y «Gobierno Abierto». La regulación de la Transparencia y la participación y su ejercicio a través del uso de las nuevas tecnologías y las redes sociales por las Administraciones Públicas. Propuestas concretas. Revista Aragonesa de Administración Pública, XIV, pp. 51-92.  Cruz-Rubio, César Nicandro. (2014) Compromisos y evaluación del Plan de Gobierno Abierto de España en el marco de la Open Government Partnership 2012-2013. Actualidad Administrativa. Julio-agosto de 2014. Número 7-8. Número monográfico especial: Gobierno Abierto y OpenData. 2014. ISSN: 1130- 9946. Madrid. pp. 815-826.  Delgado Morales, Francisco (2015). Sistemas de Medición y Transparencia en los Ayuntamientos. Revista Española de la Transparencia ISSN 2444-2607, núm. 0. ACREDITRA. Murcia. pp12-17.  Delgado Morales, Francisco (2015). ¿De qué hablamos cuando hablamos de Transparencia?. Revista Española de la Transparencia ISSN 2444-2607, núm. 1. ACREDITRA. Murcia. pp24-30.  Delgado Morales Francisco, López Carvajal F. Javier y Sierra Rodríguez, Javier (2015). Regulación y Sistemas de Evaluación de la en España. Revista de Derecho de la Hacienda Pública. ISSN-2215-3624 Contraloría General de la República. San José Costa Rica. pp 111-134.
  • 32. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 32  Emmerich, Gustavo Ernesto. (2011). Transparencia, Rendición de Cuentas, Responsabilidad Gubernamental y Participación Ciudadana. Biblioteca Básica de Administración Pública, 14, pp.107-130.  Guichot Reina, Emilio. (2011.) Transparencia y acceso a la información pública en España: análisis y propuestas legislativas. Documento de trabajo 170/2011. Laboratorio de Alternativas. ISBN: 978-84-92957-67-5. Fundación Alternativas.  Han, Bying-Chung (2012). La sociedad de la transparencia. Herder Editorial. Barcelona. 2013  Klitgaard, R. (1988).Controlling corruption. Berkeley, Calif.: University of California Press.  Sosa, J. (2011). Transparencia y Rendición de Cuentas. Un ensayo introductorio. Biblioteca Básica de Administración Pública, 14, pp.17-45.  Valencia Sáiz, Ángel (2013). “Democracia y Crisis: El malestar de la democracia”, XI Congreso de Ciencia Política. Sevilla: AECPA.  Velasco Rico, Clara Isabel (2014). La cuestión competencial en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre: ¿de qué margen disponen las CCAA en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno?. Revista Jurídica de Castilla y León, núm. 33.  Villoria, Manuel y Fernando Jiménez (2012). La corrupción en España (2004- 2010): datos, percepción y efectos, REIS, núm. 138, pp. 109-134.  Villoria, M. (2013). Corrupción Pública. Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, 5. ISSN 2253-6655, pp.159-167.  Villoria, M. (2015). La transparencia como política pública. Algunas reflexiones. Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, 7. ISSN 2253-6655, pp.85-103.  Villoria, Manuel. y Rodríguez-Alujas. Álvaro. (2011). La transparencia: marco conceptual, Revista Democracia y Gobierno Local, núm. 15. ISSN: 2013-0341. Fundación Democracia y Gobierno Local. Madrid. pp. 10-15.
  • 33. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 33 6.2. PÁGINAS WEBS-ARTÍCULOS DE CONSULTA  Almonacid Lamelas, V. (2015). Open rata, Plan deformación, Perfil del ignorante y otras malas prácticas. Blog de Víctor Almonacid. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: https://nosoloaytos.wordpress.com/2015/03/06/open-rata-plan-deformacion- perfil-del-ignorante-y-otras-malas-practicas/  Blanes, M. (2016). Propuestas de mejora de la Ley estatal de transparencia. Miguel Ángel Blanes. . [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: https://miguelangelblanes.com/2016/07/07/propuestas-de-mejora-de-la-ley- estatal-de-transparencia/  Campos Acuña, C. (2016). Transparencia. Algo no estamos haciendo bien. En Novagob.org. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: http://www.novagob.org/blog/view/180667/transparencia-algo-no-estamos- haciendo-bien  Campos Acuña, C. (2016). Para qué sirve la transparencia?.Novagob. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: http://www.novagob.org/blog/view/161576/para-que-sirve-la-transparencia  Campos Acuña, C. (2016). ¿Modificamos la Ley de Transparencia? Tres propuestas de mejora. Novagob.org. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: http://www.novagob.org/blog/view/201083/%C2%BFmodificamos-la-ley-de- transparencia-tres-propuestas-de-mejora  Carta de Derechos Fundamentales de la UE [Acceso Sep. 2016]. http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf  García Melián, J. (2016). Mapa de las Leyes Autonómicas de Transparencia. Melian Abogados. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: http://mymabogados.com/mapa-de-las-leyes-autonomicas-de-transparencia.html  García Melián, J. (2016). Transparencia Pública: una vuelta de tuerca necesaria. Melian Abogados. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: http://mymabogados.com/transparencia-publica.html  Jiménez Asensio, R. (2016). Mentiras de la transparencia. En LA MIRADA INSTITUCIONAL”. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: https://rafaeljimenezasensio.com/2016/05/29/mentiras-de-la-transparencia/
  • 34. AVANCES, EVALUACIÓN DELA TRANSPARENCIA Y PERCEPCIÓN CIUDADANA DELA CORRUPCIÓN Francisco Delgado Morales y Rafael Camacho Muñoz VII Congreso Internacional GIGAPP 2016.Madrid. Octubre 2016 34  Jiménez, F. (2014). ¿Qué cabe esperar del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno? Hayderecho.com. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: http://hayderecho.com/2014/06/11/que-cabe-esperar-del-consejo-de- transparencia-y-buen-gobierno/  Martínez Isidoro, Beatriz C. (2016). Ningún partido político es transparente, según el ranking de Compromiso y Transparencia. Compromisoempresarial.com. [Acceso Sep. 2016]. Disponible en: http://www.compromisoempresarial.com/carrusel/2016/06/ningun-partido- politico-es-transparente-segun-el-ranking-de-fundacion-compromiso-y- transparencia/  Página Web de la Asociación Española de Acreditación de la Transparencia. ACREDITRA. [Acceso Sep. 2016].http://www.acreditra.com  Página Web de Transparencia Internacional España [Acceso Sep. 2016] http://transparencia.org.es/  Página Web del Centro de Investigaciones Sociológicas [Acceso Sep. 2016] http://www.cis.es/cis/opencms/ES/index.html  Villoria, M. (2016).Revista de Libros: «La corrupción en España» de Manuel Villoria. Revistadelibros.com. [Acceso Sep. 2016].Disponible en: http://www.revistadelibros.com/articulos/la-corrupcion-en-espana