2. LEY 387 DE 1997
(Julio 18)
• por la cual se adoptan medidas para la
prevención del desplazamiento forzado; la
atención, protección, consolidación y esta
estabilización socioeconómica de los
desplazados internos por la violencia en la
República de Colombia.
3. Desplazados
• Es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del
territorio nacional abandonando su localidad de residencia o actividades
económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o
libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente
amenazadas con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones:
• Conflicto armado interno
• disturbios y tensiones interiores,
• violencia generalizada
• violaciones masivas de los Derechos Humanos
4. ADULTO MAYOR
• El Programa de Solidaridad con el Adulto Mayor “Colombia Mayor”, busca
aumentar la protección de los adultos mayores que se encuentran
desamparados, que no cuentan con una pensión o viven en la indigencia o
en la extrema pobreza; por medio de la entrega de un subsidio económico
.
• A través del Ministerio del Trabajo, el Gobierno Nacional planea alcanzar la
cobertura universal de esta población vulnerable, lo que significa una
vinculación cercana a los 2 millones 400 mil adultos mayores en todo el
territorio nacional y que cumplen con los requisitos para ingresar a este
programa.
5. • A diciembre 31 de 2013 “Colombia Mayor”
se desarrolla en 1.103 municipios y 3
inspecciones departamentales. Cuenta
con más de un millón 250 mil beneficiarios
en el programa y es apoyado por las
alcaldías municipales, quienes cumplen
un papel fundamental en la ejecución y
seguimiento del programa
6. Modalidades del Subsidio
• Subsidio económico directo: consiste en un
beneficio otorgado en dinero que es entregado a
la población de la tercera edad que cumpla con
los requisitos establecidos y el cual es
intransferible.
• Subsidio económico indirecto: es el que se
otorga en servicios sociales básicos y se
entrega a través de los Centros de Bienestar del
Adulto Mayor (CBA), centros día
7. Agencia Colombiana para la
Reintegración (ACR)
• La ACR es una entidad adscrita a la Presidencia
de la República, que está encargada de
coordinar, asesorar y ejecutar -con otras
entidades públicas y privadas- la Ruta de
Reintegración de las personas desmovilizadas
de los grupos armados al margen de la ley.
8. • Adicionalmente, la ACR diseña, implementa y
evalúa la política de Estado dirigida a la
Reintegración social y económica de las
personas o grupos armados al margen de la ley
que se desmovilicen voluntariamente, de
manera individual o colectiva.
• La ACR trabaja en coordinación con el
Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior y
de Justicia y con la Oficina del Alto Comisionado
para la Paz.
9. Cuotas moderadoras
• De conformidad con lo definido por el artículo 1º del
Acuerdo 260 del Consejo Nacional de Seguridad Social
en Salud - CNSSS, las cuotas moderadoras tienen por
objeto regular la utilización del servicio de salud y
estimular su buen uso, promoviendo en los afiliados la
inscripción en los programas de atención integral
• desarrollados por las eps en el Régimen contributivo
10. • se crean con el fin de que los usuarios del
Régimen Contributivo, no desborden los
servicios de salud y moderen la utilización
de estos.
11. Cuotas Moderadoras y Copagos
2017
• De acuerdo con lo definido por el Gobierno
Nacional el incremento del salario mínimo
durante el 2017 será del 7%, por lo tanto nos
permitimos informarle que a partir del 3 de
enero de 2017 y teniendo en cuenta lo
establecido en el Acuerdo 260 de 2004 y el
artículo 11 del Acuerdo 030 de 2011, EPS
SURA ajusta el valor de las Cuotas
Moderadoras y Copagos.