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Las normas internacionalesque regulanel usode lafuerzaporla policíaalientanel usode las
armas incapacitantesnoletales.¿Qué armasde esascaracterísticasconoce usted?¿De cuántostiposde
esasarmas dispone yque peligrosreviste suuso? ¿Cómopuede salvarsede esospeligros?
Pregunta 1
PrincipiosBásicos sobre el Empleode la Fuerza y de Armas de Fuego por los FuncionariosEncargados
de Hacer Cumplirla Ley
Por lo irreversible de las consecuencias que podrían derivarse del uso de la fuerza, la CIDH la concibe
como “un recursoúltimoque,limitado cualitativa y cuantitativamente, pretende impedir un hecho de
mayor gravedad que el que provoca la reacción estatal”7. Dentro de ese marco caracterizado por la
excepcionalidad, tanto la Comisión como la Corte IDH, han coincidido en que, para que el uso de la
fuerzase encuentre justificado, se deberán satisfacer los principios de legalidad, absoluta necesidad y
proporcionalidad.Loanteriorconbase en lasobligacionesinternacionales contraídas por los Estados en
materia de los derechos humanos, vistos a la luz de instrumentos internacionales, tales como los
Principiosbásicossobre el empleode lafuerza yel Códigode conducta para funcionarios,loscuales han
coadyuvado a dar contenido a las mismas. Los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza, en su
numeral 9°, dispone:
1. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley adoptarán y aplicarán normas y
reglamentaciones sobre el empleo de la fuerza y armas de fuego contra personas por parte de
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Al establecer esas normas y disposiciones, los
gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley examinarán continuamente las
cuestiones éticas relacionadas con el empleo de la fuerza y de armas de fuego.
2. Los gobiernosylosorganismosencargadosde hacercumplirlaleyestableceránunaserie de métodos
lo más amplia posible y dotarán a los funcionarios correspondientes de distintos tipos de armas y
municionesde modoque puedanhacerunusodiferenciado de la fuerza y de las armas de fuego. Entre
estasarmas deberíanfigurar armas incapacitantes no letales para emplearlas cuando fuera apropiado,
con mirasa restringircadavezmás el empleode mediosque puedanocasionar lesiones o muertes. Con
el mismoobjetivo,tambiéndeberíapermitirse que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
cuentenconequipoautoprotector,porejemplo,escudos, cascos, chalecos a prueba de balas y medios
de transporte a prueba de balas a fin de disminuir la necesidad de armas de cualquier tipo.
3. Se hará una cuidadosaevaluaciónde lafabricaciónydistribuciónde armasnoletalesincapacitantes a
finde reduciral mínimo el riesgo de causar lesiones a personas ajenas a los hechos y se controlará con
todo cuidado el uso de tales armas.
4. Los funcionariosencargadosde hacercumplirlaley,enel desempeño de sus funciones, utilizarán en
la medida de lo posible medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y de armas de
fuego.Podránutilizarlafuerzay armas de fuego solamente cuando otros medios resulten ineficaces o
no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto.
5. Cuandoel empleode lasarmas de fuegoseainevitable,losfuncionariosencargados de hacer cumplir
la ley:
a) Ejerceránmoderaciónyactuarán enproporcióna lagravedad del delito y al objetivo legítimo que se
persiga;
b) Reducirán al mínimo los daños y lesiones y respetarán y protegerán la vida humana;
c) Procederán de modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las personas
heridas o afectadas;
d) Procurarán notificarlosucedido,alamenorbrevedadposible,alosparientesoamigos íntimos de las
personas heridas o afectadas.
6. Cuando al emplear la fuerza o armas de fuego los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
ocasionenlesionesomuerte,comunicarán el hecho inmediatamente a sus superiores de conformidad
con el principio 22.
7. Los gobiernosadoptaránlasmedidasnecesariasparaque en la legislación se castigue como delito el
empleoarbitrariooabusivo de la fuerza o de armas de fuego por parte de los funcionarios encargados
de hacer cumplir la ley.
8. No se podrán invocar circunstancias excepcionales tales como la inestabilidad política inte rna o
cualquier otra situación pública de emergencia para justificar el quebrantamiento de estos Principios
Básicos.
https://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/UseOfForceAndFirearms.aspx
Armas Menos Letales en América Latina y el Caribe
2) Existendiversas clasificacionesde dispositivosmenosletalesatendiendoadistintoscriterios,los
cualespuedenagruparse de la siguiente manera:
• Anti-personales:diseñadosparaimpediroforzarunaconducta, comopor ejemploTasersogas
pimienta.
• Anti-movilidad:diseñadasparaprevenirque unvehículose desplace,comoporejemplogeles
deslizantes.
• Anti-infraestructura:diseñadosparaatacarsistemasenterosde comunicacionesotránsitomasivo,
como por ejemploinhibidoresde señal de telefoníamóvil.
• Denegadorasde área:diseñadasparaprotegeráreaso espaciosde intrusionesnoautorizadas,como
por ejemploel gaslacrimógeno.
3) Desde el puntode vistaoperativo,existenciertascaracterísticasque usualmente se asocianauna
mayor utilidadyefectividadde lasAML:
• Portable:de fácil portación,transporte yalmacenamiento.•Discriminatoriooselectivo:con
capacidadde aislarunblancodeterminado.
• Efectosinstantáneos:el lapsode accióndeberserinferioralos3 segundos(demoracognitivade un
humanoenprocesar unestímulo).
• Reversible:susefectosnodebenserpermanentes.•Segura:para quienlaaccionay para quien sufre
el efectode lamisma.• Respetuosaconel medioambiente:noalterairremediablemente las
condicionesdel contexto.
3) En laactualidadla comoagente encargadode hacer cumplirlaley ennuestropaís existe el MARCO
CONCEPTUALPARA EL USO DE LA FUERZA Y ARMASLETALES EN LA PNC,encual se regulaque unagente
de seguridadpública,tieneandarsuplaca policial,suONI,tonfa,armade fuegoyesposas,solaslas
unidadesespecializadastienenequipomássofisticados.
El usode lafuerzay las armas letalesynoletalesdebeocurrirsolocuandoseanecesario,esdecir,
cuandono se cuente conla colaboraciónde parte de losy las ciudadanas,cuandohayriesgode agresión
o cuandose sufre unaagresióndirectahacialosagentesyotras personas.
4) Riesgosasociados a las armas menosletales
A nivel internacional,el usode AML ha despertado preocupación e inquietudes en un amplio espectro
de actores,incluyendoperiodistas,organizacionesde lasociedadcivil,activistasde derechoshumanos y
órganos de control policial. Estas preocupaciones se asocian a las potenciales consecuencias físicas y
cognitivasde lasAML, que incluyenlesionesy,eventualmente,lamuerte.Riesgos asociados a las armas
menosletalesOrganizacionesde laregiónmencionanque “se handesarrolladomuypocas regulaciones
específicas para guiar el uso de las AML. Las lagunas de conocimiento persisten respecto al nivel de
letalidad de estas armas y aún falta que los órganos públicos internacionales establezcan directrices
específicas sobre su uso adecuado, así como sobre la capacitación”.
En 2016, Omega Research Foundation resaltó que en América del Sur existen “numerosos casos de
tortura y otros malos tratos contra manifestantes pacíficos y personas detenidas. La mayoría de los
equiposutilizadosparaperpetrarestasviolacionesalosderechoshumanosson elementos comunes en
las Policías de la región”, incluyendo armas de impacto cinético (como los bastones de mano y
lanzadoresde proyectiles),químicosirritantes (como el gas lacrimógeno), granadas de aturdimiento, y
armas de electrochoque.
La evidenciaesconsistente enmostrarque,en el marco de política pública, la supervisión por parte de
mandosmediosylosprotocolosoperativosimpactansobre el uso de la fuerza y de dispositivos menos
letales. Agentes policiales que trabajan en contextos institucionales más restrictivos en el uso de la
fuerza, emplean la fuerza y las AML en menos oportunidades.
http://www.unlirec.org/Documents/AML_ALC.pdf
Los funcionariosencargadosde hacer cumplir la ley están obligados a informar a sus superiores acerca
de los casos en que han usado la fuerza. ¿A qué grados de fuerza se aplica esta obligación? ¿Cómo se
pueden describir los distintos niveles de uso de la fuerza a los agentes de policía para que sepan
exactamente sobre que tienen que informar?
1) Fuente:PrincipiosBásicossobre el Empleode la Fuerza y de Armas de Fuegopor los Funcionarios
Encargados de Hacer Cumplirla Ley
22) Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley establecerán
procedimientos eficaces para la presentación de informes y recursos en relación con todos los
casos mencionados en los principios 6 y 11 f). Para los casos con respecto a los cuales se
informe de conformidad con esos principios, los gobiernos y los organismos encargados de hacer
cumplir la ley asegurarán que se establezca un procedimiento de revisión eficaz y que
autoridades administrativas o judiciales independientes estén dotadas de competencia en
circunstancias apropiadas. En caso de muerte y lesiones graves u otras consecuencias de
importancia, se enviará rápidamente un informe detallado a las autoridades compet entes para la
revisión administrativa y la supervisión judicial.
6. Cuando al emplear la fuerza o armas de fuego los funcionarios encargados de hacer cumplir la
ley ocasionen lesiones o muerte, comunicarán el hecho inmediatamente a sus superiores de
conformidad con el principio 22.
11. Las normas y reglamentaciones sobre el empleo de armas de fuego por los funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley deben contener directrices que:
a) Especifiquen las circunstancias en que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
estarían autorizados a portar armas de fuego y prescriban los tipos de armas de fuego o
municiones autorizados;
b) Aseguren que las armas de fuego se utilicen solamente en circunstancias apropiadas y de
manera tal que disminuya el riesgo de daños innecesarios;
c) Prohíban el empleo de armas de fuego y municiones que puedan provocar lesiones no
deseadas o signifiquen un riesgo injustificado;
d) Reglamenten el control, almacenamiento y distribución de armas de fuego, así como los
procedimientos para asegurar que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respondan
de las armas de fuego o municiones que se les hayan entregado;
e) Señalen los avisos de advertencia que deberán darse, siempre que proceda, cuando se vaya a
hacer uso de un arma de fuego;
f) Establezcan un sistema de presentación de informes siempre que los funcionarios encargados
de hacer cumplir la ley recurran al empleo de armas de fuego en el desempeño de sus funciones.
2) La Policía y los agentes policiales son funcionarios estatales. En el ejercicio de su función
representan al Estado y, en términos prácticos, aplican el uso de la fuerza, los policías son los
actores claves que deben ser capacitados en el uso válido de la fuerza para evitar excesos en la
práctica, ya que “un uso arbitrario de la fuerza puede equivaler, muy probablemente, a la
afectación de derechos”.
3) Principios básicos
Necesidad, legalidad y proporcionalidad son los principios básicos plasmados en dos documentos
principales sobre el tema: los Principios Básicos sobre el uso de la fuerza de la ONU en 1990 y el
Código de conducta de funcionarios enc argados de hacer cumplir la ley y para en caso de
salvador los encontramos en marco conceptual para el uso de la fuerza y armas letales en La
PNC
Legalidad: Lo realiza en el cumplimiento del deber y empleando procedimientos y medios
(armas) previamente autorizados.
Proporcionalidad: debe existir una relación justificada entre el grado de resistencia de
agresiónque enfrenteunpolicíaoun tercero y la intensidadde lafuerzaque se aplicapara lograr que la
persona se someta.
Necesidad: El uso de fuerza es el último recurso frente a la resistencia en una inseguridad pública o
para detener una agresión ilegal.

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Tare derechos humanos

  • 1. Las normas internacionalesque regulanel usode lafuerzaporla policíaalientanel usode las armas incapacitantesnoletales.¿Qué armasde esascaracterísticasconoce usted?¿De cuántostiposde esasarmas dispone yque peligrosreviste suuso? ¿Cómopuede salvarsede esospeligros? Pregunta 1 PrincipiosBásicos sobre el Empleode la Fuerza y de Armas de Fuego por los FuncionariosEncargados de Hacer Cumplirla Ley Por lo irreversible de las consecuencias que podrían derivarse del uso de la fuerza, la CIDH la concibe como “un recursoúltimoque,limitado cualitativa y cuantitativamente, pretende impedir un hecho de mayor gravedad que el que provoca la reacción estatal”7. Dentro de ese marco caracterizado por la excepcionalidad, tanto la Comisión como la Corte IDH, han coincidido en que, para que el uso de la fuerzase encuentre justificado, se deberán satisfacer los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad.Loanteriorconbase en lasobligacionesinternacionales contraídas por los Estados en materia de los derechos humanos, vistos a la luz de instrumentos internacionales, tales como los Principiosbásicossobre el empleode lafuerza yel Códigode conducta para funcionarios,loscuales han coadyuvado a dar contenido a las mismas. Los Principios básicos sobre el empleo de la fuerza, en su numeral 9°, dispone: 1. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley adoptarán y aplicarán normas y reglamentaciones sobre el empleo de la fuerza y armas de fuego contra personas por parte de funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Al establecer esas normas y disposiciones, los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley examinarán continuamente las cuestiones éticas relacionadas con el empleo de la fuerza y de armas de fuego. 2. Los gobiernosylosorganismosencargadosde hacercumplirlaleyestableceránunaserie de métodos lo más amplia posible y dotarán a los funcionarios correspondientes de distintos tipos de armas y municionesde modoque puedanhacerunusodiferenciado de la fuerza y de las armas de fuego. Entre estasarmas deberíanfigurar armas incapacitantes no letales para emplearlas cuando fuera apropiado, con mirasa restringircadavezmás el empleode mediosque puedanocasionar lesiones o muertes. Con el mismoobjetivo,tambiéndeberíapermitirse que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cuentenconequipoautoprotector,porejemplo,escudos, cascos, chalecos a prueba de balas y medios de transporte a prueba de balas a fin de disminuir la necesidad de armas de cualquier tipo. 3. Se hará una cuidadosaevaluaciónde lafabricaciónydistribuciónde armasnoletalesincapacitantes a finde reduciral mínimo el riesgo de causar lesiones a personas ajenas a los hechos y se controlará con todo cuidado el uso de tales armas. 4. Los funcionariosencargadosde hacercumplirlaley,enel desempeño de sus funciones, utilizarán en la medida de lo posible medios no violentos antes de recurrir al empleo de la fuerza y de armas de fuego.Podránutilizarlafuerzay armas de fuego solamente cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen de ninguna manera el logro del resultado previsto.
  • 2. 5. Cuandoel empleode lasarmas de fuegoseainevitable,losfuncionariosencargados de hacer cumplir la ley: a) Ejerceránmoderaciónyactuarán enproporcióna lagravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga; b) Reducirán al mínimo los daños y lesiones y respetarán y protegerán la vida humana; c) Procederán de modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las personas heridas o afectadas; d) Procurarán notificarlosucedido,alamenorbrevedadposible,alosparientesoamigos íntimos de las personas heridas o afectadas. 6. Cuando al emplear la fuerza o armas de fuego los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley ocasionenlesionesomuerte,comunicarán el hecho inmediatamente a sus superiores de conformidad con el principio 22. 7. Los gobiernosadoptaránlasmedidasnecesariasparaque en la legislación se castigue como delito el empleoarbitrariooabusivo de la fuerza o de armas de fuego por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. 8. No se podrán invocar circunstancias excepcionales tales como la inestabilidad política inte rna o cualquier otra situación pública de emergencia para justificar el quebrantamiento de estos Principios Básicos. https://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/UseOfForceAndFirearms.aspx Armas Menos Letales en América Latina y el Caribe
  • 3. 2) Existendiversas clasificacionesde dispositivosmenosletalesatendiendoadistintoscriterios,los cualespuedenagruparse de la siguiente manera: • Anti-personales:diseñadosparaimpediroforzarunaconducta, comopor ejemploTasersogas pimienta. • Anti-movilidad:diseñadasparaprevenirque unvehículose desplace,comoporejemplogeles deslizantes. • Anti-infraestructura:diseñadosparaatacarsistemasenterosde comunicacionesotránsitomasivo, como por ejemploinhibidoresde señal de telefoníamóvil. • Denegadorasde área:diseñadasparaprotegeráreaso espaciosde intrusionesnoautorizadas,como por ejemploel gaslacrimógeno. 3) Desde el puntode vistaoperativo,existenciertascaracterísticasque usualmente se asocianauna mayor utilidadyefectividadde lasAML: • Portable:de fácil portación,transporte yalmacenamiento.•Discriminatoriooselectivo:con capacidadde aislarunblancodeterminado. • Efectosinstantáneos:el lapsode accióndeberserinferioralos3 segundos(demoracognitivade un humanoenprocesar unestímulo). • Reversible:susefectosnodebenserpermanentes.•Segura:para quienlaaccionay para quien sufre el efectode lamisma.• Respetuosaconel medioambiente:noalterairremediablemente las condicionesdel contexto. 3) En laactualidadla comoagente encargadode hacer cumplirlaley ennuestropaís existe el MARCO CONCEPTUALPARA EL USO DE LA FUERZA Y ARMASLETALES EN LA PNC,encual se regulaque unagente de seguridadpública,tieneandarsuplaca policial,suONI,tonfa,armade fuegoyesposas,solaslas unidadesespecializadastienenequipomássofisticados. El usode lafuerzay las armas letalesynoletalesdebeocurrirsolocuandoseanecesario,esdecir, cuandono se cuente conla colaboraciónde parte de losy las ciudadanas,cuandohayriesgode agresión o cuandose sufre unaagresióndirectahacialosagentesyotras personas.
  • 4. 4) Riesgosasociados a las armas menosletales A nivel internacional,el usode AML ha despertado preocupación e inquietudes en un amplio espectro de actores,incluyendoperiodistas,organizacionesde lasociedadcivil,activistasde derechoshumanos y órganos de control policial. Estas preocupaciones se asocian a las potenciales consecuencias físicas y cognitivasde lasAML, que incluyenlesionesy,eventualmente,lamuerte.Riesgos asociados a las armas menosletalesOrganizacionesde laregiónmencionanque “se handesarrolladomuypocas regulaciones específicas para guiar el uso de las AML. Las lagunas de conocimiento persisten respecto al nivel de letalidad de estas armas y aún falta que los órganos públicos internacionales establezcan directrices específicas sobre su uso adecuado, así como sobre la capacitación”. En 2016, Omega Research Foundation resaltó que en América del Sur existen “numerosos casos de tortura y otros malos tratos contra manifestantes pacíficos y personas detenidas. La mayoría de los equiposutilizadosparaperpetrarestasviolacionesalosderechoshumanosson elementos comunes en las Policías de la región”, incluyendo armas de impacto cinético (como los bastones de mano y lanzadoresde proyectiles),químicosirritantes (como el gas lacrimógeno), granadas de aturdimiento, y armas de electrochoque.
  • 5. La evidenciaesconsistente enmostrarque,en el marco de política pública, la supervisión por parte de mandosmediosylosprotocolosoperativosimpactansobre el uso de la fuerza y de dispositivos menos letales. Agentes policiales que trabajan en contextos institucionales más restrictivos en el uso de la fuerza, emplean la fuerza y las AML en menos oportunidades. http://www.unlirec.org/Documents/AML_ALC.pdf Los funcionariosencargadosde hacer cumplir la ley están obligados a informar a sus superiores acerca de los casos en que han usado la fuerza. ¿A qué grados de fuerza se aplica esta obligación? ¿Cómo se pueden describir los distintos niveles de uso de la fuerza a los agentes de policía para que sepan exactamente sobre que tienen que informar? 1) Fuente:PrincipiosBásicossobre el Empleode la Fuerza y de Armas de Fuegopor los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplirla Ley 22) Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley establecerán procedimientos eficaces para la presentación de informes y recursos en relación con todos los casos mencionados en los principios 6 y 11 f). Para los casos con respecto a los cuales se informe de conformidad con esos principios, los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley asegurarán que se establezca un procedimiento de revisión eficaz y que autoridades administrativas o judiciales independientes estén dotadas de competencia en circunstancias apropiadas. En caso de muerte y lesiones graves u otras consecuencias de importancia, se enviará rápidamente un informe detallado a las autoridades compet entes para la revisión administrativa y la supervisión judicial. 6. Cuando al emplear la fuerza o armas de fuego los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley ocasionen lesiones o muerte, comunicarán el hecho inmediatamente a sus superiores de conformidad con el principio 22. 11. Las normas y reglamentaciones sobre el empleo de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben contener directrices que: a) Especifiquen las circunstancias en que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley estarían autorizados a portar armas de fuego y prescriban los tipos de armas de fuego o municiones autorizados; b) Aseguren que las armas de fuego se utilicen solamente en circunstancias apropiadas y de manera tal que disminuya el riesgo de daños innecesarios; c) Prohíban el empleo de armas de fuego y municiones que puedan provocar lesiones no deseadas o signifiquen un riesgo injustificado; d) Reglamenten el control, almacenamiento y distribución de armas de fuego, así como los procedimientos para asegurar que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respondan de las armas de fuego o municiones que se les hayan entregado; e) Señalen los avisos de advertencia que deberán darse, siempre que proceda, cuando se vaya a hacer uso de un arma de fuego; f) Establezcan un sistema de presentación de informes siempre que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley recurran al empleo de armas de fuego en el desempeño de sus funciones.
  • 6. 2) La Policía y los agentes policiales son funcionarios estatales. En el ejercicio de su función representan al Estado y, en términos prácticos, aplican el uso de la fuerza, los policías son los actores claves que deben ser capacitados en el uso válido de la fuerza para evitar excesos en la práctica, ya que “un uso arbitrario de la fuerza puede equivaler, muy probablemente, a la afectación de derechos”. 3) Principios básicos Necesidad, legalidad y proporcionalidad son los principios básicos plasmados en dos documentos principales sobre el tema: los Principios Básicos sobre el uso de la fuerza de la ONU en 1990 y el Código de conducta de funcionarios enc argados de hacer cumplir la ley y para en caso de salvador los encontramos en marco conceptual para el uso de la fuerza y armas letales en La PNC Legalidad: Lo realiza en el cumplimiento del deber y empleando procedimientos y medios (armas) previamente autorizados. Proporcionalidad: debe existir una relación justificada entre el grado de resistencia de agresiónque enfrenteunpolicíaoun tercero y la intensidadde lafuerzaque se aplicapara lograr que la persona se someta. Necesidad: El uso de fuerza es el último recurso frente a la resistencia en una inseguridad pública o para detener una agresión ilegal.