1. REGISTRO DE ASISTENCIA DE
DOCENTES
VICERRECTORADO DE SERVICIOS AL
ALUMNO
CODIGO:
DB-VSA-011
DIRECTIVA
VERSIÓN: V. 04
Elaborado: Revisado: Aprobado:
Procesos Académicos Dirección de Servicios y Registros
Académicos
Vicerrectorado de Servicios al Alumno
Fecha: Agosto 2015
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1. OBJETIVO.-
Poner en conocimiento de los docentes de las normas aplicables para el registro de su asistencia para dictado de
clases.
2. ALCANCE.-
Aplica para los docentes de pregrado regular.
3. RESPONSABLES.-
3.1 Docentes de cada curso
3.2 Directores y Coordinadores de cada carrera
4. DISPOSICIONES GENERALES.-
4.1 Del Registro de Asistencia
4.1.1 Se efectúa únicamente en las computadoras instaladas al interior de las aulas de la Universidad
donde el docente dictará la clase. El docente solo podrá marcar su ingreso o salida desde un aula
en la cual se encuentra dictando. El registro se realiza vía el acceso directo al “Sistema de
Asistencia en Línea”, ubicado en el escritorio de las PC’s. El docente debe marcar su ingreso y
salida utilizando su usuario y contraseña del INFOSIL. El usuario asignado al docente
necesariamente deberá encontrarse activo durante toda la clase programada.
Una clase constituye el conjunto de horas lectivas consecutivas de un mismo curso-bloque.
4.1.2 En el caso que la clase correspondiente a un mismo curso-bloque se divida en aulas diferentes, el
docente deberá registrar su ingreso en el aula que inicie el dictado de clases y registrar su salida en
el aula en la que termine la clase.
4.1.3 El registro de asistencia de los cursos virtuales es como sigue:
a.) Para los cursos e-learning, su control es realizado por el Centro de Educación Virtual.
b.) Para los cursos b-learning, sólo las clases presenciales a las que asiste el docente deben ser
registradas por el Sistema de Asistencia en línea.
4.1.4 La asistencia a clases de recuperación o adelantos que sean programadas previamente en el Área
de Servicios Académicos, podrán permitir al docente el registro de su asistencia a través del
Sistema de Asistencia en línea. De lo contrario, se debe efectuar en el Registro Manual de
Asistencia, disponible en la citada área.
En caso que una clase de recuperación o adelanto de un curso se programe para el mismo día del
horario regular del curso-bloque, considere que las horas deberán sumarse y generarán un mismo
bloque, motivo por el cual necesariamente deberá registrar su ingreso al inicio del horario
programado y su salida al finalizar el dictado de clases.
Si, por ejemplo, el horario de su clase regular es el lunes de 3:00 pm a 4:40 pm y se programó
una recuperación de 7:00 pm a 8:40 pm, el nuevo horario para marcar su ingreso es a las 3:00
pm y su salida, a las 8:40 pm, contabilizando sólo las horas efectivas de dictado.
4.1.5 En caso de alguna omisión al registro de asistencia, el Docente deberá informar a su Coordinador
(por correo electrónico) dentro de las 48 horas siguientes a la clase programada y ejecutada
indicando los motivos que justifican dicha omisión. Los Docentes deberán tener en cuenta que
completar el registro de asistencia es de obligatorio cumplimiento.
Luego de recibida la comunicación, el Coordinador tiene un plazo de siete (07) días calendario para
solicitar la regularización al Área de Servicios Académicos. Los Coordinadores tienen a su
disposición el reporte “Monitoreo de Asistencia en Línea” como guía para tal efecto, disponible en
el Sistema Académico.
Los tiempos límite señalados para el docente y para el Coordinador están limitados, a su vez, por
las fechas de cierre de planillas que se publican al inicio de año. En estos casos, el Coordinador
deberá informar hasta la fecha indicada al cierre de planillas a Servicios Académicos.
2. REGISTRO DE ASISTENCIA DE
DOCENTES
VICERRECTORADO DE SERVICIOS AL
ALUMNO
CODIGO:
DB-VSA-011
DIRECTIVA
VERSIÓN: V. 04
Elaborado: Revisado: Aprobado:
Procesos Académicos Dirección de Servicios y Registros
Académicos
Vicerrectorado de Servicios al Alumno
Fecha: Agosto 2015
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4.1.6 El tiempo de duración de cada clase es de cincuenta (50) minutos por cada hora lectiva, tiempo que
obligatoriamente el docente deberá cumplir.
4.1.7 Solo los docentes activos en el Sistema Académico podrán registrar su asistencia mediante este
sistema.
4.2 IMPORTANTE: No cerrar el acceso directo al SistemadeAsistenciaenLíneani apagar la PC del aula.
5. DISPOSICIÓN ESPECÍFICA.-
5.1 Del Tiempo de registro de la asistencia
5.1.1 De la Hora de Ingreso:
a. El registro de ingreso se realiza una (01) sola vez por cada curso-bloque que el Docente tenga
asignado de acuerdo con su carga horaria/horario. Con la finalidad de brindar las facilidades al
docente para que marque oportunamente su asistencia, la Institución, en forma
excepcional, le permitirá registrar la misma hasta diez (10) minutos antes del inicio de la
clase, sin que ello signifique que preste servicios efectivos a la Institución.
b. El tiempo de tolerancia, no afecto a tardanza, es de cinco (05) minutos posteriores a la hora de
inicio de la clase, sin verse afecto a descuentos.
c. Se registrará como tardanza la asistencia registrada desde el minuto seis (06) hasta los veinte
(20) minutos de iniciada la clase.
d. Si el registro se efectúa pasados los veinte (20) primeros minutos del inicio de la clase, se
registrará como falta a la primera hora y el Docente deberá empezar el dictado de su clase en la
siguiente hora programada. La hora perdida deberá ser debidamente recuperada.
5.1.2 De la Hora de Salida:
a. El registro de salida se realiza una (01) sola vez por cada curso-bloque que el Docente tenga
asignado, de acuerdo con su carga horaria/horario.
b. El registro de salida podrá efectuarse cinco (05) minutos antes del término de la clase
programada hasta nueve (9) minutos después de terminada la clase. No podrá registrar la salida
pasado el tiempo antes citado. Si, por ejemplo, su clase dura de 9:00 am a 10:40 am, no podrá
registrar su salida a partir de las 10:50 am (en punto) o más.
c. Se descontarán los minutos no dictados si registra su salida antes de la tolerancia establecida en
el b) precedente, al no haber completado la hora lectiva y lo señalado en el numeral b)
precedente.
d. Según la nueva estructura de horarios, ya no se considera la acumulación de descansos
(break).
5.2 Para los cursos con clases de 3 o 4 horas lectivas, se deberá respetar el receso programado.
Por ejemplo, para 3 horas lectivas, el horario de su clase regular inicia:
- a las 3:00 pm, deberá tomar un descanso a las 4:40 pm y desarrollar la última hora de clase de
5:00 pm a 5:50 pm.
- a las 3:50 pm, deberá tomar un descanso a las 4:40 pm y desarrollar las siguientes horas de
clase de 5:00 pm a 6: 40 pm.
Por ejemplo, para 4 horas lectivas, el horario de su clase regular inicia a las 3:00 pm, deberá tomar
el receso a las 4:40 pm, y luego retomar las siguientes sesiones de 5:00 pm a 6.40 pm.
El sistema considera también en este caso las tolerancias normadas en los numerales 5.1.1 y 5.1.2
precedentes.
5.3 Del Registro de Asistencia de Clases fuera de Aula
Para las clases fuera de aula, por razones de salidas, viajes u otros motivos determinados por el Docente
del curso, el registro de asistencia (ingreso y salida) se firmará en el Registro Manual de Asistencia,
disponible en el Área de Servicios Académicos.
6. DISPOSICIÓN FINAL.-
En todo lo no contemplado por la presente directiva, se sujetarán a lo dispuesto en el Reglamento General y el
Estatuto de la Universidad, en cuanto sean de aplicación.