1. Vigente durante el Año Académico 2019-2020
Manual para miembros
de la
Asociación de Estudiantes
Doctorales de
Caribbean University
Capítulo de Ponce
Puerto Rico
Vigente durante el Año Académico 2019-2020
“Creando Líderes para la
Transformación Educativa
de Puerto Rico”
2. 2
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Manual para miembros
de la Asociación de Estudiantes Doctorales de
Tabla de Contenido
Descripción de la Asociación de Estudiantes Doctorales………………………………3
Reglamento de la Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean University
Ponce, Puerto Rico……………………………………………………………………….9
Procedimientos Parlamentarios de la Asociación de Estudiantes Doctorales de
Caribbean University Ponce, Puerto Rico………………………………………………20
Referencias………………………………………………………………………………..30
“Creando líderes para la transformación
educativa de Puerto Rico”
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Al amparo de la Ley Número 179 del 30 de julio de 1999, Ley para ordenar a toda
institución educativa o universitaria del país a establecer un registro de fraternidades,
sororidades o asociaciones de cualquier tipo, y a tono con la Parte II, Artículo 13 del
Reglamento General de Estudiantes de Caribbean University se incluye la información requerida
para el registro de una organización de estudiantes.
1. Nombre de la asociación
Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean University - Ponce, Puerto Rico
2. Visión
La Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean University - Ponce, Puerto Rico,
tiene como visión:
A. Fomentar el desarrollo de las competencias en los procesos de investigación, como
medio para la solución de los problemas educativos de Puerto Rico, por medio del
desarrollo de actividades claras, objetivas, responsables y éticas.
B. Representar a los estudiantes doctorales mediante un comportamiento ejemplar y
competente.
3. Misión
La Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean University - Ponce, Puerto Rico,
tiene la misión de fomentar en sus miembros la investigación, el respeto por la dignidad humana,
el desarrollo ético, y una mejor formación académica dentro de un plano humanístico e integral.
De esta manera, se hará la major aportación a la transformación de la educación de Puerto Rico.
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4. Objetivos
Para lograrlo, la Asociación Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean
University - Ponce, Puerto Rico se propone los siguientes objetivos:
A. Estimular un vínculo de colaboración entre estudiantes doctorales de diversas
universidades.
B. Lograr ser referente a nivel estatal, con el Departamento de Educación de Puerto
Rico y Sistemas Educativos Privados, para ofrecer asesoría y talleres educativos
en el área de diseño curricular y de investigación pedagógica.
C. Ser hilo conductor de comunicación entre la Academia, el Departamento de
Educación, así como con Sistemas Educativos Privados.
D. Fomentar la vida universitaria como fuente enriquecedora tanto a nivel personal
como profesional.
E. Establecer un sistema que garantice la igualdad de oportunidades para todos los
estudiantes del Programa Doctoral en Filosofía en Educación con especialidad en
Currículo y Enseñanza y dotarlos de una mejor experiencia de estudio.
F. Facilitar la difusión de competencias transversales con carácter económico y
humano.
G. Establecer cauces para la comunicación entre el sector empresarial y la facultad
del Programa Doctoral en Filosofía en Educación con especialidad en Currículo y
Enseñanza.
H. Cumplir los valores de nuestra asociación: liderazgo, calidad, colaboración,
transparencia, ética y pasión.
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5. Lema
Creando líderes para la transformación educativa de Puerto Rico
6. Emblema
7. Logo
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8. Composición del Cuerpo Directivo (Año Académico 2019-2020)
Posición en el Cuerpo Directivo Nombre del Integrante
Presidenta Lucille Oliver
Primera Vice presidenta María Lugo
Segunda Vice presidenta Sylvette Quiñones
Tesorera Lilliam Feliciano
Secretaria Luz S. García
Cronista Maribel Cruz
Vocal 1 Ivette Ponce
Vocal 2 Rosario Padilla
9. Forma de Ingreso a la Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean University
Ponce, Puerto Rico
Puede ingresar a la Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean University Ponce,
Puerto Rico todo alumno del Programa Doctoral en Filosofía en Educación con
especialidad en Currículo y Enseñanza que:
A. Tenga un interés genuino en el campo de la investigación pedagógica.
B. Todo estudiante doctoral que quiera desarrollar sus capacidades como líder
para la transformación educativa de Puerto Rico.
C. Complete la solicitud de ingreso, cumpla con todos los requisitos de ingreso y
la misma sea ratificada por el Cuerpo Directivo.
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D. Tenga la disposición de ofrecer charlas, talleres y/o participar en foros a ser
ofrecidos a estudiantes graduados de la Caribbean University, otras
universidades o entidades de carácter pedagógico.
E. Tenga aprobado un mínimo de 12 créditos conducentes al grado Doctoral en
Filosofía en Educación con especialidad en Currículo y Enseñanza.
F. Mantenga un promedio académico mínimo de 3.00.
G. Curse estudios en el recinto de Ponce de la Caribbean University.
10. Lista de afiliados en el Año Académico 2019-2020
1. Alma Iris González Rodríguez
2. Ana I. Colón Soto
3. Anthony I. Jiménez Toro
4. Aziza Mahmud Pérez
5. Carolina Ortiz Uriarte
6. Dámaris Rivera Rivera
7. Heidy Villa Marín
8. Ivette Ponce Suárez
9. Jannette Piazza Toro
10. Jesús Morales Negrón
11. Jorge L. Pagán Pedrogo
12. Juan E. Santiago Galarza
13. Lillian A. Feliciano Cintrón
14. Lucia Nazario Plaza
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15. Lucille Oliver Cebollero
16. Luz Milagros Acosta Troche
17. Luz Selenia García López
18. María del R. Lugo Quiñones
19. María J. Banchs Cabrera
20. Maribel Cruz Conde
21. Maribel Rolón Santiago
22. Marilú Suarez Vargas
23. Marilyn Vélez Albino
24. Merissa Gonzáalez
25. Mildred Crespo Rosado
26. Rosario Padilla Acosta
27. Sofía E. Veléz Toro
28. Suheil Cuevas Arce
29. Sylvette Quiñones Santana
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Reglamento de la Asociación de Estudiantes
Doctorales de Caribbean University
Ponce, Puerto Rico
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CAPITULO I. Constitución de la Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean
University - Ponce, Puerto Rico
Artículo 1.
Se constituye la Organización de Alumnos con la denominación de Asociación de
Estudiantes Doctorales de Caribbean University - Ponce, Puerto Rico en la Caribbean
University de Ponce, al amparo de la Parte II, Artículo 13, del Reglamento de Estudiantes
de Caribbean University. Sus siglas serán: AED-CUPPR
Artículo 2.
La Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean University - Ponce, Puerto
Rico se basará en los principios de democracia, participación, equidad y pluralismo.
Artículo 3.
Los fines esenciales de la asociación serán:
1. Estimular un vínculo de colaboración entre representantes de estudiantes doctorales
de diversas universidades.
2. Lograr ser referente a nivel estatal, con el Departamento de Educación y Sistemas
Educativos Privados, para ofrecer asesoría y talleres educativos en el área de diseño
curricular y de investigación pedagógica.
3. Ser el hilo conductor de la comunicación entre los la Academia y el Departamento de
Educación, así como con Sistemas Educativos Privados.
4. Fomentar la vida universitaria como fuente enriquecedora tanto a nivel personal como
profesional.
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5. Establecer un sistema que garantice la igualdad de oportunidades para todos los
estudiantes del Programa Doctoral en Filosofía en Educación con especialidad en
Currículo y Enseñanza.
6. Proveer conferencias, foros, talleres, entre otros, para dotar a los estudiantes de
Caribbean University de una mejor experiencia de estudio.
7. Facilitar la difusión de competencias transversales con carácter económico y humano.
8. Establecer cauces para la comunicación entre el sector empresarial, tanto público
como privado, con las facultades del Programa Doctoral en Filosofía en Educación
con especialidad en Currículo y Enseñanza.
9. Cumplir los valores de nuestra asociación: liderazgo, calidad, colaboración,
transparencia, ética y pasión.
10. Apostar por una educación de calidad, alineada a las necesidades que exigen los
cambios globales.
Artículo 4.
El domicilio social será en 1015 Avenida La Ceiba, Ponce, PR 00716
CAPITULO II. Cuerpo Directivo de la Asociación de Estudiantes Doctorales de
Caribbean University - Ponce, Puerto Rico
Artículo 5.
El Cuerpo Directivo de la asociación estará conformado por:
Presidenta
Primera Vice presidenta
Segunda Vice presidenta
Tesorera
12. 12
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Secretaria
Cronista
Vocal 1
Vocal 2
Vocal 3
Artículo 6.
La asamblea estará formada por todos los asociados, es el máximo órgano
decisorio de la asociación y conforma la voluntad de ésta mediante el voto de sus
miembros.
Artículo 7.
El Cuerpo Directivo se reunirá una vez al mes dentro del curso lectivo, siendo
convocada con su orden del día con, al menos, cinco días de antelación.
Artículo 8.
Serán funciones de la matrícula de afiliados:
1. Aprobar los planes de trabajo sometidos por el Cuerpo Directivo y examinar su
realización.
2. Examen y aprobación de las cuentas, presupuestos y aplicación de fondos.
3. Cualquiera que no esté atribuida expresamente a el Cuerpo Directivo por los
estatutos.
Artículo 9.
En las reuniones ordinarias se tomarán decisiones por mayoría simple de los
asociados.
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Artículo 10.
La reunión extraordinaria se reunirá cuando lo estime necesario el Cuerpo Directivo o la
mitad más uno de los asociados.
Artículo 11.
Serán funciones de los miembros en la Reunión Anual de Asociados:
1. Elegir Junta Directiva.
2. Modificar estatutos.
3. Acordar la asociación o confederación con otras asociaciones.
4. Autorizar la enajenación de sus bienes.
5. Acordar la disolución de la asociación.
6. Decidir la expulsión de socios, a propuesta del Cuerpo Directivo.
7. Todas aquellas que no sean competencia exclusiva del Cuerpo Directivo.
Artículo 12.
En toda reunión de asociados se tomarán decisiones por mayoría simple de los
asociados, excepto en aquello casos previstos por los presentes estatutos.
Artículo 13.
El Cuerpo Directivo es elegido en la Asamblea Anual, en el primer mes del
trimestre lectivo de agosto a octubre, por mayoría absoluta en primera vuelta o simple en
la segunda.
Artículo 14.
El Cuerpo Directivo es el órgano de gestión de la asociación y responsable del
funcionamiento de ésta cuando la asamblea no está reunida.
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Artículo 15.
Serán funciones del Cuerpo Directivo:
1. Coordinar el funcionamiento de los distintos órganos de la asociación.
2. Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea General.
3. Designar los gestores de la asociación, para las actividades de desarrollo profesional.
4. Proponer a la Asamblea la admisión o expulsión de socios.
5. Velar por el cumplimiento de los fines y estatutos de la asociación.
Artículo 16.
El Presidente tendrá las siguientes funciones:
1. Convocar las reuniones de la Asamblea ordinaria y extraordinaria, según el
procedimiento establecido.
2. Establecer el orden del día con los temas propuestos por la propia asamblea, el
Cuerpo Directivo o cualquier asociado, y hacerlo público al menos con veinticuatro
horas de antelación.
3. Presidir y moderar las reuniones de la asamblea.
4. Levantar, suscribir y conservar actas de las reuniones de la asamblea, en las que
necesariamente han de constar el orden del día, los acuerdos alcanzados, las
incidencias producidas y cualquier término expresamente requerido por cualquier
asociado.
Artículo 17.
El Secretario es el representante ordinario de la asociación, vela por el
funcionamiento de la misma y dirige y coordina la Junta directiva, además de presidir sus
reuniones.
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Artículo 18.
El Secretario de Organización y Administración tendrá las siguientes funciones:
Conservar el registro de asociados y sus archivos.
Artículo 19.
El Tesorero de la asociación y administra sus bienes, de acuerdo con los gestores.
Es responsable de generar un informe económico mensual, el cual presentará en las
reuniones mensuales del Cuerpo Directivo y un informe anual presentado en la Reunión
Anual de Asociados.
Artículo 20.
El Primer Vicepresidente y el Segundo Vicepresidente tienen la responsabilidad
de planificar actividades culturales, pedagógicas, talleres, seminarios y foros y presiden
los grupos de trabajo respectivos que se constituyan.
Artículo 21.
El mandato del Cuerpo Directivo será de un año académico. Asimismo, solo
podrán ser electos para la misma posición por cuatro ocasiones. El Cuerpo Directivo es
responsable ante la asamblea de su gestión, y podrá ser cesada o destituida antes del
cumplimiento de su mandato.
Artículo 22.
En caso de cese en sus funciones, ya sea voluntario o en virtud de mecanismos
estatutarios, o mera suplencia transitoria, sus funciones serán asumidas por el miembro
del Cuerpo Directivo que éste decida hasta la convocatoria de la siguiente asamblea.
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Artículo 23.
Los Vocales, son los encargados de velar por el buen uso de los recursos
económicos de la asociación, en colaboración con el Secretario de la Asociación y con el
secretario de organización y administración. En ningún caso su trabajo será retribuido.
CAPITULO III. Requisitos de membresía de la Asociación de Estudiantes Doctorales de
Caribbean University - Ponce, Puerto Rico
Artículo 24.
Serán miembros de la Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean
University - Ponce, Puerto Rico: todo alumno del Programa Doctoral en Filosofía en
Educación con especialidad en Currículo y Enseñanza que:
1. Tenga un interés genuino en el campo de la investigación pedagógica.
2. Todo estudiante doctoral que quiera desarrollar sus capacidades como líder para
la transformación educativa de Puerto Rico.
3. Complete la solicitud de ingreso, cumpla con todos los requisitos de ingreso y la
misma sea ratificada por el Cuerpo Directivo.
4. Tenga la disposición de ofrecer charlas, talleres y/o participar en foros a ser
ofrecidos a estudiantes graduados de la Caribbean University, otras universidades
o entidades de carácter pedagógico.
5. Tenga aprobado un mínimo de 12 créditos conducentes al grado Doctoral en
Filosofía en Educación con especialidad en Currículo y Enseñanza.
6. Mantenga un promedio académico mínimo de 3.00.
7. Curse estudios en el recinto de Ponce de la Caribbean University.
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Artículo 25.
Son derechos de todos los asociados:
1. Participar de hecho, con voz y voto en los órganos de la asociación.
2. Utilizar los servicios de la asociación, reunirse en la Caribbean University Recinto de
Ponce, expresarse a través de sus órganos, y en general, disfrutar de todos los
derechos que como asociados le corresponden.
3. Defender en el seno de la asociación cualquier género de planteamientos que hagan
referencia al campo específico de la asociación sean o no mayoritarios.
4. Ser elector y elegible a cualquier cargo, según lo dispuesto en los presentes estatutos.
5. Controlar el trabajo de toda la asociación, pudiendo exigir todo tipo de información.
Artículo 26.
Son deberes de los socios:
1. Respetar y cumplir los estatutos y acuerdos tomados por los órganos de la asociación.
2. Promover la asociación en el centro e intentar asociar a otros estudiantes.
3. Desempeñar los cargos para los que fueran elegidos.
4. Contribuir a la financiación de la asociación pagando las cuotas que determine la
asamblea.
Artículo27.
Para adquirir la condición de asociado, éste deberá cumplimentar su solicitud ante
la asamblea, a través de cualquier asociado. La admisión será efectiva si ningún asociado
plantea negativa razonada, siendo efectiva ésta si es ratificada por la mayoría absoluta de
los presentes.
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Artículo 28.
La condición de socio se perderá por las siguientes causas:
1. No cumpla con los cánones de ética de la Caribbean University y de Asociación de
Estudiantes Doctorales de Caribbean University - Ponce, Puerto Rico.
2. Incumpla con el promedio mínimo de 3.00.
3. Por dejar de estudiar en forma parcial o total en la Caribbean University, Recinto de
Ponce.
4. Tenga una conducta o aparente una conducta que lacere la imagen de la Caribbean
University y su Programa Doctoral.
5. No participe en forma activa de las actividades programadas por la Asociación de
Estudiantes Doctorales de Caribbean University - Ponce, Puerto Rico
6. Por decisión propia.
7. Por no respetar los Estatutos y acuerdos de la asociación o dañar gravemente sus
intereses.
Artículo 29.
La expulsión de socios, en su caso, será acordada por la Asamblea, a propuesta del
Cuerpo Directivo, respetado el derecho de audiencia del interesado.
CAPITULO IV.
Artículo 30.
El patrimonio económico de la asociación estará constituido por las cuotas de los
asociados, los bienes que puedan adquirirse y las aportaciones que se puedan recibir en
concepto de donación y/o subvención.
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Artículo 31.
El Tesorero y los Vicepresidentes son los responsables del patrimonio y la gestión
económica, debiendo llevar un libro registro, rindiendo anualmente cuentas a la asamblea.
CAPITULO V.
Artículo 32.
Los Estatutos podrán ser modificados en virtud de asamblea general
extraordinaria, convocada al efecto y siempre que se produzca el acuerdo de la mayoría
absoluta de los asociados.
CAPITULO VI.
Artículo 33.
La Asociación de Estudiantes Doctorales de Caribbean University Ponce, Puerto
Rico se disolverá por las siguientes causas:
1. Por voluntad de 2/3 partes de los socios.
2. Por sentencia judicial.
3. Por las que señala el Código Civil.
4. Por señalamiento de la Caribbean University.
Artículo 34.
En caso de disolución el haber final resultante irá a otra asociación de similares
características de la Caribbean University Recinto de Ponce, previo acuerdo de la
mayoría de los asociados.
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Procedimientos Parlamentarios de la
Asociación de Estudiantes Doctorales de
Caribbean University Ponce, Puerto Rico
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Introducción
Con el objetivo de garantizar el buen funcionamiento de la Asociación de Estudiantes Doctorales
de Caribbean University Ponce, Puerto Rico es indispensable que las reuniones ordinarias,
reuniones extraordinarias y asambleas se rijan mediante los procedimientos parlamentarios. El
presente documento recoge una serie de procedimientos parlamentarios de uso común en
reuniones o asambleas, dirigido a organizaciones que persiguen objetivos comunes. Los
procedimientos parlamentarios son un conjunto de normas y reglas, que tienen el propósito de
facilitar reuniones ordenadas y eficientes, al mismo tiempo promueven la participación
ciudadana.
¿Qué son los procedimientos parlamentarios, por qué un procedimiento parlamentario
n y para qué sirve un procedimiento parlamentario?
Son el conjunto de reglas o normas que nos indican de manera clara y ordenada cómo las
organizaciones deben actuar, antes, durante y después de las reuniones. Esto permitirá a las
organizaciones tener una adecuada gestión de sus acciones, logrando que las personas
involucradas acuerden, asuman y apliquen los procedimientos. La gestión transparente logra
mejores resultados.
Procedimientos Parlamentarios
Los procedimientos parlamentarios más utilizados dentro de las cooperativas son los que
se presentan a continuación:
1. Asamblea - Es la reunión de personas o cuerpos políticos que integran una comunidad
u organización con el objeto de conocer, deliberar, decidir y guiar conforme las normas
establecidas, los destinos de su comunidad u organización.
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2. Reunión Constitutiva - La reunión constitutiva se la realiza para elegir por primera vez
a la directiva, es decir esta reunión se da una sola vez.
3. Reunión Ordinaria - Tienen una periodicidad establecida y se realizan sin que haya
necesidad de efectuar una convocatoria expresa, pero es recomendable hacer una
convocatoria verbal o por escrito. En las reuniones ordinarias no es obligatoria la agenda,
es decir, se lleva acabo con agenda abierta en virtud de dar oportunidad a los asistentes a
tratar cualquier asunto que estimen de interés los asambleístas sin embargo se recomienda
establecer uno o dos puntos a tratarse importantes y se deja abierta para tratar otros
puntos.
4. Reunión Extraordinaria - Como su nombre lo establece no tienen periodicidad regular,
deben ser convocadas expresamente por escrito. La agenda es cerrada y obligatoria, en la
citación debe especificarse el o los puntos específicos a tratar; es decir, se debe dar razón
del motivo y carácter de la convocatoria.
Pasos para el desarrollo de reuniones o asambleas
Toda reunión o asamblea debe prepararse con anticipación, examinando los
factores y planteamientos que se van a dar a conocer o tratar en dicha asamblea o reunión
para ello es indispensable contar con un orden de los temas a tratarse, como se detalla a
continuación:
1. El quórum Es el mínimo número de personas que deben estar presentes en la
asamblea para que esta tenga carácter de válida y se pueda dar por instalada
legalmente. Según establecido en el Reglamento de la Asociación de Estudiantes
Doctorales de Caribbean University Ponce, Puerto Rico
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en quorum se establece con 2/3 partes de la junta para reuniones de la junta de
directiva. Asimismo, 2/3 partes de los miembros que componen los diversos
comités cuando son citados en forma independiente. De esta manera, 2/3 de la
totalidad de los miembros en las asambleas anuales. Se comprobará el quórum
antes de iniciar la sesión y se puede hacer de la siguiente forma:
a. Contando individualmente a los asistentes.
b. Haciéndolos firmar al momento del ingreso a la sala. c. Pasando una
lista de asistencia antes de iniciar la reunión.
2. Apertura de la sesión Corresponde realizarla al presidente o secretario general
o quien legalmente lo reemplace. Tras realizar la apertura, éste realizará un breve
saludo a la asamblea. Bienvenida y lectura de “EL ORDEN DEL DÍA” que consta
de los siguientes pasos:
a. Llamado al orden (por el presidente)
b. Aprobación de las minutas
c. Reporte del presidente (si hubiera)
d. Reporte del tesorero/a (si hubiera)
e. Reporte de comités
f. Comités permanentes
g. Comités especiales o de asunto específico
h. Asuntos (“viejos”) pendientes
i. Asuntos nuevos i. Debate: Para abrir el debate el secretario recuerda a
las y los participantes las reglas para tomar la palabra, entre las básicas
están:
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1. Deberá pedir la palabra para intervenir.
2. La palabra se dará por orden de solicitud de palabra.
3. No podrá intervenir más de dos veces, a menos que la persona
sea aludida o mencionada por otra persona que intervino.
4. Si menciona el problema, se pide que plantee una solución.
5. Si propone realizar alguna actividad, que plantee cómo llevarla a
cabo.
6. Intervenciones concretas, claras y con respeto. Seguidamente se
procederá a dar el uso de la palabra a quienes lo hayan solicitado,
para el efecto quien quiera intervenir debe pedir la palabra. En las
reuniones siempre suelen haber situaciones delicadas y hasta
explosivas, por lo que es necesario que se maneje los conflictos por
quien la dirige, apelando al arte de las relaciones humanas y al
equilibrio personal, así se garantizará una mayor posibilidad de que
todo salga bien, encontrando soluciones, procurando que todo se dé
en armonía y con grandes perspectivas y buenos deseos de seguir
trabajando.
j. Cierre de la sesión Pasos esenciales en el proceso de mociones:
i. Presentación de moción (por cualquier miembro de la asamblea
previo reconocimiento del presidente)
ii. Apoyo de la moción (por cualquier miembro de la asamblea)
iii. Verbalizar la moción (por el presidente inmediatamente
de haber sido apoyada o secundada)
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iv. Discusión de la moción (excepto cuando éste no es debatible)
v. Voto sobre la moción
vi. Anuncio del resultado (por el presidente inmediatamente
después del voto) 4. Mociones Una moción es una
propuesta de que se haga algo. Después de que se haya
solicitado por el presidente y se haya apoyado, llega a ser la
“la cuestión ante la cámara” y ahora les pertenece a todos
los miembros. a. Pasos para presentar la moción:
vii. Declarando una moción:
1. Se dirige el miembro a la presidencia diciendo, “Señor
Presidente o
Señora Presidenta”
2. La presidencia le concede la palabra al miembro
diciendo, “Señor o Señora X”
3. El miembro declara la moción diciendo, “Yo
propongo/solicito que…”
vii. Apoyando una moción Se apoya una moción debido a
que se da por sentado o se supone que por lo menos (2)
personas o una segunda persona debería segundar o apoyar
una idea antes de tomar el tiempo para discutirla. Si una
moción no se apoya, se “desaparece” y no se toma más
acción.
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viii. Discusión Este es el debate libre y sin límite de la
propuesta. El presidente deberá conceder o dar la palabra a
la persona que declaró la propuesta original para que él o
ella comiencen la discusión o el debate. El presidente
deberá de tratar de mantener el debate equilibrado entre
aquellas personas que están en pro, o en contra, lo más
posible.
ix. Declara cerrada la discusión El declarar cerrada la
discusión requiere el consentimiento de los miembros. De
hecho, 2/3 partes de los miembros deben votar
afirmativamente para poder cerrar la discusión, si la moción
para declarar cerrado el debate es iniciada por parte de los
integrantes.
4. Sin embargo, existen otras maneras: a. Se ha terminado la discusión y
nadie quiere
hacer más preguntas. En este caso, el presidente debería preguntar,
“¿Desea
alguien más hablar sobre este tema?” Si no hay nadie, el presidente
puede declarar cerrada la discusión. b. Se está debatiendo el tema por
varios minutos
y no parece estar progresando. El presidente puede preguntar,
“¿Estamos listos para votar?” Si el presidente recibe una respuesta
afirmativa, en ese momento se puede declarar cerrada la discusión.
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5. Acuerdos y Resoluciones Luego de haber agotado el espacio de
parlamento o debate y conscientes de que los temas en discusión han
sido analizados hasta la saciedad, se procederá a llegar a acuerdos y
resoluciones de la asamblea; que deberán ser claros, concretos y
precisos, quizá este sea el punto básico de toda sesión, por cuanto se
estima que nos reunimos para tratar de asuntos de interés y beneficio.
Es muy común que, por desconocimiento de los dirigentes, en muchas
ocasiones se da más apertura al parlamento, es por ello por lo que una
reunión sin acuerdos y compromisos es como no haberla realizado.
6. Clausura Una vez agotado el debate y luego de haber llegado a
acuerdos y compromisos satisfactorios y no habiendo más puntos que
tratar la o el presidente o secretario/a general procederá a agradecer a
los presentes por haberse mantenido en la reunión y clausurará la
asamblea y/o reunión.
7. El acta Es un documento escrito redactado por el secretario de la
reunión y que expone fielmente los acontecimientos suscitados en un
orden cronológico y figura como un documento que recoge hechos
históricos de lo ocurrido en el seno de la comunidad (reunión o
asamblea) organización o institución, de ahí la importancia del cuidado
especial que se debe tener en su redacción. 8. Redacción del Acta Cada
acta debe tener:
• Numeración
• Registro del lugar, fecha y hora donde se llevó a cabo la reunión
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• Persona que la presidió
• Registro de los miembros presentes
• Constancia de que se inició la reunión con el quórum reglamentario
• Observaciones al acta anterior
9. Recomendaciones Un miembro de la reunión solicitará la palabra de
la siguiente manera: Poniéndose de pie y levantando la mano. El
presidente/a solicitará al secretario/a inscriba el
pedido del uso de la palabra, luego a su turno dirá “Tiene la palabra el
compañero X “La persona en uso de la palabra agradecerá la
oportunidad de intervenir y siempre su intervención será dirigiéndose a
la mesa directiva, al presidente o director de la sesión y expresará su
criterio sobre el tema o punto que se está tratando y al concluir indicará
un planteamiento concreto. Las intervenciones deben ser claras,
concretas y precisas evitando en lo posible repetir lo que otros ya han
dicho, presentar iniciativas y soluciones, usar tono mesurado, evitar
griteríos e insulto, ser razonables, justos; argumentar conforme al
derecho y bien común, no hablar más de lo necesario. Durante la
intervención el asambleísta en ningún momento podrá dar la espalda a la
mesa directiva, pues esto constituye una falta de respeto. Luego de
finalizada la intervención se procederá a dar la palabra en el orden que
ha sido inscrito por el secretario. En toda reunión es regla general
realizar las intervenciones de pie por respeto a la mesa y a la
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concurrencia, a la vez que permite escuchar mejor a todos los asistentes.
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Referencias
Orange County Department of Education. (2016). Robert’s Rules of Order. Recuperado
de: https://www.tustin.k12.ca.us/uploaded/Schools/Tustin_High/SSC/
Robert_Rules_ENGSP_16-17.pdf
Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda. (2018). Procedimientos parlamentarios.
Recuperado de: https://www.habitatyvivienda.gob.ec/wp-content/uploads/
downloads/2018/03/PROCEDIMIENTO-PARLAMENTARIO.pdf