Este documento presenta un mapa conceptual sobre las cuestiones previas en derecho procesal venezolano. Explica que las cuestiones previas son mecanismos de defensa que puede oponer el demandado para subsanar vicios en el proceso o desechar la demanda. Se clasifican 11 cuestiones previas y se especifica el plazo de 20 días para oponerlas. También se dividen en cuestiones atinentes a los sujetos procesales, a la regularidad formal de la demanda y a la pretensión o acción. El juez debe decidir sobre
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VECERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO-EDO-LARA
MAPA CONCEPTUAL
RONNIMAR MENDOZA
C.I: 25.760.308
SECCIÓN: SAIA D
Barquisimeto, Julio 2017
2. CUESTIONES PREVIAS
Son
Mecanismos de defensa que dispone el demandado para exigir que se subsane algún vicio dentro del proceso o en su defecto se deseche la demanda por existir algún
impedimento de la ley para proseguir con la litis.
Según
Artículo 346 C.P.C.
Se clasifica Oportunidad para oponerlas
1° La falta de jurisdicción del juez
2° La ilegitimidad de la persona del actor
3° La ilegitimidad de la persona que se presente como
apoderado o representante del actor
4° La ilegitimidad de la persona citada como representante del
demandado
5° La falta de caución o fianza necesaria para proceder al juicio
6° El defecto de forma de la demanda
7° La existencia de una condición o plazo pendientes.
8° La existencia de una cuestión prejudicial que deba resolverse
en un proceso distinto.
9° La cosa juzgada
10° La caducidad de la acción establecida en la ley.
11° La prohibición de la ley de admitir la acción propuesta
20 días de despacho después de
la citación del último de los
demandados
Podrá el demandado en vez de
contestarla promover las
cuestiones previas
Son
Excepciones para la
resolución de la controversia
Contemplan
Cuestiones Atinentes
Se dividen en
A los sujetos procesales
Ordinal 1º
A la regularidad formal de la demanda
(Subsanables)
A la pretensión A la acción
Supuesto
Falta de jurisdicción o
Incompetencia del juez
Litispendencia o
acumulación de procesos
por razones de
accesoriedad, de conexión
o de continencia
Ordinales 2º al 6º
No subsanó o consideración
ineficaz del juez la subsanación
En
Decisión 10 días siguientes al vencimiento del
lapso probatorio
Si declara lugar, es obligatorio que la parte debe
subsanar
Si no subsana se extingue el proceso
Ordinal 7º y 8º
Estos pueden conducir a la
suspensión del proceso ante la
sentencia definitiva a los fines que
se cumpla la condición o se
resuelva la cuestión judicial
Debe ser decidida
10 días siguientes al
vencimiento del lapso
probatorio
Ordinal 9º,10º y 11º
Pueden conducir a que
sea desechada la
pretensión contenida en
el libelo de demanda o se
extinga el proceso
Deben ser decididas
10 días siguientes al
vencimiento del
lapso probatorio