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Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
1
Introducción.................................................................................................................9
Requisitos de la asignatura ........................................................................................11
Objetivos generales de la asignatura .........................................................................11
Contenido ..................................................................................................................13
Bibliografía................................................................................................................15
Consideraciones generales para el aprendizaje .........................................................17
UNIDAD 1
ASPECTOS GENERALES
Introducción ............................................................................................................19
Mapa conceptual .......................................................................................................20
Objetivos específicos ...............................................................................................20
Tema 1:
CONCEPTO DE DERECHO PENAL
1. Introducción ............................................................................................21
2. Objetivos específicos ..............................................................................21
3. Desarrollo del tema .................................................................................22
4. Orientaciones específicas para el estudio ..............................................23
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) ........................................24
Solucionario
Tema 2
DERECHO PENAL Y DEMÁS CIENCIAS AFINES
1. Introducción ............................................................................................25
2. Objetivos específicos ..............................................................................25
3. Desarrollo del tema ................................................................................25
4. Orientaciones específicas para el estudio ..............................................31
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) ........................................32
Solucionario
Actividades de reflexión e indagación ....................................................................33
ÍNDICE
PRIMER PARCIAL
Sistema de Educación a Distancia
2
UNIDAD 2
EVOLUCIÓN HISTÓRICO – CONCEPTUAL DEL DERECHO PENAL
Introducción ........................................................................................................ 35
Mapa conceptual ................................................................................................... 36
Objetivos específicos ............................................................................................ 36
Tema 3
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO PENAL
1. Introducción ........................................................................................ 37
2. Objetivos específicos .......................................................................... 37
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 37
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 40
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 41
Solucionario
Tema 4
LAS ESCUELAS PENALES
1. Introducción ........................................................................................ 42
2. Objetivos específicos .......................................................................... 42
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 42
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 46
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 47
Solucionario
Actividades de reflexión e indagación ................................................................ 48
UNIDAD 3
LA LEY PENAL
Introducción ........................................................................................................ 49
Mapa conceptual ................................................................................................... 50
Objetivos específicos ............................................................................................ 50
Tema 5
FUENTES DEL DERECHO PENAL
1. Introducción ........................................................................................ 51
2. Objetivos específicos .......................................................................... 51
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 51
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 52
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 53
Solucionario
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
3
Tema 6
CARACTERÍSTICAS Y CLASIFICACIÓN DE LA LEY PENAL
1. Introducción ........................................................................................ 54
2. Objetivos específicos .......................................................................... 54
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 54
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 56
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 57
Solucionario
Tema 7
INTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL
1. Introducción ........................................................................................ 58
2. Objetivos específicos .......................................................................... 58
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 58
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 60
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 61
Solucionario
Tema 8
APLICACIÓN DE LA LEY PENAL
1. Introducción ........................................................................................ 62
2. Objetivos específicos .......................................................................... 62
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 62
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 66
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 66
Solucionario
Tema 9
LA EXTRADICIÓN
1. Introducción ........................................................................................ 68
2. Objetivos específicos .......................................................................... 68
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 68
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 70
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 71
Solucionario
Actividades de reflexión e indagación ................................................................ 72
Sistema de Educación a Distancia
4
UNIDAD 4
EL DELITO
Introducción ........................................................................................................ 73
Mapa conceptual ................................................................................................... 74
Objetivos específicos ............................................................................................ 74
Tema 10
EVOLUCIÓN Y CONCEPTO DE DELITO
1. Introducción ........................................................................................ 75
2. Objetivos específicos .......................................................................... 75
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 75
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 77
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 78
Solucionario
Tema 11
LA ACCIÓN
1. Introducción ........................................................................................ 79
2. Objetivos específicos .......................................................................... 79
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 79
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 82
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 83
Solucionario
Tema 12
LA TIPICIDAD
1. Introducción ........................................................................................ 84
2. Objetivos específicos .......................................................................... 84
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 84
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 88
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 89
Solucionario
Tema 13
LA ANTIJURIDICIDAD
1. Introducción ........................................................................................ 90
2. Objetivos específicos .......................................................................... 90
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 90
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 97
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 98
Solucionario
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
5
Tema 14
LA CULPABILIDAD
1. Introducción ...................................................................................... 100
2. Objetivos específicos ........................................................................ 100
3. Desarrollo del tema ........................................................................... 100
4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 110
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 111
Solucionario
Tema 15
LA PENA
1. Introducción ...................................................................................... 113
2. Objetivos específicos ........................................................................ 113
3. Desarrollo del tema ........................................................................... 113
4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 116
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 117
Solucionario
Actividades de reflexión e indagación .............................................................. 118
Sistema de Educación a Distancia
6
Contenido ............................................................................................................ 121
Bibliografía.......................................................................................................... 123
Consideraciones generales para el aprendizaje ................................................... 125
UNIDAD 5
PROCESO DE DESARROLLO DEL DELITO
Introducción ...................................................................................................... 127
Mapa conceptual ................................................................................................. 128
Objetivos específicos ......................................................................................... 128
Tema 16
EL ITER CRIMINIS
1. Introducción ...................................................................................... 129
2. Objetivos específicos ........................................................................ 129
3. Desarrollo del tema ........................................................................... 129
4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 135
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 136
Solucionario
Tema 17
CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS
1. Introducción ...................................................................................... 137
2. Objetivos específicos ........................................................................ 137
3. Desarrollo del tema ........................................................................... 137
4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 140
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 141
Solucionario
Tema 18
CONCURSO DE DELITOS
1. Introducción ...................................................................................... 142
2. Objetivos específicos ........................................................................ 142
3. Desarrollo del tema ........................................................................... 142
4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 145
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 146
Solucionario
Actividades de reflexión e indagación .............................................................. 148
SEGUNDO PARCIAL
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
7
UNIDAD 6
LA RESPONSABILIDAD PENAL
Introducción ...................................................................................................... 151
Mapa conceptual ................................................................................................. 152
Objetivos específicos ......................................................................................... 152
Tema 19
LA PARTICIPACIÓN CRIMINAL
1. Introducción ...................................................................................... 153
2. Objetivos específicos ........................................................................ 153
3. Desarrollo del tema .......................................................................... 153
4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 158
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 159
Solucionario
Tema 20
CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA
RESPONSABILIDAD CRIMINAL
1. Introducción ...................................................................................... 161
2. Objetivos específicos ........................................................................ 161
3. Desarrollo del tema ........................................................................... 161
4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 166
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 167
Solucionario
Tema 21
EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL
1. Introducción ...................................................................................... 169
2. Objetivos específicos ........................................................................ 169
3. Desarrollo del tema ........................................................................... 169
4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 173
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 174
Solucionario
Tema 22
LA REPARACIÓN DE DAÑOS
1. Introducción ...................................................................................... 175
2. Objetivos específicos ........................................................................ 175
3. Desarrollo del tema .......................................................................... 175
4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 177
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 178
Solucionario
Actividades de reflexión e indagación .............................................................. 180
GLOSARIO........................................................................................................ 181
ANEXO............................................................................................................... 183
Sistema de Educación a Distancia
8
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
9
INTRODUCCIÓN
La materia que trataremos nos permitirá adentrarnos a una de las más interesantes ramas
del Derecho, que procura que los hombres actúen adecuadamente, respetando los bienes
jurídicos ajenos, el Derecho Penal.
Cuando se altera el orden social, producto de una acción transgresora de un bien
jurídico penalmente protegido (como la propiedad o la vida), acción esta que además se
adecua en una norma o tipo penal, es antijurídica y culpable, entra entonces el Derecho
Penal a imponer al sujeto culpable una pena por su conducta ya transformada en delito.
El Derecho Penal puede ser confundido con la ley penal, cosa que no puede sostenerse,
a pesar de que se considere deben ir de la mano, toda vez que el Derecho Penal es una
ciencia jurídica que se desprende del Derecho Público, mientras que la ley penal es el
acto del poder político - represivo del Estado.
Nuestro trabajo lo iniciaremos con el concepto del Derecho Penal, para luego conocer
sus relaciones con otras ciencias jurídicas y no jurídicas, tratados en la unidad 1.
Posteriormente, ya en la unidad 2, repasaremos la evolución del Derecho Penal y los
principios que aportaron al mismo las principales escuelas penales, entre las que
podemos destacar la Escuela Clásica y la Escuela Positiva.
Entrando a la unidad 3, revisaremos las fuentes del derecho penal, entre las que se
encuentra el principio de la legalidad, para continuar con la clasificación, interpretación
y aplicación de las leyes penales. Terminaremos esta unidad con el estudio de la
institución de la extradición.
Al acercarnos a la siguiente unidad, nos encontramos con la teoría del delito, ante lo
cual conoceremos la evolución del mismo, así como sus principales elementos: la
acción, la tipicidad, la antijuridicidad, la culpabilidad y la pena.
Amerita destacar que sin la concurrencia de los elementos antes referidos, no podría
decirse que nos encontramos ante un delito, pese a que se discute la calidad de la pena
como uno de sus elementos puesto que se considera más bien como una de sus
consecuencias, además de estudiarse en la teoría de la sanción.
Al pasar a la unidad 5, podremos hablar del proceso del delito y las diferentes formas
que puede revestir.
Sistema de Educación a Distancia
10
Finalmente, en la última unidad del presente trabajo, consideraremos la responsabilidad
penal en la cual veremos la participación criminal, para lo cual determinaremos los
conceptos de autor, cómplice y encubridor. Luego pasaremos a revisar las
circunstancias atenuantes y agravantes que modifican la responsabilidad penal, para
finalmente terminar, ingresando brevemente a la teoría de la sanción, con el análisis de
la extinción de la responsabilidad penal y con la reparación de los daños causados por el
delito.
No está de más destacar que el presente Texto-Guía servirá para introducir a las
personas que se inicien en el estudio de esta materia con un modesto aporte para
enriquecer su cultura jurídica y una herramienta para su enriquecimiento académico.
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
11
REQUISITOS PARA LA ASIGNATURA
 El presente Texto-Guía de Teoría Penal requiere del alumno mucha concentración y
atención en los conceptos y clasificaciones que se presentarán, los que constituyen
un apoyo ideológico - jurídico de ingreso al vasto campo del Derecho Penal.
 Importa también que el estudiante revise la aplicación de los conceptos en la
práctica con el objeto de facilitar su comprensión.
 El apoyo grupal como intercambio de conocimiento es indispensable para evitar
confusiones en el entendimiento de la presente asignatura.
OBJETIVOS DE LA ASIGNATURA
 Analizar los aspectos principales en los que el Derecho Penal se asienta, estos son:
el delincuente, el delito y la pena.
 Identificar los principales conceptos que fundan este derecho y sobre los cuales se
asienta la mayoría de legislaciones en el mundo.
 Determinar la legislación penal vigente con el objeto de que el alumno pueda
reconocer los principios aquí estudiados.
Sistema de Educación a Distancia
12
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
13
CONTENIDOS
UNIDAD 1:
ASPECTOS GENERALES
Tema 1: Concepto de Derecho Penal
Tema 2: Derecho Penal y demás ciencias afines
UNIDAD 2:
EVOLUCIÓN HISTÓRICO – CONCEPTUAL DEL DERECHO PENAL
Tema 3: Evolución histórica del Derecho Penal
Tema 4: Las escuelas penales
UNIDAD 3:
LA LEY PENAL
Tema 5: Fuentes del Derecho Penal
Tema 6: Características y clasificación de la Ley Penal
Tema 7: Interpretación de la Ley Penal
Tema 8: Aplicación de la Ley Penal
Tema 9: La Extradición
UNIDAD 4:
EL DELITO
Tema 10: Evolución y concepto de delito
Tema 11: La Acción
Tema 12: La Tipicidad
Tema 13: La Antijuridicidad
Tema 14: La Culpabilidad
Tema 15: La Pena
PRIMER PARCIAL
La Asignatura se ha organizado a partir de los dos parciales. Cuatro unidades que
contienen 15 temas, deberán ser trabajadas en el espacio académico denominado
“Primer Parcial”. El Segundo Parcial cuenta con otras dos unidades.
Sistema de Educación a Distancia
14
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
15
BIBLIOGRAFÍA
Básica
Estrada Z. Juan Pablo, Licenciado en Ciencias Políticas, Abogado de los Tribunales y
Juzgados de la República., Catedrático de Derecho Civil Obligaciones. Universidad
Metropolitana de Guayaquil.
Complementaria
Presentamos a continuación una bibliografía complementaria especialmente
recomendada
 Bacigalupo, Enrique. “Derecho Penal”, Parte General. Buenos Aires - Argentina,
Editorial Hammurabi, 1999.
 Biblioteca Clásicos del Derecho, Primera Serie, Volumen 7, “Lecciones de Derecho
Penal”, Jiménez de Asúa, Luis, Oxford University Press, México, D.F., 1999.
 Biblioteca Clásicos del Derecho, Primera Serie, Volumen 3, “Derecho Penal”.
Carrara, Francesco, Oxford University Press, México, D.F., 1999.
 Cabanellas, Guillermo, “Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual”. Tomos III
y VI, Buenos Aires - Argentina, Editorial Heliasta1989.
 Cabanellas de Torres, Guillermo, “Diccionario Jurídico Elemental”. Buenos Aires
- Argentina, Editorial Heliasta, 1993.
 Código Penal ecuatoriano, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2006.
 Código de Procedimiento Penal ecuatoriano, Corporación de Estudios y
Publicaciones, 2006.
 Constitución Política de la República del Ecuador, Corporación de Estudios y
Publicaciones, 2006.
 Creus, Carlos. “Derecho Penal”, Parte Genera. Buenos Aires - Argentina, Editorial
Astrea, 1988.
 “Enciclopedia Jurídica Omeba”, Tomos VII, XXII y XXVI. Buenos Aires -
Argentina, Editorial Driskill, 1986.
Estos Apuntes personales que constituyen el texto central de estudio se han
estructurado pensando en el estudiante a distancia.; junto a la bibliografía
complementaria y el seguimiento en las tutorías, además de su deseo de estudiar le
garantizamos éxito en su aprendizaje.
Sistema de Educación a Distancia
16
 Labatut Glena, Gustavo. “Derecho Penal”, Tomo I. Santiago - Chile, Editorial
Jurídica de Chile, Novena Edición, 1989.
 Welzel, Hans, “Derecho Penal”. Buenos Aires - Argentina, Editorial Roque de
Palma, 1956.
 Zaffaroni, Eugenio Raúl, “Derecho Penal”, Parte General. Buenos Aires -
Argentina, Editorial Ediar, 2000.
 Zambrano Pasquel, Alfonso. “Manual de Derecho Penal”. Guayaquil - Ecuador,
Editorial Edino, Segunda Edición, 1998.
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
17
CONSIDERACIONES GENERALES PARA EL APRENDIZAJE EN LA
EDUCACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA
PROPICIAR UN APRENDIZAJE AUTÓNOMO Y LIGADO A LA
EXPERIENCIA. 1
Es notable el avance de las Ciencias de la Educación que posibilita una planificación
cuidadosa de la utilización de recursos y una metodología que, privada de la presencia
directa del profesor, potencia el trabajo independiente y por ello la individualización del
aprendizaje. Así, la profundización y perfeccionamiento de los sistemas
individualizados de enseñanza, han potenciado esta modalidad de enseñanza-
aprendizaje con rasgos definidos aplicables a sectores determinados del universo
estudiantil (Peñaiver, 1981: 28).
Los sistemas de educación a distancia no sólo pretenden llenar cabezas, sino capacitar y
entrenar al estudiante en aprender a aprender y aprender a tecnificarse (Pastrana:
1985:3), forjando su autonomía en cuanto a tiempo, estilo, ritmo y método de
aprendizaje, al permitir la toma de conciencia de las propias capacidades y posibilidades
para su autoformación. En definitiva, se pretende:
 Que el estudiante adquiera actitudes, intereses, valores que le faciliten los
mecanismos precisos para regirse a sí mismo, lo que le llevará a responsabilizarse en
un aprendizaje permanente.
 Convertirlo en sujeto activo de su formación y al profesor en guía y orientador,
tratando de superar las deficiencias del sistema presencial tradicional.
 Posibilitar un aprendizaje que está ligado fundamentalmente a la experiencia
(Dichanz, 1983: 33-46 y Hough, 1984: 7-23) y en contacto inmediato con la vida
laboral y social. Comprende a una población de adultos, en buena parte activos
laboralmente, que desean perfeccionarse, al disponer de un tiempo, aunque sea
escaso, para el estudio, rompiendo así los clásicos moldes de educación formal
institucionalizada. La educación a distancia no es sólo aprender de lejos; supone la
no separación del individuo de su medio para convertirlo así en propio factor de
educación (Cirigliano, 1983: 20-21)
 Fomentar el logro de una independencia de criterio, capacidad para pensar, trabajar
y decidir por sí mismo y satisfacción por el esfuerzo personal.
1
García Aretio, L. (1989). Para qué la Educación a Distancia. http://www.uned.es/catedraunesco-
ead/articulos/1989/para%20que%20la%20educacion%20a%20distancia.pdf
Lea con atención la siguiente información que contribuirá a conceptualizar uno de los
objetivos fundamentales de la Educación a Distancia como es generar el aprendizaje
autónomo e independiente que apoyado en las nuevas tecnologías de la comunicación
enriquecen el proceso de enseñanza aprendizaje.
Sistema de Educación a Distancia
18
USOS Y REPERCUSIONES DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA
EDUCACIÓN 2
Las nuevas tecnologías constituyen una nueva plataforma para acercar la formación a
las personas. Estamos de acuerdo con Carlos Marcelo, quien señala que la formación
“es una necesidad de las personas y de las empresas. No hay opción de mantenerse al
margen de la evolución de los saberes, salvo en el caso de ocupaciones artesanales
donde la tradición pesa más que la innovación. Y aún en este caso, los medios
tecnológicos resultan ya imprescindibles en la gestión y comercialización de los
productos”. Las nuevas tecnologías hacen posible formas alternativas de trabajo escolar
y han supuesto un cambio en la interactividad, es decir, en cómo nos comunicamos.
¿Por qué y para qué utilizar internet en el ámbito de la educación?
Lo realmente importante es encontrar una información refinada y útil para el usuario
dentro de ese mar de datos y mido que la red alimenta. En este sentido la calidad está
determinada por la facilidad y velocidad de acceso, la actualidad, la precisión y la
confiabilidad.
En todo proceso de búsqueda es indispensable llevar a cabo un análisis crítico de las
fuentes de información, comprobando su exactitud, su credibilidad, el tipo de
destinatario pretendido, la objetividad de los contenidos, el tipo de cobertura, el estilo y
la facilidad de uso.
Cuando un grupo de alumnos muestra interés por un tema muy específico y sobre el que
no hay muchos recursos se puede recurrir a otra aplicación que es el intercambio entre
personas, aplicación que también es extensible a comunidades docentes que sufran un
cierto aislamiento, pero que comparten inquietudes comunes. Además, el desarrollo de
proyectos colectivos permite a los estudiantes intercambiar datos sobre su medio
ambiente o sobre las semejanzas y diferencias culturales entre sus comunidades.
Probablemente una de las aplicaciones educativas más interesantes de Internet es el
aprendizaje autónomo. La primera manifestación de esta aplicación es la enseñanza a
distancia, cuyos orígenes se remontan a finales del siglo XIX. La enseñanza a distancia
ha ido incorporando los nuevos medios técnicos que iban apareciendo y en este sentido
internet ofrece algunas ventajas para satisfacer más eficazmente los nuevos
requerimientos de la educación. Junto a la enseñanza hay otros servicios que pueden ser
útiles para el aprendizaje autónomo: los foros, las sesiones de chat y las listas de correo.
Existe una cierta tendencia a pensar que internet se convertirá en el medio de
comunicación por excelencia, quedando los medios tradicionales relegados a la
categoría de piezas de museo o, en el mejor de los casos, a la de instrumentos de uso
marginal. En el ámbito específico de la comunicación educativa no cabe duda de que
internet cobrará mayor importancia, pero no dejará de ser un instrumento entre otros,
que seguirán siendo imprescindibles para la educación y la transmisión de
conocimiento.
2
www.campusred.net/forouniversitario/pdfs/comunicaciones/documentacion/M_Angeles_Cruz_Camara.pdf
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
19
ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES
INTRODUCCIÓN
La presente unidad nos permitirá conocer el significado del Derecho Penal y sus
diferentes denominaciones, definición esta que constituye la puerta principal al inicio
del estudio de cualquier asignatura.
Considerar que el Derecho Penal sólo regula los delitos imponiendo a estos su
respectiva pena, es una definición incompleta y equivocada, puesto que no se puede
reprimir delitos sin haber establecido previamente cuáles son las acciones ilícitas que se
consideradas delictivas. En consecuencia, el Derecho Penal fija, en primer lugar, los
bienes jurídicos que deben ser protegidos penalmente, como la vida, el honor, etc., y
sobre dichos principios configura los delitos y establece la pena que a cada uno de ellos
le corresponde, estableciéndolos en la ley penal.
De ahí el aforismo de que no hay delito ni hay pena si no existe previamente una ley que
los establezca.
También conoceremos en esta unidad los caracteres del Derecho Penal.
Finalmente, revisaremos las relaciones del Derecho Penal con otras ciencias y
disciplinas que nos permitirán determinar el desenvolvimiento del Derecho Penal, así
como las materias autónomas de las que se nutre mutuamente para su desarrollo.
UNIDAD 1
ASPECTOS GENERALES
Sistema de Educación a Distancia
20
MAPA CONCEPTUAL
OBJETIVOS GENERALES
 Conceptualizar lo que es el Derecho Penal y establecer sus diversas definiciones.
 Analizar las características del Derecho Penal para poder diferenciarlo de las
diferentes ramas del derecho.
 Identificar las relaciones del Derecho Penal con otras ciencias jurídicas y no
jurídicas.
Aspectos Generales
Características del
Derecho Penal
- Público
- Finalista
- Sancionados
- Normativo
- Valorativo
- Complementario
- Judicialmente
realizable
Derecho Penal
Ciencias
afines
Ciencias
del crimen
Otras
ramas del
Derecho
Ciencias
auxiliares
- Filosofía
- Moral
- Historia
- Sociología
- Criminología
- Penología
- Victimología
- Política
criminal
- D. Constitucional
- D. Civil
- D. Administrativo
- D. Internacional
- D. Procesal Penal
- Estadística
Criminal
- Medicina Legal
- Criminalística
- Psiquiatría
Forense
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
21
DESARROLLO DEL CONTENIDO:
ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
El Derecho Penal puede ser enfocado desde varios puntos de vista: como una ciencia;
apreciado como Derecho Penal objetivo; y como Derecho Penal subjetivo. Desde el
punto de vista científico, el Derecho Penal es una rama del saber jurídico contentiva de
un sistema de principios relacionados con el delito, los infractores de la norma penal y
con las medidas adoptadas para la reparación del daño social. Considerado como
Derecho Penal objetivo constituye el conjunto de normas jurídicas que regulan la
intención delictiva del delincuente, tomando en cuenta esta conducta transgresora de la
norma penal, el delito en sí mismo considerado y la sanción que se impone por la
comisión del ilícito. Finalmente, visto como Derecho Penal subjetivo importa la
facultad del estado de castigar (jus puniendi), aplicando sanciones a los delitos que
tipifica a través de la función legislativa.
Por otro lado, hay tratadistas como Eugenio Zaffaroni que ven el Derecho Penal desde
dos puntos de vista: Como Derecho Penal de autor, y como Derecho Penal de acto o
resultado. En el primero se considera la conducta ilícita del delincuente, su intención
delictiva, viendo al infractor como un enfermo moral, por lo que incluso considera actos
preparatorios y de tentativa como tipos penales. Este Derecho Penal de autor se asemeja
al objetivo que vimos anteriormente.
En cuanto al Derecho Penal de acto o resultado, este considera al delito como un
producto de una conducta que causa una lesión efectiva a un bien jurídico,
retribuyéndole el daño causado por el delincuente según su grado de responsabilidad,
todo lo cual lo asimila al Derecho Penal subjetivo.
Con una noción del Derecho Penal, podemos analizar las diversas definiciones del
Derecho Penal, así como sus características.
2. Objetivos específicos
 Definir qué es derecho y establecer sus caracteres para iniciar el estudio con
bases fundamentales.
 Determinar las semejanzas y diferencias con otras ciencias con las cuales
interactúa en su desenvolvimiento.
TEMA 1
CONCEPTO DE DERECHO PENAL
Sistema de Educación a Distancia
22
3. Desarrollo del tema
Denominación del Derecho Penal.-
Los tratadistas le han dado a través de las distintas épocas históricas diversas
denominaciones. En obras de origen latín se apreciaba la utilización de la expresión “jus
criminale” para referirse al Derecho Penal. Pero más comúnmente se la tomaba de la
calificación que se le daba al hecho delictuoso al referirse a “maleficium” en la obra de
Alberto Gandino del siglo XVI. En Alemania fue llamado “Peinliches Becht” por unos
tratadistas, mientras que otros autores como Savigny y Zumpft la llamaron
“Kriminalrecht”. En la actualidad la denominan en Alemania “Strafrecht”.
En Italia, por otro lado se denominó al Derecho Penal como “Diritto Criminale” por
tratadistas como Francesco Carrara y Francesco Mori. Otros autores italianos como
Enrico Pessina y Francesco Arabia lo llamaron “Diritto Penale”.
A partir del siglo XVIII tanto los franceses, italianos y alemanes utilizaban tanto la voz
criminal como la voz penal para referirse al Derecho Penal.
Por otro lado, en el siglo XIX en España se lo denominó “Derecho Penal”, siendo esta
denominación la que hasta la actualidad la utilizan la mayoría de los tratadistas.
También podemos mencionar otras denominaciones poco convencionales que se le dio
al Derecho Penal. Entre estas tenemos la de “derecho represivo” por el tratadista italiano
Ferdinando Puglia, así como la de “derecho protector de los criminales” denominación
propuesta por Dorado Montero y finalmente como “derecho de defensa social” por el
autor cubano Agustín Martínez.
Definiciones.-
Para Carlos Creus el Derecho Penal es el “conjunto de leyes o normas que describen
delitos mediante la asignación de una pena delimitando la circunstancia de su
realización, tendiendo a intensificar en esos casos la protección de bienes jurídicos
mediante la acentuación de su prevención, delimitando a la vez la potestad del estado de
castigar con la pena, al determinar cuáles son las conductas ilícitas “prohibidas
punibles”.
Según Luis Jiménez de Asúa, el Derecho Penal es el conjunto de normas y
disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del
estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así
como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una
pena finalista o una medida aseguradora”.
Conforme lo mencionado por el tratadista Ricardo Nuñez, el Derecho Penal es “una
rama del derecho que regula la potestad pública de castigar y aplicar medidas de
seguridad a los autores de infracciones punibles”.
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Podemos terminar dando una definición propia, afirmando que el derecho penal es un
conjunto de normas jurídicas encaminadas a la protección de los bienes jurídicos de los
hombres, mediante imposición de una pena a los autores que ajusten su conducta a un
tipo penal (delito) previamente establecido por el estado a través de su función
legislativa.
Caracteres.-
El Derecho Penal tiene las siguientes características:
a) Es un derecho público: Puesto que sus normas son de orden público, esto es, de
cumplimiento obligatorio diferenciándolo del derecho privado, son
irrenunciables e inmodificables por la simple voluntad de las partes, que
procesalmente pueden ser: imputado, acusador, ofendido, fiscal y juez penal.
b) Es un derecho complementario: El legislador ante la necesidad de proteger un
bien jurídico y en virtud de que otra clase de sanciones no bastan para su debida
protección, instaura una pena frente a la infracción.
c) Es un derecho normativo: Su validez científica se exterioriza a través de la
expedición de normas jurídicas penales contentivos de delitos y sancionados
penalmente.
d) Es un derecho valorativo: Al ser normativo, necesariamente se ha efectuado
juicios de valor previos para la determinación de conductas típicas y
antijurídicas merecedoras de una pena.
e) Es un derecho sancionador: El carácter normativo antedicho tiene el efecto de
imponer una pena ante la comisión de un delito, que como dijimos nace de la ley
penal.
f) Es finalista: Las normas jurídicas procuran que los seres humanos vivan
ordenada y pacíficamente como miembros de la sociedad.
g) Realizable judicialmente: Que se desprende del carácter de derecho público, son
solamente los tribunales penales competentes los que pueden emitir una
sentencia con la imposición de una pena al autor de un delito, no pudiendo ser
aplicado por otro órgano por la sola voluntad de las partes.
4. Orientaciones específicas para el estudio
Compare otras definiciones del derecho penal establecidas en diferentes diccionarios y
enciclopedias para inducir a la memoria a retener el objeto principal de la presente
materia.
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5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a los siguientes enunciados:
1. En Italia el Derecho Penal se denominó Diritto Criminale. ( )
2. Al Derecho Penal se lo denomina también como Derecho
Protector de Criminales. ( )
3. El Derecho Penal se encamina exclusivamente a la represión de los delitos
mediante la imposición de una pena. ( )
4. El Derecho Penal es de orden privado. ( )
5. Las normas del derecho penal procuran establecer el orden y la paz
entre los miembros de la sociedad. ( )
6. El derecho penal tiene un carácter sancionador. ( )
7. Cualquier autoridad pública puede emitir una sentencia con la
imposición de una pena. ( )
8. Las normas del Derecho Penal pueden ser modificadas
por la voluntad de las partes. ( )
9. El Derecho Penal regula también la facultad represiva del Estado. ( )
10. El Derecho Penal es de carácter normativo. ( )
1. V
2. V
3. F
4. F
5. V
6. V
7. F
8. F
9. V
10. V
SOLUCIONARIO
¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté
convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el
SOLUCIONARIO que está a continuación.
Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes
para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
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ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
El Derecho Penal, al igual que las diferentes ramas del Derecho, no pudo surgir sin el
apoyo ideológico de otras ciencias que incluso se entremezclaban, pero que con el
avance de la civilización fueron adquiriendo su independencia científica.
Es importante analizar al Derecho Penal en sus relaciones con otras ciencias en virtud
de su convergencia científica.
Además, vale recordar que además del Derecho Penal, existen otras ciencias que no
tienen corte jurídico pero que sin embargo estudian el delito, al delincuente y a la pena
desde diversos ángulos.
2. Objetivos específicos
 Identificar los elementos que otras ciencias afines han aportado al derecho penal
para su desarrollo evolutivo.
 Señalar las ciencias de las que el derecho penal se sirve para el cumplimiento de
sus fines.
3. Desarrollo del tema
3.1. El Derecho Penal y su relación con otras ciencias.-
3.1.1. Filosofía y Derecho Penal.-
Siendo la filosofía una ciencia que estudia la esencia, propiedades, causa y efecto de
los casos, aporta al Derecho Penal la facultad de investigar sus fundamentos y
caracteres, valorado con un ideal de justicia y razón.
3.1.2. Moral y Derecho Penal.-
La moral está constituida por el conjunto de valores con los cuales los seres
humanos deben actuar, importando al Derecho Penal la conducta del hombre con
sus semejantes cuando esta encaja en un tipo penal.
Al Derecho Penal no le incumbe la moral relacionada con Dios ni la moral
individual de cada persona, sino la moral social de los hombres, referida a la
conducta que mantiene con el resto de la sociedad, pero aplicando sanciones de
mayor gravedad al infractor que una simple reprobación social.
TEMA 2
DERECHO PENAL Y DEMÁS CIENCIAS AFINES
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3.1.3. Historia y Derecho Penal.-
La historia permite al Derecho Penal conocer su desarrollo en el tiempo,
permitiendo dar explicaciones al cambio de las normas penales. La historia del
Derecho Penal determina las causas de la evolución de las instituciones penales,
analizando los acontecimientos pasados.
3.1.4. Sociología y Derecho Penal.-
La importancia de la sociología en el Derecho Penal permite a este considerar el
comportamiento de las personas, sus relaciones y motivaciones en sociedad, lo cual
permite construir las conductas antijurídicas que causan daño a la sociedad y las
transforma en delitos a los que impone una pena.
3.2. Derecho Penal y otras ciencias relativas al crimen.-
3.2.1. La Criminología.-
La criminología estudia el aspecto biológico y social del delincuente, analizando las
causas de la delincuencia y del delito, mientras que el Derecho Penal solo se dedica
al estudio jurídico del delito del delincuente y de la pena, siendo su finalidad el
estudio de conductas criminales que se ajustan a normas penales. La criminología se
divide en otras ciencias que la componen:
a) Antropología y biología criminal: Surgida en el siglo XIX por su creador César
Lombroso, un médico italiano que se dedicó a investigar a los delincuentes en
las cárceles y manicomios italianos de su época. Fruto de estas investigaciones
surge la antropología criminal, que se dedica al estudio de la constitución física,
funcional y psíquica del delincuente.
Lombroso hablaba del delincuente congénito, como aquel que estaba
predeterminada su conducta para delinquir y que es distinto a los demás por sus
características corporales y psíquicas.
Sin embargo, algunos autores consideran que la antropología criminal no es una
ciencia perteneciente a la criminología, ni tampoco una disciplina, sino que es
simplemente un aspecto de la investigación criminológica, más no una parte de
la criminología. En especial, se refiere a que no hay causas criminales naturales
privativas del delincuente.
Actualmente, no pudiendo sostener la doctrina de Lombroso respecto a la
existencia de un delincuente criminal nato, se ha sembrado con ella la
denominada biología criminal, que consiste en que existen individuos que
inclinados a delinquir en virtud de su constitución, tomando en cuenta otras
ciencias biológicas que apoyan tal afirmación como la endocrinología que
estudia la influencia de las hormonas en el temperamento y el carácter del ser
humano, así como la biotipología que estudia al ser humano integralmente
considerado, esto es, en su aspecto morfológico, funcional y psíquico.
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b) Psicología criminal: Es una rama de la psicología dedicada al estudio de los
actos, procesos y fenómenos psíquicos relacionados con el delito y del
delincuente. Se atribuye su creación al médico francés Pinel en el siglo XIX.
Alberto Millán clasificaba a los delincuentes mediante tipos criminológicos de
autor diciendo que existían el modelo disposicional, el caracterológico y el
sociológico. En el modelo disposicional, se incluía al sujeto con raíces
biológicas - hereditarias genotípicas que potencialmente lo llevarían a delinquir;
en el segundo tipo, el caracterológico de autor, se consideraba al infractor con
anomalías de carácter sin características patológicas; y, en el tipo sociológico de
autor, Millán incluía al delincuente influenciado por el mundo circundante y a
sus circunstancias.
La psicología moderna no desconoce la naturaleza biológica y sociológica del
delincuente, utilizando métodos de observación y experimentación del sujeto
infractor.
c) Sociología criminal: Es una rama de la sociología cuyo estudio es el delito como
fenómeno social y de la pena que se impone como reacción social. Su visión
inicial fue concebida por Enrique Ferri a principios del siglo XX, planteando un
esquema delictual con factores internos o individuales y externos o colectivos:
Los primeros son inherentes a la constitución orgánica del sujeto; mientras que
los segundos se refieren al medio social en que el hombre se desenvuelve. Sin
embargo, Ferri incluyó erróneamente al Derecho Penal dentro de la sociología
criminal.
Filippo Grispigni señala que la sociología criminal tiene por objeto la
delincuencia considerada como fenómeno de masa. El estudio de los fenómenos
sociológicos viene desde la antigüedad. El término sociología sin embargo lo
introdujo Augusto Comte en el siglo XIX.
Hans Kelsen menciona al homicidio como el más antiguo de los delitos, al
referirse a la venganza y dice que el principio de retribución consiste en que
aquel que mata debe morir, da comienzo al ordenamiento judicisocial.
Por otro lado, en virtud de la sociología criminal aparecieron escuelas
sociológicas como la de Lacassagne que afirma que la delincuencia es producto
del medio circundante, así como la escuela alemana de Franz Von Liszt que
manifiesta que las causas antropológicas quedan subordinadas a las causas
sociales en la configuración del delito.
3.2.2. Penología.-
Ciencia relacionada con la criminología, pero independiente de esta, es aquella que
se encarga del estudio e investigación de la aplicación de las penas impuestas
judicialmente en sus facetas reales y sirviendo como apoyo al derecho carcelario o
Derecho Penal ejecutivo.
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El filántropo inglés John Howard inició una etapa de la penología mediante la
instauración de un movimiento penológico que logró abolir las penas de tormentos,
sustituyendolas por tratamientos humanitarios en cárceles y presidios.
La penología moderna cambió el concepto de expiación vindictiva a los de
enmienda, corrección y reforma, llegando a cumplir funciones postpenitenciarias
con doctrinas resocializadoras del delincuente.
Muchos autores como Jiménez de Asúa no le dan el carácter de ciencia, diciendo
que la penología forma parte de otras ciencias como lo son el Derecho Penal y el
derecho penitenciario, entrando también al campo de la política criminal.
3.2.3. Victimología.-
Mientras que la criminología estudia al delincuente, la victimología en cambio se
dedica al estudio de los caracteres psicológico – sociales de la víctima como sujeto
que sufre las consecuencias del delito.
En primer lugar debemos analizar el término víctima, objeto de la victimología. Así
pues, víctima es la persona que produce daño por culpa ajena o caso fortuito,
importando a la victimología el daño causado por otro y no el producido por la
naturaleza. Asimismo, la victimología estudia a la víctima incluyendo tanto al sujeto
pasivo del delito como al que en ciertos casos, se constituye en ofendido o
damnificado, por ejemplo: si Juan roba una cosa a Pedro pero que pertenecía a José,
la victimología entra a analizar tanto la conducta del sujeto pasivo del delito Pedro,
como la del ofendido José. Incluso para la victimología el término víctima puede
transcender para referirse a aquellos espectadores que sufrieron daños psicológicos
al convertirse en espectadores de la perpetración de un delito.
Fue Mendelsohn quien en 1956 señaló que la victimología no es una rama de la
criminología, sino una ciencia paralela interrelacionada con esta.
Muchos autores consideran a la victimología no como una ciencia, sino como una
hipótesis de trabajo desde el punto de vista del damnificado.
3.2.4. Política criminal.-
Los autores discuten si la política criminal es una ciencia o un arte; así como si es o
no una ciencia autónoma del Derecho Penal. Para Franz Von Liszt quien la
considera como una ciencia de lucha contra el delito. Según Mezger la política
criminal puede entenderse como el uso del Derecho Penal desde el punto de vista de
una lucha eficaz contra el delito. La política criminal consiste actualmente en el arte
de legislar en materia penal. Se encarga de apoyar bajo sus preceptos la reforma de
la legislación penal.
Fue en Italia a finales del siglo XVIII que se inició este arte de la política criminal a
manos del Marqués de Beccaria.
La política criminal analiza las instituciones penales pasadas con el objeto de
trasladar el conocimiento científico en las correspondientes reformas de la
legislación penal según las necesidades de la sociedad.
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3.3. Relación del Derecho Penal con otras ramas del derecho.-
3.3.1. Con el derecho constitucional.-
Si bien ambas son ramas del derecho público, es el Derecho Penal el que debe
encuadrarse dentro del marco constitucional en virtud del principio de supremacía
constitucional. Gracias al avance de la sociedad que incluyó reformas
constitucionales relacionadas con la libertad del hombre que fueron desapareciendo
ciertos delitos.
3.3.2. Con el derecho civil.-
Con el cual el Derecho Penal tiene algunas semejanzas que dieron lugar al
surgimiento de tendencias que quisieron incluso agruparlas en un derecho criminal
civil. Dichas semejanzas pueden resumirse en las siguientes:
a) Tanto el Derecho Penal como el derecho civil utilizan términos similares,
como por ejemplo el dolo, la culpa, entre otros, pero en diferentes ángulos.
b) De la comisión de un delito surge tanto la acción penal sancionadora del
delincuente, como la acción civil reparadora de los daños y perjuicios
causados por el mismo; asimismo, encontramos marcadas diferencias entre
ambos derechos:
- El derecho civil busca la reparación del daño mediante una
indemnización que suele traducirse en dinero; en cambio el Derecho
Penal importa imponer una sanción al infractor que cometió tal daño.
- Fundamento de la anterior diferencia mencionada es que el derecho civil
es una rama del derecho privado, mientras que el Derecho Penal, una
rama del derecho público.
c) En el Derecho Penal cabe el principio de irretroactividad de las leyes
penales; en cambio, en el derecho civil cuyas leyes operan para lo venidero,
no impide se expidan leyes con carácter retroactivo.
d) Entre las fuentes del derecho civil se encuentran, entre otras la ley y la
costumbre; en cambio la fuente exclusiva del Derecho Penal es la ley, de ahí
el principio “nullum crimen nulla poena sine lege”.
3.3.3. Con el derecho administrativo.-
Tanto el Derecho Penal como el derecho administrativo, son ramas del derecho
público. El Derecho Penal se nutre de términos propios del derecho administrativo,
como el de funcionario público, para incluirlos en tipos penales como el delito de
peculado.
Siendo el derecho administrativo el que estudia el ejercicio de la función
administrativa, puede establecer sanciones administrativas directas como la clausura
o la multa, pero no penas, función que corresponde al Derecho Penal, debido a la
evolución del derecho administrativo que parte del estado de policía, sin olvidar que
el derecho administrativo tiene como soporte los servicios policiales para la
prevención de delitos, así como los sistemas carcelarios.
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3.3.4. Con el derecho internacional.-
Sánchez Bustamante distinguía entre derecho internacional penal y derecho penal
internacional, siendo el primero el relativo al derecho internacional público, y el
segundo al derecho internacional privado en relación con el Derecho Penal.
El Derecho Penal se relaciona con el derecho internacional en cuanto a la aplicación
de las penas en relación al espacio determinando la competencia de la jurisdicción
nacional penal frente a los extranjeros. Asimismo existe un derecho internacional de
los derechos humanos que influye sobre aspectos relacionados al Derecho Penal,
como son las personas a quienes se aplican las penas.
3.3.5. Con el derecho procesal penal.-
Mantienen una relación de dependencia inseparable para el adecuado
desenvolvimiento del estado de derecho.
Como decía Mommsen “el Derecho Penal sin el proceso es como un puñal sin
hoja”, así pues las normas sustantivas contenidas en el Derecho Penal, solo pueden
aplicarse a un caso concreto a través de las normas adjetivas contenidas en el
derecho procesal penal.
3.4. Ciencias auxiliares del Derecho Penal.-
Entre las principales ciencias auxiliares del Derecho Penal tenemos las siguientes:
3.4.1. Estadística criminal.-
Ciencia que mediante la utilización de normas técnicas estudia e identifica
numéricamente la delincuencia, permitiendo conocer los tipos de delitos más
frecuentes en determinada sociedad, sus causas, así como los efectos producidos a
los delincuentes sancionados con la imposición de una pena.
3.4.2. Medicina Legal.-
Que se la llamó también medicina pública, social, judicial y forense, hoy se
denomina medicina legal. Su aparición data del siglo XVI al promulgarse la
legislación Carolina que establecía la intervención obligatoria de un médico en
ciertos asuntos judiciales.
La medicina legal aporta elementos relacionados con la biología, permitiendo
determinar incluso el momento en que se cometieron ciertos delitos, a través de los
informes de los peritos – médicos legales.
3.4.3. Psiquiatría forense.-
Ciencia que se encarga del estudio de las anomalías psíquicas que se relacionan con
el campo jurídico, esto es, las enfermedades mentales del delincuente. Esta ciencia
permite determinar a través de elementos técnicos el grado de responsabilidad del
delincuente.
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3.4.4. Criminalística.-
Ciencia que se encarga del descubrimiento y comprobación científica del delito y
delincuente. La criminalística comprende dos etapas: La primera que es la científica,
que consiste en la aplicación de métodos científicos para llegar a una conclusión; la
segunda, la policiaca, se traduce a la reconstrucción del hecho delictivo encajando
todas las piezas del delito y una vez reconstruido, reproducirlo idealmente con el
objeto de conocer si el resultado es el mismo que el producido por el delito
cometido en la realidad.
El término Criminalística se atribuye al juez austriaco Hans Gross, pese a que
también se le llamo policía científica, policiología, entre otras denominaciones que
la confundían con la policía técnica.
3.4.5. Policía técnica.-
Si bien no constituye una ciencia, podría calificarse de disciplina empírica realizada
por un órgano administrativo que actúa científicamente para descubrir a los
delincuentes. Así pues, mientras que la criminalística suministra los conocimientos
científicos, la policía técnica actúa conforme a ellos cumpliendo su función
administrativa.
La expresión fue confundida con otras como la policiología, término improcedente
puesto que la policía es un órgano administrativo, no constituye ciencia por sí
misma. También se la suele denominar policía judicial, queriendo referirse al grupo
de personas obligadas a asistir a la acción de la justicia.
Muchos autores consideran la expresión policía científica como la más adecuada
con relación a policía técnica por ser más amplia en su contenido.
4. Orientaciones específicas para el estudio
Buscar apoyo didáctico mediante la elaboración de cuadros sinópticos que se refieran a
las ciencias que se relacionan con el Derecho Penal.
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5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a los enunciados siguientes:
1. El Derecho Penal regula la moral individual de cada persona. ( )
2. La Sociología permite conocer al Derecho Penal el comportamiento
de las personas. ( )
3. La Criminología estudia el aspecto jurídico del delito. ( )
4. La Biología Criminal, Psicología Criminal y Sociología Criminal
son parte de la Criminología. ( )
5. La Penología es parte de la Criminología. ( )
6. La Victimología se encarga del estudio del delincuente. ( )
7. La Medicina Legal es una ciencia auxiliar del Derecho Penal. ( )
8. La Policía Técnica no puede ser considerada como una ciencia
propiamente dicha. ( )
9. La Psiquiatría Forense se encarga del análisis de las enfermedades
mentales del delincuente. ( )
10. Las normas penales deben encuadrarse dentro de las disposiciones
del Derecho Constitucional. ( )
1. F
2. V
3. F
4. V
5. F
6. F
7. V
8. V
9. V
10. V
SOLUCIONARIO
¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté
convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el
SOLUCIONARIO que está a continuación.
Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes
para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
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ACTIVIDADES DE REFLEXIÓN E INDAGACIÓN
1. Señale, en no más de diez líneas, las diferencias entre el Derecho Penal y las demás
ramas del Derecho.
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
2. Mencione la importancia de las ciencias auxiliares del Derecho Penal. Utilice las
siguientes cinco líneas.
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
A continuación se presentan Actividades para la Reflexión e Indagación que
permiten la aplicación de los contenidos estudiados a través de toda la unidad. Se
sugiere en lo posible el desarrollo completo de las actividades
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ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES
INTRODUCCIÓN
El Derecho Penal moderno se ha venido construyendo gracias al desarrollo de las
ciencias que han entregado concepciones de diversa naturaleza, tanto jurídicas como
religiosas y sociales.
Además de nutrirse del avance de la civilización, toma en consideración la evolución
del Estado en su orden social y jurídico, puesto que es en las sociedades ordenada y
jurídicamente constituidas donde el Derecho Penal aparece con mayor claridad.
Si bien es cierto en sus orígenes el Derecho Penal era muy rígido y estricto, este fue
humanizándose a través de los tiempos de los postulados de las diferente escuelas
penales que surgieron para permitir la consolidación de una ciencia jurídica
caracterizada no solamente por la represión de ilícitos, sino también que ofrezca
garantías, previniendo ilicitudes, tomando en cuenta también la personalidad del
delincuente y no únicamente el aspecto objetivo del delito.
En la presente unidad analizaremos brevemente el avance histórico del Derecho Penal,
para luego estudiar los postulados de las diferentes escuelas penales que permitieron la
modernización del Derecho Penal.
UNIDAD 2
EVOLUCIÓN HISTÓRICO
CONCEPTUAL DEL DERECHO
PENAL
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MAPA CONCEPTUAL
OBJETIVOS GENERALES
 Identificar las etapas de evolución histórica del Derecho Penal.
 Analizar los postulados científico - jurídicos de las diferentes escuelas penales que
permitieron el desarrollo del Derecho Penal.
 Diferenciar los principios que sostienen cada una de las escuelas penales.
Evolución Histórico-Conceptual del
Derecho penal
Evolución
Histórica
- Periodo Prehistórico
- Periodo Histórico-teológico
- Periodo Humanístico
- Periodo Científico
Escuelas Penales
Escuela
Clásica
Escuela
Positiva
- Escuela del positivismo
- Escuela de la política criminal
- Escuela técnico jurídica
- Escuela idealista
- Escuela Humanista
- Escuela Dualista
Escuelas
Intermedias
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DESARROLLO DEL CONTENIDO:
ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
Se torna complicado establecer los periodos específicos de manera cronológica del
Derecho Penal, toda vez que estos suelen aparecer entremezclados. Además, existen
pocas instituciones que, sin bien se han conceptuado con pequeños cambios científicos,
permanecen en la actualidad como fundamentos del Derecho Penal.
En la evolución del Derecho Penal cabe destacar su cambio radical, puesto que se ha
transformado de un derecho caracterizado por la arbitrariedad y excesiva represión a un
derecho basado en el sistema de la legalidad.
A su vez, se evolucionó de un derecho penal con características privadas a un derecho
penal de carácter esencialmente público; produciéndose también el cambio de un
derecho que consideraba la responsabilidad únicamente desde el punto de vista objetivo,
al que analiza la responsabilidad tanto en su carácter objetivo como en el subjetivo.
2. Objetivos específicos
 Precisar las diferencias dogmáticas del derecho penal antiguo con el derecho
penal moderno.
 Considerar el avance de la ciencia jurídica como elemento del desarrollo del
Derecho Penal a través del tiempo.
3. Desarrollo del tema
Si bien no podemos encuadrar la evolución del Derecho Penal en periodos fijos, cabe
mencionar periodos de mayor trascendencia en su evolución, sin que estos sean
similares con los de la historia:
3.1. Periodo prehistórico.-
Las agrupaciones primitivas pasaban de su característica nómada al asentamiento en
lugares fijos, se encontraban con necesidad de defenderse, tanto extragrupalmente como
intragrupalmente. En el primer caso se organizaban las luchas y guerras contra otros
grupos; mientras que en el segundo, se imponía una pena al individuo que transgredía la
tranquilidad grupal.
TEMA 3
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO PENAL
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En un inicio las transgresiones o delitos cometidos (infracciones que asumían carácter
religioso – mítico), eran sancionadas por la reacción del ofendido o sus parientes contra
el agresor. Esta reacción de denominaba venganza privada si la represión provenía
directamente de la víctima de la ofensa, pero si la reacción provenía de los familiares
del ofendido contra el agresor se los llamaba venganza de sangre.
Posteriormente y para evitar que las penas impuestas a los individuos infractores
constituyan una amenaza a la cohesión grupal al ser excesivas, se procedió a la
limitación de las penas.
Uno de los principios limitativos de las penas que surgieron fue el del Talión que
consistía en que el infractor solo podía recibir un mal equivalente al que el había
ocasionado a la víctima, más conocido con la famosa expresión “ojo por ojo, diente por
diente”. También se dieron otros principios limitativos: como el abandono noxal, que
consistía en el abandono de la responsabilidad del grupo por la del individuo al
entregársele al infractor al grupo ofendido y evitar así su reacción contra el grupo del
que provenía el individuo agresor; así también apareció la composición que consistía en
una limitación a la pena cuando el agresor separaba el daño causado evitando la
agresión del ofendido que renunciaba a su venganza.
3.2. Periodo histórico – teológico.-
Los criterios de responsabilidad del grupo antes dicho continuó existiendo en algunos
pueblos como en el caso del Derecho Penal de China hasta el siglo VII. Estos pueblos
del antiguo oriente tenían en sus Derechos Penales enraizados fundamentos teológicos.
Así ocurrió en Babilonia con el Código de Hammurabi y en el caso de los hebreos en su
Deuteronomio, relacionando al delito como una pena expiatoria purificadora impuesta
para reparar el agravio causado a la divinidad, utlilizándose en ambos casos el principio
talional a base de la venganza privada. Así mismo, encontramos en la India, en el
código de Manú, un Derecho Penal de gran contenido religioso, asignando así mismo un
contenido purificador de la pena.
Por otro lado, en los países europeos del occidente el principio rector era el de la
venganza pública, imponiendo gran severidad a las penas, lo cual imperó hasta el siglo
XVIII. Entre las características principales de este Derecho Penal basado en la venganza
pública tenemos los siguientes:
a) Desigualdad ante la ley: Puesto que a las personas poderosas de la época, a los
nobles, se les atenúa la rigurosidad de la pena, actuando los ejecutores de la pena
con menos crueldad que con respecto a los infractores comunes.
b) Crueldad excesiva de las penas: Siendo la pena de muerte la pena más común
que se aplicaba al ofensor, acompañada de mutilaciones y azotes. También se
aplicaba la confiscación de los bienes del agresor.
c) Responsabilidad grupal de las penas: Puesto que en algunos casos se mantenía la
responsabilidad no solo contra el agresor, sino también respecto a sus familiares
e incluso a sus bienes y animales, llegando a existir incluso procesos contra
cadáveres puesto que la muerte del agresor no extinguía la pena.
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39
d) Falta de garantías procesales: Los jueces podían imponer penas aunque no
estuvieren estas previstas en las leyes. Además, el proceso en aquella época era
secreto y se utilizaban torturas para que el reo confiese sus infracciones.
3.3. Periodo humanitario.-
Este periodo se caracteriza por un proceso de laicización del Derecho Penal, que vio su
germen en el derecho griego y en el derecho canónico, sin perjuicio de lo cual el
Derecho Penal tuvo buenas influencias del derecho canónico como la transformación de
la finalidad de la pena de ser expiatoria a constituirse en correctiva de los actos del
ofensor; así mismo incorporó algunas instituciones como la del asilo como límite a la
venganza privada.
El Derecho Penal fue transformándose inicialmente de la mano de Hugo Grocio hacia el
siglo XVII, quien proclamó el derecho natural en lucha con el Derecho Penal público.
Otros aportes surgen en Inglaterra con Hobbes y Locke, en Holanda a Spinoza, que
manifestaba que la pena tiene como fin la corrección de los delincuentes, y que era una
retribución jurídica; en Alemania, Pudendorf, que negaba a la pena un fin retributivo; en
Francia, Diderot, D’ Alembert, Holbach, Voltaire, Rousseau y Montesquieu, quienes
atacaron el Derecho Penal desde sus cimientos.
Pero fue en Italia hacia el siglo XVIII, que César Bonesana, Marqués de Beccaria, a
quien se atribuye la renovación del Derecho Penal. Su libro “dei delitti e delle pene”
condenaba la severidad de la práctica criminal exigiendo su reforma. Afirma que la
justicia del hombre es diferente a la justicia de Dios, fundamentando el Derecho Penal
con la utilidad común e interés general, complementando la ley penal con la moral.
Siguiendo las ideas liberales de Rousseau, quien aporta con el principio de la legalidad
de los delitos y las penas, en virtud del cual nadie puede ser sancionado por hechos ni
sufrir una pena que no haya estado previamente establecida en la ley, al criticar la
severidad de las penas y darle una finalidad de interés general, siguiendo a Grocio,
estando en contra de las torturas, establece los principios de publicidad, certeza y
prontitud de las penas.
También señala que los procesos no deben ser secretos, que los tribunales juzgadores de
delitos deben estar establecidos en la ley, y que el reo no se considere culpable sino
hasta ser declarado tal mediante sentencia condenatoria. Sus ideas, base de la escuela
penal clásica, sirvieron también para propulsar reformas de códigos penales de la época,
tanto en Rusia y en Austria. También en Europa se desarrolló otro proceso de
humanización penal a manos del inglés John Howard, pero referido al sistema
carcelario. Al ser nombrado sheriff del condado de Bedford, pudo darse cuenta del
pésimo estado de las prisiones inglesas y en el que se encontraban los presos, además de
su propia experiencia cuando estuvo preso de un corsario francés. Fue en su libro “State
of Prisons”, en el que además de criticar esta situación, sentó algunas observaciones
para la reforma carcelaria, entre los que tenemos: buen régimen de higiene y
alimentación, educación moral, religiosa y profesional a los reos; aplicación
disciplinaria distinta entre detenidos y condenados; trabajo obligatorio para los reos;
sistema celular dulcificado.
Sistema de Educación a Distancia
40
Si bien sus ideas no fueron acogidas en Europa de manera inmediata, fue este filántropo
inglés quien tuvo acogida en Estados Unidos, difundiéndose los mismos a través de
Benjamín Franklin.
También se destacaron el médico francés Manot, que con tendencias políticas criticaba
las leyes existentes diciendo que eran arbitrarias. Asimismo, en España encontramos a
Chaves, Sandoval, Cerdán de Tallada (quién siguió a Howard) y Manuel de Lardizábal
y Uribe, quienes propusieron ideas liberales frente al Derecho Penal de la época.
3.4. Periodo Científico.-
Que se caracterizó por el ingreso de las ciencias en el Derecho Penal. Se inició con
César Lombroso, a quien, como ya dijimos antes, se atribuye la creación de la
antropología criminal, parte de la criminología que junto a otras ciencias no
necesariamente jurídicas aportaron con ideas científicas al Derecho Penal.
4. Orientaciones específicas para el estudio
Elabore una síntesis de las características de cada periodo del Derecho Penal con el
objeto de facilitar su estudio.
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41
5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a los siguientes enunciados:
1. En agrupaciones primitivas la pena se imponía al grupo vencido en una guerra. ( )
2. En épocas primitivas, la pena no se imponía a los familiares del agresor
o delincuente. ( )
3. En el Derecho Penal antiguo las infracciones envolvían conceptos
religiosos y hasta míticos. ( )
4. La Ley del Talión limitó las penas que se imponían en épocas primitivas. ( )
5. En el periodo de la venganza pública las penas eran menos excesivas. ( )
6. En la venganza pública, los jueces podían imponer penas sin que estas
estuvieren establecidas mediante una ley. ( )
7. Hugo Grocio tuvo un importante aporte en la humanización del Derecho Penal. ( )
8. El periodo humanitario aportó al Derecho Penal el principio de legalidad. ( )
9. John Howard revolucionó el sistema carcelario de su época. ( )
10. A César Lombroso se lo considera el iniciador del periodo científico
del Derecho Penal. ( )
1. V
2. F
3. V
4. V
5. F
6. V
7. V
8. V
9. V
10. V
SOLUCIONARIO
¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté
convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el
SOLUCIONARIO que está a continuación.
Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes
para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
Sistema de Educación a Distancia
42
ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
En el presente tema estudiaremos las diferentes escuelas penales que se encargaron de
introducir principios que revolucionaron la estructura del Derecho Penal.
La Escuela Clásica y la Escuela Positiva se encargaron del análisis profundo, cada una
con sus particulares principios y puntos de vista opuestos entre sí, del delito, del
delincuente y de la pena, los cuales constituyen el tríptico de regulación del Derecho
Penal
Asimismo, revisaremos las escuelas eclécticas o intermediarias, que sustentaron
principios fundados en las dos escuelas penales más importantes ya arriba mencionadas.
2. Objetivos específicos
 Diferenciar los postulados sostenidos por la Escuela Clásica y por la Escuela
Positiva.
 Identificar los cambios que los principios de las escuelas penales produjeron en el
Derecho Penal.
3. Desarrollo del tema
3.1. Escuela Clásica.-
Esta escuela surgida en virtud de tendencias liberales y humanitarias, se constituye de
las doctrinas filosóficas formuladas en materia penal que van desde César Beccaria
hasta Enrique Pessina, quien por su obra se dio el calificativo de clásico a esta escuela
por parte de sus opositores, los positivistas, queriendo ellos asimilar clásico con caduco,
término peyorativo atribuido por Enrique Ferri. En esta escuela clásica pueden señalarse
dos periodos: uno filosófico, encabezado por Beccaria, con un contenido heterogéneo,
así como Bentham, con tendencias utilitarias que destaca el sentido preventivo de la
pena, Carmignani, Romagnosi y Feuerbach, cuya teoría de la coacción psíquica motivo
la creación moderna del principio de legalidad; y, la etapa jurídica, encabezada por
Francisco Carrara, jurista italiano a quien se le atribuye la teorización de esta escuela.
La escuela clásica proclamó grandes principios para el Derecho Penal, como el de la
legalidad de los delitos y penas, el de la irretroactividad de la ley penal, el de que el ius
puniendi corresponde exclusivamente al estado, estableciendo garantías procesales y el
respeto de la personalidad del reo.
TEMA 4
LAS ESCUELAS PENALES
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
43
Entre los enunciados principales de la escuela clásica podemos mencionar los
siguientes:
a) La utilización de un método lógico – abstracto con características objetivas,
analizando al Derecho Penal de manera deductiva.
b) La imputabilidad se basaba en la responsabilidad moral del imputado, la cual se
originaba a su vez del libre albedrío, principio que permite a la persona decidir
libremente sobre su sometimiento o violación a las normas penales, que visto
desde el punto de vista moral es la facultad de libre elección entre el camino del
bien y del mal. De ahí, sus propulsores manifiestan que para que una persona sea
declarada culpable de un delito merecedor de una pena, tuvo que haber
previamente mediado su voluntad libre e inteligente de cometer el acto ilícito de
que se le acusa.
c) El delito se lo considera como ente jurídico, surgido por la violación de la norma
penal, y no como un ente de hecho o fenómeno social propugnado por los
positivistas.
d) La pena, en consecuencia a lo mencionado con relación al delito, se lo concibe
como un medio de tutela jurídica. Se la impone con fines retributivos y debe ser
proporcional al daño objetivo causado por el delito. La tutela jurídica conlleva
también intimidación por la pena impuesta al delincuente, previniendo el
cometimiento de nuevos delitos.
e) Como el delincuente es una persona que goza de libre albedrío, es como si
siendo libre viola la norma penal, asimismo la pena deberá recaer sobre su
libertad, investigándose la misma. En consecuencia, su sistema de represión se
configura de penas de privación y restricción de la libertad.
3.2. Escuela Positiva.-
La escuela positiva surge en virtud de las tendencias surgidas a partir de la revolución
industrial, contentiva de doctrinas científicas experimentales en relación al Derecho
Penal.
La escuela positiva estudia al delincuente y al medio físico – social en que se produjo el
delito, puesto que señala que el delito es un hecho del hombre, por lo que es
esencialmente subjetiva.
Sus principales propulsores fueron el italiano César Lombroso, fundador de la
antropología criminal, Enrique Ferri, que la enfocó desde el punto de vista sociológico y
Rafael Garófolo, que se ocupó del aspecto jurídico.
La escuela positiva, en consecuencia se preocupó no solo del aspecto jurídico del delito
como la clásica, sino también de otros aspectos como los fenómenos antropológicos y
sociológicos.
Enrique Ferri analizó lo que el denominó la anormalidad biológica – social del
delincuente comisor de infracciones.
Sistema de Educación a Distancia
44
Es a Ferri a quien se atribuyó el positivismo quien plasma sus postulados en su obra
sociología criminal. Garófalo, cuya concepción jurídica aportó a la criminología,
sostuvo que el delincuente debe ser graduado por su temibilidad, aspecto sociológico –
jurídico que el penalista Rocco critica puesto que la temibilidad es consecuencia de la
peligrosidad del delincuente, siendo la primera una característica de la persona del
delincuente, mientras que la segunda la consecuencia social de tal característica.
El positivismo, si bien dominó hasta la segunda mitad del siglo XX, influyó
escasamente a cambios legislativos. Entre los principales postulados de la escuela
positiva tenemos los siguientes:
a) Utilizó el método experimental y de observación, con características subjetivas,
analizando el Derecho Penal de manera inductiva.
b) La imputabilidad del delincuente se deriva del determinismo y su temibilidad.
Esta escuela negó la existencia del libre albedrío, que no lo ve como parte del
Derecho Penal sino de la metafísica y se basa en la responsabilidad social del
delincuente, quien es responsable de los delitos que ejecuta por el hecho de vivir
en sociedad, graduándose la pena según su categoría antropológica y su grado de
peligrosidad.
c) El delito se lo considera, por tanto, un ente o fenómeno de hecho producido por
el hombre.
d) La pena se constituye en un medio de defensa social. No es un castigo de
retribución, como lo afirma la escuela clásica, sino que se encamina a la
readaptación social del delincuente, denominándola sanción y no pena.
e) Por delincuente se considera a la persona que ejecuta un daño social, sin
importar las circunstancias en que se encuentra ni su libre albedrío, así esta
escuela introduce medidas de seguridad aplicables a ciertas personas por un
tiempo indeterminado para su readaptación. Ferri menciona medidas que sirven
de prevención a la delincuencia, distinguiendo entre los de prevención directa,
que son de los que se encarga la policía y los de prevención indirecta,
denominados sustitutivos penales que buscan mejoras en vida social desde
diferentes aspectos, sean sociales, familiares, educativos, etc.
3.3. Escuelas intermedias.-
Entre las que tenemos:
3.3.1. Escuela del positivismo crítico.-
Denominada también como terza scuola, término italiano relacionado a la tercera
escuela, tuvo como representantes a Manuel Carnevale y Bernardino Alimena. Sus
postulados consistían en:
a) La individualización del Derecho Penal frente a la sociología criminal, en
contraposición de lo que afirmaba Ferri.
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
45
b) Excluye la idea del tipo criminal, puesto que niega la existencia del criminal
nato y de su anormalidad morbosa, ya que considera al delito como un efecto
de causas sociales.
c) Funda la responsabilidad en la intimidabilidad, esto es, la aptitud de las
personas de receptar la coacción sicológica de la pena.
d) La reforma social que debe estar a cargo del estado, importando más la
prevención que la represión.
e) A individuos imputables se les impone penas, mientras que a los
inimputables, medidas de seguridad.
3.3.2. Escuela de la política criminal.-
Representada por el alemán Franz Von Liszt, siendo sus principales postulados los
siguientes:
a) Utiliza un método jurídico experimental: el primero para analizar el Derecho
Penal y el segundo como herramienta de la práctica criminológica.
b) Reconocen la imputabilidad moral de los delincuentes, rechazando el libre
albedrío, conjuntamente con el estado de peligrosidad de los mismos
limitado a cierto tipo de delincuentes.
c) Considera al delito como un fenómeno jurídico, natural, social y económico.
d) Complementación de las penas y las medidas de seguridad.
3.3.3. Escuela técnico - jurídica.-
El movimiento neoclásico italiano dio surgimiento a esta escuela, cuyo tecnicismo
fue aplicado por Geny inspirado en Savigny, tiene sus propulsores en Manzini,
Rocco, Massari, Carnelutti, Pannain y otros, y en Alemania, entre otros a Carlos
Binding.
Esta escuela no discute el libre albedrío, ni cuestiones filosóficas, ni tampoco
conceptos biosociológicos, sino que se concreta en lo que sostiene de sus propios
asuntos la técnica jurídica. Esta técnica construida de la dogmática, exégesis y
crítica del derecho positivo, estudiando los delitos y las penas jurídicamente. Entre
sus postulados tenemos:
a) Analizan las normas jurídicas mediante un método lógico – abstracto.
b) Rechaza el libre albedrío.
c) El delito es considerado un fenómeno jurídico, diciendo que a la
antropología y sociología criminal les corresponde su aspecto individual y
social, respectivamente.
d) Considera a los imputables como los únicos sujetos a sufrir de la
imposición de penas, puesto que las medidas de seguridad son solo para los
inimputables.
Sistema de Educación a Distancia
46
3.3.4. Escuela idealista.-
Con concepciones filosóficas de Crose y Gentile, esta escuela cuya única realidad es
el espíritu, consideró, según Maggiore que no existen diferencias entre responsables
e irresponsables, puesto que todos son imputables, pero no igualmente punibles.
Spirito consideró la existencia de un derecho a la pena, erradicando el dualismo con
las medidas de seguridad. Por otro lado, manifestaban que las penas deben ser
indeterminadas, hasta cuanto dure la necesidad del cuidado del delincuente.
3.3.5. Escuela humanista.-
Fundada en Italia por Vicente Lanza, señala que el delito es una violación a la moral
social, por lo que no merecen sanción aquellos delitos que no transgredan la moral
individual. A su vez, considera a la pena como una medida de orden educativo,
siendo imputables los sujetos que puedan ser educados por tales medidas punitivas
educacionales, reservando las medidas de seguridad a los inimputables.
3.3.6. Escuela dualista.-
Que muchos la consideran como una simple tendencia, tuvo su principal propulsor
al profesor alemán Carlos Von Birkmeyer, que consideraba la composición de dos
códigos penales: uno penal de carácter retributivo; y otro de seguridad, contentivo
de las medidas de seguridad, de carácter preventivo.
Con el mismo criterio en su metodología de la legislación, se impuso Ernesto
Beling. En Italia, Silvio Longhi tuvo el mismo criterio de dualidad de códigos.
4. Orientaciones específicas para el estudio
El estudiante deberá comprimir las características principales de cada escuela penal para
una adecuada asimilación mental.
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47
5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a las siguientes preguntas:
1. ¿Es el Marques de Beccaria el principal expositor del fundamento filosófico
de la Escuela Clásica? ( )
2. ¿Se atribuye a la Escuela Positiva el principio de legalidad? ( )
3. ¿La Escuela Clásica consideró al delito como un ente de hecho? ( )
4. ¿Fue César Lombroso uno de los propulsores de la Escuela Clásica? ( )
5. ¿Consideraba la Escuela Positiva a la pena como un castigo de retribución? ( )
6. ¿Es el método inductivo el que utilizó por la Escuela Positiva? ( )
7. ¿La Escuela del Positivismo Crítico afirmaba la individualización del Derecho Penal
con la Sociología Criminal? ( )
8. ¿En Italia surgió la Escuela de la Política Criminal? ( )
9. ¿Admite la Escuela Técnico - Jurídica el libre albedrío? ( )
10. ¿Consideraba la Escuela Idealista al espíritu como la única realidad? ( )
1. V
2. F
3. F
4. F
5. F
6. V
7. V
8. F
9. F
10. V
SOLUCIONARIO
¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté
convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el
SOLUCIONARIO que está a continuación.
Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes
para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
Sistema de Educación a Distancia
48
ACTIVIDADES DE REFLEXIÓN E INDAGACIÓN
1. En cinco líneas mencione el aporte que dio el periodo humanitario para el desarrollo
del Derecho Penal.
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
2. Indique las principales diferencias entre la Escuela Clásica y la Escuela Positiva.
Utilice diez líneas.
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………
A continuación se presentan Actividades para la Reflexión e Indagación que
permiten la aplicación de los contenidos estudiados a través de toda la unidad. Se
sugiere en lo posible el desarrollo completo de las actividades
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
49
ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES
INTRODUCCIÓN
La ley penal es aquella que designa las hipótesis de acciones u omisiones consideradas
ilícitas y que merecen una pena, la que se impondrá al individuo que encuadre su
conducta en dichas hipótesis.
Para el estudio de la ley penal debemos considerar, en primer lugar, sus principales
aspectos, como lo son sus fundamentos, características y formas, que son objeto de los
temas que pertenecen a la presente unidad.
También estudiaremos la aplicación o vigencia de la ley penal pensada en tres ámbitos:
considerando su aplicación espacial, en el tiempo y respecto de las personas.
Finalmente, la extradición será auscultada como un medio que contribuye a la represión
de los delincuentes que delinquen en un Estado, pero que fugan a otro antes de ser
aprehendidos por la justicia.
UNIDAD 3
LA LEY PENAL
Sistema de Educación a Distancia
50
MAPA CONCEPTUAL
OBJETIVOS GENERALES
 Identificar las características de la ley penal para diferenciarlas de otras normas no
penales.
 Señalar hasta dónde y cómo puede aplicarse la ley penal en el tiempo, en el espacio
y respecto a las personas.
 Describir los principios que se aplican cuando un Estado pide a otro Estado la
extradición de un delincuente.
La Ley Penal
Características
- Constitucional
- Exclusiva
- Obligatoria
- Irrefragable
- Igualitaria
Clasificación Interpretación Aplicación
- Por su estructura:
Leyes penales
permanentes y
temporarias
- Por su especialidad:
Leyes penales
generales y
especiales
- Por la sanción:
Leyes penales
determinadas e
indeterminadas
- Según su
interpretación:
Lógica, gramatical y
analógica
- Según su origen:
Legal, judicial y
doctrinal
- Según su resultado:
Declarativa, extensiva,
restrictiva y progresiva
- Con relación al tiempo
- Con relación al espacio
- Con relación a las
personas
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
51
DESARROLLO DEL CONTENIDO:
ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
Previo al análisis de la ley penal, debemos estudiar las fuentes de las que se nutre el
Derecho Penal, que es la base de origen de la ley penal.
El Derecho Penal es esencialmente legalista, en consecuencia, para la configuración de
conductas u omisiones en delitos sancionados con una pena, requiere previamente la
existencia de una ley que los considere.
Vale decir que este principio básico del derecho penal alcanza niveles constitucionales
en las diferentes legislaciones del mundo.
2. Objetivos específicos
 Describir las características del principio fundamental del Derecho Penal.
 Establecer los límites del principio de legalidad.
3. Desarrollo del tema
3.1. Principio de legalidad y de reserva.-
Para muchos autores existe una diferencia entre el principio de legalidad y el principio
de reserva: otros, en cambio consideran que en realidad son formas distintas de referirse
a la misma cosa; esto es, el principio es el de legalidad o llamado también de reserva.
Los que afirman su sutil diferencia, consideran que el principio de legalidad es aquel
por el cual nadie puede ser sancionado con una pena que no se encuentre previamente
establecida en una ley penal; mientras que el principio de reserva consiste en una
garantía para el individuo en virtud de la cual este puede actuar dentro del ordenamiento
legal permitido, sin que su conducta sea susceptible de pena alguna.
Si bien es difícil encontrar una real diferencia, nosotros consideramos como principio de
legalidad o reserva aquel cuyo origen surge del principio nullum crimen nulla poena
sine lege, esto es, que no hay delito ni pena sin tipo legal penal, principio formulado por
el alemán Anselmo Von Feuerbach, cuyos antecedentes los encontramos el Digesto, y
que fuera recogido por La Carta Magna en 1215 y en La Declaración de los Derechos
del Hombre y del Ciudadano producto de Revolución Francesa.
TEMA 5
FUENTES DEL DERECHO PENAL
Sistema de Educación a Distancia
52
Este principio que se encuentra consagrado en nuestra Constitución Política, permite
afirmar que la ley es la fuente formal única e inmediata del Derecho Penal.
Tal característica del Derecho Penal, excluye las fuentes denominadas mediatas, entre
las que tenemos a la costumbre, que sin embargo algunos la encuentran incluida
indirectamente en las llamadas leyes penales en blanco, la jurisprudencia y la doctrina.
3.2. Leyes penales en blanco.-
Constituye una limitación al principio de legalidad señalado anteriormente y que
consisten en aquellas leyes penales contentivas del precepto, esto es la hipótesis de la
comisión de la conducta ilícita, pero que no tienen la sanción o pena impuesta al
infractor, la misma que se dicta con posterioridad, o se remite a otra legislación presente
o futura. Asimismo con leyes penales en blanco o abiertos aquellos que, a la inversa,
tienen sanción, pero que su precepto se dicta posteriormente o se remite a otra
legislación presente o futura.
Tales leyes penales en blanco o abiertas, cuya denominación corresponde al penalista
alemán Carlos Binding, que son incompletas en su origen, posteriormente completadas,
no se las considera normas imperfectas, puesto que se tratan solamente de normas de
reenvío a otros artículos del mismo cuerpo legal o distinto cuerpo legal para su
integración precepto – sanción y que surja en virtud del principio de economía
legislativa.
3.3. La analogía en materia penal.-
En materia penal, la analogía puede ser de dos tipos:
a) Aquella en la que el juez aplica una norma penal a falta de regulación punitiva
de una conducta similar a la conducta contenida en aquellos, esto es, aplicación
analógica hecho por el juez considerando que si el legislado lo hubiere
considerado, hubiera impuesto la misma pena por una conducta similar, pero no
idéntica a la que ya contiene la norma penal que aplicó analógicamente, siendo
esta analogía la legal, la misma que está permitida en derecho civil.
b) La analogía jurídica, que consiste en que el juez aplica una norma inexistente a
un caso no regulado, esto es, crea la norma penal para aplicarla al caso que
juzga; alegando interpretación del espíritu de la ley.
L a analogía en cualquiera de sus tipos no es admitida en materia penal, toda vez que su
existencia transgrediría el principio de legalidad o reserva del Derecho Penal.
4. Orientaciones específicas para el estudio
Se deberá consultar la Constitución Política de la República del Ecuador como apoyo
jurídico al principio de legalidad, específicamente el Titulo III, Capítulo 2, que trata de
los derechos civiles.
El alumno también podrá, consultar este postulado recogido asimismo en el Código
Penal ecuatoriano, en su Titulo I, Capítulo Único, que hace referencia a la Ley Penal.
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53
5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a los siguientes enunciados:
1. Una pena puede ser impuesta aunque no se encuentre previamente
establecida en una ley. ( )
2. El principio de legalidad fue formulado por Feuerbach. ( )
3. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano no aportó
para la constitución del principio de legalidad. ( )
4. El principio de legalidad es también de carácter constitucional.
5. La costumbre constituye una fuente directa del Derecho Penal. ( )
6. Las leyes penales en blanco pueden considerarse como una limitación
al principio de legalidad. ( )
7. Las leyes penales abiertas son diferentes a las leyes penales en blanco. ( )
8. Las leyes penales en blanco son consideradas normas incompletas. ( )
9. La analogía es la principal fuente del Derecho Penal. ( )
10. La analogía puede ser legal y jurídica. ( )
1. F
2. V
3. F
4. V
5. F
6. V
7. F
8. V
9. F
10. V
SOLUCIONARIO
¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté
convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el
SOLUCIONARIO que está a continuación.
Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes
para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
Sistema de Educación a Distancia
54
ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
La ley penal surge como facultad represiva del Estado, imponiéndose sobre aquellos
individuos que actúan al margen de sus disposiciones en evidente transgresión a un bien
jurídico penalmente protegido.
El Estado sanciona a estos individuos infractores porque está obligado a preservar la paz
social, la misma que se ve alterada cuando se lesionan bienes jurídicos tutelados por la
ley penal.
Las posibles acciones u omisiones ilícitas de un individuo son recogidas por la ley
penal, la misma que puede revestir diferentes clases a causa de la elevada posibilidad
de infracciones que un individuo puede cometer.
A continuación señalaremos las características y tipos de leyes penales.
2. Objetivos específicos
 Considerar la importancia de los caracteres de la ley penal para asimilarlos con
mayor facilidad.
 Establecer las clases de leyes penales según la doctrina.
3. Desarrollo del tema
3.1. Características de la ley penal.-
Podemos mencionar las siguientes características de la ley penal:
a) Constitucional: puesto que debe encontrarse sujeta a las disposiciones
constitucionales que son el pilar fundamental de todo ordenamiento jurídico,
caso contrario perderían eficacia y validez jurídica.
b) Exclusiva: en virtud del principio de legalidad del Derecho Penal, solo la ley
penal puede configurar hechos ilícitos como delitos y aplicarles las sanciones
pertenecientes.
TEMA 6
CARACTERÍSTICAS Y CLASIFICACIÓN
DE LA LEY PENAL
Teoria penal i
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Teoria penal i

  • 1. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 1 Introducción.................................................................................................................9 Requisitos de la asignatura ........................................................................................11 Objetivos generales de la asignatura .........................................................................11 Contenido ..................................................................................................................13 Bibliografía................................................................................................................15 Consideraciones generales para el aprendizaje .........................................................17 UNIDAD 1 ASPECTOS GENERALES Introducción ............................................................................................................19 Mapa conceptual .......................................................................................................20 Objetivos específicos ...............................................................................................20 Tema 1: CONCEPTO DE DERECHO PENAL 1. Introducción ............................................................................................21 2. Objetivos específicos ..............................................................................21 3. Desarrollo del tema .................................................................................22 4. Orientaciones específicas para el estudio ..............................................23 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) ........................................24 Solucionario Tema 2 DERECHO PENAL Y DEMÁS CIENCIAS AFINES 1. Introducción ............................................................................................25 2. Objetivos específicos ..............................................................................25 3. Desarrollo del tema ................................................................................25 4. Orientaciones específicas para el estudio ..............................................31 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) ........................................32 Solucionario Actividades de reflexión e indagación ....................................................................33 ÍNDICE PRIMER PARCIAL
  • 2. Sistema de Educación a Distancia 2 UNIDAD 2 EVOLUCIÓN HISTÓRICO – CONCEPTUAL DEL DERECHO PENAL Introducción ........................................................................................................ 35 Mapa conceptual ................................................................................................... 36 Objetivos específicos ............................................................................................ 36 Tema 3 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO PENAL 1. Introducción ........................................................................................ 37 2. Objetivos específicos .......................................................................... 37 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 37 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 40 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 41 Solucionario Tema 4 LAS ESCUELAS PENALES 1. Introducción ........................................................................................ 42 2. Objetivos específicos .......................................................................... 42 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 42 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 46 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 47 Solucionario Actividades de reflexión e indagación ................................................................ 48 UNIDAD 3 LA LEY PENAL Introducción ........................................................................................................ 49 Mapa conceptual ................................................................................................... 50 Objetivos específicos ............................................................................................ 50 Tema 5 FUENTES DEL DERECHO PENAL 1. Introducción ........................................................................................ 51 2. Objetivos específicos .......................................................................... 51 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 51 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 52 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 53 Solucionario
  • 3. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 3 Tema 6 CARACTERÍSTICAS Y CLASIFICACIÓN DE LA LEY PENAL 1. Introducción ........................................................................................ 54 2. Objetivos específicos .......................................................................... 54 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 54 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 56 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 57 Solucionario Tema 7 INTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL 1. Introducción ........................................................................................ 58 2. Objetivos específicos .......................................................................... 58 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 58 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 60 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 61 Solucionario Tema 8 APLICACIÓN DE LA LEY PENAL 1. Introducción ........................................................................................ 62 2. Objetivos específicos .......................................................................... 62 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 62 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 66 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 66 Solucionario Tema 9 LA EXTRADICIÓN 1. Introducción ........................................................................................ 68 2. Objetivos específicos .......................................................................... 68 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 68 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 70 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 71 Solucionario Actividades de reflexión e indagación ................................................................ 72
  • 4. Sistema de Educación a Distancia 4 UNIDAD 4 EL DELITO Introducción ........................................................................................................ 73 Mapa conceptual ................................................................................................... 74 Objetivos específicos ............................................................................................ 74 Tema 10 EVOLUCIÓN Y CONCEPTO DE DELITO 1. Introducción ........................................................................................ 75 2. Objetivos específicos .......................................................................... 75 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 75 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 77 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 78 Solucionario Tema 11 LA ACCIÓN 1. Introducción ........................................................................................ 79 2. Objetivos específicos .......................................................................... 79 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 79 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 82 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 83 Solucionario Tema 12 LA TIPICIDAD 1. Introducción ........................................................................................ 84 2. Objetivos específicos .......................................................................... 84 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 84 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 88 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 89 Solucionario Tema 13 LA ANTIJURIDICIDAD 1. Introducción ........................................................................................ 90 2. Objetivos específicos .......................................................................... 90 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 90 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 97 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 98 Solucionario
  • 5. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 5 Tema 14 LA CULPABILIDAD 1. Introducción ...................................................................................... 100 2. Objetivos específicos ........................................................................ 100 3. Desarrollo del tema ........................................................................... 100 4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 110 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 111 Solucionario Tema 15 LA PENA 1. Introducción ...................................................................................... 113 2. Objetivos específicos ........................................................................ 113 3. Desarrollo del tema ........................................................................... 113 4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 116 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 117 Solucionario Actividades de reflexión e indagación .............................................................. 118
  • 6. Sistema de Educación a Distancia 6 Contenido ............................................................................................................ 121 Bibliografía.......................................................................................................... 123 Consideraciones generales para el aprendizaje ................................................... 125 UNIDAD 5 PROCESO DE DESARROLLO DEL DELITO Introducción ...................................................................................................... 127 Mapa conceptual ................................................................................................. 128 Objetivos específicos ......................................................................................... 128 Tema 16 EL ITER CRIMINIS 1. Introducción ...................................................................................... 129 2. Objetivos específicos ........................................................................ 129 3. Desarrollo del tema ........................................................................... 129 4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 135 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 136 Solucionario Tema 17 CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS 1. Introducción ...................................................................................... 137 2. Objetivos específicos ........................................................................ 137 3. Desarrollo del tema ........................................................................... 137 4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 140 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 141 Solucionario Tema 18 CONCURSO DE DELITOS 1. Introducción ...................................................................................... 142 2. Objetivos específicos ........................................................................ 142 3. Desarrollo del tema ........................................................................... 142 4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 145 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 146 Solucionario Actividades de reflexión e indagación .............................................................. 148 SEGUNDO PARCIAL
  • 7. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 7 UNIDAD 6 LA RESPONSABILIDAD PENAL Introducción ...................................................................................................... 151 Mapa conceptual ................................................................................................. 152 Objetivos específicos ......................................................................................... 152 Tema 19 LA PARTICIPACIÓN CRIMINAL 1. Introducción ...................................................................................... 153 2. Objetivos específicos ........................................................................ 153 3. Desarrollo del tema .......................................................................... 153 4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 158 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 159 Solucionario Tema 20 CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL 1. Introducción ...................................................................................... 161 2. Objetivos específicos ........................................................................ 161 3. Desarrollo del tema ........................................................................... 161 4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 166 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 167 Solucionario Tema 21 EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL 1. Introducción ...................................................................................... 169 2. Objetivos específicos ........................................................................ 169 3. Desarrollo del tema ........................................................................... 169 4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 173 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 174 Solucionario Tema 22 LA REPARACIÓN DE DAÑOS 1. Introducción ...................................................................................... 175 2. Objetivos específicos ........................................................................ 175 3. Desarrollo del tema .......................................................................... 175 4. Orientaciones específicas para el estudio ........................................ 177 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................. 178 Solucionario Actividades de reflexión e indagación .............................................................. 180 GLOSARIO........................................................................................................ 181 ANEXO............................................................................................................... 183
  • 8. Sistema de Educación a Distancia 8
  • 9. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 9 INTRODUCCIÓN La materia que trataremos nos permitirá adentrarnos a una de las más interesantes ramas del Derecho, que procura que los hombres actúen adecuadamente, respetando los bienes jurídicos ajenos, el Derecho Penal. Cuando se altera el orden social, producto de una acción transgresora de un bien jurídico penalmente protegido (como la propiedad o la vida), acción esta que además se adecua en una norma o tipo penal, es antijurídica y culpable, entra entonces el Derecho Penal a imponer al sujeto culpable una pena por su conducta ya transformada en delito. El Derecho Penal puede ser confundido con la ley penal, cosa que no puede sostenerse, a pesar de que se considere deben ir de la mano, toda vez que el Derecho Penal es una ciencia jurídica que se desprende del Derecho Público, mientras que la ley penal es el acto del poder político - represivo del Estado. Nuestro trabajo lo iniciaremos con el concepto del Derecho Penal, para luego conocer sus relaciones con otras ciencias jurídicas y no jurídicas, tratados en la unidad 1. Posteriormente, ya en la unidad 2, repasaremos la evolución del Derecho Penal y los principios que aportaron al mismo las principales escuelas penales, entre las que podemos destacar la Escuela Clásica y la Escuela Positiva. Entrando a la unidad 3, revisaremos las fuentes del derecho penal, entre las que se encuentra el principio de la legalidad, para continuar con la clasificación, interpretación y aplicación de las leyes penales. Terminaremos esta unidad con el estudio de la institución de la extradición. Al acercarnos a la siguiente unidad, nos encontramos con la teoría del delito, ante lo cual conoceremos la evolución del mismo, así como sus principales elementos: la acción, la tipicidad, la antijuridicidad, la culpabilidad y la pena. Amerita destacar que sin la concurrencia de los elementos antes referidos, no podría decirse que nos encontramos ante un delito, pese a que se discute la calidad de la pena como uno de sus elementos puesto que se considera más bien como una de sus consecuencias, además de estudiarse en la teoría de la sanción. Al pasar a la unidad 5, podremos hablar del proceso del delito y las diferentes formas que puede revestir.
  • 10. Sistema de Educación a Distancia 10 Finalmente, en la última unidad del presente trabajo, consideraremos la responsabilidad penal en la cual veremos la participación criminal, para lo cual determinaremos los conceptos de autor, cómplice y encubridor. Luego pasaremos a revisar las circunstancias atenuantes y agravantes que modifican la responsabilidad penal, para finalmente terminar, ingresando brevemente a la teoría de la sanción, con el análisis de la extinción de la responsabilidad penal y con la reparación de los daños causados por el delito. No está de más destacar que el presente Texto-Guía servirá para introducir a las personas que se inicien en el estudio de esta materia con un modesto aporte para enriquecer su cultura jurídica y una herramienta para su enriquecimiento académico.
  • 11. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 11 REQUISITOS PARA LA ASIGNATURA  El presente Texto-Guía de Teoría Penal requiere del alumno mucha concentración y atención en los conceptos y clasificaciones que se presentarán, los que constituyen un apoyo ideológico - jurídico de ingreso al vasto campo del Derecho Penal.  Importa también que el estudiante revise la aplicación de los conceptos en la práctica con el objeto de facilitar su comprensión.  El apoyo grupal como intercambio de conocimiento es indispensable para evitar confusiones en el entendimiento de la presente asignatura. OBJETIVOS DE LA ASIGNATURA  Analizar los aspectos principales en los que el Derecho Penal se asienta, estos son: el delincuente, el delito y la pena.  Identificar los principales conceptos que fundan este derecho y sobre los cuales se asienta la mayoría de legislaciones en el mundo.  Determinar la legislación penal vigente con el objeto de que el alumno pueda reconocer los principios aquí estudiados.
  • 12. Sistema de Educación a Distancia 12
  • 13. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 13 CONTENIDOS UNIDAD 1: ASPECTOS GENERALES Tema 1: Concepto de Derecho Penal Tema 2: Derecho Penal y demás ciencias afines UNIDAD 2: EVOLUCIÓN HISTÓRICO – CONCEPTUAL DEL DERECHO PENAL Tema 3: Evolución histórica del Derecho Penal Tema 4: Las escuelas penales UNIDAD 3: LA LEY PENAL Tema 5: Fuentes del Derecho Penal Tema 6: Características y clasificación de la Ley Penal Tema 7: Interpretación de la Ley Penal Tema 8: Aplicación de la Ley Penal Tema 9: La Extradición UNIDAD 4: EL DELITO Tema 10: Evolución y concepto de delito Tema 11: La Acción Tema 12: La Tipicidad Tema 13: La Antijuridicidad Tema 14: La Culpabilidad Tema 15: La Pena PRIMER PARCIAL La Asignatura se ha organizado a partir de los dos parciales. Cuatro unidades que contienen 15 temas, deberán ser trabajadas en el espacio académico denominado “Primer Parcial”. El Segundo Parcial cuenta con otras dos unidades.
  • 14. Sistema de Educación a Distancia 14
  • 15. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 15 BIBLIOGRAFÍA Básica Estrada Z. Juan Pablo, Licenciado en Ciencias Políticas, Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República., Catedrático de Derecho Civil Obligaciones. Universidad Metropolitana de Guayaquil. Complementaria Presentamos a continuación una bibliografía complementaria especialmente recomendada  Bacigalupo, Enrique. “Derecho Penal”, Parte General. Buenos Aires - Argentina, Editorial Hammurabi, 1999.  Biblioteca Clásicos del Derecho, Primera Serie, Volumen 7, “Lecciones de Derecho Penal”, Jiménez de Asúa, Luis, Oxford University Press, México, D.F., 1999.  Biblioteca Clásicos del Derecho, Primera Serie, Volumen 3, “Derecho Penal”. Carrara, Francesco, Oxford University Press, México, D.F., 1999.  Cabanellas, Guillermo, “Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual”. Tomos III y VI, Buenos Aires - Argentina, Editorial Heliasta1989.  Cabanellas de Torres, Guillermo, “Diccionario Jurídico Elemental”. Buenos Aires - Argentina, Editorial Heliasta, 1993.  Código Penal ecuatoriano, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2006.  Código de Procedimiento Penal ecuatoriano, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2006.  Constitución Política de la República del Ecuador, Corporación de Estudios y Publicaciones, 2006.  Creus, Carlos. “Derecho Penal”, Parte Genera. Buenos Aires - Argentina, Editorial Astrea, 1988.  “Enciclopedia Jurídica Omeba”, Tomos VII, XXII y XXVI. Buenos Aires - Argentina, Editorial Driskill, 1986. Estos Apuntes personales que constituyen el texto central de estudio se han estructurado pensando en el estudiante a distancia.; junto a la bibliografía complementaria y el seguimiento en las tutorías, además de su deseo de estudiar le garantizamos éxito en su aprendizaje.
  • 16. Sistema de Educación a Distancia 16  Labatut Glena, Gustavo. “Derecho Penal”, Tomo I. Santiago - Chile, Editorial Jurídica de Chile, Novena Edición, 1989.  Welzel, Hans, “Derecho Penal”. Buenos Aires - Argentina, Editorial Roque de Palma, 1956.  Zaffaroni, Eugenio Raúl, “Derecho Penal”, Parte General. Buenos Aires - Argentina, Editorial Ediar, 2000.  Zambrano Pasquel, Alfonso. “Manual de Derecho Penal”. Guayaquil - Ecuador, Editorial Edino, Segunda Edición, 1998.
  • 17. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 17 CONSIDERACIONES GENERALES PARA EL APRENDIZAJE EN LA EDUCACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA PROPICIAR UN APRENDIZAJE AUTÓNOMO Y LIGADO A LA EXPERIENCIA. 1 Es notable el avance de las Ciencias de la Educación que posibilita una planificación cuidadosa de la utilización de recursos y una metodología que, privada de la presencia directa del profesor, potencia el trabajo independiente y por ello la individualización del aprendizaje. Así, la profundización y perfeccionamiento de los sistemas individualizados de enseñanza, han potenciado esta modalidad de enseñanza- aprendizaje con rasgos definidos aplicables a sectores determinados del universo estudiantil (Peñaiver, 1981: 28). Los sistemas de educación a distancia no sólo pretenden llenar cabezas, sino capacitar y entrenar al estudiante en aprender a aprender y aprender a tecnificarse (Pastrana: 1985:3), forjando su autonomía en cuanto a tiempo, estilo, ritmo y método de aprendizaje, al permitir la toma de conciencia de las propias capacidades y posibilidades para su autoformación. En definitiva, se pretende:  Que el estudiante adquiera actitudes, intereses, valores que le faciliten los mecanismos precisos para regirse a sí mismo, lo que le llevará a responsabilizarse en un aprendizaje permanente.  Convertirlo en sujeto activo de su formación y al profesor en guía y orientador, tratando de superar las deficiencias del sistema presencial tradicional.  Posibilitar un aprendizaje que está ligado fundamentalmente a la experiencia (Dichanz, 1983: 33-46 y Hough, 1984: 7-23) y en contacto inmediato con la vida laboral y social. Comprende a una población de adultos, en buena parte activos laboralmente, que desean perfeccionarse, al disponer de un tiempo, aunque sea escaso, para el estudio, rompiendo así los clásicos moldes de educación formal institucionalizada. La educación a distancia no es sólo aprender de lejos; supone la no separación del individuo de su medio para convertirlo así en propio factor de educación (Cirigliano, 1983: 20-21)  Fomentar el logro de una independencia de criterio, capacidad para pensar, trabajar y decidir por sí mismo y satisfacción por el esfuerzo personal. 1 García Aretio, L. (1989). Para qué la Educación a Distancia. http://www.uned.es/catedraunesco- ead/articulos/1989/para%20que%20la%20educacion%20a%20distancia.pdf Lea con atención la siguiente información que contribuirá a conceptualizar uno de los objetivos fundamentales de la Educación a Distancia como es generar el aprendizaje autónomo e independiente que apoyado en las nuevas tecnologías de la comunicación enriquecen el proceso de enseñanza aprendizaje.
  • 18. Sistema de Educación a Distancia 18 USOS Y REPERCUSIONES DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA EDUCACIÓN 2 Las nuevas tecnologías constituyen una nueva plataforma para acercar la formación a las personas. Estamos de acuerdo con Carlos Marcelo, quien señala que la formación “es una necesidad de las personas y de las empresas. No hay opción de mantenerse al margen de la evolución de los saberes, salvo en el caso de ocupaciones artesanales donde la tradición pesa más que la innovación. Y aún en este caso, los medios tecnológicos resultan ya imprescindibles en la gestión y comercialización de los productos”. Las nuevas tecnologías hacen posible formas alternativas de trabajo escolar y han supuesto un cambio en la interactividad, es decir, en cómo nos comunicamos. ¿Por qué y para qué utilizar internet en el ámbito de la educación? Lo realmente importante es encontrar una información refinada y útil para el usuario dentro de ese mar de datos y mido que la red alimenta. En este sentido la calidad está determinada por la facilidad y velocidad de acceso, la actualidad, la precisión y la confiabilidad. En todo proceso de búsqueda es indispensable llevar a cabo un análisis crítico de las fuentes de información, comprobando su exactitud, su credibilidad, el tipo de destinatario pretendido, la objetividad de los contenidos, el tipo de cobertura, el estilo y la facilidad de uso. Cuando un grupo de alumnos muestra interés por un tema muy específico y sobre el que no hay muchos recursos se puede recurrir a otra aplicación que es el intercambio entre personas, aplicación que también es extensible a comunidades docentes que sufran un cierto aislamiento, pero que comparten inquietudes comunes. Además, el desarrollo de proyectos colectivos permite a los estudiantes intercambiar datos sobre su medio ambiente o sobre las semejanzas y diferencias culturales entre sus comunidades. Probablemente una de las aplicaciones educativas más interesantes de Internet es el aprendizaje autónomo. La primera manifestación de esta aplicación es la enseñanza a distancia, cuyos orígenes se remontan a finales del siglo XIX. La enseñanza a distancia ha ido incorporando los nuevos medios técnicos que iban apareciendo y en este sentido internet ofrece algunas ventajas para satisfacer más eficazmente los nuevos requerimientos de la educación. Junto a la enseñanza hay otros servicios que pueden ser útiles para el aprendizaje autónomo: los foros, las sesiones de chat y las listas de correo. Existe una cierta tendencia a pensar que internet se convertirá en el medio de comunicación por excelencia, quedando los medios tradicionales relegados a la categoría de piezas de museo o, en el mejor de los casos, a la de instrumentos de uso marginal. En el ámbito específico de la comunicación educativa no cabe duda de que internet cobrará mayor importancia, pero no dejará de ser un instrumento entre otros, que seguirán siendo imprescindibles para la educación y la transmisión de conocimiento. 2 www.campusred.net/forouniversitario/pdfs/comunicaciones/documentacion/M_Angeles_Cruz_Camara.pdf
  • 19. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 19 ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES INTRODUCCIÓN La presente unidad nos permitirá conocer el significado del Derecho Penal y sus diferentes denominaciones, definición esta que constituye la puerta principal al inicio del estudio de cualquier asignatura. Considerar que el Derecho Penal sólo regula los delitos imponiendo a estos su respectiva pena, es una definición incompleta y equivocada, puesto que no se puede reprimir delitos sin haber establecido previamente cuáles son las acciones ilícitas que se consideradas delictivas. En consecuencia, el Derecho Penal fija, en primer lugar, los bienes jurídicos que deben ser protegidos penalmente, como la vida, el honor, etc., y sobre dichos principios configura los delitos y establece la pena que a cada uno de ellos le corresponde, estableciéndolos en la ley penal. De ahí el aforismo de que no hay delito ni hay pena si no existe previamente una ley que los establezca. También conoceremos en esta unidad los caracteres del Derecho Penal. Finalmente, revisaremos las relaciones del Derecho Penal con otras ciencias y disciplinas que nos permitirán determinar el desenvolvimiento del Derecho Penal, así como las materias autónomas de las que se nutre mutuamente para su desarrollo. UNIDAD 1 ASPECTOS GENERALES
  • 20. Sistema de Educación a Distancia 20 MAPA CONCEPTUAL OBJETIVOS GENERALES  Conceptualizar lo que es el Derecho Penal y establecer sus diversas definiciones.  Analizar las características del Derecho Penal para poder diferenciarlo de las diferentes ramas del derecho.  Identificar las relaciones del Derecho Penal con otras ciencias jurídicas y no jurídicas. Aspectos Generales Características del Derecho Penal - Público - Finalista - Sancionados - Normativo - Valorativo - Complementario - Judicialmente realizable Derecho Penal Ciencias afines Ciencias del crimen Otras ramas del Derecho Ciencias auxiliares - Filosofía - Moral - Historia - Sociología - Criminología - Penología - Victimología - Política criminal - D. Constitucional - D. Civil - D. Administrativo - D. Internacional - D. Procesal Penal - Estadística Criminal - Medicina Legal - Criminalística - Psiquiatría Forense
  • 21. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 21 DESARROLLO DEL CONTENIDO: ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES 1. Introducción El Derecho Penal puede ser enfocado desde varios puntos de vista: como una ciencia; apreciado como Derecho Penal objetivo; y como Derecho Penal subjetivo. Desde el punto de vista científico, el Derecho Penal es una rama del saber jurídico contentiva de un sistema de principios relacionados con el delito, los infractores de la norma penal y con las medidas adoptadas para la reparación del daño social. Considerado como Derecho Penal objetivo constituye el conjunto de normas jurídicas que regulan la intención delictiva del delincuente, tomando en cuenta esta conducta transgresora de la norma penal, el delito en sí mismo considerado y la sanción que se impone por la comisión del ilícito. Finalmente, visto como Derecho Penal subjetivo importa la facultad del estado de castigar (jus puniendi), aplicando sanciones a los delitos que tipifica a través de la función legislativa. Por otro lado, hay tratadistas como Eugenio Zaffaroni que ven el Derecho Penal desde dos puntos de vista: Como Derecho Penal de autor, y como Derecho Penal de acto o resultado. En el primero se considera la conducta ilícita del delincuente, su intención delictiva, viendo al infractor como un enfermo moral, por lo que incluso considera actos preparatorios y de tentativa como tipos penales. Este Derecho Penal de autor se asemeja al objetivo que vimos anteriormente. En cuanto al Derecho Penal de acto o resultado, este considera al delito como un producto de una conducta que causa una lesión efectiva a un bien jurídico, retribuyéndole el daño causado por el delincuente según su grado de responsabilidad, todo lo cual lo asimila al Derecho Penal subjetivo. Con una noción del Derecho Penal, podemos analizar las diversas definiciones del Derecho Penal, así como sus características. 2. Objetivos específicos  Definir qué es derecho y establecer sus caracteres para iniciar el estudio con bases fundamentales.  Determinar las semejanzas y diferencias con otras ciencias con las cuales interactúa en su desenvolvimiento. TEMA 1 CONCEPTO DE DERECHO PENAL
  • 22. Sistema de Educación a Distancia 22 3. Desarrollo del tema Denominación del Derecho Penal.- Los tratadistas le han dado a través de las distintas épocas históricas diversas denominaciones. En obras de origen latín se apreciaba la utilización de la expresión “jus criminale” para referirse al Derecho Penal. Pero más comúnmente se la tomaba de la calificación que se le daba al hecho delictuoso al referirse a “maleficium” en la obra de Alberto Gandino del siglo XVI. En Alemania fue llamado “Peinliches Becht” por unos tratadistas, mientras que otros autores como Savigny y Zumpft la llamaron “Kriminalrecht”. En la actualidad la denominan en Alemania “Strafrecht”. En Italia, por otro lado se denominó al Derecho Penal como “Diritto Criminale” por tratadistas como Francesco Carrara y Francesco Mori. Otros autores italianos como Enrico Pessina y Francesco Arabia lo llamaron “Diritto Penale”. A partir del siglo XVIII tanto los franceses, italianos y alemanes utilizaban tanto la voz criminal como la voz penal para referirse al Derecho Penal. Por otro lado, en el siglo XIX en España se lo denominó “Derecho Penal”, siendo esta denominación la que hasta la actualidad la utilizan la mayoría de los tratadistas. También podemos mencionar otras denominaciones poco convencionales que se le dio al Derecho Penal. Entre estas tenemos la de “derecho represivo” por el tratadista italiano Ferdinando Puglia, así como la de “derecho protector de los criminales” denominación propuesta por Dorado Montero y finalmente como “derecho de defensa social” por el autor cubano Agustín Martínez. Definiciones.- Para Carlos Creus el Derecho Penal es el “conjunto de leyes o normas que describen delitos mediante la asignación de una pena delimitando la circunstancia de su realización, tendiendo a intensificar en esos casos la protección de bienes jurídicos mediante la acentuación de su prevención, delimitando a la vez la potestad del estado de castigar con la pena, al determinar cuáles son las conductas ilícitas “prohibidas punibles”. Según Luis Jiménez de Asúa, el Derecho Penal es el conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora”. Conforme lo mencionado por el tratadista Ricardo Nuñez, el Derecho Penal es “una rama del derecho que regula la potestad pública de castigar y aplicar medidas de seguridad a los autores de infracciones punibles”.
  • 23. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 23 Podemos terminar dando una definición propia, afirmando que el derecho penal es un conjunto de normas jurídicas encaminadas a la protección de los bienes jurídicos de los hombres, mediante imposición de una pena a los autores que ajusten su conducta a un tipo penal (delito) previamente establecido por el estado a través de su función legislativa. Caracteres.- El Derecho Penal tiene las siguientes características: a) Es un derecho público: Puesto que sus normas son de orden público, esto es, de cumplimiento obligatorio diferenciándolo del derecho privado, son irrenunciables e inmodificables por la simple voluntad de las partes, que procesalmente pueden ser: imputado, acusador, ofendido, fiscal y juez penal. b) Es un derecho complementario: El legislador ante la necesidad de proteger un bien jurídico y en virtud de que otra clase de sanciones no bastan para su debida protección, instaura una pena frente a la infracción. c) Es un derecho normativo: Su validez científica se exterioriza a través de la expedición de normas jurídicas penales contentivos de delitos y sancionados penalmente. d) Es un derecho valorativo: Al ser normativo, necesariamente se ha efectuado juicios de valor previos para la determinación de conductas típicas y antijurídicas merecedoras de una pena. e) Es un derecho sancionador: El carácter normativo antedicho tiene el efecto de imponer una pena ante la comisión de un delito, que como dijimos nace de la ley penal. f) Es finalista: Las normas jurídicas procuran que los seres humanos vivan ordenada y pacíficamente como miembros de la sociedad. g) Realizable judicialmente: Que se desprende del carácter de derecho público, son solamente los tribunales penales competentes los que pueden emitir una sentencia con la imposición de una pena al autor de un delito, no pudiendo ser aplicado por otro órgano por la sola voluntad de las partes. 4. Orientaciones específicas para el estudio Compare otras definiciones del derecho penal establecidas en diferentes diccionarios y enciclopedias para inducir a la memoria a retener el objeto principal de la presente materia.
  • 24. Sistema de Educación a Distancia 24 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a los siguientes enunciados: 1. En Italia el Derecho Penal se denominó Diritto Criminale. ( ) 2. Al Derecho Penal se lo denomina también como Derecho Protector de Criminales. ( ) 3. El Derecho Penal se encamina exclusivamente a la represión de los delitos mediante la imposición de una pena. ( ) 4. El Derecho Penal es de orden privado. ( ) 5. Las normas del derecho penal procuran establecer el orden y la paz entre los miembros de la sociedad. ( ) 6. El derecho penal tiene un carácter sancionador. ( ) 7. Cualquier autoridad pública puede emitir una sentencia con la imposición de una pena. ( ) 8. Las normas del Derecho Penal pueden ser modificadas por la voluntad de las partes. ( ) 9. El Derecho Penal regula también la facultad represiva del Estado. ( ) 10. El Derecho Penal es de carácter normativo. ( ) 1. V 2. V 3. F 4. F 5. V 6. V 7. F 8. F 9. V 10. V SOLUCIONARIO ¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el SOLUCIONARIO que está a continuación. Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
  • 25. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 25 ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES 1. Introducción El Derecho Penal, al igual que las diferentes ramas del Derecho, no pudo surgir sin el apoyo ideológico de otras ciencias que incluso se entremezclaban, pero que con el avance de la civilización fueron adquiriendo su independencia científica. Es importante analizar al Derecho Penal en sus relaciones con otras ciencias en virtud de su convergencia científica. Además, vale recordar que además del Derecho Penal, existen otras ciencias que no tienen corte jurídico pero que sin embargo estudian el delito, al delincuente y a la pena desde diversos ángulos. 2. Objetivos específicos  Identificar los elementos que otras ciencias afines han aportado al derecho penal para su desarrollo evolutivo.  Señalar las ciencias de las que el derecho penal se sirve para el cumplimiento de sus fines. 3. Desarrollo del tema 3.1. El Derecho Penal y su relación con otras ciencias.- 3.1.1. Filosofía y Derecho Penal.- Siendo la filosofía una ciencia que estudia la esencia, propiedades, causa y efecto de los casos, aporta al Derecho Penal la facultad de investigar sus fundamentos y caracteres, valorado con un ideal de justicia y razón. 3.1.2. Moral y Derecho Penal.- La moral está constituida por el conjunto de valores con los cuales los seres humanos deben actuar, importando al Derecho Penal la conducta del hombre con sus semejantes cuando esta encaja en un tipo penal. Al Derecho Penal no le incumbe la moral relacionada con Dios ni la moral individual de cada persona, sino la moral social de los hombres, referida a la conducta que mantiene con el resto de la sociedad, pero aplicando sanciones de mayor gravedad al infractor que una simple reprobación social. TEMA 2 DERECHO PENAL Y DEMÁS CIENCIAS AFINES
  • 26. Sistema de Educación a Distancia 26 3.1.3. Historia y Derecho Penal.- La historia permite al Derecho Penal conocer su desarrollo en el tiempo, permitiendo dar explicaciones al cambio de las normas penales. La historia del Derecho Penal determina las causas de la evolución de las instituciones penales, analizando los acontecimientos pasados. 3.1.4. Sociología y Derecho Penal.- La importancia de la sociología en el Derecho Penal permite a este considerar el comportamiento de las personas, sus relaciones y motivaciones en sociedad, lo cual permite construir las conductas antijurídicas que causan daño a la sociedad y las transforma en delitos a los que impone una pena. 3.2. Derecho Penal y otras ciencias relativas al crimen.- 3.2.1. La Criminología.- La criminología estudia el aspecto biológico y social del delincuente, analizando las causas de la delincuencia y del delito, mientras que el Derecho Penal solo se dedica al estudio jurídico del delito del delincuente y de la pena, siendo su finalidad el estudio de conductas criminales que se ajustan a normas penales. La criminología se divide en otras ciencias que la componen: a) Antropología y biología criminal: Surgida en el siglo XIX por su creador César Lombroso, un médico italiano que se dedicó a investigar a los delincuentes en las cárceles y manicomios italianos de su época. Fruto de estas investigaciones surge la antropología criminal, que se dedica al estudio de la constitución física, funcional y psíquica del delincuente. Lombroso hablaba del delincuente congénito, como aquel que estaba predeterminada su conducta para delinquir y que es distinto a los demás por sus características corporales y psíquicas. Sin embargo, algunos autores consideran que la antropología criminal no es una ciencia perteneciente a la criminología, ni tampoco una disciplina, sino que es simplemente un aspecto de la investigación criminológica, más no una parte de la criminología. En especial, se refiere a que no hay causas criminales naturales privativas del delincuente. Actualmente, no pudiendo sostener la doctrina de Lombroso respecto a la existencia de un delincuente criminal nato, se ha sembrado con ella la denominada biología criminal, que consiste en que existen individuos que inclinados a delinquir en virtud de su constitución, tomando en cuenta otras ciencias biológicas que apoyan tal afirmación como la endocrinología que estudia la influencia de las hormonas en el temperamento y el carácter del ser humano, así como la biotipología que estudia al ser humano integralmente considerado, esto es, en su aspecto morfológico, funcional y psíquico.
  • 27. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 27 b) Psicología criminal: Es una rama de la psicología dedicada al estudio de los actos, procesos y fenómenos psíquicos relacionados con el delito y del delincuente. Se atribuye su creación al médico francés Pinel en el siglo XIX. Alberto Millán clasificaba a los delincuentes mediante tipos criminológicos de autor diciendo que existían el modelo disposicional, el caracterológico y el sociológico. En el modelo disposicional, se incluía al sujeto con raíces biológicas - hereditarias genotípicas que potencialmente lo llevarían a delinquir; en el segundo tipo, el caracterológico de autor, se consideraba al infractor con anomalías de carácter sin características patológicas; y, en el tipo sociológico de autor, Millán incluía al delincuente influenciado por el mundo circundante y a sus circunstancias. La psicología moderna no desconoce la naturaleza biológica y sociológica del delincuente, utilizando métodos de observación y experimentación del sujeto infractor. c) Sociología criminal: Es una rama de la sociología cuyo estudio es el delito como fenómeno social y de la pena que se impone como reacción social. Su visión inicial fue concebida por Enrique Ferri a principios del siglo XX, planteando un esquema delictual con factores internos o individuales y externos o colectivos: Los primeros son inherentes a la constitución orgánica del sujeto; mientras que los segundos se refieren al medio social en que el hombre se desenvuelve. Sin embargo, Ferri incluyó erróneamente al Derecho Penal dentro de la sociología criminal. Filippo Grispigni señala que la sociología criminal tiene por objeto la delincuencia considerada como fenómeno de masa. El estudio de los fenómenos sociológicos viene desde la antigüedad. El término sociología sin embargo lo introdujo Augusto Comte en el siglo XIX. Hans Kelsen menciona al homicidio como el más antiguo de los delitos, al referirse a la venganza y dice que el principio de retribución consiste en que aquel que mata debe morir, da comienzo al ordenamiento judicisocial. Por otro lado, en virtud de la sociología criminal aparecieron escuelas sociológicas como la de Lacassagne que afirma que la delincuencia es producto del medio circundante, así como la escuela alemana de Franz Von Liszt que manifiesta que las causas antropológicas quedan subordinadas a las causas sociales en la configuración del delito. 3.2.2. Penología.- Ciencia relacionada con la criminología, pero independiente de esta, es aquella que se encarga del estudio e investigación de la aplicación de las penas impuestas judicialmente en sus facetas reales y sirviendo como apoyo al derecho carcelario o Derecho Penal ejecutivo.
  • 28. Sistema de Educación a Distancia 28 El filántropo inglés John Howard inició una etapa de la penología mediante la instauración de un movimiento penológico que logró abolir las penas de tormentos, sustituyendolas por tratamientos humanitarios en cárceles y presidios. La penología moderna cambió el concepto de expiación vindictiva a los de enmienda, corrección y reforma, llegando a cumplir funciones postpenitenciarias con doctrinas resocializadoras del delincuente. Muchos autores como Jiménez de Asúa no le dan el carácter de ciencia, diciendo que la penología forma parte de otras ciencias como lo son el Derecho Penal y el derecho penitenciario, entrando también al campo de la política criminal. 3.2.3. Victimología.- Mientras que la criminología estudia al delincuente, la victimología en cambio se dedica al estudio de los caracteres psicológico – sociales de la víctima como sujeto que sufre las consecuencias del delito. En primer lugar debemos analizar el término víctima, objeto de la victimología. Así pues, víctima es la persona que produce daño por culpa ajena o caso fortuito, importando a la victimología el daño causado por otro y no el producido por la naturaleza. Asimismo, la victimología estudia a la víctima incluyendo tanto al sujeto pasivo del delito como al que en ciertos casos, se constituye en ofendido o damnificado, por ejemplo: si Juan roba una cosa a Pedro pero que pertenecía a José, la victimología entra a analizar tanto la conducta del sujeto pasivo del delito Pedro, como la del ofendido José. Incluso para la victimología el término víctima puede transcender para referirse a aquellos espectadores que sufrieron daños psicológicos al convertirse en espectadores de la perpetración de un delito. Fue Mendelsohn quien en 1956 señaló que la victimología no es una rama de la criminología, sino una ciencia paralela interrelacionada con esta. Muchos autores consideran a la victimología no como una ciencia, sino como una hipótesis de trabajo desde el punto de vista del damnificado. 3.2.4. Política criminal.- Los autores discuten si la política criminal es una ciencia o un arte; así como si es o no una ciencia autónoma del Derecho Penal. Para Franz Von Liszt quien la considera como una ciencia de lucha contra el delito. Según Mezger la política criminal puede entenderse como el uso del Derecho Penal desde el punto de vista de una lucha eficaz contra el delito. La política criminal consiste actualmente en el arte de legislar en materia penal. Se encarga de apoyar bajo sus preceptos la reforma de la legislación penal. Fue en Italia a finales del siglo XVIII que se inició este arte de la política criminal a manos del Marqués de Beccaria. La política criminal analiza las instituciones penales pasadas con el objeto de trasladar el conocimiento científico en las correspondientes reformas de la legislación penal según las necesidades de la sociedad.
  • 29. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 29 3.3. Relación del Derecho Penal con otras ramas del derecho.- 3.3.1. Con el derecho constitucional.- Si bien ambas son ramas del derecho público, es el Derecho Penal el que debe encuadrarse dentro del marco constitucional en virtud del principio de supremacía constitucional. Gracias al avance de la sociedad que incluyó reformas constitucionales relacionadas con la libertad del hombre que fueron desapareciendo ciertos delitos. 3.3.2. Con el derecho civil.- Con el cual el Derecho Penal tiene algunas semejanzas que dieron lugar al surgimiento de tendencias que quisieron incluso agruparlas en un derecho criminal civil. Dichas semejanzas pueden resumirse en las siguientes: a) Tanto el Derecho Penal como el derecho civil utilizan términos similares, como por ejemplo el dolo, la culpa, entre otros, pero en diferentes ángulos. b) De la comisión de un delito surge tanto la acción penal sancionadora del delincuente, como la acción civil reparadora de los daños y perjuicios causados por el mismo; asimismo, encontramos marcadas diferencias entre ambos derechos: - El derecho civil busca la reparación del daño mediante una indemnización que suele traducirse en dinero; en cambio el Derecho Penal importa imponer una sanción al infractor que cometió tal daño. - Fundamento de la anterior diferencia mencionada es que el derecho civil es una rama del derecho privado, mientras que el Derecho Penal, una rama del derecho público. c) En el Derecho Penal cabe el principio de irretroactividad de las leyes penales; en cambio, en el derecho civil cuyas leyes operan para lo venidero, no impide se expidan leyes con carácter retroactivo. d) Entre las fuentes del derecho civil se encuentran, entre otras la ley y la costumbre; en cambio la fuente exclusiva del Derecho Penal es la ley, de ahí el principio “nullum crimen nulla poena sine lege”. 3.3.3. Con el derecho administrativo.- Tanto el Derecho Penal como el derecho administrativo, son ramas del derecho público. El Derecho Penal se nutre de términos propios del derecho administrativo, como el de funcionario público, para incluirlos en tipos penales como el delito de peculado. Siendo el derecho administrativo el que estudia el ejercicio de la función administrativa, puede establecer sanciones administrativas directas como la clausura o la multa, pero no penas, función que corresponde al Derecho Penal, debido a la evolución del derecho administrativo que parte del estado de policía, sin olvidar que el derecho administrativo tiene como soporte los servicios policiales para la prevención de delitos, así como los sistemas carcelarios.
  • 30. Sistema de Educación a Distancia 30 3.3.4. Con el derecho internacional.- Sánchez Bustamante distinguía entre derecho internacional penal y derecho penal internacional, siendo el primero el relativo al derecho internacional público, y el segundo al derecho internacional privado en relación con el Derecho Penal. El Derecho Penal se relaciona con el derecho internacional en cuanto a la aplicación de las penas en relación al espacio determinando la competencia de la jurisdicción nacional penal frente a los extranjeros. Asimismo existe un derecho internacional de los derechos humanos que influye sobre aspectos relacionados al Derecho Penal, como son las personas a quienes se aplican las penas. 3.3.5. Con el derecho procesal penal.- Mantienen una relación de dependencia inseparable para el adecuado desenvolvimiento del estado de derecho. Como decía Mommsen “el Derecho Penal sin el proceso es como un puñal sin hoja”, así pues las normas sustantivas contenidas en el Derecho Penal, solo pueden aplicarse a un caso concreto a través de las normas adjetivas contenidas en el derecho procesal penal. 3.4. Ciencias auxiliares del Derecho Penal.- Entre las principales ciencias auxiliares del Derecho Penal tenemos las siguientes: 3.4.1. Estadística criminal.- Ciencia que mediante la utilización de normas técnicas estudia e identifica numéricamente la delincuencia, permitiendo conocer los tipos de delitos más frecuentes en determinada sociedad, sus causas, así como los efectos producidos a los delincuentes sancionados con la imposición de una pena. 3.4.2. Medicina Legal.- Que se la llamó también medicina pública, social, judicial y forense, hoy se denomina medicina legal. Su aparición data del siglo XVI al promulgarse la legislación Carolina que establecía la intervención obligatoria de un médico en ciertos asuntos judiciales. La medicina legal aporta elementos relacionados con la biología, permitiendo determinar incluso el momento en que se cometieron ciertos delitos, a través de los informes de los peritos – médicos legales. 3.4.3. Psiquiatría forense.- Ciencia que se encarga del estudio de las anomalías psíquicas que se relacionan con el campo jurídico, esto es, las enfermedades mentales del delincuente. Esta ciencia permite determinar a través de elementos técnicos el grado de responsabilidad del delincuente.
  • 31. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 31 3.4.4. Criminalística.- Ciencia que se encarga del descubrimiento y comprobación científica del delito y delincuente. La criminalística comprende dos etapas: La primera que es la científica, que consiste en la aplicación de métodos científicos para llegar a una conclusión; la segunda, la policiaca, se traduce a la reconstrucción del hecho delictivo encajando todas las piezas del delito y una vez reconstruido, reproducirlo idealmente con el objeto de conocer si el resultado es el mismo que el producido por el delito cometido en la realidad. El término Criminalística se atribuye al juez austriaco Hans Gross, pese a que también se le llamo policía científica, policiología, entre otras denominaciones que la confundían con la policía técnica. 3.4.5. Policía técnica.- Si bien no constituye una ciencia, podría calificarse de disciplina empírica realizada por un órgano administrativo que actúa científicamente para descubrir a los delincuentes. Así pues, mientras que la criminalística suministra los conocimientos científicos, la policía técnica actúa conforme a ellos cumpliendo su función administrativa. La expresión fue confundida con otras como la policiología, término improcedente puesto que la policía es un órgano administrativo, no constituye ciencia por sí misma. También se la suele denominar policía judicial, queriendo referirse al grupo de personas obligadas a asistir a la acción de la justicia. Muchos autores consideran la expresión policía científica como la más adecuada con relación a policía técnica por ser más amplia en su contenido. 4. Orientaciones específicas para el estudio Buscar apoyo didáctico mediante la elaboración de cuadros sinópticos que se refieran a las ciencias que se relacionan con el Derecho Penal.
  • 32. Sistema de Educación a Distancia 32 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a los enunciados siguientes: 1. El Derecho Penal regula la moral individual de cada persona. ( ) 2. La Sociología permite conocer al Derecho Penal el comportamiento de las personas. ( ) 3. La Criminología estudia el aspecto jurídico del delito. ( ) 4. La Biología Criminal, Psicología Criminal y Sociología Criminal son parte de la Criminología. ( ) 5. La Penología es parte de la Criminología. ( ) 6. La Victimología se encarga del estudio del delincuente. ( ) 7. La Medicina Legal es una ciencia auxiliar del Derecho Penal. ( ) 8. La Policía Técnica no puede ser considerada como una ciencia propiamente dicha. ( ) 9. La Psiquiatría Forense se encarga del análisis de las enfermedades mentales del delincuente. ( ) 10. Las normas penales deben encuadrarse dentro de las disposiciones del Derecho Constitucional. ( ) 1. F 2. V 3. F 4. V 5. F 6. F 7. V 8. V 9. V 10. V SOLUCIONARIO ¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el SOLUCIONARIO que está a continuación. Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
  • 33. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 33 ACTIVIDADES DE REFLEXIÓN E INDAGACIÓN 1. Señale, en no más de diez líneas, las diferencias entre el Derecho Penal y las demás ramas del Derecho. …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… 2. Mencione la importancia de las ciencias auxiliares del Derecho Penal. Utilice las siguientes cinco líneas. …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… A continuación se presentan Actividades para la Reflexión e Indagación que permiten la aplicación de los contenidos estudiados a través de toda la unidad. Se sugiere en lo posible el desarrollo completo de las actividades
  • 34. Sistema de Educación a Distancia 34
  • 35. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 35 ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES INTRODUCCIÓN El Derecho Penal moderno se ha venido construyendo gracias al desarrollo de las ciencias que han entregado concepciones de diversa naturaleza, tanto jurídicas como religiosas y sociales. Además de nutrirse del avance de la civilización, toma en consideración la evolución del Estado en su orden social y jurídico, puesto que es en las sociedades ordenada y jurídicamente constituidas donde el Derecho Penal aparece con mayor claridad. Si bien es cierto en sus orígenes el Derecho Penal era muy rígido y estricto, este fue humanizándose a través de los tiempos de los postulados de las diferente escuelas penales que surgieron para permitir la consolidación de una ciencia jurídica caracterizada no solamente por la represión de ilícitos, sino también que ofrezca garantías, previniendo ilicitudes, tomando en cuenta también la personalidad del delincuente y no únicamente el aspecto objetivo del delito. En la presente unidad analizaremos brevemente el avance histórico del Derecho Penal, para luego estudiar los postulados de las diferentes escuelas penales que permitieron la modernización del Derecho Penal. UNIDAD 2 EVOLUCIÓN HISTÓRICO CONCEPTUAL DEL DERECHO PENAL
  • 36. Sistema de Educación a Distancia 36 MAPA CONCEPTUAL OBJETIVOS GENERALES  Identificar las etapas de evolución histórica del Derecho Penal.  Analizar los postulados científico - jurídicos de las diferentes escuelas penales que permitieron el desarrollo del Derecho Penal.  Diferenciar los principios que sostienen cada una de las escuelas penales. Evolución Histórico-Conceptual del Derecho penal Evolución Histórica - Periodo Prehistórico - Periodo Histórico-teológico - Periodo Humanístico - Periodo Científico Escuelas Penales Escuela Clásica Escuela Positiva - Escuela del positivismo - Escuela de la política criminal - Escuela técnico jurídica - Escuela idealista - Escuela Humanista - Escuela Dualista Escuelas Intermedias
  • 37. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 37 DESARROLLO DEL CONTENIDO: ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES 1. Introducción Se torna complicado establecer los periodos específicos de manera cronológica del Derecho Penal, toda vez que estos suelen aparecer entremezclados. Además, existen pocas instituciones que, sin bien se han conceptuado con pequeños cambios científicos, permanecen en la actualidad como fundamentos del Derecho Penal. En la evolución del Derecho Penal cabe destacar su cambio radical, puesto que se ha transformado de un derecho caracterizado por la arbitrariedad y excesiva represión a un derecho basado en el sistema de la legalidad. A su vez, se evolucionó de un derecho penal con características privadas a un derecho penal de carácter esencialmente público; produciéndose también el cambio de un derecho que consideraba la responsabilidad únicamente desde el punto de vista objetivo, al que analiza la responsabilidad tanto en su carácter objetivo como en el subjetivo. 2. Objetivos específicos  Precisar las diferencias dogmáticas del derecho penal antiguo con el derecho penal moderno.  Considerar el avance de la ciencia jurídica como elemento del desarrollo del Derecho Penal a través del tiempo. 3. Desarrollo del tema Si bien no podemos encuadrar la evolución del Derecho Penal en periodos fijos, cabe mencionar periodos de mayor trascendencia en su evolución, sin que estos sean similares con los de la historia: 3.1. Periodo prehistórico.- Las agrupaciones primitivas pasaban de su característica nómada al asentamiento en lugares fijos, se encontraban con necesidad de defenderse, tanto extragrupalmente como intragrupalmente. En el primer caso se organizaban las luchas y guerras contra otros grupos; mientras que en el segundo, se imponía una pena al individuo que transgredía la tranquilidad grupal. TEMA 3 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO PENAL
  • 38. Sistema de Educación a Distancia 38 En un inicio las transgresiones o delitos cometidos (infracciones que asumían carácter religioso – mítico), eran sancionadas por la reacción del ofendido o sus parientes contra el agresor. Esta reacción de denominaba venganza privada si la represión provenía directamente de la víctima de la ofensa, pero si la reacción provenía de los familiares del ofendido contra el agresor se los llamaba venganza de sangre. Posteriormente y para evitar que las penas impuestas a los individuos infractores constituyan una amenaza a la cohesión grupal al ser excesivas, se procedió a la limitación de las penas. Uno de los principios limitativos de las penas que surgieron fue el del Talión que consistía en que el infractor solo podía recibir un mal equivalente al que el había ocasionado a la víctima, más conocido con la famosa expresión “ojo por ojo, diente por diente”. También se dieron otros principios limitativos: como el abandono noxal, que consistía en el abandono de la responsabilidad del grupo por la del individuo al entregársele al infractor al grupo ofendido y evitar así su reacción contra el grupo del que provenía el individuo agresor; así también apareció la composición que consistía en una limitación a la pena cuando el agresor separaba el daño causado evitando la agresión del ofendido que renunciaba a su venganza. 3.2. Periodo histórico – teológico.- Los criterios de responsabilidad del grupo antes dicho continuó existiendo en algunos pueblos como en el caso del Derecho Penal de China hasta el siglo VII. Estos pueblos del antiguo oriente tenían en sus Derechos Penales enraizados fundamentos teológicos. Así ocurrió en Babilonia con el Código de Hammurabi y en el caso de los hebreos en su Deuteronomio, relacionando al delito como una pena expiatoria purificadora impuesta para reparar el agravio causado a la divinidad, utlilizándose en ambos casos el principio talional a base de la venganza privada. Así mismo, encontramos en la India, en el código de Manú, un Derecho Penal de gran contenido religioso, asignando así mismo un contenido purificador de la pena. Por otro lado, en los países europeos del occidente el principio rector era el de la venganza pública, imponiendo gran severidad a las penas, lo cual imperó hasta el siglo XVIII. Entre las características principales de este Derecho Penal basado en la venganza pública tenemos los siguientes: a) Desigualdad ante la ley: Puesto que a las personas poderosas de la época, a los nobles, se les atenúa la rigurosidad de la pena, actuando los ejecutores de la pena con menos crueldad que con respecto a los infractores comunes. b) Crueldad excesiva de las penas: Siendo la pena de muerte la pena más común que se aplicaba al ofensor, acompañada de mutilaciones y azotes. También se aplicaba la confiscación de los bienes del agresor. c) Responsabilidad grupal de las penas: Puesto que en algunos casos se mantenía la responsabilidad no solo contra el agresor, sino también respecto a sus familiares e incluso a sus bienes y animales, llegando a existir incluso procesos contra cadáveres puesto que la muerte del agresor no extinguía la pena.
  • 39. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 39 d) Falta de garantías procesales: Los jueces podían imponer penas aunque no estuvieren estas previstas en las leyes. Además, el proceso en aquella época era secreto y se utilizaban torturas para que el reo confiese sus infracciones. 3.3. Periodo humanitario.- Este periodo se caracteriza por un proceso de laicización del Derecho Penal, que vio su germen en el derecho griego y en el derecho canónico, sin perjuicio de lo cual el Derecho Penal tuvo buenas influencias del derecho canónico como la transformación de la finalidad de la pena de ser expiatoria a constituirse en correctiva de los actos del ofensor; así mismo incorporó algunas instituciones como la del asilo como límite a la venganza privada. El Derecho Penal fue transformándose inicialmente de la mano de Hugo Grocio hacia el siglo XVII, quien proclamó el derecho natural en lucha con el Derecho Penal público. Otros aportes surgen en Inglaterra con Hobbes y Locke, en Holanda a Spinoza, que manifestaba que la pena tiene como fin la corrección de los delincuentes, y que era una retribución jurídica; en Alemania, Pudendorf, que negaba a la pena un fin retributivo; en Francia, Diderot, D’ Alembert, Holbach, Voltaire, Rousseau y Montesquieu, quienes atacaron el Derecho Penal desde sus cimientos. Pero fue en Italia hacia el siglo XVIII, que César Bonesana, Marqués de Beccaria, a quien se atribuye la renovación del Derecho Penal. Su libro “dei delitti e delle pene” condenaba la severidad de la práctica criminal exigiendo su reforma. Afirma que la justicia del hombre es diferente a la justicia de Dios, fundamentando el Derecho Penal con la utilidad común e interés general, complementando la ley penal con la moral. Siguiendo las ideas liberales de Rousseau, quien aporta con el principio de la legalidad de los delitos y las penas, en virtud del cual nadie puede ser sancionado por hechos ni sufrir una pena que no haya estado previamente establecida en la ley, al criticar la severidad de las penas y darle una finalidad de interés general, siguiendo a Grocio, estando en contra de las torturas, establece los principios de publicidad, certeza y prontitud de las penas. También señala que los procesos no deben ser secretos, que los tribunales juzgadores de delitos deben estar establecidos en la ley, y que el reo no se considere culpable sino hasta ser declarado tal mediante sentencia condenatoria. Sus ideas, base de la escuela penal clásica, sirvieron también para propulsar reformas de códigos penales de la época, tanto en Rusia y en Austria. También en Europa se desarrolló otro proceso de humanización penal a manos del inglés John Howard, pero referido al sistema carcelario. Al ser nombrado sheriff del condado de Bedford, pudo darse cuenta del pésimo estado de las prisiones inglesas y en el que se encontraban los presos, además de su propia experiencia cuando estuvo preso de un corsario francés. Fue en su libro “State of Prisons”, en el que además de criticar esta situación, sentó algunas observaciones para la reforma carcelaria, entre los que tenemos: buen régimen de higiene y alimentación, educación moral, religiosa y profesional a los reos; aplicación disciplinaria distinta entre detenidos y condenados; trabajo obligatorio para los reos; sistema celular dulcificado.
  • 40. Sistema de Educación a Distancia 40 Si bien sus ideas no fueron acogidas en Europa de manera inmediata, fue este filántropo inglés quien tuvo acogida en Estados Unidos, difundiéndose los mismos a través de Benjamín Franklin. También se destacaron el médico francés Manot, que con tendencias políticas criticaba las leyes existentes diciendo que eran arbitrarias. Asimismo, en España encontramos a Chaves, Sandoval, Cerdán de Tallada (quién siguió a Howard) y Manuel de Lardizábal y Uribe, quienes propusieron ideas liberales frente al Derecho Penal de la época. 3.4. Periodo Científico.- Que se caracterizó por el ingreso de las ciencias en el Derecho Penal. Se inició con César Lombroso, a quien, como ya dijimos antes, se atribuye la creación de la antropología criminal, parte de la criminología que junto a otras ciencias no necesariamente jurídicas aportaron con ideas científicas al Derecho Penal. 4. Orientaciones específicas para el estudio Elabore una síntesis de las características de cada periodo del Derecho Penal con el objeto de facilitar su estudio.
  • 41. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 41 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a los siguientes enunciados: 1. En agrupaciones primitivas la pena se imponía al grupo vencido en una guerra. ( ) 2. En épocas primitivas, la pena no se imponía a los familiares del agresor o delincuente. ( ) 3. En el Derecho Penal antiguo las infracciones envolvían conceptos religiosos y hasta míticos. ( ) 4. La Ley del Talión limitó las penas que se imponían en épocas primitivas. ( ) 5. En el periodo de la venganza pública las penas eran menos excesivas. ( ) 6. En la venganza pública, los jueces podían imponer penas sin que estas estuvieren establecidas mediante una ley. ( ) 7. Hugo Grocio tuvo un importante aporte en la humanización del Derecho Penal. ( ) 8. El periodo humanitario aportó al Derecho Penal el principio de legalidad. ( ) 9. John Howard revolucionó el sistema carcelario de su época. ( ) 10. A César Lombroso se lo considera el iniciador del periodo científico del Derecho Penal. ( ) 1. V 2. F 3. V 4. V 5. F 6. V 7. V 8. V 9. V 10. V SOLUCIONARIO ¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el SOLUCIONARIO que está a continuación. Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
  • 42. Sistema de Educación a Distancia 42 ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES 1. Introducción En el presente tema estudiaremos las diferentes escuelas penales que se encargaron de introducir principios que revolucionaron la estructura del Derecho Penal. La Escuela Clásica y la Escuela Positiva se encargaron del análisis profundo, cada una con sus particulares principios y puntos de vista opuestos entre sí, del delito, del delincuente y de la pena, los cuales constituyen el tríptico de regulación del Derecho Penal Asimismo, revisaremos las escuelas eclécticas o intermediarias, que sustentaron principios fundados en las dos escuelas penales más importantes ya arriba mencionadas. 2. Objetivos específicos  Diferenciar los postulados sostenidos por la Escuela Clásica y por la Escuela Positiva.  Identificar los cambios que los principios de las escuelas penales produjeron en el Derecho Penal. 3. Desarrollo del tema 3.1. Escuela Clásica.- Esta escuela surgida en virtud de tendencias liberales y humanitarias, se constituye de las doctrinas filosóficas formuladas en materia penal que van desde César Beccaria hasta Enrique Pessina, quien por su obra se dio el calificativo de clásico a esta escuela por parte de sus opositores, los positivistas, queriendo ellos asimilar clásico con caduco, término peyorativo atribuido por Enrique Ferri. En esta escuela clásica pueden señalarse dos periodos: uno filosófico, encabezado por Beccaria, con un contenido heterogéneo, así como Bentham, con tendencias utilitarias que destaca el sentido preventivo de la pena, Carmignani, Romagnosi y Feuerbach, cuya teoría de la coacción psíquica motivo la creación moderna del principio de legalidad; y, la etapa jurídica, encabezada por Francisco Carrara, jurista italiano a quien se le atribuye la teorización de esta escuela. La escuela clásica proclamó grandes principios para el Derecho Penal, como el de la legalidad de los delitos y penas, el de la irretroactividad de la ley penal, el de que el ius puniendi corresponde exclusivamente al estado, estableciendo garantías procesales y el respeto de la personalidad del reo. TEMA 4 LAS ESCUELAS PENALES
  • 43. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 43 Entre los enunciados principales de la escuela clásica podemos mencionar los siguientes: a) La utilización de un método lógico – abstracto con características objetivas, analizando al Derecho Penal de manera deductiva. b) La imputabilidad se basaba en la responsabilidad moral del imputado, la cual se originaba a su vez del libre albedrío, principio que permite a la persona decidir libremente sobre su sometimiento o violación a las normas penales, que visto desde el punto de vista moral es la facultad de libre elección entre el camino del bien y del mal. De ahí, sus propulsores manifiestan que para que una persona sea declarada culpable de un delito merecedor de una pena, tuvo que haber previamente mediado su voluntad libre e inteligente de cometer el acto ilícito de que se le acusa. c) El delito se lo considera como ente jurídico, surgido por la violación de la norma penal, y no como un ente de hecho o fenómeno social propugnado por los positivistas. d) La pena, en consecuencia a lo mencionado con relación al delito, se lo concibe como un medio de tutela jurídica. Se la impone con fines retributivos y debe ser proporcional al daño objetivo causado por el delito. La tutela jurídica conlleva también intimidación por la pena impuesta al delincuente, previniendo el cometimiento de nuevos delitos. e) Como el delincuente es una persona que goza de libre albedrío, es como si siendo libre viola la norma penal, asimismo la pena deberá recaer sobre su libertad, investigándose la misma. En consecuencia, su sistema de represión se configura de penas de privación y restricción de la libertad. 3.2. Escuela Positiva.- La escuela positiva surge en virtud de las tendencias surgidas a partir de la revolución industrial, contentiva de doctrinas científicas experimentales en relación al Derecho Penal. La escuela positiva estudia al delincuente y al medio físico – social en que se produjo el delito, puesto que señala que el delito es un hecho del hombre, por lo que es esencialmente subjetiva. Sus principales propulsores fueron el italiano César Lombroso, fundador de la antropología criminal, Enrique Ferri, que la enfocó desde el punto de vista sociológico y Rafael Garófolo, que se ocupó del aspecto jurídico. La escuela positiva, en consecuencia se preocupó no solo del aspecto jurídico del delito como la clásica, sino también de otros aspectos como los fenómenos antropológicos y sociológicos. Enrique Ferri analizó lo que el denominó la anormalidad biológica – social del delincuente comisor de infracciones.
  • 44. Sistema de Educación a Distancia 44 Es a Ferri a quien se atribuyó el positivismo quien plasma sus postulados en su obra sociología criminal. Garófalo, cuya concepción jurídica aportó a la criminología, sostuvo que el delincuente debe ser graduado por su temibilidad, aspecto sociológico – jurídico que el penalista Rocco critica puesto que la temibilidad es consecuencia de la peligrosidad del delincuente, siendo la primera una característica de la persona del delincuente, mientras que la segunda la consecuencia social de tal característica. El positivismo, si bien dominó hasta la segunda mitad del siglo XX, influyó escasamente a cambios legislativos. Entre los principales postulados de la escuela positiva tenemos los siguientes: a) Utilizó el método experimental y de observación, con características subjetivas, analizando el Derecho Penal de manera inductiva. b) La imputabilidad del delincuente se deriva del determinismo y su temibilidad. Esta escuela negó la existencia del libre albedrío, que no lo ve como parte del Derecho Penal sino de la metafísica y se basa en la responsabilidad social del delincuente, quien es responsable de los delitos que ejecuta por el hecho de vivir en sociedad, graduándose la pena según su categoría antropológica y su grado de peligrosidad. c) El delito se lo considera, por tanto, un ente o fenómeno de hecho producido por el hombre. d) La pena se constituye en un medio de defensa social. No es un castigo de retribución, como lo afirma la escuela clásica, sino que se encamina a la readaptación social del delincuente, denominándola sanción y no pena. e) Por delincuente se considera a la persona que ejecuta un daño social, sin importar las circunstancias en que se encuentra ni su libre albedrío, así esta escuela introduce medidas de seguridad aplicables a ciertas personas por un tiempo indeterminado para su readaptación. Ferri menciona medidas que sirven de prevención a la delincuencia, distinguiendo entre los de prevención directa, que son de los que se encarga la policía y los de prevención indirecta, denominados sustitutivos penales que buscan mejoras en vida social desde diferentes aspectos, sean sociales, familiares, educativos, etc. 3.3. Escuelas intermedias.- Entre las que tenemos: 3.3.1. Escuela del positivismo crítico.- Denominada también como terza scuola, término italiano relacionado a la tercera escuela, tuvo como representantes a Manuel Carnevale y Bernardino Alimena. Sus postulados consistían en: a) La individualización del Derecho Penal frente a la sociología criminal, en contraposición de lo que afirmaba Ferri.
  • 45. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 45 b) Excluye la idea del tipo criminal, puesto que niega la existencia del criminal nato y de su anormalidad morbosa, ya que considera al delito como un efecto de causas sociales. c) Funda la responsabilidad en la intimidabilidad, esto es, la aptitud de las personas de receptar la coacción sicológica de la pena. d) La reforma social que debe estar a cargo del estado, importando más la prevención que la represión. e) A individuos imputables se les impone penas, mientras que a los inimputables, medidas de seguridad. 3.3.2. Escuela de la política criminal.- Representada por el alemán Franz Von Liszt, siendo sus principales postulados los siguientes: a) Utiliza un método jurídico experimental: el primero para analizar el Derecho Penal y el segundo como herramienta de la práctica criminológica. b) Reconocen la imputabilidad moral de los delincuentes, rechazando el libre albedrío, conjuntamente con el estado de peligrosidad de los mismos limitado a cierto tipo de delincuentes. c) Considera al delito como un fenómeno jurídico, natural, social y económico. d) Complementación de las penas y las medidas de seguridad. 3.3.3. Escuela técnico - jurídica.- El movimiento neoclásico italiano dio surgimiento a esta escuela, cuyo tecnicismo fue aplicado por Geny inspirado en Savigny, tiene sus propulsores en Manzini, Rocco, Massari, Carnelutti, Pannain y otros, y en Alemania, entre otros a Carlos Binding. Esta escuela no discute el libre albedrío, ni cuestiones filosóficas, ni tampoco conceptos biosociológicos, sino que se concreta en lo que sostiene de sus propios asuntos la técnica jurídica. Esta técnica construida de la dogmática, exégesis y crítica del derecho positivo, estudiando los delitos y las penas jurídicamente. Entre sus postulados tenemos: a) Analizan las normas jurídicas mediante un método lógico – abstracto. b) Rechaza el libre albedrío. c) El delito es considerado un fenómeno jurídico, diciendo que a la antropología y sociología criminal les corresponde su aspecto individual y social, respectivamente. d) Considera a los imputables como los únicos sujetos a sufrir de la imposición de penas, puesto que las medidas de seguridad son solo para los inimputables.
  • 46. Sistema de Educación a Distancia 46 3.3.4. Escuela idealista.- Con concepciones filosóficas de Crose y Gentile, esta escuela cuya única realidad es el espíritu, consideró, según Maggiore que no existen diferencias entre responsables e irresponsables, puesto que todos son imputables, pero no igualmente punibles. Spirito consideró la existencia de un derecho a la pena, erradicando el dualismo con las medidas de seguridad. Por otro lado, manifestaban que las penas deben ser indeterminadas, hasta cuanto dure la necesidad del cuidado del delincuente. 3.3.5. Escuela humanista.- Fundada en Italia por Vicente Lanza, señala que el delito es una violación a la moral social, por lo que no merecen sanción aquellos delitos que no transgredan la moral individual. A su vez, considera a la pena como una medida de orden educativo, siendo imputables los sujetos que puedan ser educados por tales medidas punitivas educacionales, reservando las medidas de seguridad a los inimputables. 3.3.6. Escuela dualista.- Que muchos la consideran como una simple tendencia, tuvo su principal propulsor al profesor alemán Carlos Von Birkmeyer, que consideraba la composición de dos códigos penales: uno penal de carácter retributivo; y otro de seguridad, contentivo de las medidas de seguridad, de carácter preventivo. Con el mismo criterio en su metodología de la legislación, se impuso Ernesto Beling. En Italia, Silvio Longhi tuvo el mismo criterio de dualidad de códigos. 4. Orientaciones específicas para el estudio El estudiante deberá comprimir las características principales de cada escuela penal para una adecuada asimilación mental.
  • 47. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 47 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a las siguientes preguntas: 1. ¿Es el Marques de Beccaria el principal expositor del fundamento filosófico de la Escuela Clásica? ( ) 2. ¿Se atribuye a la Escuela Positiva el principio de legalidad? ( ) 3. ¿La Escuela Clásica consideró al delito como un ente de hecho? ( ) 4. ¿Fue César Lombroso uno de los propulsores de la Escuela Clásica? ( ) 5. ¿Consideraba la Escuela Positiva a la pena como un castigo de retribución? ( ) 6. ¿Es el método inductivo el que utilizó por la Escuela Positiva? ( ) 7. ¿La Escuela del Positivismo Crítico afirmaba la individualización del Derecho Penal con la Sociología Criminal? ( ) 8. ¿En Italia surgió la Escuela de la Política Criminal? ( ) 9. ¿Admite la Escuela Técnico - Jurídica el libre albedrío? ( ) 10. ¿Consideraba la Escuela Idealista al espíritu como la única realidad? ( ) 1. V 2. F 3. F 4. F 5. F 6. V 7. V 8. F 9. F 10. V SOLUCIONARIO ¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el SOLUCIONARIO que está a continuación. Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
  • 48. Sistema de Educación a Distancia 48 ACTIVIDADES DE REFLEXIÓN E INDAGACIÓN 1. En cinco líneas mencione el aporte que dio el periodo humanitario para el desarrollo del Derecho Penal. …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… 2. Indique las principales diferencias entre la Escuela Clásica y la Escuela Positiva. Utilice diez líneas. …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………… A continuación se presentan Actividades para la Reflexión e Indagación que permiten la aplicación de los contenidos estudiados a través de toda la unidad. Se sugiere en lo posible el desarrollo completo de las actividades
  • 49. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 49 ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES INTRODUCCIÓN La ley penal es aquella que designa las hipótesis de acciones u omisiones consideradas ilícitas y que merecen una pena, la que se impondrá al individuo que encuadre su conducta en dichas hipótesis. Para el estudio de la ley penal debemos considerar, en primer lugar, sus principales aspectos, como lo son sus fundamentos, características y formas, que son objeto de los temas que pertenecen a la presente unidad. También estudiaremos la aplicación o vigencia de la ley penal pensada en tres ámbitos: considerando su aplicación espacial, en el tiempo y respecto de las personas. Finalmente, la extradición será auscultada como un medio que contribuye a la represión de los delincuentes que delinquen en un Estado, pero que fugan a otro antes de ser aprehendidos por la justicia. UNIDAD 3 LA LEY PENAL
  • 50. Sistema de Educación a Distancia 50 MAPA CONCEPTUAL OBJETIVOS GENERALES  Identificar las características de la ley penal para diferenciarlas de otras normas no penales.  Señalar hasta dónde y cómo puede aplicarse la ley penal en el tiempo, en el espacio y respecto a las personas.  Describir los principios que se aplican cuando un Estado pide a otro Estado la extradición de un delincuente. La Ley Penal Características - Constitucional - Exclusiva - Obligatoria - Irrefragable - Igualitaria Clasificación Interpretación Aplicación - Por su estructura: Leyes penales permanentes y temporarias - Por su especialidad: Leyes penales generales y especiales - Por la sanción: Leyes penales determinadas e indeterminadas - Según su interpretación: Lógica, gramatical y analógica - Según su origen: Legal, judicial y doctrinal - Según su resultado: Declarativa, extensiva, restrictiva y progresiva - Con relación al tiempo - Con relación al espacio - Con relación a las personas
  • 51. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 51 DESARROLLO DEL CONTENIDO: ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES 1. Introducción Previo al análisis de la ley penal, debemos estudiar las fuentes de las que se nutre el Derecho Penal, que es la base de origen de la ley penal. El Derecho Penal es esencialmente legalista, en consecuencia, para la configuración de conductas u omisiones en delitos sancionados con una pena, requiere previamente la existencia de una ley que los considere. Vale decir que este principio básico del derecho penal alcanza niveles constitucionales en las diferentes legislaciones del mundo. 2. Objetivos específicos  Describir las características del principio fundamental del Derecho Penal.  Establecer los límites del principio de legalidad. 3. Desarrollo del tema 3.1. Principio de legalidad y de reserva.- Para muchos autores existe una diferencia entre el principio de legalidad y el principio de reserva: otros, en cambio consideran que en realidad son formas distintas de referirse a la misma cosa; esto es, el principio es el de legalidad o llamado también de reserva. Los que afirman su sutil diferencia, consideran que el principio de legalidad es aquel por el cual nadie puede ser sancionado con una pena que no se encuentre previamente establecida en una ley penal; mientras que el principio de reserva consiste en una garantía para el individuo en virtud de la cual este puede actuar dentro del ordenamiento legal permitido, sin que su conducta sea susceptible de pena alguna. Si bien es difícil encontrar una real diferencia, nosotros consideramos como principio de legalidad o reserva aquel cuyo origen surge del principio nullum crimen nulla poena sine lege, esto es, que no hay delito ni pena sin tipo legal penal, principio formulado por el alemán Anselmo Von Feuerbach, cuyos antecedentes los encontramos el Digesto, y que fuera recogido por La Carta Magna en 1215 y en La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano producto de Revolución Francesa. TEMA 5 FUENTES DEL DERECHO PENAL
  • 52. Sistema de Educación a Distancia 52 Este principio que se encuentra consagrado en nuestra Constitución Política, permite afirmar que la ley es la fuente formal única e inmediata del Derecho Penal. Tal característica del Derecho Penal, excluye las fuentes denominadas mediatas, entre las que tenemos a la costumbre, que sin embargo algunos la encuentran incluida indirectamente en las llamadas leyes penales en blanco, la jurisprudencia y la doctrina. 3.2. Leyes penales en blanco.- Constituye una limitación al principio de legalidad señalado anteriormente y que consisten en aquellas leyes penales contentivas del precepto, esto es la hipótesis de la comisión de la conducta ilícita, pero que no tienen la sanción o pena impuesta al infractor, la misma que se dicta con posterioridad, o se remite a otra legislación presente o futura. Asimismo con leyes penales en blanco o abiertos aquellos que, a la inversa, tienen sanción, pero que su precepto se dicta posteriormente o se remite a otra legislación presente o futura. Tales leyes penales en blanco o abiertas, cuya denominación corresponde al penalista alemán Carlos Binding, que son incompletas en su origen, posteriormente completadas, no se las considera normas imperfectas, puesto que se tratan solamente de normas de reenvío a otros artículos del mismo cuerpo legal o distinto cuerpo legal para su integración precepto – sanción y que surja en virtud del principio de economía legislativa. 3.3. La analogía en materia penal.- En materia penal, la analogía puede ser de dos tipos: a) Aquella en la que el juez aplica una norma penal a falta de regulación punitiva de una conducta similar a la conducta contenida en aquellos, esto es, aplicación analógica hecho por el juez considerando que si el legislado lo hubiere considerado, hubiera impuesto la misma pena por una conducta similar, pero no idéntica a la que ya contiene la norma penal que aplicó analógicamente, siendo esta analogía la legal, la misma que está permitida en derecho civil. b) La analogía jurídica, que consiste en que el juez aplica una norma inexistente a un caso no regulado, esto es, crea la norma penal para aplicarla al caso que juzga; alegando interpretación del espíritu de la ley. L a analogía en cualquiera de sus tipos no es admitida en materia penal, toda vez que su existencia transgrediría el principio de legalidad o reserva del Derecho Penal. 4. Orientaciones específicas para el estudio Se deberá consultar la Constitución Política de la República del Ecuador como apoyo jurídico al principio de legalidad, específicamente el Titulo III, Capítulo 2, que trata de los derechos civiles. El alumno también podrá, consultar este postulado recogido asimismo en el Código Penal ecuatoriano, en su Titulo I, Capítulo Único, que hace referencia a la Ley Penal.
  • 53. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 53 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN A. Responda Verdadero (V) o Falso (F) a los siguientes enunciados: 1. Una pena puede ser impuesta aunque no se encuentre previamente establecida en una ley. ( ) 2. El principio de legalidad fue formulado por Feuerbach. ( ) 3. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano no aportó para la constitución del principio de legalidad. ( ) 4. El principio de legalidad es también de carácter constitucional. 5. La costumbre constituye una fuente directa del Derecho Penal. ( ) 6. Las leyes penales en blanco pueden considerarse como una limitación al principio de legalidad. ( ) 7. Las leyes penales abiertas son diferentes a las leyes penales en blanco. ( ) 8. Las leyes penales en blanco son consideradas normas incompletas. ( ) 9. La analogía es la principal fuente del Derecho Penal. ( ) 10. La analogía puede ser legal y jurídica. ( ) 1. F 2. V 3. F 4. V 5. F 6. V 7. F 8. V 9. F 10. V SOLUCIONARIO ¿Cómo le fue en la autoevaluación? Seguramente muy bien, pero para que usted esté convencido de sus progresos compare sus respuestas con las que constan en el SOLUCIONARIO que está a continuación. Si surgieron algunas discrepancias o dudas, vuelva a leer sobre los temas correspondientes para llenar los vacíos y reforzar su aprendizaje.
  • 54. Sistema de Educación a Distancia 54 ESTRADA, J. APUNTES PERSONALES 1. Introducción La ley penal surge como facultad represiva del Estado, imponiéndose sobre aquellos individuos que actúan al margen de sus disposiciones en evidente transgresión a un bien jurídico penalmente protegido. El Estado sanciona a estos individuos infractores porque está obligado a preservar la paz social, la misma que se ve alterada cuando se lesionan bienes jurídicos tutelados por la ley penal. Las posibles acciones u omisiones ilícitas de un individuo son recogidas por la ley penal, la misma que puede revestir diferentes clases a causa de la elevada posibilidad de infracciones que un individuo puede cometer. A continuación señalaremos las características y tipos de leyes penales. 2. Objetivos específicos  Considerar la importancia de los caracteres de la ley penal para asimilarlos con mayor facilidad.  Establecer las clases de leyes penales según la doctrina. 3. Desarrollo del tema 3.1. Características de la ley penal.- Podemos mencionar las siguientes características de la ley penal: a) Constitucional: puesto que debe encontrarse sujeta a las disposiciones constitucionales que son el pilar fundamental de todo ordenamiento jurídico, caso contrario perderían eficacia y validez jurídica. b) Exclusiva: en virtud del principio de legalidad del Derecho Penal, solo la ley penal puede configurar hechos ilícitos como delitos y aplicarles las sanciones pertenecientes. TEMA 6 CARACTERÍSTICAS Y CLASIFICACIÓN DE LA LEY PENAL