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CONTRATO
LABORAL POR
OBRA O LABOR
CURSO MEI 2
INTEGRANTES
JOSE RAFAEL CARRILLO
BENYER BROCHERO
LUIS MARIO SANJUANELO
CONTRATO DE TRABAJO
Contrato de trabajo es aquel por el cual una
persona natural se obliga a prestar un
servicio personal a otra persona natural o
jurídica, bajo continuada subordinación
cumpliendo órdenes y recibiendo por su
labor una remuneración.
Partes:
Empleador
Empleado, Trabajador o Colaborador
CONTRATO DE TRABAJO
Elementos Esenciales
-Prestación personal del servicio
-Continua Subordinación
-Retribución Económica o
remuneración
Elementos Generales
-Capacidad
-Consentimiento
-Objeto Lícito
CLASES DE
CONTRATO DE TRABAJO
POR SU FORMA
-Verbal
-Escrito
POR SU DURACIÓN
-Término fijo
-Término
indefinido
-De obra o labor
SEGURIDAD SOCIAL:
SALUD PENSION ARL PARAFISCALES
EMPLEADOR 8,50% 12% 0,522%
9%
Caja de
Compensación
Familiar 4%.
ICBF 3%.
SENA 2%.
TRABAJADOR 4% 4%
CREE
Beneficio de
Reducción para las
empresas y personas
naturales que
empleen mas de 2
trabajadores.
TOTAL
DE
APORTES
12,5% 16% 0,522%
PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL
EMPLEADOR:
Art 57 CST
-
- Afiliarse a la seguridad social y cancelar
los aportes.
- Cancelar el salario.
- Cancelar las prestaciones sociales.
- Suministrar todo lo necesario para
la prestación del servicio.
- Entregar la certificación laboral.
- Conceder permiso para las licencias …
- Cancelar los gastos cuando se traslada
al trabajador.
PRINCIPALES PROHIBICIONES
AL EMPLEADOR
Art. 59 CST
- Retener dinero sin autorización.
- Obligar a comprar cosas al
empleador.
- Afectar las condiciones dignas.
- No permitir la asociación.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADO
-Art. 58 CST
-Realizar personalmente la labor.
-No comunicar información del empleador.
-Conservar en buen estado los útiles
de trabajo.
-Comunicar las observacionesque estime
contundentes a evitarle daño.
-Cumplir las instrucciones y
órdenes del empleador.
PROHIBICIONES DEL EMPLEADO
Art 60 CST
- Sustraer cosas del trabajo sin
permiso del empleador.
- Presentarse embriagado o drogado.
- Faltar al respeto.
- Utilizar lo proporcionado
en actividades diferentes.
- Faltar o retirarse del trabajo
sin justificación.
SALARIO
El salario, es el pago que recibe en
forma periódica un trabajador de
mano de su empleador a cambio del
trabajo para el que fue contratado.
SALARIO EN ESPECIE
Debe constar por escrito.
No puede ser + 50% y en SMLV +
30%
PAGOS CONSTITUTIVOS DE SALARIO
- La remuneración ordinaria, fija o variable
- Primas (definidas como salario)
- Sobresueldos
- Bonificaciones habituales
- Horas extras
- Trabajo en día de descanso obligatorio
- Porcentaje sobre ventas y comisiones
PAGOS NO CONSTITUTIVOS DE SALARIO
o Las sumas que ocasionalmente y por mera
liberalidad que recibe el trabajador.
o Lo que recibe en dinero o en especie no para
su beneficio, ni para enriquecer su
patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad
sus funciones.
RECARGOS
Es la remuneración por la labor desempeñada
en la jornada adicional a la estipulada en el
contrato de trabajo.
TIPO
HORARIO
FACTOR
DESDE HASTA
Extra Diurna 6:00 a.m. 10:00 p.m. 25%
10:00 p.m. 6:00 a.m. 75%
Extra Nocturna
Recargo Nocturno 10:00 p.m. 6:00 a.m. 35%
Dominical o festiva
75%
SALARIO INTEGRAL
✔ Remuneración + factor prestacional a que
tiene derecho, sin que dicho valor sea
inferior a 10 SMLV más el 30% por el factor
prestacional.
✔ La seguridad social se cancela sobre el 70%
del salario integral.
✔ Solo se cancelan las vacaciones.
DESCUENTOS POR NÓMINA
o El empleador no puede deducir, retener o
compensar suma alguna, sin orden suscrita por
el trabajador, para cada caso, o sin mandato
judicial.
o Son permitidos los descuentos y retenciones
por conceptos de cuotas sindicales y de
cooperativas y cajas de ahorros, autorizadas de
forma legal.
o Las deducciones que se efectúen no pueden
afectar el SMLV así medie autorización.
PRESTACIONES SOCIALES:
🞇 Prima de servicios (15 días de salario, 2
veces en el año, se paga al trabajador, antes
del 30 jun y 20 dic) S*#días/360.
🞇 Cesantía (1 salario por cada año, se
consigna en fondo de Cesantías, antes del
14 feb) S*#días/360.
🞇 Intereses sobre cesantía (12% de las
cesantías, 1 vez en el año, antes del 31 de
enero, se paga al trabajador) C*12%*#días/360.
🞇 Vacaciones (Descanso remunerado, 15
días hábiles) S*#días/720.
OTRAS PRESTACIONES:
🞇 Licencia de maternidad
(Descanso remunerado 3 ½
meses, 14 sem).
🞇 Licencia de Paternidad (8 días
hábiles)
🞇 Calzado y vestido de labor (tres veces
en el año, para quien devengue hasta 2
SMLV).
🞇 Subsidio de Transporte (pago
mensual, para quien devengue hasta 2
SMLV) .
🞇 Licencia de luto (5 días hábiles por
PERIODO DE PRUEBA
Etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por
objeto, por parte del empleador, apreciar las aptitudes
del empleado, y por parte de éste, la conveniencia de
las condiciones del trabajo.
El periodo de prueba debe ser estipulado por escrito y
no puede exceder de dos (2) meses; aquellos contratos
inferiores a un año el periodo de prueba no debe ser
superior a la quinta parte del término inicialmente
pactado para el respectivo contrato, sin que exceda de
dos meses.
La Suspensión del contrato es el lapso durante el cual se
interrumpe las obligaciones adquiridas, por ambas
partes. La suspensión se puede dar por:
-Fuerza mayor que impida la ejecución del contrato
-Por muerte o inhabilitación del empleador
-Por suspensión de actividades o clausura temporal de la emp
-Por licencia concedida por el empleador al trabajador
-Por ser llamado el trabajador a prestar servicio militar
-Por la detención preventiva del trabajador
-Por huelga declarada
SUSPENSIÓN DEL CTTO DE
TRAB
TERMINACIÓN O FINALIZACIÓN
-El contrato de trabajo termina:
-Por muerte del trabajador
-Por mutuo consentimiento
-Por expiración del plazo fijo pactado
-Por terminación de la
obra o labor
contratada
-Por liquidación o clausura definitiva de la
empresa o establecimiento
-Por suspensión de actividades por parte
del empleador durante más de 120 días
JUSTA CAUSA PARA EMPLEADOR
ART. 62 LITERAL A
JUSTA CAUSA PARATRABAJADOR
ART. 62 LITERAL B
SIN JUSTA CAUSA
-Se entiende que un trabajo
termina sin justa causa, por
que no hay incumplimiento
de lo pactado, con
indemnización de perjuicios
a cargo de la parte
responsable.
-Esta indemnización
comprende el lucro cesante
y el daño emergente.
INDEMNIZACIÓN
✔ Para contrato a término indefinido
INGRE
SOS
1er.
Año.
Posteri
ores
< 10
SMLV
30 20
> 10
SMLV
20 15
✔ Se pagan los días entre la fecha de retiro y
la fecha de liquidación del contrato.
✔ Días: Diferencia en días entre la fecha
de finalización de contrato menos la
fecha de retiro.
✔ Base: Salario promedio de los últimos
doce meses.
✔ Procedimiento: Base / 30 *
Días.
INDEMNIZACIÓN TERMINO FIJO
CONTRATO DE APRENDIZAJE
-Es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar un
servicio a un empleador, a cambio de que éste le
proporcione los medios para adquirir
formación
Pago :
profesional metódica y completa.
✔ No es salario.
✔ No es un ingreso laboral.
✔ No es base prestacional.
✔ Aprendiz Sena:
✔ Etapa Lectiva
✔ Etapa Productiva
50% S.M.L.V
100% S.M.L.V.
100%
✔ Practicante Universitario: Pago:
S.M.L.V.
REGLAMENTO INTERNO
DE TRABAJO
-Es el conjunto de normas que determinan las
condiciones a que debe sujetarse el empleador y
sus trabajadores en la prestación del servicio.
-Todo empleador que ocupe más de 5 trabajadores
en empresas comerciales, más de 10 trabajadores en
empresas industriales y más de 20 en empresas
agrícolas, ganaderas o forestales debe adoptar el
reglamento.
-El reglamento hace parte del contrato individual
de trabajo de cada uno de los trabajadores
Todo empleador o empresa
está obligado a suministrar y
acondicionar locales y equipos
de trabajo que garanticen la
seguridad y salud de los
trabajadores, hacer practicar
los exámenes médicos a su
personal y adoptar las medidas
de higiene y seguridad
indispensables para la
protección de la vida, salud y la
moralidad de los trabajadores a
su servicio.
REGLAMENTO DE HIGIENE Y
SEGURIDAD
Los empleadores que
tengan a su servicio 10 o
más trabajadores
permanentes deben
elaborar un reglamento
especial de higiene y
seguridad, a más tardar
dentro de los tres meses
siguientes a la iniciación
de labores y el Ministerio
del Trabajo vigila.
-Es el conjunto de normas que determinan las
condiciones del trato entre el empleador y sus
trabajadores y viceversa en pro de que no se de
acoso laboral.
-Todo empleador que ocupe un trabajador
-El reglamento hace parte del contrato individual
de trabajo de cada uno de los trabajadores
REGLAMENTO DE
CONVIVENCIA
REGLAMENTOS
Una vez elaborados deben
ser circulados entre los
trabajadores y
después de 15 días se
consideran aprobados y
deben ser publicados
por el empleador en dos
lugares visibles del lugar
de trabajo y así deben
permanecer.
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD ENEL
TRABAJO
La Seguridad y Salud en el Trabajo es una actividad
multidisciplinaria dirigida a proteger y promover la
salud de los trabajadores mediante la prevención y el
control de enfermedades y accidentes, y la eliminación
de los factores y condiciones que ponen en peligro la
salud y la seguridad en el trabajo. Además, procura
generar y promover el trabajo sano y seguro, así como
buenos ambientes y organizaciones de trabajo; realzar
el bienestar físico, mental y social de los trabajadores
y respaldar el perfeccionamiento y el mantenimiento
de su capacidad de trabajo.
MUCHAS GRACIAS.

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  • 2. CURSO MEI 2 INTEGRANTES JOSE RAFAEL CARRILLO BENYER BROCHERO LUIS MARIO SANJUANELO
  • 3. CONTRATO DE TRABAJO Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo continuada subordinación cumpliendo órdenes y recibiendo por su labor una remuneración. Partes: Empleador Empleado, Trabajador o Colaborador
  • 4. CONTRATO DE TRABAJO Elementos Esenciales -Prestación personal del servicio -Continua Subordinación -Retribución Económica o remuneración Elementos Generales -Capacidad -Consentimiento -Objeto Lícito
  • 5. CLASES DE CONTRATO DE TRABAJO POR SU FORMA -Verbal -Escrito POR SU DURACIÓN -Término fijo -Término indefinido -De obra o labor
  • 6. SEGURIDAD SOCIAL: SALUD PENSION ARL PARAFISCALES EMPLEADOR 8,50% 12% 0,522% 9% Caja de Compensación Familiar 4%. ICBF 3%. SENA 2%. TRABAJADOR 4% 4% CREE Beneficio de Reducción para las empresas y personas naturales que empleen mas de 2 trabajadores. TOTAL DE APORTES 12,5% 16% 0,522%
  • 7. PRINCIPALES OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR: Art 57 CST - - Afiliarse a la seguridad social y cancelar los aportes. - Cancelar el salario. - Cancelar las prestaciones sociales. - Suministrar todo lo necesario para la prestación del servicio. - Entregar la certificación laboral. - Conceder permiso para las licencias … - Cancelar los gastos cuando se traslada al trabajador.
  • 8. PRINCIPALES PROHIBICIONES AL EMPLEADOR Art. 59 CST - Retener dinero sin autorización. - Obligar a comprar cosas al empleador. - Afectar las condiciones dignas. - No permitir la asociación.
  • 9. OBLIGACIONES DEL EMPLEADO -Art. 58 CST -Realizar personalmente la labor. -No comunicar información del empleador. -Conservar en buen estado los útiles de trabajo. -Comunicar las observacionesque estime contundentes a evitarle daño. -Cumplir las instrucciones y órdenes del empleador.
  • 10. PROHIBICIONES DEL EMPLEADO Art 60 CST - Sustraer cosas del trabajo sin permiso del empleador. - Presentarse embriagado o drogado. - Faltar al respeto. - Utilizar lo proporcionado en actividades diferentes. - Faltar o retirarse del trabajo sin justificación.
  • 11. SALARIO El salario, es el pago que recibe en forma periódica un trabajador de mano de su empleador a cambio del trabajo para el que fue contratado. SALARIO EN ESPECIE Debe constar por escrito. No puede ser + 50% y en SMLV + 30%
  • 12. PAGOS CONSTITUTIVOS DE SALARIO - La remuneración ordinaria, fija o variable - Primas (definidas como salario) - Sobresueldos - Bonificaciones habituales - Horas extras - Trabajo en día de descanso obligatorio - Porcentaje sobre ventas y comisiones
  • 13. PAGOS NO CONSTITUTIVOS DE SALARIO o Las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad que recibe el trabajador. o Lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones.
  • 14. RECARGOS Es la remuneración por la labor desempeñada en la jornada adicional a la estipulada en el contrato de trabajo. TIPO HORARIO FACTOR DESDE HASTA Extra Diurna 6:00 a.m. 10:00 p.m. 25% 10:00 p.m. 6:00 a.m. 75% Extra Nocturna Recargo Nocturno 10:00 p.m. 6:00 a.m. 35% Dominical o festiva 75%
  • 15. SALARIO INTEGRAL ✔ Remuneración + factor prestacional a que tiene derecho, sin que dicho valor sea inferior a 10 SMLV más el 30% por el factor prestacional. ✔ La seguridad social se cancela sobre el 70% del salario integral. ✔ Solo se cancelan las vacaciones.
  • 16. DESCUENTOS POR NÓMINA o El empleador no puede deducir, retener o compensar suma alguna, sin orden suscrita por el trabajador, para cada caso, o sin mandato judicial. o Son permitidos los descuentos y retenciones por conceptos de cuotas sindicales y de cooperativas y cajas de ahorros, autorizadas de forma legal. o Las deducciones que se efectúen no pueden afectar el SMLV así medie autorización.
  • 17. PRESTACIONES SOCIALES: 🞇 Prima de servicios (15 días de salario, 2 veces en el año, se paga al trabajador, antes del 30 jun y 20 dic) S*#días/360. 🞇 Cesantía (1 salario por cada año, se consigna en fondo de Cesantías, antes del 14 feb) S*#días/360. 🞇 Intereses sobre cesantía (12% de las cesantías, 1 vez en el año, antes del 31 de enero, se paga al trabajador) C*12%*#días/360. 🞇 Vacaciones (Descanso remunerado, 15 días hábiles) S*#días/720.
  • 18. OTRAS PRESTACIONES: 🞇 Licencia de maternidad (Descanso remunerado 3 ½ meses, 14 sem). 🞇 Licencia de Paternidad (8 días hábiles) 🞇 Calzado y vestido de labor (tres veces en el año, para quien devengue hasta 2 SMLV). 🞇 Subsidio de Transporte (pago mensual, para quien devengue hasta 2 SMLV) . 🞇 Licencia de luto (5 días hábiles por
  • 19. PERIODO DE PRUEBA Etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del empleador, apreciar las aptitudes del empleado, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo. El periodo de prueba debe ser estipulado por escrito y no puede exceder de dos (2) meses; aquellos contratos inferiores a un año el periodo de prueba no debe ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que exceda de dos meses.
  • 20. La Suspensión del contrato es el lapso durante el cual se interrumpe las obligaciones adquiridas, por ambas partes. La suspensión se puede dar por: -Fuerza mayor que impida la ejecución del contrato -Por muerte o inhabilitación del empleador -Por suspensión de actividades o clausura temporal de la emp -Por licencia concedida por el empleador al trabajador -Por ser llamado el trabajador a prestar servicio militar -Por la detención preventiva del trabajador -Por huelga declarada SUSPENSIÓN DEL CTTO DE TRAB
  • 21. TERMINACIÓN O FINALIZACIÓN -El contrato de trabajo termina: -Por muerte del trabajador -Por mutuo consentimiento -Por expiración del plazo fijo pactado -Por terminación de la obra o labor contratada -Por liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento -Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de 120 días
  • 22. JUSTA CAUSA PARA EMPLEADOR ART. 62 LITERAL A JUSTA CAUSA PARATRABAJADOR ART. 62 LITERAL B
  • 23. SIN JUSTA CAUSA -Se entiende que un trabajo termina sin justa causa, por que no hay incumplimiento de lo pactado, con indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable. -Esta indemnización comprende el lucro cesante y el daño emergente.
  • 24. INDEMNIZACIÓN ✔ Para contrato a término indefinido INGRE SOS 1er. Año. Posteri ores < 10 SMLV 30 20 > 10 SMLV 20 15
  • 25. ✔ Se pagan los días entre la fecha de retiro y la fecha de liquidación del contrato. ✔ Días: Diferencia en días entre la fecha de finalización de contrato menos la fecha de retiro. ✔ Base: Salario promedio de los últimos doce meses. ✔ Procedimiento: Base / 30 * Días. INDEMNIZACIÓN TERMINO FIJO
  • 26. CONTRATO DE APRENDIZAJE -Es aquel por el cual un empleado se obliga a prestar un servicio a un empleador, a cambio de que éste le proporcione los medios para adquirir formación Pago : profesional metódica y completa. ✔ No es salario. ✔ No es un ingreso laboral. ✔ No es base prestacional. ✔ Aprendiz Sena: ✔ Etapa Lectiva ✔ Etapa Productiva 50% S.M.L.V 100% S.M.L.V. 100% ✔ Practicante Universitario: Pago: S.M.L.V.
  • 27. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO -Es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que debe sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio. -Todo empleador que ocupe más de 5 trabajadores en empresas comerciales, más de 10 trabajadores en empresas industriales y más de 20 en empresas agrícolas, ganaderas o forestales debe adoptar el reglamento. -El reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de cada uno de los trabajadores
  • 28. Todo empleador o empresa está obligado a suministrar y acondicionar locales y equipos de trabajo que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores, hacer practicar los exámenes médicos a su personal y adoptar las medidas de higiene y seguridad indispensables para la protección de la vida, salud y la moralidad de los trabajadores a su servicio. REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Los empleadores que tengan a su servicio 10 o más trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento especial de higiene y seguridad, a más tardar dentro de los tres meses siguientes a la iniciación de labores y el Ministerio del Trabajo vigila.
  • 29. -Es el conjunto de normas que determinan las condiciones del trato entre el empleador y sus trabajadores y viceversa en pro de que no se de acoso laboral. -Todo empleador que ocupe un trabajador -El reglamento hace parte del contrato individual de trabajo de cada uno de los trabajadores REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
  • 30. REGLAMENTOS Una vez elaborados deben ser circulados entre los trabajadores y después de 15 días se consideran aprobados y deben ser publicados por el empleador en dos lugares visibles del lugar de trabajo y así deben permanecer.
  • 31. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD ENEL TRABAJO La Seguridad y Salud en el Trabajo es una actividad multidisciplinaria dirigida a proteger y promover la salud de los trabajadores mediante la prevención y el control de enfermedades y accidentes, y la eliminación de los factores y condiciones que ponen en peligro la salud y la seguridad en el trabajo. Además, procura generar y promover el trabajo sano y seguro, así como buenos ambientes y organizaciones de trabajo; realzar el bienestar físico, mental y social de los trabajadores y respaldar el perfeccionamiento y el mantenimiento de su capacidad de trabajo.