Este documento describe varios modos en que una obligación puede extinguirse o terminar, incluyendo por pago, novación, transacción, compensación, muerte, confusión y remisión de deudas. Explica brevemente cada uno de estos modos, como el pago cumple con la prestación debida, la novación sustituye una obligación anterior con una nueva, y la muerte extingue la obligación cuando fallece alguna de las partes de la relación contractual.
2. Se extingue mediante el cumplimiento de la prestación debida
Modos de extinción ipso jure Modos de extinción ope exeptions
significa de manera inmediata y son aquellas defensas que hacen valor, el
señalada por la ley y consistían en demandado en su contestación de su
aquellas acciones o pretensiones que el demanda, es decir, si el demandado no hacia
autor no hacia valer en el momento de valer en tiempo oportuno en el que se fijaba
su demanda. la litis contestatio en este caso su derecho
quedaba por precluido para alegar el juicio.
Pago Novación
Transacción Compensación
Es el modo natural de extinguirse Contrato innominado
la obligación. En las obligaciones por el cual se Pacto por el cual las Ocurre cuando un
que tienen por objeto un dare, el partes, mediante concesiones deudor opone a su
extingue una recíprocas , ponían fin a un pleito acreedor un crédito
cumplimiento se denomina obligación planteado entre aquéllas o evitaban que posee contra
solutivo o pago y en las precedente un litigio por sobrevenir ya sea sobre este, de tal manera
obligaciones que tienen por
sustituyéndola por obligaciones o derechos de origen que el crédito y la
objeto un facere, el cumplimiento extracontractual. deuda se compensan
otra nueva.
se denomina satisfactio. entre si.
Muerte Confusión Remisión de deudas
La obligación se extinguía Cuando se reúnen en una sola Acuerdo de voluntades, no formal,
por fallecimiento de persona las cualidades de mediante el cual, el acreedor prometía
algunas de las partes de la deudor y acreedor. no exigir al deudor el cumplimiento de
relación contractual. La Sucesión a título universal: la prestación debida.
capitis deminutio , en Deudor heredero del acreedor o
cualquiera de sus grados viceversa.
, fue causa de extinción de
las obligaciones.