1. El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
No sufrir discriminación de ningún tipo
A una buena alimentación que caractericé su desarrollo .
A una vivienda digna, en un ambiente de paz y amor.
A la educación gratuita, que desarrolle sus actitudes.
Al descanso y al esparcimiento propio de su edad.
A disfrutar del mas alto nivel de salud.
A la vida y desarrollo.
Ser protegido contra la explotación y el abuso.
A ser tratado con respeto
En 1989 la asamblea general de las naciones unidas aprobó la convención de los derechos
del niño, que exige que todas las medidas adoptadas por un estado en relación con los niños
deberían tener como consideración fundamental favorecer los intereses del menor. la
convención proporciona a los niños los mismos derechos fundamentales y libertades publicas
que tienen los adultos en la mayoría de los países desarrollados, exige un protección para los
niños contra toda clase de maltrato y pide para estos un nivel de vida adecuado, una buena
formación, asistencia sanitaria, e incluso diversión. La convención no es directamente
ejecutoria, pero los gobiernos que la afirman y ratifican deben presentara informes sobre e
progreso efectuado en el cumplimientos de tales objetivos, aún comité de las naciones unidas
dedicado a velar por los derechos del menor.