c3.hu3.p1.p2.El ser humano y el sentido de su existencia.pptx
TEMA 5. REINADO DE ISABEL II.pptx
1. TEMA 5
LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO
LIBERAL (1833-1874)
EL REINADO DE ISABEL II
(1833-1868)
2. 5.1 ISABEL II: LAS REGENCIAS. LAS GUERRAS
CARLISTAS. LOS GRUPOS POLÍTICOS, EL ESTATUTO
REAL DE 1834 Y LA CONSTITUCIÓN DE 1837.
3. EVOLUCIÓN POLÍTICA DEL REINADO DE ISABEL II
Minoría de edad o Periodo de Regencias (1833-1843)
o Regencia de María Cristina (1833-1840)
o Regencia de Espartero (1840-1843)
Mayoría de Edad o Reinado efectivo (1843-1868)
o Década Moderada (1844-1854)
o Bienio Progresista (1854-1856)
o Fin del Reinado (1856-1868):
o Gobierno de la Unión Liberal (1856-1863)
o Sucesión de gobiernos (1863-1868)
4. LOS PARTIDOS POLÍTICOS
El General O’ Donnell creó un nuevo grupo político, la UNIÓN LIBERAL que recogía tanto progresistas
como moderados. Recibió el apoyo de la burguesía y de los grandes terratenientes y la oposición de
democratas y republicanos
45. “La regente es una dama casada en secreto y embarazada en
público”. Los carlistas enemigos de ella, popularizaron una copla
alusiva:
Clamaban los liberales
Que la reina no paría
¡Y ha parido más muñecones
Que liberales había!
65. TEXTO - CONSTITUCIÓN DE 1845
Doña Isabel II, por la gracia de Dios y de la Constitución de la Monarquía española, Reina de las
Españas; a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que siendo nuestra voluntad y
la de las Cortes del Reino regularizar y poner en consonancia con las necesidades actuales del
Estado los antiguos fueros y libertades de estos Reinos, y la intervención que sus Cortes han
tenido en todos tiempos en los negocios graves de la Monarquía modificando al efecto la
Constitución promulgada en 18 de junio de 1837, hemos venido, en unión y de acuerdo con las
Cortes actualmente reunidas, en decretar y sancionar la siguiente:
Art.4.Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía («).
Art.6.Todo español está obligado a defender la Patria con las armas cuando sea
llamado por la ley, y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del
Estado.
Art.11.La Religión de la Nación española es la Católica, Apostólica y Romana. El Estado
se obligue a mantener el culto y sus ministros.
Art.12.La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.
Art.13.Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades:
el Senado y el Congreso de los Diputados.
Art.14.El número de senadores es ilimitado: su nombramiento pertenece al Rey («).
Art.17.El cargo de Senador es vitalicio.
Art.20.El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas
electorales en la forma que determine la ley. Se nombrará un Diputado a lo menos
porcada cincuenta mil almas («)
Art.45.Además de las prerrogativas que la Constitución señala al Rey, le corresponde
(«) nombrar y separar libremente los ministros («).
88. Españoles:
La entusiasta acogida que va encontrando en los pueblos del Ejército liberal; el
esfuerzo de los soldados que le componen, tan heroicamente mostrado en los campos
de Vicálvaro; el aplauso con que en todas partes ha sido recibida la noticia de nuestro
patriótico alzamiento, aseguran desde ahora el triunfo de la libertad y delas leyes que
hemos jurado defender.
Dentro de pocos días, la mayor parte de las provincias habrán sacudido el yugo de los
tiranos; la nación disfrutará los beneficios del régimen representativo (…) Nosotros
queremos la conservación del trono, pero sin camarilla que lo deshonre; queremos la
práctica rigurosa de las leyes fundamentales, mejorándolas, sobre todo la electoral y la
de imprenta; queremos la rebaja de los impuestos, fundada en una estricta economía;
queremos que se respeten en los empleos militares y civiles la antigüedad y los
merecimientos; queremos arrancar los pueblos a la centralización que los devora,
dándoles la independencia local necesaria para que conserven y aumenten sus
intereses propios, y como garantía de todo esto queremos y plantearemos, bajo
sólidas bases, la Milicia Nacional.(…)
Las Juntas de gobierno que deben irse constituyendo en las provincias libres; las
Cortes generales que luego se reúnan; la misma nación, en fin, fijará las bases
definitivas de la regeneración liberal a que aspiramos. Nosotros tenemos consagradas
a la voluntad nacional nuestras espadas, y no las envainaremos hasta que ella esté
cumplida.
Cuartel general de Manzanares, a 6 de julio de 1854.- El general en jefe del Ejército
constitucional, Leopoldo O'Donnell, conde de Lucena
97. c) Ley de Sociedades Bancarias y Crediticias
Se firmó en enero de 1856 y contribuyó a:
– La canalización de capitales hacia el ferrocarril.
– Al nacimiento de un mercado financiero moderno
promoviendo la entrada de capitales del exterior.
– A la creación de sociedades de crédito y bancos
industriales, comerciales y de emisión por todo el
país.
101. Las diferencias entre O´Donnell y Espartero crecieron
Finaliza con el golpe de O´Donnell y el exilio de Espartero
102. LA DESINTEGRACIÓN DE LA MONARQUÍA
(1857-1868)
• La reacción moderada (1856-1857):
• O´Donell.
• Narváez.
• Gobierno de la Unión Liberal (1858-1863)
• Crisis final: sucesión de moderados y
unionistas (1863-1868)