El documento discute el derecho al buen trato de los niños, niñas y adolescentes en El Salvador. Aunque no se encuentra explícitamente en la legislación salvadoreña, El Salvador ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1990, la cual garantiza este derecho. A pesar de esto, en la práctica los castigos físicos y humillantes siguen siendo comunes, lo que afecta negativamente el desarrollo de los menores. Garantizar el buen trato es una obligación para asegurar su protección
2. DERECHO AL BUEN TRATO
EN EL ORDENAMIENTO
JURIDICO SALVADOREÑO
3. No se encuentra bajo esta denominación en la normativa interna
al contrario de otra legislaciones de América, que bajo dicha
denominación reconocen aquel derecho inalienable de todo niño,
niña y adolecente de vivir y desarrollarse en condiciones libres de
todo tipo de agresiones físicas o de trato humillante usado como
método de corrección de sus conductas, sea estas ejercidas por:
•Los padres o cualquiera que tenga bajo su responsabilidad su
cuido.
• Los maestros
• Cualquier persona que de cualquier manera ejerza autoridad
sobre los niños, niñas y adolecentes.
4. ¿ANTES DE LA RECIEN APROBADA
LEY DEL PROTECCION INTEGRAL DE
LOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES
EXISTIA EN NUESTRO PAIS
INSTRUMENTO QUE GARANTIZARA
EL DERECHO AL BUEN TRATO DE LOS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES?
5. La respuesta es si, ya que siendo El Salvador suscriptor de la convención
de los derechos del niño que fue ratificada por nuestro país en 1990, el
Estado Salvadoreño tiene la obligación de dar cumplimiento al Art. 19
de dicha convención que le obliga a tomar las medidas pertinentes para
asegurar el derecho al buen trato de todo niño, niña y adolescente.
En la normativa interna el Art. 346 del código de familia vigente desde
el 1 de octubre de 1994 establece la obligación de la familia de la
sociedad y el estado de garantizar una protección integral a todo niño,
niña y adolescente salvadoreño.
6. El Art. 351 Ordinal 10 del CF, establece como derecho fundamental:
“QUE TODO NIÑO TIENE DERECHO A SER
PROTEGIDO CONTRA TODA FORMA DE
PERJUICIO O ABUSO FISICO, MENTAL Y
MORAL, DESCUIDO, NEGLIGENCIA,
MALOS TRATOS,TORTURAS, SANCIONES
CRUELES, INHUMANAS O
DEGRADANTES”
8. la practica judicial demuestra:
• En nuestro país el derecho al buen trato no es mas que una declaración de buenas
intenciones, para padres, madres familiares, tutores, maestros, orientadores y
otros, así como para los responsables administrativa y judicialmente de garantizar
el derecho al buen trato.
• A 19 años de haberse ratificado por la asamblea legislativa la convención de los
derechos del niño, estos siguen siendo victimas de castigos físicos y humillantes,
como ejemplo es de citar que en el año 2008 y en lo transcurrido del presente año
el porcentaje de casos atendidos en solo uno de los tribunales de familia de San
Salvador y que se refieren a violación al derecho del buen trato de niños, niñas y
adolescentes, significan mas del 50 % del total de casos atendidos.
9. •La mayoría de casos atendidos se refieren a castigos físicos
que casi siempre se traducen en abusos físicos en razón de la
magnitud de la agresión que casi siempre configuran un
ilícito penal.
•Los castigos físicos por lo general van a acompañados de
castigos humillantes, los niños, niñas y adolescentes
manifiestan que se les insultan con palabras soeces, que se
les denigra con frases como: “Sos un bueno para nada” , “Sos
un gay” , “Te quedaras a maleante” y otros epítetos.
•En los casos que no hay verbalización de insultos los niños,
niñas y adolescentes manifiestan sentirse heridos en su
interior por haber sido vapuleados y por que la agresión
proviene de una persona en la que el confía para su
protección.
10. ¿SON BUENOS METODOS DE
CORRECION EL CASTIGO FISICO Y
LOS TRATOS DENIGRANTES?...
11. •En al mayoría de los casos los jóvenes que han sido victimas de castigos
físicos abandonan el hogar para incorporarse a grupos de “maras” o se
acompañan tempranamente con sus parejas sexuales, es común el
escuchar en los procesos de familia, de niñas en edades de 13 de 15 años
frases tales como:
“Ella siempre me pego, por eso me fui con el muchacho”.
Lo anterior trae como consecuencia la deserción escolar, los embarazos
precoces, la irresponsabilidad paterna.
•Las victimas de castigos físicos casi siempre en su adultez reproducen
esta agresión en sus hijos o en su pareja. Lo que es constatable en los
procesos de protección a niños, niñas y adolescentes y en los procesos de
violencia intrafamiliar.
12. EL GARANTIZAR EL DERECHO AL
BUEN TRATO DE NUESTROS NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES, ES UNA
OBLIGACION DE TODAS Y TODOS
LOS SALVADOREÑOS”