El documento discute la protección jurídica del software en el Perú y Argentina. Explica que el software es protegido por leyes de derechos de autor y requiere ser original, tener una forma de expresión y estructura. La experiencia de Estados Unidos, con una protección más amplia basada en patentes y secretos comerciales, puede guiar a Argentina para desarrollar su industria de software a través de la jurisprudencia, protección de código y políticas económicas.
2. En el Perú es regulado por el Decreto
Legislativo Nº822 “Ley de Derechos de Autor”
y no se atribuyo su protección a la Propiedad
Industrial por diversas razones.
Primero, pues el software no introduce
cambios en el mundo físico al no ser un bien
tangible.
El software es una expresión de un
conjunto de instrucciones mediante
palabras, códigos, planes o en cualquier
otra forma que, al ser incorporadas en un
dispositivo hacen que este nos de un
determinado resultado.
3. El software tiene su
origen en el ingenio
humano.
Para desarrollar el
software tiene su
origen en un proceso
creativo.
Se inicia con la
formulación de la
idea para la solución
de un problema.
Se diseña un
algoritmo o método.
Una carta de flujo o
un organigrama.
Finalmente el código
fuente en lenguaje
de programación que
la máquina
convertirá en código
objeto.
4. La protección jurídica del
software surge del
convencimiento de que se
está en presencia de un
hecho nuevo en el campo
de la creación intelectual y
dé la técnica, con bases y
proyecciones que las leyes
existentes no previeron ni
pudieron prever.
Ahora vamos a explicar
porqué los principales
derechos de autor pueden
proteger jurídicamente al
software, al menos hasta
ahora.
Esta expresión debe
cumplir fehacientemente
con unos elementos
fundamentales para
adquirir la protección
jurídica que otorga el
Derecho de Autor:
5. a) Ser una
creación original
resultado del
esfuerzo intelectual
b) Debe tener una
forma de expresión
(materialización del
resultado)
c) El resultado de
la creación debe
tener una estructura
y una organización
6. Los derechos de autor, incluido el software, son protegidos por el Decreto
Legislativo 822, la Decisión Andina 351, el Decreto Ley 25868, el Código
Penal (artículos 216º al 221º), la Convención Universal sobre Derecho de
Autor y el Convenio de Berna. También los protege la Constitución
Política.
Ahora con lo que respecta a la protección del software en Argentina, se
apoya casi exclusivamente en la legislación sobre derecho de autor. La
protección en Estados Unidos es más amplia: por un lado, porque se basa
también en otras normas de propiedad intelectual, como el derecho de
patentes y los secretos comerciales; por otro lado, porque el desarrollo
jurisprudencial es más extenso. La experiencia de Estados Unidos puede
ayudar a Argentina para desarrollar su sistema de protección de software.
7. Vista la exposición previa de las experiencias de
ambos países, es posible concluir que la experiencia
de Estados Unidos puede ayudar a Argentina de al
menos tres maneras, que procederemos a
explicarlas.
En primer lugar la lectura manifiesta que la legislación
sobre software en Argentina busca brindar una
protección amplia, a través del derecho de autor. No
obstante, la legislación no ha sido acompañada de
una evolución paralela en la actividad judicial.
La experiencia del caso norteamericano puede servir
a Argentina: partiendo de los casos de protección de
código fuente y objeto y de protección de interfaz del
usuario (look and feel), los tribunales argentinos
pueden comenzar a andar en un camino ya allanado.
8. Por último, Argentina podría aprender
del caso estadounidense favoreciendo
políticas macroeconómicas para el
desarrollo del mercado del software.
Estas políticas (tales como la
disponibilidad de financiamiento para
empresas, la disponibilidad de mano
de obra calificada, el entrenamiento y
la educación universitaria en IT, la
mejora en la calidad de las relaciones
industriales y las medidas comerciales
y fiscales) fortalecen la protección de
la propiedad intelectual, y así generan
un círculo de crecimiento.
9. En conclusión, Argentina cuenta con una
guía para orientar las próximas decisiones
sobre la protección del software. La
experiencia de Estados Unidos sobre la
protección de la propiedad intelectual
puede ayudar a Argentina para desarrollar
su industria de software.