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COLEGIO DIEGO MONTAÑA CUELLAR IED
PARTE 1. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CONSTRUYENDO PROYECTOS DE VIDA”
1.1. INTRODUCCIÓN
Todo grupo humano que comparte un objetivo común requiere de una organización que sea reconocida por todos y cada
uno de sus integrantes para garantizar la convivencia, dentro de un ambiente favorable para el desarrollo de valores. Por
ello este manual de convivencia es un acuerdo colectivo expresado en los derechos fundamentales y en los
compromisos que asume cada uno de los integrantes de la comunidad educativa con el objetivo primordial de crear y
favorecer ambientes propicios para el desarrollo de la personalidad, el conocimiento y la convivencia armónica; de igual
manera, es el instrumento institucional que garantizará la aplicación, salvaguardia, obediencia y acatamiento de la Ley de
Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de noviembre 8 de 2006, con especial atención al Art. 18. Derecho a la integridad
personal:” Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas
que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el
maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas
responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario. Para los efectos de este
Código, se entiende por maltrato infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico,
descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la
violación y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de sus padres,
representantes legales o cualquier otra persona. También el abandono físico, emocional y psicoafectivo de sus padres,
representantes legales o de las personas, instituciones y autoridades que tienen la responsabilidad de su cuidado y
atención.”
1.2. JUSTIFICACIÓN
En las circunstancias de la legislación educativa y dada la importancia que dentro del nuevo ordenamiento constitucional
se le ha otorgado al Manual de Convivencia en el contexto de una formación de valores, donde la dignidad de la persona,
sus deberes y derechos cobran especial relevancia, queremos lograr una mejor convivencia buscando fortalecer las
relaciones interpersonales entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa, que conlleve al progreso y
bienestar de todos, creando un orden social, donde el individuo sea valorado, respetado y participe activamente.
Las normas dadas en este manual de convivencia pretenden impulsar la convivencia social mediante la trasformación
personal y colectiva, como un acto consciente y comprometido con el respeto por la dignidad de la persona y su
realización como ser humano. Es también un compromiso que pretende promover la participación activa y democrática
de la comunidad educativa en la institución para formar personas capaces de proyectar en su entorno actitudes y
comportamientos de solidaridad. Por ello, los directivos docentes, docentes, padres de familia, acudientes, personal
administrativo y estudiantes al ser parte integral de la Comunidad Educativa del Colegio Diego Montaña Cuellar, en sus
dos jornadas asumen el compromiso de cumplir los principios y reglamentos estipulados en el presente Manual de
Convivencia y participar en todos los procesos de análisis crítico, evaluación y replanteamientos que se requieran cuando
sea necesario.
Este Manual es un compendio que establece los parámetros u orientaciones para facilitar el desarrollo de las actividades
y relaciones de las personas que interactúan en una comunidad. Explica los canales de comunicación, los derechos y
deberes de los distintos estamentos de la comunidad y las acciones formativas que se han implementado con el interés
de mejorar la convivencia armónica al interior de la institución. Presenta modos para conciliar intereses, necesidades
para asegurar el logro de los objetivos dentro de un ambiente armonioso y pacifico.
Es el conjunto de normas orientaciones y acuerdos de criterios establecidos por la comunidad educativa del colegio
Diego Montaña Cuellar y tiene como fin contribuir a la formación de cada persona sobre la base de su propia realización,
de manera que cada uno aprenda a ser responsable libre y autónomo para promover un nuevo orden social y un
proyecto de nación en la que todos podamos ser plenos y felices.
1.3. HORIZONTE INSTITUCIONAL
1.3.1. Misión
El colegio Diego Montaña Cuellar IED es una institución de carácter pública y oficial que contribuye a la
formación de personas íntegras, autónomas y socialmente responsables, propiciando el desarrollo de
competencias cognitivas, procedimentales, actitudinales, comunicativas, investigativas y laborales, a partir de
una adecuada estrategia pedagógica en pro de generar aportes significativos en su contexto social.
1.3.2. Visión
El colegio Diego Montaña Cuellar I.E.D. se visiona hacia el año 2015 como una institución modelo en el
sector educativo a nivel distrital, capaz de garantizar la formación de estudiantes íntegros, autónomos y
socialmente responsables, con un proyecto de vida que contribuya a satisfacer las necesidades y expectativas
de la comunidad y de la sociedad en general con un alto impacto social.
1.3.3. Filosofía Institucional
La filosofía del colegio Diego Montaña Cuellar está fundamentada sobre la base de la formación integral de
nuestros educandos a partir de los principios de autonomía y responsabilidad social, buscando mejorar la
calidad de vida de su comunidad a través de estrategias pedagógicas interdisciplinares y la vivencia de
valores pues considera al estudiante como una persona holística en permanente crecimiento y por ello brinda
oportunidades de aprendizaje y convivencia en un contexto armónico.
1.3.4. Principios Institucionales
Integralidad: Implica que toda acción de formación debe abarcar las dimensiones del desarrollo humano, lo
socio-afectivo, lo espiritual, lo ético, lo cognitivo, lo comunicativo, lo corporal y lo estético, para potencializarlas
y alcanzar niveles de humanización necesarios para su desenvolvimiento en sociedad como un ser humano
digno, pleno, autónomo y libre.
Autonomía: Facultad que permite a las personas ser dueñas de sus actos, sus emociones, sus actitudes, sus
decisiones y de su voluntad
Responsabilidad social: Responsabilidad que debemos asumir por los resultados de nuestras acciones.
Impacto que generan nuestras actividades y decisiones, personales y profesionales, en el contexto social.
1.3.5. Valores
Honestidad: Actitud que tiene la persona para obrar con justicia y veracidad en todo momento y lugar,
teniendo en cuenta, que todos los seres humanos tienen los mismos derechos y que los valores rigen para
todos los ciudadanos integrantes de una comunidad. Cuando se habla de honestidad, se debe tener en
cuenta que la imagen que proyecta la persona, debe ser coherente a los ojos de sus congéneres; es decir,
que la honestidad se manifiesta cuando lo que se piensa, lo que se dice y lo que se hace es exactamente
igual.
Responsabilidad: Capacidad de actuar racionalmente, aceptando criterios establecidos que lo lleven a
asumir una actitud de compromiso integral y a responder por los comportamientos asumidos frente a las
personas que integran la comunidad. Cumplir con los compromisos adquiridos, reconociendo y valorando la
individualidad de cada una de las personas que lo rodean, cuidando su propia integridad y la de los demás.
Respeto: Es el principio que nos lleva a reconocer los derechos y la dignidad de las personas, el valor de las
cosas; abstenerse de ofenderlas o destruirlas. El respeto comienza por el amor hacia uno mismo, que
trasciende a los demás, a la naturaleza y a los objetos que están a nuestro servicio. El respeto está fundado
en la autoestima y la valoración de la individualidad de cada persona, sin importar su condición social, su
ideología, su religión o su color.
1.4. OBJETIVOS DEL PEI
1.4.1. General
Formar seres humanos íntegros, responsables y autónomos a partir de practicas pedagógicas apropiadas que
fomenten el desarrollo de sus competencias cognitivas , actitudinales y procedimentales de tal manera que les
permita acceder a la Educación Superior y/o al mundo laboral
1.4.2. Específicos
1.4.2.1. Concientizar a los estudiantes sobre el valor del aprendizaje de los diversos saberes en su formación
integral y su aplicabilidad en resolución de problemas la vida cotidiana
1.4.2.2. Fomentar el respeto y la defensa de los derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes de
nuestra comunidad educativa, garantizando un espacio de buen trato y sana convivencia
1.4.2.3. Desarrollar proyectos transversales que fortalezcan integralmente las diversas dimensiones del
estudiante.
1.4.2.4. Posibilitar el acceso del estudiante al mundo laboral o a la educación superior a través de los
proyectos de la secretaria de educación: ARTICULACION DE LA EDUCACION MEDIA CON LA EDUCACION
SUPERIOR.
1.5. EJES ARTICULADORES
Los ejes articuladores del PEI del colegio Diego Montaña Cuellar corresponden a los ejes de desarrollo que se
promueven a partir de la Implementación del trabajo por ciclos y de las herramientas para la vida, según
orientaciones de la Secretaria de Educación:
EJES DE DESARROLLO:
posibilitan el diseño de
estrategias pedagógicas en cada
uno de los ciclos, acordes con las
necesidades y demandas de
aprendizaje de los niños, niñas y
jóvenes.
Ciclo I: Estimulación y exploración
Ciclo II: Descubrimiento y experiencia
Ciclo III: Indagación y experimentación
Ciclo IV: Vocación y exploración vocacional
Ciclo V: Investigación y desarrollo de la cultura para el trabajo.
HERRAMIENTAS PARA LA
VIDA:
 Leer, escribir y hablar correctamente para comprender el mundo
 Intensificar la enseñanza del inglés
 Profundizar el aprendizaje de las matemáticas y las ciencias
 Fomentar el uso pedagógico de la informática y la comunicación
 Aprovechar la ciudad como escenario de aprendizaje
 Fortalecer la formación ambiental para proteger y conservar la
naturaleza
 Aprender para la vida, para la universidad y el trabajo
1.6. PERFIL DEL EGRESADO
Al concluir el ciclo V, el estudiante del colegio Diego Montaña Cuellar IED será una persona:
Íntegra, autónoma y socialmente responsable. Que practica y demuestra los valores sociales, éticos como: la
honestidad, el respeto y la responsabilidad. Que busca mejorar su calidad de vida, la de su familia y por ende
la de su comunidad y entorno a partir del desarrollo de competencias cognitivas, procedimentales,
actitudinales, comunicativas, investigativas y laborales.
1.7. CARACTERIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN
NOMBRE: COLEGIO DIEGO MONTAÑA CUELLAR INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL
SEDE DIRECCION TELEFONO
A PRINCIPAL Crr. 2ª ESTE No. 101A- 01 sur 7 73 54 20
B Cll 95 sur No. 49-99 Este 7 67 16 19
C Dig. 97 A Sur No. 1A-20 Este 7 64 06 24
JORNADAS: Mañana y Tarde
GÉNERO: Mixto
RECTOR: JOSE RICARDO MOLINA SOLANO.
NIVELES DE
EDUCACIÓN: PRE-ESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA ACADÉMICA
ARTICULADA CON LA EDUCACIÓN SUPERIOR
CARÁCTER: Académica y Académica Articulada con la Educación Superior
NATURALEZA: Oficial
RESOLUCION DE CREACION: 9487 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1997
RESOLUCION DE APROBACION: 7560 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 1998
RESOLUCION DE APROBACION: 2530 DEL 28 DE AGOSTO DE 2002 Y
RESOLUCION 050094 DEL 10 DE NOVIEMBRE DE 2009
RESOLUCION 3242 DEL 23 DE NOVIEMBRE DE 2010
RESOLUCION 050024 FEBRERO 21 DE 2012
NIT: 830071712-0
SEDE A DANE 111001076201
SEDE B DANE 111001104345
SEDE C DANE 111001107751
ESCUDO Y BANDERA INSTITUCIONALES
SIMBOLOS INSTITUCIONALES
EL ESCUDO DEL COLEGIO
El escudo que representa al colegio, Diego Montaña Cuellar IED, está conformado por varios símbolos acordes
a cada uno de los ámbitos de formación presentes en la institución.
Cada elemento contiene una simbología propia; los libros dan a entender el conocimiento que se abarca en
cada una de las cátedras del aula de clase, los instrumentos musicales y de pintura evocan la destreza de las
artes en nuestros estudiantes, los elementos de laboratorio recuerdan las practicas mediante las cuales se
aprende del ámbito de las ciencias, así como la tecnología, por medio de un computador, y el deporte, en un
balón de futbol, simbolizan una formación integral, acorde a todos los campos de expresión, en un ambiente
de sana convivencia.
LA BANDERA DEL COLEGIO
Los colores metalizados de nuestra bandera simbolizan la seguridad y la fortaleza con la que se defienden los
valores que practicamos en la institución.
Nuestra bandera cobija el interés de crear un ambiente sano y de conocimientos para ser visualizado a través
de sus colores donde el amarillo guarda la esperanza depositada en todos nuestros estudiantes por un mejor
porvenir, el color azul expresa la transparencia de los valores que se cultivan en la institución.
1.7.1. INFORMACIÓN DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO
El colegio inicia labores en el mes de enero de cada año y finaliza en el mes de diciembre, teniendo en cuenta que el
Calendario Académico por el cual se rige es establecido según disposiciones legales emanadas directamente de la
Secretaría de Educación del Distrito Capital.
HORARIOS: ENTRADA DEL PERSONAL A PARTIR DE LAS 6:15 AM- 12:20
JORNADA NIVEL INICIO DE JORNADA
FINALIZACION DE
JORNADA
MAÑANA
PREESCOLAR
6:30 A.M
11:00 A.M
PRIMARIA 11:30 A.M
SECUNDARIA 12: 30 P.M
TARDE
PREESCOLAR
12: 30 P.M
5:00 P.M
PRIMARIA 5:30 P.M
SECUNDARIA 6:30 P.M
1.7.2. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA
La matrícula es un contrato renovable cada año académico que se legaliza con las firmas de estudiantes y padres de
familia y mediante el cual el estudiante admitido formaliza su vinculación al colegio Por tener las características de un
contrato, cualquiera de las partes puede darlo por terminado en caso de algún incumplimiento parcial o total. Al firmarse
la matrícula el estudiante y el padre de familia o acudiente se comprometen a cumplir las pautas establecidas en el
presente Manual de Convivencia y demás disposiciones que rigen en el colegio, como queda establecido por la Corte
Constitucional en su sentencia: “Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto
un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST- 612/92).y por
ende: “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente
legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de
establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel,
pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han
entrado en vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si
reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como
motivo de exclusión”. (SC- 555/94).
Para el proceso de matrícula los estudiantes admitidos deben cumplir con los siguientes requisitos:
1. Orden de matrícula.
2. Formulario de inscripción diligenciado.
3. Fotocopia de Registro Civil de Nacimiento con el número de NUIP y/o NIP completo (11dígitos).
4. Boletín Original de valoraciones finales del año anterior y certificado de estudios.
5. Fotocopia de afiliación a un servicio de salud (SISBEN o EPS)
6. Paz y salvo institucional (estudiantes antiguos).
7. Para casos especiales, o remitidos por otras instituciones serán abordados directamente por el Rector.
PARÁGRAFO 1: El aspirante a cupo que ya fue estudiante del Colegio Diego Montaña Cuellar y durante su permanencia
presentó dificultades convivenciales graves o mayores que condujeron a un proceso convivencial completo, teniendo
como última instancia Matricula en Observación y/o no regresaron a la institución, no serán admitidos por cuanto se
sobreentiende que el o la estudiante no asumió en su debido momento la actitud de cambio y el compromiso para
con sus deberes de estudiante en acuerdo a lo que se consagra en la sentencia de la Corte Constitucional: “Si bien la
educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel
hasta la culminación de los estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener
indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias
y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir
incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la
Institución en que se forma, representa un abuso de derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e
impide al plantel los fines que le son propios”. (ST 519 DE 1992). De la misma forma, el consejo directivo ratifica que
un estudiante que repita el mismo grado durante dos años seguidos perderá el cupo en el colegio, ya que no ha
respondido satisfactoriamente a su proceso académico y el acudiente debe ser garante del derecho a la educación del
estudiante en otra institución educativa.
PARÁGRAFO 2: Si bien las políticas de cobertura dan la posibilidad de acoger y matricular estudiantes en varios
momentos del año escolar lectivo, debido al proceso de Articulación con la Educación Superior, que exige un número
estricto de horas presenciales y la formación en áreas específicas del conocimiento enfocadas a los distintos
programas académicos ofrecidos por la entidad y consensuados con el colegio a manera de créditos académicos
reconocidos y avalados por la Secretaría de Educación de Bogotá, los estudiantes de grado décimo y undécimo (ciclo
V) deben iniciar su proceso académico desde el primer día de clases, estipulado en el calendario académico y por ello
los únicos aspirantes que podrían ser matriculados posteriormente deben provenir de una institución con el mismo
modelo de articulación y con sus créditos académicos concordantes con los del colegio Diego Montaña Cuellar IED.
Los interesados en estudios articulados con la educación superior desarrollaran su formación en la sede A principal.
HORARIOS DE ATENCION AL PUBLICO
SECRETARIA LUNES, MIERCOLES, VIERNES 8:00 AM A 1:00 PM Y 2:00 PM A 5:00
BIBLIOTECA LUNES A VIERNES 8:00 AM A 5:00 PM
PAGADURIA LUNES, MIERCOLES, JUEVES Y VIERNES
8:00 AM A 1:00 PM Y 2:00 PM A 5:00
PSICO-ORIENTACION LUNES A VIERNES 6:30 AM A 12:15 PM Y 12:30 PM A 6:15 PM
RECTORIA Y COORDINACIÓN SOLICITAR CITA PREVIA O SEGÚN CITACIÓN EMITIDA
DOCENTES DOS HORAS A LA SEMANA SEGÚN HORARIO ACADÉMICO
La matrícula debe realizarse dentro del tiempo establecido por la institución, con la documentación completa y
debidamente diligenciada en letra imprenta legajados en una carpeta oficio con el marbete vertical.
1.7.3. UNIFORMES EXIGIDOS POR LA INSTITUCIÓN
Es importante resaltar que en el aspecto de presentación personal los estudiantes deben cumplir con los lineamientos
aquí estipulados sin trasgredir los conceptos emanados desde la Corte Constitucional pues “ Al interpretar el artículo 16
de la Constitución que consagra el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la corte constitucional y la doctrina han
entendido que: “ese derecho consagra una protección general de la capacidad que la Constitución reconoce a las
personas para auto determinarse, esto es, a darse sus propias normas y desarrollar planes propios de vida, siempre y
cuando no afecten derechos de terceros”. (SC-481/98); y que para nuestro caso la primera infancia es aquella que
prevalece y sus derechos no pueden verse afectados por las opiniones y preferencias de los demás estudiantes mayores
a ellos; como se entiende en la sentencia: “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos constitucionales
fundamentales es la existencia de deberes correlativos. En el artículo 95 de la Constitución Política se encuentran los
deberes y obligaciones de toda persona. La persona humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos
caras de una moneda, pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a sí mismo y frente a los demás.”
(Sentencia 002 de 1992)
Las normas en el porte del uniforme responden al respeto por la persona y su dignidad humana sin que se vulnere de
manera alguna la personalidad del estudiante por lo que” La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la
jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el
derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal
manera que NO puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”. (ST- 235/97);
adicionalmente: “La Educación surge como un derecho – deber que afecta a todos los que participan en esa órbita
cultural respecto a los derechos fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas, sino también
deberes de la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe respetar el ser personal del otro, sino
que también ella debe respetar su propio ser”. (ST- 02/92).
Los dos uniformes exigidos por la institución de manera obligatoria son:
UNIFORME DE DIARIO PARA LAS MUJERES UNIFORME DE DIARIO PARA LOS HOMBRES
1. Jardinera con prenses hasta la altura de la rodilla
2. Camisa blanca de cuello o camiseta tipo polo blanca
3. Media-pantalón blanca en lana únicamente
4. Zapatos Totalmente negros no tenis ni zapatillas
5. Bambas, moñas o hebillas blancas, negras o azul
oscuro; el cabello limpio.
6. Todo accesorio adicional (como maquillaje, piercings,
gorros, cadenas, manillas, tintes en cabello, camisetas
de equipos, y demás) que no haga parte del uniforme
aquí descrito, no será admitido si no cuenta con
autorización escrita y presentada personalmente por el
padre, madre y/o acudiente del menor.
1. Jean azul oscuro clásico; sin agujeros, hebras, o
decoloraciones; sin entubar o tipo baggy.
2. Camisa blanca de cuello o camiseta tipo polo blanca
3. Medias azul oscuro o negras
4. Zapatos Totalmente negros no tenis ni zapatilla
5. Cabello limpio.
6. Todo accesorio adicional (como maquillaje, piercings,
gorros, cadenas, manillas, tintes en cabello, camisetas
de equipos, y demás) que no haga parte del uniforme
aquí descrito, no será admitido si no cuenta con
autorización escrita y presentada personalmente por el
padre, madre y/o acudiente del menor.
UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA UNISEXO
1. Sudadera azul oscura en algodón perchado o impermeable con gorro o sin él, sin líneas o logos de marcas deportivas como
adidas, nike, puma u otros.
2. Camiseta totalmente blanca de cuello redondo o camiseta tipo polo totalmente blanca sin líneas o logos de marcas
deportivas como adidas, nike, puma u otros.
3. Pantaloneta azul oscura.
4. Tenis totalmente blancos y medias deportivas blancas
5. Todo accesorio adicional (como maquillaje, piercings, gorros, cadenas, manillas, tintes en cabello, camisetas de equipos, y
demás) que no haga parte del uniforme aquí descrito y desee portarse, se debe presentar una solicitud escrita y entregarse
personalmente por el padre, madre y/o acudiente del menor, quienes se reunirán en Rectoría Para que sea revisada y si es
posible, autorizada.
Las estudiantes del colegio deben abstenerse de presentarse con maquillaje ya que no hace parte integral de su
formación académica. Igualmente, las alteraciones al uniforme no son permitidas sin el estudio y la aprobación del
Consejo Directivo. Debe recordarse que el uniforme es único y no admite modificaciones establecidas por modas,
tendencias juveniles o gusto personal e individual del estudiante que puedan atentar contra los derechos de los niños,
niñas y jóvenes, en especial que sean considerados como estimulantes o mal ejemplo para la primera infancia: tinturas,
perforaciones corporales, accesorios, cortes de cabello que impliquen rasuradas parciales o crestas, rasuradas parciales
o totales de las cejas, uso de marcas con cremas, tintas o tatuajes en alguna parte del cuerpo cabeza o rostro.
PARAGRAFO 1: El presente Manual de Convivencia en obediencia, acato y consonancia al artículo 18 de la ley de
Infancia y Adolescencia no les está permitido a las estudiantes el porte de minifaldas.
PARAGRAFO 2: Por la seguridad de los estudiantes y con el ánimo de evitarles conflictos y/o agresiones por parte de
otros no se permite el uso de camisetas de equipos de futbol a excepción de la de la selección Colombia en ocasiones
especiales.
Nota: Los estudiantes pueden traer bufanda y chaqueta azul oscura o negra (sin marcas, ni logos de equipos) los días
lluviosos o fríos.
PARAGRAFO 3: En caso de cambio de uniformes será consultado en primera instancia al consejo de padres y
posteriormente al resto de la comunidad y tendrá un tiempo prudencial para la adquisición de los mismos en caso de ser
aceptado. El consejo directivo aprueba dentro del proyecto de investigación, la adquisición de la chaqueta institucional
para el gobierno escolar y los administrativos.
PARTE 2. MANUAL DE CONVIVENCIA
2.1. MARCO LEGAL
Este MANUAL DE CONVIVENCIA se fundamenta en las siguientes normas legales:
Constitución Política Nacional de 1991
Ley 12 enero 22 de 1991
Ley 115 de Febrero 8 de 1994
Ley 133 de Mayo 23 de 1994
Ley 715 de 221 diciembre 2001
Ley de la Infancia y la Adolescencia 1098 de 2006
Ley 1620 marzo de 2013.
Ley de la Juventud
Código disciplinario único ley 734
Estatuto Docente
Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994
Decreto 1270 de 2002
Decreto 1850 de 2002
Decreto 1286 de 2005
Decreto 1290 de 2009
Resolución 01600 de Marzo 8 de 1994
Acuerdo 04 de 2000
Y demás normatividad aplicable en el ámbito de la educación
2.1.1. FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE ASPECTOS RELACIONADOS CON EDUCACIÓN
“El hombre, considera la Corte constitucional, debe estar preparado para vivir en armonía con sus congéneres, para
someterse a la disciplina que toda comunidad supone, para asumir sus propias responsabilidades y para ejercer la libertad
dentro de las normas que estructuran el orden social. Así pues, de ninguna manera ha de entenderse completo ni verdadero
un derecho a la educación al que se despoja de estos elementos esenciales, reduciéndolo al concepto vacío de pertenencia
a un establecimiento educativo. De lo dicho se concluye que cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas en
materia académica, disciplinaria, moral o física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así
como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel de modo
razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, por el contrario,
entregando a éste la calidad de educación que la constitución desea” (Corte Constitucional. Sentencia T.397 de agosto 19 de
1997)
Que “La Educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de
prevalecer el interés general y se puede respetando el debido proceso, separar a la persona del establecimiento
Educativo. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en
la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la
persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”. (ST- 316/94).
Que “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor
del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho,
pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus
responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las
consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro
del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión
del establecimiento educativo”. (ST- 519/92).
Que “La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema Educativo, salvo que existen elementos
razonables – incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante – que lleven a privar a la persona del
beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada”. (ST- 402/92). Por lo que se determina que
• Dependiendo de la gravedad de la falta, se podría iniciar el proceso con la firma de compromiso, la suspensión
del estudiante y/o matrícula en observación. Igualmente, se acudirá al apoyo y convenio con las instituciones del
estado para garantizar el bienestar y la protección al estudiante
• El docente de la asignatura o el director de grupo, en uso de su autonomía pueden hacer firmar el observador del
estudiante y/o el respectivo compromiso y deberá luego informar a coordinación.
• El coordinador y/o rector serán las únicas personas con la autoridad para imponer sanciones y/o suspensiones.
• La matrícula en observación puede ser instaurada por el rector o el coordinador, dependiendo de la gravedad de
la falta y/o consenso de cualquier comisión o comité
Que “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima
cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de
establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel,
pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han
entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si
reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como
motivo de exclusión”. (SC- 555/94).
Que “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que
genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que
no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o
reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo (ST-
527/95).
Las instituciones educativas pueden regular el uso del teléfono celular dentro de las instalaciones, incluyendo la
reglamentación correspondiente en el manual de convivencia, el cual establecerá en forma clara su utilización, sin llegar
a prohibirlo, así como las sanciones y el procedimiento a aplicar en caso de infracciones. (ST-967/07)
2.1.2. ARTICULOS DE LA LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA RELACIONADOS CON EDUCACIÓN
Art. 20. DERECHOS DE PROTECCIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes serán protegidos contra: Numeral 1. El
abandono físico, emocional y psico-afectivo de sus padres, representantes legales o de las personas, instituciones y
autoridades que tienen la responsabilidad de su cuidado y atención.
Art. 26. DERECHO AL DEBIDO PROCESO. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen
las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados.
En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños, las niñas y
los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta.
Art. 43. OBLIGACIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS. Las instituciones de
educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y
adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal
efecto, deberán:
1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los
Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato
respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial
vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.
2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica,
humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores.
3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para
impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y
adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades
sobresalientes o especiales”.
Art. 44. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Los directivos y docentes de
los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para:
4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la
convivencia escolar.
5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica,
humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores.
6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para
impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y
adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades
sobresalientes o especiales.
7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las
instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo
alrededor de las instalaciones educativas.
8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa
del niño, niña o adolescente con discapacidad.
9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil
detectadas en niños, niñas y adolescentes”.
2.1.3. OTRAS DISPOSICIONES DE LEY SOBRE EDUCACIÓN
El consejo directivo del Colegio Diego Montaña Cuellar Institución Educativa Distrital, en uso de sus facultades legales
considerando:
Que la constitución política de 1991 fomenta la practica en los establecimientos educativos a través del aprendizaje de
los principios y valores de la participación ciudadana. Art. 41.
Que la ley general de educación y las normas que la reglamentan son instrumentos jurídico que pretende proveer las
condiciones objetivas para que la educación sea un bien de alta calidad a la cual accedan los colombianos.
Que la ley 115 de 1994, según lo dispuesto en los artículos 73 y 87 establece que toda institución educativa debe
elaborar su Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Que el articulo 17 del decreto 1860 de Agosto de 1994, ordena introducir dentro del PEI, un Manual de Convivencia
(reglamento), donde se expresen los aspectos fundamentales sobre los derechos y deberes de los estudiantes y sus
relaciones con los demás estamentos de la Comunidad Educativa.
Que dichos aspectos deben ser conocidos y analizados por los estudiantes y los padres de familia (o acudientes), que
deseen ingresar a la institución para su debida aceptación.
Que su carácter de oficialidad respetará los derechos fundamentales de los integrantes de la Comunidad Educativa.
Que la calidad de colombiano enaltece a todos los integrantes de la comunidad nacional y que, por consiguiente, toda
persona debe; (Const. Nal. Art. 95) Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios. Obrar conforme al
principio de solidaridad social. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia
pacífica. Que el colegio es lugar privilegiado para la educación en la convivencia y en la tolerancia por parte de toda la
comunidad educativa. Proteger el logro y el mantenimiento de la paz. Proteger los recursos culturales y naturales del
país.
Que de acuerdo con los diferentes códigos que rigen las leyes Nacionales, exigirá a la comunidad Educativa, respeto por
esas normas que dan lineamientos en la vida local y nacional.
RESUELVE:
Adoptar las siguientes normas de COMPORTAMIENTO como MANUAL DE CONVIVENCIA del Colegio Diego Montaña
Cuellar IED, el cual consta de una Comunidad Educativa, compuesta por Docentes Directivos, Docentes, Estudiantes,
Padres, madres de Familia, o acudientes, Exalumnos, personal Administrativo y de Servicios Generales.
2.2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Todos los estudiantes del Colegio Diego Montaña Cuellar gozan de los mismos derechos y es necesario reiterar que
según la Sentencia T-569 de 1994 “La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los
cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que
está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre
que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la
Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo… El deber de los estudiantes radica, desde el punto
de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación
de mantener las normas de presentación establecidas por el Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de
recreo y de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. El hecho de que el menor
haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del cumplimiento de sus deberes de alumno.”
“Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al
plantel hasta la culminación de los estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener
indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y
quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir
incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la Institución
en que se forma, representa un abuso de derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al plantel
los fines que le son propios”. (ST 519 DE 1992).
2.2.1. EN EL ORDEN ACADÉMICO
A. Recibir una educación adecuada que le garantice una formación integral acorde con el Proyecto Educativo
Institucional.
B. Conocer desde el inicio del año el calendario y el cronograma escolar, los programas académicos, los criterios de
evaluación y recuperación.
C. Ser evaluados permanentemente en los aspectos: cognoscitivo, actitudinal, valorativo, habilidades o destrezas y
participación en actividades relacionadas con proyectos.
D. Todo estudiante puede solicitar que le sean programadas las actividades de recuperación necesarias para
obtener los logros deseados en cada una de las respectivas áreas dentro del tiempo estipulado por la institución.
E. Ser informado de las causas de las ausencias del docente
F. Recibir una formación en valores que le permita reflexionar de forma crítica sobre todas las realidades de
injusticia presentes en la sociedad.
G. Ser apoyado constantemente por sus padres en su proceso formativo.
H. Presentar reclamos respetuosos y justos sobre sus evaluaciones, aportar y recibir solución a los problemas
siguiendo el conducto regular.
I. Conocer la filosofía de la institución y el Manual de Convivencia que la rige.
J. Formular propuestas o iniciativas individuales o grupales para adelantar campañas o actividades que propendan
por el bienestar general de la comunidad, para que sean estudiadas en su viabilidad y ejecución.
K. Participar en la evaluación de los maestros y personal de apoyo administrativo bajo los parámetros de respeto y
cordialidad.
L. Recibir con exactitud la hora de clase propuesta por el colegio.
M. Tener según el horario, un tiempo destinado al descanso y la recreación
N. Los estudiantes tiene derecho a jornadas de recuperación en los momentos determinados cada año
O. Conocer de manera oportuna los resultados de evaluaciones y trabajos presentados
2.2.2. EN EL ORDEN SOCIAL
A. Ser tratado por parte del personal docente, administrativo y de servicios generales, con la consideración, respeto,
aprecio y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes y no ser discriminado por sus acciones, pues
puede superar los errores cometidos a partir de su esfuerzo personal.
B. Tener derecho al libre desarrollo de la personalidad, de acuerdo a los pactos de convivencia establecidos en la
institución.
C. Promover, sugerir y participar en campañas y estrategias que busquen el bienestar y superación estudiantil y
profesional teniendo en cuenta el PEI y pactos de convivencia establecidos en la institución
D. Conocer el conducto regular pactado en el colegio.
E. Expresar sus opiniones, inquietudes y situaciones que lesionen sus intereses educativos y/o convivenciales, de
una forma respetuosa y siguiendo el conducto regular.
F. Representar con dignidad y responsabilidad al colegio dentro y fuera de él, considerando el buen desempeño
académico y/o disciplinario.
G. Obtener permisos y presentar excusas correspondientes cuando no asista a clase por estar representando al
colegio en algún evento académico, cultural o deportivo.
H. Contar con ambientes físicos agradables que posean dotación adecuada y suficiente para favorecer el
aprendizaje en cada una de las áreas de conocimiento, cultura y deporte.
I. Vivir en un ambiente social y cultural, armónico y saludable que fortalezca el derecho a la vida y la supervivencia.
J. Ser protegido contra toda forma de explotación, uso ilícito de drogas y abuso sexual.
K. No ser discriminado ni estigmatizado, por procesos convivenciales que se hayan trabajado
L. A ser protegido eficazmente contra toda clase de maltrato, agresión física o psicológica, humillación o burla.
M. Que se tenga reserva de toda aquella información que el colegio posea sobre circunstancias familiares y
personales.
N. Recibir buen ejemplo de padres de familia, directivas, profesores y compañeros.
O. Ser escuchado, orientado y hacer uso a la defensa cuando se le acuse de no cumplir con sus deberes o de no
haber respetado las normas.
P. Elegir y ser elegido en los órganos de participación existentes.
Q. Participar activamente en las programaciones culturales, sociales y deportivas de la institución.
2.2.3. EN EL ORDEN CONVIVENCIAL
A. Ser escuchado antes de tomar una decisión frente a su comportamiento.
B. Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares enmarcadas por la veracidad y el respeto.
C. Conocer las observaciones escritas que sobre su comportamiento haga el director de grupo, maestros y
docentes directivos.
D. El estudiante tiene la posibilidad de escribir su versión de los hechos como parte del debido proceso..
2.2.4. EN EL ORDEN CIVIL Y PENAL
A. Tener garantía a “su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad,
en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad
humana, sin discriminación alguna” (Art. 1 Ley 1098-2006).
B. “Ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o
psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte
de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de
su grupo familiar, escolar y comunitario. Para los efectos de este Código, se entiende por maltrato infantil toda
forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos
tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación y en general toda forma de
violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de sus padres, representantes legales o
cualquier otra persona”.(Art. 18 Ley 1098-2006)
NOTA. Los derechos no explicitados en este Manual de Convivencia se aplicarán conforme a la Legislación vigente y la Constitución
Política Nacional
2.2.5. DERECHOS FRENTE AL DEBIDO PROCESO
A. Conocer los hechos por los que se le acusa
B. Ser escuchado, para lo cual puede solicitar la presencia del personero de los estudiantes.
C. No ser sancionado con tratos humillantes y/o degradantes
D. Interponer recursos de ley en los términos establecidos ante las instancias correspondientes.
2.3. CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES
Hacer parte de la Comunidad Educativa del Colegio Diego Montaña Cuellar I.E.D., implica cumplir con los acuerdos
pactados teniendo presente que frente al cumplimiento de los derechos es necesario cumplir con los deberes; de igual
manera, obedecer, acatar, respetar y seguir la Ley. Los estudiantes deben comprometerse por convicción pues esto hace
parte de su proceso de formación.
2.3.1. EN EL ORDEN ACADÉMICO
Cumplir con las actividades que van en pro de su beneficio para la vida y de acuerdos establecidos con el maestro.
A. Participar en la creación, ejecución y evaluación del cronograma de actividades.
B. Cumplir con las actividades de recuperación programadas por cada una de las áreas dentro del tiempo
estipulado por el Consejo Académico y aprobado por el consejo directivo.
C. Dedicar todos los esfuerzos intelectuales, físicos y afectivos hacia el logro de aprendizajes que permitan alcanzar
los objetivos académicos y formativos de cada área.
D. Ser objetivo, sincero y honesto en la evaluación institucional.
E. Realizar y cumplir con las tareas, lecciones y trabajos señalados por los docentes en el tiempo acordado dentro
de la jornada y calendario académico.
F. Abstenerse de utilizar elementos que obstaculicen o le distraigan sus actividades académicas
2.3.2. EN EL ORDEN DISCIPLINARIO
A. Conocer y cumplir los acuerdos del Manual de Convivencia.
B. Presentar aviso oportuno de su incapacidad médica o cualquier otro motivo de su inasistencia al coordinador y
docentes.
C. Llevar y hacer firmar de sus padres oportunamente comunicaciones escritas que envía la Institución.
D. Observar y cumplir las normas y horarios que para el bien común establezcan los diferentes servicios que
prestan las personas que laboran en la institución.
E. Evitar las manifestaciones afectuosas exageradas dentro de la institución ya que se puede incurrir en mal
ejemplo y estimulo a los estudiantes menores.
F. Ingresar y permanecer en la institución en el horario que le corresponde, según sea en preescolar, primaria o
secundaria de acuerdo con la jornada escolar.
G. Asistir puntualmente a todas las clases y actividades, permaneciendo en ellas durante el tiempo que ha sido
programado.
H. Traer, usar, mantener y cuidar los elementos y útiles escolares necesarios que ayudan a alcanzar el logro de los
objetivos propuestos de cada área.
I. Presentarse y mantener una óptima higiene personal expresada en el baño diario; manteniendo el cabello
aseado y recogido, libre de liendres; uñas y manos limpias.
J. Portar correctamente el uniforme de diario o deportivo, completo, aseado y en buen estado.
K. Abstenerse de usar joyas ya que en caso de pérdida la institución no asume ninguna responsabilidad.
L. Cuidar sus pertenencias y abstenerse de traer objetos de valor como, parlantes, mp3,4,5, ipods, grabadoras,
videojuegos, radios, psp, parlantes, y otros ya que NO HACEN PARTE DE LOS ÚTILES ACADEMICOS
SOLICITADOS POR LOS DOCENTES y en caso de daño o pérdida la institución se exime de toda
responsabilidad.
M. Mantener un comportamiento adecuado y de cuidado en el uso de cada una de las diferentes zonas y
dependencias de la institución.
N. No dañar de forma directa o indirecta, los elementos e instalaciones educativas.
O. Tener y mantener un comportamiento de respeto y tolerancia hacia los integrantes de la comunidad
P. No portar o hacer uso de cualquier tipo de arma real o juguete bélico.
Q. Abstenerse de propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra cualquiera de los integrantes de la
comunidad educativa.
R. Denunciar de inmediato ante la dirección de grupo, toda falta que atente contra el bien común sino quiere ser
considerado cómplice de la misma y acarrear con las sanciones a que haya lugar.
S. Cuidar sus pertenencias y colaborar con el cuidado de los bienes de sus compañeros ya que la institución no se
hará responsable de la perdida de los mismos.
T. Abstenerse de jugar dinero. Los juegos de azar están prohibidos al igual que las apuestas de todo tipo.
U. Abstenerse de vender cualquier clase de productos y de organizar rifas personales.
V. Abstenerse de sustraer y retener elementos que no sean de su propiedad.
W. Abstenerse de comprar productos a vendedores ambulantes o personas no autorizadas por la institución.
X. Abstenerse de consumir o inducir al consumo de drogas psicotrópicas, bebidas alcohólicas y cualquier tipo de
cigarrillo.
Y. Abstenerse de portar, prestar o motivar el uso de libros, folletos, revistas, videos, y otros medios de divulgación
pornográfica.
Z. Abstenerse de establecer comunicación, recibir o entregar elementos con cualquier persona a través de las rejas
perimetrales.
AA. Establecer relaciones interpersonales amables y cordiales con todo el personal de la institución fundamentados
en el respeto y el dialogo.
BB. Entregar de manera oportuna las circulares y comunicados a padres de familia o acudientes.
CC.Portar diariamente la agenda del colegio y el carne estudiantil
DD.Cumplir mínimo con el 85% de la asistencia a clase para cumplir con los logros propuestos por cada asignatura.
EE. Respetar la palabra y opinión de sus compañeros, profesores y demás personas de la institución.
FF. Aquel que rompe o daña un elemento de la institución debe reponerlo.
2.3.3. EN LA PRESENTACIÓN PERSONAL
A. Los y las estudiantes deben presentarse con el cabello limpio (ver descripción de uniformes).
B. Portar el uniforme institucional de forma correcta y según el horario de clase.
C. El uniforme es de uso exclusivo durante la jornada de estudio y en actividades programadas por la institución (no
en el tiempo libre del estudiante) pues es parte de la imagen institucional.
2.3.4. EN EL ORDEN SOCIAL
A. Es deber procurar la armonía y el espíritu de cooperación entre la comunidad educativa.
B. Utilizar dentro y fuera del colegio un lenguaje decente y respetuoso que excluya todas las palabras soeces y
despectivas.
C. Mantener con los compañeros relaciones cordiales de ayuda y de solidaridad que busquen el bien común.
D. Seguir el conducto regular para dar solución a un problema de carácter disciplinario.
E. Quien Manifieste con su actuar la superación de los errores cometidos tendrá derecho a una anotación de
reconocimiento positivo en el observador correspondiente.
F. Respetar y valorar el trabajo de todos los integrantes de la comunidad educativa.
G. Conocer, aplicar y proteger los derechos humanos.
H. Sentir y evidenciar en todo momento, lugar y actividad, respeto por los símbolos patrios y del colegio.
I. Hacer por convicción todo aquello que vaya a favor de la Comunidad Educativa. El bien común debe primar
sobre los intereses individuales.
J. Tener autoridad moral para reclamar los derechos, fundamentado en el cumplimiento de los deberes
K. Participar en la evaluación del rendimiento académico, comportamiento individual y social, mediante la
autoevaluación y coevaluación con sus compañeros y directores de grupo.
L. Estar dispuesto y recibir orientación sobre la prevención a cualquier tipo de explotación y adicción de sustancias
que generan dependencia.
M. Respetar los ritmos de desarrollo y procesos de aprendizaje de sus compañeros.
N. Disfrutar del descanso, jugar y realizar actividades recreativas y deportivas en el tiempo establecido para ello.
O. Tratar al personal docente, administrativo y de servicios generales con la consideración respeto, aprecio y justicia
que todo ser humano merece de sus semejantes.
P. Recibir un tratamiento ético y privado de sus conflictos personales.
Q. Cuidar su entorno y tener conciencia medioambiental.
2.4. ACCIONES FORMATIVAS
El planteamiento de acciones formativas permite tomar las medidas necesarias para superar las fallas que puedan
presentarse en el desarrollo del proceso escolar al interior de la Institución Educativa. Se tiene:
A. En caso de presentarse alguna ausencia por parte de un docente, la coordinación se encargará de asignar el
trabajo correspondiente a realizar el cual ha sido previamente enviado por el docente ausente o si es calamidad
domestica, se acudirá al banco de guías.
B. Cuando el estudiante llegue después de la hora fijada para el ingreso a la clase, ingresará asumiendo la falla
respectiva y deberá presentar la justificación al retraso por escrito y firmado por el padre o acudiente, el día
siguiente a coordinación para luego de ser firmada, sea dada a conocer a los profesores.
C. Cuando un docente llegue tarde a las clases en reiteradas ocasiones, los estudiantes podrán informar a la
coordinación por medio del representante del curso.
D. Ningún estudiante puede estar por fuera del aula de clase durante la jornada escolar, los docentes los deben
dejar ingresar y presentar todas las actividades planeadas para la clase y hacer la anotación respectiva de la
llegada tarde.
E. Generar en los estudiantes una actitud crítica, propositiva y de pertenencia a la institución.
F. Fomentar en el estudiante el autocuidado y autoimagen positiva, por eso:
• En el caso de las estudiantes en estado de gestación, la institución se obliga a comunicar dicha situación a los
padres y/o acudientes de la menor; en caso de embarazo de alto riesgo, recomendación médica o del
representante legal de la estudiante, para no estar en el colegio, la institución apoyará la solicitud a fin de
proteger a la madre y al bebe (prevalece el derecho de la primera infancia a la vida y bienestar). La institución
se compromete en este caso a administrar y valorar los trabajos y tareas en los momentos adecuados y
oportunos. Si los acudientes no aceptan esta disposición, la institución se exime de cualquier responsabilidad
jurídico- penal y civil por lo que le pueda suceder a la estudiante o a su bebé.
• En caso de presentar infección de liendres o pediculosis se informará a los padres de familia para que ellos
tomen las medidas respectivas, el estudiante deberá permanecer en su hogar hasta la eliminación de éstas.
• Si necesita protegerse del frío, podrá usar una camiseta blanca debajo del buzo, y una chaqueta azul oscura
o negra (sin logos, escudos o marcas deportivas) sobre el buzo, lo mismo que bufanda y guantes de lana
azules, si así lo requiere
• Formar en el estudiante hábitos de estudio, por lo tanto el estudiante no deberá traer objetos que entorpezcan
el proceso académico tales como: ipods, mp3, mp4, grabadoras, videojuegos, parlantes, radios u otros.
• En caso de daño por indisciplina a la infraestructura física, el estudiante, a través de sus padres o acudiente,
asumirá los gastos de reposición o mantenimiento a que diere lugar.
G. Si bien el teléfono celular no se prohíbe, su uso queda reglamentado dentro de la institución para estudiantes y
docentes así: no debe ser usado para realizar o recibir llamadas en horas de clase (, durante evaluaciones,
izadas de bandera o actos culturales exceptuando casos especiales o de urgencia personal o familiar); así
mismo, dichos mensajes, llamadas, videos y/o fotografías no deben atentar contra los derechos fundamentales
de los niños, niñas y adolescentes del colegio.
H. Dar a conocer el conducto regular para dar solución a problemas.
I. Los estudiantes contarán con una hora de dirección de grupo, como espacio de interacción para analizar y
generar alternativas de solución a las situaciones académicas y de convivencia que se presenten e incidan
negativamente en lo personal y grupal cuando se considere necesario.
J. El estudiante será escuchado y atendido, teniendo presente las circunstancias que originan la falta, antes de
tomarse las medidas correspondientes a la gravedad de su falta. El estudiante será atendido en sus reclamos y
solicitudes particulares enmarcadas por la veracidad y el respeto.
K. Se realizará una formación semanal en todos los grados en cada sede y jornada a fin de reforzar la
comunicación, los aspectos académicos y convivenciales.
L. Institucionalizar el cuadro de honor para destacar los estudiantes con méritos académicos y convivenciales cada
bimestre uno por grado en el colegio.
2.5. NORMAS DISCIPLINARIAS
El colegio pretende favorecer los procesos de desarrollo humano en alta calidad y la interiorización de valores humanos
que favorezcan el desarrollo integral de los estudiantes para que puedan actuar con autonomía, libertad y
responsabilidad.
La exigencia de asumir una adecuada disciplina y la sanción de las faltas tienen como fundamento establecer pautas de
reflexión sobre el actuar, de forma que se facilite y promueva la toma de conciencia de las consecuencias e implicaciones
de los actos propios en sí mismos y en los demás.
2.5.1. CRITERIOS Y MECANISMOS PARA VALORAR EL COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES
Como uno de los instrumentos de seguimiento de este proceso se utiliza el observador del estudiante, que busca
contribuir a la formación y superación de los mismos. En él se registran procesos de desarrollo humano, académico,
actitudinal y comportamientos de cada uno de los estudiantes, así como los procedimientos correctivos acordados con el
estudiante, padres o acudientes, maestros y directivas.
Las anotaciones que en él se registren son fruto de la reflexión conjunta entre el maestro y el estudiante, predominando
sobre todos los aspectos, el deseo de formar y ayudar a superar dificultades Al finalizar cada período se registra un
resumen global de los logros del estudiante en su proceso de formación, como también los aspectos en los cuales puede
seguir mejorando y los aspectos en los cuales se ha destacado positivamente.
2.5.2. CRITERIOS PARA EVALUAR LAS FALTAS
Para evaluar las dificultades ACADÉMICAS, se analizará
A. Resultados de las pruebas aplicadas y presentadas
B. Dificultades de NEE (NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES)
C. Seguimiento realizado por docentes, director de curso y coordinación académica
D. Informes de la comisión de evaluación
E. Sugerencias de consejo académico
F. Cuando un estudiante viene con matricula condicional del año anterior
Para evaluar las dificultades CONVIENCIALES se analizará
A. Gravedad de la falta cometida de acuerdo con la edad, el grado de escolaridad del estudiante y la Legislación
Nacional.
B. Frecuencia con la cual se cometa la falta.
C. Circunstancias en las que ocurrió.
D. Parámetros contemplados en el presente Manual de Convivencia.
E. Las faltas no serán acumulables de un año a otro, de tal forma que el estudiante tiene la posibilidad de mejorar y
corregir su comportamiento el año siguiente, exceptuando la matricula en observación.
F. Cuando un estudiante viene con matricula en observación del año anterior, y sigue incurriendo en faltas mayores,
perderá el cupo en el colegio y el acudiente deberá garantizar el derecho a la educación en otra institución
educativa.
G. Seguimiento previo que se ha realizado del comportamiento del estudiante.
2.6.PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA CORRECCIÓN DE FALTAS
Con el ánimo de buscar las acciones pertinentes que permitan al estudiante la reflexión y toma de conciencia con
relación a las faltas cometidas, en aras de lograr su formación como ciudadano integral, se establece el siguiente
procedimiento:
2.6.1. ETAPA INFORMATIVA
• Conocimiento de la situación que produjo la falta.
• Narración oral y escrita del hecho por parte de los afectados, testigos y/o protagonistas.
• Confrontación de los hechos narrados.
• Identificación de los posibles responsables.
2.6.2. ETAPA ANALÍTICA
• Presentación de pruebas y antecedentes disciplinarios de los involucrados en el hecho, del año en curso y años
anteriores si se requiere.
• Análisis de motivos atenuantes y agravantes que llevaron al hecho.
• Tipo de falta en que se incurrió, si existe.
. Un estudiante firma compromiso académico con mínima nota de tres o más aéreas. El estudiante firmara junto con su
acudiente
2.6.3. ETAPA DECISORIA
• Determinación del tipo de falta.
• Análisis por la autoridad correspondiente dentro y fuera del colegio.
• Aplicación de la medida correctiva.
• Compromisos personales del estudiante y de los padres de familia o acudientes.
• Seguimiento formativo y constructivo por parte de directivos, docentes y padres de familia.
2.6.4. CONDUCTO REGULAR
Se entiende como el procedimiento a seguir en caso de presentarse cualquier dificultad o inconveniente en el ámbito
académico y/o de convivencia.
A. La situación (problema) la asume directamente el maestro que esté al frente del inconveniente, en primera
instancia.
B. En caso de que el problema persista, se acude al director de grupo, el cual está en la obligación de buscar
estrategias y mecanismos de solución junto con el profesor y citar al padre de familia para informar sobre la
situación. (Llevando todo el seguimiento en el observador del estudiante).
C. Si la situación persiste, el caso pasará a coordinación de convivencia en donde se firmará el compromiso
correspondiente si la misma lo amerita.
D. El estudiante, conjuntamente con su acudiente, firmará compromiso académico cuando no haya superado con
nota mínima de básico (3.0) dos o más áreas al finalizar cada bimestre
E. Nunca se suspenderá a un estudiante por compromisos académicos.
F. La comisión de evaluación se reunirá cada bimestre para analizar los casos y hacer las recomendaciones
pertinentes a los estudiantes, padres y docentes.
G. Si se observa un cambio de actitud una vez transcurrido el tiempo acordado para haber reflexionado, el
compromiso se podrá levantar.
H. Si la situación es convivencial y persiste se pasará a establecer y firmar la sanción correspondiente, la cual
estará entre 3 a 5 días según sea el caso.
I. Al incumplir con el compromiso convivencial y persistiendo el problema, se procederá a firmar matrícula en
observación.
J. Por último, sin haber logrado un cambio positivo en el estudiante, el caso se llevará a Consejo Directivo en donde
será analizada la permanencia del estudiante en la institución. Estudiando concepto escrito del director de grupo,
comité de convivencia y coordinación.
K. Teniendo en cuenta el seguimiento al estudiante, a partir de la tercera citación al padre madre y/o acudiente, en
la cual no se haga presente, se declara la posible Condición De Abandono y se remite a la instancia competente,
en este caso bienestar familiar.
De no observarse cambio de actitud en el estudiante, después de la Suspensión y la Matrícula en Observación, la
institución entenderá que el estudiante no desea continuar con su proceso pedagógico en el colegio, lo que implica la
cancelación de la matrícula y pérdida del cupo en la institución.
2.7.CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y CONDUCTO REGULAR
Las faltas se pueden clasificar como leves, graves o mayores según filosofía de la institución, a las obligaciones
estipuladas en este Manual de Convivencia o al cumplimiento de los procedimientos específicos de carácter académico o
disciplinario.
2.7.1. FALTAS LEVES
Son aquellas que se cometen por un ligero impulso, cuyas consecuencias no afectan de manera significativa a otros, y
que requieren una adecuada atención, diálogo corrección seguimiento.
A. Llegar al colegio después de la hora señalada.
B. Llegar tarde a clase y/o demás actividades programadas.
C. No asistir a clase encontrándose dentro de la institución y sin autorización de un docente o directivo docente.
D. Inasistencia a clase sin justificación, una vez.
E. Descuido en la presentación personal, la higiene diaria, el uso inadecuado del uniforme correspondiente según
horario, usándolo incompleto y /o portando prendas diferentes a las establecidas.
F. Indisciplina que perjudique el desarrollo normal de las actividades académicas y/o eventos especiales de la
institución.
G. Incumplimiento en la presentación de trabajos, tareas, guías, exposiciones y talleres.
H. Comprar y/o vender comestibles u otros objetos en lugares diferentes a la tienda escolar durante el desarrollo de
la jornada o a la salida de la institución.
I. Consumir alimentos o chicle durante la clase o en el desarrollo de otras actividades escolares.
J. Realizar de forma reiterativa en horas de clase trabajos o tareas que no corresponden a la asignatura.
K. Atender a padres, amigos, compañeros o cualquier persona a través de las rejas perimetrales de la institución.
L. Hacer mal uso de los servicios sanitarios y el agua.
2.7.1.1. DEBIDO PROCESO PARA FALTAS LEVES
Serán tratadas directamente por el docente conocedor de la falta y /o de la clase respectiva siguiendo estas
indicaciones:
A. Dialogar sobre la falta cometida
B. Escuchar la versión del estudiante y consignar por escrito lo sucedido en el observador del estudiante,
registrando los compromisos, firma del maestro, del estudiante y padre de familia si la falta lo amerita. En caso
de que el estudiante se niegue a escribir su descargo, se dejará constancia escrita en el observador del
estudiante. De igual forma se deben consignar los comportamientos que den cuenta de su cambio de actitud.
C. Determinar la responsabilidad y la estrategia para corregir la falta.
D. Informar del llamado de atención a través de la agenda o medio telefónico.
E. Citar a acudientes si así lo amerita la falta.
F. Se deben registrar las faltas en el observador a fin de llevar el seguimiento; remitiéndose a los ítems del Manual
de Convivencia que no han sido cumplidos.
2.7.1.2. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS LEVES
Se realizarán de común acuerdo entre maestro y estudiante implicado, teniendo como base las características propias de
una adecuada sanción.
A. Amonestación verbal y /o escrita en el observador del estudiante según lo amerite la falta.
B. Si la falta lo amerita se realizará una notificación escrita y /o citación a padres de familia o acudientes para
acordar estrategias de solución, que serán evaluadas para verificar un cambio positivo en el estudiante.
C. Cuando la falta amerite anotación en el observador del estudiante, este deberá llevar el respectivo descargo del
estudiante. En caso de que se niegue a hacerlo se dejará constancia escrita en el mismo medio y firmado por el
representante al consejo de estudiantes.
D. Elaborar trabajos formativos como carteleras, folletos, plegables, etc. Referentes al tema sobre el cual se ha
cometido la falta, para que el estudiante logre interiorizar y comprender el sentido de la norma.
E. Hacer reflexiones a los demás compañeros del curso, invitándolos a no cometer la misma falta.
F. Reflexionar en familia sobre la falta cometida y consignar acuerdos de esta reflexión.
G. Toda anotación en el observador debe estar firmada por el docente, junto con los compromisos y acciones de
mejoramiento.
H. Guardar artículos o elementos que estén afectando el proceso académico y convivencial, para ser devueltos a
la familia o acudiente.
I. Cuando el estudiante presente dificultad en el cumplimiento de compromisos en más de una asignatura, el caso
deberá ser remitido a dirección de curso y /o coordinación, para ser estudiado, escuchar al estudiante y realizar
el compromiso respectivo o sanción.
J. Por frecuentes llegadas tardes el padre de familia o acudiente será citado en la coordinación, donde se realizará
el respectivo trabajo formativo.
2.7.1.3. CONDUCTO REGULAR PARA FALTAS LEVES
PRIMERA INSTANCIA SEGUNDA INSTANCIA TERCERA INSTANCIA
 docente de la clase y/o
conocedor del caso.
 Versión oral y escrita del
estudiante
 llamado de atención verbal
 llamado de atención escrito
 citación a padres o
acudiente si se requiere.
 remisión a director de curso
 director de curso
 seguimiento en el observador
 citación a padre
 remisión a orientación si fuere
el caso
 remisión a coordinaciones
académica y /o convivencial
según el caso
 coordinación académica y/o
convivencial
 citación a padres
 firma de compromiso
convivencial
2.7.2. FALTAS GRAVES
Se consideran faltas graves, aquellas que se cometen dentro o fuera del colegio que causan perjuicio material, físico o
moral, atentan contra los derechos de las personas y entorpecen la buena marcha del plantel.
A. Desperdiciar el refrigerio.
B. Causar daño a los bienes del colegio o de sus compañeros, lo cual implica, además, responder por su valor.
C. Valerse del engaño para la salida injustificada o sin la autorización correspondiente durante la jornada escolar.
D. Propiciar y participar en juegos agresivos, violentos o peligrosos que atenten contra cualquiera de las personas
que integran la comunidad educativa.
E. Irrespeto de los derechos ajenos y abuso de los propios.
F. Irrespeto del estudiante a docentes directivos, maestros, compañeros o personal de servicio administrativo o en
general.
G. Perturbación de clases, actividades culturales o de otro tipo con dichos o hechos inoportunos e indisciplina.
H. Permanecer fuera de los salones de clase, así como la ausencia a las celebraciones y actos comunitarios sin
justificación alguna.
I. Retrasarse en el ingreso a clases.
J. Salir del colegio por sitios y a horas diferentes de los establecidos.
PARAGRAFO 1: El Colegio se exime de cualquier responsabilidad legal, penal y/o civil en cuanto el estudiante pise el
umbral para dirigirse a su casa o para venir de ella hacia el colegio. Es responsabilidad del padre de familia y/o
acudiente. De igual manera cuando el estudiante se evade de la institución y abandona sus predios traspasando los
limites perimetrales de la misma; o cuando el estudiante sale de su casa para el colegio pero desvía su camino y no
ingresa al colegio.
PARAGRAFO 2: Para el caso de Salidas Pedagógicas, la institución se exime de cualquier daño fortuito o accidental que
pueda involucrar la integridad del niño, niña o adolescente, por tanto el Colegio se cobija en que el estudiante debe tener
un seguro y que es éste quien responde. Así la Institución se exime de toda demanda civil, jurídica, contractual que se
pueda generar ante dichas situaciones.
K. Propiciar la venta de artículos y comestibles dentro del establecimiento educativo, así como el consumo de
alimentos en clase o en el desarrollo de actividades.
L. Participar en juegos de azar o hacer apuestas en el colegio.
M. Propiciar o participar en riñas o peleas callejeras.
N. Ingresar a las áreas de uso privado de los docentes o el personal administrativo o de servicios generales sin la
debida autorización
O. Esconder útiles, libros, guías de estudio o cualquier clase de objeto a sus compañeros, directivo docentes,
docentes, personal administrativo o de servicios generales.
P. Sustraer elementos a sus compañeros o a cualquier persona dentro de la institución. (informar a policía de
infancia y adolescencia si se requiere)
Q. Suplantar a su acudiente o padre de familia con otra persona para efectos de citación por parte de docentes y/o
docentes directivos
R. Dar información errónea o incorrecta sobre direcciones, teléfonos o situaciones familiares en busca de encubrir
una falta al presente manual.
S. Concertar riñas o incurrir en amenazas contra las personas de la institución por cualquier medio: verbal, gestual,
por terceros o virtual.
T. Faltar a la verdad cuando le sea solicitada una información o encubrir las faltas de los compañeros,
entorpeciendo las investigaciones realizadas por la institución
U. Manifestaciones amorosas, afectivas exageradas hacia su novio(a) y/ o compañeros.
PARAGRAFO 4: En obediencia, acato y consonancia al artículo 18 de la Ley de Infancia y Adolescencia, y el 20, numeral
1, el 42-3, 44-4 y 44-10 NO les está permitido a los estudiantes del Colegio Diego Montaña Cuellar sostener,
mantener, producir y/o participar de manifestaciones erótico-sexuales entre miembros del mismo sexo o de sexo
contrario, toda vez que dichas relaciones constriñen y estimulan a la primera infancia.
2.7.2.1. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS GRAVES
A. Todas las enumeradas en las faltas leves
B. Firma de compromiso de convivencia. El compromiso será vigente durante todo el año escolar, pero en caso que
el estudiante muestre comportamientos que evidencien cambio de actitud.
C. Realizar una acción social que beneficie a los estudiantes del colegio y en general a la comunidad educativa,
acompañado por un docente que certifique el cumplimiento de ella.
D. Reparación y pago de los daños que ocasionen con los muebles y enseres de la institución, al igual que una
actividad formativa.
E. Desagraviar al injuriado o calumniado, explicar el por qué cometió la falta. Hacer esta actividad con las personas
involucradas.
F. Suspensión teniendo en cuenta el debido proceso.
G. En el evento de que uno(a) o varios(as) estudiantes sean aprehendidos en flagrancia en agresiones físicas que
conlleven lesiones personales, se contactará a los padres, recomendándoles que inicien un proceso judicial con
los organismos del Estado, se debe informar a policía de infancia y adolescencia, (Policía, Fiscalía, etc.) para
que se estipulen responsabilidades penales y civiles de los estudiantes; si no fuere posible dicho contacto, se
informará directamente a la Policía de Infancia Y Adolescencia o en su defecto a la Policía Comunitaria. Hasta
tanto no se presente un acta de conciliación emanada por dichos organismos, los estudiantes no podrán ingresar
a clases.
2.7.2.2. CONDUCTO REGULAR PARA FALTAS GRAVES
PRIMERA
INSTANCIA
SEGUNDA INSTANCIA TERCERA INSTANCIA CUARTA
INSTANCIA
 docente de la
clase y/o
conocedor del
caso.
 llamado de
atención escrito
 citación a padres
o acudiente
 remisión a director
de curso
• orientación
escolar
 director de curso
 seguimiento en el
observador
 citación a padre
 remisión a orientación
si fuere el caso
 remisión a
coordinaciones
académica y /o
convivencial según el
caso
 coordinación
académica y/o
convivencial
 citación a padres
 firma de compromiso
convivencial
 comité de convivencia
 I.C.B.F
 comisaría de familia
 Policía de Infancia
adolescencia
 Consejo Directivo
 resolución
rectoral
2.7.3. FALTAS MAYORES
A. Cualquier violación a las leyes constitucionales, la ley de Infancia y adolescencia y las demás leyes colombianas.
B. Cualquier agresión verbal o física a un, compañero estudiante, docente, administrativo, directivo, personal de
servicios generales o padres de familia en general cualquier integrante de la comunidad educativa.
C. Incurrir en amenaza comprobada a un compañero, docente, administrativo, directivo, personal de servicios
generales o padre de familia.
D. Sustracción comprobada a la institución (inmuebles, aparatos eléctricos, elementos de oficina o cualquier bien).
E. Tener relaciones sexuales en las instalaciones del colegio.
F. Acoso sexual e incitación con modales o material de lectura, fotográfico, de audio o video.
G. Presentarse a clase en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas
H. Ingresar a la institución cigarrillos, licor y/o cualquier sustancia psico-activa o bajo sus efectos.
I. Consumir dentro de la institución o en cualquier acto cultural, salida pedagógica o convivencia cigarrillos,
licor y/o cualquier sustancia psicoactiva
J. Hacer fraude en trabajos, evaluaciones, recuperaciones, exámenes y demás.
K. Tener, portar, traficar, microtraficar, expender, consumir, vender y otras actividades afines de sustancias
alienantes (psicotrópicas. estupefacientes, alucinógenas, psiquiátricas, y formuladas no recetadas).
L. Portar armas de cualquier tipo, ingresarlas al plantel, mostrarlas o usarlas dentro de la institución.
PARAGRAFO 1: en los casos H, I, J, K y L la institución, amparada en el artículo 19 de la Ley de Infancia y Adolescencia
remitirá el caso al organismo del Estado correspondiente, toda vez que los niños, niñas y jóvenes deben ser protegidos
física, emocional y psicoafectivamente. De manera similar con los niños, niñas y/o jóvenes que presumiblemente
consuman algún tipo de sustancia psicoactiva, psicotrópica
PARAGRAFO 2: Amparados en el articulo 19 de la Ley de Infancia y Adolescencia la institución no mantendrá en sus
aulas al estudiante que, se presuma, consuma algún tipo de sustancia, toda vez que dicho(a) estudiante tiene el
DERECHO a estar en una institución de rehabilitación y resocialización y se le debe proteger y ayudar a tratar su
problema.
M. Falsificar o incitar a la falsificación de firmas, contenidos de certificados, constancia de estudios o recibos de
pago.
N. Matricularse con certificados o documentos falsificados
2.7.3.1. DEBIDO PROCESO PARA FALTAS MAYORES
Por el proceso de desarrollo evolutivo de los estudiantes, en la sesión de preescolar y primaria, las faltas mayores serán
consideradas y tratadas como graves. Si un estudiante de preescolar o primaria no cumple un compromiso su caso se
remitirá al consejo Directivo.
A. El rector, coordinador o director de curso deberá citar a los padres de familia de los estudiantes implicados a una
reunión con la coordinación respectiva para informar sobre el hecho ocurrido. Si se considera que el caso puede
ser trabajado con una sanción formativa, se deberá llevar el caso al comité de convivencia quien podrá escoger
la sanción o ser remitido al consejo directivo, quién tomará la decisión final.
B. Las faltas que impliquen delitos, podrán ser reportadas a policía de infancia y adolescencia.
C. En el caso de fraude ítem J, se anulará la evaluación respectiva y se valorará con 1.0 (bajo) a todos los
implicados que se encuentren responsables, se pierde por consiguiente el derecho a la presentación de una
nueva evaluación o recuperación. Además el hecho debe quedar registrado en el proceso convivencial del
estudiante.
D. Si la decisión llega al consejo Directivo, se deberá citar al estudiante amonestado con sus padres o acudiente,
para presentar los descargos sobre la falta cometida. El consejo Directivo analizará el caso y tomará las
decisiones pertinentes. La resolución la notificará el rector dando al estudiante y a los padres de familia la
posibilidad de conocer el debido proceso para haber llegado a la sanción respectiva. Como apoyo se observará y
analizará el seguimiento del estudiante.
PARÁGRAFO 1: De manera paralela se seguirá un proceso legal en convenio con los organismos del Estado de forma
que se garanticen los derechos y deberes, al estudiante y/o estudiantes, consagrados en la Ley de Infancia y
Adolescencia.
2.7.3.2. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS MAYORES
A. Matricula en observación previo conocimiento del debido proceso por parte de estudiante, padres de familia o
acudiente y por resolución rectoral.
B. Cancelación del cupo en la Institución: El análisis de la falta cometida puede ocasionar la pérdida del cupo en la
Institución en cualquier época del año lectivo, decisión que tomará el Consejo Directivo de la institución, después
de realizar el debido proceso y se notificará mediante resolución rectoral al estudiante, y padres de familia o
acudiente, dejando constancia escrita en el observador del estudiante.
C. En caso de retiro de un estudiante del colegio, cualquiera que sea el motivo, es obligación de los padres de
familia o acudiente estar a paz y salvo con cada una de las dependencias del Colegio
D. A partir de la notificación de las sanciones todos los estudiantes y sus respectivos representantes tendrán
derecho a interponer los recursos de reposición y/o apelación dentro de los 5 días hábiles siguientes. El
estamento a quien corresponda tendrá cinco días hábiles para comunicar la decisión al estudiante o a sus
representantes.
E. De ser necesario y de acuerdo a la falta gravísima, se remitirá el caso a las autoridades externas competentes,
amparándose la institución en el artículo 10 de la Ley 1098: “. CORRESPONSABILIDAD. Para los efectos de
este código, se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar
el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son
corresponsables en su atención, cuidado y protección.
F. En caso que un estudiante se presente al colegio en estado de embriaguez, o con signos evidentes de haberlo
hecho, o bajo el efecto de sustancias psicoactivas, los padres de familia deben presentarse en la institución para
llevar al estudiante a su casa y luego, como parte del proceso de acompañamiento, a un centro de atención para
personas con problemas de alcoholismo y/o drogadicción y presentar un certificado de asistencia y evaluación de
su situación para ser acompañado desde orientación escolar. La familia debe participar en este proceso
obligatoriamente.
La corresponsabilidad y la concurrencia aplican en la relación que se establece entre todos los sectores e instituciones
del Estado.
No obstante lo anterior, instituciones públicas o privadas obligadas a la prestación de servicios sociales, no podrán
invocar el principio de la corresponsabilidad para negar la atención que demande la satisfacción de derechos
fundamentales de niños, niñas y adolescentes.”.
2.7.3.3. CONDUCTO REGULAR PARA FALTAS MAYORES
PRIMERA INSTANCIA SEGUNDA INSTANCIA
• Revisión de seguimiento
• Citación a padres
• Coordinación
• comité de convivencia
• orientación escolar
• RECTOR
• ICBF
• Comisaría de familia
• Inspección de policía (infancia y
adolescencia)
• Resolución Rectoral
• Consejo Directivo
2.8.DERECHO DE DEFENSA (ESTUDIANTES)
El estudiante que sea objeto de inculpación tendrá derecho que se les explique con claridad en qué consiste, de qué
manera está violando lo establecido en el presente Manual de Convivencia o incurriendo en el cumplimiento de los
deberes que se le señalan; a que se le escuche y a solicitar la presencia del acudiente frente al procedimiento por la falta
grave, pedir que se le practique pruebas e interponer recursos contemplados en este Manual, acatando, obedeciendo
y cumpliendo con la Ley: ARTÍCULO 26. DERECHO AL DEBIDO PROCESO. Los niños, las niñas y los adolescentes
tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y
judiciales en que se encuentren involucrados. En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en
que estén involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones
deberán ser tenidas en cuenta.
2.9. ESTUDIANTES QUE CUMPLEN SERVICIO SOCIAL.
2.9.1. DERECHOS:
1. Ser tratado con respeto por todos los integrantes de la comunidad educativa.
2. Ser escuchado.
3. A que le sean reconocidas sus horas de trabajo social.
4. Todas las leyes y reglamentaciones del presente Manual por cuanto son menores de edad o estudiantes.
2.9.2. DEBERES:
1. Ser respetuosos con todos los integrantes de la comunidad educativa.
2. Asistir a la actividad de servicio social con una excelente presentación personal
3. Ser puntual y responsable con las actividades propuestas por el responsable a cargo
5. Cumplir todas las normas que aplican para los estudiantes del Colegio Diego Montaña Cuellar y que se establecen en
el presente manual.
6. Seguir las disposiciones especiales para el servicio social.
7. Portar el uniforme de la institución educativa solamente durante la jornada escolar o en actividades del colegio.
8. Portar el carne correspondiente que lo identifica como estudiante del colegio que lo presenta.
2.10. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
Los Padres de Familia como integrantes de esta Comunidad Educativa y siendo los primeros y principales educadores de
sus hijos, son esenciales en los procesos formativos de nuestros estudiantes.
Los padres de familia y/o acudientes tienen derecho a:
1. Conocer ampliamente el Manual de Convivencia con el fin de asimilar la Filosofía de la institución y cumplir con todas
las disposiciones emanadas de éste y participar en su elaboración y evaluación.
2. A conocer y a participar en el desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de
Convivencia.
3. Participar activamente en las actividades programadas por el colegio.
4. Recibir con días de anticipación circulares de citación a reuniones de padres de familia y de varios días para otro en
caso de situación extraordinaria.
5. Conocer oportunamente el cronograma de actividades del colegio.
6. Conocer por lo menos cada período escolar el resultado del rendimiento y evaluación de su hijo.
7. Dialogar sobre dificultades y problemas en el proceso de formación de sus hijos.
8. Elegir y ser elegidos en el Consejo Directivo, junta de padres de familia y delegados de curso.
9. Contribuir solidariamente con el colegio en el proceso de formación de sus hijos.
10.Hacer reclamos justos y respetuosos dentro del tiempo fijado según las normas institucionales.
11.Recibir orientación y capacitación que permitan brindar una mayor formación a sus hijos y mejorar la vida familiar.
12.Ser respetados en su integridad personal por todos los integrantes de la comunidad educativa.
13.Ser citados oportunamente antes de tomarse decisiones sobre el futuro de su hijo.
14.Conocer oportunamente el horario de atención de los maestros para informarse del proceso de formación que siguen
sus hijos en el colegio.
15.A ser apoyados en las decisiones que atañen a sus hijos.
16.A solicitar permiso para ausentar a sus hijos de la institución.
17.A ser escuchados por docentes, director de grupo y/o demás personal administrativo directivo previa solicitud de cita o
entrevista.
18.A ser informado periódica y continuamente sobre las actividades y pormenores de la institución en el campo
pedagógico y convivencial.
19.A ser informado periódica y continuamente sobre el rendimiento académico y disciplinario de su hijo(a) o acudido(a).
20.A participar activamente en los grupos, asambleas y comités que para tal fin se han creado según la reglamentación
legal.
21. Las circulares para citación de padres el colegio las enviará el colegio con tres días de anticipación y para reuniones
extraordinarias con dos días de anticipación.
2.11. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
Son deberes de los padres de familia y/o acudientes:
1. Participar activa, crítica y propositivamente como miembro de la comunidad educativa en la formulación,
implementación, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia.
2. Asumir con responsabilidad el hecho de ser los primeros educadores de sus hijos.
3. Apoyar con entusiasmo y convicción las actividades que contribuyen a la formación integral de los estudiantes.
4. Cumplir, asumir y respetar el Manual de Convivencia.
5. Crear en el hogar la estabilidad emocional de sus hijos y un clima adecuado para el estudio.
6. Asistir con puntualidad y participar activamente en las reuniones, talleres de padres y proyectos de la institución con
carácter obligatorio.
7. Velar por la buena presentación personal, modales y comportamiento de sus hijos, así como el cumplimiento de los
deberes escolares dentro y fuera del colegio.
8. Dotar a su hijo o hijos de los uniformes de diario y educación física, garantizando su uso completo de acuerdo a la
programación establecida y en correcto estado de aseo.
9. Recibir el boletín informativo de su hijo o hijos en la fecha en que se han citado.
10.Colaborar con el cumplimiento de las recomendaciones de mejoramiento académico y convivencial que orienten los
docentes y directivos docentes para sus hijos.
11.Firmar circulares y excusas en el tiempo fijado por el colegio y devolverlos.
12.Presentar oportunamente la excusa que justifique la ausencia de su hijo.
13.Presentarse con su hijo a la institución cuando la inasistencia se repite.
14.Justificar oportuna y personalmente la ausencia de su hijo a clase y otras actividades programadas por el colegio.
15.Responder por todos los daños materiales que cause su hijo en el colegio.
16.Hacer uso en todo momento y situación del conducto regular.
17.Proporcionar a su hijo todos los útiles, materiales y uniformes para el buen desempeño en clases y actividades
exigidas en el plantel.
18.Ser responsables, justos y veraces al formular juicios sobre las personas que conforman la institución y sobre el
desarrollo de actividades.
19.Velar por la asistencia diaria, oportuna y completa de sus hijos a la jornada escolar.
20.Adquirir y mantener vigente la inscripción de su hijo en una EPS, que ampare los gastos médicos en caso de
accidente dentro del colegio.
21.Corregir con cariño y oportunamente a su hijo cuando su comportamiento lo requiera, apoyando la autoridad del
colegio.
22.Asistir puntualmente a las citaciones de director de grupo, maestros de asignatura y/o docentes directivos.
23.Asistir a todas y cada una de las entregas bimestrales de informes académicos y convivenciales.
24.Asistir a todas y cada una de las citaciones realizadas por docentes y docentes directivos
25.Asumir una posición y una actitud responsable, justa y honesta de cualquier caso o citación, pensando siempre en el
bienestar de su hijo(a) o acudido(a) y recordando la función formadora de la institución que debe ser apoyada y
defendida por todas la personas que pertenecen a ella.
26.Excusar por escrito, con firma, número de identificación y número telefónico cada vez que su hijo(a) o acudido(a)
tenga que ausentarse de clase.
27.Ser respetuoso con docentes, docentes directivos, administrativos o estudiantes.
28. Abstenerse de solucionar conflictos de los estudiantes sin respetar el conducto regular
29. Dar trato respetuoso y cordial a todos los integrantes de la comunidad educativa.
30. Los artículos de la Ley 1098 que hablan de los deberes y responsabilidades de los padres de familia y/o acudientes
de los estudiantes:
Art. 14. LA RESPONSABILIDAD PARENTAL. La responsabilidad parental es un complemento de la patria potestad
establecida en la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y
crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad
compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que los niños, las niñas y los adolescentes puedan lograr el
máximo nivel de satisfacción de sus derechos. En ningún caso el ejercicio de la responsabilidad parental puede conllevar
violencia física, psicológica o actos que impidan el ejercicio de sus derechos.
Art. 39. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA. La familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el
respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y
unidad y debe ser sancionada. Son obligaciones de la familia para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes:
1. Protegerles contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad y su integridad personal.
2. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos
de interés para la infancia, la adolescencia y la familia.
3. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía.
4. Inscribirles desde que nacen en el registro civil de nacimiento.
5. Proporcionarles las condiciones necesarias para que alcancen una nutrición y una salud adecuadas, que les permita un óp timo
desarrollo físico, psicomotor, mental, intelectual, emocional y afectivo y educarles en la salud preventiva y en la higiene.
6. Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la escuela en la educación sobre este
tema.
7. Incluirlos en el sistema de salud y de seguridad social desde el momento de su nacimiento y llevarlos en forma oportuna a los
controles periódicos de salud, a la vacunación y demás servicios médicos.
8. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo,
garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo.
9. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o psicológico, y asistir a los centros de orientación
y tratamiento cuando sea requerida.
10. Abstenerse de exponer a los niños, niñas y adolescentes a situaciones de explotación económica.
11. Decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas a los que pueda sostener y formar.
12. Respetar las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes y estimular sus expresiones artísticas y
sus habilidades científicas y tecnológicas.
13. Brindarles las condiciones necesarias para la recreación y la participación en actividades deportivas y culturales de su interés.
14. Prevenirles y mantenerles informados sobre los efectos nocivos del uso y el consumo de sustancias psicoactivas legales e
ilegales.
15. Proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad un trato digno e igualitario con todos los miembros de la
familia y generar condiciones de equidad de oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos. Habilitar espacios
adecuados y garantizarles su participación en los asuntos relacionados en su entorno familiar y social.
PARÁGRAFO 1: En los pueblos indígenas y los demás grupos étnicos las obligaciones de la familia se establecerán de acuerdo con
sus tradiciones y culturas, siempre que no sean contrarias a la Constitución Política, la ley y a los instrumentos internacionales de
Derechos Humanos.
PARÁGRAFO 2: Teniendo en cuenta el Art. 41 de la Ley 1098 sobre las obligaciones del estado. El Estado es el contexto
institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. En cumplimiento de sus funciones en los
niveles nacional, departamental, distrital y municipal deberá considerar el numeral 7. “Resolver con carácter prevalente
los recursos, peticiones o acciones judiciales que presenten los niños, las niñas y los adolescentes, su familia o la
sociedad para la protección de sus derechos” y el 16. “Prevenir y atender en forma prevalente, las diferentes formas de
violencia y todo tipo de accidentes que atenten contra el derecho a la vida y la calidad de vida de los niños, las niñas y
los adolescentes”. Por lo que, dependiendo del caso, se realizarán las acciones a que fuese necesario para la protección
y bienestar de los estudiantes en todos sus aspectos personales.
2.12. ACCIONES FORMATIVAS
Remisión a la Comisaría de Familia para ser orientado frente a su responsabilidad en la crianza de sus hijos, cuando hay
inasistencia del padre o acudiente a tres citaciones hechas por la institución cuando hay maltrato al menor.
Cuando el informe académico no se ha reclamado por los padres de familia o acudiente, estos serán citados al colegio
hasta que se hagan presentes en la institución y conozcan los avances y recomendaciones de mejoramiento si se
requiere. La constante falta a este deber será consignada en el observador del estudiante.
Cuando el estudiante no porte el uniforme: inicialmente se le recordará este deber en forma verbal y se hará la anotación
en el observador del alumno, si reincide se le hará el llamado de atención por incumplimiento y se citará a padres o
acudientes para recordarles de sus deberes y reafirmar el compromiso a través de firmas.
La institución hará la remisión a la institución que el padre o acudiente ha elegido en busca de colaboración para superar
las dificultades que su hijo presenta.
Cuando los acudientes de los niños o niñas no acudan a recoger a sus hijos a tiempo, en forma reiterativa y teniendo en
cuenta que la institución no puede tener niños después de los horarios estipulados, si son de preescolar o primaria, el
colegio podrá apoyarse remitiendo a los estamentos competentes como I.C.B.F. (Instituto Colombiano de Bienestar
familiar) y Bienestar Social del Distrito, lo mismo sucederá con los acudientes, de cualquier grado, que citados hasta tres
veces no acudan como señal de responsabilidad parental legal de sus hijos.
Mantener información oportuna sobre el incumplimiento en la inasistencia de los estudiantes.
Los padres y acudientes deben tener presente que una asignatura se pierde cuando hay más del 15% de fallas
injustificadas.
2.13. DOCENTES y DIRECTIVOS DOCENTES
2.13.1 EJERCICIO DE LOS DERECHOS
Son derechos de los y las docentes los contemplados en la constitución política de Colombia, el la legislación laboral
docente y demás normas establecidas
Como integrantes de la Comunidad Educativa del Colegio Diego Montaña Cuellar I.E.D., los docentes gozan de los
siguientes derechos:
1. Ser reconocidos y respetados en dignidad recibiendo un trato cortés, amable, justo y cordial por parte de toda la
comunidad educativa.
2. Recibir actualización profesional, así como contar con el apoyo y permiso para asistir a seminarios, foros,
eventos que contribuyan a su formación.
3. Elegir y formar parte del Consejo Académico y Directivo, comisiones u otros cargos de acuerdo con sus
capacidades e intereses.
4. Ser escuchados y presentar sus reclamaciones en forma oportuna y constructiva, redundando en beneficio de la
comunidad.
5. Solicitar y disponer de las ayudas y medios necesarios para el buen desempeño del proceso educativo.
6. Ejercer la libre y respetuosa expresión y la discrepancia.
7. Recibir una observación fraterna, en forma directa, privada y oportuna, en los momentos de dificultad y /o
deficiencia.
8. Participar en la toma de decisiones.
9. Recibir estímulos y felicitaciones cuando amerite.
10. Tener a cargo una distribución equitativa en cuanto a sus responsabilidades académicas se refiere para un mejor
aprovechamiento del tiempo al interior de la institución.
11. Solicitar y obtener permisos de acuerdo con las disposiciones legales.
12. Tener conocimiento y fácil acceso al material didáctico existente.
13. Ser autónomo dentro de su clase.
14. Contar con los espacios de trabajo y esparcimiento adecuados para facilitar el desempeño de su labor.
15. Recibir información oportuna sobre las actividades pedagógicas, culturales, sindicales y sociales, ya sea
verbalmente, en cartelera o por comunicación personal escrita.
16. Participar en la elaboración del PEÍ, plan de estudios, proyectos y lo concerniente a su labor profesional.
17. Recibir información y asesoría individual para superar las dificultades y corregir los desaciertos en el proceso
pedagógico.
18. Contar con un espacio adecuado para socializar los conocimientos adquiridos en los diferentes cursos de
capacitación que realice.
19. Ser escuchado y presentar sus descargos o justificaciones frente las acusaciones recibidas por incumplimiento
de sus deberes al interior de la institución.
20. Conocer los conductos regulares que debe seguir para dar solución a las dificultades que conciernen a su labor
como docente.
2.13.2 CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES
Con el ánimo de favorecer el buen desarrollo de las actividades propias de su labor, los docentes del colegio DIEGO
MONTAÑA CUELLAR, se caracterizan por atender los siguientes deberes:
PEI Colegio Diego Montaña Cuellar
PEI Colegio Diego Montaña Cuellar
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PEI Colegio Diego Montaña Cuellar

  • 1.
  • 2. COLEGIO DIEGO MONTAÑA CUELLAR IED PARTE 1. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: “CONSTRUYENDO PROYECTOS DE VIDA” 1.1. INTRODUCCIÓN Todo grupo humano que comparte un objetivo común requiere de una organización que sea reconocida por todos y cada uno de sus integrantes para garantizar la convivencia, dentro de un ambiente favorable para el desarrollo de valores. Por ello este manual de convivencia es un acuerdo colectivo expresado en los derechos fundamentales y en los compromisos que asume cada uno de los integrantes de la comunidad educativa con el objetivo primordial de crear y favorecer ambientes propicios para el desarrollo de la personalidad, el conocimiento y la convivencia armónica; de igual manera, es el instrumento institucional que garantizará la aplicación, salvaguardia, obediencia y acatamiento de la Ley de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de noviembre 8 de 2006, con especial atención al Art. 18. Derecho a la integridad personal:” Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario. Para los efectos de este Código, se entiende por maltrato infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona. También el abandono físico, emocional y psicoafectivo de sus padres, representantes legales o de las personas, instituciones y autoridades que tienen la responsabilidad de su cuidado y atención.” 1.2. JUSTIFICACIÓN En las circunstancias de la legislación educativa y dada la importancia que dentro del nuevo ordenamiento constitucional se le ha otorgado al Manual de Convivencia en el contexto de una formación de valores, donde la dignidad de la persona,
  • 3. sus deberes y derechos cobran especial relevancia, queremos lograr una mejor convivencia buscando fortalecer las relaciones interpersonales entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa, que conlleve al progreso y bienestar de todos, creando un orden social, donde el individuo sea valorado, respetado y participe activamente. Las normas dadas en este manual de convivencia pretenden impulsar la convivencia social mediante la trasformación personal y colectiva, como un acto consciente y comprometido con el respeto por la dignidad de la persona y su realización como ser humano. Es también un compromiso que pretende promover la participación activa y democrática de la comunidad educativa en la institución para formar personas capaces de proyectar en su entorno actitudes y comportamientos de solidaridad. Por ello, los directivos docentes, docentes, padres de familia, acudientes, personal administrativo y estudiantes al ser parte integral de la Comunidad Educativa del Colegio Diego Montaña Cuellar, en sus dos jornadas asumen el compromiso de cumplir los principios y reglamentos estipulados en el presente Manual de Convivencia y participar en todos los procesos de análisis crítico, evaluación y replanteamientos que se requieran cuando sea necesario. Este Manual es un compendio que establece los parámetros u orientaciones para facilitar el desarrollo de las actividades y relaciones de las personas que interactúan en una comunidad. Explica los canales de comunicación, los derechos y deberes de los distintos estamentos de la comunidad y las acciones formativas que se han implementado con el interés de mejorar la convivencia armónica al interior de la institución. Presenta modos para conciliar intereses, necesidades para asegurar el logro de los objetivos dentro de un ambiente armonioso y pacifico. Es el conjunto de normas orientaciones y acuerdos de criterios establecidos por la comunidad educativa del colegio Diego Montaña Cuellar y tiene como fin contribuir a la formación de cada persona sobre la base de su propia realización, de manera que cada uno aprenda a ser responsable libre y autónomo para promover un nuevo orden social y un proyecto de nación en la que todos podamos ser plenos y felices. 1.3. HORIZONTE INSTITUCIONAL 1.3.1. Misión El colegio Diego Montaña Cuellar IED es una institución de carácter pública y oficial que contribuye a la formación de personas íntegras, autónomas y socialmente responsables, propiciando el desarrollo de competencias cognitivas, procedimentales, actitudinales, comunicativas, investigativas y laborales, a partir de una adecuada estrategia pedagógica en pro de generar aportes significativos en su contexto social. 1.3.2. Visión El colegio Diego Montaña Cuellar I.E.D. se visiona hacia el año 2015 como una institución modelo en el sector educativo a nivel distrital, capaz de garantizar la formación de estudiantes íntegros, autónomos y socialmente responsables, con un proyecto de vida que contribuya a satisfacer las necesidades y expectativas de la comunidad y de la sociedad en general con un alto impacto social. 1.3.3. Filosofía Institucional La filosofía del colegio Diego Montaña Cuellar está fundamentada sobre la base de la formación integral de nuestros educandos a partir de los principios de autonomía y responsabilidad social, buscando mejorar la calidad de vida de su comunidad a través de estrategias pedagógicas interdisciplinares y la vivencia de valores pues considera al estudiante como una persona holística en permanente crecimiento y por ello brinda oportunidades de aprendizaje y convivencia en un contexto armónico. 1.3.4. Principios Institucionales Integralidad: Implica que toda acción de formación debe abarcar las dimensiones del desarrollo humano, lo socio-afectivo, lo espiritual, lo ético, lo cognitivo, lo comunicativo, lo corporal y lo estético, para potencializarlas y alcanzar niveles de humanización necesarios para su desenvolvimiento en sociedad como un ser humano digno, pleno, autónomo y libre. Autonomía: Facultad que permite a las personas ser dueñas de sus actos, sus emociones, sus actitudes, sus decisiones y de su voluntad Responsabilidad social: Responsabilidad que debemos asumir por los resultados de nuestras acciones. Impacto que generan nuestras actividades y decisiones, personales y profesionales, en el contexto social. 1.3.5. Valores Honestidad: Actitud que tiene la persona para obrar con justicia y veracidad en todo momento y lugar, teniendo en cuenta, que todos los seres humanos tienen los mismos derechos y que los valores rigen para todos los ciudadanos integrantes de una comunidad. Cuando se habla de honestidad, se debe tener en cuenta que la imagen que proyecta la persona, debe ser coherente a los ojos de sus congéneres; es decir, que la honestidad se manifiesta cuando lo que se piensa, lo que se dice y lo que se hace es exactamente igual. Responsabilidad: Capacidad de actuar racionalmente, aceptando criterios establecidos que lo lleven a asumir una actitud de compromiso integral y a responder por los comportamientos asumidos frente a las
  • 4. personas que integran la comunidad. Cumplir con los compromisos adquiridos, reconociendo y valorando la individualidad de cada una de las personas que lo rodean, cuidando su propia integridad y la de los demás. Respeto: Es el principio que nos lleva a reconocer los derechos y la dignidad de las personas, el valor de las cosas; abstenerse de ofenderlas o destruirlas. El respeto comienza por el amor hacia uno mismo, que trasciende a los demás, a la naturaleza y a los objetos que están a nuestro servicio. El respeto está fundado en la autoestima y la valoración de la individualidad de cada persona, sin importar su condición social, su ideología, su religión o su color. 1.4. OBJETIVOS DEL PEI 1.4.1. General Formar seres humanos íntegros, responsables y autónomos a partir de practicas pedagógicas apropiadas que fomenten el desarrollo de sus competencias cognitivas , actitudinales y procedimentales de tal manera que les permita acceder a la Educación Superior y/o al mundo laboral 1.4.2. Específicos 1.4.2.1. Concientizar a los estudiantes sobre el valor del aprendizaje de los diversos saberes en su formación integral y su aplicabilidad en resolución de problemas la vida cotidiana 1.4.2.2. Fomentar el respeto y la defensa de los derechos fundamentales de los niños, niñas y jóvenes de nuestra comunidad educativa, garantizando un espacio de buen trato y sana convivencia 1.4.2.3. Desarrollar proyectos transversales que fortalezcan integralmente las diversas dimensiones del estudiante. 1.4.2.4. Posibilitar el acceso del estudiante al mundo laboral o a la educación superior a través de los proyectos de la secretaria de educación: ARTICULACION DE LA EDUCACION MEDIA CON LA EDUCACION SUPERIOR. 1.5. EJES ARTICULADORES Los ejes articuladores del PEI del colegio Diego Montaña Cuellar corresponden a los ejes de desarrollo que se promueven a partir de la Implementación del trabajo por ciclos y de las herramientas para la vida, según orientaciones de la Secretaria de Educación: EJES DE DESARROLLO: posibilitan el diseño de estrategias pedagógicas en cada uno de los ciclos, acordes con las necesidades y demandas de aprendizaje de los niños, niñas y jóvenes. Ciclo I: Estimulación y exploración Ciclo II: Descubrimiento y experiencia Ciclo III: Indagación y experimentación Ciclo IV: Vocación y exploración vocacional Ciclo V: Investigación y desarrollo de la cultura para el trabajo. HERRAMIENTAS PARA LA VIDA:  Leer, escribir y hablar correctamente para comprender el mundo  Intensificar la enseñanza del inglés  Profundizar el aprendizaje de las matemáticas y las ciencias  Fomentar el uso pedagógico de la informática y la comunicación  Aprovechar la ciudad como escenario de aprendizaje  Fortalecer la formación ambiental para proteger y conservar la naturaleza  Aprender para la vida, para la universidad y el trabajo 1.6. PERFIL DEL EGRESADO Al concluir el ciclo V, el estudiante del colegio Diego Montaña Cuellar IED será una persona: Íntegra, autónoma y socialmente responsable. Que practica y demuestra los valores sociales, éticos como: la honestidad, el respeto y la responsabilidad. Que busca mejorar su calidad de vida, la de su familia y por ende la de su comunidad y entorno a partir del desarrollo de competencias cognitivas, procedimentales, actitudinales, comunicativas, investigativas y laborales. 1.7. CARACTERIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN NOMBRE: COLEGIO DIEGO MONTAÑA CUELLAR INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL SEDE DIRECCION TELEFONO A PRINCIPAL Crr. 2ª ESTE No. 101A- 01 sur 7 73 54 20 B Cll 95 sur No. 49-99 Este 7 67 16 19 C Dig. 97 A Sur No. 1A-20 Este 7 64 06 24 JORNADAS: Mañana y Tarde
  • 5. GÉNERO: Mixto RECTOR: JOSE RICARDO MOLINA SOLANO. NIVELES DE EDUCACIÓN: PRE-ESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA ACADÉMICA ARTICULADA CON LA EDUCACIÓN SUPERIOR CARÁCTER: Académica y Académica Articulada con la Educación Superior NATURALEZA: Oficial RESOLUCION DE CREACION: 9487 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1997 RESOLUCION DE APROBACION: 7560 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 1998 RESOLUCION DE APROBACION: 2530 DEL 28 DE AGOSTO DE 2002 Y RESOLUCION 050094 DEL 10 DE NOVIEMBRE DE 2009 RESOLUCION 3242 DEL 23 DE NOVIEMBRE DE 2010 RESOLUCION 050024 FEBRERO 21 DE 2012 NIT: 830071712-0 SEDE A DANE 111001076201 SEDE B DANE 111001104345 SEDE C DANE 111001107751 ESCUDO Y BANDERA INSTITUCIONALES SIMBOLOS INSTITUCIONALES EL ESCUDO DEL COLEGIO El escudo que representa al colegio, Diego Montaña Cuellar IED, está conformado por varios símbolos acordes a cada uno de los ámbitos de formación presentes en la institución. Cada elemento contiene una simbología propia; los libros dan a entender el conocimiento que se abarca en cada una de las cátedras del aula de clase, los instrumentos musicales y de pintura evocan la destreza de las artes en nuestros estudiantes, los elementos de laboratorio recuerdan las practicas mediante las cuales se aprende del ámbito de las ciencias, así como la tecnología, por medio de un computador, y el deporte, en un balón de futbol, simbolizan una formación integral, acorde a todos los campos de expresión, en un ambiente de sana convivencia. LA BANDERA DEL COLEGIO Los colores metalizados de nuestra bandera simbolizan la seguridad y la fortaleza con la que se defienden los valores que practicamos en la institución. Nuestra bandera cobija el interés de crear un ambiente sano y de conocimientos para ser visualizado a través de sus colores donde el amarillo guarda la esperanza depositada en todos nuestros estudiantes por un mejor porvenir, el color azul expresa la transparencia de los valores que se cultivan en la institución. 1.7.1. INFORMACIÓN DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO
  • 6. El colegio inicia labores en el mes de enero de cada año y finaliza en el mes de diciembre, teniendo en cuenta que el Calendario Académico por el cual se rige es establecido según disposiciones legales emanadas directamente de la Secretaría de Educación del Distrito Capital. HORARIOS: ENTRADA DEL PERSONAL A PARTIR DE LAS 6:15 AM- 12:20 JORNADA NIVEL INICIO DE JORNADA FINALIZACION DE JORNADA MAÑANA PREESCOLAR 6:30 A.M 11:00 A.M PRIMARIA 11:30 A.M SECUNDARIA 12: 30 P.M TARDE PREESCOLAR 12: 30 P.M 5:00 P.M PRIMARIA 5:30 P.M SECUNDARIA 6:30 P.M 1.7.2. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA La matrícula es un contrato renovable cada año académico que se legaliza con las firmas de estudiantes y padres de familia y mediante el cual el estudiante admitido formaliza su vinculación al colegio Por tener las características de un contrato, cualquiera de las partes puede darlo por terminado en caso de algún incumplimiento parcial o total. Al firmarse la matrícula el estudiante y el padre de familia o acudiente se comprometen a cumplir las pautas establecidas en el presente Manual de Convivencia y demás disposiciones que rigen en el colegio, como queda establecido por la Corte Constitucional en su sentencia: “Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST- 612/92).y por ende: “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”. (SC- 555/94). Para el proceso de matrícula los estudiantes admitidos deben cumplir con los siguientes requisitos: 1. Orden de matrícula. 2. Formulario de inscripción diligenciado. 3. Fotocopia de Registro Civil de Nacimiento con el número de NUIP y/o NIP completo (11dígitos). 4. Boletín Original de valoraciones finales del año anterior y certificado de estudios. 5. Fotocopia de afiliación a un servicio de salud (SISBEN o EPS) 6. Paz y salvo institucional (estudiantes antiguos). 7. Para casos especiales, o remitidos por otras instituciones serán abordados directamente por el Rector. PARÁGRAFO 1: El aspirante a cupo que ya fue estudiante del Colegio Diego Montaña Cuellar y durante su permanencia presentó dificultades convivenciales graves o mayores que condujeron a un proceso convivencial completo, teniendo como última instancia Matricula en Observación y/o no regresaron a la institución, no serán admitidos por cuanto se sobreentiende que el o la estudiante no asumió en su debido momento la actitud de cambio y el compromiso para con sus deberes de estudiante en acuerdo a lo que se consagra en la sentencia de la Corte Constitucional: “Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de los estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la Institución en que se forma, representa un abuso de derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al plantel los fines que le son propios”. (ST 519 DE 1992). De la misma forma, el consejo directivo ratifica que un estudiante que repita el mismo grado durante dos años seguidos perderá el cupo en el colegio, ya que no ha respondido satisfactoriamente a su proceso académico y el acudiente debe ser garante del derecho a la educación del estudiante en otra institución educativa. PARÁGRAFO 2: Si bien las políticas de cobertura dan la posibilidad de acoger y matricular estudiantes en varios momentos del año escolar lectivo, debido al proceso de Articulación con la Educación Superior, que exige un número estricto de horas presenciales y la formación en áreas específicas del conocimiento enfocadas a los distintos programas académicos ofrecidos por la entidad y consensuados con el colegio a manera de créditos académicos reconocidos y avalados por la Secretaría de Educación de Bogotá, los estudiantes de grado décimo y undécimo (ciclo V) deben iniciar su proceso académico desde el primer día de clases, estipulado en el calendario académico y por ello los únicos aspirantes que podrían ser matriculados posteriormente deben provenir de una institución con el mismo modelo de articulación y con sus créditos académicos concordantes con los del colegio Diego Montaña Cuellar IED. Los interesados en estudios articulados con la educación superior desarrollaran su formación en la sede A principal. HORARIOS DE ATENCION AL PUBLICO SECRETARIA LUNES, MIERCOLES, VIERNES 8:00 AM A 1:00 PM Y 2:00 PM A 5:00 BIBLIOTECA LUNES A VIERNES 8:00 AM A 5:00 PM PAGADURIA LUNES, MIERCOLES, JUEVES Y VIERNES 8:00 AM A 1:00 PM Y 2:00 PM A 5:00 PSICO-ORIENTACION LUNES A VIERNES 6:30 AM A 12:15 PM Y 12:30 PM A 6:15 PM RECTORIA Y COORDINACIÓN SOLICITAR CITA PREVIA O SEGÚN CITACIÓN EMITIDA DOCENTES DOS HORAS A LA SEMANA SEGÚN HORARIO ACADÉMICO
  • 7. La matrícula debe realizarse dentro del tiempo establecido por la institución, con la documentación completa y debidamente diligenciada en letra imprenta legajados en una carpeta oficio con el marbete vertical. 1.7.3. UNIFORMES EXIGIDOS POR LA INSTITUCIÓN Es importante resaltar que en el aspecto de presentación personal los estudiantes deben cumplir con los lineamientos aquí estipulados sin trasgredir los conceptos emanados desde la Corte Constitucional pues “ Al interpretar el artículo 16 de la Constitución que consagra el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la corte constitucional y la doctrina han entendido que: “ese derecho consagra una protección general de la capacidad que la Constitución reconoce a las personas para auto determinarse, esto es, a darse sus propias normas y desarrollar planes propios de vida, siempre y cuando no afecten derechos de terceros”. (SC-481/98); y que para nuestro caso la primera infancia es aquella que prevalece y sus derechos no pueden verse afectados por las opiniones y preferencias de los demás estudiantes mayores a ellos; como se entiende en la sentencia: “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos constitucionales fundamentales es la existencia de deberes correlativos. En el artículo 95 de la Constitución Política se encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La persona humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de una moneda, pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a sí mismo y frente a los demás.” (Sentencia 002 de 1992) Las normas en el porte del uniforme responden al respeto por la persona y su dignidad humana sin que se vulnere de manera alguna la personalidad del estudiante por lo que” La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que NO puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”. (ST- 235/97); adicionalmente: “La Educación surge como un derecho – deber que afecta a todos los que participan en esa órbita cultural respecto a los derechos fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas, sino también deberes de la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe respetar el ser personal del otro, sino que también ella debe respetar su propio ser”. (ST- 02/92). Los dos uniformes exigidos por la institución de manera obligatoria son: UNIFORME DE DIARIO PARA LAS MUJERES UNIFORME DE DIARIO PARA LOS HOMBRES 1. Jardinera con prenses hasta la altura de la rodilla 2. Camisa blanca de cuello o camiseta tipo polo blanca 3. Media-pantalón blanca en lana únicamente 4. Zapatos Totalmente negros no tenis ni zapatillas 5. Bambas, moñas o hebillas blancas, negras o azul oscuro; el cabello limpio. 6. Todo accesorio adicional (como maquillaje, piercings, gorros, cadenas, manillas, tintes en cabello, camisetas de equipos, y demás) que no haga parte del uniforme aquí descrito, no será admitido si no cuenta con autorización escrita y presentada personalmente por el padre, madre y/o acudiente del menor. 1. Jean azul oscuro clásico; sin agujeros, hebras, o decoloraciones; sin entubar o tipo baggy. 2. Camisa blanca de cuello o camiseta tipo polo blanca 3. Medias azul oscuro o negras 4. Zapatos Totalmente negros no tenis ni zapatilla 5. Cabello limpio. 6. Todo accesorio adicional (como maquillaje, piercings, gorros, cadenas, manillas, tintes en cabello, camisetas de equipos, y demás) que no haga parte del uniforme aquí descrito, no será admitido si no cuenta con autorización escrita y presentada personalmente por el padre, madre y/o acudiente del menor. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA UNISEXO 1. Sudadera azul oscura en algodón perchado o impermeable con gorro o sin él, sin líneas o logos de marcas deportivas como adidas, nike, puma u otros. 2. Camiseta totalmente blanca de cuello redondo o camiseta tipo polo totalmente blanca sin líneas o logos de marcas deportivas como adidas, nike, puma u otros. 3. Pantaloneta azul oscura. 4. Tenis totalmente blancos y medias deportivas blancas 5. Todo accesorio adicional (como maquillaje, piercings, gorros, cadenas, manillas, tintes en cabello, camisetas de equipos, y demás) que no haga parte del uniforme aquí descrito y desee portarse, se debe presentar una solicitud escrita y entregarse personalmente por el padre, madre y/o acudiente del menor, quienes se reunirán en Rectoría Para que sea revisada y si es posible, autorizada. Las estudiantes del colegio deben abstenerse de presentarse con maquillaje ya que no hace parte integral de su formación académica. Igualmente, las alteraciones al uniforme no son permitidas sin el estudio y la aprobación del Consejo Directivo. Debe recordarse que el uniforme es único y no admite modificaciones establecidas por modas, tendencias juveniles o gusto personal e individual del estudiante que puedan atentar contra los derechos de los niños, niñas y jóvenes, en especial que sean considerados como estimulantes o mal ejemplo para la primera infancia: tinturas, perforaciones corporales, accesorios, cortes de cabello que impliquen rasuradas parciales o crestas, rasuradas parciales o totales de las cejas, uso de marcas con cremas, tintas o tatuajes en alguna parte del cuerpo cabeza o rostro. PARAGRAFO 1: El presente Manual de Convivencia en obediencia, acato y consonancia al artículo 18 de la ley de Infancia y Adolescencia no les está permitido a las estudiantes el porte de minifaldas. PARAGRAFO 2: Por la seguridad de los estudiantes y con el ánimo de evitarles conflictos y/o agresiones por parte de otros no se permite el uso de camisetas de equipos de futbol a excepción de la de la selección Colombia en ocasiones especiales. Nota: Los estudiantes pueden traer bufanda y chaqueta azul oscura o negra (sin marcas, ni logos de equipos) los días lluviosos o fríos. PARAGRAFO 3: En caso de cambio de uniformes será consultado en primera instancia al consejo de padres y posteriormente al resto de la comunidad y tendrá un tiempo prudencial para la adquisición de los mismos en caso de ser aceptado. El consejo directivo aprueba dentro del proyecto de investigación, la adquisición de la chaqueta institucional para el gobierno escolar y los administrativos.
  • 8. PARTE 2. MANUAL DE CONVIVENCIA 2.1. MARCO LEGAL Este MANUAL DE CONVIVENCIA se fundamenta en las siguientes normas legales: Constitución Política Nacional de 1991 Ley 12 enero 22 de 1991 Ley 115 de Febrero 8 de 1994 Ley 133 de Mayo 23 de 1994 Ley 715 de 221 diciembre 2001 Ley de la Infancia y la Adolescencia 1098 de 2006 Ley 1620 marzo de 2013. Ley de la Juventud Código disciplinario único ley 734 Estatuto Docente Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994 Decreto 1270 de 2002 Decreto 1850 de 2002 Decreto 1286 de 2005 Decreto 1290 de 2009 Resolución 01600 de Marzo 8 de 1994 Acuerdo 04 de 2000 Y demás normatividad aplicable en el ámbito de la educación 2.1.1. FALLOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE ASPECTOS RELACIONADOS CON EDUCACIÓN “El hombre, considera la Corte constitucional, debe estar preparado para vivir en armonía con sus congéneres, para someterse a la disciplina que toda comunidad supone, para asumir sus propias responsabilidades y para ejercer la libertad dentro de las normas que estructuran el orden social. Así pues, de ninguna manera ha de entenderse completo ni verdadero un derecho a la educación al que se despoja de estos elementos esenciales, reduciéndolo al concepto vacío de pertenencia a un establecimiento educativo. De lo dicho se concluye que cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria, moral o física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su estado, así como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, siempre que desempeñe tal papel de modo razonable y sujeto al orden jurídico, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, por el contrario, entregando a éste la calidad de educación que la constitución desea” (Corte Constitucional. Sentencia T.397 de agosto 19 de 1997) Que “La Educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede respetando el debido proceso, separar a la persona del establecimiento Educativo. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”. (ST- 316/94). Que “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”. (ST- 519/92). Que “La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema Educativo, salvo que existen elementos razonables – incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante – que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada”. (ST- 402/92). Por lo que se determina que • Dependiendo de la gravedad de la falta, se podría iniciar el proceso con la firma de compromiso, la suspensión del estudiante y/o matrícula en observación. Igualmente, se acudirá al apoyo y convenio con las instituciones del estado para garantizar el bienestar y la protección al estudiante • El docente de la asignatura o el director de grupo, en uso de su autonomía pueden hacer firmar el observador del estudiante y/o el respectivo compromiso y deberá luego informar a coordinación. • El coordinador y/o rector serán las únicas personas con la autoridad para imponer sanciones y/o suspensiones. • La matrícula en observación puede ser instaurada por el rector o el coordinador, dependiendo de la gravedad de la falta y/o consenso de cualquier comisión o comité Que “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez han entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión”. (SC- 555/94). Que “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo (ST- 527/95).
  • 9. Las instituciones educativas pueden regular el uso del teléfono celular dentro de las instalaciones, incluyendo la reglamentación correspondiente en el manual de convivencia, el cual establecerá en forma clara su utilización, sin llegar a prohibirlo, así como las sanciones y el procedimiento a aplicar en caso de infracciones. (ST-967/07) 2.1.2. ARTICULOS DE LA LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA RELACIONADOS CON EDUCACIÓN Art. 20. DERECHOS DE PROTECCIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes serán protegidos contra: Numeral 1. El abandono físico, emocional y psico-afectivo de sus padres, representantes legales o de las personas, instituciones y autoridades que tienen la responsabilidad de su cuidado y atención. Art. 26. DERECHO AL DEBIDO PROCESO. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta. Art. 43. OBLIGACIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS. Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: 1. Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 2. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. 3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales”. Art. 44. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS. Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para: 4. Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 5. Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. 6. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. 7. Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. 8. Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 9. Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes”. 2.1.3. OTRAS DISPOSICIONES DE LEY SOBRE EDUCACIÓN El consejo directivo del Colegio Diego Montaña Cuellar Institución Educativa Distrital, en uso de sus facultades legales considerando: Que la constitución política de 1991 fomenta la practica en los establecimientos educativos a través del aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. Art. 41. Que la ley general de educación y las normas que la reglamentan son instrumentos jurídico que pretende proveer las condiciones objetivas para que la educación sea un bien de alta calidad a la cual accedan los colombianos. Que la ley 115 de 1994, según lo dispuesto en los artículos 73 y 87 establece que toda institución educativa debe elaborar su Proyecto Educativo Institucional (PEI). Que el articulo 17 del decreto 1860 de Agosto de 1994, ordena introducir dentro del PEI, un Manual de Convivencia (reglamento), donde se expresen los aspectos fundamentales sobre los derechos y deberes de los estudiantes y sus relaciones con los demás estamentos de la Comunidad Educativa. Que dichos aspectos deben ser conocidos y analizados por los estudiantes y los padres de familia (o acudientes), que deseen ingresar a la institución para su debida aceptación. Que su carácter de oficialidad respetará los derechos fundamentales de los integrantes de la Comunidad Educativa. Que la calidad de colombiano enaltece a todos los integrantes de la comunidad nacional y que, por consiguiente, toda persona debe; (Const. Nal. Art. 95) Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios. Obrar conforme al principio de solidaridad social. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica. Que el colegio es lugar privilegiado para la educación en la convivencia y en la tolerancia por parte de toda la comunidad educativa. Proteger el logro y el mantenimiento de la paz. Proteger los recursos culturales y naturales del país. Que de acuerdo con los diferentes códigos que rigen las leyes Nacionales, exigirá a la comunidad Educativa, respeto por esas normas que dan lineamientos en la vida local y nacional.
  • 10. RESUELVE: Adoptar las siguientes normas de COMPORTAMIENTO como MANUAL DE CONVIVENCIA del Colegio Diego Montaña Cuellar IED, el cual consta de una Comunidad Educativa, compuesta por Docentes Directivos, Docentes, Estudiantes, Padres, madres de Familia, o acudientes, Exalumnos, personal Administrativo y de Servicios Generales. 2.2. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Todos los estudiantes del Colegio Diego Montaña Cuellar gozan de los mismos derechos y es necesario reiterar que según la Sentencia T-569 de 1994 “La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de la ley y del ordenamiento interno del ente educativo… El deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y de salida, y el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros. El hecho de que el menor haya tenido un aceptable rendimiento académico no lo exime del cumplimiento de sus deberes de alumno.” “Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de los estudios, de allí no debe colegirse que el centro docente está obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la Institución en que se forma, representa un abuso de derecho en cuanto causa perjuicio a la comunidad educativa e impide al plantel los fines que le son propios”. (ST 519 DE 1992). 2.2.1. EN EL ORDEN ACADÉMICO A. Recibir una educación adecuada que le garantice una formación integral acorde con el Proyecto Educativo Institucional. B. Conocer desde el inicio del año el calendario y el cronograma escolar, los programas académicos, los criterios de evaluación y recuperación. C. Ser evaluados permanentemente en los aspectos: cognoscitivo, actitudinal, valorativo, habilidades o destrezas y participación en actividades relacionadas con proyectos. D. Todo estudiante puede solicitar que le sean programadas las actividades de recuperación necesarias para obtener los logros deseados en cada una de las respectivas áreas dentro del tiempo estipulado por la institución. E. Ser informado de las causas de las ausencias del docente F. Recibir una formación en valores que le permita reflexionar de forma crítica sobre todas las realidades de injusticia presentes en la sociedad. G. Ser apoyado constantemente por sus padres en su proceso formativo. H. Presentar reclamos respetuosos y justos sobre sus evaluaciones, aportar y recibir solución a los problemas siguiendo el conducto regular. I. Conocer la filosofía de la institución y el Manual de Convivencia que la rige. J. Formular propuestas o iniciativas individuales o grupales para adelantar campañas o actividades que propendan por el bienestar general de la comunidad, para que sean estudiadas en su viabilidad y ejecución. K. Participar en la evaluación de los maestros y personal de apoyo administrativo bajo los parámetros de respeto y cordialidad. L. Recibir con exactitud la hora de clase propuesta por el colegio. M. Tener según el horario, un tiempo destinado al descanso y la recreación N. Los estudiantes tiene derecho a jornadas de recuperación en los momentos determinados cada año O. Conocer de manera oportuna los resultados de evaluaciones y trabajos presentados 2.2.2. EN EL ORDEN SOCIAL A. Ser tratado por parte del personal docente, administrativo y de servicios generales, con la consideración, respeto, aprecio y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes y no ser discriminado por sus acciones, pues puede superar los errores cometidos a partir de su esfuerzo personal. B. Tener derecho al libre desarrollo de la personalidad, de acuerdo a los pactos de convivencia establecidos en la institución. C. Promover, sugerir y participar en campañas y estrategias que busquen el bienestar y superación estudiantil y profesional teniendo en cuenta el PEI y pactos de convivencia establecidos en la institución D. Conocer el conducto regular pactado en el colegio. E. Expresar sus opiniones, inquietudes y situaciones que lesionen sus intereses educativos y/o convivenciales, de una forma respetuosa y siguiendo el conducto regular. F. Representar con dignidad y responsabilidad al colegio dentro y fuera de él, considerando el buen desempeño académico y/o disciplinario. G. Obtener permisos y presentar excusas correspondientes cuando no asista a clase por estar representando al colegio en algún evento académico, cultural o deportivo. H. Contar con ambientes físicos agradables que posean dotación adecuada y suficiente para favorecer el aprendizaje en cada una de las áreas de conocimiento, cultura y deporte. I. Vivir en un ambiente social y cultural, armónico y saludable que fortalezca el derecho a la vida y la supervivencia. J. Ser protegido contra toda forma de explotación, uso ilícito de drogas y abuso sexual. K. No ser discriminado ni estigmatizado, por procesos convivenciales que se hayan trabajado
  • 11. L. A ser protegido eficazmente contra toda clase de maltrato, agresión física o psicológica, humillación o burla. M. Que se tenga reserva de toda aquella información que el colegio posea sobre circunstancias familiares y personales. N. Recibir buen ejemplo de padres de familia, directivas, profesores y compañeros. O. Ser escuchado, orientado y hacer uso a la defensa cuando se le acuse de no cumplir con sus deberes o de no haber respetado las normas. P. Elegir y ser elegido en los órganos de participación existentes. Q. Participar activamente en las programaciones culturales, sociales y deportivas de la institución. 2.2.3. EN EL ORDEN CONVIVENCIAL A. Ser escuchado antes de tomar una decisión frente a su comportamiento. B. Ser atendido en sus reclamos y solicitudes particulares enmarcadas por la veracidad y el respeto. C. Conocer las observaciones escritas que sobre su comportamiento haga el director de grupo, maestros y docentes directivos. D. El estudiante tiene la posibilidad de escribir su versión de los hechos como parte del debido proceso.. 2.2.4. EN EL ORDEN CIVIL Y PENAL A. Tener garantía a “su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna” (Art. 1 Ley 1098-2006). B. “Ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario. Para los efectos de este Código, se entiende por maltrato infantil toda forma de perjuicio, castigo, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos los actos sexuales abusivos y la violación y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de sus padres, representantes legales o cualquier otra persona”.(Art. 18 Ley 1098-2006) NOTA. Los derechos no explicitados en este Manual de Convivencia se aplicarán conforme a la Legislación vigente y la Constitución Política Nacional 2.2.5. DERECHOS FRENTE AL DEBIDO PROCESO A. Conocer los hechos por los que se le acusa B. Ser escuchado, para lo cual puede solicitar la presencia del personero de los estudiantes. C. No ser sancionado con tratos humillantes y/o degradantes D. Interponer recursos de ley en los términos establecidos ante las instancias correspondientes. 2.3. CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES Hacer parte de la Comunidad Educativa del Colegio Diego Montaña Cuellar I.E.D., implica cumplir con los acuerdos pactados teniendo presente que frente al cumplimiento de los derechos es necesario cumplir con los deberes; de igual manera, obedecer, acatar, respetar y seguir la Ley. Los estudiantes deben comprometerse por convicción pues esto hace parte de su proceso de formación. 2.3.1. EN EL ORDEN ACADÉMICO Cumplir con las actividades que van en pro de su beneficio para la vida y de acuerdos establecidos con el maestro. A. Participar en la creación, ejecución y evaluación del cronograma de actividades. B. Cumplir con las actividades de recuperación programadas por cada una de las áreas dentro del tiempo estipulado por el Consejo Académico y aprobado por el consejo directivo. C. Dedicar todos los esfuerzos intelectuales, físicos y afectivos hacia el logro de aprendizajes que permitan alcanzar los objetivos académicos y formativos de cada área. D. Ser objetivo, sincero y honesto en la evaluación institucional. E. Realizar y cumplir con las tareas, lecciones y trabajos señalados por los docentes en el tiempo acordado dentro de la jornada y calendario académico. F. Abstenerse de utilizar elementos que obstaculicen o le distraigan sus actividades académicas 2.3.2. EN EL ORDEN DISCIPLINARIO A. Conocer y cumplir los acuerdos del Manual de Convivencia. B. Presentar aviso oportuno de su incapacidad médica o cualquier otro motivo de su inasistencia al coordinador y docentes. C. Llevar y hacer firmar de sus padres oportunamente comunicaciones escritas que envía la Institución. D. Observar y cumplir las normas y horarios que para el bien común establezcan los diferentes servicios que prestan las personas que laboran en la institución. E. Evitar las manifestaciones afectuosas exageradas dentro de la institución ya que se puede incurrir en mal ejemplo y estimulo a los estudiantes menores. F. Ingresar y permanecer en la institución en el horario que le corresponde, según sea en preescolar, primaria o secundaria de acuerdo con la jornada escolar. G. Asistir puntualmente a todas las clases y actividades, permaneciendo en ellas durante el tiempo que ha sido programado. H. Traer, usar, mantener y cuidar los elementos y útiles escolares necesarios que ayudan a alcanzar el logro de los objetivos propuestos de cada área.
  • 12. I. Presentarse y mantener una óptima higiene personal expresada en el baño diario; manteniendo el cabello aseado y recogido, libre de liendres; uñas y manos limpias. J. Portar correctamente el uniforme de diario o deportivo, completo, aseado y en buen estado. K. Abstenerse de usar joyas ya que en caso de pérdida la institución no asume ninguna responsabilidad. L. Cuidar sus pertenencias y abstenerse de traer objetos de valor como, parlantes, mp3,4,5, ipods, grabadoras, videojuegos, radios, psp, parlantes, y otros ya que NO HACEN PARTE DE LOS ÚTILES ACADEMICOS SOLICITADOS POR LOS DOCENTES y en caso de daño o pérdida la institución se exime de toda responsabilidad. M. Mantener un comportamiento adecuado y de cuidado en el uso de cada una de las diferentes zonas y dependencias de la institución. N. No dañar de forma directa o indirecta, los elementos e instalaciones educativas. O. Tener y mantener un comportamiento de respeto y tolerancia hacia los integrantes de la comunidad P. No portar o hacer uso de cualquier tipo de arma real o juguete bélico. Q. Abstenerse de propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa. R. Denunciar de inmediato ante la dirección de grupo, toda falta que atente contra el bien común sino quiere ser considerado cómplice de la misma y acarrear con las sanciones a que haya lugar. S. Cuidar sus pertenencias y colaborar con el cuidado de los bienes de sus compañeros ya que la institución no se hará responsable de la perdida de los mismos. T. Abstenerse de jugar dinero. Los juegos de azar están prohibidos al igual que las apuestas de todo tipo. U. Abstenerse de vender cualquier clase de productos y de organizar rifas personales. V. Abstenerse de sustraer y retener elementos que no sean de su propiedad. W. Abstenerse de comprar productos a vendedores ambulantes o personas no autorizadas por la institución. X. Abstenerse de consumir o inducir al consumo de drogas psicotrópicas, bebidas alcohólicas y cualquier tipo de cigarrillo. Y. Abstenerse de portar, prestar o motivar el uso de libros, folletos, revistas, videos, y otros medios de divulgación pornográfica. Z. Abstenerse de establecer comunicación, recibir o entregar elementos con cualquier persona a través de las rejas perimetrales. AA. Establecer relaciones interpersonales amables y cordiales con todo el personal de la institución fundamentados en el respeto y el dialogo. BB. Entregar de manera oportuna las circulares y comunicados a padres de familia o acudientes. CC.Portar diariamente la agenda del colegio y el carne estudiantil DD.Cumplir mínimo con el 85% de la asistencia a clase para cumplir con los logros propuestos por cada asignatura. EE. Respetar la palabra y opinión de sus compañeros, profesores y demás personas de la institución. FF. Aquel que rompe o daña un elemento de la institución debe reponerlo. 2.3.3. EN LA PRESENTACIÓN PERSONAL A. Los y las estudiantes deben presentarse con el cabello limpio (ver descripción de uniformes). B. Portar el uniforme institucional de forma correcta y según el horario de clase. C. El uniforme es de uso exclusivo durante la jornada de estudio y en actividades programadas por la institución (no en el tiempo libre del estudiante) pues es parte de la imagen institucional. 2.3.4. EN EL ORDEN SOCIAL A. Es deber procurar la armonía y el espíritu de cooperación entre la comunidad educativa. B. Utilizar dentro y fuera del colegio un lenguaje decente y respetuoso que excluya todas las palabras soeces y despectivas. C. Mantener con los compañeros relaciones cordiales de ayuda y de solidaridad que busquen el bien común. D. Seguir el conducto regular para dar solución a un problema de carácter disciplinario. E. Quien Manifieste con su actuar la superación de los errores cometidos tendrá derecho a una anotación de reconocimiento positivo en el observador correspondiente. F. Respetar y valorar el trabajo de todos los integrantes de la comunidad educativa. G. Conocer, aplicar y proteger los derechos humanos. H. Sentir y evidenciar en todo momento, lugar y actividad, respeto por los símbolos patrios y del colegio. I. Hacer por convicción todo aquello que vaya a favor de la Comunidad Educativa. El bien común debe primar sobre los intereses individuales. J. Tener autoridad moral para reclamar los derechos, fundamentado en el cumplimiento de los deberes K. Participar en la evaluación del rendimiento académico, comportamiento individual y social, mediante la autoevaluación y coevaluación con sus compañeros y directores de grupo. L. Estar dispuesto y recibir orientación sobre la prevención a cualquier tipo de explotación y adicción de sustancias que generan dependencia. M. Respetar los ritmos de desarrollo y procesos de aprendizaje de sus compañeros. N. Disfrutar del descanso, jugar y realizar actividades recreativas y deportivas en el tiempo establecido para ello. O. Tratar al personal docente, administrativo y de servicios generales con la consideración respeto, aprecio y justicia que todo ser humano merece de sus semejantes. P. Recibir un tratamiento ético y privado de sus conflictos personales. Q. Cuidar su entorno y tener conciencia medioambiental. 2.4. ACCIONES FORMATIVAS El planteamiento de acciones formativas permite tomar las medidas necesarias para superar las fallas que puedan presentarse en el desarrollo del proceso escolar al interior de la Institución Educativa. Se tiene: A. En caso de presentarse alguna ausencia por parte de un docente, la coordinación se encargará de asignar el trabajo correspondiente a realizar el cual ha sido previamente enviado por el docente ausente o si es calamidad domestica, se acudirá al banco de guías.
  • 13. B. Cuando el estudiante llegue después de la hora fijada para el ingreso a la clase, ingresará asumiendo la falla respectiva y deberá presentar la justificación al retraso por escrito y firmado por el padre o acudiente, el día siguiente a coordinación para luego de ser firmada, sea dada a conocer a los profesores. C. Cuando un docente llegue tarde a las clases en reiteradas ocasiones, los estudiantes podrán informar a la coordinación por medio del representante del curso. D. Ningún estudiante puede estar por fuera del aula de clase durante la jornada escolar, los docentes los deben dejar ingresar y presentar todas las actividades planeadas para la clase y hacer la anotación respectiva de la llegada tarde. E. Generar en los estudiantes una actitud crítica, propositiva y de pertenencia a la institución. F. Fomentar en el estudiante el autocuidado y autoimagen positiva, por eso: • En el caso de las estudiantes en estado de gestación, la institución se obliga a comunicar dicha situación a los padres y/o acudientes de la menor; en caso de embarazo de alto riesgo, recomendación médica o del representante legal de la estudiante, para no estar en el colegio, la institución apoyará la solicitud a fin de proteger a la madre y al bebe (prevalece el derecho de la primera infancia a la vida y bienestar). La institución se compromete en este caso a administrar y valorar los trabajos y tareas en los momentos adecuados y oportunos. Si los acudientes no aceptan esta disposición, la institución se exime de cualquier responsabilidad jurídico- penal y civil por lo que le pueda suceder a la estudiante o a su bebé. • En caso de presentar infección de liendres o pediculosis se informará a los padres de familia para que ellos tomen las medidas respectivas, el estudiante deberá permanecer en su hogar hasta la eliminación de éstas. • Si necesita protegerse del frío, podrá usar una camiseta blanca debajo del buzo, y una chaqueta azul oscura o negra (sin logos, escudos o marcas deportivas) sobre el buzo, lo mismo que bufanda y guantes de lana azules, si así lo requiere • Formar en el estudiante hábitos de estudio, por lo tanto el estudiante no deberá traer objetos que entorpezcan el proceso académico tales como: ipods, mp3, mp4, grabadoras, videojuegos, parlantes, radios u otros. • En caso de daño por indisciplina a la infraestructura física, el estudiante, a través de sus padres o acudiente, asumirá los gastos de reposición o mantenimiento a que diere lugar. G. Si bien el teléfono celular no se prohíbe, su uso queda reglamentado dentro de la institución para estudiantes y docentes así: no debe ser usado para realizar o recibir llamadas en horas de clase (, durante evaluaciones, izadas de bandera o actos culturales exceptuando casos especiales o de urgencia personal o familiar); así mismo, dichos mensajes, llamadas, videos y/o fotografías no deben atentar contra los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes del colegio. H. Dar a conocer el conducto regular para dar solución a problemas. I. Los estudiantes contarán con una hora de dirección de grupo, como espacio de interacción para analizar y generar alternativas de solución a las situaciones académicas y de convivencia que se presenten e incidan negativamente en lo personal y grupal cuando se considere necesario. J. El estudiante será escuchado y atendido, teniendo presente las circunstancias que originan la falta, antes de tomarse las medidas correspondientes a la gravedad de su falta. El estudiante será atendido en sus reclamos y solicitudes particulares enmarcadas por la veracidad y el respeto. K. Se realizará una formación semanal en todos los grados en cada sede y jornada a fin de reforzar la comunicación, los aspectos académicos y convivenciales. L. Institucionalizar el cuadro de honor para destacar los estudiantes con méritos académicos y convivenciales cada bimestre uno por grado en el colegio. 2.5. NORMAS DISCIPLINARIAS El colegio pretende favorecer los procesos de desarrollo humano en alta calidad y la interiorización de valores humanos que favorezcan el desarrollo integral de los estudiantes para que puedan actuar con autonomía, libertad y responsabilidad. La exigencia de asumir una adecuada disciplina y la sanción de las faltas tienen como fundamento establecer pautas de reflexión sobre el actuar, de forma que se facilite y promueva la toma de conciencia de las consecuencias e implicaciones de los actos propios en sí mismos y en los demás. 2.5.1. CRITERIOS Y MECANISMOS PARA VALORAR EL COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES Como uno de los instrumentos de seguimiento de este proceso se utiliza el observador del estudiante, que busca contribuir a la formación y superación de los mismos. En él se registran procesos de desarrollo humano, académico, actitudinal y comportamientos de cada uno de los estudiantes, así como los procedimientos correctivos acordados con el estudiante, padres o acudientes, maestros y directivas. Las anotaciones que en él se registren son fruto de la reflexión conjunta entre el maestro y el estudiante, predominando sobre todos los aspectos, el deseo de formar y ayudar a superar dificultades Al finalizar cada período se registra un resumen global de los logros del estudiante en su proceso de formación, como también los aspectos en los cuales puede seguir mejorando y los aspectos en los cuales se ha destacado positivamente. 2.5.2. CRITERIOS PARA EVALUAR LAS FALTAS Para evaluar las dificultades ACADÉMICAS, se analizará A. Resultados de las pruebas aplicadas y presentadas B. Dificultades de NEE (NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES) C. Seguimiento realizado por docentes, director de curso y coordinación académica D. Informes de la comisión de evaluación E. Sugerencias de consejo académico F. Cuando un estudiante viene con matricula condicional del año anterior Para evaluar las dificultades CONVIENCIALES se analizará A. Gravedad de la falta cometida de acuerdo con la edad, el grado de escolaridad del estudiante y la Legislación Nacional. B. Frecuencia con la cual se cometa la falta.
  • 14. C. Circunstancias en las que ocurrió. D. Parámetros contemplados en el presente Manual de Convivencia. E. Las faltas no serán acumulables de un año a otro, de tal forma que el estudiante tiene la posibilidad de mejorar y corregir su comportamiento el año siguiente, exceptuando la matricula en observación. F. Cuando un estudiante viene con matricula en observación del año anterior, y sigue incurriendo en faltas mayores, perderá el cupo en el colegio y el acudiente deberá garantizar el derecho a la educación en otra institución educativa. G. Seguimiento previo que se ha realizado del comportamiento del estudiante. 2.6.PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA CORRECCIÓN DE FALTAS Con el ánimo de buscar las acciones pertinentes que permitan al estudiante la reflexión y toma de conciencia con relación a las faltas cometidas, en aras de lograr su formación como ciudadano integral, se establece el siguiente procedimiento: 2.6.1. ETAPA INFORMATIVA • Conocimiento de la situación que produjo la falta. • Narración oral y escrita del hecho por parte de los afectados, testigos y/o protagonistas. • Confrontación de los hechos narrados. • Identificación de los posibles responsables. 2.6.2. ETAPA ANALÍTICA • Presentación de pruebas y antecedentes disciplinarios de los involucrados en el hecho, del año en curso y años anteriores si se requiere. • Análisis de motivos atenuantes y agravantes que llevaron al hecho. • Tipo de falta en que se incurrió, si existe. . Un estudiante firma compromiso académico con mínima nota de tres o más aéreas. El estudiante firmara junto con su acudiente 2.6.3. ETAPA DECISORIA • Determinación del tipo de falta. • Análisis por la autoridad correspondiente dentro y fuera del colegio. • Aplicación de la medida correctiva. • Compromisos personales del estudiante y de los padres de familia o acudientes. • Seguimiento formativo y constructivo por parte de directivos, docentes y padres de familia. 2.6.4. CONDUCTO REGULAR Se entiende como el procedimiento a seguir en caso de presentarse cualquier dificultad o inconveniente en el ámbito académico y/o de convivencia. A. La situación (problema) la asume directamente el maestro que esté al frente del inconveniente, en primera instancia. B. En caso de que el problema persista, se acude al director de grupo, el cual está en la obligación de buscar estrategias y mecanismos de solución junto con el profesor y citar al padre de familia para informar sobre la situación. (Llevando todo el seguimiento en el observador del estudiante). C. Si la situación persiste, el caso pasará a coordinación de convivencia en donde se firmará el compromiso correspondiente si la misma lo amerita. D. El estudiante, conjuntamente con su acudiente, firmará compromiso académico cuando no haya superado con nota mínima de básico (3.0) dos o más áreas al finalizar cada bimestre E. Nunca se suspenderá a un estudiante por compromisos académicos. F. La comisión de evaluación se reunirá cada bimestre para analizar los casos y hacer las recomendaciones pertinentes a los estudiantes, padres y docentes. G. Si se observa un cambio de actitud una vez transcurrido el tiempo acordado para haber reflexionado, el compromiso se podrá levantar. H. Si la situación es convivencial y persiste se pasará a establecer y firmar la sanción correspondiente, la cual estará entre 3 a 5 días según sea el caso. I. Al incumplir con el compromiso convivencial y persistiendo el problema, se procederá a firmar matrícula en observación. J. Por último, sin haber logrado un cambio positivo en el estudiante, el caso se llevará a Consejo Directivo en donde será analizada la permanencia del estudiante en la institución. Estudiando concepto escrito del director de grupo, comité de convivencia y coordinación. K. Teniendo en cuenta el seguimiento al estudiante, a partir de la tercera citación al padre madre y/o acudiente, en la cual no se haga presente, se declara la posible Condición De Abandono y se remite a la instancia competente, en este caso bienestar familiar. De no observarse cambio de actitud en el estudiante, después de la Suspensión y la Matrícula en Observación, la institución entenderá que el estudiante no desea continuar con su proceso pedagógico en el colegio, lo que implica la cancelación de la matrícula y pérdida del cupo en la institución. 2.7.CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS Y CONDUCTO REGULAR Las faltas se pueden clasificar como leves, graves o mayores según filosofía de la institución, a las obligaciones estipuladas en este Manual de Convivencia o al cumplimiento de los procedimientos específicos de carácter académico o disciplinario. 2.7.1. FALTAS LEVES
  • 15. Son aquellas que se cometen por un ligero impulso, cuyas consecuencias no afectan de manera significativa a otros, y que requieren una adecuada atención, diálogo corrección seguimiento. A. Llegar al colegio después de la hora señalada. B. Llegar tarde a clase y/o demás actividades programadas. C. No asistir a clase encontrándose dentro de la institución y sin autorización de un docente o directivo docente. D. Inasistencia a clase sin justificación, una vez. E. Descuido en la presentación personal, la higiene diaria, el uso inadecuado del uniforme correspondiente según horario, usándolo incompleto y /o portando prendas diferentes a las establecidas. F. Indisciplina que perjudique el desarrollo normal de las actividades académicas y/o eventos especiales de la institución. G. Incumplimiento en la presentación de trabajos, tareas, guías, exposiciones y talleres. H. Comprar y/o vender comestibles u otros objetos en lugares diferentes a la tienda escolar durante el desarrollo de la jornada o a la salida de la institución. I. Consumir alimentos o chicle durante la clase o en el desarrollo de otras actividades escolares. J. Realizar de forma reiterativa en horas de clase trabajos o tareas que no corresponden a la asignatura. K. Atender a padres, amigos, compañeros o cualquier persona a través de las rejas perimetrales de la institución. L. Hacer mal uso de los servicios sanitarios y el agua. 2.7.1.1. DEBIDO PROCESO PARA FALTAS LEVES Serán tratadas directamente por el docente conocedor de la falta y /o de la clase respectiva siguiendo estas indicaciones: A. Dialogar sobre la falta cometida B. Escuchar la versión del estudiante y consignar por escrito lo sucedido en el observador del estudiante, registrando los compromisos, firma del maestro, del estudiante y padre de familia si la falta lo amerita. En caso de que el estudiante se niegue a escribir su descargo, se dejará constancia escrita en el observador del estudiante. De igual forma se deben consignar los comportamientos que den cuenta de su cambio de actitud. C. Determinar la responsabilidad y la estrategia para corregir la falta. D. Informar del llamado de atención a través de la agenda o medio telefónico. E. Citar a acudientes si así lo amerita la falta. F. Se deben registrar las faltas en el observador a fin de llevar el seguimiento; remitiéndose a los ítems del Manual de Convivencia que no han sido cumplidos. 2.7.1.2. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS LEVES Se realizarán de común acuerdo entre maestro y estudiante implicado, teniendo como base las características propias de una adecuada sanción. A. Amonestación verbal y /o escrita en el observador del estudiante según lo amerite la falta. B. Si la falta lo amerita se realizará una notificación escrita y /o citación a padres de familia o acudientes para acordar estrategias de solución, que serán evaluadas para verificar un cambio positivo en el estudiante. C. Cuando la falta amerite anotación en el observador del estudiante, este deberá llevar el respectivo descargo del estudiante. En caso de que se niegue a hacerlo se dejará constancia escrita en el mismo medio y firmado por el representante al consejo de estudiantes. D. Elaborar trabajos formativos como carteleras, folletos, plegables, etc. Referentes al tema sobre el cual se ha cometido la falta, para que el estudiante logre interiorizar y comprender el sentido de la norma. E. Hacer reflexiones a los demás compañeros del curso, invitándolos a no cometer la misma falta. F. Reflexionar en familia sobre la falta cometida y consignar acuerdos de esta reflexión. G. Toda anotación en el observador debe estar firmada por el docente, junto con los compromisos y acciones de mejoramiento. H. Guardar artículos o elementos que estén afectando el proceso académico y convivencial, para ser devueltos a la familia o acudiente. I. Cuando el estudiante presente dificultad en el cumplimiento de compromisos en más de una asignatura, el caso deberá ser remitido a dirección de curso y /o coordinación, para ser estudiado, escuchar al estudiante y realizar el compromiso respectivo o sanción. J. Por frecuentes llegadas tardes el padre de familia o acudiente será citado en la coordinación, donde se realizará el respectivo trabajo formativo. 2.7.1.3. CONDUCTO REGULAR PARA FALTAS LEVES PRIMERA INSTANCIA SEGUNDA INSTANCIA TERCERA INSTANCIA  docente de la clase y/o conocedor del caso.  Versión oral y escrita del estudiante  llamado de atención verbal  llamado de atención escrito  citación a padres o acudiente si se requiere.  remisión a director de curso  director de curso  seguimiento en el observador  citación a padre  remisión a orientación si fuere el caso  remisión a coordinaciones académica y /o convivencial según el caso  coordinación académica y/o convivencial  citación a padres  firma de compromiso convivencial
  • 16. 2.7.2. FALTAS GRAVES Se consideran faltas graves, aquellas que se cometen dentro o fuera del colegio que causan perjuicio material, físico o moral, atentan contra los derechos de las personas y entorpecen la buena marcha del plantel. A. Desperdiciar el refrigerio. B. Causar daño a los bienes del colegio o de sus compañeros, lo cual implica, además, responder por su valor. C. Valerse del engaño para la salida injustificada o sin la autorización correspondiente durante la jornada escolar. D. Propiciar y participar en juegos agresivos, violentos o peligrosos que atenten contra cualquiera de las personas que integran la comunidad educativa. E. Irrespeto de los derechos ajenos y abuso de los propios. F. Irrespeto del estudiante a docentes directivos, maestros, compañeros o personal de servicio administrativo o en general. G. Perturbación de clases, actividades culturales o de otro tipo con dichos o hechos inoportunos e indisciplina. H. Permanecer fuera de los salones de clase, así como la ausencia a las celebraciones y actos comunitarios sin justificación alguna. I. Retrasarse en el ingreso a clases. J. Salir del colegio por sitios y a horas diferentes de los establecidos. PARAGRAFO 1: El Colegio se exime de cualquier responsabilidad legal, penal y/o civil en cuanto el estudiante pise el umbral para dirigirse a su casa o para venir de ella hacia el colegio. Es responsabilidad del padre de familia y/o acudiente. De igual manera cuando el estudiante se evade de la institución y abandona sus predios traspasando los limites perimetrales de la misma; o cuando el estudiante sale de su casa para el colegio pero desvía su camino y no ingresa al colegio. PARAGRAFO 2: Para el caso de Salidas Pedagógicas, la institución se exime de cualquier daño fortuito o accidental que pueda involucrar la integridad del niño, niña o adolescente, por tanto el Colegio se cobija en que el estudiante debe tener un seguro y que es éste quien responde. Así la Institución se exime de toda demanda civil, jurídica, contractual que se pueda generar ante dichas situaciones. K. Propiciar la venta de artículos y comestibles dentro del establecimiento educativo, así como el consumo de alimentos en clase o en el desarrollo de actividades. L. Participar en juegos de azar o hacer apuestas en el colegio. M. Propiciar o participar en riñas o peleas callejeras. N. Ingresar a las áreas de uso privado de los docentes o el personal administrativo o de servicios generales sin la debida autorización O. Esconder útiles, libros, guías de estudio o cualquier clase de objeto a sus compañeros, directivo docentes, docentes, personal administrativo o de servicios generales. P. Sustraer elementos a sus compañeros o a cualquier persona dentro de la institución. (informar a policía de infancia y adolescencia si se requiere) Q. Suplantar a su acudiente o padre de familia con otra persona para efectos de citación por parte de docentes y/o docentes directivos R. Dar información errónea o incorrecta sobre direcciones, teléfonos o situaciones familiares en busca de encubrir una falta al presente manual. S. Concertar riñas o incurrir en amenazas contra las personas de la institución por cualquier medio: verbal, gestual, por terceros o virtual. T. Faltar a la verdad cuando le sea solicitada una información o encubrir las faltas de los compañeros, entorpeciendo las investigaciones realizadas por la institución U. Manifestaciones amorosas, afectivas exageradas hacia su novio(a) y/ o compañeros. PARAGRAFO 4: En obediencia, acato y consonancia al artículo 18 de la Ley de Infancia y Adolescencia, y el 20, numeral 1, el 42-3, 44-4 y 44-10 NO les está permitido a los estudiantes del Colegio Diego Montaña Cuellar sostener, mantener, producir y/o participar de manifestaciones erótico-sexuales entre miembros del mismo sexo o de sexo contrario, toda vez que dichas relaciones constriñen y estimulan a la primera infancia. 2.7.2.1. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS GRAVES A. Todas las enumeradas en las faltas leves B. Firma de compromiso de convivencia. El compromiso será vigente durante todo el año escolar, pero en caso que el estudiante muestre comportamientos que evidencien cambio de actitud. C. Realizar una acción social que beneficie a los estudiantes del colegio y en general a la comunidad educativa, acompañado por un docente que certifique el cumplimiento de ella. D. Reparación y pago de los daños que ocasionen con los muebles y enseres de la institución, al igual que una actividad formativa. E. Desagraviar al injuriado o calumniado, explicar el por qué cometió la falta. Hacer esta actividad con las personas involucradas. F. Suspensión teniendo en cuenta el debido proceso. G. En el evento de que uno(a) o varios(as) estudiantes sean aprehendidos en flagrancia en agresiones físicas que conlleven lesiones personales, se contactará a los padres, recomendándoles que inicien un proceso judicial con los organismos del Estado, se debe informar a policía de infancia y adolescencia, (Policía, Fiscalía, etc.) para que se estipulen responsabilidades penales y civiles de los estudiantes; si no fuere posible dicho contacto, se informará directamente a la Policía de Infancia Y Adolescencia o en su defecto a la Policía Comunitaria. Hasta tanto no se presente un acta de conciliación emanada por dichos organismos, los estudiantes no podrán ingresar a clases.
  • 17. 2.7.2.2. CONDUCTO REGULAR PARA FALTAS GRAVES PRIMERA INSTANCIA SEGUNDA INSTANCIA TERCERA INSTANCIA CUARTA INSTANCIA  docente de la clase y/o conocedor del caso.  llamado de atención escrito  citación a padres o acudiente  remisión a director de curso • orientación escolar  director de curso  seguimiento en el observador  citación a padre  remisión a orientación si fuere el caso  remisión a coordinaciones académica y /o convivencial según el caso  coordinación académica y/o convivencial  citación a padres  firma de compromiso convivencial  comité de convivencia  I.C.B.F  comisaría de familia  Policía de Infancia adolescencia  Consejo Directivo  resolución rectoral 2.7.3. FALTAS MAYORES A. Cualquier violación a las leyes constitucionales, la ley de Infancia y adolescencia y las demás leyes colombianas. B. Cualquier agresión verbal o física a un, compañero estudiante, docente, administrativo, directivo, personal de servicios generales o padres de familia en general cualquier integrante de la comunidad educativa. C. Incurrir en amenaza comprobada a un compañero, docente, administrativo, directivo, personal de servicios generales o padre de familia. D. Sustracción comprobada a la institución (inmuebles, aparatos eléctricos, elementos de oficina o cualquier bien). E. Tener relaciones sexuales en las instalaciones del colegio. F. Acoso sexual e incitación con modales o material de lectura, fotográfico, de audio o video. G. Presentarse a clase en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas H. Ingresar a la institución cigarrillos, licor y/o cualquier sustancia psico-activa o bajo sus efectos. I. Consumir dentro de la institución o en cualquier acto cultural, salida pedagógica o convivencia cigarrillos, licor y/o cualquier sustancia psicoactiva J. Hacer fraude en trabajos, evaluaciones, recuperaciones, exámenes y demás. K. Tener, portar, traficar, microtraficar, expender, consumir, vender y otras actividades afines de sustancias alienantes (psicotrópicas. estupefacientes, alucinógenas, psiquiátricas, y formuladas no recetadas). L. Portar armas de cualquier tipo, ingresarlas al plantel, mostrarlas o usarlas dentro de la institución. PARAGRAFO 1: en los casos H, I, J, K y L la institución, amparada en el artículo 19 de la Ley de Infancia y Adolescencia remitirá el caso al organismo del Estado correspondiente, toda vez que los niños, niñas y jóvenes deben ser protegidos física, emocional y psicoafectivamente. De manera similar con los niños, niñas y/o jóvenes que presumiblemente consuman algún tipo de sustancia psicoactiva, psicotrópica PARAGRAFO 2: Amparados en el articulo 19 de la Ley de Infancia y Adolescencia la institución no mantendrá en sus aulas al estudiante que, se presuma, consuma algún tipo de sustancia, toda vez que dicho(a) estudiante tiene el DERECHO a estar en una institución de rehabilitación y resocialización y se le debe proteger y ayudar a tratar su problema. M. Falsificar o incitar a la falsificación de firmas, contenidos de certificados, constancia de estudios o recibos de pago. N. Matricularse con certificados o documentos falsificados 2.7.3.1. DEBIDO PROCESO PARA FALTAS MAYORES Por el proceso de desarrollo evolutivo de los estudiantes, en la sesión de preescolar y primaria, las faltas mayores serán consideradas y tratadas como graves. Si un estudiante de preescolar o primaria no cumple un compromiso su caso se remitirá al consejo Directivo. A. El rector, coordinador o director de curso deberá citar a los padres de familia de los estudiantes implicados a una reunión con la coordinación respectiva para informar sobre el hecho ocurrido. Si se considera que el caso puede ser trabajado con una sanción formativa, se deberá llevar el caso al comité de convivencia quien podrá escoger la sanción o ser remitido al consejo directivo, quién tomará la decisión final. B. Las faltas que impliquen delitos, podrán ser reportadas a policía de infancia y adolescencia. C. En el caso de fraude ítem J, se anulará la evaluación respectiva y se valorará con 1.0 (bajo) a todos los implicados que se encuentren responsables, se pierde por consiguiente el derecho a la presentación de una
  • 18. nueva evaluación o recuperación. Además el hecho debe quedar registrado en el proceso convivencial del estudiante. D. Si la decisión llega al consejo Directivo, se deberá citar al estudiante amonestado con sus padres o acudiente, para presentar los descargos sobre la falta cometida. El consejo Directivo analizará el caso y tomará las decisiones pertinentes. La resolución la notificará el rector dando al estudiante y a los padres de familia la posibilidad de conocer el debido proceso para haber llegado a la sanción respectiva. Como apoyo se observará y analizará el seguimiento del estudiante. PARÁGRAFO 1: De manera paralela se seguirá un proceso legal en convenio con los organismos del Estado de forma que se garanticen los derechos y deberes, al estudiante y/o estudiantes, consagrados en la Ley de Infancia y Adolescencia. 2.7.3.2. ESTRATEGIAS FORMATIVAS PARA FALTAS MAYORES A. Matricula en observación previo conocimiento del debido proceso por parte de estudiante, padres de familia o acudiente y por resolución rectoral. B. Cancelación del cupo en la Institución: El análisis de la falta cometida puede ocasionar la pérdida del cupo en la Institución en cualquier época del año lectivo, decisión que tomará el Consejo Directivo de la institución, después de realizar el debido proceso y se notificará mediante resolución rectoral al estudiante, y padres de familia o acudiente, dejando constancia escrita en el observador del estudiante. C. En caso de retiro de un estudiante del colegio, cualquiera que sea el motivo, es obligación de los padres de familia o acudiente estar a paz y salvo con cada una de las dependencias del Colegio D. A partir de la notificación de las sanciones todos los estudiantes y sus respectivos representantes tendrán derecho a interponer los recursos de reposición y/o apelación dentro de los 5 días hábiles siguientes. El estamento a quien corresponda tendrá cinco días hábiles para comunicar la decisión al estudiante o a sus representantes. E. De ser necesario y de acuerdo a la falta gravísima, se remitirá el caso a las autoridades externas competentes, amparándose la institución en el artículo 10 de la Ley 1098: “. CORRESPONSABILIDAD. Para los efectos de este código, se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. F. En caso que un estudiante se presente al colegio en estado de embriaguez, o con signos evidentes de haberlo hecho, o bajo el efecto de sustancias psicoactivas, los padres de familia deben presentarse en la institución para llevar al estudiante a su casa y luego, como parte del proceso de acompañamiento, a un centro de atención para personas con problemas de alcoholismo y/o drogadicción y presentar un certificado de asistencia y evaluación de su situación para ser acompañado desde orientación escolar. La familia debe participar en este proceso obligatoriamente. La corresponsabilidad y la concurrencia aplican en la relación que se establece entre todos los sectores e instituciones del Estado. No obstante lo anterior, instituciones públicas o privadas obligadas a la prestación de servicios sociales, no podrán invocar el principio de la corresponsabilidad para negar la atención que demande la satisfacción de derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes.”. 2.7.3.3. CONDUCTO REGULAR PARA FALTAS MAYORES PRIMERA INSTANCIA SEGUNDA INSTANCIA • Revisión de seguimiento • Citación a padres • Coordinación • comité de convivencia • orientación escolar • RECTOR • ICBF • Comisaría de familia • Inspección de policía (infancia y adolescencia) • Resolución Rectoral • Consejo Directivo 2.8.DERECHO DE DEFENSA (ESTUDIANTES) El estudiante que sea objeto de inculpación tendrá derecho que se les explique con claridad en qué consiste, de qué manera está violando lo establecido en el presente Manual de Convivencia o incurriendo en el cumplimiento de los deberes que se le señalan; a que se le escuche y a solicitar la presencia del acudiente frente al procedimiento por la falta grave, pedir que se le practique pruebas e interponer recursos contemplados en este Manual, acatando, obedeciendo y cumpliendo con la Ley: ARTÍCULO 26. DERECHO AL DEBIDO PROCESO. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta. 2.9. ESTUDIANTES QUE CUMPLEN SERVICIO SOCIAL. 2.9.1. DERECHOS:
  • 19. 1. Ser tratado con respeto por todos los integrantes de la comunidad educativa. 2. Ser escuchado. 3. A que le sean reconocidas sus horas de trabajo social. 4. Todas las leyes y reglamentaciones del presente Manual por cuanto son menores de edad o estudiantes. 2.9.2. DEBERES: 1. Ser respetuosos con todos los integrantes de la comunidad educativa. 2. Asistir a la actividad de servicio social con una excelente presentación personal 3. Ser puntual y responsable con las actividades propuestas por el responsable a cargo 5. Cumplir todas las normas que aplican para los estudiantes del Colegio Diego Montaña Cuellar y que se establecen en el presente manual. 6. Seguir las disposiciones especiales para el servicio social. 7. Portar el uniforme de la institución educativa solamente durante la jornada escolar o en actividades del colegio. 8. Portar el carne correspondiente que lo identifica como estudiante del colegio que lo presenta. 2.10. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Los Padres de Familia como integrantes de esta Comunidad Educativa y siendo los primeros y principales educadores de sus hijos, son esenciales en los procesos formativos de nuestros estudiantes. Los padres de familia y/o acudientes tienen derecho a: 1. Conocer ampliamente el Manual de Convivencia con el fin de asimilar la Filosofía de la institución y cumplir con todas las disposiciones emanadas de éste y participar en su elaboración y evaluación. 2. A conocer y a participar en el desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia. 3. Participar activamente en las actividades programadas por el colegio. 4. Recibir con días de anticipación circulares de citación a reuniones de padres de familia y de varios días para otro en caso de situación extraordinaria. 5. Conocer oportunamente el cronograma de actividades del colegio. 6. Conocer por lo menos cada período escolar el resultado del rendimiento y evaluación de su hijo. 7. Dialogar sobre dificultades y problemas en el proceso de formación de sus hijos. 8. Elegir y ser elegidos en el Consejo Directivo, junta de padres de familia y delegados de curso. 9. Contribuir solidariamente con el colegio en el proceso de formación de sus hijos. 10.Hacer reclamos justos y respetuosos dentro del tiempo fijado según las normas institucionales. 11.Recibir orientación y capacitación que permitan brindar una mayor formación a sus hijos y mejorar la vida familiar. 12.Ser respetados en su integridad personal por todos los integrantes de la comunidad educativa. 13.Ser citados oportunamente antes de tomarse decisiones sobre el futuro de su hijo. 14.Conocer oportunamente el horario de atención de los maestros para informarse del proceso de formación que siguen sus hijos en el colegio. 15.A ser apoyados en las decisiones que atañen a sus hijos. 16.A solicitar permiso para ausentar a sus hijos de la institución. 17.A ser escuchados por docentes, director de grupo y/o demás personal administrativo directivo previa solicitud de cita o entrevista. 18.A ser informado periódica y continuamente sobre las actividades y pormenores de la institución en el campo pedagógico y convivencial. 19.A ser informado periódica y continuamente sobre el rendimiento académico y disciplinario de su hijo(a) o acudido(a). 20.A participar activamente en los grupos, asambleas y comités que para tal fin se han creado según la reglamentación legal. 21. Las circulares para citación de padres el colegio las enviará el colegio con tres días de anticipación y para reuniones extraordinarias con dos días de anticipación. 2.11. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA
  • 20. Son deberes de los padres de familia y/o acudientes: 1. Participar activa, crítica y propositivamente como miembro de la comunidad educativa en la formulación, implementación, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia. 2. Asumir con responsabilidad el hecho de ser los primeros educadores de sus hijos. 3. Apoyar con entusiasmo y convicción las actividades que contribuyen a la formación integral de los estudiantes. 4. Cumplir, asumir y respetar el Manual de Convivencia. 5. Crear en el hogar la estabilidad emocional de sus hijos y un clima adecuado para el estudio. 6. Asistir con puntualidad y participar activamente en las reuniones, talleres de padres y proyectos de la institución con carácter obligatorio. 7. Velar por la buena presentación personal, modales y comportamiento de sus hijos, así como el cumplimiento de los deberes escolares dentro y fuera del colegio. 8. Dotar a su hijo o hijos de los uniformes de diario y educación física, garantizando su uso completo de acuerdo a la programación establecida y en correcto estado de aseo. 9. Recibir el boletín informativo de su hijo o hijos en la fecha en que se han citado. 10.Colaborar con el cumplimiento de las recomendaciones de mejoramiento académico y convivencial que orienten los docentes y directivos docentes para sus hijos. 11.Firmar circulares y excusas en el tiempo fijado por el colegio y devolverlos. 12.Presentar oportunamente la excusa que justifique la ausencia de su hijo. 13.Presentarse con su hijo a la institución cuando la inasistencia se repite. 14.Justificar oportuna y personalmente la ausencia de su hijo a clase y otras actividades programadas por el colegio. 15.Responder por todos los daños materiales que cause su hijo en el colegio. 16.Hacer uso en todo momento y situación del conducto regular. 17.Proporcionar a su hijo todos los útiles, materiales y uniformes para el buen desempeño en clases y actividades exigidas en el plantel. 18.Ser responsables, justos y veraces al formular juicios sobre las personas que conforman la institución y sobre el desarrollo de actividades. 19.Velar por la asistencia diaria, oportuna y completa de sus hijos a la jornada escolar. 20.Adquirir y mantener vigente la inscripción de su hijo en una EPS, que ampare los gastos médicos en caso de accidente dentro del colegio. 21.Corregir con cariño y oportunamente a su hijo cuando su comportamiento lo requiera, apoyando la autoridad del colegio. 22.Asistir puntualmente a las citaciones de director de grupo, maestros de asignatura y/o docentes directivos. 23.Asistir a todas y cada una de las entregas bimestrales de informes académicos y convivenciales. 24.Asistir a todas y cada una de las citaciones realizadas por docentes y docentes directivos 25.Asumir una posición y una actitud responsable, justa y honesta de cualquier caso o citación, pensando siempre en el bienestar de su hijo(a) o acudido(a) y recordando la función formadora de la institución que debe ser apoyada y defendida por todas la personas que pertenecen a ella. 26.Excusar por escrito, con firma, número de identificación y número telefónico cada vez que su hijo(a) o acudido(a) tenga que ausentarse de clase. 27.Ser respetuoso con docentes, docentes directivos, administrativos o estudiantes. 28. Abstenerse de solucionar conflictos de los estudiantes sin respetar el conducto regular 29. Dar trato respetuoso y cordial a todos los integrantes de la comunidad educativa. 30. Los artículos de la Ley 1098 que hablan de los deberes y responsabilidades de los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes: Art. 14. LA RESPONSABILIDAD PARENTAL. La responsabilidad parental es un complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que los niños, las niñas y los adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. En ningún caso el ejercicio de la responsabilidad parental puede conllevar violencia física, psicológica o actos que impidan el ejercicio de sus derechos. Art. 39. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA. La familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad y debe ser sancionada. Son obligaciones de la familia para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes: 1. Protegerles contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad y su integridad personal. 2. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia. 3. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía. 4. Inscribirles desde que nacen en el registro civil de nacimiento. 5. Proporcionarles las condiciones necesarias para que alcancen una nutrición y una salud adecuadas, que les permita un óp timo desarrollo físico, psicomotor, mental, intelectual, emocional y afectivo y educarles en la salud preventiva y en la higiene. 6. Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la escuela en la educación sobre este tema. 7. Incluirlos en el sistema de salud y de seguridad social desde el momento de su nacimiento y llevarlos en forma oportuna a los controles periódicos de salud, a la vacunación y demás servicios médicos. 8. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo. 9. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o psicológico, y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea requerida. 10. Abstenerse de exponer a los niños, niñas y adolescentes a situaciones de explotación económica. 11. Decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas a los que pueda sostener y formar. 12. Respetar las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes y estimular sus expresiones artísticas y sus habilidades científicas y tecnológicas. 13. Brindarles las condiciones necesarias para la recreación y la participación en actividades deportivas y culturales de su interés. 14. Prevenirles y mantenerles informados sobre los efectos nocivos del uso y el consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales. 15. Proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad un trato digno e igualitario con todos los miembros de la familia y generar condiciones de equidad de oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos. Habilitar espacios adecuados y garantizarles su participación en los asuntos relacionados en su entorno familiar y social.
  • 21. PARÁGRAFO 1: En los pueblos indígenas y los demás grupos étnicos las obligaciones de la familia se establecerán de acuerdo con sus tradiciones y culturas, siempre que no sean contrarias a la Constitución Política, la ley y a los instrumentos internacionales de Derechos Humanos. PARÁGRAFO 2: Teniendo en cuenta el Art. 41 de la Ley 1098 sobre las obligaciones del estado. El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. En cumplimiento de sus funciones en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal deberá considerar el numeral 7. “Resolver con carácter prevalente los recursos, peticiones o acciones judiciales que presenten los niños, las niñas y los adolescentes, su familia o la sociedad para la protección de sus derechos” y el 16. “Prevenir y atender en forma prevalente, las diferentes formas de violencia y todo tipo de accidentes que atenten contra el derecho a la vida y la calidad de vida de los niños, las niñas y los adolescentes”. Por lo que, dependiendo del caso, se realizarán las acciones a que fuese necesario para la protección y bienestar de los estudiantes en todos sus aspectos personales. 2.12. ACCIONES FORMATIVAS Remisión a la Comisaría de Familia para ser orientado frente a su responsabilidad en la crianza de sus hijos, cuando hay inasistencia del padre o acudiente a tres citaciones hechas por la institución cuando hay maltrato al menor. Cuando el informe académico no se ha reclamado por los padres de familia o acudiente, estos serán citados al colegio hasta que se hagan presentes en la institución y conozcan los avances y recomendaciones de mejoramiento si se requiere. La constante falta a este deber será consignada en el observador del estudiante. Cuando el estudiante no porte el uniforme: inicialmente se le recordará este deber en forma verbal y se hará la anotación en el observador del alumno, si reincide se le hará el llamado de atención por incumplimiento y se citará a padres o acudientes para recordarles de sus deberes y reafirmar el compromiso a través de firmas. La institución hará la remisión a la institución que el padre o acudiente ha elegido en busca de colaboración para superar las dificultades que su hijo presenta. Cuando los acudientes de los niños o niñas no acudan a recoger a sus hijos a tiempo, en forma reiterativa y teniendo en cuenta que la institución no puede tener niños después de los horarios estipulados, si son de preescolar o primaria, el colegio podrá apoyarse remitiendo a los estamentos competentes como I.C.B.F. (Instituto Colombiano de Bienestar familiar) y Bienestar Social del Distrito, lo mismo sucederá con los acudientes, de cualquier grado, que citados hasta tres veces no acudan como señal de responsabilidad parental legal de sus hijos. Mantener información oportuna sobre el incumplimiento en la inasistencia de los estudiantes. Los padres y acudientes deben tener presente que una asignatura se pierde cuando hay más del 15% de fallas injustificadas. 2.13. DOCENTES y DIRECTIVOS DOCENTES 2.13.1 EJERCICIO DE LOS DERECHOS Son derechos de los y las docentes los contemplados en la constitución política de Colombia, el la legislación laboral docente y demás normas establecidas Como integrantes de la Comunidad Educativa del Colegio Diego Montaña Cuellar I.E.D., los docentes gozan de los siguientes derechos: 1. Ser reconocidos y respetados en dignidad recibiendo un trato cortés, amable, justo y cordial por parte de toda la comunidad educativa. 2. Recibir actualización profesional, así como contar con el apoyo y permiso para asistir a seminarios, foros, eventos que contribuyan a su formación. 3. Elegir y formar parte del Consejo Académico y Directivo, comisiones u otros cargos de acuerdo con sus capacidades e intereses. 4. Ser escuchados y presentar sus reclamaciones en forma oportuna y constructiva, redundando en beneficio de la comunidad. 5. Solicitar y disponer de las ayudas y medios necesarios para el buen desempeño del proceso educativo. 6. Ejercer la libre y respetuosa expresión y la discrepancia. 7. Recibir una observación fraterna, en forma directa, privada y oportuna, en los momentos de dificultad y /o deficiencia. 8. Participar en la toma de decisiones. 9. Recibir estímulos y felicitaciones cuando amerite. 10. Tener a cargo una distribución equitativa en cuanto a sus responsabilidades académicas se refiere para un mejor aprovechamiento del tiempo al interior de la institución. 11. Solicitar y obtener permisos de acuerdo con las disposiciones legales. 12. Tener conocimiento y fácil acceso al material didáctico existente. 13. Ser autónomo dentro de su clase. 14. Contar con los espacios de trabajo y esparcimiento adecuados para facilitar el desempeño de su labor. 15. Recibir información oportuna sobre las actividades pedagógicas, culturales, sindicales y sociales, ya sea verbalmente, en cartelera o por comunicación personal escrita. 16. Participar en la elaboración del PEÍ, plan de estudios, proyectos y lo concerniente a su labor profesional. 17. Recibir información y asesoría individual para superar las dificultades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico. 18. Contar con un espacio adecuado para socializar los conocimientos adquiridos en los diferentes cursos de capacitación que realice. 19. Ser escuchado y presentar sus descargos o justificaciones frente las acusaciones recibidas por incumplimiento de sus deberes al interior de la institución. 20. Conocer los conductos regulares que debe seguir para dar solución a las dificultades que conciernen a su labor como docente. 2.13.2 CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES Con el ánimo de favorecer el buen desarrollo de las actividades propias de su labor, los docentes del colegio DIEGO MONTAÑA CUELLAR, se caracterizan por atender los siguientes deberes: