Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Educacion en la constitucion bonaerense
1. La Educación en la Constitución de
la Provincia de Buenos Aires.
2. Derecho a la Educación.
Se reconoce la libertad de enseñar y aprender
(Art. 35)
La Educación y la cultura son Derechos
Humanos Fundamentales
(Art. 198)
3. Agentes Educativos
(art. 198)
El Estado Provincial tiene la
RESPONSABILIDAD INDELEGABLE
en la educación. Debe garantizar
• Libre acceso
• Permanencia
• Y egreso del Sistema Educativo.
Se reconoce a la familia como
agente educador primario.
4. El Sistema Educativo Provincial
(Art. 200)
Se compone de “unidades funcionales” que se
creen en los distintos niveles y modalidades.
La educación provincial de gestión oficial es
GRATUITA
en todos los niveles
El nivel básico, es
OBLIGATORIO
5. Colegios Privados (art. 200)
Se admite la existencia de servicios educativos
privados, en la medida en que se integren al
SEP y se sometan al control estatal.
6. Gobierno y Administración (Art.201/203)
DGCE
DIRIGE Y ADMINISTRA
Director nombrado por
el gobernador con acuerdo
del Senado.
CONSEJOS
Consejo GCE ESCOLARES.
Asesora al DGCE órganos distritales
10 miembros: de administración del SEP.
• 6 elegidos por Diputados Cuestiones no pedagógicas
Consejeros elegidos
• 4 Docentes por voto popular
7. Educación Universitaria. (Art. 42 y 205)
• Accesible a todos los habitantes, pero
• “gratuita, con las limitaciones que la ley
establezca”
• Organos: Consejo Superior presidido por un
rector.
• Dictan sus reglamentos, organizan su
disciplina interna, crean cátedras, carreras,
planes y facultdes