El documento describe el Sistema de Información Inmediata (SII), un sistema para presentar los libros de IVA electrónicamente ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). El SII entró en vigor en julio de 2017 y se ha ido expandiendo a las haciendas forales. Los sujetos afectados deben presentar libros de facturas recibidas, emitidas, bienes de inversión e intracomunitarias. El envío de información se realiza mediante servicios web XML requiriendo un certificado electrónico.
Webinario "Nueva funcionalidad Conector FACE de eSign Facturae"
SII: Sistema de Información Inmediata
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2. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN:
Es un nuevo sistema de llevanza de los libros de IVA a través de la sede
electrónica de la AEAT.
La fase obligatoria de aplicación del sistema entró en vigor 1 de Julio de
2017.
En los dos últimos años se han ido incorporando las haciendas forales y la
agencia Tributaria Canaria.
Sujetos afectados:
Inscritos en el REDEME (Posibilidad de renuncia).
Grandes empresas (facturación > 6 mil €).
Grupos de IVA.
01 ¿QUÉ ES EL SII?
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3. Los sujetos pasivos acogidos al SII deberán presentar los registros de
facturación de:
Libro de facturas recibidas.
Libro de facturas emitidas.
Libros de Bienes de Inversión (sólo sujetos acogidos al régimen de la
prorrata).
Libro de registro de determinadas operaciones intracomunitarias
(operaciones a las que hace referencia el artículo 66 del RIVA).
Cobro en metálico.
02 LÍNEAS BÁSICAS DE FUNCIONAMIENTO DEL SII
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4. El ENVÍO DE LA INFORMACIÓN se realiza mediante servicios web
basados en el intercambio de mensajes de XML.
La ESTRUCTURA DEL ENVÍO tiene una cabecera en común con la
información del titular, y del ejercicio y periodo en el que se registran
las operaciones. A la cabecera le acompaña un bloque con el contenido
de las facturas.
Sera necesario que el sujeto pasivo disponga de un CERTIFICADO
ELECTRÓNICO reconocido por la AEAT y asociado al NIF de la empresa
para la comunicación mediante servicios web antes mencionada.
03 LÍNEAS BÁSICAS DE FUNCIONAMIENTO DEL SII
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5. Datos de la factura / factura simplificada (art. 6 y 7 del RD 1619/2012): NIF, razón
social, Fecha de expedición, fecha de operación, tipos, bases y cuotas…
Tipo de operación: a identificar mediante CLAVES (factura simplificada, factura
rectificativa, IVA de caja y resto de regímenes especiales…)
Otros datos: cuota deducible, número de referencia catastral en determinados
arrendamientos de local de negocio, acuerdos de facturación…
Con un plazo de envío no superior a 4 días naturales desde la fecha de expedición
(Fact. Emit.) y desde la fecha de registro contable (Fact. Recib.). Exceptuando
sábados, domingos y festivos nacionales.
04 ¿QUÉ INFORMACIÓN SOBRE LA FACTURACIÓN
SE DEBÍA FACILITAR HASTA AHORA?
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6. En la agencia tributaria estatal entra en vigor el 1 de octubre de 2019
(el entorno de pruebas se abrió en julio de 2019)
En las haciendas forales será en noviembre de 2019
(el entorno de pruebas se abrirá en octubre de 2019)
El módulo SII de Gestalia cumple con todas las validaciones
publicadas por la AEAT hasta el momento y con las que
entrarán en vigor el 1 de octubre de 2019
05 Novedades Versión 1.1 Octubre/Noviembre 2019
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7. Se han definido tres tipos de validaciones:
Validaciones estructurales: para validar que la estructura de las etiquetas cumple el
esquema en cuanto al establecimiento de etiquetas obligatorias.
Validaciones sintácticas: en ellas se valida el formato, la longitud y obligatoriedad
del contenido.
Validaciones de negocio: están asociadas principalmente a validaciones de campo
cuyo contenido u obligatoriedad depende del valor asociado a otro campo.
Ejemplo: clave 13 los datos del inmueble deben ser informados. Aceptado con errores.
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8. VALIDACIONES EN FACTURAS EMITIDAS:
Validaciones de tipo impositivo: solo permite 21% 10% 4 % 0%. (Si la fecha de
operación es menor o igual a 2012 se permiten 18% 16% 7% 8%).
Validaciones en recargo de equivalencia: Permite 5,2% 1,4% 0,5% 1,75%. ( Si la
fecha de operación es inferior o igual a 2012 se permiten 1% 4%).
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9. VALIDACIONES EN FACTURAS EMITIDAS: OPERACIONES SUJETAS/NO EXENTAS
En las operaciones sujetas no exentas sin inversión del sujetos pasivo S1 se validará:
• Que el tipo impositivo esté relleno y sea distinto de cero.
• La cuota repercutida será obligatoria (excepto en F2,F4,R5), se debe validar que base e
importe tengan el mismo signo.
En las operaciones sujetas no exentas con inversión del sujetos pasivo S2
• El tipo impositivo siempre es cero (nunca debe ir en blanco)
• La cuota repercutida siempre es cero (nunca debe ir en blanco)
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10. VALIDACIONES EN FACTURAS EMITIDAS: OPERACIONES SUJETAS/NO EXENTAS
En las operaciones sujetas no exentas con o sin inversión del sujetos pasivo S3 se
validará:
• Siempre debe tener al menos dos líneas de detalle.
• El tipo impositivo siempre irá relleno
• Una de las línea de detalle al menos debe llevar Tipo 0.
• Una línea de detalle al menos debe ser distinto a Tipo 0.
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11. VALIDACIONES EN FACTURAS RECIBIDAS:
Validación en la estructura de Nº factura de DUA:
Si el tipo de factura es igual a F5 o LC el campo NumSerieFactEmisor deberá
respetar la composición actual publicada en la guía EDIFACT de importación , que es
la siguiente:
• AA, dos últimos dígitos del año de captura del DUA
• PP, País del DUA: ES
• 00RRRR, Recinto de presentación
• AAAAAAA, "numeración secuencial" dentro del recinto de presentación
• D, dígito de validación
Ejemplo: 15ES0028013A000017
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12. VALIDACIONES EN FACTURAS RECIBIDAS:
Validaciones de tipo impositivo: solo permite 21% 10% 4 % 0%. (Si la fecha de
operación es menor o igual a 2012 se permiten 18% 16% 7% 8%).
Cuando la clave es 02 (Operaciones por las que los empresarios satisfacen
compensaciones en las adquisiciones a personas acogidas al REAGYP) el importe de
compensación y base imponible deben tener el mismo signo.
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13. VALIDACIONES EN FACTURAS RECIBIDAS:
Validaciones en el campo de cuota deducible:
Si el campo cuota soportada de todas las líneas de la factura es positivo se debe
validar que la cuota deducible sea menor o igual a la suma de las cuotas
soportadas.
Si el campo cuota soportada tiene alguna línea en positiva y alguna en negativa,
se debe validar que la cuota deducible sea menor o igual a la suma de cuotas
soportadas.
Si se indica la clave 13 (factura correspondiente a una importación) se valida que
la cuota deducible sea 0.
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MÓDULO SII ADAPTADO POR GESTALIA
Gestalia tiene desarrollado un módulo para las todas las versiones,
desde la 3.60 hasta Business Central, con todas las adaptaciones
que requiere el SII para el perfecto envío de toda la información requerida
por la AEAT desde Microsoft Dynamics NAV.
Funcionando desde el 1 de Julio de 2017.
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MÓDULO SII ADAPTADO POR GESTALIA
El módulo está desarrollado sobre plataforma Microsoft
Dynamics NAV (Navision) y se pone a disposición de todos
los clientes de Gestalia, y en general para todos los clientes
de Microsoft Dynamics NAV.
CLIENTES DE MICROSOFT DYNAMICS NAV (Navision)
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MÓDULO SII ADAPTADO POR GESTALIA
CLIENTES DE CUALQUIER SISTEMA DE GESTIÓN (ERP)
SAP, AXAPTA, SAGE, BAAN IV, DESARROLLO A MEDIDA, ETC…
Aunque el módulo está desarrollado sobre plataforma
Microsoft Dynamics NAV (Navision), Gestalia ofrece un
PAQUETE STAND-ALONE que consta de 1 licencia de Navision
+ el Módulo SII para poder integrarlo con cualquier ERP.