2. La Norma Jurídica
La norma jurídico-penal también conocida como la ley penal, es la fuente
principal del Derecho penal y es una norma jurídica de carácter general
aprobada por los órganos públicos que tienen poder legislativo. Es
importante establecer que no todo enunciado legal implica que sea una
norma jurídica completa, y por otro lado, un enunciado legal puede servir
de base a muchas normas
3. Funciones
Función valorativa (norma objetiva de valoración): la norma penal estima
dignos de protección penal unos bienes y valora positiva o negativamente
unos hechos. Protege unos bienes jurídicos y especifica los
comportamientos punibles.
Función de determinación (norma subjetiva de determinación): la norma
penal determina un mandato, prohibición o autorización dirigida a los
ciudadanos.
4. Estructura
La norma penal tiene un presupuesto (precepto, norma primaria) y una
consecuencia jurídica (sanción, norma secundaria).
En la norma jurídica penal el supuesto de hecho lo constituye el delito y la
consecuencia jurídica una pena o medida de seguridad.
5. Elementos De La Norma Jurídica Penal
Los elementos de la norma jurídica penal son: delito y la pena o medida de
seguridad.
6. Normas Incompletas
Algunas normas penales no tienen esta estructura por lo que pasan a ser
denominadas normas incompletas.
Normas Penales incompletas: son aquellas en las que no se recoge
expresamente el presupuesto o la consecuencia.
Leyes Penales en Blanco: son aquellas cuyo presupuesto se encuentra en
una o varias normas, contenidas en una o varias disposiciones con rango
inferior a Ley.
7. Caracteres de la ley penal
1) Normativo: El Derecho Penal es normativo, sólo en la norma se halla la definición de
la conducta correcta y en su caso legal. Las ciencias del ser nos presentan la realidad tal
cual es para someterla al análisis y estudio, en ellas están todas las ciencias naturales,
mientras que las del deber ser son las ciencias culturales.
2) Valorativo: El Derecho Penal es valorativo en el sentido que la conducta para nuestra
ciencia tiene una significación que cae en un valor o en un antivalor, en lo jurídico o
antijurídico. Cuando apreciamos una conducta para calificarla de delictiva o no, estamos
haciendo un juicio de valor que se refiere a lo valorativo que en última instancia califica
la conducta y su resultado. En el fondo la norma es un deber ser, un juicio de valor y la
ley es ser, realidad.
3) Finalista: Además el Derecho Penal es finalista en el sentido de que el Derecho Penal
Tiene un fin. El fin concreto es prevenir la ilicitud de la conducta delictiva para que se
evite en incurrir en ella y el fin de la sanción puede ser retributivo, de enmienda,
corrección, de expiación, de defensa social, etc.
8. Derecho Penal
El Derecho penal es una parte del ordenamiento jurídico que esta
constituida por un conjunto de disposiciones legales que asocian a delitos
y estados de peligrosidad criminal, como supuestos de hecho, unas penas
y medidas de seguridad, como consecuencias jurídicas.
El Derecho penal es la rama del derecho que establece y regula el castigo
de los crímenes o delitos, a través de la imposición de ciertas penas
9. Derecho Penal
El Derecho penal es una parte del ordenamiento jurídico que esta
constituida por un conjunto de disposiciones legales que asocian a delitos
y estados de peligrosidad criminal, como supuestos de hecho, unas penas
y medidas de seguridad, como consecuencias jurídicas.
El Derecho penal es la rama del derecho que establece y regula el castigo
de los crímenes o delitos, a través de la imposición de ciertas penas
10. Clasificación
Derecho Penal objetivo:
Conjunto de normas legales, constitucionales y convencionales que rigen
la materia.
Derecho Penal subjetivo:
Es la potetas agendi del Estado: derecho a ejercitar su pretensión primitiva
cuyo límite se halla, precisamente, en el derecho penal objetivo, como
conjunto de leyes que definen el delito, la responsabilidad criminal y la
pena.
11. Elementos del Derecho Penal
Bien jurídico Tutelado: Aquello que el derecho penal y las sanciones penales intentan
proteger que consiste en bienes materiales y no materiales, como pueden ser la
propiedad privada, un ambiente saludable, la vida humana, entre muchas otras. A estos
elementos se les conoce como bien jurídico tutelado y cuando se quebranta uno a
varios de estos, estamos probablemente en presencia de un delito.
Conducta reprochable o criminal: Es la acción u omisión que resulta en el daño de un
bien jurídico tutelado.
Sanción penal o pena: Es la reprimenda o castigo que se establece y está previamente
descrita en la ley.
Procedimiento Penal: Son todos los pasos que la ley exige se cumplan antes de aplicar
una pena, el procedimiento penal se estudia en el ámbito académico en el área del
derecho penal adjetivo o derecho procesal penal.
En Venezuela, son por su naturaleza clásica, el delito como presupuesto y la sanción
penal.
12. Clasificación De Las Fuentes Del Derecho
Penal
Fuentes de Producción: es la autoridad o voluntad que dicta las normas
jurídicas penales.
Fuentes de Conocimiento: es la manifestación misma de ese Derecho, la forma
que el Derecho Objetivo asume en la vida social. Se subdividen en:
Fuentes de Conocimiento Directas: son aquellas manifestaciones que por sí
mismas engendran normas jurídicas penales, generales y abstractas. La única
fuente directa, donde rige el principio legalista, es la Ley Penal.
Fuentes de Conocimiento Indirectas: Son aquellas manifestaciones que no
crean por sí mismas normas jurídicas penales, generales y abstractas,
13. Relación Derecho Penal con otras ramas
Derecho constitucional: La Constitución de cada Estado es la que fija las bases y los
límites a los que el Derecho penal deberá sujetarse (limitaciones al ius puniendi), con
principios como el de presunción de inocencia, debido proceso, entre otros.
Derecho civil: Muchas de las nociones que se utilizan en el Derecho penal provienen o
son definidas en el derecho civil. Para que haya adulterio, por ejemplo, debe haber
matrimonio, y este es un concepto civil; o para que haya robo, debe haber propiedad.
Derecho mercantil: Sucede lo mismo que en el caso anterior.
Derecho administrativo: Por una parte, el Derecho penal protege la actividad
administrativa sancionando las conductas que atentan contra su debido
funcionamiento; por otra, generalmente, el hecho de revestir el autor del delito
autoridad administrativa agrava la pena
14. Valoración de las fuentes del Derecho
Penal
La costumbre no es fuente directa del derecho (inmediata), es una fuente
indirecta o de conocimiento, aplicada especialmente en derecho civil (en el
derecho navarro, por ejemplo, la costumbre tiene un valor primordial en sus
sistemas de fuentes, allí sería directa).
Principios generales del derecho: En derecho penal no se aplican de modo
directo por razón del principio de legalidad (ley primordial y única fuente), sin
embargo son inmutables y se tienen en cuenta aunque no se apliquen
directamente. Son un medio de interpretación, un mecanismo de
interpretación, sirven de herramientas para interpretar la ley, para interpretar
las normas jurídico-penales.
La jurisprudencia: en término general, la jurisprudencia es fuente interpretativa
del derecho penal, ella sirve para distinguir los criterios de interpretación de las
normas penal.
La Doctrina: la doctrina jurídica Penal, es la idea de derecho que sustentan los
juristas o estudiosos de derechos, expuestas en trabajos de investigación o
libros