2. EL CANON
El artículo 77 de la Constitución Política del Perú establece que:
“(…) Corresponde a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir
una participación adecuada del total de Ingresos y Rentas obtenidos por el
Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad
de Canon”.
El canon es una compensación por la agotabilidad de los recursos naturales
explotados de su circunscripción. “Medida que se justifica porque dicha
población será la que recibirá el mayor impacto cuando estos recursos se
agoten” 1/
1/ Fundamento 52 de la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 1 de abril de 2005, recaída en el Expediente N° 0048-
2004-PI/TC.
3. TIPOS DE CANON
Canon Minero: Referido a la
explotación de recursos minerales,
metálicos y no metálicos
01
Canon Hidroenergético: Referido a la
utilización del recurso hídrico en la
generación de energía eléctrica.
02
Canon Gasífero: Referido a la
explotación de gas natural y
condensados.
03
Canon Pesquero: Referido a la
explotación de recursos hidrobiológicos
(extracción comercial de pesca de mayor
escala) así como su procesamiento.
04
Canon Forestal: Referido al
aprovechamiento de los
productos forestales y de fauna
silvestre.
05
Canon y Sobrecanon Petrolero:
Referido a la explotación de petróleo,
gas natural asociado y condensados.
06
5. DISTRIBUCIÓN DEL CANON (porcentajes)
10%
Gobierno Local*
donde se explota el
recurso natural.
Si existe mas de un distrito
productor se distribuyen
en partes iguales
Gobiernos Locales*
pertenecientes a la
provincia donde se
explota el recurso
natural.
25%
40%
Gobiernos Locales*
pertenecientes al
departamento
donde se explota el
recurso natural.
25%
Se distribuye a cada GL según población y
necesidades básicas insatisfechas (NBI).
Gobierno Regional
del departamento
donde se explota el
recurso natural.
*Gobiernos Locales = Municipalidades provinciales y distritales.
20% Universidades Públicas (5%)
10% Institutos y Escuelas de
Educación Superior (2.5%)
Ley N° 30512
Los índices de distribución son calculados por el
MEF, de acuerdo a criterios de Población y NBI.
7. DISTRIBUCIÓN DEL CANON (criterios e
indicadores)
Los criterios que se emplean para la distribución provincial y departamental son Población y el
indicador de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI):
Donde:
IP = Indicador de pobreza distrital
P = Población distrital
NBI= Porcentaje de población distrital con una o más Necesidades Básicas Insatisfechas.
8. DISTRIBUCIÓN DEL CANON (fuentes de
información)
La información que sirve de insumo para la elaboración de los índices de distribución son:
9. DISTRIBUCIÓN DEL CANON (índices y
transferencias)
El Ministerio de Economía y Finanzas, sobre la base de la información remitida
por las entidades correspondientes, y en aplicación de las normas vigentes
(porcentajes, criterios e indicadores establecidos en ellas), aprueba los índices
de distribución de los canon y regalía minera mediante Resolución Ministerial, la
cual es publicada en el diario oficial El Peruano.
La Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, es
la encargada de determinar los montos a nivel de beneficiarios e informar a la
Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del MEF a fin de que
efectúe la asignación financiera correspondiente.
10. USOS DEL CANON
El numeral 6.2 del Artículo 6° de la Ley de Canon Nº 27506 dispone: “Los recursos que los
gobiernos regionales y gobiernos locales reciban por concepto de canon serán utilizados
exclusivamente para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos u obras de infraestructura
de impacto regional y local, respectivamente…”.
Según la Décimo Tercera Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2009 (1), los recursos del canon, Sobrecanon y regalía minera pueden ser
destinados a:
§ Financiar o cofinanciar proyectos de inversión pública;
§ Mantenimiento de los proyectos de impacto regional y local, priorizando infraestructura
básica (hasta el 20% de los recursos); y
§ Financiar la elaboración de perfiles y la evaluación de los estudios de pre inversión de los
proyectos de inversión pública que se enmarquen en los respectivos planes de desarrollo
concertados (hasta el 5% de los recursos).
(1) Con vigencia permanente, según lo dispuesto por la Centésima Décima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2012.
11. USOS DEL CANON
Según la Disposición antes mencionada, las Universidades Públicas utilizarán los recursos del
Canon, Sobrecanon y Regalía Minera preferentemente en:
Financiamiento y cofinanciamiento de investigaciones de ciencia aplicada relacionadas con la
salud pública y prevención de enfermedades endémicas; sanidad agropecuaria; preservación de
la biodiversidad y el ecosistema de la zona geográfica de influencia donde se desarrollan las
actividades económicas extractivas y utilización eficiente de energías renovables y procesos
productivos.
Asimismo, dichos recursos pueden destinarse al financiamiento de proyectos de inversión pública
vinculados directamente con los fines de las universidades públicas y para el desarrollo de su
infraestructura y equipamiento, y que no contemplen intervenciones con fines empresariales,
hasta un límite máximo del 50%.
Estos recursos no pueden utilizarse, en ningún caso, para el pago de remuneraciones o
retribuciones de cualquier índole.
Por medio de la inversión pública con recursos del canon se busca reducir la brecha de infraestructura del país,
facilitar el desarrollo de actividades productivas alternativas y sustentables y mejorar la calidad de vida de la
población.
12. Fuente: MEF – Consulta Amigable
TRANSFERENCIA COMPARATIVA DEL CANON
18. TRANSFERENCIAS Y DISTRIBUCIÓN DEL CANON: PROBLEMÁTICA
• Falta de capacidades de los funcionarios públicos en los gobiernos subnacionales
evidenciada en el avance de la ejecución de inversiones.
Baja capacidad en
gestión administrativa
• Los criterios de distribución generan inequidades horizontales y verticales en los
gobiernos regionales y locales.
Diseño institucional
• Se presenta un mayor índice de actos delictivos durante los procesos de adquisición
de bienes y servicios, seguido de la ejecución de obras públicas.
Corrupción
• Las mineras puede cumplir roles sociales ampliados y hasta roles policiales; por lo
mismo, parte de su acción política es fortalecerse con apoyo del Estado para
controlar mejor el volátil contexto local.
Contexto político
19. PORCENTAJES DE EJECUCIÓN DEL CANON
(Arequipa)
Fuente: Observatorio del Bicentenario
AÑO GOBIERNO REGIONAL GOBIERNO LOCAL
2019 76.7% 54.8%
2020 73.2% 52.1%
2021 84.1% 55.7%
2022 89.2% 57.9%
20. Es un medio de búsqueda de respuestas a las demandas sociales;
una forma de crítica al sistema político y económico; y un modo de
conocimiento de realidades complejas.
Es un hecho vinculado estrechamente a la política, la economía,
la cultura, la historia, la psicología. No es un hecho aislado.
Las estrategias de intervención basadas en el diálogo no
sustituyen el funcionamiento regular del Estado.
No hay soluciones simples a problemas complejos. Se necesita crear
o perfeccionar una infraestructura de gestión y transformación de
los conflictos, con un enfoque sistémico.
CUATRO PREMISAS SOBRE EL CONFLICTO SOCIAL
21. § Es un ángulo de observación y de análisis que permite ver la
realidad desde las relaciones conflictivas y las consecuencias que
pueden generar:
a) acercarse a los hechos admitiendo que hay o habrán varios puntos
de vista;
b) el conflicto es parte de la dinámica de nuestras relaciones y de las
posibilidades de cambio.
§ Pensar desde el conflicto es incorporar de antemano un escenario
en el que las cosas pueden ocurrir de una manera no planificada.
§ La perspectiva del conflicto aplicada a la gestión pública evita o
atenúa costos personales, económicos, institucionales, etc.
LA “PERSPECTIVA DEL CONFLICTO”
22. § Los conflictos no son eventos aislados sino plenamente
integrados a sistemas más amplios.
§ Los problemas de un conflicto proyectan a los actores hacia el
futuro.
§ La transformación del conflicto busca modificar los elementos
estructurales que originan y alimentan el conflicto.
§ La perspectiva del conflicto permite ver las realidades como
sistemas complejos.
LA COMPLEJIDAD EN LOS CONFLICTOS
23. § Se debe promover una visión realista y práctica que suponga
combinar la generación de valor económico con la de valor
social.
§ Una relación de respeto mutuo provee de mejores condiciones
a las actividades de las empresas.
§ Principios Ruggie (2008):
§ Política explícita de DDHH de la empresa.
§ Análisis del impacto en DDHH de toda la actividad.
§ Monitoreo permanente.
§ Mecanismos de respuesta inmediata frente a denuncias.
LA RELACIÓN CON LAS EMPRESAS
24. ¿Cómo para que el mercado sirva como una fuerza
democratizadora y de desarrollo y no como un factor que genera
desigualdades?
LA RELACIÓN CON LAS EMPRESAS