Este documento habla sobre el secreto profesional en la ética y bioética. Explica que el secreto profesional es información confidencial del paciente que los enfermeros tienen la obligación de proteger. También discute los diferentes tipos de secretos como el natural, confiado y prometido. Finalmente, destaca la importancia de mantener la privacidad del paciente y sólo revelar información cuando sea estrictamente necesario para proteger al paciente o el público.
1. Secreto profesional
ética y bioética
Realizado por: Josselyn Armijos Reyes
Docente: Lic Rosa Pogo
Segundo ciclo
2. Secreto
profesional
El secreto profesional, es un secreto confiado
del paciente, mediante el cual, el enfermero
tiene la obligación de salvaguardar aquella
información que sea manifestada por el sujeto
de cuidado, durante el proceso de atención en
salud.
Es la obligación ética de no divulgar ni permitir
que se conozca la información que directa o
indirectamente se obtenga durante el ejercicio
profesional sobre la salud y vida del paciente o
su familia.
“lo que cuidadosamente se
tiene reservado y oculto”
3. Las enfermeras, son las que están más cerca
de los enfermos y más tiempo junto a ellos y
sus familiares, deben tener la suficiente
entereza moral para respetar los matices y
sutilezas del derecho moral de los pacientes
a su autonomía.
La enfermera, debe ser una persona que
tenga la virtud de la integridad, una persona
que no sólo acepte el respeto de la
autonomía de otras como principio o
concepto, sino también una persona en la
que se pueda confiar para que interprete su
aplicación con la máxima sensibilidad moral.
5. El secreto natural es independiente
de todo contrato, es descubierto
por casualidad, investigación
personal o por confidencia, y no
puede divulgarse, está obligado a
callar, en virtud del precepto moral
que prohíbe perjudicar a los demás
sin motivo razonable.
El secreto confiado se da de una
promesa hecha antes de recibir
la confidencia de lo que se
oculta.
El secreto pasa entonces a ser
estrictamente confidencial o
profesional
El secreto prometido nace de un
contrato, de la promesa de
guardar silencio después de
haber conocido el hecho, ya sea
por casualidad, por investigación
personal o por confidencia
espontánea o provocada.
6. En el secreto prometido los límites de la
obligación o las causas excusantes habrá
que buscarlas en la misma naturaleza de la
simple promesa, la cual es gratuita y cuyo
objeto debe ser lícito y posible.
LIMITES DEL SECRETO
PROFESIONAL
Los límites de la obligación son
habitualmente los mismos para el secreto
natural y el prometido
El secreto natural, es lícito a veces y aun
puede ser moralmente necesario,
manifestar las faltas secretas, los defectos
ocultos que constituyen, las más de las
veces, el objeto del secreto natural.
Se está obligado a guardar el secreto a .
. menos que una causa justa permita
. descubrirlo.
La obligación de guardar silencio en el
secreto confiado y sobre todo en el
profesional es particularmente rigurosa
7. JUSTIFICACION DEL
SECRETO PROFESIONAL
Dar confianza al paciente, éste debe estar
seguro que puede confiar su intimidad a
una persona la cual va a revelar lo no
conocido.
1.
2. No producir daño al paciente.
3. Derecho que el paciente tiene a su
. privacidad.
Ley del secreto: Esta ley prohibe en todas
formas averiguar, por medios ilícitos, los
secretos ajenos
8. CONDUCTA ANTE EL
SECRETO PROFESIONAL
1. La obligación de guardar el secreto médico hay que
mantenerla preferentemente.
2. En caso de duda sobre revelar o no el secreto
médico, hay que guardar el secreto.
3. Cuando haya que manifestar un secreto médico,
debe hacerse siempre con prudencia, no revelando
más que lo necesario.
4. Cuando debe revelarse un secreto médico, será
prudente consultar con personas de solvencia moral
dentro de la propia profesión.