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MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
Introducción 
El objetivo de toda Municipalidad es satisfacer las ne-cesidades 
de la comunidad local y asegurar su parti-cipación 
en el progreso económico, social y cultural 
de la comuna. Es a su vez, la entidad más próxima al 
ciudadano, pues conoce de primera fuente sus pro-blemas 
y está más capacitada, por tanto, para dar so-lución 
a ellos.
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 
Esta cercanía y su papel en el progreso lo-cal, 
hace mucho más visible el rol que cum-ple 
el funcionario municipal, teniendo en el 
desempeño de sus labores, un rol social y 
ético. Primero, porque lleva a la práctica las 
políticas públicas orientadas al desarrollo 
de los diferentes sectores de la ciudadanía 
y segundo, porque busca con cada una de 
sus acciones que este desarrollo sea ver-daderamente 
humano. 
Por esto muchas entidades y organismos 
públicos están llevando a cabo un proce-so 
de modernización para cumplir de me-jor 
manera con la responsabilidad de ser 
garantes del bienestar de la comunidad. 
Nuevas tecnologías, la promoción de la 
participación ciudadana y la búsqueda de 
transparencia en los procedimientos son 
algunas de las formas en que se está lle-vando 
a cabo este proceso. 
Junto con lo anterior, cambiar la antigua 
imagen del funcionario municipal hacia una 
más eficiente y comprometida, se ha trans-formado 
en requisito básico. Hoy, la reputa-ción 
de las instituciones públicas depende 
más que nunca no sólo de la aplicación de 
las leyes, sino de la conducta y valores de 
todos sus funcionarios. 
Se hacen por tanto necesarias personas lí-deres 
y responsables, capaces de adoptar 
valores y respetarlos. Personas que bus-quen 
desempeñar sus cargos con eficacia 
y que estén comprometidas con el desa-fío 
de cambiar la negativa percepción que 
existe actualmente de la labor pública. 
Generar una ética del funcionario munici-pal, 
orientada por principios de probidad, 
honestidad y responsabilidad es el desafío 
actual que requiere de esfuerzos comparti-dos 
y de un compromiso genuino. 
En las páginas que siguen están conteni-dos 
los valores y principios que la Munici-palidad 
de Santiago define como propios 
y se compromete a respetar y hacer valer 
en el desempeño de sus labores. El pre-sente 
Manual de Buenas Prácticas es la 
expresión concreta de la responsabilidad e 
identidad con la que la Municipalidad bus-ca 
relacionarse con la ciudadanía, todos 
los días.
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
Alcance 
El presente Manual de Buenas Prácticas es la guía de 
conducta de todos los funcionarios de la Municipali-dad 
de Santiago, cualquiera que sea su cargo, tipo de 
contrato, nivel jerárquico o puesto en que se desem-peña. 
Incluye también a empresas que prestan ser-vicios 
temporales o de consultoría y a todos aquellos 
que actúan en representación de la Municipalidad.
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 
El texto contiene de manera resumida y 
clara los principios éticos de las normativas 
legales que rigen al funcionario municipal 
y debe ser entendido como un reglamento 
guía que, en conjunto con los estatutos y 
leyes, ayudarán a tomar decisiones ínte-gras, 
éticas y en estricto apego a la Ley. 
El espíritu del Manual de Buenas Prácticas 
da cuenta de los grandes principios que ri-gen 
a la administración pública municipal: 
estar al servicio de la persona humana y 
promover el bien común observando valo-res 
de responsabilidad, eficiencia, eficacia, 
coordinación, control, probidad y transpa-rencia. 
El Manual de Buenas Prácticas es el docu-mento 
que expresa el compromiso de las 
personas que se desempeñan en la Muni-cipalidad 
de Santiago y busca garantizar 
una gestión eficiente a través de una con-ducta 
honesta. 
CONOcER, RESPETAR Y PROMOVER 
ESTE MANUAL PERMITE 
Tener una guía de integridad y probidad que ampare nuestros 
derechos y deberes, de modo de dignificar y ennoblecer la la-bor 
del funcionario municipal. 
Promover valores, principios y prácticas que generan un cam-bio 
de actitud positivo. 
Conocer los estándares de conducta esperables para los fun-cionarios 
de la Municipalidad de Santiago en su desempeño 
cotidiano. 
Llevar a la práctica los principios de probidad de las leyes que 
rigen a la administración del gobierno local. 
Comprender la gran responsabilidad que significa ser funcio-nario 
municipal y estar orgullosos de ello. 
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5
VALORES DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO 
I. NUESTRAS BUENAS PRÁCTICAS 
Éste es el sello 
Confiamos que al defender, promover y practicar estos valores fundamen-tales 
se edifica una Municipalidad que verdaderamente puede ser genera-dora 
de desarrollo integral, contribuyendo a una mejor calidad de vida de 
los ciudadanos que habitan y trabajan en ella. 
1. Servicio 
de la Municipalidad de Santiago 
Trabajamos intensamente para que todos aquellos con quienes nos relacio-namos 
puedan gozar de una comuna amable, dinámica, limpia, segura y hu-mana. 
Entendemos que nuestro trabajo es un aporte al desarrollo humano 
y social de la comunidad y la responsabilidad de este desafío se expresa en 
la convicción de ejecutar nuestras labores buscando siempre el beneficio de 
la ciudadanía por sobre cualquier interés particular. 
2. Integridad 
Somos conscientes de la confianza que los vecinos depositan en el gobierno 
local, Creemos que el servicio que presta la Municipalidad de Santiago se 
basa en el compromiso de orientar nuestras acciones a la protección de los 
intereses de la ciudadanía, actuando con honestidad e integridad. Entende-mos 
por esto el cumplimiento fiel de las tareas encomendadas, el cuidado de 
los recursos con criterios de eficiencia y la aplicación cabal lo estipulado en 
la legislación vigente y en el presente Manual de Buenas Prácticas. 
3. Transparencia 
Actuamos con transparencia y promovemos la apertura de la Municipalidad a 
la ciudadanía a través del acceso a la información sobre nuestro desempeño 
porque que es una forma de consolidar la democracia y generar confianza. 
Somos una institución pública, lo que nos hace estar siempre expuestos al 
examen ciudadano, e implica ser conscientes de nuestro deber y de la impor-tancia 
de nuestras decisiones.
4. Profesionalismo 
Creemos que la labor funcionaria municipal debe destacarse por un desem-peño 
profesional y de excelencia, que sea capaz, mediante el trabajo man-comunado, 
de cumplir de la manera más eficiente y oportuna los distintos 
requerimientos que vecinos y usuarios necesitan, dentro de las posibilidades 
del Municipio. Este profesionalismo se reconoce y valora en el trabajo bien 
hecho, la transparencia, la colaboración, la proactividad y la responsabilidad 
para asumir nuestros errores. 
5. Respeto 
Defendemos y promovemos el respeto y la dignidad del funcionario munici-pal, 
generando un ambiente laboral cordial, justo y seguro, con condiciones 
de trabajo dignas que permitan el adecuado desarrollo humano y profesio-nal. 
Estos valores de respeto deben estar presentes en el trato con quienes 
nos relacionamos en nuestra labor cotidiana, actuando con tolerancia, ama-bilidad 
e imparcialidad, sin conceder preferencias o privilegios a organiza-ción 
o persona alguna. 
6. Participación 
Promovemos la participación como una forma de valorar a las personas, fun-cionarios, 
vecinos e instituciones en su dimensión de promotores activos del 
desarrollo comunal y social. Fortalecer la comunicación, el diálogo transpa-rente 
y la colaboración, nos permitirá contribuir de mejor manera al bienestar 
de nuestra Municipalidad y de la ciudadanía. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
II. Nuestros valores 
en la práctica 
El compromiso que asumimos se expresa en la defensa, promoción y 
práctica de seis valores fundamentales: servicio, integridad, transpa-rencia, 
profesionalismo, respeto y participación. Queremos que estos 
principios sean nuestro sello distintivo como funcionarios de la Muni-cipalidad 
de Santiago. 
1. Servicio 
La función de servicio público fue por muchos años 
motivo de profundo orgullo. Lamentablemente, esta 
percepción tan positiva de la labor municipal se ha 
visto en nuestros días, afectada por distintos motivos: 
mayores exigencias de la ciudadanía, las burocracias 
que entorpecen una relación más fluida, casos de 
corrupción que ensucian el prestigio del funcionario 
municipal, etc. Por esto queremos comprometernos 
una vez más con un servicio de excelencia, íntegro y 
transparente.
¿Qué es para nosotros 
el espíritu de servicio? 
Comprometerse con el bien común. 
La razón fundamental de nuestro desempeño. 
El motivo de orgullo de los funcionarios 
municipales. 
En la Municipalidad de Santiago comparti-mos 
una vocación común de servicio públi-co 
y es nuestro compromiso que sea este 
espíritu quien guíe nuestro desempeño, 
honrando y dignificando así la labor fun-cionaria 
municipal. Reconocemos que la 
excelencia del servicio, a través de su rec-titud, 
transparencia y eficiencia, contribuye 
efectivamente a mejorar la calidad de vida 
de las personas de nuestra comuna. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 
1 
2 
3
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
El Espíritu de Servicio se traduce en: 
Conocer este Manual. Tener presente en 
cada una de las decisiones y acciones, 
los valores y principios de este Manual 
de Buenas Prácticas y las normativas 
vigentes. Para esto es necesario co-nocer 
las leyes y políticas que rigen al 
funcionario municipal y promover su 
aplicación. 
Orientar la función al interés público. De-fender 
el interés general por sobre 
cualquier interés particular, teniendo 
siempre presente la dignidad del servi-cio 
público y la responsabilidad de cada 
uno en hacer realidad la misión de la 
Municipalidad. 
Ser imparciales. Actuar con imparcialidad 
en la atención a los vecinos y usuarios, 
sin dejar espacio para ninguna forma 
de discriminación por motivos de raza, 
sexo, edad, religión, opinión política, 
orientación sexual, nacionalidad u ori-gen 
social. 
Ser atentos y diligentes. Estar atentos a las 
necesidades de los vecinos en cada una 
de las decisiones que se tomen. Esto se 
expresa en una actitud diligente, escu-chando 
sus requerimientos a través de 
una atención oportuna que les permita 
hacer correcto uso de los servicios de la 
Municipalidad. Implica también propor-cionar 
información que permita conocer 
el estado de sus tramitaciones y el de-recho 
a formular alegatos, aportar datos 
y pedir clarificaciones. 
Ser cordiales y amables. Ofrecer un trato 
cortés y amable, respondiendo al res-peto 
que cada vecino o usuario de los 
servicios municipales merece. 
Cuidar el entorno. Tener presente en todas 
las actividades de la Municipalidad los 
principios de sostenibilidad y cuidado 
del medio ambiente, que aseguren el 
bienestar de las actuales y futuras ge-neraciones.
Ejemplo Pregunta 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 11 
Este es sólo un ejemplo de las 
muchas situaciones que po-demos 
llegar a enfrentar. La 
invitación es a pensar ¿Cómo 
actuaría yo ante una situación 
como ésta? 
Tengo un colega que siempre 
anda de mal humor, trata mal 
a las personas y muchas ve-ces 
no da información correc-ta 
o atrasa innecesariamente 
las solicitudes que le hacen 
los vecinos. Sé que su actitud 
no es positiva para la imagen 
de la Municipalidad y de todos 
los funcionarios, pero nos en-teramos 
que está enfrentando 
graves problemas familiares 
y que probablemente debido 
a esto mantenga esta actitud 
hostil ¿Qué puedo hacer? 
Respuesta 
Es recomendable que el equipo de trabajo converse directamente con 
el colega y le explique que su actitud no sólo molesta a las personas 
que atiende, sino a toda la unidad. Es importante saber que este tipo 
de conductas genera un mal ambiente laboral y una mala imagen de 
la Municipalidad y sus funcionarios. Conversen sobre los problemas 
que pueda tener y cómo lo pueden asistir. Si su actitud no cambia, 
el grupo debe comunicarle al superior directo la disconformidad que 
tienen respecto de la actitud de este colega
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
2. Integridad 
Muchos servicios públicos, incluyendo las Municipa-lidades, 
se han visto afectados por graves casos de 
corrupción, como uso de los recursos para fines per-sonales, 
tráfico de influencias, fondos o dineros mal 
usados, robos y otras situaciones que, entre otras 
consecuencias, han dañado la imagen del funcionario 
municipal. 
En la Municipalidad de Santiago sabemos que estos 
problemas son focalizados, que la gran mayoría de 
los funcionarios se desempeñan de un modo honesto 
y que de nada sirve lamentar estas situaciones si no 
se hace algo para prevenirlas. 
Por eso, nuestro compromiso es tener siempre pre-sente 
que los recursos con los que trabajamos son 
públicos y nos pertenecen a todos. Que la honestidad 
no sólo es decir la verdad, sino también reconocer los 
posibles conflictos de interés a tiempo y que ser fun-cionarios 
municipales no es una excusa para recibir 
privilegios.
¿Qué es para nosotros 
LA INTEGRIDAD? 
Es ser objetivos e imparciales 
Es defender el interés público sobre el particular 
Es ejercer de un modo correcto la posición 
funcionaria 
En la Municipalidad de Santiago nos carac-terizamos 
por actuar de modo honesto e ín-tegro. 
Sin la defensa y promoción de estos 
valores individuales, seremos incapaces 
de cumplir con el objetivo fundamental de 
mejorar la calidad de vida de los vecinos y 
de proveer las condiciones necesarias para 
un mayor desarrollo comunal. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 13 
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2 
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MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
LA INTEGRIDAD se traduce en: 
Ser objetivos. Conducir las actividades 
municipales de forma imparcial y obje-tiva, 
respetando los valores y principios 
expresados en este Manual de Buenas 
Prácticas y las leyes que rigen la labor 
pública. 
Rechazar presiones. No aceptar presio-nes 
o beneficios tales como donativos, 
dinero, regalos, descuentos, favores o 
cualquier otro incentivo que signifique 
privilegiar indebidamente a una perso-na, 
empresa o institución por sobre otra. 
Exceptuando aquellos donativos oficia-les 
y aquellos que autoriza la costum-bre 
como manifestaciones de cortesía y 
buena educación. 
Declarar conflictos de interés. Declarar 
oportuna y abiertamente los conflictos 
de interés que se presenten o se pue-dan 
presentar, privilegiando el interés 
público que se ha comprometido servir, 
por sobre los intereses particulares. 
Algunos de los conflictos de interés más 
frecuentes son: la participación en deci-siones 
o instancias que signifiquen un 
riesgo para la neutralidad y objetividad 
del actuar; participar en sociedades o 
empresas que mantengan una rela-ción 
contractual con la Municipalidad; 
intervenir en razón o tener como jefe 
o subordinado a personas ligadas por 
matrimonio; parentesco por consangui-nidad 
hasta el tercer grado, por afinidad 
hasta el segundo grado o adopción; te-ner 
otros trabajos incompatibles con el 
cargo actual, ya sea porque el horario 
laboral limita el correcto desempeño al 
interior de la Municipalidad o porque im-plica 
el uso de recursos públicos, perso-nas, 
bienes, información o datos. 
Cuidar los bienes públicos. Cuidar los bie-nes 
públicos. Custodiar el correcto y efi-ciente 
uso de los recursos públicos que 
le son confiados a la Municipalidad para 
el desempeño de sus labores. 
Proteger la información. Cuidar que el ma-nejo 
de la información se haga por los 
canales establecidos, poniendo espe-cial 
énfasis con aquella protegida y a 
la que no se le aplique el principio de 
transparencia. Es decir, aquella cuya di-vulgación 
podría afectar negativamente 
el desempeño de la Municipalidad. Esto 
incluye también la prohibición de usar 
información privilegiada para beneficio 
personal o de terceros. 
Rechazar tráficos de influencia. Hacer va-ler 
correctamente la posición funciona-ria 
sin ejercer presiones o beneficiarse 
indebidamente del cargo. Esto incluye 
rechazar cualquier actividad de tráfico 
de influencias y abusos de poder.
Ejemplo Pregunta 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 15 
Este es sólo un ejemplo de las 
muchas situaciones que po-demos 
llegar a enfrentar. La 
invitación es a pensar ¿Cómo 
actuaría yo ante una situación 
como ésta? 
Trabajo en el área de obras 
públicas y casualmente es-cuché 
una conversación de 
mis colegas en la que se ha-cía 
referencia a los planes de 
una empresa inmobiliaria para 
construir un centro comercial 
en un sector que, pese a su 
buen acceso, se encuentra 
devaluado. 
En cuanto me enteré, pensé 
que comprar este terreno se-ría 
una buena inversión, ya 
que se podría comprar barato 
y vender a mejor precio. Pue-de 
sonar a un negocio tram-poso, 
pero aún no es seguro 
que una inmobiliaria lo com-prará 
y el municipio recibirá 
de igual modo el dinero de los 
impuestos ¿Hay algún proble-ma 
en hacer este negocio? 
Respuesta 
Sí, porque estaría usando para beneficio personal información que 
se obtuvo en el desempeño de la función municipal. Aunque la norma 
general es que toda la información es pública, la Ley de Probidad im-pide 
el uso de información privilegiada, ésta se define como cualquier 
antecedente, dato o conocimiento obtenido en razón de su desempe-ño 
para obtener una ventaja exclusiva, generalmente de tipo econó-mico, 
respecto de las demás personas.
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
3. Transparencia 
Desde el año 2006, los ministerios y órganos de la ad-ministración 
del Estado dependientes y relacionados 
con el Gobierno Central deben publicar información 
relevante relacionada con su funcionamiento, por 
ejemplo adquisiciones, contrataciones, transferencias 
realizadas, etc. 
Sin embargo, y pese a que los municipios no están 
obligados a hacerlo, muchos han tomado el compro-miso 
de participar de esta iniciativa. Entre ellos, la 
Municipalidad de Santiago.
En nuestro sitio Web publicamos documen-tos 
tales como evaluaciones de la gestión 
municipal, contratos, licitaciones, planes de 
desarrollo comunal y otros de interés públi-co. 
El objetivo es que vecinos e interesados 
puedan conocer nuestras gestiones y eva-luarnos 
en conformidad. 
¿Qué es para nosotros 
SER TRANSPARENTES? 
Abrir la Municipalidad a la ciudadanía 
Fomentar una comunicación abierta y fluida 
Ser confiables y objetivos en los procesos y 
gestiones 
En la Municipalidad de Santiago creemos 
que la ciudadanía y todos aquellos inte-resados 
tienen derecho a acceder a infor-mación 
oportuna, relevante y veraz sobre 
nuestra gestión. Sólo así se podrá estable-cer 
una relación basada en la confianza y el 
diálogo, capaz de promover la participación 
en el desarrollo de la comuna de Santiago. 
Por esto, es nuestro compromiso llevar a 
cabo todos nuestros procesos y gestiones 
de manera clara y con estricto apego a la 
ley, sin que influyan en nuestro actuar pre-siones 
y privilegios. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 17 
1 
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3 
Creemos que mostrar cómo hacemos las 
cosas, de un modo claro y abierto, permite 
generar confianza y, en el largo plazo evi-tar 
cualquier situación irregular que dañe 
nuestro prestigio y el funcionamiento de la 
Municipalidad.
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
LA TRANSPARENCIA se traduce en: 
Abrir la Municipalidad. Propiciar un tipo de 
gestión abierta a la ciudadanía, donde 
los vecinos y el público en general pue-dan 
conocer los objetivos, procedimien-tos, 
financiamiento, funcionarios res-ponsables 
y evaluación de las distintas 
actividades en las que la Municipalidad 
está comprometida. 
Acceso a la información. Respetar y pro-mover 
los canales establecidos para el 
acceso a la información de interés pú-blico, 
cumpliendo los plazos y procedi-mientos 
determinados para ello. Esto 
incluye también la entrega de informa-ción 
sobre las razones de su reserva o 
secreto de acuerdo a la Constitución. 
Cuidar la información. DPrevenir el mal uso 
de los recursos públicos, incluyendo los 
bienes intangibles tales como la infor-mación 
reservada o secreta y la infor-mación 
privilegiada. 
Declaraciones Patrimoniales y de Intere-ses. 
Cumplir con la obligación de pre-sentar 
estas declaraciones de acuerdo 
a la ley para resguardar los principios 
de probidad y transparencia. 
Respetar los procesos de fiscalización. 
Promover la correcta ejecución de los 
procesos de fiscalización, como herra-mientas 
de mejora, y colaborar en las 
auditorías e investigaciones necesa-rias 
para mantener un control estricto y 
apegado a la legislación vigente y a los 
principios de este Manual de Buenas 
Prácticas. 
Licitaciones transparentes. Llevar a cabo 
procesos de licitación, ya sean públicos, 
privados o de contratación directa, con 
estricto apego a las normas de compras 
públicas establecidas en la legislación 
vigente. Esto implica la publicación, por 
canales autorizados y de acceso equi-tativo, 
a las bases e información que 
permita la igualdad de competencia. De 
igual modo, exigimos de las empresas o 
entidades relacionadas con la Municipa-lidad 
por medio de un contrato, el mis-mo 
comportamiento. Esto implica evitar 
toda acción que tenga por finalidad ob-tener 
información, privilegios o influir en 
la objetiva toma de decisiones y cual-quier 
situación que signifique dañar la 
correcta ejecución de los procesos de 
licitación, entre ellos: concertarse pre-viamente, 
ejercer influencias en agen-tes 
externos públicos o privados que 
se relacionen en la gestión municipal, 
utilizar mecanismos que signifique be-neficiar 
su posición competitiva, como 
ofrecer regalos o privilegios. 
Respeto por los contratos. En la relación 
entre la Municipalidad y personas o en-tidades 
relacionadas con ella por medio 
de un contrato debe primar el obrar rec-to 
e íntegro. Esto significa respetar las 
condiciones de los contratos, informan-do 
sobre condiciones, fechas, montos y 
cualquier requerimiento necesario para 
que todos los interesados puedan cum-plir 
con los objetivos estipulados. Espe-ramos 
de ellos el mismo compromiso. 
Perfeccionar los canales de comunicación. 
Evaluar continuamente la cantidad y 
calidad de la información que la Muni-cipalidad 
ofrece a la comunidad, perfec-cionando 
los canales de acceso a ella, 
de modo de avanzar en los niveles de 
participación efectiva que la ciudadanía 
tiene sobre su gobierno local. 
Promover la información interna. Propiciar 
una organización en que se respete y 
promueva el acceso, por parte de los fun-cionarios, 
a información relevante para el 
correcto desempeño de sus labores como 
para su desarrollo personal y laboral, tales 
como movilidad interna, capacitaciones, 
criterios de evaluación, etc.
Ejemplo Pregunta 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 19 
Este es sólo un ejemplo de las 
muchas situaciones que po-demos 
llegar a enfrentar. La 
invitación es a pensar ¿Cómo 
actuaría yo ante una situación 
como ésta? 
Uno de mis mejores amigos es 
dueño de una empresa fabri-cante 
de productos de oficina 
y quiere participar del próximo 
proceso de licitación que se 
efectuará en la Municipalidad. 
Si bien yo no soy parte del co-mité 
de selección, podría ofre-cerle 
alguna información que 
le sería de gran utilidad para 
su propuesta, porque a dife-rencia 
de otras empresas, los 
productos que él ofrece son 
de muy buena calidad y con 
precios más baratos, lo que 
beneficiaría ampliamente a la 
Municipalidad. 
¿Si la Municipalidad es la más 
beneficiada, puedo comentar-le 
a mi amigo cuáles serán los 
requerimientos que exigirá la 
Municipalidad para que esté 
mejor preparado? 
Respuesta 
No, comentárselo no sería correcto, pues enfrentas un conflicto de in-terés 
y estarías usando de información privilegiada. Lo más indicado 
sería informar a tu superior sobre esta situación, de modo de trans-parentar 
la relación que tienes con tu amigo, y tomar las medidas ne-cesarias 
que eviten que la Municipalidad sea acusada de licitaciones 
fraudulentas. Es importante saber que todos los conflictos de interés 
deben ser declarados con anticipación.
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
4. Profesionalismo 
Pese a que muchos funcionarios municipales se es-fuerzan 
día a día por entregar lo mejor de sus capa-cidades 
humanas y profesionales, no son pocas las 
ocasiones en que la burocracia y la ineficiencia aten-tan 
contra el deber de realizar un trabajo de excelen-cia 
para los ciudadanos de la comuna. 
Que la Municipalidad de Santiago sea una de las 
municipalidades más grandes del país no es sólo un 
hecho demográfico, sino que implica un compromiso 
superior por procurar servicios de alta calidad. Estos 
servicios de excelencia sólo podrán ser realidad en 
la medida que todo funcionario municipal realice su 
labor con un alto nivel de profesionalismo.
¿Qué es para nosotros 
SER PROFESIONALES? 
Buscar la excelencia en nuestras labores, independiente 
de nuestra formación, oficio, cargo o responsabilidad 
Promover un ambiente de continuo crecimiento 
Fomentar el derecho a acceder a las mejores 
herramientas de desarrollo 
La excelencia de la función pública depen-de 
del modo en que cada uno de nosotros 
lleve a cabo sus labores, sin importar el 
cargo o tipo de trabajo que realicemos. 
Confiamos que un desempeño responsa-ble 
y eficiente genera confianza en los ve-cinos 
y en la ciudadanía. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 21 
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MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
EL PROFESIONALISMO se traduce en: 
Clima laboral. Generar un espíritu organi-zacional 
que permita que todos puedan 
desempeñar la misión de servicio públi-co 
Actitud responsable. Realizar las funciones 
municipales buscando la excelencia y 
la calidad del servicio a través de una 
actitud diligente y cortés, promoviendo 
la puntualidad y el respeto por el horario 
de trabajo 
Cuidar el lugar de trabajo. Hacer buen uso 
de los activos de la Municipalidad, cui-dar 
los espacios comunes, la informa-ción 
y los métodos para su resguardo 
Valorar el trabajo bien hecho. Reconocer y 
valorar el trabajo bien hecho, buscando 
fomentar una cultura del mérito donde 
se reconozcan los logros. 
Derecho a preguntar. Respetar el derecho 
de todo funcionario a que se le explique 
claramente qué se espera de él o ella y 
las formas de desempeñar su trabajo, 
de un modo claro y continuo. 
Evaluaciones objetivas. Llevar a cabo pro-cesos 
de evaluación de forma rigurosa 
y honesta, donde cada funcionario sea 
evaluado de acuerdo al trabajo efecti-vamente 
desempeñado, señalando y 
reconociendo los logros conseguidos y 
las áreas que se presentan como desa-fíos 
por mejorar. 
Igualdad de oportunidades. Ejecutar pro-cesos 
de selección imparciales, obje-tivos 
y en igualdad de condiciones, in-formando 
en las bases de postulación 
claramente los criterios de selección y 
las condiciones de trabajo 
Derecho a capacitarse. Promover, en igual-dad 
de oportunidades, las actividades 
de capacitación y formación. De Igual 
modo, fomentar el compromiso proacti-vo 
del propio desarrollo profesional. 
Ambiente laboral seguro. Defender el dere-cho 
de buscar y promover condiciones 
de trabajo dignas, justas y seguras que 
permitan el correcto desempeño de la 
labor pública. 
En este sentido, la tenencia, consumo 
y/o venta de sustancias tóxicas está es-trictamente 
prohibida para los funciona-rios, 
a menos que su uso esté justificado 
por tratamiento médico. La Municipali-dad 
se compromete a establecer una 
política de prevención del uso de sus-tancias 
ilícitas orientada a que las per-sonas 
se mantengan alejadas del con-sumo 
y a otorgar apoyo y tratamiento a 
quienes requieran superar su adicción. 
De igual manera, los procedimientos de 
control de consumo de sustancias estu-pefacientes 
ilegales se llevarán a cabo 
con estricto apego a la ley, resguardan-do 
siempre la dignidad e intimidad de la 
persona. 
Comunicación. Establecer canales de co-municación 
fluidos que contribuyan a 
que todos los funcionarios participen 
informadamente de los beneficios, de-rechos 
y deberes de la administración. 
Imparcialidad. Actuar con imparcialidad, 
cualquiera sea la motivación política o 
partidaria, para que siempre se entre-gue 
un servicio de la más alta calidad 
que contribuya al cumplimiento de los 
fines del Estado. De igual modo, los re-cursos 
municipales no pueden ser utili-zados 
para apoyar campañas o partidos 
políticos. 
Altos estándares. Promover altos estánda-res 
profesionales y altos valores como 
servidores municipales, conociendo y 
aplicando la legislación vigente y los 
principios de este Manual de Buenas 
Prácticas en el trabajo cotidiano.
Ejemplo Pregunta 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 23 
Este es sólo un ejemplo de las 
muchas situaciones que po-demos 
llegar a enfrentar. La 
invitación es a pensar ¿Cómo 
actuaría yo ante una situación 
como ésta? 
Una de mis compañeras siem-pre 
ha sido una funcionaria 
muy preocupada de cumplir 
con todas sus tareas. Sin em-bargo, 
desde que llegó el nue-vo 
alcalde y otro director fue 
nombrado como su superior 
directo, las cosas han cam-biado. 
Al principio todo esta-ba 
muy bien, pero he notado 
que el nuevo director tiene un 
trato preferencial con aquellos 
colegas que simpatizan políti-camente 
con él y Marcela es 
una de ellas y en apariencia 
este favoritismo ha hecho que 
mi colega ya no trabaje como 
antes. Ciertamente no puedo 
hablar de esto con nadie, por-que 
el involucrado es el supe-rior, 
pero temo que muy pronto 
no sólo habrá favoritismo, sino 
una actitud indiferente hacia 
aquellos que no comparti-mos 
la misma opinión política. 
¿Debo hacer algo si por ahora 
es sólo una suposición? 
Respuesta 
Tu preocupación es parte de la solución. Pues es importante que 
sepas que toda labor funcionaria en la Municipalidad debe llevarse a 
cabo sin importar las preferencias políticas. El respeto y la imparcia-lidad 
son valores fundamentales para la Municipalidad de Santiago, 
por tanto lo más recomendable es expresar sinceramente tu opinión. 
Si después de esto no ves un cambio de actitud, deberás seguir los 
conductos regulares de denuncia.
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
5. Respeto 
En un mundo globalizado, muchas veces nos encon-tramos 
con personas muy diferentes a nosotros, con 
ideas y opiniones divergentes. 
En una comuna tan grande como la nuestra, esta di-versidad 
es todavía más visible. A diario nos relacio-namos 
con colegas y vecinos con los que no siempre 
vamos a coincidir. Sin embargo, en la Municipalidad 
de Santiago creemos que la diversidad permite cono-cer 
nuevos puntos de vista, crecer en tolerancia y en 
formas de relacionarnos. Por eso respetamos, más 
allá de cualquier diferencia, a todas las personas con 
quienes trabajamos y a quienes servimos.
¿Qué es para nosotros 
EL RESPETO? 
Promover un ambiente de tolerancia sin diferencias 
Tratar a las personas con amabilidad, imparcialidad y 
justicia 
Defender el derecho a disentir y a expresar 
aquellas situaciones que no nos parecen 
correctas 
Buscamos generar un ambiente laboral 
en el cual se respete la dignidad de todas 
las personas. Con nuestros colegas, en la 
atención pública y en las relaciones con 
empresas u otras instituciones, priorizamos 
un trato respetuoso, justo y equitativo, sin 
privilegios ni arbitrariedades, defendiendo 
la igualdad e imparcialidad en todas nues-tras 
labores. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 25 
1 
2 
3
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
EL RESPETO se traduce en: 
Dignidad. Promover relaciones entre fun-cionarios 
basadas en la dignidad de las 
personas, rechazando todo mal trato, 
vejaciones, acosos de cualquier tipo o 
discriminaciones por motivos de raza, 
sexo, edad, religión, opinión política, 
orientación sexual, nacionalidad u ori-gen 
social. 
Igualdad. Ser justos e imparciales con to-dos 
quienes la Municipalidad se rela-ciona, 
para que ninguna decisión sea 
influida por presiones indebidas. Esto 
implica rechazar cualquier forma de pri-vilegio, 
favoritismo o discriminación que 
implique hacer diferencias entre una 
persona u otra. 
Tolerancia y diversidad. Defender la tole-rancia, 
el respeto a la diferencia y la di-versidad 
de quienes conforman la Muni-cipalidad 
y entender estos valores como 
fundamentales para construir diálogo y 
consenso. 
Defender la honra. Rechazar cualquier ac-tividad 
que ponga en peligro la honra 
personal, entre ellos: abusos, acosos, 
vejaciones, insultos, ofensas o rumores 
malintencionados. 
Derecho de no estar de acuerdo. Fomentar 
y facilitar el legítimo disenso y proteger 
los derechos que todo funcionario públi-co 
tiene de denunciar responsablemen-te 
actividades que le parezcan ilegales 
o reñidas con los principios establecidos 
en este Manual y la ley, sin sufrir por ello 
represalias.
Ejemplo Pregunta 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 27 
Este es sólo un ejemplo de las 
muchas situaciones que po-demos 
llegar a enfrentar. La 
invitación es a pensar ¿Cómo 
actuaría yo ante una situación 
como ésta? 
Hace algún tiempo hay una 
situación que me molesta mu-cho 
pero no sé exactamente 
qué hacer. Uno de mis com-pañeros 
es continuamente 
molestado por su orientación 
sexual, hacen bromas a sus 
espaldas, lanzan rumores so-bre 
posibles parejas y los co-mentarios 
dejaron de ser sim-ples 
bromas al punto que se 
han convertido en chistes su-bidos 
de tono. Ciertamente mi 
colega se da cuenta de esto, 
pero no se atreve a decir nada 
porque intuye que las bromas 
serán aún más crueles. 
Respuesta 
Muchas veces en estos casos la persona afectada siente vergüenza o 
prefiere guardar silencio para evitar conflictos mayores. También mu-chos 
compañeros se hacen cómplices de las bromas creyendo que 
es sólo un juego, sin saber el daño psicológico que causan y que esta 
clase de comportamiento contamina el ambiente laboral. 
Ante una situación como ésta es recomendable hablar con alguien 
de confianza y enfrentar el problema. Un primer paso es intentar ex-poner 
esta situación ante los compañeros de trabajo, para hacer ver 
y convencer del daño que se puede estar provocando a la persona 
afectada. Si esto no resulta, un camino siempre viable es exponer el 
problema al jefe directo para pedir apoyo en la solución de esta situa-ción
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
6. Participación 
Las Municipalidades son las entidades más próximas 
al ciudadano y las que están más capacitadas para 
resolver las dudas y problemas de los vecinos. Esta 
cercanía permite conocer de primera fuente cuáles 
son las urgencias y necesidades de un buen número 
de personas. Poner atención a ellas, permitirá aten-derlas 
de mejor manera. 
En la Municipalidad de Santiago, creemos que la par-ticipación 
es un derecho y un deber de todas las per-sonas. 
El diálogo, el debate y la comunicación permi-ten 
conocer los puntos de vista de los ciudadanos que 
se espera servir, lo que contribuye al desarrollo y al 
crecimiento de quienes habitan, trabajan y transitan 
por la comuna de Santiago.
¿POR QUÉ CREEMOS EN 
LA PARTICIPACIÓN? 
Porque nos permite conocer una gran variedad de ideas 
Porque promueve ambientes de tolerancia y diversidad 
Porque las decisiones compartidas fomentan 
una buena gestión municipal 
Entendemos la participación como un de-recho 
que permite a los funcionarios, ve-cinos, 
organizaciones y otras entidades 
del Estado, ejercer influencia positiva en la 
toma de decisiones públicas. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 29 
1 
2 
3
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
LA PARTICIPACIÓN se traduce en: 
Propiciar la comunicación. Fomentar cana-les 
de comunicación, encuentro y con-sulta 
con funcionarios, vecinos, usua-rios, 
representantes de organizaciones 
y todos aquellos que interactúan con la 
Municipalidad, con el objeto de atender 
oportunamente opiniones, reclamos, 
iniciativas, sugerencias e inquietudes. 
Respetar a las asociaciones de funciona-rios. 
Reconocer la labor fundamental 
que cumplen las Asociaciones de Fun-cionarios 
en el crecimiento y desarrollo 
de la Municipalidad y el bienestar de los 
funcionarios, asegurando su libre fun-cionamiento 
en un ambiente de respeto 
que privilegie la búsqueda del bien co-mún. 
Libertad de asociación. Asegurar y respe-tar 
el derecho de los funcionarios de la 
Municipalidad a constituir y participar 
libremente de las Asociaciones de Fun-cionarios, 
sin que la afiliación o desa-filiación 
condicione de modo alguno el 
empleo del trabajador. 
Promover la colaboración. Colaborar con-juntamente 
con el gobierno central y 
otras instituciones para el fortalecimien-to 
de la democracia, promoviendo re-laciones 
de cooperación eficaces, que 
favorezcan el cumplimiento de los fines 
del Estado y los procesos de desarrollo 
comunitario.
Ejemplo Pregunta 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 31 
Este es sólo un ejemplo de las 
muchas situaciones que po-demos 
llegar a enfrentar. La 
invitación es a pensar ¿Cómo 
actuaría yo ante una situación 
como ésta? 
Varios vecinos se han que-jado 
de la actitud prepotente 
de uno de mis colegas, pero 
cuando les solicito que hagan 
su denuncia en el Libro de 
Quejas no lo hacen. Hace un 
par de días un vecino envió 
una denuncia muy grave por 
correo electrónico, pero sin 
datos para su identificación, 
por tanto no sé si pueda dar 
curso a una investigación. 
Respuesta 
Es muy común que los vecinos y contribuyentes no se atrevan a rea-lizar 
las denuncias por temor a atrasar los trámites que tienen con la 
Municipalidad, pero expresar su disconformidad es un derecho que 
debe ser respetado. 
La Ordenanza sobre Participación de Santiago obliga a cada unidad 
municipal a mantener un Libro de Quejas, Denuncias y Solicitudes y 
que el denunciante se identifique en él. Sin embargo, el artículo Nº 
57 establece que las que son anónimas no tendrán carácter de queja 
o denuncia, pero que, dependiendo de si son de interés público, se 
deben investigar. En este caso particular, el superior del funcionario 
deberá analizar la información contenida en el correo electrónico y 
sopesar la gravedad de la denuncia y en caso de gravedad notificar 
al Alcalde
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
III. EJERCIENDO NuestrAs 
BUENAS PRÁCTICAS 
I. Guía para tomar una decisión correcta 
En el desempeño cotidiano de nuestras funciones, muchas veces nos vemos en-frentados 
a situaciones difusas en las cuales no existe una sola respuesta correc-ta. 
Es en estas ocasiones cuando más presente debemos tener los principios y 
valores de éste Manual de Buenas Prácticas y las leyes que rigen al funcionario 
municipal. 
Ante una situación que nos merezca reparos vale la 
pena preguntarse siempre: 
¿Es legal mi acción o decisión? 
¿Es acorde con nuestros valores y políticas? 
¿Está libre de cualquier tipo de conflicto de interés? 
¿Mi decisión protege la imagen de la Municipalidad? 
¿Otra persona, actuaría de la misma forma que yo lo haría? 
¿Está mi decisión justificada en términos del interés público? 
Si responde sí a estas preguntas, lo 
más probable es que su decisión sea 
ética y acorde a lo planteado en este 
Manual y a las leyes que rigen al fun-cionario 
municipal.
II. Nuestra Conducta 
En el ejercicio cotidiano del servicio público, los funcionarios se ven enfrentados 
a diversas situaciones que están definidas en la Ley de Probidad o que pueden 
contravenir las normas y conductas establecidas en este Manual de Buenas Prác-ticas. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 3 
Entre los más recurrentes están: 
Conflictos de Interés 
Los conflictos de interés son aquellas situaciones potenciales, reales o apa-rentes, 
en las que un asunto privado o motivación personal puede influir 
en la toma de decisiones objetiva. En sí mismos, no representan faltas a 
la probidad o actos de corrupción, sino situaciones en las que el beneficio 
personal podría primar por sobre el bien común. 
Para mantener el recto obrar de la Municipalidad y defender la honra del 
funcionario municipal, es deber de todos quienes integran la administración 
pública, declarar oportunamente aquellas situaciones que puedan afectar su 
neutralidad. Para esto, la Municipalidad cuenta con algunas herramientas, 
como la declaración de interés o la declaración de patrimonio. 
Igualmente, el funcionario siempre puede transparentar esta situación a su 
superior para que él/ella pueda tomar las medidas adecuadas. 
Entre los conflictos de interés más comunes se encuentran: 
Uso de la posición oficial para beneficio personal o de terceros; 
Requerir o aceptar regalos indebidos, dinero, favores o especies que 
signifiquen ejercer algún tipo de influencia; 
Tener segundos empleos que impidan el correcto desempeño al inte-rior 
de la Municipalidad;
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
Participar comercialmente o ser parte del directorio de empresas pro-veedoras 
de bienes o servicios a la Municipalidad; 
Ser parte de comisiones, instancias de decisión, regulación o legis-lación 
donde se discutan temas en los que se pueda tener intereses 
personales; 
Ser parte de procesos de selección de personal donde participen fami-liares, 
amigos o personas con enemistad manifiesta y 
Tener motivaciones políticas o partidarias que impidan el correcto des-empeño 
de la labor pública, entre otros. 
Regalos Indebidos: 
La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración 
del Estado, artículo Nº 62 establece como actos contrarios a la probidad 
administrativa el solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo o 
función, para sí o para terceros, donativos, ventajas, o privilegios de cual-quier 
naturaleza. Con excepción de los donativos oficiales y protocolares, 
y aquellos que autoriza la costumbre como manifestaciones de cortesía y 
buena educación. 
Por norma general, un regalo indebido se entiende como cualquier propi-na, 
favor, descuento, entretenimiento, hospitalidad, préstamo, condonación 
de deuda o la demora en pagar, u otro artículo que tenga valor monetario. 
Incluye también servicios, ofertas de capacitación, transporte, viajes, alo-jamientos, 
comidas, etc. El millaje u otro beneficio similar que otorguen las 
líneas aéreas por vuelos nacionales o internacionales a los que viajen como 
autoridades o funcionarios, y que sean financiados con recursos públicos, 
no podrán ser utilizados en actividades o viajes particulares. 
En caso de recibir alguno de estos presentes u otros que se otorguen para 
influenciar la toma objetiva de decisiones el funcionario deberá devolverlo, 
agradeciendo la gentileza y explicando los motivos de la devolución. 
Inhabilidades 
Estas se definen como impedimentos legales que inhabilitan a una persona 
ejercer cargos públicos o permanecer en ellos, porque la ley considera que 
pueden afectar el principio de probidad y buscan prevenir que la dignidad de 
la función pública se vea dañada. Algunas de las inhabilidades son: 
Tener vigente contratos (de más de 200 UTM) o participar en socieda-des 
o empresas que mantengan relaciones con la Municipalidad;
Tener litigios pendientes con la Municipalidad, excepto si se defienden 
derechos propios; 
Mantener relaciones jerárquicas o de subordinación con cónyuge, hi-jos, 
hijos adoptivos o parientes hasta el tercer grado de consanguini-dad 
y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de 
los funcionarios directivos del organismo de la administración civil del 
Estado al que postulen, hasta el nivel de jefe de departamento o su 
equivalente; 
Haber sido despedido hace menos de cinco años de la función pública 
por calificación deficiente o medida disciplinaria; pasado ese tiempo 
– más de cinco años- puede ingresar a la administración pública por 
los conductos regulares. 
Haber sido condenado por crimen o delito simple; 
Tener un trabajo público y otro privado donde los horarios coincidan 
parcial o totalmente. No obstante, se exceptúan los cargos docentes 
de hasta un máximo de 12 horas semanales y que no se realicen en 
establecimientos dependientes de la Municipalidad de Santiago, en 
estos casos, el superior podrá establecer modalidades o pautas gene-rales 
para el desarrollo de estas actividades si se dan durante la jor-nada 
de trabajo. También son excepciones el ejercicio de funciones a 
honorarios, siempre que no se efectúen en horario laboral; el ejercicio 
de un máximo de dos cargos como miembro de consejos o juntas di-rectivas 
de órganos estatales y con la calidad de suplente o subrogan-te 
o a contrata; con cargos de exclusiva confianza o por plazo determi-nado; 
y los cargos de directivos superiores de los establecimientos de 
educación superior. 
Inhabilidad “post empleo” un funcionario no debe tener una relación 
laboral con entidades del sector privado que estuvieron sujetas a la 
fiscalización del organismo en que se desempeñaba, y 
Ser consumidor dependiente de drogas ilícitas, entre otras. 
Por lo tanto, en términos generales, podemos decir que las inhabilidades e 
incompatibilidades son impedimentos legales para ejercer cargos públicos. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 35 
Prohibiciones 
Estas son restricciones que aplican a quienes se encuentren en la adminis-tración 
pública. Su función es evitar situaciones que comprometan el correc-to 
desempeño de la misión de la Municipalidad e impedir cualquier falta a la 
probidad.
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
Entre las prohibiciones se encuentran: 
Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o pri-vilegiada 
a que se obtiene en razón de la función pública que se des-empeña; 
Ejercer atribuciones que no sean las que establece la ley o que no 
hayan sido delegadas. Esto implica también la prohibición de actuar 
en representación de la Municipalidad, en situaciones que no han sido 
encomendadas; 
Usar la posición funcionaria de manera indebida para beneficio propio 
o de terceros; 
Participar en decisiones en las que existan conflictos de interés; 
Concurrir en un juicio, ejerciendo acciones civiles que atenten en con-tra 
de los intereses del Estado, con excepción de aquellos que atañen 
directamente al funcionario o su familia; 
Actuar en tribunales como testigo, parte o perito de hechos que hubie-se 
conocido en el ejercicio de sus funciones, sin previa comunicación 
a su superior jerárquico; 
Atrasar procesos o trámites pertinentes a su función o solicitar infor-mación 
que no sea requerida por ley; 
Aceptar o solicitar favores y privilegios para beneficio personal o de 
terceros, con excepción de aquellos que se otorgan por cortesía o 
buena educación; 
Hacer mal uso de los recursos de la Municipalidad o usarlos en bene-ficio 
propio (ejemplo de estos recursos son: millaje, descuentos, gas-tos 
de representación, el horario de trabajo, información reservada, 
bienes tangibles como autos, material de oficina, servicios telefónicos, 
etc.); 
Realizar cualquier actividad política dentro de la administración o usar 
el cargo y bienes de la Municipalidad para estas actividades (por ejem-plo, 
horario de trabajo, documentos, vehículos); 
Participar u organizar actividades que perturben el normal funciona-miento 
de los órganos de la administración del Estado, tales como 
paralización de funciones, lentitud en la entrega de servicios, etc.; 
Destruir o deteriorar los bienes de la municipalidad e incitar a destruir, 
inutilizar o interrumpir instalaciones públicas o privadas, o participar en 
hechos que las dañen; 
Omitir o eludir las propuestas públicas en los casos que la ley dispon-ga; 
Contravenir los deberes de eficiencia y legalidad que impidan el ejer-cicio 
de los derechos ciudadanos.
Obligaciones de Probidad Especiales para Autoridades y Jefaturas 
Las autoridades y jefaturas tienen las siguientes obligaciones especiales: 
Ejercer un control jerárquico permanente del funcionamiento de los 
órganos y de la actuación del personal de su dependencia, extendién-dose 
dicho control tanto a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento 
de los fines establecidos, como a la legalidad y oportunidad de las 
actuaciones; 
Velar permanentemente por el cumplimiento de los planes y de la apli-cación 
de las normas dentro del ámbito de sus atribuciones, sin perjui-cio 
de las obligaciones propias del personal de su dependencia; y 
Desempeñar sus funciones con equidad y de acuerdo a instrucciones 
claras y objetivas de aplicación, velando permanentemente para que 
las condiciones de trabajo permitan una actuación eficiente de los fun-cionarios. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 37 
Transparencia 
La función de la transparencia es proteger el derecho que tienen los 
ciudadanos de un país a conocer los actos y las decisiones que to-man 
quienes están en el servicio público. Para ejercitar el derecho de 
acceso a la información resulta necesario que las entidades públicas 
ejecuten los siguientes procedimientos establecidos en la ley: 
La información acerca de los actos administrativos debe estar a dispo-sición 
del público de modo permanente. No sólo permitiendo su acce-so, 
también promoviéndolo. 
Este acceso tiene que ser compatible con las disposiciones especiales 
que la ley establece. Entre las excepciones al Principio de Transparen-cia 
están: cuando una ley de quórum calificado exprese su reserva; si 
entorpece el correcto cumplimiento de las funciones de la Municipali-dad; 
si afecta la seguridad de la Nación; en materia de protección de 
la vida privada; pero en todos los casos se deberá dar justificaciones 
expresas para restringir el acceso. 
Cualquier persona interesada, cuando no encuentre a su disposición 
la documentación que requiera, puede solicitarla por escrito al Jefe de 
Servicio, y en tal caso, el directivo deberá pronunciarse formalmente 
entregando dicha información o negándose a ello, y señalando las 
razones.
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
Información Confidencial 
Quienes integran la administración pública deberán proteger la información 
confidencial que hayan obtenido formal o informalmente en el desempeño 
de sus labores al interior de la Municipalidad. Tampoco pueden hacer uso 
de ella de manera indebida o para su beneficio personal o de terceros. Esta 
protección es extensiva incluso después de haber abandonado la adminis-tración 
pública. 
Esto implica: 
Hacer uso correcto de los sistemas de protección de la información, 
por ejemplo archivos, sistemas electrónicos, correo electrónico. 
Mantener estricto control de toda la documentación que sea requerida 
en procesos de auditoría o fiscalización. 
Violaciones a las leyes de la Administración Pública 
Todo funcionario de la Municipalidad de Santiago y de su Administración 
tiene el deber de reportar cualquier violación a las leyes de la Administra-ción 
Pública sobre Transparencia y Probidad y las descritas en el Manual de 
Buenas Practicas. Esto implica: 
Hacer correcto uso de las herramientas del Sistema de Integridad y 
sólo para los fines para los que han sido diseñadas. 
Actuar de buena fe. En caso de tener información o sospecha sobre 
alguna violación al Manual de Buenas Prácticas o a las leyes que rigen 
la Administración Pública es deber del funcionario dar aviso a través 
de los canales establecidos para ello. 
Proporcionar información falsa, ocultar documentación o denunciar a 
alguien de forma maliciosa son violaciones a la ley y a los principios 
de este Manual.
III. SISTEMA DE INTEGRIDAD MUNICIPAL 
1. ¿Qué es el Sistema de Integridad? 
El Sistema de Integridad Municipal es un canal de información y asesoría para 
que los funcionarios de la Municipalidad de Santiago puedan resolver sus in-quietudes 
en temas de integridad o consultas sobre la normativa aplicable que 
tenga relación con integridad y probidad municipal 
2. ¿Por qué la Municipalidad ha instalado este sistema? 
Al existir herramientas que definen los principios de la Municipalidad de San-tiago 
y personas capacitadas para orientar y resolver dudas en temas de in-tegridad, 
se genera un ambiente de confianza que valoriza la función pública 
municipal como una entidad que actúa con probidad, transparencia y eficien-cia. 
3. ¿Quiénes conforman el Sistema de Integridad Municipal? 
a) Funcionarios 
Los funcionarios son los principales beneficiarios del Sistema de Integridad 
Municipal, pues a través de él pueden resolver todas sus inquietudes relacio-nadas 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 39 
con temas de integridad. 
b) Asesores de Buenas Prácticas 
Designados por el Alcalde, los/las Asesores de Buenas Prácticas, como parte 
de sus funciones regulares, asistirán a los funcionarios municipales a resolver 
inquietudes sobre los principios de probidad que rigen su accionar y los princi-pios 
recogidos en el Manual de Buenas Prácticas de la Municipalidad. 
Su labor consiste en contestar las consultas que se le planteen, sin hacer 
interpretaciones de la ley. En aquellos casos que la inquietud no sea un tema
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
de probidad, el/la Asesor deberá remitir al funcionario municipal a la entidad 
adecuada para que obtenga la asistencia requerida. En el caso de que una 
consulta se refiera a una potencial denuncia por falta de probidad, el/la Ase-sor 
informará al funcionario municipal sobre el procedimiento establecido en 
la Ley de Protección al Denunciante para que el funcionario pueda seguir los 
procesos establecidos por la normativa. 
En ningún caso, los/las Asesores tendrán el papel de denunciantes ni de in-vestigadores 
del hecho informado por algún funcionario. Será obligación de 
los/las Asesores de Buenas Prácticas registrar cada inquietud que reciban en 
el sistema de registro que se llevará al efecto. 
Los/Las Asesores de Buenas Prácticas pueden ser funcionarios de planta de 
cualquier grado y deben ser reconocidos por sus pares como personas impar-ciales 
y dignas de confianza, de manera de asegurar la confiabilidad del Sis-tema 
de Integridad Municipal. El número de asesores o asesoras de Buenas 
Prácticas dependerá del número de funcionarios de planta de la Municipalidad 
de Santiago y su plazo de funciones será de un año, que se pueden prorrogar 
por ese mismo período hasta un máximo de cuatro años, siempre y cuando 
el/la Coordinador(a) de Buenas Prácticas y el Alcalde apruebe dichas prórro-gas. 
c) Coordinador de Buenas Prácticas: 
El/la Coordinador(a), estará a cargo de la coordinación general del Sistema 
de Integridad Municipal. Será una persona de planta de grado tres o cuatro, 
que no ostente un cargo de confianza, y será elegido(a) por el Alcalde, quien 
para nombrarlo(a), tomará en cuenta las características de imparcialidad, ob-jetividad 
e integridad del candidato(a). El plazo de funciones del Coordinador 
de Integridad será de un año prorrogable por el mismo período hasta un plazo 
máximo de cuatro años.1 
Entre las funciones del Coordinador de Buenas Prácticas (a) está la de reportar 
semestralmente el número de consultas y la materia de las mismas al Comité 
de Buenas Prácticas de la Municipalidad. El objetivo de esta información es 
registrar todas las inquietudes en el Sistema y hacer un reporte estadístico de 
las consultas, de modo de apoyar al Alcalde proponiendo las áreas de probi-dad 
donde se requiere mayor capacitación y sugerir las medidas que pudieran 
implementarse para mejorar los niveles de integridad de la Municipalidad. 
1 Cada seis meses el Alcalde tendrá que confirmar al Coordinador de Buenas Prácticas en su 
cargo tomando en cuenta su buen desempeño.
d) Línea de Ayuda a la Integridad: 
La Línea de Ayuda a la Integridad está disponible las 24 horas del día para que 
los funcionarios municipales puedan realizar sus consultas en temas de pro-bidad. 
La línea está compuesta por todos los medios de comunicación interna 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 41 
de la Municipalidad de Santiago. 
Algunos de los medios de comunicación para contactarse con la Línea de 
Ayuda a la Integridad son: 
Línea telefónica de Integridad 
Intranet – Internet 
Correo electrónico directo 
Personalmente 
e) Comité de Buenas Prácticas: 
El Comité de Buenas Prácticas está constituido por un grupo funcionarios mu-nicipales 
y lo preside el Alcalde. Los integrantes del Comité tienen como ob-jetivo 
colaborar con el Alcalde en el correcto funcionamiento del Sistema de 
Integridad Municipal. Entre sus funciones se cuenta la de revisar de manera 
semestral los reportes de integridad confeccionados por el Coordinador de 
Buenas Prácticas, utilizar dicha información para buscar formas de capacitar o 
sensibilizar a todos los funcionarios en los temas de integridad más recurren-tes 
del periodo reportado, y evaluar las funciones de los Asesores (as) y del 
Coordinador de Buenas Prácticas. 
4. ¿Qué hacer si una consulta efectuada a los Asesores de 
Buenas Prácticas pudiera llegar a ser una denuncia? 
En el evento de que un funcionario municipal acudiera a un(a) Asesor(a) de 
Buenas Prácticas para hacer una consulta y que ésta pudiera llegar a ser una 
denuncia, el Asesor seguirá el siguiente procedimiento: 
Se le explicará al funcionario público que tiene la obligación legal de 
dar aviso con la debida prontitud a la autoridad competente (Ministerio 
Público o policía) si tiene conocimiento sobre un simple crimen o deli-to. 
En el caso de que se trate de hechos de carácter irregular o faltas 
al principio de probidad administrativo, (Ley Orgánica Constitucional 
de Bases Generales de la Administración del Estado (N°18.575) y el
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Nº 18.883)), se 
le informará al funcionario municipal que debe dar aviso al Alcalde con 
la debida prontitud.2 
Se le entregará un documento que contenga sus derechos y requisitos 
para realizar la denuncia según la enumeración que se hace de ellos en 
los artículos Nº 88 letra A y B del Estatuto Administrativo para Funcio-narios 
Municipales. 
Se le hará saber que para el caso que lo considere necesario, puede 
solicitar que su denuncia sea secreta respecto de su identidad o datos 
que permitan determinarla, pero que debe formular dicha petición en su 
denuncia escrita.3 
Se informará acerca de las faltas que se cometen al efectuar denun-cias 
sin fundamento, referidas a irregularidades o a faltas al principio 
de probidad que haya afirmado tener conocimiento, y respecto de las 
cuales posteriormente se constatare su falsedad o el ánimo deliberado 
de perjudicar al denunciado.4 
2 Artículo 58, letra K del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Nº. 18.883). 
3 Artículo 88 B del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (N°. 18.883). 
4 Articulo 123 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (N°. 18.883).
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 43 
IV. CONCLUSIÓN 
Ser un gobierno local transparente e íntegro es el desafío que adquirimos los hom-bres 
y mujeres de la Municipalidad de Santiago. 
Vivir los valores y principios de este Manual de Buenas Prácticas representa el 
compromiso responsable que la Municipalidad adquiere con sus funcionarios, ve-cinos, 
empresas, instituciones y con todos quienes nos relacionamos. 
Somos concientes del enorme desafío que esto significa y que es un proceso que 
depende del esfuerzo y compromiso personal de todos quienes a diario trabaja-mos 
para sentar las bases de un gobierno local íntegro y transparente. 
Sabemos la enorme responsabilidad que tenemos como servidores municipales y 
que de nuestros valores y cómo los llevamos a la práctica depende la calidad de 
vida de muchas personas, vecinos y usuarios. 
Confiamos que los valores aquí expuestos son la base de nuestro desempeño y 
los que nos conducirán a ser una Municipalidad al servicio de la ciudadanía, ínte-gra, 
humana, de la sintamos orgullo integrar.
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
V. MI COMPROMISO PERSONAL 
Comprendo el enorme desafío que significa participar en la creación de una Mu-nicipalidad 
íntegra y transparente y participo con orgullo en la tarea de fomentar y 
proteger los valores y principios que rigen a la Municipalidad de Santiago 
Acepto el compromiso de cumplir con las orientaciones establecidas en el Manual 
de Buenas Prácticas y velar por su cumplimiento en todas las actividades en las 
que me desempeño al interior de la Municipalidad. 
Me comprometo a evitar aquellas acciones o decisiones que contravengan las 
normas aquí establecidas, a promover el buen uso del sistema de Integridad y a 
regirme por estas pautas y valores. 
Me comprometo a conocer las leyes y principios que rigen el Manual de Buenas 
Prácticas, regirme por él y a aceptar el desafío personal de hacer lo correcto 
Nombre completo 
Área o Cargo 
Lugar y fecha 
Firma
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 45 
III. ANEXOS 
I. Definiciones 
Administración pública: Conjunto de organismos encargados de cumplir la fun-ción 
y acción del gobierno que dicta y aplica las disposiciones necesarias 
para el cumplimiento de las leyes y para la conservación y fomento de los 
intereses públicos. 
Funcionario: Son funcionarios municipales el alcalde, las demás personas que 
integren la planta de personal de las municipalidades y los personales a con-trata 
que se consideren en la dotación de las mismas, fijadas anualmente 
en el presupuesto municipal. Los empleados a honorarios son considerados 
“servidores estatales” según dictamen de la Contraloría General de la Repú-blica. 
Principio de Probidad: Consiste en la observancia de una conducta funcionaria 
intachable, y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preemi-nencia 
del interés general sobre el particular. El principio de probidad está 
consagrado en el Artículo Nº 8 de la Constitución Política, los artículos Nº 3, 
Nº 13 y Nº 52 al Nº 68 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Genera-les 
de la Administración del Estado (LOC N°18.575) y en la propia Ley Sobre 
Probidad Administrativa (N°19.653). 
Integridad: Capacidad de decidir responsablemente sobre el propio comporta-miento, 
ser concientes de los impactos y consecuencias de las decisiones 
que se toman día a día. Esta se expresa en la aplicación de los valores y 
principios de este Manual de Buenas Prácticas y en una conducta honesta 
que contribuya a una cultura de confianza en el servicio público municipal. 
Transparencia: La Ley de Probidad regula la transparencia, que es por un lado 
el establecimiento del derecho de los ciudadanos a obtener información de 
la administración pública, y por otro, hace referencia a las declaraciones de 
intereses y patrimoniales de las autoridades y de determinados funcio-narios. 
El objetivo de la transparencia es garantizar la adecuada toma
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
de decisiones y la promoción de la participación de la ciudadanía en la 
gestión municipal, siendo un elemento de legitimidad de la administra-ción 
pública. 
Rendición de Cuentas: Deber ético de todo funcionario que administra bienes 
públicos, de responder e informar por la administración, el manejo y los ren-dimientos 
de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados. 
Responsabilidad: Capacidad para conocer y aceptar las consecuencias de los 
hechos realizados libremente. En el ámbito legal es la responsabilidad en 
que incurre un funcionario público al no cumplir las obligaciones funcionarias 
establecidas en el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. La 
responsabilidad administrativa puede dar lugar a tres tipos de sanciones, las 
cuales se aplican según la gravedad de la falta, estas son censura por escri-to, 
multa o destitución. 
Declaración de Intereses: Deber de determinados funcionarios del Estado de 
exponer en un documento público las actividades profesionales y económi-cas 
que desarrollan, de modo de transparentar sus actos y garantizar la im-parcialidad 
y justicia de sus decisiones. (Ley 18.575) 
Regalos indebidos: Los regalos indebidos se diferencian de los de cortesía por 
su valor monetario y porque la intención con la que son ofrecidos representa 
una forma de influencia o incentivo malicioso. (Ley 18.575, artículo Nº 62º). 
Obligaciones: Todos aquellos deberes que cada funcionario debe cumplir por 
pertenecer a la administración pública. Entre estas: desempeñar personal-mente 
las funciones del cargo; cumplir con los objetivos de la institución con 
esmero, cortesía, dedicación y eficiencia; observar estrictamente el principio 
de probidad administrativa y respetar la dignidad del cargo.
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 47 
II. Referencia Legal 
Estas son algunas de las leyes más comunes que rigen al funcionario municipal. 
Referencia Legal : 
Constitución 
Artículo Nº 8.- Principio de Probidad y Transparencia 
La Ley de Probidad 
Artículo Nº 56.- Inhabilidades e incompatibilidades 
Artículo Nº 59.- Declaración de intereses 
Artículo Nº 64.- Prohibiciones 
Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales 
Artículos Nº 83 al 86.- Incompatibilidades 
Artículos Nº 58 al 60.- Obligaciones funcionarias 
Artículo Nº 61.- Obligaciones especiales de jefaturas 
Artículo Nº 82.- Prohibiciones 
Artículos Nº 87 al 90.- Derechos funcionarios 
Artículos Nº 118-143.- Responsabilidad administrativa 
Bases Generales de la Administración del Estado 
Artículo Nº 54.- Inhabilidades 
Artículo Nº 55.-Obligación de presentar declaración jurada referida a la ne-gativa 
de inhabilidades 
Artículo Nº 55 bis.-Inhabilidad para dependientes de drogas 
Artículo 56.- Derecho a dedicarse a actividades privadas e incompatibilida-des 
de la misma con la función pública 
Artículos Nº 57 al 60.- Declaración patrimonial y de intereses 
Artículo Nº 61.--Prevención y control del consumo de drogas 
Artículo Nº 62.- Prohibiciones (conductas que contravienen el Principio de 
Probidad) 
Artículo Nº 63.- Nombramientos irregulares 
Artículo Nº 64.- Inhabilidades sobrevivientes 
Artículos Nº 65 y 66.- Sanción por no presentar la declaración patrimonial o 
de intereses o por hacer declaraciones falsas
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
Ley de Bases del Procedimiento Administrativo 
Artículo Nº 7° Principio de celeridad 
Artículo Nº 9º.- Principio de economía procedimental 
Artículo Nº 11. Principio de imparcialidad 
Artículo Nº 12.- Principio de abstención por conflictos de intereses 
Artículo Nº 16.- Principio de Transparencia y de Publicidad 
Artículo Nº 17.- Derechos de las personas 
Estatuto Administrativo 
Artículo Nº 61.- Obligaciones funcionarias 
Artículo Nº 62.- Procedimiento a seguir si se reciben órdenes ilegales 
Artículo Nº 64.- Obligaciones especiales de jefaturas 
Artículo Nº 84.- Prohibiciones 
Artículos Nº 85 y 86.- Incompatibilidades 
Artículo Nº 87.- Excepciones a las incompatibilidades 
Artículos Nº 89, 90 al 118.- Derechos funcionarios 
Artículo Nº 90-A.- Protección al denunciante de buena fe 
Artículo Nº 90 B.- Requisitos de la denuncia 
Artículos Nº 119 y siguientes.- Responsabilidad administrativa 
VALOR: SERVICIO 
Referencia Legal : 
El Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (N° 18.883) en su artículo 
Nº 58 letra c), establece como obligaciones de los funcionarios municipales el reali-zar 
las labores con esmero, dedicación, cortesía y eficiencia, con preeminencia del 
interés general sobre el particular. 
La Política Ambiental de la Municipalidad de Santiago tiene por objeto definir los 
lineamientos generales del quehacer ambiental comunal para conseguir un desa-rrollo 
local sustentable que armonice el crecimiento de la comuna, la protección 
ambiental y la salud de sus residentes y usuarios. Ley Orgánica Constitucional de 
Municipalidades (N° 18.695).
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 49 
VALOR: Integridad 
Referencia Legal : 
Más información respecto a obligaciones de integridad de los funcionarios se pue-den 
encontrar en la Ley de Probidad: el artículo Nº 55 se refiere a la imparcialidad de 
las decisiones, el artículo Nº 64 enumera los conflictos de interés y el Nº 62 describe 
aquellas conductas que contravienen este principio. 
El artículo Nº 8 de la Constitución establece el principio de transparencia, que de-fine 
que son públicos los actos y resoluciones de la Municipalidad, así como sus 
fundamentos, los procedimientos que se utilizan y las excepciones al principio de 
transparencia. 
VALOR: Transparencia 
Referencia Legal: 
El principio de transparencia y probidad de la función pública está establecido en 
el Artículo Nº 8 de la Constitución, en el Estatuto Administrativo en el Artículo Nº 61 
letra g) en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en el Artículo Nº 42, 
entre otras. El principio de transparencia también se incluye en La Ley de Bases 
del Procedimiento Administrativo en su Artículo Nº 16. Mientras que el artículo Nº 
64 de la Ley de Probidad hace referencia al correcto uso de información privilegiada 
o reservada. 
Tanto los artículos Nº 59 al Nº 62 de la Ley de Probidad como la Ley N° 20.088 es-tablecen 
la obligación de ciertos funcionarios de presentar declaración de intereses 
y declaración patrimonial de bienes. El alcalde, los concejales y los funcionarios 
directivos, profesionales, técnicos y fiscalizadores de la Municipalidad que se des-empeñen 
hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente están obligados a 
presentar estas declaraciones. 
La Ley de Compras Públicas decreta las normas de procedimientos y transparen-cia 
para realizar las compras municipales, ahí se encuentra la información sobre 
cómo publicar las bases, plazos, igualdad de condiciones, etc. Igualmente, la Mu-nicipalidad 
cuenta con un Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones donde 
se explica todo el procedimiento de compras municipales que deben conocer los 
funcionarios. 
En el reglamento Nº 122 se especifican las normas que deben regir la relación entre 
la Municipalidad y las empresas del sector privado. Ahí se establecen las conductas 
que deben seguir estas empresas.
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 
VALOR: Profesionalismo 
Referencia Legal: 
El Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales en su artículo Nº 5 garan-tiza 
la igualdad de oportunidades para el ingreso, la capacitación, el ascenso, la 
dignidad de la función municipal, la estabilidad en el empleo y la objetividad en las 
calificaciones en función del mérito y de la antigüedad. 
El artículo Nº 53 de la Ley de Bases Generales de la Administración Pública exige 
el uso de medios idóneos de diagnóstico, decisión y control, para lograr una gestión 
eficiente y eficaz y también explica que las decisiones de los funcionarios deben ser 
razonables e imparciales. 
En relación al ambiente laboral seguro, la Ley de Accidentes y Enfermedades Pro-fesionales 
en su artículo Nº 2 establece el derecho de los funcionarios municipales 
a trabajar en un ambiente seguro. 
El artículo Nº 61 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales se refie-re 
a la obligación de los jefes de unidad de entregar instrucciones claras y objetivas, 
procurando un clima laboral adecuado. 
Los trabajadores a honorarios se rigen por el Código del Trabajo, en el cual están 
consignados sus derechos y obligaciones, por ejemplo, capacitaciones y seguridad 
en el trabajo, estos funcionarios también se rigen por la Ley de Probidad. 
El artículo Nº 61 de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado se 
refiere al uso y prevención del consumo indebido de drogas estupefacientes o psi-cotrópicas. 
En la misma ley, artículo Nº 64, se establece el derecho a rehabilitación 
de los funcionarios. La Ley Nº 20.000 regula las acciones que adoptarán los Órga-nos 
de la Administración del Estado con el objeto de prevenir el consumo indebido 
de sustancias psicotrópicas. 
VALOR: Respeto 
Referencia Legal : 
El artículo Nº 82 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales estable-ce 
como prohibiciones realizar cualquier acto atentatorio a la dignidad de los funcio-narios, 
como son aquellas actitudes que lesionan la integridad física y síquica. Se 
debe respetar la igualdad de oportunidades, la intimidad y la libertad sexual y todos 
los derechos derivados de la dignidad del funcionario. De igual modo, el artículo
Nº 2 del Código del Trabajo establece que las relaciones laborales deberán fundarse 
siempre en la dignidad de las personas. 
El acoso sexual es cuando una persona (jefe o colega) efectúa o solicita requerimien-tos 
de naturaleza sexual al afectado(a), no consentidos por éste, amenazándolo en 
su situación y entorno laboral o perjudicándolo en sus oportunidades en el empleo. El 
acoso se puede dar por cualquier medio, desde emails hasta propuestas verbales. 
Entre las obligaciones establecidas en el Artículo Nº 58 del Estatuto Administrativo de 
Funcionarios Municipales se encuentra la de denunciar ante las autoridades compe-tentes 
los crímenes o simples delitos o hechos de carácter irregular, especialmente 
aquéllos que contravienen el principio de probidad administrativa que se conozcan en 
el ejercicio del cargo. Por otro lado, la Ley de Protección al Denunciante de buena fe, 
protege a los funcionarios que cumplan con éste deber. 
Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 51 
VALOR: Participación 
Referencia Legal : 
La Ordenanza de Participación Ciudadana (N° 84) establece los distintos medios por 
los cuales los ciudadanos pueden cooperar en la gestión de la Municipalidad de San-tiago. 
Igualmente, se refiere a los principios en los que se basa dicha participación, 
por ejemplo, democracia, legalidad e inclusión. La queja y la denuncia son formas de 
participación ciudadana. La Ley Nº 19.418 establece la normativa para la organización 
y participación de las Juntas de Vecinos. 
La Ley sobre Asociaciones de Funcionarios de la Administración del Estado (N° 19.296) 
contempla las normas sobre asociaciones de funcionarios de la administración del Es-tado. 
El artículo Nº 3 se refiere al derecho de los funcionarios a asociarse a estas enti-dades 
de forma voluntaria, personal e indelegable. 
El artículo Nº 5 (j) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades se refiere a las 
atribuciones de las municipalidades, unas de ellas es establecer las unidades vecinales 
y tener una adecuada canalización de la participación ciudadana. 
El artículo Nº 9 establece la obligación de las municipalidades de actuar dentro de los 
planes nacionales y regionales.
Manual de Buenas Prácticas Municipales- I.M de Santiago

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Manual de Buenas Prácticas Municipales- I.M de Santiago

  • 1.
  • 2. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago Introducción El objetivo de toda Municipalidad es satisfacer las ne-cesidades de la comunidad local y asegurar su parti-cipación en el progreso económico, social y cultural de la comuna. Es a su vez, la entidad más próxima al ciudadano, pues conoce de primera fuente sus pro-blemas y está más capacitada, por tanto, para dar so-lución a ellos.
  • 3. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo Esta cercanía y su papel en el progreso lo-cal, hace mucho más visible el rol que cum-ple el funcionario municipal, teniendo en el desempeño de sus labores, un rol social y ético. Primero, porque lleva a la práctica las políticas públicas orientadas al desarrollo de los diferentes sectores de la ciudadanía y segundo, porque busca con cada una de sus acciones que este desarrollo sea ver-daderamente humano. Por esto muchas entidades y organismos públicos están llevando a cabo un proce-so de modernización para cumplir de me-jor manera con la responsabilidad de ser garantes del bienestar de la comunidad. Nuevas tecnologías, la promoción de la participación ciudadana y la búsqueda de transparencia en los procedimientos son algunas de las formas en que se está lle-vando a cabo este proceso. Junto con lo anterior, cambiar la antigua imagen del funcionario municipal hacia una más eficiente y comprometida, se ha trans-formado en requisito básico. Hoy, la reputa-ción de las instituciones públicas depende más que nunca no sólo de la aplicación de las leyes, sino de la conducta y valores de todos sus funcionarios. Se hacen por tanto necesarias personas lí-deres y responsables, capaces de adoptar valores y respetarlos. Personas que bus-quen desempeñar sus cargos con eficacia y que estén comprometidas con el desa-fío de cambiar la negativa percepción que existe actualmente de la labor pública. Generar una ética del funcionario munici-pal, orientada por principios de probidad, honestidad y responsabilidad es el desafío actual que requiere de esfuerzos comparti-dos y de un compromiso genuino. En las páginas que siguen están conteni-dos los valores y principios que la Munici-palidad de Santiago define como propios y se compromete a respetar y hacer valer en el desempeño de sus labores. El pre-sente Manual de Buenas Prácticas es la expresión concreta de la responsabilidad e identidad con la que la Municipalidad bus-ca relacionarse con la ciudadanía, todos los días.
  • 4. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago Alcance El presente Manual de Buenas Prácticas es la guía de conducta de todos los funcionarios de la Municipali-dad de Santiago, cualquiera que sea su cargo, tipo de contrato, nivel jerárquico o puesto en que se desem-peña. Incluye también a empresas que prestan ser-vicios temporales o de consultoría y a todos aquellos que actúan en representación de la Municipalidad.
  • 5. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo El texto contiene de manera resumida y clara los principios éticos de las normativas legales que rigen al funcionario municipal y debe ser entendido como un reglamento guía que, en conjunto con los estatutos y leyes, ayudarán a tomar decisiones ínte-gras, éticas y en estricto apego a la Ley. El espíritu del Manual de Buenas Prácticas da cuenta de los grandes principios que ri-gen a la administración pública municipal: estar al servicio de la persona humana y promover el bien común observando valo-res de responsabilidad, eficiencia, eficacia, coordinación, control, probidad y transpa-rencia. El Manual de Buenas Prácticas es el docu-mento que expresa el compromiso de las personas que se desempeñan en la Muni-cipalidad de Santiago y busca garantizar una gestión eficiente a través de una con-ducta honesta. CONOcER, RESPETAR Y PROMOVER ESTE MANUAL PERMITE Tener una guía de integridad y probidad que ampare nuestros derechos y deberes, de modo de dignificar y ennoblecer la la-bor del funcionario municipal. Promover valores, principios y prácticas que generan un cam-bio de actitud positivo. Conocer los estándares de conducta esperables para los fun-cionarios de la Municipalidad de Santiago en su desempeño cotidiano. Llevar a la práctica los principios de probidad de las leyes que rigen a la administración del gobierno local. Comprender la gran responsabilidad que significa ser funcio-nario municipal y estar orgullosos de ello. 1 2 3 4 5
  • 6. VALORES DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO I. NUESTRAS BUENAS PRÁCTICAS Éste es el sello Confiamos que al defender, promover y practicar estos valores fundamen-tales se edifica una Municipalidad que verdaderamente puede ser genera-dora de desarrollo integral, contribuyendo a una mejor calidad de vida de los ciudadanos que habitan y trabajan en ella. 1. Servicio de la Municipalidad de Santiago Trabajamos intensamente para que todos aquellos con quienes nos relacio-namos puedan gozar de una comuna amable, dinámica, limpia, segura y hu-mana. Entendemos que nuestro trabajo es un aporte al desarrollo humano y social de la comunidad y la responsabilidad de este desafío se expresa en la convicción de ejecutar nuestras labores buscando siempre el beneficio de la ciudadanía por sobre cualquier interés particular. 2. Integridad Somos conscientes de la confianza que los vecinos depositan en el gobierno local, Creemos que el servicio que presta la Municipalidad de Santiago se basa en el compromiso de orientar nuestras acciones a la protección de los intereses de la ciudadanía, actuando con honestidad e integridad. Entende-mos por esto el cumplimiento fiel de las tareas encomendadas, el cuidado de los recursos con criterios de eficiencia y la aplicación cabal lo estipulado en la legislación vigente y en el presente Manual de Buenas Prácticas. 3. Transparencia Actuamos con transparencia y promovemos la apertura de la Municipalidad a la ciudadanía a través del acceso a la información sobre nuestro desempeño porque que es una forma de consolidar la democracia y generar confianza. Somos una institución pública, lo que nos hace estar siempre expuestos al examen ciudadano, e implica ser conscientes de nuestro deber y de la impor-tancia de nuestras decisiones.
  • 7. 4. Profesionalismo Creemos que la labor funcionaria municipal debe destacarse por un desem-peño profesional y de excelencia, que sea capaz, mediante el trabajo man-comunado, de cumplir de la manera más eficiente y oportuna los distintos requerimientos que vecinos y usuarios necesitan, dentro de las posibilidades del Municipio. Este profesionalismo se reconoce y valora en el trabajo bien hecho, la transparencia, la colaboración, la proactividad y la responsabilidad para asumir nuestros errores. 5. Respeto Defendemos y promovemos el respeto y la dignidad del funcionario munici-pal, generando un ambiente laboral cordial, justo y seguro, con condiciones de trabajo dignas que permitan el adecuado desarrollo humano y profesio-nal. Estos valores de respeto deben estar presentes en el trato con quienes nos relacionamos en nuestra labor cotidiana, actuando con tolerancia, ama-bilidad e imparcialidad, sin conceder preferencias o privilegios a organiza-ción o persona alguna. 6. Participación Promovemos la participación como una forma de valorar a las personas, fun-cionarios, vecinos e instituciones en su dimensión de promotores activos del desarrollo comunal y social. Fortalecer la comunicación, el diálogo transpa-rente y la colaboración, nos permitirá contribuir de mejor manera al bienestar de nuestra Municipalidad y de la ciudadanía. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo
  • 8. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago II. Nuestros valores en la práctica El compromiso que asumimos se expresa en la defensa, promoción y práctica de seis valores fundamentales: servicio, integridad, transpa-rencia, profesionalismo, respeto y participación. Queremos que estos principios sean nuestro sello distintivo como funcionarios de la Muni-cipalidad de Santiago. 1. Servicio La función de servicio público fue por muchos años motivo de profundo orgullo. Lamentablemente, esta percepción tan positiva de la labor municipal se ha visto en nuestros días, afectada por distintos motivos: mayores exigencias de la ciudadanía, las burocracias que entorpecen una relación más fluida, casos de corrupción que ensucian el prestigio del funcionario municipal, etc. Por esto queremos comprometernos una vez más con un servicio de excelencia, íntegro y transparente.
  • 9. ¿Qué es para nosotros el espíritu de servicio? Comprometerse con el bien común. La razón fundamental de nuestro desempeño. El motivo de orgullo de los funcionarios municipales. En la Municipalidad de Santiago comparti-mos una vocación común de servicio públi-co y es nuestro compromiso que sea este espíritu quien guíe nuestro desempeño, honrando y dignificando así la labor fun-cionaria municipal. Reconocemos que la excelencia del servicio, a través de su rec-titud, transparencia y eficiencia, contribuye efectivamente a mejorar la calidad de vida de las personas de nuestra comuna. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 1 2 3
  • 10. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago El Espíritu de Servicio se traduce en: Conocer este Manual. Tener presente en cada una de las decisiones y acciones, los valores y principios de este Manual de Buenas Prácticas y las normativas vigentes. Para esto es necesario co-nocer las leyes y políticas que rigen al funcionario municipal y promover su aplicación. Orientar la función al interés público. De-fender el interés general por sobre cualquier interés particular, teniendo siempre presente la dignidad del servi-cio público y la responsabilidad de cada uno en hacer realidad la misión de la Municipalidad. Ser imparciales. Actuar con imparcialidad en la atención a los vecinos y usuarios, sin dejar espacio para ninguna forma de discriminación por motivos de raza, sexo, edad, religión, opinión política, orientación sexual, nacionalidad u ori-gen social. Ser atentos y diligentes. Estar atentos a las necesidades de los vecinos en cada una de las decisiones que se tomen. Esto se expresa en una actitud diligente, escu-chando sus requerimientos a través de una atención oportuna que les permita hacer correcto uso de los servicios de la Municipalidad. Implica también propor-cionar información que permita conocer el estado de sus tramitaciones y el de-recho a formular alegatos, aportar datos y pedir clarificaciones. Ser cordiales y amables. Ofrecer un trato cortés y amable, respondiendo al res-peto que cada vecino o usuario de los servicios municipales merece. Cuidar el entorno. Tener presente en todas las actividades de la Municipalidad los principios de sostenibilidad y cuidado del medio ambiente, que aseguren el bienestar de las actuales y futuras ge-neraciones.
  • 11. Ejemplo Pregunta Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 11 Este es sólo un ejemplo de las muchas situaciones que po-demos llegar a enfrentar. La invitación es a pensar ¿Cómo actuaría yo ante una situación como ésta? Tengo un colega que siempre anda de mal humor, trata mal a las personas y muchas ve-ces no da información correc-ta o atrasa innecesariamente las solicitudes que le hacen los vecinos. Sé que su actitud no es positiva para la imagen de la Municipalidad y de todos los funcionarios, pero nos en-teramos que está enfrentando graves problemas familiares y que probablemente debido a esto mantenga esta actitud hostil ¿Qué puedo hacer? Respuesta Es recomendable que el equipo de trabajo converse directamente con el colega y le explique que su actitud no sólo molesta a las personas que atiende, sino a toda la unidad. Es importante saber que este tipo de conductas genera un mal ambiente laboral y una mala imagen de la Municipalidad y sus funcionarios. Conversen sobre los problemas que pueda tener y cómo lo pueden asistir. Si su actitud no cambia, el grupo debe comunicarle al superior directo la disconformidad que tienen respecto de la actitud de este colega
  • 12. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 2. Integridad Muchos servicios públicos, incluyendo las Municipa-lidades, se han visto afectados por graves casos de corrupción, como uso de los recursos para fines per-sonales, tráfico de influencias, fondos o dineros mal usados, robos y otras situaciones que, entre otras consecuencias, han dañado la imagen del funcionario municipal. En la Municipalidad de Santiago sabemos que estos problemas son focalizados, que la gran mayoría de los funcionarios se desempeñan de un modo honesto y que de nada sirve lamentar estas situaciones si no se hace algo para prevenirlas. Por eso, nuestro compromiso es tener siempre pre-sente que los recursos con los que trabajamos son públicos y nos pertenecen a todos. Que la honestidad no sólo es decir la verdad, sino también reconocer los posibles conflictos de interés a tiempo y que ser fun-cionarios municipales no es una excusa para recibir privilegios.
  • 13. ¿Qué es para nosotros LA INTEGRIDAD? Es ser objetivos e imparciales Es defender el interés público sobre el particular Es ejercer de un modo correcto la posición funcionaria En la Municipalidad de Santiago nos carac-terizamos por actuar de modo honesto e ín-tegro. Sin la defensa y promoción de estos valores individuales, seremos incapaces de cumplir con el objetivo fundamental de mejorar la calidad de vida de los vecinos y de proveer las condiciones necesarias para un mayor desarrollo comunal. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 13 1 2 3
  • 14. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago LA INTEGRIDAD se traduce en: Ser objetivos. Conducir las actividades municipales de forma imparcial y obje-tiva, respetando los valores y principios expresados en este Manual de Buenas Prácticas y las leyes que rigen la labor pública. Rechazar presiones. No aceptar presio-nes o beneficios tales como donativos, dinero, regalos, descuentos, favores o cualquier otro incentivo que signifique privilegiar indebidamente a una perso-na, empresa o institución por sobre otra. Exceptuando aquellos donativos oficia-les y aquellos que autoriza la costum-bre como manifestaciones de cortesía y buena educación. Declarar conflictos de interés. Declarar oportuna y abiertamente los conflictos de interés que se presenten o se pue-dan presentar, privilegiando el interés público que se ha comprometido servir, por sobre los intereses particulares. Algunos de los conflictos de interés más frecuentes son: la participación en deci-siones o instancias que signifiquen un riesgo para la neutralidad y objetividad del actuar; participar en sociedades o empresas que mantengan una rela-ción contractual con la Municipalidad; intervenir en razón o tener como jefe o subordinado a personas ligadas por matrimonio; parentesco por consangui-nidad hasta el tercer grado, por afinidad hasta el segundo grado o adopción; te-ner otros trabajos incompatibles con el cargo actual, ya sea porque el horario laboral limita el correcto desempeño al interior de la Municipalidad o porque im-plica el uso de recursos públicos, perso-nas, bienes, información o datos. Cuidar los bienes públicos. Cuidar los bie-nes públicos. Custodiar el correcto y efi-ciente uso de los recursos públicos que le son confiados a la Municipalidad para el desempeño de sus labores. Proteger la información. Cuidar que el ma-nejo de la información se haga por los canales establecidos, poniendo espe-cial énfasis con aquella protegida y a la que no se le aplique el principio de transparencia. Es decir, aquella cuya di-vulgación podría afectar negativamente el desempeño de la Municipalidad. Esto incluye también la prohibición de usar información privilegiada para beneficio personal o de terceros. Rechazar tráficos de influencia. Hacer va-ler correctamente la posición funciona-ria sin ejercer presiones o beneficiarse indebidamente del cargo. Esto incluye rechazar cualquier actividad de tráfico de influencias y abusos de poder.
  • 15. Ejemplo Pregunta Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 15 Este es sólo un ejemplo de las muchas situaciones que po-demos llegar a enfrentar. La invitación es a pensar ¿Cómo actuaría yo ante una situación como ésta? Trabajo en el área de obras públicas y casualmente es-cuché una conversación de mis colegas en la que se ha-cía referencia a los planes de una empresa inmobiliaria para construir un centro comercial en un sector que, pese a su buen acceso, se encuentra devaluado. En cuanto me enteré, pensé que comprar este terreno se-ría una buena inversión, ya que se podría comprar barato y vender a mejor precio. Pue-de sonar a un negocio tram-poso, pero aún no es seguro que una inmobiliaria lo com-prará y el municipio recibirá de igual modo el dinero de los impuestos ¿Hay algún proble-ma en hacer este negocio? Respuesta Sí, porque estaría usando para beneficio personal información que se obtuvo en el desempeño de la función municipal. Aunque la norma general es que toda la información es pública, la Ley de Probidad im-pide el uso de información privilegiada, ésta se define como cualquier antecedente, dato o conocimiento obtenido en razón de su desempe-ño para obtener una ventaja exclusiva, generalmente de tipo econó-mico, respecto de las demás personas.
  • 16. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 3. Transparencia Desde el año 2006, los ministerios y órganos de la ad-ministración del Estado dependientes y relacionados con el Gobierno Central deben publicar información relevante relacionada con su funcionamiento, por ejemplo adquisiciones, contrataciones, transferencias realizadas, etc. Sin embargo, y pese a que los municipios no están obligados a hacerlo, muchos han tomado el compro-miso de participar de esta iniciativa. Entre ellos, la Municipalidad de Santiago.
  • 17. En nuestro sitio Web publicamos documen-tos tales como evaluaciones de la gestión municipal, contratos, licitaciones, planes de desarrollo comunal y otros de interés públi-co. El objetivo es que vecinos e interesados puedan conocer nuestras gestiones y eva-luarnos en conformidad. ¿Qué es para nosotros SER TRANSPARENTES? Abrir la Municipalidad a la ciudadanía Fomentar una comunicación abierta y fluida Ser confiables y objetivos en los procesos y gestiones En la Municipalidad de Santiago creemos que la ciudadanía y todos aquellos inte-resados tienen derecho a acceder a infor-mación oportuna, relevante y veraz sobre nuestra gestión. Sólo así se podrá estable-cer una relación basada en la confianza y el diálogo, capaz de promover la participación en el desarrollo de la comuna de Santiago. Por esto, es nuestro compromiso llevar a cabo todos nuestros procesos y gestiones de manera clara y con estricto apego a la ley, sin que influyan en nuestro actuar pre-siones y privilegios. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 17 1 2 3 Creemos que mostrar cómo hacemos las cosas, de un modo claro y abierto, permite generar confianza y, en el largo plazo evi-tar cualquier situación irregular que dañe nuestro prestigio y el funcionamiento de la Municipalidad.
  • 18. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago LA TRANSPARENCIA se traduce en: Abrir la Municipalidad. Propiciar un tipo de gestión abierta a la ciudadanía, donde los vecinos y el público en general pue-dan conocer los objetivos, procedimien-tos, financiamiento, funcionarios res-ponsables y evaluación de las distintas actividades en las que la Municipalidad está comprometida. Acceso a la información. Respetar y pro-mover los canales establecidos para el acceso a la información de interés pú-blico, cumpliendo los plazos y procedi-mientos determinados para ello. Esto incluye también la entrega de informa-ción sobre las razones de su reserva o secreto de acuerdo a la Constitución. Cuidar la información. DPrevenir el mal uso de los recursos públicos, incluyendo los bienes intangibles tales como la infor-mación reservada o secreta y la infor-mación privilegiada. Declaraciones Patrimoniales y de Intere-ses. Cumplir con la obligación de pre-sentar estas declaraciones de acuerdo a la ley para resguardar los principios de probidad y transparencia. Respetar los procesos de fiscalización. Promover la correcta ejecución de los procesos de fiscalización, como herra-mientas de mejora, y colaborar en las auditorías e investigaciones necesa-rias para mantener un control estricto y apegado a la legislación vigente y a los principios de este Manual de Buenas Prácticas. Licitaciones transparentes. Llevar a cabo procesos de licitación, ya sean públicos, privados o de contratación directa, con estricto apego a las normas de compras públicas establecidas en la legislación vigente. Esto implica la publicación, por canales autorizados y de acceso equi-tativo, a las bases e información que permita la igualdad de competencia. De igual modo, exigimos de las empresas o entidades relacionadas con la Municipa-lidad por medio de un contrato, el mis-mo comportamiento. Esto implica evitar toda acción que tenga por finalidad ob-tener información, privilegios o influir en la objetiva toma de decisiones y cual-quier situación que signifique dañar la correcta ejecución de los procesos de licitación, entre ellos: concertarse pre-viamente, ejercer influencias en agen-tes externos públicos o privados que se relacionen en la gestión municipal, utilizar mecanismos que signifique be-neficiar su posición competitiva, como ofrecer regalos o privilegios. Respeto por los contratos. En la relación entre la Municipalidad y personas o en-tidades relacionadas con ella por medio de un contrato debe primar el obrar rec-to e íntegro. Esto significa respetar las condiciones de los contratos, informan-do sobre condiciones, fechas, montos y cualquier requerimiento necesario para que todos los interesados puedan cum-plir con los objetivos estipulados. Espe-ramos de ellos el mismo compromiso. Perfeccionar los canales de comunicación. Evaluar continuamente la cantidad y calidad de la información que la Muni-cipalidad ofrece a la comunidad, perfec-cionando los canales de acceso a ella, de modo de avanzar en los niveles de participación efectiva que la ciudadanía tiene sobre su gobierno local. Promover la información interna. Propiciar una organización en que se respete y promueva el acceso, por parte de los fun-cionarios, a información relevante para el correcto desempeño de sus labores como para su desarrollo personal y laboral, tales como movilidad interna, capacitaciones, criterios de evaluación, etc.
  • 19. Ejemplo Pregunta Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 19 Este es sólo un ejemplo de las muchas situaciones que po-demos llegar a enfrentar. La invitación es a pensar ¿Cómo actuaría yo ante una situación como ésta? Uno de mis mejores amigos es dueño de una empresa fabri-cante de productos de oficina y quiere participar del próximo proceso de licitación que se efectuará en la Municipalidad. Si bien yo no soy parte del co-mité de selección, podría ofre-cerle alguna información que le sería de gran utilidad para su propuesta, porque a dife-rencia de otras empresas, los productos que él ofrece son de muy buena calidad y con precios más baratos, lo que beneficiaría ampliamente a la Municipalidad. ¿Si la Municipalidad es la más beneficiada, puedo comentar-le a mi amigo cuáles serán los requerimientos que exigirá la Municipalidad para que esté mejor preparado? Respuesta No, comentárselo no sería correcto, pues enfrentas un conflicto de in-terés y estarías usando de información privilegiada. Lo más indicado sería informar a tu superior sobre esta situación, de modo de trans-parentar la relación que tienes con tu amigo, y tomar las medidas ne-cesarias que eviten que la Municipalidad sea acusada de licitaciones fraudulentas. Es importante saber que todos los conflictos de interés deben ser declarados con anticipación.
  • 20. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 4. Profesionalismo Pese a que muchos funcionarios municipales se es-fuerzan día a día por entregar lo mejor de sus capa-cidades humanas y profesionales, no son pocas las ocasiones en que la burocracia y la ineficiencia aten-tan contra el deber de realizar un trabajo de excelen-cia para los ciudadanos de la comuna. Que la Municipalidad de Santiago sea una de las municipalidades más grandes del país no es sólo un hecho demográfico, sino que implica un compromiso superior por procurar servicios de alta calidad. Estos servicios de excelencia sólo podrán ser realidad en la medida que todo funcionario municipal realice su labor con un alto nivel de profesionalismo.
  • 21. ¿Qué es para nosotros SER PROFESIONALES? Buscar la excelencia en nuestras labores, independiente de nuestra formación, oficio, cargo o responsabilidad Promover un ambiente de continuo crecimiento Fomentar el derecho a acceder a las mejores herramientas de desarrollo La excelencia de la función pública depen-de del modo en que cada uno de nosotros lleve a cabo sus labores, sin importar el cargo o tipo de trabajo que realicemos. Confiamos que un desempeño responsa-ble y eficiente genera confianza en los ve-cinos y en la ciudadanía. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 21 1 2 3
  • 22. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago EL PROFESIONALISMO se traduce en: Clima laboral. Generar un espíritu organi-zacional que permita que todos puedan desempeñar la misión de servicio públi-co Actitud responsable. Realizar las funciones municipales buscando la excelencia y la calidad del servicio a través de una actitud diligente y cortés, promoviendo la puntualidad y el respeto por el horario de trabajo Cuidar el lugar de trabajo. Hacer buen uso de los activos de la Municipalidad, cui-dar los espacios comunes, la informa-ción y los métodos para su resguardo Valorar el trabajo bien hecho. Reconocer y valorar el trabajo bien hecho, buscando fomentar una cultura del mérito donde se reconozcan los logros. Derecho a preguntar. Respetar el derecho de todo funcionario a que se le explique claramente qué se espera de él o ella y las formas de desempeñar su trabajo, de un modo claro y continuo. Evaluaciones objetivas. Llevar a cabo pro-cesos de evaluación de forma rigurosa y honesta, donde cada funcionario sea evaluado de acuerdo al trabajo efecti-vamente desempeñado, señalando y reconociendo los logros conseguidos y las áreas que se presentan como desa-fíos por mejorar. Igualdad de oportunidades. Ejecutar pro-cesos de selección imparciales, obje-tivos y en igualdad de condiciones, in-formando en las bases de postulación claramente los criterios de selección y las condiciones de trabajo Derecho a capacitarse. Promover, en igual-dad de oportunidades, las actividades de capacitación y formación. De Igual modo, fomentar el compromiso proacti-vo del propio desarrollo profesional. Ambiente laboral seguro. Defender el dere-cho de buscar y promover condiciones de trabajo dignas, justas y seguras que permitan el correcto desempeño de la labor pública. En este sentido, la tenencia, consumo y/o venta de sustancias tóxicas está es-trictamente prohibida para los funciona-rios, a menos que su uso esté justificado por tratamiento médico. La Municipali-dad se compromete a establecer una política de prevención del uso de sus-tancias ilícitas orientada a que las per-sonas se mantengan alejadas del con-sumo y a otorgar apoyo y tratamiento a quienes requieran superar su adicción. De igual manera, los procedimientos de control de consumo de sustancias estu-pefacientes ilegales se llevarán a cabo con estricto apego a la ley, resguardan-do siempre la dignidad e intimidad de la persona. Comunicación. Establecer canales de co-municación fluidos que contribuyan a que todos los funcionarios participen informadamente de los beneficios, de-rechos y deberes de la administración. Imparcialidad. Actuar con imparcialidad, cualquiera sea la motivación política o partidaria, para que siempre se entre-gue un servicio de la más alta calidad que contribuya al cumplimiento de los fines del Estado. De igual modo, los re-cursos municipales no pueden ser utili-zados para apoyar campañas o partidos políticos. Altos estándares. Promover altos estánda-res profesionales y altos valores como servidores municipales, conociendo y aplicando la legislación vigente y los principios de este Manual de Buenas Prácticas en el trabajo cotidiano.
  • 23. Ejemplo Pregunta Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 23 Este es sólo un ejemplo de las muchas situaciones que po-demos llegar a enfrentar. La invitación es a pensar ¿Cómo actuaría yo ante una situación como ésta? Una de mis compañeras siem-pre ha sido una funcionaria muy preocupada de cumplir con todas sus tareas. Sin em-bargo, desde que llegó el nue-vo alcalde y otro director fue nombrado como su superior directo, las cosas han cam-biado. Al principio todo esta-ba muy bien, pero he notado que el nuevo director tiene un trato preferencial con aquellos colegas que simpatizan políti-camente con él y Marcela es una de ellas y en apariencia este favoritismo ha hecho que mi colega ya no trabaje como antes. Ciertamente no puedo hablar de esto con nadie, por-que el involucrado es el supe-rior, pero temo que muy pronto no sólo habrá favoritismo, sino una actitud indiferente hacia aquellos que no comparti-mos la misma opinión política. ¿Debo hacer algo si por ahora es sólo una suposición? Respuesta Tu preocupación es parte de la solución. Pues es importante que sepas que toda labor funcionaria en la Municipalidad debe llevarse a cabo sin importar las preferencias políticas. El respeto y la imparcia-lidad son valores fundamentales para la Municipalidad de Santiago, por tanto lo más recomendable es expresar sinceramente tu opinión. Si después de esto no ves un cambio de actitud, deberás seguir los conductos regulares de denuncia.
  • 24. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 5. Respeto En un mundo globalizado, muchas veces nos encon-tramos con personas muy diferentes a nosotros, con ideas y opiniones divergentes. En una comuna tan grande como la nuestra, esta di-versidad es todavía más visible. A diario nos relacio-namos con colegas y vecinos con los que no siempre vamos a coincidir. Sin embargo, en la Municipalidad de Santiago creemos que la diversidad permite cono-cer nuevos puntos de vista, crecer en tolerancia y en formas de relacionarnos. Por eso respetamos, más allá de cualquier diferencia, a todas las personas con quienes trabajamos y a quienes servimos.
  • 25. ¿Qué es para nosotros EL RESPETO? Promover un ambiente de tolerancia sin diferencias Tratar a las personas con amabilidad, imparcialidad y justicia Defender el derecho a disentir y a expresar aquellas situaciones que no nos parecen correctas Buscamos generar un ambiente laboral en el cual se respete la dignidad de todas las personas. Con nuestros colegas, en la atención pública y en las relaciones con empresas u otras instituciones, priorizamos un trato respetuoso, justo y equitativo, sin privilegios ni arbitrariedades, defendiendo la igualdad e imparcialidad en todas nues-tras labores. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 25 1 2 3
  • 26. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago EL RESPETO se traduce en: Dignidad. Promover relaciones entre fun-cionarios basadas en la dignidad de las personas, rechazando todo mal trato, vejaciones, acosos de cualquier tipo o discriminaciones por motivos de raza, sexo, edad, religión, opinión política, orientación sexual, nacionalidad u ori-gen social. Igualdad. Ser justos e imparciales con to-dos quienes la Municipalidad se rela-ciona, para que ninguna decisión sea influida por presiones indebidas. Esto implica rechazar cualquier forma de pri-vilegio, favoritismo o discriminación que implique hacer diferencias entre una persona u otra. Tolerancia y diversidad. Defender la tole-rancia, el respeto a la diferencia y la di-versidad de quienes conforman la Muni-cipalidad y entender estos valores como fundamentales para construir diálogo y consenso. Defender la honra. Rechazar cualquier ac-tividad que ponga en peligro la honra personal, entre ellos: abusos, acosos, vejaciones, insultos, ofensas o rumores malintencionados. Derecho de no estar de acuerdo. Fomentar y facilitar el legítimo disenso y proteger los derechos que todo funcionario públi-co tiene de denunciar responsablemen-te actividades que le parezcan ilegales o reñidas con los principios establecidos en este Manual y la ley, sin sufrir por ello represalias.
  • 27. Ejemplo Pregunta Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 27 Este es sólo un ejemplo de las muchas situaciones que po-demos llegar a enfrentar. La invitación es a pensar ¿Cómo actuaría yo ante una situación como ésta? Hace algún tiempo hay una situación que me molesta mu-cho pero no sé exactamente qué hacer. Uno de mis com-pañeros es continuamente molestado por su orientación sexual, hacen bromas a sus espaldas, lanzan rumores so-bre posibles parejas y los co-mentarios dejaron de ser sim-ples bromas al punto que se han convertido en chistes su-bidos de tono. Ciertamente mi colega se da cuenta de esto, pero no se atreve a decir nada porque intuye que las bromas serán aún más crueles. Respuesta Muchas veces en estos casos la persona afectada siente vergüenza o prefiere guardar silencio para evitar conflictos mayores. También mu-chos compañeros se hacen cómplices de las bromas creyendo que es sólo un juego, sin saber el daño psicológico que causan y que esta clase de comportamiento contamina el ambiente laboral. Ante una situación como ésta es recomendable hablar con alguien de confianza y enfrentar el problema. Un primer paso es intentar ex-poner esta situación ante los compañeros de trabajo, para hacer ver y convencer del daño que se puede estar provocando a la persona afectada. Si esto no resulta, un camino siempre viable es exponer el problema al jefe directo para pedir apoyo en la solución de esta situa-ción
  • 28. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago 6. Participación Las Municipalidades son las entidades más próximas al ciudadano y las que están más capacitadas para resolver las dudas y problemas de los vecinos. Esta cercanía permite conocer de primera fuente cuáles son las urgencias y necesidades de un buen número de personas. Poner atención a ellas, permitirá aten-derlas de mejor manera. En la Municipalidad de Santiago, creemos que la par-ticipación es un derecho y un deber de todas las per-sonas. El diálogo, el debate y la comunicación permi-ten conocer los puntos de vista de los ciudadanos que se espera servir, lo que contribuye al desarrollo y al crecimiento de quienes habitan, trabajan y transitan por la comuna de Santiago.
  • 29. ¿POR QUÉ CREEMOS EN LA PARTICIPACIÓN? Porque nos permite conocer una gran variedad de ideas Porque promueve ambientes de tolerancia y diversidad Porque las decisiones compartidas fomentan una buena gestión municipal Entendemos la participación como un de-recho que permite a los funcionarios, ve-cinos, organizaciones y otras entidades del Estado, ejercer influencia positiva en la toma de decisiones públicas. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 29 1 2 3
  • 30. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago LA PARTICIPACIÓN se traduce en: Propiciar la comunicación. Fomentar cana-les de comunicación, encuentro y con-sulta con funcionarios, vecinos, usua-rios, representantes de organizaciones y todos aquellos que interactúan con la Municipalidad, con el objeto de atender oportunamente opiniones, reclamos, iniciativas, sugerencias e inquietudes. Respetar a las asociaciones de funciona-rios. Reconocer la labor fundamental que cumplen las Asociaciones de Fun-cionarios en el crecimiento y desarrollo de la Municipalidad y el bienestar de los funcionarios, asegurando su libre fun-cionamiento en un ambiente de respeto que privilegie la búsqueda del bien co-mún. Libertad de asociación. Asegurar y respe-tar el derecho de los funcionarios de la Municipalidad a constituir y participar libremente de las Asociaciones de Fun-cionarios, sin que la afiliación o desa-filiación condicione de modo alguno el empleo del trabajador. Promover la colaboración. Colaborar con-juntamente con el gobierno central y otras instituciones para el fortalecimien-to de la democracia, promoviendo re-laciones de cooperación eficaces, que favorezcan el cumplimiento de los fines del Estado y los procesos de desarrollo comunitario.
  • 31. Ejemplo Pregunta Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 31 Este es sólo un ejemplo de las muchas situaciones que po-demos llegar a enfrentar. La invitación es a pensar ¿Cómo actuaría yo ante una situación como ésta? Varios vecinos se han que-jado de la actitud prepotente de uno de mis colegas, pero cuando les solicito que hagan su denuncia en el Libro de Quejas no lo hacen. Hace un par de días un vecino envió una denuncia muy grave por correo electrónico, pero sin datos para su identificación, por tanto no sé si pueda dar curso a una investigación. Respuesta Es muy común que los vecinos y contribuyentes no se atrevan a rea-lizar las denuncias por temor a atrasar los trámites que tienen con la Municipalidad, pero expresar su disconformidad es un derecho que debe ser respetado. La Ordenanza sobre Participación de Santiago obliga a cada unidad municipal a mantener un Libro de Quejas, Denuncias y Solicitudes y que el denunciante se identifique en él. Sin embargo, el artículo Nº 57 establece que las que son anónimas no tendrán carácter de queja o denuncia, pero que, dependiendo de si son de interés público, se deben investigar. En este caso particular, el superior del funcionario deberá analizar la información contenida en el correo electrónico y sopesar la gravedad de la denuncia y en caso de gravedad notificar al Alcalde
  • 32. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago III. EJERCIENDO NuestrAs BUENAS PRÁCTICAS I. Guía para tomar una decisión correcta En el desempeño cotidiano de nuestras funciones, muchas veces nos vemos en-frentados a situaciones difusas en las cuales no existe una sola respuesta correc-ta. Es en estas ocasiones cuando más presente debemos tener los principios y valores de éste Manual de Buenas Prácticas y las leyes que rigen al funcionario municipal. Ante una situación que nos merezca reparos vale la pena preguntarse siempre: ¿Es legal mi acción o decisión? ¿Es acorde con nuestros valores y políticas? ¿Está libre de cualquier tipo de conflicto de interés? ¿Mi decisión protege la imagen de la Municipalidad? ¿Otra persona, actuaría de la misma forma que yo lo haría? ¿Está mi decisión justificada en términos del interés público? Si responde sí a estas preguntas, lo más probable es que su decisión sea ética y acorde a lo planteado en este Manual y a las leyes que rigen al fun-cionario municipal.
  • 33. II. Nuestra Conducta En el ejercicio cotidiano del servicio público, los funcionarios se ven enfrentados a diversas situaciones que están definidas en la Ley de Probidad o que pueden contravenir las normas y conductas establecidas en este Manual de Buenas Prác-ticas. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 3 Entre los más recurrentes están: Conflictos de Interés Los conflictos de interés son aquellas situaciones potenciales, reales o apa-rentes, en las que un asunto privado o motivación personal puede influir en la toma de decisiones objetiva. En sí mismos, no representan faltas a la probidad o actos de corrupción, sino situaciones en las que el beneficio personal podría primar por sobre el bien común. Para mantener el recto obrar de la Municipalidad y defender la honra del funcionario municipal, es deber de todos quienes integran la administración pública, declarar oportunamente aquellas situaciones que puedan afectar su neutralidad. Para esto, la Municipalidad cuenta con algunas herramientas, como la declaración de interés o la declaración de patrimonio. Igualmente, el funcionario siempre puede transparentar esta situación a su superior para que él/ella pueda tomar las medidas adecuadas. Entre los conflictos de interés más comunes se encuentran: Uso de la posición oficial para beneficio personal o de terceros; Requerir o aceptar regalos indebidos, dinero, favores o especies que signifiquen ejercer algún tipo de influencia; Tener segundos empleos que impidan el correcto desempeño al inte-rior de la Municipalidad;
  • 34. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago Participar comercialmente o ser parte del directorio de empresas pro-veedoras de bienes o servicios a la Municipalidad; Ser parte de comisiones, instancias de decisión, regulación o legis-lación donde se discutan temas en los que se pueda tener intereses personales; Ser parte de procesos de selección de personal donde participen fami-liares, amigos o personas con enemistad manifiesta y Tener motivaciones políticas o partidarias que impidan el correcto des-empeño de la labor pública, entre otros. Regalos Indebidos: La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, artículo Nº 62 establece como actos contrarios a la probidad administrativa el solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo o función, para sí o para terceros, donativos, ventajas, o privilegios de cual-quier naturaleza. Con excepción de los donativos oficiales y protocolares, y aquellos que autoriza la costumbre como manifestaciones de cortesía y buena educación. Por norma general, un regalo indebido se entiende como cualquier propi-na, favor, descuento, entretenimiento, hospitalidad, préstamo, condonación de deuda o la demora en pagar, u otro artículo que tenga valor monetario. Incluye también servicios, ofertas de capacitación, transporte, viajes, alo-jamientos, comidas, etc. El millaje u otro beneficio similar que otorguen las líneas aéreas por vuelos nacionales o internacionales a los que viajen como autoridades o funcionarios, y que sean financiados con recursos públicos, no podrán ser utilizados en actividades o viajes particulares. En caso de recibir alguno de estos presentes u otros que se otorguen para influenciar la toma objetiva de decisiones el funcionario deberá devolverlo, agradeciendo la gentileza y explicando los motivos de la devolución. Inhabilidades Estas se definen como impedimentos legales que inhabilitan a una persona ejercer cargos públicos o permanecer en ellos, porque la ley considera que pueden afectar el principio de probidad y buscan prevenir que la dignidad de la función pública se vea dañada. Algunas de las inhabilidades son: Tener vigente contratos (de más de 200 UTM) o participar en socieda-des o empresas que mantengan relaciones con la Municipalidad;
  • 35. Tener litigios pendientes con la Municipalidad, excepto si se defienden derechos propios; Mantener relaciones jerárquicas o de subordinación con cónyuge, hi-jos, hijos adoptivos o parientes hasta el tercer grado de consanguini-dad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo de la administración civil del Estado al que postulen, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente; Haber sido despedido hace menos de cinco años de la función pública por calificación deficiente o medida disciplinaria; pasado ese tiempo – más de cinco años- puede ingresar a la administración pública por los conductos regulares. Haber sido condenado por crimen o delito simple; Tener un trabajo público y otro privado donde los horarios coincidan parcial o totalmente. No obstante, se exceptúan los cargos docentes de hasta un máximo de 12 horas semanales y que no se realicen en establecimientos dependientes de la Municipalidad de Santiago, en estos casos, el superior podrá establecer modalidades o pautas gene-rales para el desarrollo de estas actividades si se dan durante la jor-nada de trabajo. También son excepciones el ejercicio de funciones a honorarios, siempre que no se efectúen en horario laboral; el ejercicio de un máximo de dos cargos como miembro de consejos o juntas di-rectivas de órganos estatales y con la calidad de suplente o subrogan-te o a contrata; con cargos de exclusiva confianza o por plazo determi-nado; y los cargos de directivos superiores de los establecimientos de educación superior. Inhabilidad “post empleo” un funcionario no debe tener una relación laboral con entidades del sector privado que estuvieron sujetas a la fiscalización del organismo en que se desempeñaba, y Ser consumidor dependiente de drogas ilícitas, entre otras. Por lo tanto, en términos generales, podemos decir que las inhabilidades e incompatibilidades son impedimentos legales para ejercer cargos públicos. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 35 Prohibiciones Estas son restricciones que aplican a quienes se encuentren en la adminis-tración pública. Su función es evitar situaciones que comprometan el correc-to desempeño de la misión de la Municipalidad e impedir cualquier falta a la probidad.
  • 36. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago Entre las prohibiciones se encuentran: Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o pri-vilegiada a que se obtiene en razón de la función pública que se des-empeña; Ejercer atribuciones que no sean las que establece la ley o que no hayan sido delegadas. Esto implica también la prohibición de actuar en representación de la Municipalidad, en situaciones que no han sido encomendadas; Usar la posición funcionaria de manera indebida para beneficio propio o de terceros; Participar en decisiones en las que existan conflictos de interés; Concurrir en un juicio, ejerciendo acciones civiles que atenten en con-tra de los intereses del Estado, con excepción de aquellos que atañen directamente al funcionario o su familia; Actuar en tribunales como testigo, parte o perito de hechos que hubie-se conocido en el ejercicio de sus funciones, sin previa comunicación a su superior jerárquico; Atrasar procesos o trámites pertinentes a su función o solicitar infor-mación que no sea requerida por ley; Aceptar o solicitar favores y privilegios para beneficio personal o de terceros, con excepción de aquellos que se otorgan por cortesía o buena educación; Hacer mal uso de los recursos de la Municipalidad o usarlos en bene-ficio propio (ejemplo de estos recursos son: millaje, descuentos, gas-tos de representación, el horario de trabajo, información reservada, bienes tangibles como autos, material de oficina, servicios telefónicos, etc.); Realizar cualquier actividad política dentro de la administración o usar el cargo y bienes de la Municipalidad para estas actividades (por ejem-plo, horario de trabajo, documentos, vehículos); Participar u organizar actividades que perturben el normal funciona-miento de los órganos de la administración del Estado, tales como paralización de funciones, lentitud en la entrega de servicios, etc.; Destruir o deteriorar los bienes de la municipalidad e incitar a destruir, inutilizar o interrumpir instalaciones públicas o privadas, o participar en hechos que las dañen; Omitir o eludir las propuestas públicas en los casos que la ley dispon-ga; Contravenir los deberes de eficiencia y legalidad que impidan el ejer-cicio de los derechos ciudadanos.
  • 37. Obligaciones de Probidad Especiales para Autoridades y Jefaturas Las autoridades y jefaturas tienen las siguientes obligaciones especiales: Ejercer un control jerárquico permanente del funcionamiento de los órganos y de la actuación del personal de su dependencia, extendién-dose dicho control tanto a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines establecidos, como a la legalidad y oportunidad de las actuaciones; Velar permanentemente por el cumplimiento de los planes y de la apli-cación de las normas dentro del ámbito de sus atribuciones, sin perjui-cio de las obligaciones propias del personal de su dependencia; y Desempeñar sus funciones con equidad y de acuerdo a instrucciones claras y objetivas de aplicación, velando permanentemente para que las condiciones de trabajo permitan una actuación eficiente de los fun-cionarios. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 37 Transparencia La función de la transparencia es proteger el derecho que tienen los ciudadanos de un país a conocer los actos y las decisiones que to-man quienes están en el servicio público. Para ejercitar el derecho de acceso a la información resulta necesario que las entidades públicas ejecuten los siguientes procedimientos establecidos en la ley: La información acerca de los actos administrativos debe estar a dispo-sición del público de modo permanente. No sólo permitiendo su acce-so, también promoviéndolo. Este acceso tiene que ser compatible con las disposiciones especiales que la ley establece. Entre las excepciones al Principio de Transparen-cia están: cuando una ley de quórum calificado exprese su reserva; si entorpece el correcto cumplimiento de las funciones de la Municipali-dad; si afecta la seguridad de la Nación; en materia de protección de la vida privada; pero en todos los casos se deberá dar justificaciones expresas para restringir el acceso. Cualquier persona interesada, cuando no encuentre a su disposición la documentación que requiera, puede solicitarla por escrito al Jefe de Servicio, y en tal caso, el directivo deberá pronunciarse formalmente entregando dicha información o negándose a ello, y señalando las razones.
  • 38. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago Información Confidencial Quienes integran la administración pública deberán proteger la información confidencial que hayan obtenido formal o informalmente en el desempeño de sus labores al interior de la Municipalidad. Tampoco pueden hacer uso de ella de manera indebida o para su beneficio personal o de terceros. Esta protección es extensiva incluso después de haber abandonado la adminis-tración pública. Esto implica: Hacer uso correcto de los sistemas de protección de la información, por ejemplo archivos, sistemas electrónicos, correo electrónico. Mantener estricto control de toda la documentación que sea requerida en procesos de auditoría o fiscalización. Violaciones a las leyes de la Administración Pública Todo funcionario de la Municipalidad de Santiago y de su Administración tiene el deber de reportar cualquier violación a las leyes de la Administra-ción Pública sobre Transparencia y Probidad y las descritas en el Manual de Buenas Practicas. Esto implica: Hacer correcto uso de las herramientas del Sistema de Integridad y sólo para los fines para los que han sido diseñadas. Actuar de buena fe. En caso de tener información o sospecha sobre alguna violación al Manual de Buenas Prácticas o a las leyes que rigen la Administración Pública es deber del funcionario dar aviso a través de los canales establecidos para ello. Proporcionar información falsa, ocultar documentación o denunciar a alguien de forma maliciosa son violaciones a la ley y a los principios de este Manual.
  • 39. III. SISTEMA DE INTEGRIDAD MUNICIPAL 1. ¿Qué es el Sistema de Integridad? El Sistema de Integridad Municipal es un canal de información y asesoría para que los funcionarios de la Municipalidad de Santiago puedan resolver sus in-quietudes en temas de integridad o consultas sobre la normativa aplicable que tenga relación con integridad y probidad municipal 2. ¿Por qué la Municipalidad ha instalado este sistema? Al existir herramientas que definen los principios de la Municipalidad de San-tiago y personas capacitadas para orientar y resolver dudas en temas de in-tegridad, se genera un ambiente de confianza que valoriza la función pública municipal como una entidad que actúa con probidad, transparencia y eficien-cia. 3. ¿Quiénes conforman el Sistema de Integridad Municipal? a) Funcionarios Los funcionarios son los principales beneficiarios del Sistema de Integridad Municipal, pues a través de él pueden resolver todas sus inquietudes relacio-nadas Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 39 con temas de integridad. b) Asesores de Buenas Prácticas Designados por el Alcalde, los/las Asesores de Buenas Prácticas, como parte de sus funciones regulares, asistirán a los funcionarios municipales a resolver inquietudes sobre los principios de probidad que rigen su accionar y los princi-pios recogidos en el Manual de Buenas Prácticas de la Municipalidad. Su labor consiste en contestar las consultas que se le planteen, sin hacer interpretaciones de la ley. En aquellos casos que la inquietud no sea un tema
  • 40. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago de probidad, el/la Asesor deberá remitir al funcionario municipal a la entidad adecuada para que obtenga la asistencia requerida. En el caso de que una consulta se refiera a una potencial denuncia por falta de probidad, el/la Ase-sor informará al funcionario municipal sobre el procedimiento establecido en la Ley de Protección al Denunciante para que el funcionario pueda seguir los procesos establecidos por la normativa. En ningún caso, los/las Asesores tendrán el papel de denunciantes ni de in-vestigadores del hecho informado por algún funcionario. Será obligación de los/las Asesores de Buenas Prácticas registrar cada inquietud que reciban en el sistema de registro que se llevará al efecto. Los/Las Asesores de Buenas Prácticas pueden ser funcionarios de planta de cualquier grado y deben ser reconocidos por sus pares como personas impar-ciales y dignas de confianza, de manera de asegurar la confiabilidad del Sis-tema de Integridad Municipal. El número de asesores o asesoras de Buenas Prácticas dependerá del número de funcionarios de planta de la Municipalidad de Santiago y su plazo de funciones será de un año, que se pueden prorrogar por ese mismo período hasta un máximo de cuatro años, siempre y cuando el/la Coordinador(a) de Buenas Prácticas y el Alcalde apruebe dichas prórro-gas. c) Coordinador de Buenas Prácticas: El/la Coordinador(a), estará a cargo de la coordinación general del Sistema de Integridad Municipal. Será una persona de planta de grado tres o cuatro, que no ostente un cargo de confianza, y será elegido(a) por el Alcalde, quien para nombrarlo(a), tomará en cuenta las características de imparcialidad, ob-jetividad e integridad del candidato(a). El plazo de funciones del Coordinador de Integridad será de un año prorrogable por el mismo período hasta un plazo máximo de cuatro años.1 Entre las funciones del Coordinador de Buenas Prácticas (a) está la de reportar semestralmente el número de consultas y la materia de las mismas al Comité de Buenas Prácticas de la Municipalidad. El objetivo de esta información es registrar todas las inquietudes en el Sistema y hacer un reporte estadístico de las consultas, de modo de apoyar al Alcalde proponiendo las áreas de probi-dad donde se requiere mayor capacitación y sugerir las medidas que pudieran implementarse para mejorar los niveles de integridad de la Municipalidad. 1 Cada seis meses el Alcalde tendrá que confirmar al Coordinador de Buenas Prácticas en su cargo tomando en cuenta su buen desempeño.
  • 41. d) Línea de Ayuda a la Integridad: La Línea de Ayuda a la Integridad está disponible las 24 horas del día para que los funcionarios municipales puedan realizar sus consultas en temas de pro-bidad. La línea está compuesta por todos los medios de comunicación interna Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 41 de la Municipalidad de Santiago. Algunos de los medios de comunicación para contactarse con la Línea de Ayuda a la Integridad son: Línea telefónica de Integridad Intranet – Internet Correo electrónico directo Personalmente e) Comité de Buenas Prácticas: El Comité de Buenas Prácticas está constituido por un grupo funcionarios mu-nicipales y lo preside el Alcalde. Los integrantes del Comité tienen como ob-jetivo colaborar con el Alcalde en el correcto funcionamiento del Sistema de Integridad Municipal. Entre sus funciones se cuenta la de revisar de manera semestral los reportes de integridad confeccionados por el Coordinador de Buenas Prácticas, utilizar dicha información para buscar formas de capacitar o sensibilizar a todos los funcionarios en los temas de integridad más recurren-tes del periodo reportado, y evaluar las funciones de los Asesores (as) y del Coordinador de Buenas Prácticas. 4. ¿Qué hacer si una consulta efectuada a los Asesores de Buenas Prácticas pudiera llegar a ser una denuncia? En el evento de que un funcionario municipal acudiera a un(a) Asesor(a) de Buenas Prácticas para hacer una consulta y que ésta pudiera llegar a ser una denuncia, el Asesor seguirá el siguiente procedimiento: Se le explicará al funcionario público que tiene la obligación legal de dar aviso con la debida prontitud a la autoridad competente (Ministerio Público o policía) si tiene conocimiento sobre un simple crimen o deli-to. En el caso de que se trate de hechos de carácter irregular o faltas al principio de probidad administrativo, (Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (N°18.575) y el
  • 42. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Nº 18.883)), se le informará al funcionario municipal que debe dar aviso al Alcalde con la debida prontitud.2 Se le entregará un documento que contenga sus derechos y requisitos para realizar la denuncia según la enumeración que se hace de ellos en los artículos Nº 88 letra A y B del Estatuto Administrativo para Funcio-narios Municipales. Se le hará saber que para el caso que lo considere necesario, puede solicitar que su denuncia sea secreta respecto de su identidad o datos que permitan determinarla, pero que debe formular dicha petición en su denuncia escrita.3 Se informará acerca de las faltas que se cometen al efectuar denun-cias sin fundamento, referidas a irregularidades o a faltas al principio de probidad que haya afirmado tener conocimiento, y respecto de las cuales posteriormente se constatare su falsedad o el ánimo deliberado de perjudicar al denunciado.4 2 Artículo 58, letra K del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Nº. 18.883). 3 Artículo 88 B del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (N°. 18.883). 4 Articulo 123 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (N°. 18.883).
  • 43. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 43 IV. CONCLUSIÓN Ser un gobierno local transparente e íntegro es el desafío que adquirimos los hom-bres y mujeres de la Municipalidad de Santiago. Vivir los valores y principios de este Manual de Buenas Prácticas representa el compromiso responsable que la Municipalidad adquiere con sus funcionarios, ve-cinos, empresas, instituciones y con todos quienes nos relacionamos. Somos concientes del enorme desafío que esto significa y que es un proceso que depende del esfuerzo y compromiso personal de todos quienes a diario trabaja-mos para sentar las bases de un gobierno local íntegro y transparente. Sabemos la enorme responsabilidad que tenemos como servidores municipales y que de nuestros valores y cómo los llevamos a la práctica depende la calidad de vida de muchas personas, vecinos y usuarios. Confiamos que los valores aquí expuestos son la base de nuestro desempeño y los que nos conducirán a ser una Municipalidad al servicio de la ciudadanía, ínte-gra, humana, de la sintamos orgullo integrar.
  • 44. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago V. MI COMPROMISO PERSONAL Comprendo el enorme desafío que significa participar en la creación de una Mu-nicipalidad íntegra y transparente y participo con orgullo en la tarea de fomentar y proteger los valores y principios que rigen a la Municipalidad de Santiago Acepto el compromiso de cumplir con las orientaciones establecidas en el Manual de Buenas Prácticas y velar por su cumplimiento en todas las actividades en las que me desempeño al interior de la Municipalidad. Me comprometo a evitar aquellas acciones o decisiones que contravengan las normas aquí establecidas, a promover el buen uso del sistema de Integridad y a regirme por estas pautas y valores. Me comprometo a conocer las leyes y principios que rigen el Manual de Buenas Prácticas, regirme por él y a aceptar el desafío personal de hacer lo correcto Nombre completo Área o Cargo Lugar y fecha Firma
  • 45. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 45 III. ANEXOS I. Definiciones Administración pública: Conjunto de organismos encargados de cumplir la fun-ción y acción del gobierno que dicta y aplica las disposiciones necesarias para el cumplimiento de las leyes y para la conservación y fomento de los intereses públicos. Funcionario: Son funcionarios municipales el alcalde, las demás personas que integren la planta de personal de las municipalidades y los personales a con-trata que se consideren en la dotación de las mismas, fijadas anualmente en el presupuesto municipal. Los empleados a honorarios son considerados “servidores estatales” según dictamen de la Contraloría General de la Repú-blica. Principio de Probidad: Consiste en la observancia de una conducta funcionaria intachable, y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preemi-nencia del interés general sobre el particular. El principio de probidad está consagrado en el Artículo Nº 8 de la Constitución Política, los artículos Nº 3, Nº 13 y Nº 52 al Nº 68 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Genera-les de la Administración del Estado (LOC N°18.575) y en la propia Ley Sobre Probidad Administrativa (N°19.653). Integridad: Capacidad de decidir responsablemente sobre el propio comporta-miento, ser concientes de los impactos y consecuencias de las decisiones que se toman día a día. Esta se expresa en la aplicación de los valores y principios de este Manual de Buenas Prácticas y en una conducta honesta que contribuya a una cultura de confianza en el servicio público municipal. Transparencia: La Ley de Probidad regula la transparencia, que es por un lado el establecimiento del derecho de los ciudadanos a obtener información de la administración pública, y por otro, hace referencia a las declaraciones de intereses y patrimoniales de las autoridades y de determinados funcio-narios. El objetivo de la transparencia es garantizar la adecuada toma
  • 46. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago de decisiones y la promoción de la participación de la ciudadanía en la gestión municipal, siendo un elemento de legitimidad de la administra-ción pública. Rendición de Cuentas: Deber ético de todo funcionario que administra bienes públicos, de responder e informar por la administración, el manejo y los ren-dimientos de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados. Responsabilidad: Capacidad para conocer y aceptar las consecuencias de los hechos realizados libremente. En el ámbito legal es la responsabilidad en que incurre un funcionario público al no cumplir las obligaciones funcionarias establecidas en el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. La responsabilidad administrativa puede dar lugar a tres tipos de sanciones, las cuales se aplican según la gravedad de la falta, estas son censura por escri-to, multa o destitución. Declaración de Intereses: Deber de determinados funcionarios del Estado de exponer en un documento público las actividades profesionales y económi-cas que desarrollan, de modo de transparentar sus actos y garantizar la im-parcialidad y justicia de sus decisiones. (Ley 18.575) Regalos indebidos: Los regalos indebidos se diferencian de los de cortesía por su valor monetario y porque la intención con la que son ofrecidos representa una forma de influencia o incentivo malicioso. (Ley 18.575, artículo Nº 62º). Obligaciones: Todos aquellos deberes que cada funcionario debe cumplir por pertenecer a la administración pública. Entre estas: desempeñar personal-mente las funciones del cargo; cumplir con los objetivos de la institución con esmero, cortesía, dedicación y eficiencia; observar estrictamente el principio de probidad administrativa y respetar la dignidad del cargo.
  • 47. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 47 II. Referencia Legal Estas son algunas de las leyes más comunes que rigen al funcionario municipal. Referencia Legal : Constitución Artículo Nº 8.- Principio de Probidad y Transparencia La Ley de Probidad Artículo Nº 56.- Inhabilidades e incompatibilidades Artículo Nº 59.- Declaración de intereses Artículo Nº 64.- Prohibiciones Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales Artículos Nº 83 al 86.- Incompatibilidades Artículos Nº 58 al 60.- Obligaciones funcionarias Artículo Nº 61.- Obligaciones especiales de jefaturas Artículo Nº 82.- Prohibiciones Artículos Nº 87 al 90.- Derechos funcionarios Artículos Nº 118-143.- Responsabilidad administrativa Bases Generales de la Administración del Estado Artículo Nº 54.- Inhabilidades Artículo Nº 55.-Obligación de presentar declaración jurada referida a la ne-gativa de inhabilidades Artículo Nº 55 bis.-Inhabilidad para dependientes de drogas Artículo 56.- Derecho a dedicarse a actividades privadas e incompatibilida-des de la misma con la función pública Artículos Nº 57 al 60.- Declaración patrimonial y de intereses Artículo Nº 61.--Prevención y control del consumo de drogas Artículo Nº 62.- Prohibiciones (conductas que contravienen el Principio de Probidad) Artículo Nº 63.- Nombramientos irregulares Artículo Nº 64.- Inhabilidades sobrevivientes Artículos Nº 65 y 66.- Sanción por no presentar la declaración patrimonial o de intereses o por hacer declaraciones falsas
  • 48. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago Ley de Bases del Procedimiento Administrativo Artículo Nº 7° Principio de celeridad Artículo Nº 9º.- Principio de economía procedimental Artículo Nº 11. Principio de imparcialidad Artículo Nº 12.- Principio de abstención por conflictos de intereses Artículo Nº 16.- Principio de Transparencia y de Publicidad Artículo Nº 17.- Derechos de las personas Estatuto Administrativo Artículo Nº 61.- Obligaciones funcionarias Artículo Nº 62.- Procedimiento a seguir si se reciben órdenes ilegales Artículo Nº 64.- Obligaciones especiales de jefaturas Artículo Nº 84.- Prohibiciones Artículos Nº 85 y 86.- Incompatibilidades Artículo Nº 87.- Excepciones a las incompatibilidades Artículos Nº 89, 90 al 118.- Derechos funcionarios Artículo Nº 90-A.- Protección al denunciante de buena fe Artículo Nº 90 B.- Requisitos de la denuncia Artículos Nº 119 y siguientes.- Responsabilidad administrativa VALOR: SERVICIO Referencia Legal : El Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (N° 18.883) en su artículo Nº 58 letra c), establece como obligaciones de los funcionarios municipales el reali-zar las labores con esmero, dedicación, cortesía y eficiencia, con preeminencia del interés general sobre el particular. La Política Ambiental de la Municipalidad de Santiago tiene por objeto definir los lineamientos generales del quehacer ambiental comunal para conseguir un desa-rrollo local sustentable que armonice el crecimiento de la comuna, la protección ambiental y la salud de sus residentes y usuarios. Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (N° 18.695).
  • 49. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 49 VALOR: Integridad Referencia Legal : Más información respecto a obligaciones de integridad de los funcionarios se pue-den encontrar en la Ley de Probidad: el artículo Nº 55 se refiere a la imparcialidad de las decisiones, el artículo Nº 64 enumera los conflictos de interés y el Nº 62 describe aquellas conductas que contravienen este principio. El artículo Nº 8 de la Constitución establece el principio de transparencia, que de-fine que son públicos los actos y resoluciones de la Municipalidad, así como sus fundamentos, los procedimientos que se utilizan y las excepciones al principio de transparencia. VALOR: Transparencia Referencia Legal: El principio de transparencia y probidad de la función pública está establecido en el Artículo Nº 8 de la Constitución, en el Estatuto Administrativo en el Artículo Nº 61 letra g) en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades en el Artículo Nº 42, entre otras. El principio de transparencia también se incluye en La Ley de Bases del Procedimiento Administrativo en su Artículo Nº 16. Mientras que el artículo Nº 64 de la Ley de Probidad hace referencia al correcto uso de información privilegiada o reservada. Tanto los artículos Nº 59 al Nº 62 de la Ley de Probidad como la Ley N° 20.088 es-tablecen la obligación de ciertos funcionarios de presentar declaración de intereses y declaración patrimonial de bienes. El alcalde, los concejales y los funcionarios directivos, profesionales, técnicos y fiscalizadores de la Municipalidad que se des-empeñen hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente están obligados a presentar estas declaraciones. La Ley de Compras Públicas decreta las normas de procedimientos y transparen-cia para realizar las compras municipales, ahí se encuentra la información sobre cómo publicar las bases, plazos, igualdad de condiciones, etc. Igualmente, la Mu-nicipalidad cuenta con un Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones donde se explica todo el procedimiento de compras municipales que deben conocer los funcionarios. En el reglamento Nº 122 se especifican las normas que deben regir la relación entre la Municipalidad y las empresas del sector privado. Ahí se establecen las conductas que deben seguir estas empresas.
  • 50. MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS Ilustre Municipalidad de Santiago VALOR: Profesionalismo Referencia Legal: El Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales en su artículo Nº 5 garan-tiza la igualdad de oportunidades para el ingreso, la capacitación, el ascenso, la dignidad de la función municipal, la estabilidad en el empleo y la objetividad en las calificaciones en función del mérito y de la antigüedad. El artículo Nº 53 de la Ley de Bases Generales de la Administración Pública exige el uso de medios idóneos de diagnóstico, decisión y control, para lograr una gestión eficiente y eficaz y también explica que las decisiones de los funcionarios deben ser razonables e imparciales. En relación al ambiente laboral seguro, la Ley de Accidentes y Enfermedades Pro-fesionales en su artículo Nº 2 establece el derecho de los funcionarios municipales a trabajar en un ambiente seguro. El artículo Nº 61 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales se refie-re a la obligación de los jefes de unidad de entregar instrucciones claras y objetivas, procurando un clima laboral adecuado. Los trabajadores a honorarios se rigen por el Código del Trabajo, en el cual están consignados sus derechos y obligaciones, por ejemplo, capacitaciones y seguridad en el trabajo, estos funcionarios también se rigen por la Ley de Probidad. El artículo Nº 61 de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado se refiere al uso y prevención del consumo indebido de drogas estupefacientes o psi-cotrópicas. En la misma ley, artículo Nº 64, se establece el derecho a rehabilitación de los funcionarios. La Ley Nº 20.000 regula las acciones que adoptarán los Órga-nos de la Administración del Estado con el objeto de prevenir el consumo indebido de sustancias psicotrópicas. VALOR: Respeto Referencia Legal : El artículo Nº 82 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales estable-ce como prohibiciones realizar cualquier acto atentatorio a la dignidad de los funcio-narios, como son aquellas actitudes que lesionan la integridad física y síquica. Se debe respetar la igualdad de oportunidades, la intimidad y la libertad sexual y todos los derechos derivados de la dignidad del funcionario. De igual modo, el artículo
  • 51. Nº 2 del Código del Trabajo establece que las relaciones laborales deberán fundarse siempre en la dignidad de las personas. El acoso sexual es cuando una persona (jefe o colega) efectúa o solicita requerimien-tos de naturaleza sexual al afectado(a), no consentidos por éste, amenazándolo en su situación y entorno laboral o perjudicándolo en sus oportunidades en el empleo. El acoso se puede dar por cualquier medio, desde emails hasta propuestas verbales. Entre las obligaciones establecidas en el Artículo Nº 58 del Estatuto Administrativo de Funcionarios Municipales se encuentra la de denunciar ante las autoridades compe-tentes los crímenes o simples delitos o hechos de carácter irregular, especialmente aquéllos que contravienen el principio de probidad administrativa que se conozcan en el ejercicio del cargo. Por otro lado, la Ley de Protección al Denunciante de buena fe, protege a los funcionarios que cumplan con éste deber. Ielrstu Maacddiiilnpu de Saaintgo 51 VALOR: Participación Referencia Legal : La Ordenanza de Participación Ciudadana (N° 84) establece los distintos medios por los cuales los ciudadanos pueden cooperar en la gestión de la Municipalidad de San-tiago. Igualmente, se refiere a los principios en los que se basa dicha participación, por ejemplo, democracia, legalidad e inclusión. La queja y la denuncia son formas de participación ciudadana. La Ley Nº 19.418 establece la normativa para la organización y participación de las Juntas de Vecinos. La Ley sobre Asociaciones de Funcionarios de la Administración del Estado (N° 19.296) contempla las normas sobre asociaciones de funcionarios de la administración del Es-tado. El artículo Nº 3 se refiere al derecho de los funcionarios a asociarse a estas enti-dades de forma voluntaria, personal e indelegable. El artículo Nº 5 (j) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades se refiere a las atribuciones de las municipalidades, unas de ellas es establecer las unidades vecinales y tener una adecuada canalización de la participación ciudadana. El artículo Nº 9 establece la obligación de las municipalidades de actuar dentro de los planes nacionales y regionales.