Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Mx genéricos mcd equipo 5
1. Presentados por:
Murillo Arias Íngrid Lorena
Yenni Sirlei Camacho V.
Ana María Gonzalez
Mayra Valencia
Karol Rivera
Jesica Lennis Luna
2. Un medicamento genérico es un medicamento que no se
distribuye con un nombre comercial y posee la misma
concentración y dosificación que su equivalente de marca. Los
medicamentos genéricos producen los mismos efectos que su
contraparte comercial, ya que poseen el mismo principio activo.
3. INDICACIONES:
No consumir en mujeres embarazadas o lactantes, niños menores de un año ( según
prescripción medica). Los medicamentos genéricos también pueden causar
hepatotocixidad.
4.
5. Los fármacos se conocen a menudo por varios nombres. Cuando se
descubre por primera vez un fármaco, se le da un nombre químico,
una versión simplificada del nombre químico para facilitar la
referencia entre los investigadores. Se le asignan dos nombres
adicionales: un nombre genérico y un nombre comercial que lo
identifica como propiedad exclusiva de una determinada compañía.
6.
7. Los Medicamentos de Control Especial (M.C.E.) son los que por su potencial de
causar abuso y dependencia son restringidos en su comercialización por lo que
su venta es exclusivamente bajo fórmula médica y se distinguen por una franja
violeta que llevan en su empaque con la inscripción medicamento de control
especial. Estos medicamentos son usados inadecuadamente para fines
diferentes a los terapéuticos por lo que puede llegar a constituirse en un riesgo
para la salud y un problema de salud pública.
8. RESOLUCION 1478 DE 2006
De acuerdo con el artículo 20 del Decreto 205 de 2003 el Fondo Nacional de
Estupefacientes es la UAE-Unidad Administrativa Especial del Ministerio de la Protección
Social que tiene como objeto la vigilancia y control sobre la importación, exportación,
distribución y venta de materias primas de control especial o sustancias sometidas a
fiscalización, medicamentos que las contengan y las de monopolio del Estado a que se
refiere la Ley 30 de 1986 y demás disposiciones que expida el Ministerio de la Protección
Social, así como apoyar los programas para prevenir la fármacodependencia que
adelante el Gobierno Nacional;
Que al ser sustancias y medicamentos que crean dependencia; su uso inadecuado
conlleva al manejo ilícito de los mismos, por lo que es necesario fortalecer los sistemas
de vigilancia, seguimiento y control.
9. En Colombia existen básicamente dos tipos de medicamentos de control
especial teniendo como parámetro su comercialización:
1. Medicamentos de control especial monopolio del
Estado.
Dado su mayor potencial de causar dependencia y abuso el
Estado tiene el monopolio exclusivo sobre todas las
presentaciones de los medicamentos cuyos principios activos
son la Morfina, Hidromorfona, Meperidina, Metadona,
Metilfenidato y Fenobarbital, haciéndose responsable único de
su fabricación y distribución:
Fenofarvital Hidromorfona
Hoja de coca y susderivados Morfina
Meperidina Metilfenidato
Elixir paregorico Metadona
Hidrato de cloral Opio
10. Morfina: Analgésico narcótico principal alcaloide del opio.
Hidromorfona: Analgésico narcótico utilizado para aliviar el dolor.
Meperidina: Analgésico narcótico empleado para reducir dolores de parto, así como
antes y después de operaciones quirúrgicas.
Metadona: Analgésico narcótico empleado en el tratamiento del dolor crónico y severo
y tratamientos en la desintoxicación de adictos.
Metilfenidato: Estimulante del sistema nervioso central, el tratamiento de
niños híper activos.
Fenofarvital: Su uso es anticonvulcionante.
todas las presentaciones de medicamentos cuyos principios activos son:
11. 2. Medicamentos de control especial comercializados por la industria
farmacéutica.
A este grupo pertenecen todos los demás medicamentos de control especial que
son fabricados y comercializados por la industria farmacéutica los cuales se
venden exclusivamente con fórmula médica.
Existe otro tipo de Medicamentos que contienen materias primas de control
especial pero no son franja violeta
Las benzodiazepinas (también llamadas “benzos”) son tranquilizantes
menores. A través de su acción se enlentece la actividad del sistema
nervioso central. Así como el alcohol y los opiáceos. Dentro de las
cuales se encuentran:
Lorazepam
Flunitrazepam
Bromazepam
Clonazepam
Diazepam
Midazolam
Triazolam
Alprazolam.
12.
13. MECANISMO DE ACCIÓN
Antipsicótico fenotiazínico. Antidopaminérgico, estimula la
producción de prolactina. Presenta intensa actividad
antiemética, anticolinérgica, sedante y bloqueante alfa-
adrenérgica. También posee cierta actividad antipruriginosa,
anestésica local y analgésica.
INDICACIONES
estados de ansiedad de
cualquier origen, excitación
psicomotriz, estados
depresivos, psicosis agudas y
crónicas, Trastornos del sueño,
dolor grave.
PRECAUCIONES
alteraciones cardiovasculares graves,
diabetes, enfermedades
respiratorias, epilepsia, Depresión,
glaucoma en ángulo estrecho, retención
urinaria , insuficiencia, parkinsonismo,
síndrome de reye.
14. 1. Solicitar al usuario la formula del recetario oficial (original y copias).
2. Verificar que la formula del recetario oficial cumpla con los requisitos definidos por la institución
3. Si la formula medica no cumple con los requisitos establecidos: falta de información, no es
legible o clara), o contiene posibles errores no dispensar el medicamento.
4. En estos casos, registrar al reverso de la formula medica el requisito que incumple.
5. La formula del recetario oficial tiene un tiempo de validez de 72 horas a partir de la fecha de
expedición.
6. En este caso se le informa al usuario que debe dirigirse al auxiliar administrativo líder para
solicitar la autorización.
7. Registrar en el sistema la formula medica según el manual del sistema, verificando que los
medicamentos formulados correspondan con los despachados.
15. 8. Diligenciar en el "recetario oficial" en el campo correspondiente los apellidos y nombres de
quien recibe y el numero de documento de identidad, y solicitar la firma del recetario.
9.formulas del recetario oficial despachadas deben estar identificadas con el nombre de la
persona que la entrega.
10.Registrar en el campo correspondiente el nombre y la dirección de la sede, y la fecha del
despacho.
11.al usuario los medicamentos de control especial, verificar que los medicamentos y
cantidades sean las formuladas; y el estado y la fecha de vencimiento del medicamento, y
colocar en el "recetario oficial" el sello de despacho y entregar una copia al usuario.
12.la salida de medicamentos despachados en el libro de medicamentos de control especial DE
FORMA INMEDIATA SI ES POSIBLE.
13.Archivar al copia de recibo del reporte en la respectiva carpeta, garantizando de esta manera
que se encuentren siempre disponibles.