1. Modulo 1: Conceptos Básicos de
Salud en el Trabajo
Luis Ortega Torres MD.
Especialista SSO
2. Historia de Salud en el Trabajo
• Edad Antigua:
• Hipócrates(460a.C.370/360a.C.)Describiólasprimerasnotasmé
dicasacercadelostrabajadoresmetalurgistas.Relacionafactoresd
eterminantesdelasenfermedadesylaimportanciadelmediolabor
al,socialyfamiliar.
• Galeno(130d.C.200/210d.C.)describiólosdañosenlostrabajador
esdelasminasdecobre(Chipre),relacionándolosalosvaporesácid
osenelprocesodeobtencióndelmetal.
• Plinio(23 a.C. –79 a.C.) Describe la historia natural de las
enfermedades producidas por el zinc, cinabrio y el mercurio.
Recomienda a los esclavos protegerse el rostro con mascaras,
paños, membranas (vejiga de carnero) para disminuir la
exposición a polvos y vapores.
3. Historia de Salud en el Trabajo
• Renacimiento:
• Ellenbog(1449 –1499) Indica que los vapores de algunos
metales pueden ser peligrosos, describe la sintomatología de
la intoxicación con plomo y mercurio resaltando la
importancia de la ventilación y cómo tratar los casos.
• GeorgiusAgrícola (1494 –1555) De Re Metallica
• Reconoce que la aspiración de algunas partículas producía
asma y ulceraciones en los pulmones.
• Paracelso(1493 –1541) Relaciona la acción de las sustancias
usadas en el trabajo y la enfermedad en el trabajador.
• Intentó el tratamiento de diversas intoxicaciones laborales
9. Historia de Salud en el Trabajo
• Salud Ocupacional en el Ecuador
• La Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo surge como
parte de los derechos del trabajo y su protección. El programa
existe desde que la ley determinara que “los riesgos del
trabajo son de cuenta del empleador” y que hay obligaciones,
derechos y deberes que cumplir en cuanto a la prevención de
riesgos laborales.
• A través del Programa de Seguridad y Salud en el trabajo se
ha desarrollado el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud
en los Centros de Trabajo del País, afianzamiento del tema de
responsabilidad solidaria en los centros de trabajo respecto a
requisitos para contratación de obras y servicios.
10. Historia de Salud en el Trabajo
• Salud Ocupacional en el Ecuador
• La Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo surge como
parte de los derechos del trabajo y su protección. El programa
existe desde que la ley determinara que “los riesgos del
trabajo son de cuenta del empleador” y que hay obligaciones,
derechos y deberes que cumplir en cuanto a la prevención de
riesgos laborales.
• En 1986 Mediante decreto 2393 El sr. Presidente Ing. León
Febres Cordero, considerando que el estado debe precautelar
la seguridad y fomentar el bienestar de los trabajadores
emite: Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores
y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo.
12. Salud Ocupacional
• Ciencia multidisciplinaria, rama de la Salud Pública,
responsable de promover y mantener el más alto
grado posible de bienestar físico, mental y social de
los trabajadores en todas las profesiones; prevenir
todo daño (enfermedad o accidente) causado a la
salud de estos por las condiciones de su trabajo,
protegerlos en su empleo contra riesgos resultantes
de la presencia de agentes perjudiciales a su salud,
colocar y mantener al trabajador en un empleo
adecuado a sus aptitudes fisiológicas y psicológicas,
en suma adaptar el trabajo al hombre y cada
hombre a su trabajo.
13.
14.
15. Enfermedad Ocupacional
• Es el daño orgánico o funcional ocasionado al
trabajador como resultado de la exposición a
factores de riesgos físicos, químicos, biológicos
y/o ergonómicos, inherentes a la actividad
laboral.
Dirección Nacional de Discapacidades
16. Enfermedad Profesional
• Es todo estado patológico permanente o
temporal que sobreviene al trabajador como
consecuencia directa de la clase de trabajo que
desempeña o del medio en el que se ha visto
obligado a trabajar.
Dirección Nacional de Discapacidades
17. Enfermedades Agravadas por el Trabajo
• nfermedades que, si bien carecen de un nexo
causal con el trabajo, pueden verse agravadas
por los riesgos sanitarios de origen laboral.
18. DEFINICIONES PREVIAS
• PELIGRO
– Situación o característica intrínseca de algo capaz
de ocasionar daños a las personas, equipos,
procesos y ambiente.
19. INCIDENTE
• Suceso acaecido en el curso del trabajo o en
relación con el trabajo, en el que la persona
afectada no sufre lesiones corporales, o en el
que éstas sólo requieren cuidados de primeros
auxilios
20. ACCIDENTE DE TRABAJO
• Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con
ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una
lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez
o la muerte.
• Es también accidente de trabajo aquel que se produce
durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante
la ejecución de una labor bajo su autoridad, y aun fuera
del lugar y horas de trabajo
21. ACCIDENTE LEVE
• Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación
médica, que genera en el accidentado un
descanso breve con retorno máximo al día
siguiente a sus labores habituales.
22. ACCIDENTE INCAPACITANTE
• Suceso cuya lesión, resultado de la evaluación
médica, da lugar a descanso, ausencia
justificada al trabajo y tratamiento. Para fines
estadísticos, no se tomará en cuenta el día de
ocurrido el accidente.
23. INCAPACIDAD TOTAL TEMPORAL
• Cuando la lesión genera en el accidentado la
imposibilidad de utilizar su organismo; se
otorgará tratamiento médico hasta su plena
recuperación
24. INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE
• Cuando la lesión genera la pérdida parcial de un
miembro u órgano o de las funciones del
mismo.
25. INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE
• Cuando la lesión genera la pérdida anatómica o
funcional total de un miembro u órgano; o de
las funciones del mismo. Se considera a partir
de la pérdida del dedo meñique.
26. ACCIDENTE MORTAL
• Suceso cuyas lesiones producen la muerte del
trabajador. Para efectos estadísticos debe
considerarse la fecha del deceso.
27. LESIÓN
• Alteración física u orgánica que afecta a una
persona como consecuencia de un accidente de
trabajo o enfermedad ocupacional.
28. Marco Legal SST
• Este Programa esta sustentado en el Art. 326,
numeral 5 de la Constitución del Ecuador, en
Normas Comunitarias Andinas, Convenios
Internacionales de OIT, Código del Trabajo,
Reglamento de Seguridad y Salud de los
Trabajadores y Mejoramiento del Medio
Ambiente de Trabajo, Acuerdos Ministeriales.
29. Marco Legal SST
• El Ecuador es miembro de la Comunidad Andina; y, la
Decisión 584 del Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores; y, la Resolución 957 de la
Secretaría General de la Comunidad Andina, señálan
para los países que integran la Comunidad Andina
normas fundamentales en materia de seguridad y salud
en el trabajo, que tienen como objeto promover y
regular acciones a desarrollarse para disminuir o
eliminar los daños a la salud del trabajador mediante
aplicación de medidas de control, y el desarrollo de las
actividades necesarias para la prevención de riesgos
derivados del trabajo;
30. Marco Legal SST
• la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y
Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, en su
artículo 52 establece que a continuación del primer
inciso del artículo 539 se agregue el siguiente
párrafo: “El Ministerio rector del trabajo ejercerá la
rectoría en materia de seguridad en el trabajo y en la
prevención de riesgos laborales y será competente
para emitir normas y regulaciones a nivel nacional
en la materia”
31. Marco Legal SST
• Resolución C.D. 513: Reglamento del Seguro
General de Riesgos del Trabajo, normativa legal
IESS para prevención y atención de los riesgos y
accidentes de trabajo.