SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 12
CUESTINARIO 02 – ELECTIVA DE HUMANIDADES NIVEL TECNICO

Tema:RAMAS DEL PODER EN COLOMBIA.

  1. ¿Qué es la Rama Legislativa?
     R./ Es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de
     un Estado, que consiste en la aprobación de normas con rango de ley.

  2. ¿A que se dedica la Rama Legislativa?
     R./ Se dedica a elaborar y modificar las leyes existentes de acuerdo con la opinión
     de los ciudadanos. Su función específica es la aprobación de las leyes y,
     generalmente, está a cargo de un cuerpo deliberativo (congreso, parlamento o
     asamblea de representantes).

  3. ¿Qué es una ley?
     R./Una ley es una norma jurídica dictada por el legislador. Es decir, un precepto
     establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en
     consonancia con la justicia y es de estricto cumplimiento. Su incumplimiento trae
     aparejada una sanción.

  4. Características de las leyes.
     R./ Las siguientes son las características generales de las leyes.

       Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las
        condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase. nadie puede
        esquivar su poder ya que todos son afectados por ella.
       Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una
        parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos.
        Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra
        que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad
        de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo
        impuesto por ella misma.
       Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un
        número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia
        mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.
       Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver
        casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su
        impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.
       Se reputa conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia
        para dejar de cumplirla.

  5. Tipos de leyes en Colombia.
     R./ Para una mayor comprensión de la importancia que tienen las leyes, es
     conveniente partir de la definición del concepto ley. Si se aplica un criterio
     orgánico y formalista leyes son solamente las expedidas por el Congreso. Pero si
     se tiene en cuenta un criterio material, ley es una norma general, abstracta e
     impersonal; estos calificativos significan que la norma jurídica se dirige no a una
     persona o agente concreto, sino a una categoría o clase de agentes (propietario
     por ejemplo), la ley por ende no es particular o individual, además significan que la
     ley no contempla una acción determinada sino una categoría o clase de acciones
     (por ejemplo el contrato de compraventa genéricamente considerado), por
consiguiente la ley no es concreta. Enseguida se examinarán diversos tipos de
leyes de acuerdo a su contenido y a su jerarquización constitucional, para lo cual
podemos dividirlas en:

5.1.Leyes Orgánicas:Las leyes orgánicas tienen un sentido ordenador y auto
limitante de las funciones ejercidas por el Congreso de la República. Una ley
orgánica es "un mandamiento al Congreso en orden a regular su función
legislativa, señalándole límites y condicionamientos". Las leyes orgánicas
requieren para ser aprobadas de la mayoría absoluta de los votos de los
miembros de cada cámara.
Conforme al artículo 151 de la Constitución Política el Congreso expedirá leyes
orgánicas a las cuáles estará sujeto el ejercicio de la actividad legislativa y le
ordena dictar las siguientes normas mediante ley orgánica:
    Reglamentos del Congreso y de cada una de las cámaras.
    Normas sobre preparación, aprobación y ejecución del presupuesto de
       rentas y ley de apropiaciones y del plan general de desarrollo.
    Normas relativas a la asignación de competencias normativas a las
       entidades territoriales.
Como aplicación de este precepto se dictaron en Colombia las siguientes leyes: la
Ley orgánica del Congreso (ley 5ª de 1992, la cual fue modificada por las leyes
186 de 1995, 273 de 1996 y 475 de 1998); el Estatuto Orgánico del Presupuesto
(Ley 38 de 1989, modificada por las Leyes 179 de 1994 y 225 de 1995,
compiladas en el Decreto 111 de 1996) y la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo
(Ley                        152                    de                       1994).

5.2. Leyes Estatutarias: El constituyente de 1991 determinó otro tipo de leyes
especiales denominadas leyes estatutarias para regular los siguientes temas que
estimó de singular importancia (artículo 152 C.P.):
    Derechos y deberes fundamentales y mecanismos para su protección.
    Administración de Justicia.
    Organización y régimen de los partidos políticos, estatuto de la oposición y
        funciones electorales.
    Instituciones y mecanismos de participación ciudadana
    Estados de excepción.
Como puede observarse en la lista, las leyes estatutarias están principalmente
instituidas    para    la    regulación   y   protección   de    los   derechos.
Estas leyes cuentan con las siguientes características: tienen trámite especial
pues deben aprobarse por mayoría absoluta en las cámaras; son de exclusiva
expedición por el Congreso y durante una misma legislatura; son revisadas por la
Corte Constitucional, organismo que ejerce sobre estas leyes un control previo de
constitucionalidad. Ejemplo de estas leyes son: El Estatuto de los Partidos y
Movimientos Políticos (Ley 130 de 1994); la Ley de Mecanismos de Participación
Ciudadana (Ley 134 de 1994); el Estatuto de los Estados de Excepción (Ley 137
de 1994); la Ley Estatutaria de Administración de Justicia (Ley 270 de 1.996).




5.3. Leyes Marco:Consisten en regulaciones generales, no detalladas de los
temas económicos que corresponden a las siguientes materias indicadas en el
artículo 150 numeral 19 de la Constitución: crédito público; comercio exterior y
régimen de cambio internacional; actividad financiera, bursátil y aseguradora;
   régimen salarial y de prestaciones sociales de los servidores públicos; entre otras.

   5.4. Leyes de Facultades:Son las leyes que expide el Congreso para otorgar al
   presidente de facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley
   cuando la necesidad lo exija o la conveniencia pública lo haga aconsejable. Están
   previstas en el artículo 150 numeral 10 de la Constitución, dicha norma establece
   como condición que las facultades sean precisas y sean solicitadas expresamente
   por el Gobierno, la aprobación de la ley requerirá la mayoría absoluta de los
   miembros de una y otra cámara. Además se establece la prohibición de expedir
   mediante este tipo de leyes códigos, leyes estatutarias, leyes orgánicas, leyes que
   decreten impuestos ni las previstas en el numeral 20 del mismo artículo 150
   relativas a servicios administrativos y técnicos de las cámaras".

   5.5. Leyes de convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente y de
   convocatoria a Referendo: Mediante una ley, que debe ser aprobada por la
   mayoría de los miembros de una y otra cámara, el Congreso puede disponer que
   el pueblo convoque a una asamblea nacional constituyente. Esta ley además
   determinará la competencia, el período y la composición de la Asamblea.

6. ¿Quién conforma la Rama Legislativa?
   R./ La Rama Legislativa está conformada por el Congreso, por la Asambleas
   Departamentales y los Consejos Municipales

7. ¿Cómo son elegidos los miembros del Congreso?
   R./ Los miembros del Congreso son elegidos por medio del voto popular para
   periodos de cuatro años, y sus funciones esenciales son las de hacer las leyes,
   mantener el control político dentro de la nación y reformar la Constitución cuando
   sea necesario.

8. ¿Quién conforma el Congreso?
   R./ El Senado: El Senado es de circunscripción nacional; es decir, su elección se
   hace a nivel nacional. Para que una persona pueda ser elegida como Senador ha
   de cumplir con ciertos requisitos, entre ellos ser colombiano de nacimiento,
   ciudadano en ejercicio y ser mayor de treinta años a la fecha de la elección. El
   Senado de la República está compuesto por ciento dos miembros (cien de
   circunscripción nacional y dos representantes indígenas).

   La Cámara de Representantes:Los Representantes a la Cámara son elegidos
   dentro del marco de una circunscripción territorial (departamental); es decir, los
   candidatos de cada Departamento son elegidos o no únicamente en su
   Departamento respectivo. Al igual que en el Senado, para que una persona pueda
   llegar a la Cámara de Representantes debe cumplir ciertos requisitos, entre ellos
   ser ciudadano en ejercicio y ser mayor de veinticinco años al momento de la
   elección. La Cámara está compuesta por dos Representantes por cada
   circunscripción territorial y por uno más por cada 250.000 habitantes o fracción
   mayor a los 125.000 sobre los 250.000 iniciales. Existe también la circunscripción
   especial, que es aquella en la que tienen derecho a participar las minorías étnicas,
   las minorías políticas y los colombianos residentes en el exterior.Hay que tener
   claro que el número de Representantes depende del censo.
9. ¿Cuáles son las Funciones del Senado?
   R./ El Honorable Senado de la República en cumplimiento de la representación
   soberana que el pueblo le ha encomendado, como parte de la Rama Legislativa
   del Poder Público, expide las Leyes, ejerce las funciones de Control Político,
   Público, Judicial y Electoral, las Protocolarias y Administrativas, observando los
   principios consagrados en la Constitución Política de Colombia y las leyes, dentro
   de un marco de justicia social y bien común.
       Es el encargado de admitir la renuncia del Presidente y del
          Vicepresidente.Debe improbar o aprobar los ascensos militares conferidos
          por el Gobierno (altos rangos militares).
       Concede licencia temporal al Presidente para separase del cargo.
       Permite o prohíbe el tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional.
       Autoriza al Gobierno Nacional para declarar la guerra a otras naciones.
       Elige los Magistrados de la Corte Constitucional.
       Elige al Procurador General de la Nación.
       Conoce de las acusaciones que haga la Cámara de Representantes contra
          altos dignatarios del país (la Cámara acusa y el Senado conoce).

10. ¿Cuáles son la Cámara de Representantes?
    R./ Representar dignamente al Pueblo como titular de la Soberanía para construir
    escenarios jurídicos, transparentes y democráticos que soportan la creación e
    interpretación de leyes, la reforma de la Constitución real y objetiva, el control
    político sobre el Gobierno y la administración Pública, la investigación y acusación
    a los altos funcionarios del Estado y la elección de altos funcionarios del
    Estado. Además, Constituirse en el órgano legislativo efectivo, legítimo y
    democrático de la sociedad que conduzca a la consolidación del país en un
    Estado social de Derecho, legislando en forma justa para lograr un desarrollo
    social equitativo.
        Elige al Defensor del Pueblo.
        Examina y concluye (fenece) la cuenta nacional del tesoro que le envía el
           Contralor General.
        Acusa ante el Senado a los altos funcionarios del Estado. También conoce
           de esas quejas.
        Es la encargada de tramitar esas quejas.
        Es la encargada de comisionar funcionarios para efectuar las pruebas
           correspondientes ante los acusados.

11. ¿Qué es la Rama Ejecutiva?
    R./ La rama Ejecutiva es la que representa el gobierno y se encarga de hacer
    cumplir las leyes, mantener el orden público, organizar los servicios para la
    población y reanudar impuestos para hacer uso de ellos. En resumen se
    caracteriza por ser la rama encargada de la administración del Estado.

12. ¿Por quién está conformada la Rama Ejecutiva en Colombia?
    R./ Está conformada a nivel nacional por el Presidente de la República, el
    Vicepresidente, los Ministros y los directores de departamentos administrativos, a
    nivel departamental está conformada por los Gobernadores y los secretarios de
    gabinete; y a nivel municipal o distrital por los Alcaldes y sus secretarios de
    gabinete.

13. ¿Quién es el Jefe de la Rama Ejecutiva en Colombia?
R./ El Presidente actúa como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema
   autoridad administrativa durante un periodo de cuatro años, con la posibilidad de
   ser reelegido por un segundo periodo de cuatro años según la reforma a la
   constitución en 2006.

14. Funciones y características de la Rama Ejecutiva.
    R./ Tiene Constitucionalmente las siguientes facultades según el Art. 189 C.N.
 1. Nombrar y separar libremente a los Ministros del despacho y a los Directores de
     Departamentos Administrativos.
 2. Dirigir las relaciones internacionales que se someterán a la aprobación del
     congreso.
 3. Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las
     fuerzas armadas de la República.
 4. Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuera
     turbado.
 5. Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente.
 6. Proveer a la seguridad exterior de la República, defendiendo la independencia, la
     honra de la Nación y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra con permiso
     del Senado, o hacerla sin tal autorización para repeler una agresión extranjera; y
     convertir y ratificar los tratados de paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al
     Congreso.
 7. Permitir, el receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el
     tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República.
 8. Instalar y clausurar las sesiones del Congreso en cada legislatura.
 9. Sancionar las leyes.
 10. Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento.
 11. Ejercer la potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos,
     resoluciones y órdenes necesarios para la cumplida ejecución de las leyes.
 12. Presentar un informe al Congreso, al iniciar cada legislatura, sobre los actos de
     la administración, sobre la ejecución de los planes y programas de desarrollo
     económico y social, y sobre los proyectos que el gobierno se proponga adelantar
     durante la vigencia de la nueva legislatura.
 13. Nombrar a los presidentes, directores o gerentes de los establecimientos
     públicos nacionales y a las personas que deban desempeñar empleos
     nacionales cuya provisión no sea por concurso o no corresponda a otros
     funcionarios o corporaciones según la constitución o la ley. Con completa
     autonomía, el Gobierno tiene la facultad de nombrar y remover libremente a sus
     agentes.
 14. Crear, fusionar o suprimir, conforme a la ley, los empleos que demande la
     administración central, señalar sus funciones especiales y fijar sus dotaciones y
     emolumentos
 15. Suprimir o fusionar entidades u organismos administrativos nacionales de
     conformidad con la ley.
 16. Modificar la estructura de los ministerios departamentos administrativos
     nacionales, con sujeción a los principios y reglas generales que defina la ley.
 17. Distribuir los negocios estatales según su naturaleza, entre ministerios,
     departamentos administrativos y establecimiento público.
 18. Conceder permiso a los empleados públicos nacionales que los soliciten para
     aceptar, con carácter temporal, cargos o mercedes de gobiernos extranjeros.
 19. Conferir grados a los miembros de las fuerzas armadas y someter para
     aprobación del Senado los que correspondan de acuerdo con el artículo 173.
20. Velar por la estricta recaudación y administración de las rentas y caudales
     públicos y decretar su inversión de acuerdo con las leyes.
 21. Ejercer la inspección y vigilancia de la enseñanza conforme a la ley.
 22. Ejercer la inspección y vigilancia de la prestación de los servicios públicos.
 23. Celebrar los contratos que le correspondan con sujeción a la Constitución y la
     ley.
 24. Ejercer de acuerdo con la ley, la inspección vigilancia y control sobre las
     personas que realicen actividades financieras, bursátil, aseguradora y cualquiera
     otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos
     captados del público. Así mismo, sobre las entidades cooperativas y las
     sociedades mercantiles.
 25. Organizar el crédito público; reconocer la deuda nacional y arreglar su servicio;
     modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen
     de aduanas; regular el comercio exterior; y ejercer la intervención en las
     actividades financieras, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el
     manejo, aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro de
     terceros de acuerdo con la ley.
 26. Ejercer la inspección y vigilancia sobre instituciones de utilidad común para que
     sus rentas se conserven y sean debidamente aplicadas y para que en todo lo
     esencial se cumpla con la voluntad de los fundadores.
 27. Conceder patente de privilegio temporal a os autores de invenciones o
     perfeccionamientos útiles, con arreglo a la ley
 28. Expedir carta de naturalización, conforme a la ley.

15. ¿Qué son los Ministerios y quienes los Ministros?
    R./ Son organismos creados para la dirección, coordinación y ejecución de una
    serie de servicios públicos. El número de ellos lo determina la ley así como su
    orden de precedencia. Y los ministros son voceros del Gobierno ante el Congreso
    y están facultados para presentar proyectos de ley a nombre de aquel, para
    atender las citaciones que las Cámaras le hagan en ejercicio del control político y
    para tomar parte en los debates de éstas en asuntos que sean de competencia de
    sus ministerios. Las leyes le atribuyen las funciones específicas a cada ministerio.

16. Menciones los Ministerios en Colombia.
        Ministerio del Interior y de Justicia
        Ministerio de Relaciones Exteriores
        Ministerio de Hacienda
        Ministerio de Defensa Nacional
        Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
        Ministerio de Protección Social
        Ministerio de Energía, Minas y Transporte
        Ministerio de Comercio Exterior
        Ministerio de Guerra Exterior
        Ministerio de Educación Nacional
        Ministerio de Comunicaciones
        Ministerio de Cultura
        Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo


17. ¿A que se dedican los Departamentos Administrativos?
R./ Se ocupan de la coordinación y dirección de un solo servicio en forma técnica
   y especializada, son jefes superiores de la administración que bajo la dirección del
   Presidente de la República les corresponde adelantar las políticas administrativas
   atinentes a su despacho. Están en el mismo nivel jerárquico que los ministerios y
   su control político está a cargo del congreso.

18. Mencione los Departamentos Administrativos
        Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
        Departamento Administrativo Nacional de Planeación (DANP).
        Departamento Administrativo de la Función Pública
        Departamento Administrativo de la Seguridad (DAS)
        Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).
        Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas. (DANCOOP).

19. ¿A que se define como Superintendencias?
   R./ Se definen como entidades adscritas a un ministerio, para realizar algunas
   actividades de inspección y vigilancia, que son atribuidas al Presidente de la
   República en calidad de suprema autoridad administrativa, y otra que la ley les
   asigna dentro de ciertos límites de autonomía financiera y administrativa. Las
   funciones específicas de cada una de ellas dependen de las normas que las crea
   u organismo. Por ejemplo en el Ministerio de Defensa Nacional encontramos la
   Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

20. ¿Qué son Entidades Descentralizadas?
    R./ Integran la rama ejecutiva y se encargan de cumplir funciones que
    corresponden al estado, gracias a la descentralización de funciones, tienen
    autonomía para desarrollar sus actividades y gozan de las prerrogativas que les
    concede la ley que las crea. Las categorías más tradicionales son:

   20.1 Los Establecimientos Públicos: Son entidades creadas por la ley o
   autorizadas por ella y que cumplen funciones administrativas. Son creados por el
   Congreso, o por el Presidente, previa delegación del órgano legislativo.
        Su función es la prestación de servicios públicos.
        Están regulados por las normas del derecho público.
        Tienen personería jurídica.
        Tienen autonomía administrativa.
        Poseen un patrimonio independiente que puede ser constituido con bienes
          o fondos públicos o con el producto de impuestos o tasas destinadas para
          su funcionamiento.
   Ejemplo de establecimientos públicos son:
        Fondo rotatorio del ministerio de justicia.
        Defensa civil colombiana.
        Instituto nacional de radio y televisión, INRAVISION.
        Universidad Nacional.
        Instituto colombiano para el fomento de la educación superior, ICFES.

   20.2. Las Empresas Industriales y Comerciales Del Estado: Son entidades
   públicas encargadas de desarrollar actividades industriales o comerciales,
   conforme a las normas que rigen el derecho privado. Sus características son:
        Se les aplica la normatividad del derecho privado, salvo las excepciones
          que determine la ley.
 Están dirigidas por un gerente o director que es nombrado por el
          Presidente de la república.
        Poseen personería jurídica.
        Tienen autonomía administrativa.
        Su capital está integrado por fondos públicos o por el rendimiento de
         impuestos o tasas destinados a tal fin.
   Ejemplos de empresas industriales y comerciales del Estado son:
        Ecopetrol.
        Carbocol.
        Servicio aéreo a territorios nacionales SATENA.

   20.3.    Las Sociedades de Economía Mixta:Al igual que las empresas
   industriales y comerciales del estado desarrollan este tipo de actividades pero se
   diferencian de estas en que los recursos para su funcionamiento están
   constituidos por capital estatal y capital privado. Características:
         Son creadas o autorizadas por la ley.
         La participación del estado está regulada por la ley que crea la entidad.
         o Se rigen por el derecho privado, salvo las excepciones de ley.
   Ejemplos de sociedades de economía mixta son:
         Banco Ganadero.
         Banco Central Hipotecario.

21. ¿De qué se encarga la Rama Judicial?
    R./ Se encarga de aplicar la ley de manera justa y resuelve conflictos entre las
    personas de acuerdo a la ley .

22. ¿Quiénes componen el Poder Judicial?
    R./ El poder judicial de Colombia empieza a partir de la Constitución Política de
    1991, y está conformado por la Corte Suprema de Justicia, la Corte
    Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, así
    como los tribunales y juzgados y la Fiscalía General de la Nación, que a pesar de
    ejercer como ente acusador, es también considerada parte del poder judicial.

23. ¿Qué es el Corte Constitucional?
    R./ Es la entidad judicial encargada de velar por la integridad y la supremacía de
    la Constitución Colombiana y lo allí establecido. Fue creada por la Constitución de
    Colombia de 1991 (Constitución de Colombia de 1991 Capítulo IV: De la
    jurisdicción constitucional), e instalada por primera vez el 17 de febrero de 1992,
    inició con 7 miembros, elegidos de la forma señalada en el artículo 22 transitorio
    de la misma Constitución Política y desempeñaron su función hasta el día 28 de
    febrero de 1993. El primero de marzo de 1993, asumieron los nueve magistrados
    integrantes de la corporación de forma definitiva para un periodo de ocho años
    como lo establece la Constitución en sus artículos permanentes. En la actualidad,
    cuenta con nueve magistrados, que son elegidos para periodos de ocho años por
    el Senado, a partir de las ternas enviadas por el Presidente de la República,
    la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.



24. Conformación de la Corte Constitucional
    R./ La Corte, está conformada por tres salas:
 Una sala plena que conoce y se encarga de las acciones de
     inconstitucionalidad (Sentencias "C") y los asuntos de tutela que se vuelven
     sentencias de unificación (Sentencias "SU"). Conformada por nueve
     magistrados.
    Una sala de revisión de tutelas, conformada por tres magistrados, que se
     encarga de las tutelas que han sido seleccionadas para revisión (Sentencias
     "T"), proferidos por los diferentes despachos judiciales.
    Una sala de selección de tutelas, en donde dos magistrados se encargan de
     seleccionar los fallos de esta acción consagrada en el art. 86 C.N., que se
     llevarán a las salas de revisión.

25. ¿Qué es la Corte Suprema de Justicia?
    R./ Es la más alta instancia judicial de la jurisdicción ordinaria en la República
    de Colombia. La sede está ubicada en el Palacio de Justicia en la Plaza de
    Bolívar en Bogotá, DC.


26. Funciones de la Corte Suprema de Justicia
    R./Tiene como funciones:
  1. Nombrar y separar libremente a los Ministros del despacho y a los Directores de
      Departamentos Administrativos.
   Actuar como tribunal de casación.
  2. Juzgar al presidente de la república o a quien haga sus veces y a los
      magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la
      Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el
      Fiscal general de la Nación, por cualquier hecho punible que se les impute
      (art. 174 y 175 num. 2 y 3).
  3. Investigar y juzgar a los miembros del Congreso.
  4. Juzgar, previa acusación del Fiscal General de la Nación, a los Ministros del
      Despacho, al Procurador General de la Nación, al Defensor del Pueblo, a los
      agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y ante
      los tribunales; a los directores de los departamentos administrativos, al
      Contralor General de la República, a los embajadores y jefes de misión
      diplomática o consular, a los gobernadores, a los magistrados de tribunales y
      a los generales y almirantes de la Fuerza Pública, por los hechos punibles que
      se les imputen.
  5. Conocer de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos
      acreditados ante el gobierno de la nación, en los casos previstos por el
      derecho internacional. 6. Darse su propio reglamento.

27. Salas de la Corte Suprema de Justicia.
    R./ Se divide en tres Salas:
          Sala de casación penal: Conformada por nueve magistrados.
          Sala de casación civil y agraria: Conformada por siete magistrados.
          Sala de casación laboral: Conformada por siete magistrados.




28. ¿Qué es el Consejo de Estado?
R./ Es el máximo órgano de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que
   resuelve en última instancia los procesos que involucran al Estado y a los
   particulares, o los procesos que involucran a dos Entidades Estatales; además
   cumple una función consultiva pues es el órgano al que debe recurrir el
   Gobierno antes de tomar ciertas decisiones, no para pedir autorización, sino
   para saber de su consejo, dictamen u opinión en ciertos asuntos.

29. Salas del Consejo de Estado.
    R./Ejerce sus funciones por medio de tres (3) salas, integradas así:
      La Plena, por todos sus miembros;
      La de lo Contencioso Administrativo, por veintisiete (27) Magistrados.
      La de Consulta y Servicio Civil, por los cuatro (4) Magistrados restantes.
      Igualmente, tiene una Sala de Gobierno, conformada por el Presidente y el
        Vicepresidente del Consejo de Estado y por los Presidentes de la Sala de
        Consulta y Servicio Civil y de las secciones de la Sala de lo Contencioso
        Administrativo.

30. ¿Qué es el Consejo Superior de la Judicatura?
    R./ Es el órgano encargado de: 1. Adoptar el informe anual que será presentado
    al Congreso de la República sobre el estado de la Administración de Justicia. 2.
    Adoptar, previo concepto de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial,
    el Plan de Desarrollo de la Rama Judicial y presentarlo al Gobierno Nacional
    para su incorporación en el Plan Nacional de Desarrollo. 3. Dictar los
    reglamentos necesarios para el eficaz funcionamiento de la administración de
    Justicia. 4. Adoptar y proponer proyectos de ley relativos a la administración de
    Justicia y a los códigos sustantivos y procedimentales. 5. Elegir al Presidente
    del Consejo, quien tendrá la representación institucional de la Corporación
    frente a las demás ramas y autoridades del Poder Público, así como frente a los
    particulares. Así mismo elegir al Vicepresidente de la Corporación. 6. Promover
    y contribuir a la buena imagen de la Rama Judicial, en todos sus órdenes, frente
    a la comunidad. 7. Dictar el reglamento interno del Consejo.

31. Intento de Supresión del Consejo Superior de la Judicatura.
    R./ El 3 de mayo de 2012, tras una cumbre de poderes convocada por la
    Presidencia, las tres ramas del poder público del país, acordaron incluir en el
    proyecto de Reforma a la Justicia la eliminación del Consejo Superior de la
    Judicatura y la creación de un Consejo Nacional de Administración Judicial y un
    Consejo de Disciplina Judicial que lo reemplazarían. La propuesta fue aprobada
    por el Congreso de la República en el marco de los debates de aprobación de la
    polémica Reforma a la Justicia; sin embargo con el hundimiento de la Reforma el
    28 de junio de 2012, se hundió también la propuesta de eliminación de esta
    entidad.

32. ¿Qué es la Fiscalía General de la Nación?
    R./ Es un organismo adscrito al poder judicial en Colombia. Su principal función
    es investigar y acusar a los presuntos responsables de haber cometido un delito
    a partir del sistema penal acusatorio implementado con la ley 906 de 2004. La
    Fiscalía General de la Nación para el ejercicio de la acción penal esta integrada
    por el Fiscal General de la Nación, el Vice-fiscal, los fiscales y los funcionarios
    que él designe y estén previstos en el estatuto orgánico de la institución para
    esos efectos.
33. ¿Quién elige al Fiscal General de la Nación?
    R./ El Fiscal General de la Nación es elegido por la Corte Suprema de Justicia de
    una terna enviada por el presidente de la república.

34. ¿Qué es el Sistema Penal Acusatorio?
    R./ Es un sistema adversarial donde las partes (fiscalía y defensa) se enfrentan en
    igualdad de oportunidades ante un juez imparcial. También pueden intervenir el
    ministerio público (La Procuduría) y la víctima. El primero para salvaguardar el
    orden jurídico y el segundo para que se le garantice la verdad, la justicia y la
    reparación. Este es un sistema garantista de los derechos fundamentales y se ve
    reflejado en los jueces de control de garantías como su nombre lo dice, controla la
    legalidad de las actuaciones de la fiscalía y de la policía judicial.

    Las etapas del sistema penal acusatorio se dividen en: La audiencia de
    formulación de acusación, la preparatoria al juicio oral, la de juicio oral y la
    reparación integral y sentencia.
   La audiencia de formulación de acusación: Se realiza ante un juez de control
    de garantías y en ella la fiscalía comunica a la persona que se le está adelantado
    un proceso, una investigación sobre definidos hechos punibles para que este
    ejerza el derecho de defensa.
   La audiencia preparatoria: Es la preparación para la audiencia de juicio oral la
    defensa descubre los elementos materiales probatorios, las partes enuncian que
    van a hacer valer en el juicio oral.
   La audiencia de juicio oral: Es la más importante del sistema penal acusatorio.
    Allí ante el desconocimiento, en un juicio público, oral y concentrado la fiscalía y la
    defensa ofrecen las pruebas las cuales se practican controvierten y argumentan
    ante el juez, concluido el debate probatorio el juez anuncia el sentido del fallo
    (absolutorio o condenatorio).
   La audiencia de reparación integral y sentencia: Consiste en la reparación
    integral de la víctima de los perjuicios materiales y morales ocasionados por el
    delito. En cuanto a la audiencia de sentencia si el fallo es condenatorio se hace
    una valoración de las condiciones del sentenciado para establecer la pena que le
    corresponde.

    En conclusión el mayor impacto del sistema acusatorio es la agilidad y rapidez
    con los que cuenta el sistema para administrar justicia.Este sistema promueve a
    los buenos abogados y funcionarios pero también pone en evidencia a los actores
    que no se preparan para hacer su trabajo en audiencia. Por último en materia de
    eficacia y garantía, cosas que se resolvían en el sistema mixto en años, ahora se
    resuelve en meses, por otra parte, las personas tienen mayor confianza en la
    administración de justicia penal, pues aunque se sientan perseguidos por la
    policía y fiscalía, al final confían en los controles posteriores de los jueces.
BIBLIOGRAFÍA
        Constitución de Colombia, 1991

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

ENJ-200 Presentación de Derecho de Amparo
ENJ-200 Presentación de Derecho de AmparoENJ-200 Presentación de Derecho de Amparo
ENJ-200 Presentación de Derecho de Amparo
ENJ
 
Unidad 4. Estructura Política de la Federación
Unidad 4. Estructura Política de la FederaciónUnidad 4. Estructura Política de la Federación
Unidad 4. Estructura Política de la Federación
Marlenne Juárez Rodríguez
 
Unidad 19. Disposiciones Generales de la Constitución
Unidad 19. Disposiciones Generales de la Constitución Unidad 19. Disposiciones Generales de la Constitución
Unidad 19. Disposiciones Generales de la Constitución
Marlenne Juárez Rodríguez
 
18227008 derecho-procesal-penal
18227008 derecho-procesal-penal18227008 derecho-procesal-penal
18227008 derecho-procesal-penal
Kevin Rivera
 

La actualidad más candente (20)

La mora en la legislación comparada
La mora en la legislación comparadaLa mora en la legislación comparada
La mora en la legislación comparada
 
Unidad 7. Senado de la República.
Unidad 7. Senado de la República.Unidad 7. Senado de la República.
Unidad 7. Senado de la República.
 
DERECHOS FUNDAMENTALES Y CONSTITUCION
DERECHOS FUNDAMENTALES Y CONSTITUCIONDERECHOS FUNDAMENTALES Y CONSTITUCION
DERECHOS FUNDAMENTALES Y CONSTITUCION
 
Derecho constitucional (ii)
Derecho constitucional (ii)Derecho constitucional (ii)
Derecho constitucional (ii)
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
 
Unidad 5. Congreso de la Unión.
Unidad 5. Congreso de la Unión.Unidad 5. Congreso de la Unión.
Unidad 5. Congreso de la Unión.
 
Unidad 15. Estados de la Federación.
Unidad 15. Estados de la Federación.Unidad 15. Estados de la Federación.
Unidad 15. Estados de la Federación.
 
El congreso de la unión.
El congreso de la unión.El congreso de la unión.
El congreso de la unión.
 
Proceso historico Autonomias Bolivia
Proceso historico Autonomias BoliviaProceso historico Autonomias Bolivia
Proceso historico Autonomias Bolivia
 
TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial
TeoríA Y Normativa Del Precedente JudicialTeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial
TeoríA Y Normativa Del Precedente Judicial
 
7-26. Derecho Constitucional. Artículos 6 y 7
7-26. Derecho Constitucional. Artículos 6 y 77-26. Derecho Constitucional. Artículos 6 y 7
7-26. Derecho Constitucional. Artículos 6 y 7
 
Congreso de la union
Congreso de la unionCongreso de la union
Congreso de la union
 
ENJ-200 Presentación de Derecho de Amparo
ENJ-200 Presentación de Derecho de AmparoENJ-200 Presentación de Derecho de Amparo
ENJ-200 Presentación de Derecho de Amparo
 
Intervencion del estado en el sistema bancario nacional
 Intervencion del estado en el sistema bancario nacional Intervencion del estado en el sistema bancario nacional
Intervencion del estado en el sistema bancario nacional
 
Jurados electorales especiales
Jurados electorales especialesJurados electorales especiales
Jurados electorales especiales
 
Unidad 4. Estructura Política de la Federación
Unidad 4. Estructura Política de la FederaciónUnidad 4. Estructura Política de la Federación
Unidad 4. Estructura Política de la Federación
 
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICOFUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
 
Unidad 19. Disposiciones Generales de la Constitución
Unidad 19. Disposiciones Generales de la Constitución Unidad 19. Disposiciones Generales de la Constitución
Unidad 19. Disposiciones Generales de la Constitución
 
18227008 derecho-procesal-penal
18227008 derecho-procesal-penal18227008 derecho-procesal-penal
18227008 derecho-procesal-penal
 
Poder legislativo leyes.
Poder legislativo leyes.Poder legislativo leyes.
Poder legislativo leyes.
 

Destacado (13)

Monarquias Absolutas Parte Ii
Monarquias Absolutas Parte IiMonarquias Absolutas Parte Ii
Monarquias Absolutas Parte Ii
 
Organigrama del gobierno nacional
Organigrama del gobierno nacionalOrganigrama del gobierno nacional
Organigrama del gobierno nacional
 
Organizmo del estado en colombia hipervinculos
Organizmo del estado en colombia hipervinculosOrganizmo del estado en colombia hipervinculos
Organizmo del estado en colombia hipervinculos
 
El congreso
El congresoEl congreso
El congreso
 
Ramas del poder publico
Ramas del poder publicoRamas del poder publico
Ramas del poder publico
 
Como esta formada la rama legislativa del poder publico
Como esta formada la rama legislativa del poder publicoComo esta formada la rama legislativa del poder publico
Como esta formada la rama legislativa del poder publico
 
Poder Ejecutivo y Judicial
Poder Ejecutivo y JudicialPoder Ejecutivo y Judicial
Poder Ejecutivo y Judicial
 
Estructura del estado colombiano
Estructura del estado colombianoEstructura del estado colombiano
Estructura del estado colombiano
 
Ramas del poder público en colombiala rama ejecutiva
Ramas del poder público en colombiala rama ejecutivaRamas del poder público en colombiala rama ejecutiva
Ramas del poder público en colombiala rama ejecutiva
 
Estructura organizacional de la rama ejecutiva
Estructura organizacional de la rama ejecutivaEstructura organizacional de la rama ejecutiva
Estructura organizacional de la rama ejecutiva
 
Rama legislativa
Rama legislativaRama legislativa
Rama legislativa
 
Ramas del Poder
Ramas del PoderRamas del Poder
Ramas del Poder
 
Congreso de la república
Congreso de la repúblicaCongreso de la república
Congreso de la república
 

Similar a C.02 ramas del poder

Ley en el sector salud
Ley en el sector saludLey en el sector salud
Ley en el sector salud
luispirela
 
Formación par ala vida politica
Formación par ala vida politicaFormación par ala vida politica
Formación par ala vida politica
CruzMariaJose
 
Informatica jairo
Informatica jairoInformatica jairo
Informatica jairo
jairo0107
 
Cómo se crea una ley en méxico
Cómo se crea una ley en méxicoCómo se crea una ley en méxico
Cómo se crea una ley en méxico
BarbieSeyer
 
Poder Legislativo de la Nación
Poder Legislativo de la NaciónPoder Legislativo de la Nación
Poder Legislativo de la Nación
dereccho
 
Poder legestativo peruano
Poder legestativo peruanoPoder legestativo peruano
Poder legestativo peruano
Kevin Muñoz
 

Similar a C.02 ramas del poder (20)

Las formas de estado
Las formas de estadoLas formas de estado
Las formas de estado
 
Ley en el sector salud
Ley en el sector saludLey en el sector salud
Ley en el sector salud
 
Poder legislativo
Poder legislativoPoder legislativo
Poder legislativo
 
Formación cuidadana
Formación cuidadanaFormación cuidadana
Formación cuidadana
 
Formación par ala vida politica
Formación par ala vida politicaFormación par ala vida politica
Formación par ala vida politica
 
Informatica jairo
Informatica jairoInformatica jairo
Informatica jairo
 
Derecho constitucional
Derecho constitucionalDerecho constitucional
Derecho constitucional
 
Ensayo el podel legislativo
Ensayo el podel legislativoEnsayo el podel legislativo
Ensayo el podel legislativo
 
Cómo se crea una ley en méxico
Cómo se crea una ley en méxicoCómo se crea una ley en méxico
Cómo se crea una ley en méxico
 
El poder legislativo
El poder legislativoEl poder legislativo
El poder legislativo
 
Poder Legislativo de la Nación
Poder Legislativo de la NaciónPoder Legislativo de la Nación
Poder Legislativo de la Nación
 
Leyes orgánicas y leyes habilitantes
Leyes orgánicas y leyes habilitantesLeyes orgánicas y leyes habilitantes
Leyes orgánicas y leyes habilitantes
 
Ley civil
Ley civilLey civil
Ley civil
 
FACULTADES LEGISLATIVAS: DECRETOS LEGISLATIVOS
FACULTADES LEGISLATIVAS: DECRETOS LEGISLATIVOSFACULTADES LEGISLATIVAS: DECRETOS LEGISLATIVOS
FACULTADES LEGISLATIVAS: DECRETOS LEGISLATIVOS
 
La division de poderes en el derecho publico
La division de poderes en el derecho publicoLa division de poderes en el derecho publico
La division de poderes en el derecho publico
 
Exposición derecho 1
Exposición derecho 1Exposición derecho 1
Exposición derecho 1
 
Poder legislativo
Poder legislativoPoder legislativo
Poder legislativo
 
Poder legislativo
Poder legislativoPoder legislativo
Poder legislativo
 
Poder legestativo peruano
Poder legestativo peruanoPoder legestativo peruano
Poder legestativo peruano
 
Poder legestativo peruano
Poder legestativo peruanoPoder legestativo peruano
Poder legestativo peruano
 

C.02 ramas del poder

  • 1. CUESTINARIO 02 – ELECTIVA DE HUMANIDADES NIVEL TECNICO Tema:RAMAS DEL PODER EN COLOMBIA. 1. ¿Qué es la Rama Legislativa? R./ Es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de un Estado, que consiste en la aprobación de normas con rango de ley. 2. ¿A que se dedica la Rama Legislativa? R./ Se dedica a elaborar y modificar las leyes existentes de acuerdo con la opinión de los ciudadanos. Su función específica es la aprobación de las leyes y, generalmente, está a cargo de un cuerpo deliberativo (congreso, parlamento o asamblea de representantes). 3. ¿Qué es una ley? R./Una ley es una norma jurídica dictada por el legislador. Es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia y es de estricto cumplimiento. Su incumplimiento trae aparejada una sanción. 4. Características de las leyes. R./ Las siguientes son las características generales de las leyes.  Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase. nadie puede esquivar su poder ya que todos son afectados por ella.  Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma.  Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.  Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.  Se reputa conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de cumplirla. 5. Tipos de leyes en Colombia. R./ Para una mayor comprensión de la importancia que tienen las leyes, es conveniente partir de la definición del concepto ley. Si se aplica un criterio orgánico y formalista leyes son solamente las expedidas por el Congreso. Pero si se tiene en cuenta un criterio material, ley es una norma general, abstracta e impersonal; estos calificativos significan que la norma jurídica se dirige no a una persona o agente concreto, sino a una categoría o clase de agentes (propietario por ejemplo), la ley por ende no es particular o individual, además significan que la ley no contempla una acción determinada sino una categoría o clase de acciones (por ejemplo el contrato de compraventa genéricamente considerado), por
  • 2. consiguiente la ley no es concreta. Enseguida se examinarán diversos tipos de leyes de acuerdo a su contenido y a su jerarquización constitucional, para lo cual podemos dividirlas en: 5.1.Leyes Orgánicas:Las leyes orgánicas tienen un sentido ordenador y auto limitante de las funciones ejercidas por el Congreso de la República. Una ley orgánica es "un mandamiento al Congreso en orden a regular su función legislativa, señalándole límites y condicionamientos". Las leyes orgánicas requieren para ser aprobadas de la mayoría absoluta de los votos de los miembros de cada cámara. Conforme al artículo 151 de la Constitución Política el Congreso expedirá leyes orgánicas a las cuáles estará sujeto el ejercicio de la actividad legislativa y le ordena dictar las siguientes normas mediante ley orgánica:  Reglamentos del Congreso y de cada una de las cámaras.  Normas sobre preparación, aprobación y ejecución del presupuesto de rentas y ley de apropiaciones y del plan general de desarrollo.  Normas relativas a la asignación de competencias normativas a las entidades territoriales. Como aplicación de este precepto se dictaron en Colombia las siguientes leyes: la Ley orgánica del Congreso (ley 5ª de 1992, la cual fue modificada por las leyes 186 de 1995, 273 de 1996 y 475 de 1998); el Estatuto Orgánico del Presupuesto (Ley 38 de 1989, modificada por las Leyes 179 de 1994 y 225 de 1995, compiladas en el Decreto 111 de 1996) y la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo (Ley 152 de 1994). 5.2. Leyes Estatutarias: El constituyente de 1991 determinó otro tipo de leyes especiales denominadas leyes estatutarias para regular los siguientes temas que estimó de singular importancia (artículo 152 C.P.):  Derechos y deberes fundamentales y mecanismos para su protección.  Administración de Justicia.  Organización y régimen de los partidos políticos, estatuto de la oposición y funciones electorales.  Instituciones y mecanismos de participación ciudadana  Estados de excepción. Como puede observarse en la lista, las leyes estatutarias están principalmente instituidas para la regulación y protección de los derechos. Estas leyes cuentan con las siguientes características: tienen trámite especial pues deben aprobarse por mayoría absoluta en las cámaras; son de exclusiva expedición por el Congreso y durante una misma legislatura; son revisadas por la Corte Constitucional, organismo que ejerce sobre estas leyes un control previo de constitucionalidad. Ejemplo de estas leyes son: El Estatuto de los Partidos y Movimientos Políticos (Ley 130 de 1994); la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana (Ley 134 de 1994); el Estatuto de los Estados de Excepción (Ley 137 de 1994); la Ley Estatutaria de Administración de Justicia (Ley 270 de 1.996). 5.3. Leyes Marco:Consisten en regulaciones generales, no detalladas de los temas económicos que corresponden a las siguientes materias indicadas en el artículo 150 numeral 19 de la Constitución: crédito público; comercio exterior y
  • 3. régimen de cambio internacional; actividad financiera, bursátil y aseguradora; régimen salarial y de prestaciones sociales de los servidores públicos; entre otras. 5.4. Leyes de Facultades:Son las leyes que expide el Congreso para otorgar al presidente de facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley cuando la necesidad lo exija o la conveniencia pública lo haga aconsejable. Están previstas en el artículo 150 numeral 10 de la Constitución, dicha norma establece como condición que las facultades sean precisas y sean solicitadas expresamente por el Gobierno, la aprobación de la ley requerirá la mayoría absoluta de los miembros de una y otra cámara. Además se establece la prohibición de expedir mediante este tipo de leyes códigos, leyes estatutarias, leyes orgánicas, leyes que decreten impuestos ni las previstas en el numeral 20 del mismo artículo 150 relativas a servicios administrativos y técnicos de las cámaras". 5.5. Leyes de convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente y de convocatoria a Referendo: Mediante una ley, que debe ser aprobada por la mayoría de los miembros de una y otra cámara, el Congreso puede disponer que el pueblo convoque a una asamblea nacional constituyente. Esta ley además determinará la competencia, el período y la composición de la Asamblea. 6. ¿Quién conforma la Rama Legislativa? R./ La Rama Legislativa está conformada por el Congreso, por la Asambleas Departamentales y los Consejos Municipales 7. ¿Cómo son elegidos los miembros del Congreso? R./ Los miembros del Congreso son elegidos por medio del voto popular para periodos de cuatro años, y sus funciones esenciales son las de hacer las leyes, mantener el control político dentro de la nación y reformar la Constitución cuando sea necesario. 8. ¿Quién conforma el Congreso? R./ El Senado: El Senado es de circunscripción nacional; es decir, su elección se hace a nivel nacional. Para que una persona pueda ser elegida como Senador ha de cumplir con ciertos requisitos, entre ellos ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y ser mayor de treinta años a la fecha de la elección. El Senado de la República está compuesto por ciento dos miembros (cien de circunscripción nacional y dos representantes indígenas). La Cámara de Representantes:Los Representantes a la Cámara son elegidos dentro del marco de una circunscripción territorial (departamental); es decir, los candidatos de cada Departamento son elegidos o no únicamente en su Departamento respectivo. Al igual que en el Senado, para que una persona pueda llegar a la Cámara de Representantes debe cumplir ciertos requisitos, entre ellos ser ciudadano en ejercicio y ser mayor de veinticinco años al momento de la elección. La Cámara está compuesta por dos Representantes por cada circunscripción territorial y por uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor a los 125.000 sobre los 250.000 iniciales. Existe también la circunscripción especial, que es aquella en la que tienen derecho a participar las minorías étnicas, las minorías políticas y los colombianos residentes en el exterior.Hay que tener claro que el número de Representantes depende del censo.
  • 4. 9. ¿Cuáles son las Funciones del Senado? R./ El Honorable Senado de la República en cumplimiento de la representación soberana que el pueblo le ha encomendado, como parte de la Rama Legislativa del Poder Público, expide las Leyes, ejerce las funciones de Control Político, Público, Judicial y Electoral, las Protocolarias y Administrativas, observando los principios consagrados en la Constitución Política de Colombia y las leyes, dentro de un marco de justicia social y bien común.  Es el encargado de admitir la renuncia del Presidente y del Vicepresidente.Debe improbar o aprobar los ascensos militares conferidos por el Gobierno (altos rangos militares).  Concede licencia temporal al Presidente para separase del cargo.  Permite o prohíbe el tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional.  Autoriza al Gobierno Nacional para declarar la guerra a otras naciones.  Elige los Magistrados de la Corte Constitucional.  Elige al Procurador General de la Nación.  Conoce de las acusaciones que haga la Cámara de Representantes contra altos dignatarios del país (la Cámara acusa y el Senado conoce). 10. ¿Cuáles son la Cámara de Representantes? R./ Representar dignamente al Pueblo como titular de la Soberanía para construir escenarios jurídicos, transparentes y democráticos que soportan la creación e interpretación de leyes, la reforma de la Constitución real y objetiva, el control político sobre el Gobierno y la administración Pública, la investigación y acusación a los altos funcionarios del Estado y la elección de altos funcionarios del Estado. Además, Constituirse en el órgano legislativo efectivo, legítimo y democrático de la sociedad que conduzca a la consolidación del país en un Estado social de Derecho, legislando en forma justa para lograr un desarrollo social equitativo.  Elige al Defensor del Pueblo.  Examina y concluye (fenece) la cuenta nacional del tesoro que le envía el Contralor General.  Acusa ante el Senado a los altos funcionarios del Estado. También conoce de esas quejas.  Es la encargada de tramitar esas quejas.  Es la encargada de comisionar funcionarios para efectuar las pruebas correspondientes ante los acusados. 11. ¿Qué es la Rama Ejecutiva? R./ La rama Ejecutiva es la que representa el gobierno y se encarga de hacer cumplir las leyes, mantener el orden público, organizar los servicios para la población y reanudar impuestos para hacer uso de ellos. En resumen se caracteriza por ser la rama encargada de la administración del Estado. 12. ¿Por quién está conformada la Rama Ejecutiva en Colombia? R./ Está conformada a nivel nacional por el Presidente de la República, el Vicepresidente, los Ministros y los directores de departamentos administrativos, a nivel departamental está conformada por los Gobernadores y los secretarios de gabinete; y a nivel municipal o distrital por los Alcaldes y sus secretarios de gabinete. 13. ¿Quién es el Jefe de la Rama Ejecutiva en Colombia?
  • 5. R./ El Presidente actúa como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa durante un periodo de cuatro años, con la posibilidad de ser reelegido por un segundo periodo de cuatro años según la reforma a la constitución en 2006. 14. Funciones y características de la Rama Ejecutiva. R./ Tiene Constitucionalmente las siguientes facultades según el Art. 189 C.N. 1. Nombrar y separar libremente a los Ministros del despacho y a los Directores de Departamentos Administrativos. 2. Dirigir las relaciones internacionales que se someterán a la aprobación del congreso. 3. Dirigir la fuerza pública y disponer de ella como Comandante Supremo de las fuerzas armadas de la República. 4. Conservar en todo el territorio el orden público y restablecerlo donde fuera turbado. 5. Dirigir las operaciones de guerra cuando lo estime conveniente. 6. Proveer a la seguridad exterior de la República, defendiendo la independencia, la honra de la Nación y la inviolabilidad del territorio; declarar la guerra con permiso del Senado, o hacerla sin tal autorización para repeler una agresión extranjera; y convertir y ratificar los tratados de paz, de todo lo cual dará cuenta inmediata al Congreso. 7. Permitir, el receso del Senado, previo dictamen del Consejo de Estado, el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República. 8. Instalar y clausurar las sesiones del Congreso en cada legislatura. 9. Sancionar las leyes. 10. Promulgar las leyes, obedecerlas y velar por su estricto cumplimiento. 11. Ejercer la potestad reglamentaria, mediante la expedición de los decretos, resoluciones y órdenes necesarios para la cumplida ejecución de las leyes. 12. Presentar un informe al Congreso, al iniciar cada legislatura, sobre los actos de la administración, sobre la ejecución de los planes y programas de desarrollo económico y social, y sobre los proyectos que el gobierno se proponga adelantar durante la vigencia de la nueva legislatura. 13. Nombrar a los presidentes, directores o gerentes de los establecimientos públicos nacionales y a las personas que deban desempeñar empleos nacionales cuya provisión no sea por concurso o no corresponda a otros funcionarios o corporaciones según la constitución o la ley. Con completa autonomía, el Gobierno tiene la facultad de nombrar y remover libremente a sus agentes. 14. Crear, fusionar o suprimir, conforme a la ley, los empleos que demande la administración central, señalar sus funciones especiales y fijar sus dotaciones y emolumentos 15. Suprimir o fusionar entidades u organismos administrativos nacionales de conformidad con la ley. 16. Modificar la estructura de los ministerios departamentos administrativos nacionales, con sujeción a los principios y reglas generales que defina la ley. 17. Distribuir los negocios estatales según su naturaleza, entre ministerios, departamentos administrativos y establecimiento público. 18. Conceder permiso a los empleados públicos nacionales que los soliciten para aceptar, con carácter temporal, cargos o mercedes de gobiernos extranjeros. 19. Conferir grados a los miembros de las fuerzas armadas y someter para aprobación del Senado los que correspondan de acuerdo con el artículo 173.
  • 6. 20. Velar por la estricta recaudación y administración de las rentas y caudales públicos y decretar su inversión de acuerdo con las leyes. 21. Ejercer la inspección y vigilancia de la enseñanza conforme a la ley. 22. Ejercer la inspección y vigilancia de la prestación de los servicios públicos. 23. Celebrar los contratos que le correspondan con sujeción a la Constitución y la ley. 24. Ejercer de acuerdo con la ley, la inspección vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financieras, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público. Así mismo, sobre las entidades cooperativas y las sociedades mercantiles. 25. Organizar el crédito público; reconocer la deuda nacional y arreglar su servicio; modificar los aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas; regular el comercio exterior; y ejercer la intervención en las actividades financieras, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro de terceros de acuerdo con la ley. 26. Ejercer la inspección y vigilancia sobre instituciones de utilidad común para que sus rentas se conserven y sean debidamente aplicadas y para que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de los fundadores. 27. Conceder patente de privilegio temporal a os autores de invenciones o perfeccionamientos útiles, con arreglo a la ley 28. Expedir carta de naturalización, conforme a la ley. 15. ¿Qué son los Ministerios y quienes los Ministros? R./ Son organismos creados para la dirección, coordinación y ejecución de una serie de servicios públicos. El número de ellos lo determina la ley así como su orden de precedencia. Y los ministros son voceros del Gobierno ante el Congreso y están facultados para presentar proyectos de ley a nombre de aquel, para atender las citaciones que las Cámaras le hagan en ejercicio del control político y para tomar parte en los debates de éstas en asuntos que sean de competencia de sus ministerios. Las leyes le atribuyen las funciones específicas a cada ministerio. 16. Menciones los Ministerios en Colombia.  Ministerio del Interior y de Justicia  Ministerio de Relaciones Exteriores  Ministerio de Hacienda  Ministerio de Defensa Nacional  Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural  Ministerio de Protección Social  Ministerio de Energía, Minas y Transporte  Ministerio de Comercio Exterior  Ministerio de Guerra Exterior  Ministerio de Educación Nacional  Ministerio de Comunicaciones  Ministerio de Cultura  Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo 17. ¿A que se dedican los Departamentos Administrativos?
  • 7. R./ Se ocupan de la coordinación y dirección de un solo servicio en forma técnica y especializada, son jefes superiores de la administración que bajo la dirección del Presidente de la República les corresponde adelantar las políticas administrativas atinentes a su despacho. Están en el mismo nivel jerárquico que los ministerios y su control político está a cargo del congreso. 18. Mencione los Departamentos Administrativos  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.  Departamento Administrativo Nacional de Planeación (DANP).  Departamento Administrativo de la Función Pública  Departamento Administrativo de la Seguridad (DAS)  Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).  Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas. (DANCOOP). 19. ¿A que se define como Superintendencias? R./ Se definen como entidades adscritas a un ministerio, para realizar algunas actividades de inspección y vigilancia, que son atribuidas al Presidente de la República en calidad de suprema autoridad administrativa, y otra que la ley les asigna dentro de ciertos límites de autonomía financiera y administrativa. Las funciones específicas de cada una de ellas dependen de las normas que las crea u organismo. Por ejemplo en el Ministerio de Defensa Nacional encontramos la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 20. ¿Qué son Entidades Descentralizadas? R./ Integran la rama ejecutiva y se encargan de cumplir funciones que corresponden al estado, gracias a la descentralización de funciones, tienen autonomía para desarrollar sus actividades y gozan de las prerrogativas que les concede la ley que las crea. Las categorías más tradicionales son: 20.1 Los Establecimientos Públicos: Son entidades creadas por la ley o autorizadas por ella y que cumplen funciones administrativas. Son creados por el Congreso, o por el Presidente, previa delegación del órgano legislativo.  Su función es la prestación de servicios públicos.  Están regulados por las normas del derecho público.  Tienen personería jurídica.  Tienen autonomía administrativa.  Poseen un patrimonio independiente que puede ser constituido con bienes o fondos públicos o con el producto de impuestos o tasas destinadas para su funcionamiento. Ejemplo de establecimientos públicos son:  Fondo rotatorio del ministerio de justicia.  Defensa civil colombiana.  Instituto nacional de radio y televisión, INRAVISION.  Universidad Nacional.  Instituto colombiano para el fomento de la educación superior, ICFES. 20.2. Las Empresas Industriales y Comerciales Del Estado: Son entidades públicas encargadas de desarrollar actividades industriales o comerciales, conforme a las normas que rigen el derecho privado. Sus características son:  Se les aplica la normatividad del derecho privado, salvo las excepciones que determine la ley.
  • 8.  Están dirigidas por un gerente o director que es nombrado por el Presidente de la república.  Poseen personería jurídica.  Tienen autonomía administrativa.  Su capital está integrado por fondos públicos o por el rendimiento de impuestos o tasas destinados a tal fin. Ejemplos de empresas industriales y comerciales del Estado son:  Ecopetrol.  Carbocol.  Servicio aéreo a territorios nacionales SATENA. 20.3. Las Sociedades de Economía Mixta:Al igual que las empresas industriales y comerciales del estado desarrollan este tipo de actividades pero se diferencian de estas en que los recursos para su funcionamiento están constituidos por capital estatal y capital privado. Características:  Son creadas o autorizadas por la ley.  La participación del estado está regulada por la ley que crea la entidad.  o Se rigen por el derecho privado, salvo las excepciones de ley. Ejemplos de sociedades de economía mixta son:  Banco Ganadero.  Banco Central Hipotecario. 21. ¿De qué se encarga la Rama Judicial? R./ Se encarga de aplicar la ley de manera justa y resuelve conflictos entre las personas de acuerdo a la ley . 22. ¿Quiénes componen el Poder Judicial? R./ El poder judicial de Colombia empieza a partir de la Constitución Política de 1991, y está conformado por la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, así como los tribunales y juzgados y la Fiscalía General de la Nación, que a pesar de ejercer como ente acusador, es también considerada parte del poder judicial. 23. ¿Qué es el Corte Constitucional? R./ Es la entidad judicial encargada de velar por la integridad y la supremacía de la Constitución Colombiana y lo allí establecido. Fue creada por la Constitución de Colombia de 1991 (Constitución de Colombia de 1991 Capítulo IV: De la jurisdicción constitucional), e instalada por primera vez el 17 de febrero de 1992, inició con 7 miembros, elegidos de la forma señalada en el artículo 22 transitorio de la misma Constitución Política y desempeñaron su función hasta el día 28 de febrero de 1993. El primero de marzo de 1993, asumieron los nueve magistrados integrantes de la corporación de forma definitiva para un periodo de ocho años como lo establece la Constitución en sus artículos permanentes. En la actualidad, cuenta con nueve magistrados, que son elegidos para periodos de ocho años por el Senado, a partir de las ternas enviadas por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. 24. Conformación de la Corte Constitucional R./ La Corte, está conformada por tres salas:
  • 9.  Una sala plena que conoce y se encarga de las acciones de inconstitucionalidad (Sentencias "C") y los asuntos de tutela que se vuelven sentencias de unificación (Sentencias "SU"). Conformada por nueve magistrados.  Una sala de revisión de tutelas, conformada por tres magistrados, que se encarga de las tutelas que han sido seleccionadas para revisión (Sentencias "T"), proferidos por los diferentes despachos judiciales.  Una sala de selección de tutelas, en donde dos magistrados se encargan de seleccionar los fallos de esta acción consagrada en el art. 86 C.N., que se llevarán a las salas de revisión. 25. ¿Qué es la Corte Suprema de Justicia? R./ Es la más alta instancia judicial de la jurisdicción ordinaria en la República de Colombia. La sede está ubicada en el Palacio de Justicia en la Plaza de Bolívar en Bogotá, DC. 26. Funciones de la Corte Suprema de Justicia R./Tiene como funciones: 1. Nombrar y separar libremente a los Ministros del despacho y a los Directores de Departamentos Administrativos. Actuar como tribunal de casación. 2. Juzgar al presidente de la república o a quien haga sus veces y a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal general de la Nación, por cualquier hecho punible que se les impute (art. 174 y 175 num. 2 y 3). 3. Investigar y juzgar a los miembros del Congreso. 4. Juzgar, previa acusación del Fiscal General de la Nación, a los Ministros del Despacho, al Procurador General de la Nación, al Defensor del Pueblo, a los agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y ante los tribunales; a los directores de los departamentos administrativos, al Contralor General de la República, a los embajadores y jefes de misión diplomática o consular, a los gobernadores, a los magistrados de tribunales y a los generales y almirantes de la Fuerza Pública, por los hechos punibles que se les imputen. 5. Conocer de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos acreditados ante el gobierno de la nación, en los casos previstos por el derecho internacional. 6. Darse su propio reglamento. 27. Salas de la Corte Suprema de Justicia. R./ Se divide en tres Salas:  Sala de casación penal: Conformada por nueve magistrados.  Sala de casación civil y agraria: Conformada por siete magistrados.  Sala de casación laboral: Conformada por siete magistrados. 28. ¿Qué es el Consejo de Estado?
  • 10. R./ Es el máximo órgano de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que resuelve en última instancia los procesos que involucran al Estado y a los particulares, o los procesos que involucran a dos Entidades Estatales; además cumple una función consultiva pues es el órgano al que debe recurrir el Gobierno antes de tomar ciertas decisiones, no para pedir autorización, sino para saber de su consejo, dictamen u opinión en ciertos asuntos. 29. Salas del Consejo de Estado. R./Ejerce sus funciones por medio de tres (3) salas, integradas así:  La Plena, por todos sus miembros;  La de lo Contencioso Administrativo, por veintisiete (27) Magistrados.  La de Consulta y Servicio Civil, por los cuatro (4) Magistrados restantes.  Igualmente, tiene una Sala de Gobierno, conformada por el Presidente y el Vicepresidente del Consejo de Estado y por los Presidentes de la Sala de Consulta y Servicio Civil y de las secciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo. 30. ¿Qué es el Consejo Superior de la Judicatura? R./ Es el órgano encargado de: 1. Adoptar el informe anual que será presentado al Congreso de la República sobre el estado de la Administración de Justicia. 2. Adoptar, previo concepto de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, el Plan de Desarrollo de la Rama Judicial y presentarlo al Gobierno Nacional para su incorporación en el Plan Nacional de Desarrollo. 3. Dictar los reglamentos necesarios para el eficaz funcionamiento de la administración de Justicia. 4. Adoptar y proponer proyectos de ley relativos a la administración de Justicia y a los códigos sustantivos y procedimentales. 5. Elegir al Presidente del Consejo, quien tendrá la representación institucional de la Corporación frente a las demás ramas y autoridades del Poder Público, así como frente a los particulares. Así mismo elegir al Vicepresidente de la Corporación. 6. Promover y contribuir a la buena imagen de la Rama Judicial, en todos sus órdenes, frente a la comunidad. 7. Dictar el reglamento interno del Consejo. 31. Intento de Supresión del Consejo Superior de la Judicatura. R./ El 3 de mayo de 2012, tras una cumbre de poderes convocada por la Presidencia, las tres ramas del poder público del país, acordaron incluir en el proyecto de Reforma a la Justicia la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura y la creación de un Consejo Nacional de Administración Judicial y un Consejo de Disciplina Judicial que lo reemplazarían. La propuesta fue aprobada por el Congreso de la República en el marco de los debates de aprobación de la polémica Reforma a la Justicia; sin embargo con el hundimiento de la Reforma el 28 de junio de 2012, se hundió también la propuesta de eliminación de esta entidad. 32. ¿Qué es la Fiscalía General de la Nación? R./ Es un organismo adscrito al poder judicial en Colombia. Su principal función es investigar y acusar a los presuntos responsables de haber cometido un delito a partir del sistema penal acusatorio implementado con la ley 906 de 2004. La Fiscalía General de la Nación para el ejercicio de la acción penal esta integrada por el Fiscal General de la Nación, el Vice-fiscal, los fiscales y los funcionarios que él designe y estén previstos en el estatuto orgánico de la institución para esos efectos.
  • 11. 33. ¿Quién elige al Fiscal General de la Nación? R./ El Fiscal General de la Nación es elegido por la Corte Suprema de Justicia de una terna enviada por el presidente de la república. 34. ¿Qué es el Sistema Penal Acusatorio? R./ Es un sistema adversarial donde las partes (fiscalía y defensa) se enfrentan en igualdad de oportunidades ante un juez imparcial. También pueden intervenir el ministerio público (La Procuduría) y la víctima. El primero para salvaguardar el orden jurídico y el segundo para que se le garantice la verdad, la justicia y la reparación. Este es un sistema garantista de los derechos fundamentales y se ve reflejado en los jueces de control de garantías como su nombre lo dice, controla la legalidad de las actuaciones de la fiscalía y de la policía judicial. Las etapas del sistema penal acusatorio se dividen en: La audiencia de formulación de acusación, la preparatoria al juicio oral, la de juicio oral y la reparación integral y sentencia.  La audiencia de formulación de acusación: Se realiza ante un juez de control de garantías y en ella la fiscalía comunica a la persona que se le está adelantado un proceso, una investigación sobre definidos hechos punibles para que este ejerza el derecho de defensa.  La audiencia preparatoria: Es la preparación para la audiencia de juicio oral la defensa descubre los elementos materiales probatorios, las partes enuncian que van a hacer valer en el juicio oral.  La audiencia de juicio oral: Es la más importante del sistema penal acusatorio. Allí ante el desconocimiento, en un juicio público, oral y concentrado la fiscalía y la defensa ofrecen las pruebas las cuales se practican controvierten y argumentan ante el juez, concluido el debate probatorio el juez anuncia el sentido del fallo (absolutorio o condenatorio).  La audiencia de reparación integral y sentencia: Consiste en la reparación integral de la víctima de los perjuicios materiales y morales ocasionados por el delito. En cuanto a la audiencia de sentencia si el fallo es condenatorio se hace una valoración de las condiciones del sentenciado para establecer la pena que le corresponde. En conclusión el mayor impacto del sistema acusatorio es la agilidad y rapidez con los que cuenta el sistema para administrar justicia.Este sistema promueve a los buenos abogados y funcionarios pero también pone en evidencia a los actores que no se preparan para hacer su trabajo en audiencia. Por último en materia de eficacia y garantía, cosas que se resolvían en el sistema mixto en años, ahora se resuelve en meses, por otra parte, las personas tienen mayor confianza en la administración de justicia penal, pues aunque se sientan perseguidos por la policía y fiscalía, al final confían en los controles posteriores de los jueces.
  • 12. BIBLIOGRAFÍA  Constitución de Colombia, 1991