SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 54
EL CONCEPTO DE DERECHO PENAL
El sistema de la teoría del delito
Las etapas del sistema de comprobación dogmática
El Funcionamiento de la teoría del delito
LIMITES CONSTITUCIONALES DEL SISTEMA PENAL Y
SU INFLUENCIA EN LOS NIVELES OPERATIVOS
Explicación fundamental de los principios y las garantías constitucionales que influyen
en el sistema de la teoría del delito
LEGALIDAD CULPABILIDAD PRINC. DE ACTO PROPORC. MIN. INTERV.
exigencia de que la
descripción de las acciones
amenazadas con pena esté
contenida en la ley.
Este principio ha sido
expresado por Anselm von
Feuerbach: nullum crimen,
nulla poena, sine lege
praevia (no hay delito, no
hay sanción, sin ley previa.
UNo de los logros más
reconocibles del
movimiento intelectual y
político revolucionario
francés.
La garantía se encuentra
reconocida también en el
derecho internacional de los
derechos humanos. En
nuestro derecho positivo
constitucional el principio se
encuentra receptdo en el
art. 18 de la C.N. y
complementado en el art.
19 en su manifestación de
“reserva de ley”.
No hay crimen sin culpa:
uno de los cimientos
ideológicos del derecho
penal liberal.
El sujeto activo debe
haber tenido la
posibilidad de optar
entre la infracción de la
norma y la motivación a
favor del ordenamiento
jurídico.
El sujeto ha debido tener
la posibilidad de elegir
entre lo ilícito y lo no
lícito. No hay posibilidad
de imputación en casos
de responsabilidad
meramente objetiva,
caso fortuito, o ausencia
de dolo o imprudencia.
Las normas tienden a
una función de
comunicación y
motivación
Se exige que la
intervenciòn del derecho
penal se manifieste
siempre frente a sucesos
que expresan un
comportamiento y con
ello exceden del ámbito
de lo interno del sujeto.
Aquello que no sea una
acción no puede ingresar
al ámbito de la regulación
jurídico penal.
Hay una relación que
debe ser respetada en
todo el sistema y que
remite a que lo más
grave (en términos de
importancia del bien
jurídico e intensidad
de la lesión) debe
merecer más pena.
Ello incluso marca un
criterio de
organización
dosimétrica de la pena
y define el ámbito de
actuación de los tipos
penales.
El derecho penal es
una herramienta que
debe ser utilizada
socialmente de
modo acotado. Es un
valor en el tejido
social que el control
jurídico penal no se
exponga con gran
protagonismo. De
ello se deriva una
preocupación por los
límites del derecho
penal y una
interpretación
restrictiva de las
normas imperativas.
El papel de las garantías constitucionales en el sistema de la teoría del delito
La lectura en clave garantista del sistema de la teoria del delito
¿En qué lugares sistemáticos influyen las garantías
constitucionales?
• Principio de acto
• Principio de legalidad
• Principio in dubio pro libertate
• Principio de culpabilidad
• Principio de proporcionalidad
• Principio de lesividad
• Principo Exclusiva Protección
de Bienes Jurídicos.
Accion-Tipicidad
Tipicidad-Antijuricidad-Punibilidad
Tipicidad-Antijuricidad-Punibilidad
Tipicidad-Antijuricidad
Culpabilidad
Punibilidad-Atribuibilidad
Tipicidad
EL CAMINO DE INTERPRETACIÓN EN EL
TRABAJO CON CASOS
TEXTO DE LA LEY:
El artículo que
Corresponda del Código
Penal
INTERPRETACIÓN:
Descomposición de los
elementos esenciales de la
descripción de la acción que
regula la norma
TIPO PENAL
ACCIÓN TIPICIDAD ANTIJURICIDAD CULPABILIDAD PUNIBILIDAD SANCIÓN
PENAL
NO NO
SI NO NO
SI SI NO NO
SI SI SI NO NO
SI SI SI SI NO NO
SI SI SI SI SI SI
EL SISTEMA DE COMPROBACIÓN DE LAS CONDICIONS DE LA
PENA EXPUESTO DE MODO GRÁFICO
LAS EXIGENCIAS SISTEMÁTICAS DE CADA CATEGORÍA DEL SISTEMA DEL
HECHO PUNIBLE
Hay acción Si no se comprueba fuerza física irresistible,
un acto reflejo o un estado de absoluta
inconsciencia
Hay tipicidad
Si, en el plano de la tipicidad objetiva, se comprueba la
presencia de la totalidad de los elementos descriptivos
y normativos del tipo penal y, en plano de la tipicidad
subjetivo de un delito doloso, se comprueba la presencia
del conocimiento y la voluntad de realizar la acción
descripta en el tipo (cuando no hay un error de tipo)
Hay antijuricidad
Si no se verifica la presencia objetiva y subjetiva de una
Causa de justificación
Hay culpabilidad
Si no hay ninguna causal de inimputabilidad (minoridad
o incapacidad genérica de culpabilidad por razones
clínicas) y si no se verifica un caso de error de
prohibición
Hay punibilidad Si no hay ninguna excusa absolutoria o si se verifica la
presencia de la condición objetiva exigible en el caso
LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL SISTEMA DEL HECHO PUNIBLE
ETAPA EPOCA DE INFUENCIA PRINCIPALES
CARACTERÍSTICAS
PRINCIPALES
REPRESENTANTES
SISTEMA CLÁSICO 1906/1930 Neutralidad axiológica del
tipo.
Ilícito objetivo y culpabilidad
subjetiva.
Teoría de la culpabilidad
psicológica. Sistema de
tratamiento del unificado
del error
Ernst BELING-Franz V. LISZT
(antecedentes anteriores en
Stubel y Luden)
SISTEMA NEO-CLÁSICO 1930/1940 Influencia neokantiana
Perspectivas valorativas y
teleológicas
Edmund MEZGER
SISTEMA FINALISTA 1940/1970 Compromiso son puntos de
partida óntico-naturales
Elementos subjetivos en el
ilìcito
Hans WELZEL-Armin
KAUFMANN-Günther
STRATENWERTH
SISTEMA NORMATIVISTA 1970 hasta la actualidad Orientación out-put del
sistema.
Cierto compromiso polìtico-
criminal
Lleva el normativismo a las
últimas consecuencias
Claus ROXIN-Günther
JAKOBS
LA TIPICIDAD: LA IDEA BÁSICA
LA TIPICIDAD, COMO CATEGORÍA, SE COMPONE
DE DOS DIMENSIONES FUNDAMENTALES
Tipicidad objetiva:
En esta etapa se analiza si la
acción objetivamente
considerada se corresponde con
exactitud con aquello que de
modo abstracto se regula en la
norma.
Tipicidad subjetiva:
En esta etapa se analiza si el
autor ha tenido conocimiento y
voluntad de realizar aquello que
ha realizado y que se encontraba
descripto en la norma (Dolo).
La categoría de la tipicidad
expresa las exigencias del
principio de legalidad para el
funcionamiento del derecho
penal (nullum crimen sine lege
praevia, scrita, stricta)
Ello significa básicamente
Que no es posible analizar la
tipicidad de conducta alguna frente a
normas consuetudinarias (lex scrita)
Que no es posible concluir en la
tipicidad de una conducta a partir de
procedimientos analógicos o de
interpretación extensiva.
LAS FORMAS DEL HECHO PUNIBLE
EVOLUCIÓN DE LAS INTENSIDADES SUBJETIVAS
EN EL DERECHO PENAL
Clases de tipos penales según el
modo de definición de la acción
prohibida o mandada
Delitos de lesión o de peligro: según el tipo
penal esté definido como exigencia de un
Resultado lesivo o de un riesgo. Delitos de
Peligro concreto: se exige la demostración
en el caso del peligro individual. Delitos de
Peligro abstracto: el peligro sólo se
Predica de una clase de acciones, sin
Exigencia de verificación en el caso
Individual.
Delitos de resultado o de mera actividad:
según sea verificable una acción
independiente del resultado o ya el mismo
desarrollo de la acción implique en forma
contemporánea el resultado lesivo
Instancias que deben comprobarse en la
tipicidad objetiva
Tipo objetivo
Elementos especiales
de la autoría
Elementos descriptivos
y normativos particulares
de cada tipo penal
Relación de imputación
entre acción y resultado
Resultado
Acción
Comprobación de la presencia de la
acción
Circunstancias que
excluyen la acción
Fuerza física
irresistible
Acto reflejo
Estado de absoluta
inconsciencia
Elementos de la autoría
Clases de tipos penales según
las características del
autor
Delitos especiales propios: requieren una
característica en el sujeto activo (como
ser funcionario público) que si no se
verifica la conducta no es típica
Delitos especiales impropios: requieren una
característica en el sujeto activo (por
ejemplo, relación familiar entre autor y
víctima) que califica especialmente la
punibilidad (atenuándola o agravándola)
Teorías
causales
Equivalencia de
las condiciones o
teoría de la
condición
De la causalidad
adecuada
De la relevancia
típica
Introducida por Glaser y
desarrollada por v. Buri.
“Toda condición es
equivalentemente causa, si al
suprimirla hipotéticamente, el
resultado desaparece
Fundada por v. Kries.
“La condición debe ser
adecuada al resultado
según la experiencia
general”.
Desarrollada por Mezger
“Se centra no en la
esencia meramente
causal, sino en la
relevancia típica de la
condición que se analiza e
imputa al autor”
Evolución de las teorías causales
Niveles de la
teoría de la
imputación
objetiva
Creación de un
riesgo jurídico-
penalmente
relevante
Imputación del
Resultado al riesgo
relevante
Corrección político
criminal de la
imputación
•Riesgo
•Elevación del Riesgo
•Elevación del Riesgo por
encima de la franja del riesgo
permitido
•Principio de confianza
•Ambito de protección de
la norma
•Comportamiento
alternativo conforme al
derecho
•Prohibición de regreso
•Imputación a la víctima
(consentimiento, asunción
del riesgo, dominio del
hecho por parte de la
víctima e imprudencia de
la víctima).
•Insignificancia
•Adecuación social
Dimensiones de la imputación en la tipicidad
objetiva: la teoría de la imputación objetiva
RIESGO: Lo primero reside en saber si la acción ha creado,
básicamente, un riesgo. Sin riesgo como perjuicio mínimo o
de base, no hay tipicidad
ELEVACIÓN DEL RIESGO: no hay imputación objetiva si el sujeto
ha generado un riesgo menor a efectos de suplantar un riesgo
mayor latente en el caso de la vida real. Este gambito
beneficioso no puede implicar estar dentro del ámbito de lo
prohibido. Es por ello que la segunda exigencia consiste en que
la acción no sólo genere un riesgo, sino que este riesgo
implique un aumento del nivel de riesgo latente
RIESGO PERMITIDO: Todavía existen casos en los cuales una
acción genera un riesgo, este riesgo se eleva por encima del
nivel de riesgo latente, pero el comportamiento se expresa en
el marco de un margen de permisión normativa dentro del
umbral de riesgo permitido
SI TODOS ESTOS REQUISITOS SE CUMPLEN LA ACCIÓN SE
ENCUENTRA LEGITIMADA PARA LA POSIBLE IMPUTACIÓN DEL
RESULTADO, SI NO HAY OBSTÁCULOS EN EL SEGUNDO JUICIO
DE IMPUTACIÓN
Juicio de imputación “estricto sensu” Descripción
Principio de confianza No forma parte de la imputación la
actuación correcta del sujeto en la
confianza de que su interlocutor
coyuntural o planificado respetará su
deber objetivo de cuidado
Comportamiento alternativo
conforme a derecho
Prohibición de regreso
Ambito de protección de la
norma
Imputación a la víctima
ELEMENTOS DEL TIPO SUBJETIVO
LA COMPOSICIÓN DEL DOLO
Tratamiento del error en el
ámbito de la tipicidad
EL ORDENAMIENTO JURÍDICO PENAL SE
COMPONE DE DOS TIPOS DE NORMAS
Normas imperativas:
Son las normas “principales” del
sistema normativo del derecho penal
y las que definen o estipulan un
deber de actuar (cuya lesión da lugar
a los delitos de omisión) o de omitir
(cuya lesión da lugar a los delitos de
comisión). La infracción de esas
normas se analiza en la tipicidad.
Normas permisivas:
Son las normas que definen un
permiso o facultad para actuar, aún
cuando ese ejercicio o facultad
implique la lesión de una norma
imperativa. En la teoría del delito
estas normas dan lugar a las
eximentes denominadas “causas de
justificación”
Las normas imperativas surgen
con exclusividad del
ordenamiento jurídico penal
En cambio, las normas
permisivas pueden
Provenir del código penal sustantivo,
como sucede con las causas de
justificación más clásicas (ej.
Legítima defensa)
Provenir de sectores externos al
derecho penal, como sucede con los
permisos que provienen del derecho
procesal penal, del derecho
administrativo, del derecho civil, etc.
Provenir de leyes Especiales
que regulan ámbitos específicos
del derecho penal
Los principios justificantes
Se trata de aquellos puntos de partida axiológicos que permiten
explicar los fundamentos de las causas de justificación. A este
respecto existen dos teorías
Teorías
sobre el
fundamento
axiológico de
las causas de
justificación
Teorías
monistas
Teorías pluralistas
Con un único punto de vista pretenden
fundamentar todas las causas de
justificación (“bien preponderante” o
“más utilidad que daño social”).
Parten de la base de que no hay un
solo presupuesto para explicar los
permisos justificantes (“idea de
ponderación de bienes”, “idea del
fin”, “ausencia de interés”, etc.)
Los fundamentos axiológicos de las
causas de justificación
El efecto sistemático de las causas de justificación
• Excluyen la antijuricidad.
• La exclusión de la antijuricidad del comportamiento del autor, se
traslada y beneficia al partícipe.
• Es muy discutido si las causas de justificación tienen efectos
universales desde el punto de vista jurídico.
Primer nivel operativo de funcionamiento de la causa de justificación: la
comprobación del tipo objetivo de los permisos justificantes
En el tipo objetivo de las causas de justificación se comprueba que se
encuentren presentes en la realidad todos los extremos que el legislador
ha definido como presupuestos ineludibles de la existencia del permiso.
Segundo nivel operativo de funcionamiento de la causa de justificación: la
comprobación del tipo subjetivo de los permisos justificantes
En el tipo subjetivo de las causas de justificación se comprueba que el
sujeto tenga conocimiento de la presencia de los elementos ya verificados
en el tipo objetivo y que tenga voluntad de actuar en el marco del permiso
(conocimiento y voluntad).
Causas de
justifica-
ción más
tradiciona
les
Legítima
defensa
Estado de
necesidad
Conflicto de
deberes
-agresión ilegítima, falta
de provocación,
necesidad racional del
medio empleado.
-Conflicto de males o
bienes (situación de
necesidad de
sacrificar un bien)
ajenidad frente al
conflicto, evitación
del mal mayor.
-Existencia de dos
deberes de diferente
o similar jerarquía,
imposibilidad de
cumplimiento de
ambos, haber sido
ajeno al conflicto,
cumplimiento del
deber de mayor
importancia.
CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN:
requisitos
LA CATEGORÍA DE LA CULPABILIDAD
Clase de error Elemento
sobre el que
recae
Efectos
Teoría de la
culpabilidad
estricta
Efectos
Teoría de la
culpabilidad
limitada
Error de tipo Circunstancias
relevantes del
tipo objetivo
(i) Excluye dolo y
la imprudencia.
(e) Subsiste la
imprudencia
Igual
Error de
prohibición
Antijuricidad o
justificación
(i) Excluye
culpabilidad
(e) Reduce
culpabilidad
Sobre los P.O. de
una causa de
Justificaciòn, igual
a un error de tipo
Error de
Punibilidad
Atribuibilidad-
Culpabilidad-
Punibilidad
Excluye la pena Excluye la pena
SISTEMA DE LA TEORÍA DEL ERROR
Reglas esenciales para la solución de
casos a través de la teoría del delito
Reglas para la solución
de casos
Cada nivel analítico requiere un proceso de subsunción
particular
Cada nivel analítico supone la comprobación exitosa de
las exigencias de los niveles anteriores
Cada nivel analítico exige que se determine un supuesto
de hecho particular.
El intérprete debe tomar la decisión de optar por
alguno de los sistemas analíticos posibles
Se deben dejar en claro los problemas teóricos
y prácticos que se encuentran en la base de
las decisiones fundamentales del caso que se
analiza
Concurso
Verdadero Ideal:
Una sola acción.
El tipo más grave
desplaza al menos
grave (absorción)
Real:
Varias acciones.
Las penas se
acumular de un
modo particular
(acumulaciòn)
Aparente Especialidad:
Un tipo penal
contiene todos los
elementos de otro
y alguno
caracterizador
(basico-agravado;
basico-atenuado).
Lex especialis
derogat lex
generalis
Consunción:
Todo el desvalor
de un tipo penal
ya es tomado en
cuenta en el otro
(tentaiva-
consumación)
Subsidiarie
dad expresa:
La misma norma,
por puras razones
polìtico-
criminales,
establece que no
es aplicable si otra
más relevante lo
es.
Teoría del concurso de delitos
Etapas del proceso de determinación de la pena
1) Determinación del supuesto de hecho de la
D.J.P.
2) Determinación de la escala del caso puntual.
3) Delimitación de la circunstancias a tener en
cuenta.
4) Puesta en evidencia de la orientación valorativa
de las circunstancias.
5) Pena puntual
Etapas del proceso de determinación de la pena
1) Determinación del supuesto de hecho de la D.J.P.
2) Determinación de la escala del caso puntual.
3) Delimitación de la circunstancias a tener en cuenta.
4) Puesta en evidencia de la orientación valorativa de las circunstancias
Agravantes y
5) Atenuanantes
6) Pena puntual
Criterios para la determinación judicial de la pena
1) Extensión del daño.
2) Grado de participaciòn en el hecho
3) Circunstancias de modo, lugar y tiempo
4) Imprudencia de la víctima
5) Reparabilidad del daño
6) Penal natural
7) Vulnerabilidad del autor
8) Grado de culpabilidad del autor.
9) Motivos del hecho.
Según el grado de desarrollo Según el grado de peligro
Acabada: según el plan del
autor se han dado todos los
pasos para la producción del
resultado
Idónea: el despliegue del
curso lesivo es apto para la
producciòn del resultado
Inacabada: según el plan del
autor aún quedan pasos para
lograr la producción del
resultado
Inidònea: ya sea por el medio
empleado, por las
caracterìsticas del sujeto
pasivo o por las caracterìsticas
del sujeto activo, el resultado
es imposible de lograr
mediante la tentativa.
EL DELITO TENTADO
FORMAS DE AUTORIA DESCRIPCIÓN
AUTORIA DIRECTA El sujeto domina en forma exclusiva o auto
explicable la conducción del suceso
COAUTORIA Más de un sujeto contribuyen al dominio
del hecho por parte del conjunto
AUTORIA MEDIATA Un sujeto utiliza como instrumento a otro
que no es punible y por esa razón es
permeable a ceder el dominio del hecho en
el que está detrás
AUTORIA POR DOMINIO DE LA
ORGANIZACIÓN
Un sujeto domina la voluntad de un
aparato de poder y por ello se asegura la
ejecución del acto, más allá de la distancia
bucrocrática
FORMAS DE AUTORIA
TEORÍA PUNTOS DE
PARTIDA
PRINCIPALES
REPRESENTANTES
FORMAL-OBJETIVA Quien ejecuta por sí mismo
el tipo penal.
BELING-V.LISZT
MATERIAL-OBJETIVA Necesidad del aporte
causal.
Supremacía del autor.
“Simultaneidad de la
cooperación”.
BIRKMEYER; DAHM, R.
SCHMIDT.
SUBJETIVA Querer el hecho para uno
mismo o quererlo para
otro.
BINDING, NAGLER, V.
BURI, BOCKELMANN,
DOMINIO DEL HECHO Tener peno dominio del
hecho, tener “las riendas
de la conducción del curso
lesivo”.
HEGLER, WELZEL,
MAURACH, GALLAS,
LANGE, ROXIN
INFRACCIÓN DEL DEBER Quien tiene el deber y lo
incumple, en forma
independiente de que la
forma de su
incumplimiento sea activa
u omisiva
ROXIN
JAKOBS
TEORÍAS DE LA AUTORÌA
TIPO DE
ACCESORIEDAD
CONSECUENCIAS TESIS SOBRE
ACCESORIEDAD
INTERNA
EXTERNA Para que el partícipe sea
punible, el autor debe
comenzar la ejecución.
INTERNA Ciertas circunstancias
eximentes del autor son
trasladables al partícipe.
Mínima: solo la
atipicidad es trasladable.
Limitada: es trasladable
hasta la justificaciòn
(eventualmente
atribuibilidad).
Máxima: se trsslada
hasta la inculpabilidad.
Hiperaccesoriedad:
Incluso la falta de
punibilidad es
trasladable.
Formas de participación Descripción
Instigación Creación del dolo en cabeza
del autor
Complicidad primaria Presta al autor o coautor una
ayuda sin la cual el hecho no
se hubiera podido cometer
Complicidad secundaria Presta una ayuda que
colabora con el hecho, pero
no llega a tener la importancia
de la que caracteriza a la
complicidad primaria
LA PARTICIPACIÓN PUNIBLE
REQUISITOS TIPICOS DESCRIPCIÓN
Acción Comportamiento exterior que satisfaga
las exigencias del principio de acto
constitucional
Creación de un riesgo jurídico-
penalmente relevante –violación del
deber objetivo de cuidado a través de la
violación de las reglas específicas de la
actividad.
Primer juicio de imputación objetiva.
Legitimidad de la acción para la
imputación del resultado.
Manifestación del riesgo en el resultado
–imputación objetiva stricto sensu-
Segundo juicio de imputación. Si fracasa
no hay imputación del resultado y no
hay tipicidad
Conocimiento y voluntad del tipo de
peligro y de la contrariedad
antirreglamentaria.
Sólo verificable en la culpa consciente.
Culpa inconsciente: un claro caso de
responsabilidad objetiva violatoria del
principio de culpabilidad.
DELITO IMPRUDENTE
DELITO DE OMISIÓN
Requisitos del ilícito omisivo Breve descripción
Omisión propia Sanción a meros deberes de solidaridad.
El omitente no tiene una relación especial
con el bien jurídico o el peligro
Situación geneadora del deber de actuar. Por ser garante de bienes o de riesgos
Capacidad de cumplir con el mandato de
auxilio
Sin riesgo personal
Incumplimiento del mandato de auxilio Sólo aquella acción que tiene las mayores
chances de salvataje es la obligada.
Omisión impropia (más): Una relación especial con el bien o el
peligro. Tan legisladas como las omisiones
propias.
Posición de garante Fuente: acción precedente, relación vital,
relación contractual, comunidad de
riesgos, etc.
Imputación objetiva del resultado Curso hipotético
Resultado La lesión que se petende evitar.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Aplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesión
Aplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesiónAplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesión
Aplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesiónCarlos Londoño Mölner
 
Fundamentos teoricos y doctrinarios de la Teoria del Delito
Fundamentos teoricos y doctrinarios de la Teoria del DelitoFundamentos teoricos y doctrinarios de la Teoria del Delito
Fundamentos teoricos y doctrinarios de la Teoria del DelitoDiana Edith Gomez Hernandez
 
Derecho penal
Derecho penalDerecho penal
Derecho penallandaviz
 
teoria causalista del delito
teoria causalista del delitoteoria causalista del delito
teoria causalista del delitojuanita_20
 
01 teoria del delito
01 teoria del delito01 teoria del delito
01 teoria del delitoEl Borycua
 
Teoria del delito_lenin
Teoria del delito_leninTeoria del delito_lenin
Teoria del delito_leninhurbanoc
 
Dp estudio teoria-imputacion
Dp estudio teoria-imputacionDp estudio teoria-imputacion
Dp estudio teoria-imputacionNelly Meraz Cruz
 
ENJ-300 Teoría General del Delito
ENJ-300 Teoría General del DelitoENJ-300 Teoría General del Delito
ENJ-300 Teoría General del DelitoENJ
 
DIAPOSITIVAS DERECHO PENAL
DIAPOSITIVAS DERECHO PENALDIAPOSITIVAS DERECHO PENAL
DIAPOSITIVAS DERECHO PENALlarrea12
 
Teoría del Delito
Teoría del DelitoTeoría del Delito
Teoría del DelitoHaruka303
 
Imputacion objetiva del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...
Imputacion  objetiva  del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...Imputacion  objetiva  del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...
Imputacion objetiva del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...Denis A. Aguilar Cabrera
 

La actualidad más candente (20)

Como se estudia la teoria del delito
Como se estudia la teoria del delitoComo se estudia la teoria del delito
Como se estudia la teoria del delito
 
Aplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesión
Aplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesiónAplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesión
Aplicación de los criterios de imputación objetiva al delito culposo de lesión
 
Fundamentos teoricos y doctrinarios de la Teoria del Delito
Fundamentos teoricos y doctrinarios de la Teoria del DelitoFundamentos teoricos y doctrinarios de la Teoria del Delito
Fundamentos teoricos y doctrinarios de la Teoria del Delito
 
Teoria del delito
Teoria del delitoTeoria del delito
Teoria del delito
 
Evolucion del delito
Evolucion del delitoEvolucion del delito
Evolucion del delito
 
Derecho penal
Derecho penalDerecho penal
Derecho penal
 
Teorias Penales
Teorias PenalesTeorias Penales
Teorias Penales
 
Penologia medidas de seguridad
Penologia  medidas de seguridadPenologia  medidas de seguridad
Penologia medidas de seguridad
 
Curso teoria del delito esquema gral.
Curso teoria del delito   esquema gral.Curso teoria del delito   esquema gral.
Curso teoria del delito esquema gral.
 
teoria causalista del delito
teoria causalista del delitoteoria causalista del delito
teoria causalista del delito
 
01 teoria del delito
01 teoria del delito01 teoria del delito
01 teoria del delito
 
Teoria del delito_lenin
Teoria del delito_leninTeoria del delito_lenin
Teoria del delito_lenin
 
Dp estudio teoria-imputacion
Dp estudio teoria-imputacionDp estudio teoria-imputacion
Dp estudio teoria-imputacion
 
ENJ-300 Teoría General del Delito
ENJ-300 Teoría General del DelitoENJ-300 Teoría General del Delito
ENJ-300 Teoría General del Delito
 
Monografia teoría del derecho penal
Monografia teoría del derecho penalMonografia teoría del derecho penal
Monografia teoría del derecho penal
 
Teoria del delito
Teoria del delitoTeoria del delito
Teoria del delito
 
PENOLOGIA cap. VII
PENOLOGIA cap. VIIPENOLOGIA cap. VII
PENOLOGIA cap. VII
 
DIAPOSITIVAS DERECHO PENAL
DIAPOSITIVAS DERECHO PENALDIAPOSITIVAS DERECHO PENAL
DIAPOSITIVAS DERECHO PENAL
 
Teoría del Delito
Teoría del DelitoTeoría del Delito
Teoría del Delito
 
Imputacion objetiva del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...
Imputacion  objetiva  del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...Imputacion  objetiva  del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...
Imputacion objetiva del comportamiento y algunas ref lexiones sobre la impu...
 

Similar a Curso grafico comahue

TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptxTEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptxLouisCharger
 
EVOLUCION DE LA TEORIA DEL DELITO.pdf
EVOLUCION DE LA TEORIA DEL DELITO.pdfEVOLUCION DE LA TEORIA DEL DELITO.pdf
EVOLUCION DE LA TEORIA DEL DELITO.pdfsilviavanessasoveror
 
Teoria del delito1_IAFJSR
Teoria del delito1_IAFJSRTeoria del delito1_IAFJSR
Teoria del delito1_IAFJSRMauri Rojas
 
Teoria del delito_IAFJSR
Teoria del delito_IAFJSRTeoria del delito_IAFJSR
Teoria del delito_IAFJSRMauri Rojas
 
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delitoEl concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delitolachita2810
 
Derecho Penal General
Derecho Penal GeneralDerecho Penal General
Derecho Penal GeneralManuel Arcaya
 
teoriadeldelito-100709154711-phpapp02.pdf
teoriadeldelito-100709154711-phpapp02.pdfteoriadeldelito-100709154711-phpapp02.pdf
teoriadeldelito-100709154711-phpapp02.pdfGaryYanarico
 
Teoria del delito Edwin Soria Vargas
Teoria del delito Edwin Soria VargasTeoria del delito Edwin Soria Vargas
Teoria del delito Edwin Soria Vargasedwinsoriavargas
 
Imputacion objetiva derecho penal
Imputacion objetiva   derecho penalImputacion objetiva   derecho penal
Imputacion objetiva derecho penalantonio alayo luis
 
ENJ-300-Acción, Imputación, Tipicidad Objetiva
ENJ-300-Acción, Imputación, Tipicidad ObjetivaENJ-300-Acción, Imputación, Tipicidad Objetiva
ENJ-300-Acción, Imputación, Tipicidad ObjetivaENJ
 

Similar a Curso grafico comahue (20)

TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptxTEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
TEORÍA DEL DELITO 2020.pptx.pptx
 
EVOLUCION DE LA TEORIA DEL DELITO.pdf
EVOLUCION DE LA TEORIA DEL DELITO.pdfEVOLUCION DE LA TEORIA DEL DELITO.pdf
EVOLUCION DE LA TEORIA DEL DELITO.pdf
 
TEORIA DEL DELITO.ppt
TEORIA DEL DELITO.pptTEORIA DEL DELITO.ppt
TEORIA DEL DELITO.ppt
 
Teoria del delito1_IAFJSR
Teoria del delito1_IAFJSRTeoria del delito1_IAFJSR
Teoria del delito1_IAFJSR
 
Teoria del delito_IAFJSR
Teoria del delito_IAFJSRTeoria del delito_IAFJSR
Teoria del delito_IAFJSR
 
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delitoEl concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
El concepto-del-delito-elementos-y-estructura-del-concepto-del-delito
 
Derecho Penal General
Derecho Penal GeneralDerecho Penal General
Derecho Penal General
 
Teoria de la pena
Teoria de la penaTeoria de la pena
Teoria de la pena
 
teoriadeldelito-100709154711-phpapp02.pdf
teoriadeldelito-100709154711-phpapp02.pdfteoriadeldelito-100709154711-phpapp02.pdf
teoriadeldelito-100709154711-phpapp02.pdf
 
Contenidos guia unidad 3
Contenidos guia unidad 3Contenidos guia unidad 3
Contenidos guia unidad 3
 
Derecho penal i sesion 2
Derecho penal i sesion 2Derecho penal i sesion 2
Derecho penal i sesion 2
 
Informe
InformeInforme
Informe
 
Teoria del delito
Teoria del delito Teoria del delito
Teoria del delito
 
Teoria del delito Edwin Soria Vargas
Teoria del delito Edwin Soria VargasTeoria del delito Edwin Soria Vargas
Teoria del delito Edwin Soria Vargas
 
TEORIA DEL DELITO
TEORIA DEL DELITOTEORIA DEL DELITO
TEORIA DEL DELITO
 
Teoria del delito
Teoria del delitoTeoria del delito
Teoria del delito
 
Teoria del delito
Teoria del delitoTeoria del delito
Teoria del delito
 
Imputacion objetiva derecho penal
Imputacion objetiva   derecho penalImputacion objetiva   derecho penal
Imputacion objetiva derecho penal
 
ENJ-300-Acción, Imputación, Tipicidad Objetiva
ENJ-300-Acción, Imputación, Tipicidad ObjetivaENJ-300-Acción, Imputación, Tipicidad Objetiva
ENJ-300-Acción, Imputación, Tipicidad Objetiva
 
EXPO ROXIN.pptx
EXPO ROXIN.pptxEXPO ROXIN.pptx
EXPO ROXIN.pptx
 

Último

Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...fcastellanos3
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfromanmillans
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxdanalikcruz2000
 
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docxCIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docxAgustinaNuez21
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...YobanaZevallosSantil1
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdfOswaldoGonzalezCruz
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
PROGRAMACION ANUAL DE MATEMATICA 2024.docx
PROGRAMACION ANUAL DE MATEMATICA 2024.docxPROGRAMACION ANUAL DE MATEMATICA 2024.docx
PROGRAMACION ANUAL DE MATEMATICA 2024.docxEribertoPerezRamirez
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfAlfredoRamirez953210
 
c3.hu3.p1.p3.El ser humano como ser histórico.pptx
c3.hu3.p1.p3.El ser humano como ser histórico.pptxc3.hu3.p1.p3.El ser humano como ser histórico.pptx
c3.hu3.p1.p3.El ser humano como ser histórico.pptxMartín Ramírez
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfvictorbeltuce
 
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Angélica Soledad Vega Ramírez
 
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfBIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfCESARMALAGA4
 
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIORDETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIORGonella
 
PPT_Formación integral y educación CRESE (1).pdf
PPT_Formación integral y educación CRESE (1).pdfPPT_Formación integral y educación CRESE (1).pdf
PPT_Formación integral y educación CRESE (1).pdfEDILIAGAMBOA
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxYeseniaRivera50
 

Último (20)

Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
 
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdfEstrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
Estrategia de Enseñanza y Aprendizaje.pdf
 
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
 
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
 
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docxCIENCIAS NATURALES 4 TO  ambientes .docx
CIENCIAS NATURALES 4 TO ambientes .docx
 
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptxPPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
 
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
5° SEM29 CRONOGRAMA PLANEACIÓN DOCENTE DARUKEL 23-24.pdf
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
Sesión La luz brilla en la oscuridad.pdf
Sesión  La luz brilla en la oscuridad.pdfSesión  La luz brilla en la oscuridad.pdf
Sesión La luz brilla en la oscuridad.pdf
 
PROGRAMACION ANUAL DE MATEMATICA 2024.docx
PROGRAMACION ANUAL DE MATEMATICA 2024.docxPROGRAMACION ANUAL DE MATEMATICA 2024.docx
PROGRAMACION ANUAL DE MATEMATICA 2024.docx
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
 
c3.hu3.p1.p3.El ser humano como ser histórico.pptx
c3.hu3.p1.p3.El ser humano como ser histórico.pptxc3.hu3.p1.p3.El ser humano como ser histórico.pptx
c3.hu3.p1.p3.El ser humano como ser histórico.pptx
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
 
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversaryEarth Day Everyday 2024 54th anniversary
Earth Day Everyday 2024 54th anniversary
 
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
 
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfBIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
 
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIORDETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
 
PPT_Formación integral y educación CRESE (1).pdf
PPT_Formación integral y educación CRESE (1).pdfPPT_Formación integral y educación CRESE (1).pdf
PPT_Formación integral y educación CRESE (1).pdf
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
 

Curso grafico comahue

  • 1. EL CONCEPTO DE DERECHO PENAL
  • 2. El sistema de la teoría del delito
  • 3.
  • 4. Las etapas del sistema de comprobación dogmática
  • 5.
  • 6. El Funcionamiento de la teoría del delito
  • 7. LIMITES CONSTITUCIONALES DEL SISTEMA PENAL Y SU INFLUENCIA EN LOS NIVELES OPERATIVOS
  • 8. Explicación fundamental de los principios y las garantías constitucionales que influyen en el sistema de la teoría del delito LEGALIDAD CULPABILIDAD PRINC. DE ACTO PROPORC. MIN. INTERV. exigencia de que la descripción de las acciones amenazadas con pena esté contenida en la ley. Este principio ha sido expresado por Anselm von Feuerbach: nullum crimen, nulla poena, sine lege praevia (no hay delito, no hay sanción, sin ley previa. UNo de los logros más reconocibles del movimiento intelectual y político revolucionario francés. La garantía se encuentra reconocida también en el derecho internacional de los derechos humanos. En nuestro derecho positivo constitucional el principio se encuentra receptdo en el art. 18 de la C.N. y complementado en el art. 19 en su manifestación de “reserva de ley”. No hay crimen sin culpa: uno de los cimientos ideológicos del derecho penal liberal. El sujeto activo debe haber tenido la posibilidad de optar entre la infracción de la norma y la motivación a favor del ordenamiento jurídico. El sujeto ha debido tener la posibilidad de elegir entre lo ilícito y lo no lícito. No hay posibilidad de imputación en casos de responsabilidad meramente objetiva, caso fortuito, o ausencia de dolo o imprudencia. Las normas tienden a una función de comunicación y motivación Se exige que la intervenciòn del derecho penal se manifieste siempre frente a sucesos que expresan un comportamiento y con ello exceden del ámbito de lo interno del sujeto. Aquello que no sea una acción no puede ingresar al ámbito de la regulación jurídico penal. Hay una relación que debe ser respetada en todo el sistema y que remite a que lo más grave (en términos de importancia del bien jurídico e intensidad de la lesión) debe merecer más pena. Ello incluso marca un criterio de organización dosimétrica de la pena y define el ámbito de actuación de los tipos penales. El derecho penal es una herramienta que debe ser utilizada socialmente de modo acotado. Es un valor en el tejido social que el control jurídico penal no se exponga con gran protagonismo. De ello se deriva una preocupación por los límites del derecho penal y una interpretación restrictiva de las normas imperativas.
  • 9. El papel de las garantías constitucionales en el sistema de la teoría del delito
  • 10. La lectura en clave garantista del sistema de la teoria del delito
  • 11. ¿En qué lugares sistemáticos influyen las garantías constitucionales? • Principio de acto • Principio de legalidad • Principio in dubio pro libertate • Principio de culpabilidad • Principio de proporcionalidad • Principio de lesividad • Principo Exclusiva Protección de Bienes Jurídicos. Accion-Tipicidad Tipicidad-Antijuricidad-Punibilidad Tipicidad-Antijuricidad-Punibilidad Tipicidad-Antijuricidad Culpabilidad Punibilidad-Atribuibilidad Tipicidad
  • 12. EL CAMINO DE INTERPRETACIÓN EN EL TRABAJO CON CASOS TEXTO DE LA LEY: El artículo que Corresponda del Código Penal INTERPRETACIÓN: Descomposición de los elementos esenciales de la descripción de la acción que regula la norma TIPO PENAL
  • 13. ACCIÓN TIPICIDAD ANTIJURICIDAD CULPABILIDAD PUNIBILIDAD SANCIÓN PENAL NO NO SI NO NO SI SI NO NO SI SI SI NO NO SI SI SI SI NO NO SI SI SI SI SI SI EL SISTEMA DE COMPROBACIÓN DE LAS CONDICIONS DE LA PENA EXPUESTO DE MODO GRÁFICO
  • 14. LAS EXIGENCIAS SISTEMÁTICAS DE CADA CATEGORÍA DEL SISTEMA DEL HECHO PUNIBLE Hay acción Si no se comprueba fuerza física irresistible, un acto reflejo o un estado de absoluta inconsciencia Hay tipicidad Si, en el plano de la tipicidad objetiva, se comprueba la presencia de la totalidad de los elementos descriptivos y normativos del tipo penal y, en plano de la tipicidad subjetivo de un delito doloso, se comprueba la presencia del conocimiento y la voluntad de realizar la acción descripta en el tipo (cuando no hay un error de tipo) Hay antijuricidad Si no se verifica la presencia objetiva y subjetiva de una Causa de justificación Hay culpabilidad Si no hay ninguna causal de inimputabilidad (minoridad o incapacidad genérica de culpabilidad por razones clínicas) y si no se verifica un caso de error de prohibición Hay punibilidad Si no hay ninguna excusa absolutoria o si se verifica la presencia de la condición objetiva exigible en el caso
  • 15. LA EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL SISTEMA DEL HECHO PUNIBLE ETAPA EPOCA DE INFUENCIA PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES REPRESENTANTES SISTEMA CLÁSICO 1906/1930 Neutralidad axiológica del tipo. Ilícito objetivo y culpabilidad subjetiva. Teoría de la culpabilidad psicológica. Sistema de tratamiento del unificado del error Ernst BELING-Franz V. LISZT (antecedentes anteriores en Stubel y Luden) SISTEMA NEO-CLÁSICO 1930/1940 Influencia neokantiana Perspectivas valorativas y teleológicas Edmund MEZGER SISTEMA FINALISTA 1940/1970 Compromiso son puntos de partida óntico-naturales Elementos subjetivos en el ilìcito Hans WELZEL-Armin KAUFMANN-Günther STRATENWERTH SISTEMA NORMATIVISTA 1970 hasta la actualidad Orientación out-put del sistema. Cierto compromiso polìtico- criminal Lleva el normativismo a las últimas consecuencias Claus ROXIN-Günther JAKOBS
  • 16. LA TIPICIDAD: LA IDEA BÁSICA
  • 17. LA TIPICIDAD, COMO CATEGORÍA, SE COMPONE DE DOS DIMENSIONES FUNDAMENTALES Tipicidad objetiva: En esta etapa se analiza si la acción objetivamente considerada se corresponde con exactitud con aquello que de modo abstracto se regula en la norma. Tipicidad subjetiva: En esta etapa se analiza si el autor ha tenido conocimiento y voluntad de realizar aquello que ha realizado y que se encontraba descripto en la norma (Dolo).
  • 18. La categoría de la tipicidad expresa las exigencias del principio de legalidad para el funcionamiento del derecho penal (nullum crimen sine lege praevia, scrita, stricta) Ello significa básicamente Que no es posible analizar la tipicidad de conducta alguna frente a normas consuetudinarias (lex scrita) Que no es posible concluir en la tipicidad de una conducta a partir de procedimientos analógicos o de interpretación extensiva.
  • 19. LAS FORMAS DEL HECHO PUNIBLE
  • 20. EVOLUCIÓN DE LAS INTENSIDADES SUBJETIVAS EN EL DERECHO PENAL
  • 21. Clases de tipos penales según el modo de definición de la acción prohibida o mandada Delitos de lesión o de peligro: según el tipo penal esté definido como exigencia de un Resultado lesivo o de un riesgo. Delitos de Peligro concreto: se exige la demostración en el caso del peligro individual. Delitos de Peligro abstracto: el peligro sólo se Predica de una clase de acciones, sin Exigencia de verificación en el caso Individual. Delitos de resultado o de mera actividad: según sea verificable una acción independiente del resultado o ya el mismo desarrollo de la acción implique en forma contemporánea el resultado lesivo
  • 22. Instancias que deben comprobarse en la tipicidad objetiva Tipo objetivo Elementos especiales de la autoría Elementos descriptivos y normativos particulares de cada tipo penal Relación de imputación entre acción y resultado Resultado Acción
  • 23. Comprobación de la presencia de la acción Circunstancias que excluyen la acción Fuerza física irresistible Acto reflejo Estado de absoluta inconsciencia
  • 24. Elementos de la autoría Clases de tipos penales según las características del autor Delitos especiales propios: requieren una característica en el sujeto activo (como ser funcionario público) que si no se verifica la conducta no es típica Delitos especiales impropios: requieren una característica en el sujeto activo (por ejemplo, relación familiar entre autor y víctima) que califica especialmente la punibilidad (atenuándola o agravándola)
  • 25. Teorías causales Equivalencia de las condiciones o teoría de la condición De la causalidad adecuada De la relevancia típica Introducida por Glaser y desarrollada por v. Buri. “Toda condición es equivalentemente causa, si al suprimirla hipotéticamente, el resultado desaparece Fundada por v. Kries. “La condición debe ser adecuada al resultado según la experiencia general”. Desarrollada por Mezger “Se centra no en la esencia meramente causal, sino en la relevancia típica de la condición que se analiza e imputa al autor” Evolución de las teorías causales
  • 26.
  • 27. Niveles de la teoría de la imputación objetiva Creación de un riesgo jurídico- penalmente relevante Imputación del Resultado al riesgo relevante Corrección político criminal de la imputación •Riesgo •Elevación del Riesgo •Elevación del Riesgo por encima de la franja del riesgo permitido •Principio de confianza •Ambito de protección de la norma •Comportamiento alternativo conforme al derecho •Prohibición de regreso •Imputación a la víctima (consentimiento, asunción del riesgo, dominio del hecho por parte de la víctima e imprudencia de la víctima). •Insignificancia •Adecuación social Dimensiones de la imputación en la tipicidad objetiva: la teoría de la imputación objetiva
  • 28. RIESGO: Lo primero reside en saber si la acción ha creado, básicamente, un riesgo. Sin riesgo como perjuicio mínimo o de base, no hay tipicidad ELEVACIÓN DEL RIESGO: no hay imputación objetiva si el sujeto ha generado un riesgo menor a efectos de suplantar un riesgo mayor latente en el caso de la vida real. Este gambito beneficioso no puede implicar estar dentro del ámbito de lo prohibido. Es por ello que la segunda exigencia consiste en que la acción no sólo genere un riesgo, sino que este riesgo implique un aumento del nivel de riesgo latente RIESGO PERMITIDO: Todavía existen casos en los cuales una acción genera un riesgo, este riesgo se eleva por encima del nivel de riesgo latente, pero el comportamiento se expresa en el marco de un margen de permisión normativa dentro del umbral de riesgo permitido SI TODOS ESTOS REQUISITOS SE CUMPLEN LA ACCIÓN SE ENCUENTRA LEGITIMADA PARA LA POSIBLE IMPUTACIÓN DEL RESULTADO, SI NO HAY OBSTÁCULOS EN EL SEGUNDO JUICIO DE IMPUTACIÓN
  • 29. Juicio de imputación “estricto sensu” Descripción Principio de confianza No forma parte de la imputación la actuación correcta del sujeto en la confianza de que su interlocutor coyuntural o planificado respetará su deber objetivo de cuidado Comportamiento alternativo conforme a derecho Prohibición de regreso Ambito de protección de la norma Imputación a la víctima
  • 30. ELEMENTOS DEL TIPO SUBJETIVO LA COMPOSICIÓN DEL DOLO
  • 31.
  • 32. Tratamiento del error en el ámbito de la tipicidad
  • 33. EL ORDENAMIENTO JURÍDICO PENAL SE COMPONE DE DOS TIPOS DE NORMAS Normas imperativas: Son las normas “principales” del sistema normativo del derecho penal y las que definen o estipulan un deber de actuar (cuya lesión da lugar a los delitos de omisión) o de omitir (cuya lesión da lugar a los delitos de comisión). La infracción de esas normas se analiza en la tipicidad. Normas permisivas: Son las normas que definen un permiso o facultad para actuar, aún cuando ese ejercicio o facultad implique la lesión de una norma imperativa. En la teoría del delito estas normas dan lugar a las eximentes denominadas “causas de justificación”
  • 34. Las normas imperativas surgen con exclusividad del ordenamiento jurídico penal En cambio, las normas permisivas pueden Provenir del código penal sustantivo, como sucede con las causas de justificación más clásicas (ej. Legítima defensa) Provenir de sectores externos al derecho penal, como sucede con los permisos que provienen del derecho procesal penal, del derecho administrativo, del derecho civil, etc. Provenir de leyes Especiales que regulan ámbitos específicos del derecho penal
  • 35. Los principios justificantes Se trata de aquellos puntos de partida axiológicos que permiten explicar los fundamentos de las causas de justificación. A este respecto existen dos teorías Teorías sobre el fundamento axiológico de las causas de justificación Teorías monistas Teorías pluralistas Con un único punto de vista pretenden fundamentar todas las causas de justificación (“bien preponderante” o “más utilidad que daño social”). Parten de la base de que no hay un solo presupuesto para explicar los permisos justificantes (“idea de ponderación de bienes”, “idea del fin”, “ausencia de interés”, etc.) Los fundamentos axiológicos de las causas de justificación
  • 36. El efecto sistemático de las causas de justificación • Excluyen la antijuricidad. • La exclusión de la antijuricidad del comportamiento del autor, se traslada y beneficia al partícipe. • Es muy discutido si las causas de justificación tienen efectos universales desde el punto de vista jurídico.
  • 37. Primer nivel operativo de funcionamiento de la causa de justificación: la comprobación del tipo objetivo de los permisos justificantes En el tipo objetivo de las causas de justificación se comprueba que se encuentren presentes en la realidad todos los extremos que el legislador ha definido como presupuestos ineludibles de la existencia del permiso. Segundo nivel operativo de funcionamiento de la causa de justificación: la comprobación del tipo subjetivo de los permisos justificantes En el tipo subjetivo de las causas de justificación se comprueba que el sujeto tenga conocimiento de la presencia de los elementos ya verificados en el tipo objetivo y que tenga voluntad de actuar en el marco del permiso (conocimiento y voluntad).
  • 38. Causas de justifica- ción más tradiciona les Legítima defensa Estado de necesidad Conflicto de deberes -agresión ilegítima, falta de provocación, necesidad racional del medio empleado. -Conflicto de males o bienes (situación de necesidad de sacrificar un bien) ajenidad frente al conflicto, evitación del mal mayor. -Existencia de dos deberes de diferente o similar jerarquía, imposibilidad de cumplimiento de ambos, haber sido ajeno al conflicto, cumplimiento del deber de mayor importancia. CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN: requisitos
  • 39.
  • 40. LA CATEGORÍA DE LA CULPABILIDAD
  • 41. Clase de error Elemento sobre el que recae Efectos Teoría de la culpabilidad estricta Efectos Teoría de la culpabilidad limitada Error de tipo Circunstancias relevantes del tipo objetivo (i) Excluye dolo y la imprudencia. (e) Subsiste la imprudencia Igual Error de prohibición Antijuricidad o justificación (i) Excluye culpabilidad (e) Reduce culpabilidad Sobre los P.O. de una causa de Justificaciòn, igual a un error de tipo Error de Punibilidad Atribuibilidad- Culpabilidad- Punibilidad Excluye la pena Excluye la pena SISTEMA DE LA TEORÍA DEL ERROR
  • 42.
  • 43. Reglas esenciales para la solución de casos a través de la teoría del delito Reglas para la solución de casos Cada nivel analítico requiere un proceso de subsunción particular Cada nivel analítico supone la comprobación exitosa de las exigencias de los niveles anteriores Cada nivel analítico exige que se determine un supuesto de hecho particular. El intérprete debe tomar la decisión de optar por alguno de los sistemas analíticos posibles Se deben dejar en claro los problemas teóricos y prácticos que se encuentran en la base de las decisiones fundamentales del caso que se analiza
  • 44. Concurso Verdadero Ideal: Una sola acción. El tipo más grave desplaza al menos grave (absorción) Real: Varias acciones. Las penas se acumular de un modo particular (acumulaciòn) Aparente Especialidad: Un tipo penal contiene todos los elementos de otro y alguno caracterizador (basico-agravado; basico-atenuado). Lex especialis derogat lex generalis Consunción: Todo el desvalor de un tipo penal ya es tomado en cuenta en el otro (tentaiva- consumación) Subsidiarie dad expresa: La misma norma, por puras razones polìtico- criminales, establece que no es aplicable si otra más relevante lo es. Teoría del concurso de delitos
  • 45. Etapas del proceso de determinación de la pena 1) Determinación del supuesto de hecho de la D.J.P. 2) Determinación de la escala del caso puntual. 3) Delimitación de la circunstancias a tener en cuenta. 4) Puesta en evidencia de la orientación valorativa de las circunstancias. 5) Pena puntual
  • 46. Etapas del proceso de determinación de la pena 1) Determinación del supuesto de hecho de la D.J.P. 2) Determinación de la escala del caso puntual. 3) Delimitación de la circunstancias a tener en cuenta. 4) Puesta en evidencia de la orientación valorativa de las circunstancias Agravantes y 5) Atenuanantes 6) Pena puntual
  • 47. Criterios para la determinación judicial de la pena 1) Extensión del daño. 2) Grado de participaciòn en el hecho 3) Circunstancias de modo, lugar y tiempo 4) Imprudencia de la víctima 5) Reparabilidad del daño 6) Penal natural 7) Vulnerabilidad del autor 8) Grado de culpabilidad del autor. 9) Motivos del hecho.
  • 48. Según el grado de desarrollo Según el grado de peligro Acabada: según el plan del autor se han dado todos los pasos para la producción del resultado Idónea: el despliegue del curso lesivo es apto para la producciòn del resultado Inacabada: según el plan del autor aún quedan pasos para lograr la producción del resultado Inidònea: ya sea por el medio empleado, por las caracterìsticas del sujeto pasivo o por las caracterìsticas del sujeto activo, el resultado es imposible de lograr mediante la tentativa. EL DELITO TENTADO
  • 49. FORMAS DE AUTORIA DESCRIPCIÓN AUTORIA DIRECTA El sujeto domina en forma exclusiva o auto explicable la conducción del suceso COAUTORIA Más de un sujeto contribuyen al dominio del hecho por parte del conjunto AUTORIA MEDIATA Un sujeto utiliza como instrumento a otro que no es punible y por esa razón es permeable a ceder el dominio del hecho en el que está detrás AUTORIA POR DOMINIO DE LA ORGANIZACIÓN Un sujeto domina la voluntad de un aparato de poder y por ello se asegura la ejecución del acto, más allá de la distancia bucrocrática FORMAS DE AUTORIA
  • 50. TEORÍA PUNTOS DE PARTIDA PRINCIPALES REPRESENTANTES FORMAL-OBJETIVA Quien ejecuta por sí mismo el tipo penal. BELING-V.LISZT MATERIAL-OBJETIVA Necesidad del aporte causal. Supremacía del autor. “Simultaneidad de la cooperación”. BIRKMEYER; DAHM, R. SCHMIDT. SUBJETIVA Querer el hecho para uno mismo o quererlo para otro. BINDING, NAGLER, V. BURI, BOCKELMANN, DOMINIO DEL HECHO Tener peno dominio del hecho, tener “las riendas de la conducción del curso lesivo”. HEGLER, WELZEL, MAURACH, GALLAS, LANGE, ROXIN INFRACCIÓN DEL DEBER Quien tiene el deber y lo incumple, en forma independiente de que la forma de su incumplimiento sea activa u omisiva ROXIN JAKOBS TEORÍAS DE LA AUTORÌA
  • 51. TIPO DE ACCESORIEDAD CONSECUENCIAS TESIS SOBRE ACCESORIEDAD INTERNA EXTERNA Para que el partícipe sea punible, el autor debe comenzar la ejecución. INTERNA Ciertas circunstancias eximentes del autor son trasladables al partícipe. Mínima: solo la atipicidad es trasladable. Limitada: es trasladable hasta la justificaciòn (eventualmente atribuibilidad). Máxima: se trsslada hasta la inculpabilidad. Hiperaccesoriedad: Incluso la falta de punibilidad es trasladable.
  • 52. Formas de participación Descripción Instigación Creación del dolo en cabeza del autor Complicidad primaria Presta al autor o coautor una ayuda sin la cual el hecho no se hubiera podido cometer Complicidad secundaria Presta una ayuda que colabora con el hecho, pero no llega a tener la importancia de la que caracteriza a la complicidad primaria LA PARTICIPACIÓN PUNIBLE
  • 53. REQUISITOS TIPICOS DESCRIPCIÓN Acción Comportamiento exterior que satisfaga las exigencias del principio de acto constitucional Creación de un riesgo jurídico- penalmente relevante –violación del deber objetivo de cuidado a través de la violación de las reglas específicas de la actividad. Primer juicio de imputación objetiva. Legitimidad de la acción para la imputación del resultado. Manifestación del riesgo en el resultado –imputación objetiva stricto sensu- Segundo juicio de imputación. Si fracasa no hay imputación del resultado y no hay tipicidad Conocimiento y voluntad del tipo de peligro y de la contrariedad antirreglamentaria. Sólo verificable en la culpa consciente. Culpa inconsciente: un claro caso de responsabilidad objetiva violatoria del principio de culpabilidad. DELITO IMPRUDENTE
  • 54. DELITO DE OMISIÓN Requisitos del ilícito omisivo Breve descripción Omisión propia Sanción a meros deberes de solidaridad. El omitente no tiene una relación especial con el bien jurídico o el peligro Situación geneadora del deber de actuar. Por ser garante de bienes o de riesgos Capacidad de cumplir con el mandato de auxilio Sin riesgo personal Incumplimiento del mandato de auxilio Sólo aquella acción que tiene las mayores chances de salvataje es la obligada. Omisión impropia (más): Una relación especial con el bien o el peligro. Tan legisladas como las omisiones propias. Posición de garante Fuente: acción precedente, relación vital, relación contractual, comunidad de riesgos, etc. Imputación objetiva del resultado Curso hipotético Resultado La lesión que se petende evitar.