Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
La protección jurídica del software y el derecho
1. LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL
SOFTWARE Y EL DERECHO DE P.I. EN
LA ARGENTINA Y LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTEAMÉRICA
2. INTRODUCCION:
Este ensayo analiza la experiencia Argentina
y la experiencia de los EE.UU. en la
protección del software e Identifica
herramientas que pueden incorporarse en
Argentina para apoyar con el crecimiento del
país.
La industria del software en Argentina es una
industria en constante expansión, la industria
del software crece, por un lado, en el
3. GENERALIDADE
Antes de empezar debemos de aclarar que el
software, también conocido como software,
logiciel, soporte lógico o programas
informáticos, constituye un conjunto de
programas y aplicaciones constituido por
instrucciones lógico matemático que se
trasmiten a un computador con el objeto de
obtener un resultado determinado.
4. GENERALIDADES:
Al respecto, Luis Olavo Baptista señala tres argumentos
principales sobre la necesidad de una protección jurídica para
los programas de computación:
1. Porque ellos representan el resultado de un esfuerzo
creativo y de inversiones de tiempo y de dinero a veces muy
elevadas.
2. Porque ese costo de inversión impulsa la explotación y
difusión de los programas, y no su limitación al uso de quién
encargó su desarrollo, y
3. Porque el creador del programa que esté seguro de
5. EN ARGENTINA:
En la Argentina el software encuentra protección específica y propia en el
Derecho de autor.
Actualmente la protección del software en argentina es:
• Patentes
• Copyright
• Marcas
• Diseños industriales
• Circuitos integrados
En una economía globalizada basada en el conocimiento, no hay dudas
de que es indispensable un entendimiento de los DPIS para la realización
informada de políticas en todas las áreas del desarrollo humano.
6. Debemos de aclarar que la adopción de éste régimen
legal, no importa decir que no existan otras medidas de
tutela jurídica a las que se pueda acudir en nuestro
ordenamiento.
Desde esta perspectiva, y siempre a través del Derecho
de Autor, pueden distinguirse tres grandes etapas en la
protección de los programas de computación, una primera
que podríamos denominar como “Protección genérica”,
una segunda - ya más específica - en la cual se incluye
expresamente al software, como bien jurídico protegido,
en el texto legal de Propiedad Intelectual, aunque de un
modo deficiente y, finalmente, -la etapa a la que hoy
asistimos- donde la regulación legal ha sido completada y
perfeccionada.
En cuanto a lo referido a la patentabilidad del software en
Argentina el art. 6 de la Ley nacional de Patentes e
Invenciones Ley N° 24481, al catalogar las actividades
aportes intelectuales y creaciones humanas que no
7. El Derecho de Propiedad intelectual lo vulneran
comenzando por las empresas pasando por las
personas que adquieren una copia no original (ilegal).
Sobre la protección jurídica del software en Argentina
podemos decir que si bien es cierto, es una
legislación completa, podría tomar en cuenta algunos
puntos sobre la legislación de la P.I. en los Estados
Unidos y de esta manera mejorarla aún más. Como
bien es sabido no solo en la Argentina, sino más bien
en toda Latinoamérica el software es tremendamente
pirateado y usado por las personas de esta manera
“ilegal”, que se ha vuelto algo tan normal que no nos
damos cuenta que se está convirtiendo en un
problema para, no solo los autores y creadores del
mismo sino que también para solucionar, dar forma y
concretar la legislación de la Protección Jurídica del
Software y la Propiedad Intelectual; se ha convertido
8. EN LOS EE.UU.:
En Estados Unidos, como sostiene GOLDSTEIN, las
normas sobre secretos comerciales, copyright y derecho de
patentes han sido usadas para proteger la inversión en
programas de computación desde los comienzos de la
industria.
En los primeros años, cuando la mayoría del software de
aplicaciones era diseñado a medida y las relaciones
confidenciales con los usuarios comerciales se formaban
fácilmente, el derecho de secretos comerciales era la
fuente de protección más importante. Los secretos
comerciales siguen siendo importante en el mercado de
9. El “software libre” surgió en la respuesta al creciente
número de programas protegidos por las normas de
propiedad intelectual este incorpora cuatro libertades:
• De ejecutar el programa, para cualquier fin.
• Estudiar cómo funciona el programa, y
adaptarlo a tus necesidades.
• Redistribuir las copias, para ayudar a tu par.
• mejorar el programa, y de lanzar tus mejoras al
público para mejora de comunidad.
La protección bajo el derecho de patentes tuvo su
evolución, para ser más exacto la evolución de su
jurisprudencia; implicancias del caso State Street
Bank y las patentes de businessmethods (métodos de
negocio)
La protección del software en Estados Unidos:
10. En la lectura también se menciona un caso que
se dio en EEUU donde una empresa ReDigi
compraba los derechos al parecer de manera
legal que en realidad los compraba de otra
Capitol Records a fin de darse con los Derechos
sobre los archivos que estaban bajo su poder.
Pese a ello, el Tribunal de Nueva York falló a favor
de Capitol Records, por estimar una vulneración
del derecho de reproducción en la realización de
la primera copia de cada archivo, pero asimismo
del derecho de distribución en la segunda (por ser
ilícita la primera copia), sin que a juicio del
Tribunal dicho derecho de distribución pueda
considerarse agotado en un entorno como es el
digital: el propio Tribunal se esfuerza en su