Curso de preventor en materia de drogas (marco juridico)
1.
2. Artículo 46 de la CRBV: “Toda persona tiene
derecho a que se respete su integridad física,
psíquica y moral; en consecuencia: Se
fundamenta en el ordinal Nº 03, una excepción
jurídica donde “Ninguna persona será sometida
sin su libre consentimiento a experimentos, o a
exámenes médicos o de laboratorio, excepto
cuando se encontrare en peligro su vida o por
otras circunstancias que determine la ley”.
MARCO JURIDICO DE LA PREVENCIÓN
INTEGRAL:
3. Artículo 26 de la LOD. “…Los y las profesionales de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana, incluyendo los y las
aspirantes de las instituciones de formación militar,
alumnos y alumnas, tropa alistada, empleados y
empleadas, obreros y obreras, así como cualquier otro
personal civil contratado o ad honorem, deberán
someterse a la aplicación anual de un examen
toxicológico imprevisto de acuerdo a un programa de
inspección controlada, efectuado por el órgano rector.”
4. DIRECTIVA GENERAL MPPPD-INGFANB-DIRAFANB-
DD-001-2012 “NORMAS Y PROCEDIMIENTOS A
SEGUIR EN MATERIA DE PREVENCIÓN INTEGRAL,
CONSUMO, POSESIÓN Y TRÁFICO DE DROGAS
LÍCITAS E ILÍCITAS Y EL TRATAMIENTO DE LA
PERSONA CONSUMIDORA EN LA F.A.N.B”.
La presente directiva establece los procedimientos
mecanismos y medios de control para la prevención
integral del consumo, posesión y distribución de drogas,
lícitas e ilícitas y tratamiento de los integrantes, tanto
militares como civiles de la F.A.N.B., cuando se
encuentren única y excepcionalmente en la condición de
consumidores de tipo experimental, ocasional o
circunstancial.”
5. PLAN NACIONAL ANTIDROGAS (PNA) 2015-2019.
Es un documento de carácter oficial que propone de
forma articulada políticas y estrategias que permiten
planificar acciones dirigidas a todos los que tienen
obligación de colaborar con la prevención integral (LOD
2010) para el abordaje del problema mundial de las
drogas.
6. OFICINA NACIONAL ANTIDROGAS DEL MPPPRIJP.
(ONA).
La Oficina Nacional Antidrogas del MPPPRIJP a través de
la Dirección de Reducción de la Demanda, diseña las
políticas y estrategias orientadas a prevenir el consumo
de drogas, mediante la implementación del Programa de
Prevención Integral “ Sembrando Valores para la Vida”,
fortaleciendo estilos de vida saludables en la población
Venezolana, orientados a la desconcentración
7. PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE DROGAS DE LA OFICINA
ANTIDROGAS DEL EJÉRCITO BOLIVARIANO
Toma de muestras en visitas a las Unidades y Dependencias del
ejército:
1. El Comandante de la Unidad o Jefe de Dependencia del
Componente Ejército, será responsable ante el Inspector General
del Ejército Bolivariano (Presidente de la OAEB)
2. El día de la toma de muestras, el Jefe de la OAEB, informará
personalmente al Comandante de la Unidad, quien deberá designar
al Segundo Comandante y a los profesionales militares para
conformar la cadena de custodia, en conjunto con los profesionales
militares y civiles de la OAEB, quienes deberán firmar la planilla
general de evaluación toxicológica al final del proceso de toma de
muestras, colocando sus nombres y apellidos completos, grados,
cargos, numero de Cédula de Identidad y su huella digital.
3. El Jefe o representante de la OAEB, informará al personal
designado como cadena de custodia sus responsabilidades.
8. 1. El Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor y los miembros
del Comité Anti Drogas (COAD) o Sociedad Anti Drogas (SOAD) de
la Unidad visitada, participarán activamente con el Equipo Técnico
de la OAEB que efectuará la toma de muestras.
2. Las Unidades a visitar, a través del oficial de Administración y
Logística, apoyará a la OAEB, con un vehículo, conductor y escolta,
para el traslado a las diferentes Unidades y Dependencias durante
su estadía, y coordinará los métodos de conservación requerido
para las muestras (hielo seco).
9. Toma de muestras de Rutina:
1. El jefe del laboratorio o auxiliar recibirá el Oficio de Solicitud, en el
cual se debe especificar el motivo de la misma.
2. El jefe del laboratorio entregará al Jefe de la OAEB el oficio de
solicitud para que autorice el procesamiento de la muestra.
3. Si se trata de un soldado o personal civil, este debe presentarse con
un profesional militar de la Unidad solicitante, quien será el personal
supervisor.
4. En los casos de toma de muestras a un profesional militar, este
debe presentarse en compañía de un profesional militar de mayor
grado.
10. CONFIRMACIÓN DE RESULTADOS POSITIVOS:
1. De arrojar una muestra resultado positivo en la evaluación
toxicológica, deberá realizarse un análisis confirmatorio a la misma
muestra, mediante el uso de las técnicas ya establecidas.
2. Los Comandos de las Unidades Tácticas y Fundamentales Aisladas,
deberán remitir a la Unidad Superior a través del SOAD, al personal
militar y civil que presuntamente esté incurso en problemas de
tráfico o consumo lícito o ilícito de sustancias estupefacientes y
psicotrópicas, en un plazo que no exceda las 24 hrs.; donde el
COAD deberá organizar la cadena de custodia para la toma de
muestra, con la finalidad de realizar la evaluación toxicológica, y en
los casos de consumo de alcohol, no exceder la toma de muestra de
8 Hrs.; las mismas deben estar cerradas herméticamente y al tomar
las muestras deben ser refrigeradas para su conservación y traslado
a la OAEB, a objeto de que sean evaluadas y se efectúe la
investigación respectiva.
11. ARTÍCULO 46 DE
LA CRBV
MARCO JURIDICO DE LA
PREVENCIÓN INTEGRAL
ARTÍCULO 26 DE
LA LOD
DIRECTIVA GENERAL
MPPPD-INGFANB-
DIRAFANB-DD-001-2012
PLAN NACIONAL
ANTIDROGAS (PNA)
2015-2019.
12. TOMA DE MUESTRAS EN
VISITAS A LAS UNIDADES
Y DEPENDENCIAS DEL
EJÉRCITO
PROCEDIMIENTOS EN MATERIA
DE DROGAS DE LA OFICINA
ANTIDROGAS DEL EJÉRCITO
BOLIVARIANO
TOMA DE MUESTRAS
DE RUTINA
CONFIRMACIÓN DE
RESULTADOS POSITIVOS