2. La investigación contable se realizara en el Hotel Italia del
barrio Antonio Pinilla ubicado en la ciudad de Villavicencio del
departamento del Meta. Villavicencio es una ciudad y
municipio colombiano; fundada el 6 de abril del año 1840,
cuenta con una población urbana aproximada de
463 093 habitantes para el año 2013, es el centro comercial
más importante de los Llanos Orientales Está ubicada en el pie
de monte de la Cordillera Oriental, al Noroccidente del
departamento del Meta.
FUENTE: http://es.wikipedia.org/wiki/Villavicencio
5. El doctor Diego Guevara líder de
investigación contable y tributaria de
actualicese.com reitera la importancia y
obligación que tiene toda persona
perteneciente al régimen simplificado de
llevar el libro fiscal, tal como se estipula
en el articulo 616 del estatuto tributario,
además menciona que es obligatorio los
soportes de compras por costos y gastos
que fundamenten que la información
suministrada en el libro fiscal es
planamente verídica.
6. También aclara que cuando un
simplificado compra a otro
simplificado y este no entrega factura,
debe expedir un documento en el que
especifique la compra y los datos del
vendedor tales como nit, nombre,
fecha y valor; según lo estipula el
decreto 3050 de 1997 en el articulo 3 y
este servirá como documento
equivalente.
Fuentes:
http://www.youtube.com/watch?v=EMOL6ylmiKw
http://www.youtube.com/watch?v=5gsFzKPdCRo
7. Una empresa es una organización dedicada a
actividades de fines económicos o comerciales,
para satisfacer las necesidades de bienes
o servicios de los clientes, a la par de asegurar la
continuidad de la estructura productivo-comercial
así como sus necesarias inversiones
Toda persona de régimen simplificado esta
obligada a llevar el libro fiscal en el que se registran
las operaciones diarias.
8. Pertenecen al régimen simplificado del Impuesto a las ventas
las personas naturales comerciantes y artesanos que sean
minoristas o detallistas; los agricultores y ganaderos, que
realicen operaciones gravadas, así como quienes presten
servicios gravados, siempre y cuando cumplan con los siguientes
y con la totalidad e las siguientes condiciones:
Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos
totales provenientes de la actividad gravada inferiores a
cuatro mil 4.000 UVT [$95.052.000].
Que tengan como máximo un establecimiento de comercio,
oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad
9. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o
negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia,
concesión, regalía, autorización o cualquier sistema que
implique la explotación de intangibles
Que no sean usuarios aduaneros.
Que no hayan celebrado en el 2009 contratos de venta de
bienes o prestación de servicios gravados por valor
individual y superior 3.300 UVT [$78.418.000].
Que no celebre en el 2010 contratos de venta de bienes o
prestación de servicios gravados por valor individual y
superior 3.300 UVT [$81.032.000].
10. Que el monto total de sus consignaciones bancarias,
depósitos o inversiones financieras durante el año anterior
(2009) no supere la suma de (4.500 UVT) [$106.934.000]
Que el monto total de sus consignaciones bancarias,
depósitos o inversiones financieras durante el año 2010 no
supere la suma de (4.500 UVT) [$110.498.000]. Para la
celebración de contratos de venta de bienes o servicios en
el 2010 por cuantía individual superior a 3.300 UVT
[$81.032.000], el responsable del régimen simplificado
deberá primero inscribirse en el Régimen común
Fuente: http://www.gerencie.com/regimen-simplificado.html
11. El comprobante de egreso es el documento encargado de
mantener el registro de todos los gastos que se realizan en
una empresa o negocio. Este documento es obligatorio
tanto para las pequeñas como para grandes empresas
12. ARTICULO 616 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO. LIBRO FISCAL DE REGISTRO DE
OPERACIONES.
Quienes comercialicen bienes o presten servicios gravados
perteneciendo al régimen simplificado, deberán llevar el libro fiscal
de registro de operaciones diarias por cada establecimiento, en el
cual se identifique el contribuyente, esté debidamente foliado y se
anoten diariamente en forma global o discriminada las
operaciones realizadas. Al finalizar cada mes deberán, con base en
las facturas que les hayan sido expedidas, totalizar el valor pagado
en la adquisición de bienes y servicios, así como los ingresos
obtenidos en desarrollo de su actividad.
13. Este libro fiscal deberá reposar en el establecimiento de
comercio y la no presentación del mismo al momento que lo
requiera la administración, o la constatación del atraso, dará
lugar a la aplicación de las sanciones y procedimientos
contemplados en el artículo 652, pudiéndose establecer
tales hechos mediante el método señalado en el
artículo 653.
14. ARTICULO 3 DEL DECRETO 3050 DE 1997
Requisitos para la procedencia de costos, deducciones e
impuestos descontables para operaciones realizadas con no
obligados a facturar. De conformidad con lo estipulado en el
inciso 3º del articulo 771-2 del estatuto tributario, el documento
soporte para la procedencia de costos, deducciones e impuestos
descontables por operaciones realizadas con personas no
obligadas a expedir facturas o documento equivalente, será
expedido por el vendedor o por el adquiriente del bien y/o
servicio, y deberá reunir los siguientes requisitos:
15. 1. Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona o entidad
beneficiaria del pago o abono.
2. Fecha de la transacción
3. Concepto
4. Valor de la operación
5. La discriminación del impuesto generado en la operación, para
el caso del impuesto sobre las ventas descontable.
16. ARTICULO 13. ESTATUTO TRIBUTARIO
OBLIGACIONES DE LOS RESPONSABLES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO.
Los responsables del IVA pertenecientes al régimen simplificado
deberán:
1. Inscribirse en el Registro Nacional de Vendedores ante la Administración de
Impuestos y Aduanas Nacionales que corresponda al asiento principal de los
negocios del comerciante, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de
iniciación de sus operaciones, manifestando expresamente su opción de
acogerse a este régimen.
Tratándose de responsables no comerciantes que presten servicios gravados,
la inscripción deberá hacerse ante la Administración correspondiente al lugar
donde tenga abierta la oficina, local, o sede donde presten los servicios
gravados.
17. 2. Llevar un libro fiscal de registro de operaciones diarias por cada
establecimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
616 del Estatuto Tributario. El libro fiscal de registro de
operaciones diarias será documento equivalente a la factura de
venta.
3. Exigir a sus proveedores, responsables del régimen común, la
expedición de
factura o documento equivalente, donde aparezca discriminado
el impuesto sobre las ventas que se genere en las transacciones
correspondientes.
18. .
Esta investigación esta dirigida a la entidad de régimen simplificado
Hotel Italia ubicado en el barrio Antonio Pinilla de Villavicencio con
el NIT 40.403.256-4.
Esta empresa en el área contable posee una tesorera encargada de
Llevar un libro de registro de ingresos diarios y no cuentan con
soportes físicos de egresos por costos y gastos, además cuenta con
un contador externo quien es el encargado de desempeñar las
funciones propias a la hora de presentar información financiera;
pero pocas veces se encuentra presente en la empresa.