1. Confederación Sindical de CCOO Edición especial nº 24. JULIO 2010
El recorte salarial en las Administraciones Públicas está contaminando
la negociación de los convenios colectivos en el resto de los sectores
LA REFORMA LABORAL AFECTA A MATERIAS
ESENCIALES DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
n Las medidas aprobadas por el Gobierno, tanto en el plan de
ajuste como en la reforma laboral, están teniendo graves re-
percusiones en la negociación colectiva. Algunas patronales y
empresarios están utilizando el recorte salarial aplicado a los
empleados públicos para incumplir lo fijado en los convenios,
así como los criterios recogidos en el Acuerdo para el Empleo y
la Negociación Colectiva, firmado en febrero. Existen sobradas
razones para oponerse a una reforma laboral que merma dere-
chos y resta valor y eficacia a la negociación colectiva. Por ello,
y para evitar que se materialicen nuevas reformas lesivas para
los trabajadores y la ciudadanía, CCOO llama a la participación
en la huelga general el 29 de septiembre.
El Real Decreto de reforma laboral ha modi- legal de los trabajadores (RLT), pues se in- que pueden ser objeto de una modificación
ficado la regulación de materias esenciales troduce el requisito de que sea acordado substancial la distribución del tiempo de
de la negociación colectiva, incrementando por los trabajadores y designados en 5 días trabajo; lo que conlleva que la distribución
la posibilidad de actuación discrecional de por la Comisión Paritaria. de la jornada pactada en convenio colectivo
las empresas, en detrimento de los cauces El Real Decreto incorpora entre las materias sectorial podrá ser modificada en cualquier
y plazos para la negociación colectiva, en
relación a los procedimientos de movilidad Ramón Górriz. SECRETARIO CONFEDERAL DE ACCIÓN SINDICAL DE CCOO
geográfica y modificación substancial de
las condiciones de trabajo, así como para el
descuelgue empresarial de los incrementos
“La reforma laboral abre vías
retributivos fijados en los convenios secto- a la arbitrariedad empresarial y
riales.
Por una parte, el periodo de consulta en los al dumping salarial”
supuestos de movilidad geográfica y mo- La reforma laboral aprobada por el Gobierno plantea
dificación substancial de condiciones de una situación de desmantelamiento de derechos de
trabajo se reduce a 15 días improrrogables. los trabajadores y un aumento del poder empresarial.
Un plazo que incluye el tiempo disponible A pesar de todos los condicionantes que establece la norma para que pueda existir
para los procedimientos de mediación o ar- intervención sindical donde no hay representación legal de los trabajadores, esta
bitraje, y que hace prácticamente inviable posibilidad está siendo fuertemente atacada desde instancias empresariales y me-
que pueda recurrirse a esta opción, por la diáticas que la califican de “riesgo de sindicalización de las PYMES”. Asimismo, la
que ahora discurren la mayoría de los con- nueva regulación del descuelgue salarial, que prima la negociación en el centro
flictos colectivos. de trabajo sobre la regulación sectorial, abre las puertas al dumping salarial entre
Asimismo, se dificulta la intervención de empresas, además de aumentar la discrecionalidad empresarial, fundamentalmente
los sindicatos más representativos y los en las pequeñas empresas, muchas de ellas sin derecho o posibilidad de disponer
representativos en el sector en aquellas
de representantes de los trabajadores y trabajadoras.
empresas que carezcan de representación
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empresa con acuerdo de la representación n Multitud de empresas
legal de los trabajadores o por laudo arbi-
n La reforma laboral tral. privadas que realizan
implica una pérdida de En relación con la modificación de las con- servicios públicos
diciones de trabajo establecidas están trasladando
valor y eficacia de la en los convenios sec-
negociación colectiva toriales o de empresa a sus trabajadores
sectorial y de la función se introduce una nueva los recortes
previsión para evitar el
representativa de los control judicial, al disponer que les aplican
sindicatos que en caso de acuerdo las Administra-
entre la empresa y la RLT ciones, en forma
se entiende que concurren
n Algunas patronales, las causas justificativas de la de reducción
alentadas por declara- modificación y en las que ya de plantilla,
no cabe posibilidad de evalua-
ciones del presidente de ción o interpretación por los tri-
de salarios y
CEOE y por los recortes bunales laborales. En el caso de modificación
del Gobierno, están que no haya acuerdo, de las condiciones
la empresa no podrá mo-
incumpliendo dificar unilateralmente de trabajo
los criterios las condiciones de
trabajo y debe- terminado, de que “las perspectivas econó-
recogidos en rá acudir a los micas de la empresa pudieran verse dañadas
el Acuerdo procedimientos como consecuencia de tal aplicación”. Las
de mediación y modificaciones introducidas repercuten gra-
para el arbitraje estable- vemente en el convenio colectivo sectorial,
Empleo y la cidos en el con- al que se le priva de sus competencias para
Negociación venio colectivo de establecer las condiciones y procedimientos
aplicación o a los para el descuelgue salarial, que quedarían
Colectiva, acuerdos interprofe- determinadas en el ámbito de la empresa.
especialmente sionales. Tampoco se reconoce ningún papel a la Co-
en materia salarial y Respecto al descuelgue misión Paritaria para intervenir en caso de
salarial, la reforma laboral amplía desacuerdo entre la RLT y la empresa, de-
compromisos de empleo las causas justificativas, permitiendo el des- biendo acudir a los procedimientos de me-
cuelgue por el hecho futuro, incierto e inde- diación establecidos.
CCOO denuncia los incumplimientos
de la patronal en la negociación colectiva
La situación de la negociación colectiva lleva camino de prevención.
superar el nivel de incumplimiento y conflictividad del pa- CCOO está de-
sado año, porque la propia CEOE y otras patronales y aso- nunciando ante
ciaciones empresariales hacen continuas manifestaciones los organismos
a favor de adoptar en el sector privado nuevas medidas de competentes,
ajuste similares a las adoptadas por el Gobierno, obviando por la vía de
las indicaciones del Acuerdo para el Empleo y la Negocia- interposición
ción Colectiva (AENC). de conflictos colectivos,
Esto se traduce en propuestas o decisiones que conllevan los incumplimientos de convenios y convo-
más reducción de empleo, incumpliendo compromisos so- cando movilizaciones en las empresas y sectores donde
bre estabilidad o subrogación; reducción salarial; amplia- se producen estos incumplimientos o donde se bloquea
ción y modificación de jornada; aumento de tareas o eli- la renovación de los convenios, y reclama de CEOE que
minación de derechos establecidos en convenio; así como mantenga y promueva los compromisos derivados del
un aumento de la siniestralidad al disminuir la inversión en AENC firmado.