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Unidad 12
PODER, ESTADO
Y DERECHO




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1. ¿Qué es la política?
 Política: es la actividad en la que grupos, organizaciones o
  sociedades toman decisiones colectivamente.

   Cooperación y conflicto

     La política como cooperación: ARISTÓTELES

     La política como conflicto: MAQUIAVELO




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2. El poder político
 Max Weber:

   “Por poder se entiende cada oportunidad o posiblilidad existente en
  una relación social que permite a un individuo cumplir su propia
  voluntad”.

   Distingue tres tipos de poder:




    ECONÓMICO                    IDEOLÓGICO                 POLÍTICO
 Consiste en atribuir          Supone atribuir o         Se atribuye el uso
 o quitar riquezas.             quitar prestigio.         de la violencia
                                                             legítima.



                        © Grupo Editorial Bruño, S. L.                    3
2. El poder político
 El poder político consiste en:


       Relación entre       El mandatario exige
       unas personas        obediencia. Esta se
       que mandan y         garantiza a través de la
       otras que            violencia y la amenaza,      La violencia se usa
       obedecen.            que no son incompatibles     de manera legítima
                            con el diálogo y la          siempre que las
                            comunicación.                leyes en las que se
                                                         fundamenta hayan
                                                         sido elegidas
       Un poder que          Hay un acuerdo tácito       democráticamente
       usa la violencia e    entre el mandatario y la    por los ciudadanos.
       impone su             población.
       autoridad de
       forma legítima.

                        © Grupo Editorial Bruño, S. L.                  4
3. El Estado
 Es el conjunto de órganos de gobierno de un país soberano.

 Características del Estado moderno, entendido como una institución
  impersonal:


    Su poder se extiende dentro de un TERRITORIO.


    Es una ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA y JURÍDICA.


    Tiene el MONOPOLIO DE LA VIOLENCIA.


    Es SOBERANO.



                        © Grupo Editorial Bruño, S. L.                 5
3.1. Clasificación del Estado

1. En función del tipo de gobierno y de cuántos participan en el poder político:

    AUTOCRACIAS

       El poder está en manos de una sola persona.

         -   Dictaduras
         -   Monarquias

    OLIGARQUIAS Y ARISTOCRACIAS

       El gobierno lo ejercen unos pocos que se presentan a sí mismos
        como los mejores.

    DEMOCRACIAS
       Todos los ciudadanos participan en la esfera política.

                          © Grupo Editorial Bruño, S. L.                    6
3.1. Clasificación del Estado
1. En función de si se respetan o no las leyes y el derecho:

   NO SE RESPETAN

      Estado autoritario y despótico. La autoridad del déspota, dictador
       o monarca es absoluta.

         •   Estados absolutistas
         •   Estado totalitario


   SI SE RESPETAN

      Estado liberal y de Derecho.

         •   Sufragio universal
         •   División de poderes

                        © Grupo Editorial Bruño, S. L.                  7
4. Autoridad y legitimidad
 La autoridad es la persona o grupo de personas que ejerce un poder
  institucionalizado. La sociedad cumple las órdenes establecidas puesto
  que esta autoridad está legitimada.



4.1. Autoridad y obediencia
 La obediencia a la autoridad se debe a dos razones:

    La Institucionalización del poder.
    El miedo a recibir una sanción en caso de desobediencia a la
     autoridad.




                         © Grupo Editorial Bruño, S. L.                    8
4.2. Legitimidad
 El poder se institucionaliza cuando se considera que es legítimo.


 Hay tres formas de legitimar el poder político:

    TRADICIONAL


    CARISMÁTICA


    LEGAL




                         © Grupo Editorial Bruño, S. L.               9
5. La justificación del Estado: contractualismo
 Para que se cumplieran las leyes y apareciera el Estado, los
  ciudadanos tuvieron que llegar a un acuerdo al que se conoce como
  CONTRATO SOCIAL.

 A estas teorías que fundan la legitimidad del Estado en un contrato
  social las denominamos teorías contractualistas.

 Hobbes, Locke y Rousseau, teóricos clásicos del contractualismo,
  distinguen dos formas de Estado:

   ESTADO DE NATURALEZA. Describe la sociedad en estado
    natural, como si no existiera el Estado.

   ESTADO SOCIAL. Cuando la situación natural es insostenible las
    personas se ven obligadas a organizarse tomando como base un
    pacto o acuerdo.

                          © Grupo Editorial Bruño, S. L.                10
5.1. Thomas Hobbes (Inglaterra, 1588-1679)
 Fue el primer filósofo que empleó con claridad la noción de contrato
  social en la época moderna.


 Estado de naturaleza. En un mundo sin Estado ni ley, el afán por
  conseguir el poder conduce a una lucha de todos contra todos en la que
  solo rige LA LEY DEL MÁS FUERTE.

 El Estado. Es partidario del Estado autoritario y absolutista.


 El contrato social. Es el pacto por el que todos los individuos renuncian a su
  poder, es decir, a su libertad en beneficio de un soberano que garantice LA
  PAZ, LA SEGURIDAD y la SUPERVIVENCIA de todos sus súbditos.




                          © Grupo Editorial Bruño, S. L.                   11
5.2. John Locke (Inglaterra, 1632-1704)


 Su definición de contrato social se resume en los siguientes puntos:

 Estado de naturaleza. Los seres humanos poseen unos derechos
  básicos e inalienables, a la vida, a la libertad y a la propiedad. Estos son
  previos a cualquier Estado.

 El Estado. El Estado debe garantizar que estos derechos no puedan ser
  violados. El poder del Estado se divide para que no recaiga sobre una
  sola persona. Este es el origen del Estado liberal.

 El contrato social. El poder es fruto de un contrato social por el que los
  gobernantes pueden ser sustituidos cuando los gobernados lo
  consideren necesario.



                           © Grupo Editorial Bruño, S. L.                        12
5.3. Jean Jacques Rousseau (Francia, 1712-1778)

 Para Rousseau el hombre es fundamentalmente bueno y es la
  sociedad, con sus valores individualistas y mezquinos, le corrompe.

 Estado de naturaleza. El ser humano se identifica con la figura del buen
  salvaje. Vive de manera igualitaria, la naturaleza provee todas sus
  necesidades. Es de por sí bueno y compasivo.

 El contrato social. Al aparecer la propiedad este estado ideal de
  naturaleza se corrompe. Aparecen las desigualdades, al hacer a los
  hombres unos esclavos de otros pierden su libertad. Para corregir estas
  desigualdades es necesario un pacto para la formación de un Estado.


 El Estado. Se basa en la voluntad general. Debe garantizar la igualdad
  de todos sus individuos.


                         © Grupo Editorial Bruño, S. L.                     13
6. El derecho

 Es el conjunto de normas que emanan del Estado.


 Sirve para conservar el orden social; ordena y organiza las relaciones
  sociales.


 Pretende tanto solucionar conflictos como evitar que surjan.


 Para que se cumpla el derecho hay numerosas instituciones, fuerzas y
  cuerpos del Estado.




                          © Grupo Editorial Bruño, S. L.                   14
6. El derecho
                 Las normas jurídicas
 Las normas jurídicas se diferencian de las normas sociales y
  éticas en que su incumplimiento puede ser penalizado.

 Características:
     Son UNIVERSALES
     Son IMPERATIVAS
     Son INVIOLABLES
     Son COACTIVAS
     Son PÚBLICAS
     No son RETROACIVAS



                       © Grupo Editorial Bruño, S. L.            15
6. El derecho

    Derecho objetivo y derecho subjetivo
 Se distinguen dos tipos de derecho:


   Derecho positivo o derecho objetivo. Es el conjunto de NORMAS
    tal y como están escritas que regulan la conducta de los individuos en
    un Estado o territorio.

   Derecho subjetivo. Hace referencia a los DERECHOS de los
    ciudadanos que los Estados democráticos tienen la obligación de
    salvaguardar (derecho a la libertad de expresión, derecho a la libertad
    de conciencia, etc.).




                         © Grupo Editorial Bruño, S. L.                   16
6.1. El fundamento del derecho

 Existen dos tradiciones jurídicas fundamentales:

    iusnaturalismo

   iuspositivismo ( positivismo jurídico)




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6.1. El fundamento del derecho
                       El iusnaturalismo
 Según esta concepción, los derechos básicos proceden del propio orden
  de la naturaleza.
 Existe un derecho natural con un conjunto de derechos que son por tanto:

   consustanciales a la naturaleza humana
   universales
   irrenunciables

 Los derechos naturales se concretan y reflejan en el derecho positivo.
     Hay una serie de derechos naturales que los iusnaturalistas denominan
      derechos humanos.



                          © Grupo Editorial Bruño, S. L.                   18
6.1. El fundamento del derecho
            El iusnaturalismo en el tiempo

 Iusnaturalismo griego y romano: Platón y Aristóteles.


 Iusnaturalismo cristiano: san Agustín


 Iusnaturalismo racionalista. Inspirador de las primeras declaraciones
  de derechos humanos.




                           © Grupo Editorial Bruño, S. L.                 19
6.1. El fundamento del derecho
                      El iuspositivismo
 Defiende que no existen unos derechos más allá de los establecidos
  convencionalmente por los seres humanos.

 No se acepta la distinción entre derecho natural y derecho positivo:
  todo es DERECHO POSITIVO.

 El derecho no es una realidad natural, sino CULTURAL.

 Los derechos y las leyes no existen previamente a la sociedad ni forman
  parte de la naturaleza.

 Dentro del derecho puede haber normas JUSTAS e INJUSTAS.



                         © Grupo Editorial Bruño, S. L.                     20
6.2. Legalidad y legitimidad

 La LEGALIDAD es el marco legal vigente, el conjunto de normas
  que rigen una sociedad.


 En caso de que el marco legal no sea justo y promueva las
  desigualdades sociales no será LEGÍTIMO.




                        © Grupo Editorial Bruño, S. L.            21
7. Los derechos humanos (derechos fundamentales)

 Son los derechos básicos que hay que garantizar a TODOS LOS SERES
  HUMANOS.

 El principal valor que defienden es el de la inviolabilidad de

                          LA DIGNIDAD HUMANA

 Estos derechos son:

    Intrínsecos a la naturaleza humana, no nacen del derecho positivo.
    Universales, los poseen todas las personas sin excepción.
    Inalienables e irrenunciables, nadie puede suprimirlos ni escoger no
     tenerlos.



                            © Grupo Editorial Bruño, S. L.                22
7.1. Declaración Universal de los Derechos
      Humanos

 Fue aprobada en 1948 por la ONU.




 Los derechos incluidos en la Declaración No son VINCULANTES.



 Ha servido de inspiración para la redacción de CONSTITUCIONES y
  TRATADOS INTERNACIONALES.




                        © Grupo Editorial Bruño, S. L.              23
7.2. Historia de los Derechos Humanos

 Uno de los primeros documentos destinado a limitar el poder real es La
  Carta Magna, promulgada en Inglaterra en 1215.

1. Derechos a la libertad (derechos de primera generación)
     DERECHOS CÍVICOS (libertad de expresión y de asociación)
     DERECHOS DE PARTICIPACIÓN (derecho al voto)

2. Derechos a la igualdad (derechos de segunda generación)
     A partir de los siglo XIX y XX.
     Derecho a la educación, a la salud, al trabajo...

3. Derechos a la solidaridad (derechos de tercera generación)
     A partir de la década de los 80.
     Su función es garantizar una buena calidad de vida.
     Derecho a respirar un aire puro, derecho a la paz...

                         © Grupo Editorial Bruño, S. L.                    24
7.3. Derechos humanos y derechos civiles

 Los derechos humanos son los derechos fundamentales de todos los
  habitantes del planeta. Están reconocidos en cada

                        CONSTITUCIÓN
                     o mediante la ratificación de


         CONVENCIONES INTERNACIONALES.
                      INTERNACIONALES

 Los derechos civiles deben ser reconocidos y protegidos por


                      LOS CIUDADANOS
                   nacionales de cada país concreto.


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Tema 12, poder estado y derecho

  • 1. Unidad 12 PODER, ESTADO Y DERECHO © Grupo Editorial Bruño, S. L.
  • 2. 1. ¿Qué es la política?  Política: es la actividad en la que grupos, organizaciones o sociedades toman decisiones colectivamente.  Cooperación y conflicto  La política como cooperación: ARISTÓTELES  La política como conflicto: MAQUIAVELO © Grupo Editorial Bruño, S. L. 2
  • 3. 2. El poder político  Max Weber: “Por poder se entiende cada oportunidad o posiblilidad existente en una relación social que permite a un individuo cumplir su propia voluntad”.  Distingue tres tipos de poder: ECONÓMICO IDEOLÓGICO POLÍTICO Consiste en atribuir Supone atribuir o Se atribuye el uso o quitar riquezas. quitar prestigio. de la violencia legítima. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 3
  • 4. 2. El poder político  El poder político consiste en: Relación entre El mandatario exige unas personas obediencia. Esta se que mandan y garantiza a través de la otras que violencia y la amenaza, La violencia se usa obedecen. que no son incompatibles de manera legítima con el diálogo y la siempre que las comunicación. leyes en las que se fundamenta hayan sido elegidas Un poder que Hay un acuerdo tácito democráticamente usa la violencia e entre el mandatario y la por los ciudadanos. impone su población. autoridad de forma legítima. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 4
  • 5. 3. El Estado  Es el conjunto de órganos de gobierno de un país soberano.  Características del Estado moderno, entendido como una institución impersonal:  Su poder se extiende dentro de un TERRITORIO.  Es una ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA y JURÍDICA.  Tiene el MONOPOLIO DE LA VIOLENCIA.  Es SOBERANO. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 5
  • 6. 3.1. Clasificación del Estado 1. En función del tipo de gobierno y de cuántos participan en el poder político:  AUTOCRACIAS  El poder está en manos de una sola persona. - Dictaduras - Monarquias  OLIGARQUIAS Y ARISTOCRACIAS  El gobierno lo ejercen unos pocos que se presentan a sí mismos como los mejores.  DEMOCRACIAS  Todos los ciudadanos participan en la esfera política. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 6
  • 7. 3.1. Clasificación del Estado 1. En función de si se respetan o no las leyes y el derecho:  NO SE RESPETAN  Estado autoritario y despótico. La autoridad del déspota, dictador o monarca es absoluta. • Estados absolutistas • Estado totalitario  SI SE RESPETAN  Estado liberal y de Derecho. • Sufragio universal • División de poderes © Grupo Editorial Bruño, S. L. 7
  • 8. 4. Autoridad y legitimidad  La autoridad es la persona o grupo de personas que ejerce un poder institucionalizado. La sociedad cumple las órdenes establecidas puesto que esta autoridad está legitimada. 4.1. Autoridad y obediencia  La obediencia a la autoridad se debe a dos razones:  La Institucionalización del poder.  El miedo a recibir una sanción en caso de desobediencia a la autoridad. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 8
  • 9. 4.2. Legitimidad  El poder se institucionaliza cuando se considera que es legítimo.  Hay tres formas de legitimar el poder político:  TRADICIONAL  CARISMÁTICA  LEGAL © Grupo Editorial Bruño, S. L. 9
  • 10. 5. La justificación del Estado: contractualismo  Para que se cumplieran las leyes y apareciera el Estado, los ciudadanos tuvieron que llegar a un acuerdo al que se conoce como CONTRATO SOCIAL.  A estas teorías que fundan la legitimidad del Estado en un contrato social las denominamos teorías contractualistas.  Hobbes, Locke y Rousseau, teóricos clásicos del contractualismo, distinguen dos formas de Estado:  ESTADO DE NATURALEZA. Describe la sociedad en estado natural, como si no existiera el Estado.  ESTADO SOCIAL. Cuando la situación natural es insostenible las personas se ven obligadas a organizarse tomando como base un pacto o acuerdo. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 10
  • 11. 5.1. Thomas Hobbes (Inglaterra, 1588-1679)  Fue el primer filósofo que empleó con claridad la noción de contrato social en la época moderna.  Estado de naturaleza. En un mundo sin Estado ni ley, el afán por conseguir el poder conduce a una lucha de todos contra todos en la que solo rige LA LEY DEL MÁS FUERTE.  El Estado. Es partidario del Estado autoritario y absolutista.  El contrato social. Es el pacto por el que todos los individuos renuncian a su poder, es decir, a su libertad en beneficio de un soberano que garantice LA PAZ, LA SEGURIDAD y la SUPERVIVENCIA de todos sus súbditos. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 11
  • 12. 5.2. John Locke (Inglaterra, 1632-1704)  Su definición de contrato social se resume en los siguientes puntos:  Estado de naturaleza. Los seres humanos poseen unos derechos básicos e inalienables, a la vida, a la libertad y a la propiedad. Estos son previos a cualquier Estado.  El Estado. El Estado debe garantizar que estos derechos no puedan ser violados. El poder del Estado se divide para que no recaiga sobre una sola persona. Este es el origen del Estado liberal.  El contrato social. El poder es fruto de un contrato social por el que los gobernantes pueden ser sustituidos cuando los gobernados lo consideren necesario. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 12
  • 13. 5.3. Jean Jacques Rousseau (Francia, 1712-1778)  Para Rousseau el hombre es fundamentalmente bueno y es la sociedad, con sus valores individualistas y mezquinos, le corrompe.  Estado de naturaleza. El ser humano se identifica con la figura del buen salvaje. Vive de manera igualitaria, la naturaleza provee todas sus necesidades. Es de por sí bueno y compasivo.  El contrato social. Al aparecer la propiedad este estado ideal de naturaleza se corrompe. Aparecen las desigualdades, al hacer a los hombres unos esclavos de otros pierden su libertad. Para corregir estas desigualdades es necesario un pacto para la formación de un Estado.  El Estado. Se basa en la voluntad general. Debe garantizar la igualdad de todos sus individuos. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 13
  • 14. 6. El derecho  Es el conjunto de normas que emanan del Estado.  Sirve para conservar el orden social; ordena y organiza las relaciones sociales.  Pretende tanto solucionar conflictos como evitar que surjan.  Para que se cumpla el derecho hay numerosas instituciones, fuerzas y cuerpos del Estado. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 14
  • 15. 6. El derecho Las normas jurídicas  Las normas jurídicas se diferencian de las normas sociales y éticas en que su incumplimiento puede ser penalizado.  Características:  Son UNIVERSALES  Son IMPERATIVAS  Son INVIOLABLES  Son COACTIVAS  Son PÚBLICAS  No son RETROACIVAS © Grupo Editorial Bruño, S. L. 15
  • 16. 6. El derecho Derecho objetivo y derecho subjetivo  Se distinguen dos tipos de derecho:  Derecho positivo o derecho objetivo. Es el conjunto de NORMAS tal y como están escritas que regulan la conducta de los individuos en un Estado o territorio.  Derecho subjetivo. Hace referencia a los DERECHOS de los ciudadanos que los Estados democráticos tienen la obligación de salvaguardar (derecho a la libertad de expresión, derecho a la libertad de conciencia, etc.). © Grupo Editorial Bruño, S. L. 16
  • 17. 6.1. El fundamento del derecho  Existen dos tradiciones jurídicas fundamentales:  iusnaturalismo  iuspositivismo ( positivismo jurídico) © Grupo Editorial Bruño, S. L. 17
  • 18. 6.1. El fundamento del derecho El iusnaturalismo  Según esta concepción, los derechos básicos proceden del propio orden de la naturaleza.  Existe un derecho natural con un conjunto de derechos que son por tanto:  consustanciales a la naturaleza humana  universales  irrenunciables  Los derechos naturales se concretan y reflejan en el derecho positivo.  Hay una serie de derechos naturales que los iusnaturalistas denominan derechos humanos. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 18
  • 19. 6.1. El fundamento del derecho El iusnaturalismo en el tiempo  Iusnaturalismo griego y romano: Platón y Aristóteles.  Iusnaturalismo cristiano: san Agustín  Iusnaturalismo racionalista. Inspirador de las primeras declaraciones de derechos humanos. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 19
  • 20. 6.1. El fundamento del derecho El iuspositivismo  Defiende que no existen unos derechos más allá de los establecidos convencionalmente por los seres humanos.  No se acepta la distinción entre derecho natural y derecho positivo: todo es DERECHO POSITIVO.  El derecho no es una realidad natural, sino CULTURAL.  Los derechos y las leyes no existen previamente a la sociedad ni forman parte de la naturaleza.  Dentro del derecho puede haber normas JUSTAS e INJUSTAS. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 20
  • 21. 6.2. Legalidad y legitimidad  La LEGALIDAD es el marco legal vigente, el conjunto de normas que rigen una sociedad.  En caso de que el marco legal no sea justo y promueva las desigualdades sociales no será LEGÍTIMO. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 21
  • 22. 7. Los derechos humanos (derechos fundamentales)  Son los derechos básicos que hay que garantizar a TODOS LOS SERES HUMANOS.  El principal valor que defienden es el de la inviolabilidad de LA DIGNIDAD HUMANA  Estos derechos son:  Intrínsecos a la naturaleza humana, no nacen del derecho positivo.  Universales, los poseen todas las personas sin excepción.  Inalienables e irrenunciables, nadie puede suprimirlos ni escoger no tenerlos. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 22
  • 23. 7.1. Declaración Universal de los Derechos Humanos  Fue aprobada en 1948 por la ONU.  Los derechos incluidos en la Declaración No son VINCULANTES.  Ha servido de inspiración para la redacción de CONSTITUCIONES y TRATADOS INTERNACIONALES. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 23
  • 24. 7.2. Historia de los Derechos Humanos  Uno de los primeros documentos destinado a limitar el poder real es La Carta Magna, promulgada en Inglaterra en 1215. 1. Derechos a la libertad (derechos de primera generación)  DERECHOS CÍVICOS (libertad de expresión y de asociación)  DERECHOS DE PARTICIPACIÓN (derecho al voto) 2. Derechos a la igualdad (derechos de segunda generación)  A partir de los siglo XIX y XX.  Derecho a la educación, a la salud, al trabajo... 3. Derechos a la solidaridad (derechos de tercera generación)  A partir de la década de los 80.  Su función es garantizar una buena calidad de vida.  Derecho a respirar un aire puro, derecho a la paz... © Grupo Editorial Bruño, S. L. 24
  • 25. 7.3. Derechos humanos y derechos civiles  Los derechos humanos son los derechos fundamentales de todos los habitantes del planeta. Están reconocidos en cada CONSTITUCIÓN o mediante la ratificación de CONVENCIONES INTERNACIONALES. INTERNACIONALES  Los derechos civiles deben ser reconocidos y protegidos por LOS CIUDADANOS nacionales de cada país concreto. © Grupo Editorial Bruño, S. L. 25