Este documento regula algunos aspectos de la relación entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de los servicios de salud de la población a su cargo. Establece requisitos mínimos para la negociación y suscripción de acuerdos de voluntades, así como condiciones mínimas que deben incluirse en dichos acuerdos. Además, especifica condiciones adicionales para acuerdos que utilicen el mecanismo de pago por capitación.