SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 25
Liceo Técnico y Profesional San José fe y alegría 
Asignatura: 
Educación moral y cívica 
Sustentados: 
Evans Ramírez #:31 
Ramón Pichardo #:32 
Federico Reyes #:33 
Frederin Rosario #:35 
2B de bachillerato 
Profesor/a: 
Lic.Elercido A. Jiménez 
Directora: 
Sor Iris 
Lugar de entrega: 
Liceo Técnico y Profesional San José fe y alegría 
Fecha de entrega:
Índice 
1. Introducción (pág. 1) 
2. Desarrollo (pág. 1-22) 
Conceptos de constitución (pág. 1-3) 
Orígenes de la constitución Dominicana (pág. 3-8) 
La importancia de la constitución en un país (pág. 8- 
9) 
Las diferentes reformas constitucionales (pág. 9-22) 
3. Conclusión (pág. 22) 
4. Fuentes de consulta(pag 23)
Introducción 
La Constitución (del latín cum- 'con, en conjunto' 
y statuere 'establecer', a veces llamada también carta 
magna o carta fundamental) es la norma suprema de 
un Estado de derecho soberano, es decir, la organización 
establecida o aceptada para regirlo. La Constitución fija 
los límites y define las relaciones entre los poderes del 
Estado (poderes que se definen como poder 
legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus 
ciudadanos, determinando así las bases para su gobierno 
y para la organización de las instituciones en que tales 
poderes se asientan. Este documento busca garantizar al 
pueblo sus derechos y libertades. 
Desarrollo 
Conceptos de constitución 
La Constitución es la ley suprema de un Estado que 
establece su organización, su funcionamiento,
su estructura política y los derechos y garantías de 
los habitantes de ese estado. Se llama precisamente 
Constitución pues “constituye” la nación 
políticamente organizada, le da sus principios, y la 
distingue de otros estados. Está precedida 
generalmente de un preámbuloque establece sus 
antecedentes y sus fines. El vocablo surgió de la 
unión de dos palabras latinas “cum” que significa 
“con” y “statuere” que quiere decir “establecer 
Es la ley de las leyes o la madre de todas las demás 
normas, pues si las otras están en contradicción con 
ella, pueden ser declaradas inconstitucionales. 
La Constitución es obra del poder constituyente, 
ejercido por el pueblo, que en las democracias, es 
donde reside el poder soberano, que establece los 
poderes constituidos (Poder Legislativo, Poder 
Ejecutivo y Poder Judicial) mediante un contrato 
social donde se llega a acuerdos sobre la 
organización del país y las libertades individuales en 
vistas a los ideales comunes y al bienestar general. 
Constitución es la acción y efecto de 
constituir (formar, fundar, componer, erigir). La 
constitución es la esencia de algo que lo constituye 
como es y lo diferencia de otras cosas.
La constitución es la ley fundamental sobre la que se 
asienta un estado determinado con todo su 
andamiaje jurídico. 
Orígenes de la constitución Dominicana 
Luego de organizarse la Junta Central Gubernativa el 
día 1 de marzo de 1844, ésta adoptó como constitución 
el Manifiesto trinitario del 16 de enero de ese año. En 
julio de ese mismo año, el General Pedro Santana se 
adueñó de la Presidencia de la Junta Central 
Gubernativa y los miembros de la misma se 
atribuyeron la calidad de Diputados. 
El 24 de julio de 1844, la Junta Central Gubernativa 
dictó un decreto, a manera de Ley Electoral, 
convocando a los pueblos a elegir los miembros de la 
Asamblea Constituyente que debía redactar la nueva 
Constitución de la República. Los días del 20 al 30 de 
agosto fueron señalados para reunirse las Asambleas 
Electorales. 
El Congreso Constituyente, además de redactar el Pacto 
Fundamental de la República, tenía el encargo de elegir el 
primer Ejecutivo Constitucional, y debía iniciar sus labores 
el 20 de septiembre. 
Una vez electos, los diputados constituyentes se 
reunieron solemnemente en San Cristóbal a partir del 21 
de septiembre de 1844. La elección de San Cristóbal, a
unos treinta kilómetros de la capital, se hizo, según la 
afirmación del cónsul francés Eustache Juchereau de 
Saint-Denys, a fin de dejar a los diputados "toda la 
libertad de opinión y de acción y de sustraerlos a la 
influencia perniciosa del espíritu de partido". En principio 
se escogió el poblado de Guerra pero, debido a la falta de 
facilidades, el mismo Congreso Constituyente decretó el 
traslado a San Cristóbal. 
Para presidente del Congreso fue elegido Manuel María 
Valencia, Diputado por Santo Domingo, y el día 26 del 
mismo mes una comisión de la Junta Central Gubernativa, 
escoltada por una compañía de dragones, fue a felicitar a 
los constituyentes por su instalación, pronunciando con 
tal motivo un largo discurso Tomás de Bobadilla, quien 
encabezaba la comisión. 
Pero el acto formal de presentarse ante el Congreso 
Constituyente un portavoz del organismo que 
provisionalmente dirigía los destinos de la República, 
tenía dos objetivos principales: uno, el propósito de 
reconocerle u otorgarle a la Asamblea facultades 
especiales propias de un Congreso Nacional ordinario, ya 
que el discurso de Bobadilla en parte era un informe de 
las principales actividades del Poder Ejecutivo durante el 
tiempo que llevaba de vida la República; y el otro, 
recordarle a los constituyentes cuáles eran el tono y el 
compás de la política en aquellos momentos; en cuya 
virtud el orador se expresó en forma tal que los diputados 
pudiesen sacar sus propias conclusiones.
Hallándose el Congreso ocupado en las tareas 
preparatorias de su reglamento interior y del proyecto de 
Constitución, se produjo el primer rozamiento entre ese 
cuerpo legislativo y la Junta, con motivo de haberle 
remitido el organismo que ejercía las funciones del Poder 
Ejecutivo un proyecto de empréstito a los constituyentes 
para que, actuando como Congreso ordinario, conociesen 
de él y le diesen su aprobación. 
La citada operación financiera había sido convenida entre 
el súbdito inglés Herman Hendrik, “vecino de la ciudad de 
Londres” y tres representantes nombrados por la Junta 
Central Gubernativa, por la cantidad de 1,500,000 libras 
esterlinas, pagaderos en treinta años al 5% de interés 
anual; operación que fue rechazada por el Congreso por 
considerarla demasiado usuraria y excesivamente 
perjudicial para la Nación. 
La votación en contra del proyecto enviado por la Junta 
fue unánime. Santana nunca consideró la posibilidad de 
un rechazo y su indignación al tener conocimiento de la 
decisión del Congreso se manifestó por medio de un 
decreto de la Junta Central Gubernativa, de acuerdo con 
el cual este organismo se atribuía la facultad de enjuiciar 
a los legisladores por el crimen de traición a la Patria, y 
cuyos términos les fueron comunicados a los 
constituyentes, advirtiéndoles que desde aquel momento 
el organismo que ejercía las funciones del Poder 
Ejecutivo, 
... asumía en sí todos los poderes hasta que fuera 
sancionada la Constitución y que, por consiguiente, la
Asamblea debía limitarse a sólo la formación del Pacto 
Fundamental del Estado, haciéndola responsable de los 
perjuicios que pudieran resultar a la Nación si persistía en 
sus propósitos. 
Esta actitud de la Junta llenó de alarma a los 
constituyentes por lo que el Diputado Buenaventura 
Báez, planteando la cuestión vital de inmunidad de los 
legisladores, sometió una moción que, al ser aprobada 
por la Asamblea, dio origen a una declaración 
consagrando la inviolabilidad de los miembros del 
Congreso Constituyente. 
De allí en adelante los constituyentes pusieron gran 
cuidado en redactar una Carta que restringiera las 
facultades del Poder Ejecutivo. 
Una comisión integrada por Vicente Mancebo, 
Buenaventura Báez, Manuel María Valencia, Julián de 
Aponte y Andrés Rosón, preparó el programa de la 
Constitución y presentó el proyecto de la misma el día 22 
de octubre. 
El proyecto aprobado estableció el Gobierno 
esencialmente civil, republicano, popular, representativo, 
electivo y responsable; mantuvo como límites de la 
República los de la antigua colonia española de Santo 
Domingo, dejando así sentado el desconocimiento de la 
ocupación mantenida por los haitianos en los pueblos de 
San Miguel de la Atalaya, San Rafael, Hinca y Las Caobas, 
para cuya representación el Congreso decidió elegir 
diputados; concedió amplias facilidades para la
inmigración, y estableció como sistema electoral el del 
voto indirecto. 
Estableció el principio de que el Poder Legislativo es el 
representante de la soberanía nacional, y colocó al Poder 
Judicial en posición independiente, mientras que al 
Ejecutivo lo sujetó a normas. 
Cuando Santana y sus asesores estudiaron el proyecto se 
sintieron inconformes porque consideraron que el mismo 
dejaba poco campo de acción al Presidente de la 
República para actuar con la prontitud que las 
circunstancias del país lo exigían. Santana se negó a 
aceptar ser elegido como Presidente si se mantenía el 
texto de la Constitución como estaba, aduciendo que el 
Poder político en la República Dominicana debía ser 
militar y no civil, pues el estado de guerra así lo 
demandaba. 
Al principio, los miembros del Congreso Constituyente se 
mostraron reticentes a aceptar las exigencias de Santana 
produciéndose una crisis política que mantuvo una gran 
tensión entre la Asamblea y la Junta Central Gubernativa, 
incluyendo movimientos de tropa que llegaron hasta el 
propio San Cristóbal. 
Finalmente, esta crisis se resolvió cuando, a instancias de 
Tomás Bobadilla (aunque el cónsul Saint-Denys se 
atribuyó la autoría), se incluyó un nuevo artículo en el 
texto constitucional, artículo que resultó ser el número 
210 de la Constitución y que decía:
Durante la guerra actual y mientras no esté firmada la 
paz, el Presidente de la República puede libremente 
organizar el ejército y la armada, movilizar las guardias 
nacionales y tomar todas las medidas que crea oportunas 
para la defensa y la seguridad de la Nación; pudiendo en 
consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y 
decretos que convengan, sin estar sujeto a 
responsabilidad alguna. 
Una vez aprobada la adición del artículo al texto 
constitucional, el Ejecutivo no halló más objeción que 
hacer. En esta forma la Constitución fue promulgada el 6 
de noviembre de 1844. 
La importancia de la constitución en un país 
La constitución de un país diseña la estructura del 
Estado regulando los órganos básicos que ejercen los 
poderes estatales. Contiene una amplia declaración 
de derechos individuales, derecho al trabajo, a la 
vivienda, a la educación, a la libertad de expresión 
etc. 
Garantizar la convivencia democrática dentro de las 
leyes conforme a un orden económico y social justo. 
Consolida un Estado de Derecho que asegure el 
imperio de la ley como expresión de la voluntad 
popular. 
Proteger a los pueblos en el ejercicio de los derechos 
humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e 
instituciones. 
Promueve el progreso de la cultura y de la economía
para asegurar a todos una digna calidad de vida. 
Colabora en el fortalecimiento de unas relaciones 
pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los 
pueblos de la Tierra. 
Por oposición, cualquier ley que contradiga esa 
estructura fundamental se dice que es 
inconstitucional y no debe entrar a formar parte del 
ordenamiento jurídico de una nación. 
La constitución es la base del derecho en un país, 
delimita los derechos y obligaciones y de ella 
emanan todas las leyes. la constitución es algo así 
como la esencia de la nación y todos debemos 
acatarnos a ella ya que es la única arma que 
tenemos para llegar a conocer los ideales de justicia, 
aunque muchas veces este alejada, pero te defino 
como dice kelsen, la justicia es una cualidad posible, 
en la cual el comportamiento de un hombre es justo, 
si se adecúa a un ordenamiento social 
supuestamente justo. Así que no hay de otra, sea o 
no justa la constitución, debe ser el alma de la 
nación. 
Las diferentes reformas constitucionales
 Reforma del 1854. Los inconvenientes del texto 
constitucional de febrero de 1854 ofrecían en su 
aplicación y estado de anormalidades que se desenvolvía 
la vida de la Republica por cuestiones de índole interna y 
externa, provocaron bien pronto la necesidad de una 
nueva revisión de la ley sustantiva. Partió de la iniciativa 
de poder ejecutivo a ala sazón presidio el general Pedro 
Santana, quien por decreto del 25 de sep. Del mismo del 
1854 convoco, con carácter extraordinario al congreso. 
 Constitución del 1858. Las medidas del carácter 
financiero tomadas por el gobierno del presidente 
Buenaventura Báez en el mes de mayo del 1857, basadas 
en la facultad concedida por el senado consultor para 
emitir papel moneda por el valor de 18 millones de pesos 
tuvieron la oposición de las provincias cibaeñas por 
considerarlas atentatorias a sus interese y creerlas 
dirigidas contra ellas. 
 Reforma del 1865. La anexión a España realizada por el 
Gral. Pedro Santana y aceptada por la reina Isabel II 
interrumpió la vida constitucional de la Rep.Dom. : Santo 
Domingo se convirtió en provincia española y, como el 
resto del ultramar, quedó sometida a un régimen 
especial, según determinaba el artículo 80 de la 
Constitución de la monarquía Española de 1865, vigente 
en aquel tiempo. 
 Reforma de 1866. La oposición desarrollada por 
determinados sectores de la opinión pública contra la 
política seguida por el general Buenaventura Báez en su 
tercer período presidencial, al extenderse al Cibao desde 
las provincias del sur, se concretó en 
un movimiento revolucionario que acabó por derrocar al
gobierno. El manifiesto en Santiago del 24 de abril y 
adhesión que a él hicieron ciertos elementos políticos de 
la capital, así como la "manifestación al gobierno y al 
pueblo Dominicano" firmado por Cabral en Curazao el 26 
del mismo mes, presentan las características de no ser 
sino listas de imputaciones contra la administración de 
Báez, entre las que se merecen destacarse la que lo acusa 
de "…desconocer la Constitución y restablecer el texto de 
diciembre del 1854…la misma que regía cuando se hizo la 
anexión y sirvió las miras del gobierno que vendió a la 
República…, así como el de elegir colaboraciones entre 
individuos de ideas antinacionales". 
 Reforma de 1868. El triunfo del levantamiento de 1866, 
que derroca al gobierno del presidente Báez, no impidió 
que este, desde el destierro, contando con un fuerte 
núcleo de opinión favorable a su persona, realizará la 
reorganización de las fuerzas que les seguían, con la 
intención da asumir nuevamente la dirección del estado. 
La disconformidad con la gestión gubernamental del 
presidente Cabral y, en particular, con su política exterior 
con el intento de venta o arrendamiento de Samaná a los 
americanos, facilitó el logro de las aspiraciones del ex 
presidente Báez, y así vemos que, escasamente un año 
después del exilio de éste, la revolución que partió del 
Cibao se preparó para revocar al gobierno luego de 
lanzarle acusaciones en el manifiesto de oct. de 1867. 
 Revisión de 1872. Las modificaciones hechas el 1868 al 
texto de la Constitución reformada en dic. de 1854, no la 
habían alterado de un modo apreciable ni en lo que se 
refiere a sus principios políticos ni aún en aquellas reglas 
que las variaciones producidas en la vida de la República
Dominicana habían dejado de hecho sin efecto, o que, 
desde su origen, respondieron más bien a un deseo que a 
una realidad, por lo que se produce a su modificación sin 
importar el caso de que la Constitución de 1854 en que 
mejor se adaptara a Báez. 
 Revisión de 1874. Durante el cuarto período de Báez se 
reprodujeron en el orden internacional, las mismas 
inclinaciones políticas de los primeros años de la vida de 
la nación Dominicana. Esto es: una potencia extranjera, 
concretamente a Estados Unidos. Propósito éste que 
fracasó aunque se llegara a ceder en arrendamiento a una 
compañía americana en términos tales, que el territorio 
enajenado quedaba fuera de la soberanía Nacional. 
 Reforma de 1875. Sofocada la insurrección armada que 
había estallado en Santiago de los Caballeros el día 5 de 
agosto del 1874, y vuelta a favor del presidente de la 
República, invistió a éste con poderes dictatoriales y negó 
la Constitución. Aceptada por Gonzáles la plenitud del 
poder, fue disuelto el congreso en fecha 15 de 
septiembre iniciando el ejercicio de la dictadura, con 
carácter transitorio, en tanto el país se diera el pacto 
fundamental que guardase relación con sus necesidades. 
Para ello, y para otros puntos de interés general, había 
convocado por decreto de 14 de septiembre, a una 
convención Nacional. 
 Reforma de 1887. El general Buenaventura Báez, nuevo 
en el poder convocó a elecciones por decreto de enero de 
1877. Fue adoptada esta medida con la finalidad de 
elaborar unas Constitución más en armonía con la 
situación del país y resolver aquellos otros asuntos que la 
urgencia de su resolución no permitía aplazamiento.
 Reforma de 1878. Después del derrocamiento del 
presidente Gonzales se hace cargo, por quinta vez, de la 
primera magistratura de la Nación del Gral. Báez, 
manteniéndose en ella durante sólo 14 meses, a pesar de 
haberse arrogado a facultades de carácter absoluto, 
mediante la suspensión de las garantías constitucionales, 
decretadas en agosto de 1877. 
 Revisión de 1879. Depuesto del poder el general Ignacio 
María Gonzales, presidente de la República, a 
consecuencia de los movimientos revolucionarios 
originados en las provincias de Cibao y del Seíbo, 
patrocinados por los generales Gregorio Luperón y 
Cesáreo Guillermo, fue llamado, después de la rendición 
de la capital el 2 de septiembre de 1878, el Lic. Don 
Jacinto Castro, en su calidad de presidente de la suprema 
corte de justicia, y según el precepto del artículo 61 de la 
Constitución del Estado, a ocupar la presidencia de la 
República. 
 Reforma de 1881. Debido a los incidentes de carácter 
tendenciosos ocurridos en diferentes lugares del país, 
incluso en la misma ciudad de Santo Domingo, y al 
protagonismo existente en el seno del congreso, el 
presidente de la República, Frenando Arturo de Meriño, 
decidió asumir poderes discrecionales al suspender la 
Constitución por Decreto del 30 de mayo. 
 Reforma de 1887. Una insistente petición popular de 
reforma de la Constitución decidió al presidente de la 
República el general Ulises Heureaux, a convocar al poder 
Legislativo, por Decreto del 27 de junio de 1887, para en
sesión extraordinaria, sobre la procedencia de dicha 
petición. Instalado el congreso Nacional el 4 de julio, bajo 
la presidencia del diputado José María Arzeno, y 
efectuada la lectura del mensaje presidencial, favorable a 
la reforma, en sesiones de los días 6 y 8, fue resuelto 
pasar éste junto con los documentos anexos a la comisión 
de lo interior, en solicitud de informe. 
 Revisión de 1907. El texto constitucional de ese año, 
como resultado de un largo proceso de reforma del pacto 
fundamental modificado en 1896, solo dirigió el orden de 
estado por un efímero lapso de tiempo. Desde la segunda 
mitad del año 1899, en que se decreto la necesidad de la 
reforma a esta constitución. 
 Reforma de 1908. Acababa de pulirse, el día 9 de sep. El 
texto reformado de 1907, cuando, por un decreto de 
fecha 20 del mismo mes, se convocó extraordinariamente 
a los colegios electorales "para que, de conformidad con 
los artículos 80 y 107de la constitución, se reúnan en las 
cabeceras de provincias el día 20 de oct. del corriente año 
(1907) y procedan a la elección de la asamblea 
constituyente que deberá llevar a efecto la reforma de la 
constitución política del estado en su articulo 6 y 
siguientes hasta el articulo final". Por decreto de esa 
misma fecha se declaro la necesidad de la reforma, por la 
manera irregular en que se había realizado la anterior. 
 Reforma de 1924. Como consecuencia del plan Hugues- 
Peynado, que puso fin a la ocupación norteamericana, fue 
constituido un gobierno Provisional de la República bajo 
la presidencia de Don Juan B. Vicini Burgos. Entre 
sus obligaciones se señalo la de convocar elecciones de 
representantes a la asamblea constituyente. El 15 de
marzo de 1924 se llevaron a cabo estas, con las 
formalidades requeridas. 
 Reforma de 1927. La situación creada por las elecciones 
de 1924, y la necesidad de convocar unas nuevas, 
provocaron una moción presentada por el senador 
linares, tendiente a pedir que una asamblea revisora 
modificara el texto constitucional vigente. Esta propuesta, 
formulada por la sección del 7 de abril, se concretaba a 
los siguientes puntos: Proponer la obtención de una 
armonía conveniente en la duración de los periodos 
presidenciales, vice-presidencial y de diputados, por 
medio de una elección de votación única, y revisar los 
artículos 76 (Ayuntamiento) ,78(Gobernadores) ,104 y 
105 (reforma constitucional). 
 Revisión del 1929-I-.Circunscrita la revisión del articulo 
tercer grado del texto constitucional vigente por entonces 
tal como había sido reformado por la revisión de 1927, 
operada a principios de 1929 se origino, según las propias 
palabras del mensaje dirigido al congreso nacional, por el 
presidente Vázquez, en el hacho de que "este (el dicho 
tercer grado) es inconciliable con la constante negativa de 
Haití de a venirse a esa disposición (la que disposición la 
que señalaba como limite occidentales de la republica los 
mismos que para la parte española de la isla de santo 
Domingo habían sido fijado por el tratado de Aranjuez 
1777) para tratar las diferencias fronterizas", trabaja al 
deseo del gobierno dominicano " de colocar 
sus tesis sobre una base de más extensa compresión y 
mayor amplitud de miras" al iniciar negociaciones 
directas con el gobierno haitiano que los permitían llegar
a una solución ardientemente deseada por unos y otros 
pueblos limítrofes". 
 Revisión de 1929-II-. Por razones de urgencia, la reforma 
constitucional realizada en enero de 1929 solamente se 
limitó al Artículo 3, pero fue reconocida, en principio, la 
necesidad de una nueva revisión de la constitución, que 
respondiera a los fines políticos de la republica al efecto, 
en un mes escaso después de finalizar a la labor de la 
asamblea revisora, el presidente del senado, Lic. Gustavo 
Díaz en la sección del 11 de feb. Propuso se nombrase 
una comisión Interparlamentaria que compuesta de tres 
senadores y cuatro diputados procediera a reparar la 
revisión de la constitución, recogiendo las observaciones 
sobre él pudieron ofrecer los magistrados del orden 
judicial y los juristas del país. 
 Revisión de 1934. la iniciativa de esta revisión 
correspondió al presidente de la República, dictador 
Trujillo Molina quien en necesidad de algunas reformas 
con el objeto de subsanar ciertas diferencias y errores, y 
de que su texto fuera más prefecto y permitiera realizar 
de modo más eficaz “los propósitos que se 
inspira muestra organización política-administrativa" 
 Revisión de 1942. principales reformas introducidas por 
la reducción hecha en ese año a iniciativa del 
generalísimo Dr. Rafael Leónidas Trujillo Molina, en su 
condición de jefe supremo del partido dominicano. 
a. Atribuciones de la capacidad política de la 
mujer casada. 
b. Consignación expresa del hombre del país 
c. Su presión de la vicepresidencia de la republica 
d. Disposición a favor de los hombres de trabajo
 Reforma de 1947. El presidente de la republica 
dominicana, Rafael Leónidas Trujillo presento ante el 
presidente del senado el Lic. Manuel de Jesús Troncoso 
de la Concha, el 9 de oct., de 1946 la propuesta de 
reforma de la constitución en sus artículos 94 y 95, con el 
propósito de establecer en el país un sistema bancario y 
monetario propio. 
 Reforma de 1955. La reforma constitucional de1 1955 fue 
propuesta a través de un mensaje dirigido al presidente 
del senado Lic. Porfirio Herrera el 12 de octubre de ese 
año por el presidente de la republica, Héctor B. Trujillo 
Molina, donde dicho mensaje estuvo acompañado del 
proyecto de ley correspondiente. 
 Revisión 1959. Hasta la vigencia de la constitución de 
1955, el ordenamiento político jurídico dominicano 
relativo con los mecanismos necesarios para la reforma 
de la carta sustantiva descanso en el principio de derecho 
constitucional que reconoce como constituciones Rígidas 
aquellas que una vez sancionadas por una" asamblea 
especial establecida o apoderada por ello únicamente y 
que no pueden ser modificadas sino por una asamblea de 
la misma naturaleza, y por los organismos que ella 
establece para el ejercicio del gobierno ordinario". 
 Reforma de 1960-I-. Las tres décadas de la férrea 
dominación dictatorial habían producido un fuerte 
movimiento de resistencia interna en el país. Ello dio 
lugar a que el presidente de la republica, Héctor Trujillo 
Molina solicitara al congreso nacional que declarara la 
necesidad de reformar la constitución del estado para 
introducir enmiendas que incluirían la pena de para 
quienes practiquen el terrorismo en el país.
 Reforma de 1960-II-. Desde años antes el régimen 
dictatorial que gobierno el país durante 30 años, venia 
confrontando problema a nivel internacional con aquellos 
países democráticos que dieron su apoyo a la causa de la 
liberación dominicana. Ya en la reforma constitucional de 
1949 fue consignado el principio de la no intervención 
como una norma política institucional. 
 Reforma de 1961. El 30 de mayo de 1961 se produjo el 
decapita miento del régimen dictatorial que había 
gobernado el país desde 1930. el retorno de la nación al 
concierto de países democráticos de América latina y del 
mundo fue un imperativo nacional. Se iniciaba pues, la 
apertura del proceso democrático e institucional del 
estado. Una de las primeras medidas oficiales dirigidas a 
la democratización del país la constituyo la propuesta 
hecha para modificar la carta sustantiva, por el 
presidente Joaquín Balaguer, mediante el mensaje del 25 
de Sep. De 1961. 
 Reforma de 1962. El consejo del estado desde la 
proclamación de la constitución votada en 1961 venia 
ejerciendo los poderes legislativo y ejecutivo. Ya al temor 
del artículo 123 de la constitución, el consejo del estado, 
después de hechas las reformas que procedan 
en materia electoral, convocara a elecciones de 
representantes a una asamblea revisora de la 
constitución. 
 Revisión de 1963. La constitución de 1961 había 
conferido mandato al consejo del estado para convocar a 
elecciones representantes de una asamblea revisora de la 
constitución, la cual no pudo llevarse a cabo en la fecha 
prevista en la citada ley que 5968 del 20 de junio de 1962.
Esto es, a más tardar el 15 de agosto de 1962. Por los 
dichos consejos de estado sanciona a la ley número 6050 
del 23 de septiembre de 1962, que convoca a una 
asamblea revisora. 
 Acto institucional del 1965. El ensayo de gobierno 
democrático surgió de la libérrimas elecciones del 20 de 
diciembre 1962 quedó frustrado por un injustificado 
cuartelazo militar, a penas a 7 meses de haber iniciado el 
ejercicio del poder el gobierno constitucional que en lo 
que iba de siglo mas tributo y respeto rindiera a las 
libertades públicas y a los derechos el hambre. El golpe 
militar del 25 de diciembre del 1963, por medio del 
manifiesto dirigido al pueblo dominicano por 
los comandos de las fuerzas armadas y la policía nacional 
que depusieron al ex presidente de la republica Juan 
Bosch, declaro "Inexistente la ultima constitución de la 
republica votada por la constituyente surgida de las 
últimas elecciones generales. 
 Revisión de 1966. En cumplimiento de lo dispuesto por el 
artículo 53 del acto institucional de 1965 el Dr. Joaquín 
Balaguer presidente de la republica a partir del 1 de julio 
de 1966, en fecha 19 de julio de ese mismo año, se dirigió 
al presidente del senado con el propósito de que el 
congreso nacional determinara los medios por los cuales 
debía integrarse la asamblea constituyente, encargado de 
tomar una decisión sobre el problema constitucional. 
Adjunto al mensaje presidencial figuro el proyecto de ley 
correspondiente. Por ser la última modificación hecha a 
nuestra constitución, y por entender algunos postulados, 
detallemos algo más que los anteriores.
 Reforma de 1994. La constitución de 1966 representa el 
proceso de evolución de nuestro ordenamiento 
sustantivo de la de mayor tiempo de vigencia de las 34 
enmiendas que le presidieron, al regular la actividad el 
estado dominicano y sus administrados por espacios de 
casi 3 décadas. Sin embargo su conformación política 
jurídica y administrativa resultaba meno que otras que le 
antecedieron, como el 6 de Nov. De 1984 y la del 29 de 
abril de 1963.Sus postulado y la misma organización de 
las instituciones superiores, no respondieron a la 
concepción de la escuela de pensamiento en boga 
sostenedora de la reconstitución funcional del estado que 
como un imperativo histórico demanda nuestro pueblo 
en busca del afianzamiento de la institucionalidad 
democrática y de un porvenir excluyente de la irritantes 
distorsiones sociales económicas existentes en la 
comunidad nacional. 
 Reforma del 2002-I-. En el año 2002 en congreso trató de 
modificar la constitución en cuanto a que en vez de un 
partido ganar la presidencia de la república con el 50% 
más un voto, trataron de que fuera el 40% más un voto 
en una primera vuelta el cual no fue aprobado. De igual 
modo se aprobó la reelección presidencial la cual fue 
prohibida en la reforma de 1994. 
 Reforma del 2002-II-. Situación creada por la reelección 
de los jueces de la junta central electoral (JCE). En 
consecuencia de esta reelección, dos de los partidos 
mayoritarios, partido de la liberación dominicana (PLD) y 
el partido reformista social cristiano (PRSC) llamaron 
al diálogo al partido mayoritario el partido revolucionario
dominicano (PRD). El principal y primer tema de 
este dialogo fue el de la JCE. En ese diálogo se acordó 
modificar la constitución, estableciendo pues, la división 
de la JCE en dos cámaras, una contenciosa y otra 
administrativa. También sé elevó el número de jueces 
titulares de la JCE de 7 a 9. 
I. El Poder Legislativo lo ejerce un Congreso de la 
República, compuesto de un Senado y una Cámara de 
Diputados. 
La elección de Senadores y de Diputados se realiza por 
voto directo. Los cargos de Senador y de Diputado son 
incompatibles con cualquier otra función o empleo de 
la Administración Pública. 
El Senado está compuesto por 30 miembros, uno por 
cada provincia y uno por el Distrito Nacional y su 
ejercicio dura un período de cuatro años. 
Son atribuciones del Senado: 
1- Elegir al Presidente y demás miembros de la Junta 
Central Electoral y sus suplentes. 
2- Elegir los miembros de la Cámara de Cuentas. 
3- Aprobar o no los nombramientos de funcionarios 
diplomáticos que expida el poder Ejecutivo. 
4- Conocer de las acusaciones formuladas por la 
Cámara de Diputados contra los funcionarios públicos 
elegidos para un período determinado, por 
mala conducta o faltas graves en el ejercicio de 
sus funciones. 
En materia de acusación, el Senado no puede imponer 
otras penas que las de destitución del cargo. La 
persona destituida quedará sin embargo, sujeta si 
hubiere lugar, a ser juzgada con arreglo a la Ley. El
Senado no puede destituir a un funcionario cuando lo 
acuerde por lo menos el voto de las tres cuartas partes 
de la totalidad de los miembros. 
La Cámara de Diputados se compone de miembros 
elegidos cada cuatro años por el pueblo de las 
provincias y del Distrito Nacional, a razón de uno por 
cada cincuenta mil habitantes o fracción de más de 
veinticinco mil, sin que ningún caso sean menos de dos. 
Ahora son 120 miembros. 
Es atribución exclusiva de la Cámara de Diputados 
ejercer el derecho de acusar ante el Senado a los 
funcionarios públicos por mala conducta o por faltas 
graves en el ejercicio de sus funciones. La acusación no 
puede formularse sino con el voto de las tres cuartas 
partes de la totalidad de los miembros de la Cámara. 
Conclusión 
Para concluir sobre el tema de la constitución de la 
Republica Dominicana y reformas unas experiencias 
breves de este tema. 
La experiencia de todos fue buena y nos divertimos todos 
dieron ideas buenas y malas 
Al final isimos el trabajo y todo fue bien.
Fuentes de consulta 
http://www.monografias.com/trabajos16/constitucion-dominicana. 
shtml#ixzz3HfTpE922 
https://espanol.answers.yahoo.com/question/index?qid= 
20071129183437AABfBAn 
http://www.definicionabc.com/general/constitucion.php 
#ixzz3HfJ0Z1Yu 
http://www.jmarcano.com/mipais/historia/const1.html 
http://definicion.de/constitucion/#ixzz3HfFkjnlk 
http://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n 
http://deconceptos.com/ciencias-juridicas/constitucion

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIA
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIALA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIA
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIAEDWIN RONALD CRUZ RUIZ
 
Resumen Constitución Política Panamá
Resumen Constitución Política PanamáResumen Constitución Política Panamá
Resumen Constitución Política Panamáabdymartinez
 
Constitución política y defensa nacional i
Constitución política y defensa nacional iConstitución política y defensa nacional i
Constitución política y defensa nacional ianabnatha
 
CONSTITUCIÓN DE 1972 Y EL NUEVO ORDEN POLÍTICO
CONSTITUCIÓN DE 1972 Y EL NUEVO ORDEN POLÍTICOCONSTITUCIÓN DE 1972 Y EL NUEVO ORDEN POLÍTICO
CONSTITUCIÓN DE 1972 Y EL NUEVO ORDEN POLÍTICOCristina Zambrano
 
Constitucion politica de 1993
Constitucion politica de 1993Constitucion politica de 1993
Constitucion politica de 1993Miriam HC
 
LAS CONSTITUCIONES PERUANAS
LAS CONSTITUCIONES PERUANASLAS CONSTITUCIONES PERUANAS
LAS CONSTITUCIONES PERUANASiehonoriodelgado
 
La defensoria de los habitantes de costa rica
La defensoria de los habitantes de costa ricaLa defensoria de los habitantes de costa rica
La defensoria de los habitantes de costa ricaandrespolymer
 
Derecho comparado . constitucional
Derecho comparado . constitucionalDerecho comparado . constitucional
Derecho comparado . constitucionalclaudiagodoy1616
 
Anexo- Constituciones del peru
Anexo- Constituciones del peruAnexo- Constituciones del peru
Anexo- Constituciones del peruMiriam HC
 
Sociedad, Estado, Estado Venezolano y Poderes Públicos en Venezuela
Sociedad, Estado, Estado Venezolano y Poderes Públicos en VenezuelaSociedad, Estado, Estado Venezolano y Poderes Públicos en Venezuela
Sociedad, Estado, Estado Venezolano y Poderes Públicos en Venezuelajuliomedina1498
 
Constitución de 1991 20 años después
Constitución de 1991 20 años despuésConstitución de 1991 20 años después
Constitución de 1991 20 años despuésGonzalo Ramirez
 

La actualidad más candente (18)

Reforma constitucional
Reforma constitucional Reforma constitucional
Reforma constitucional
 
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIA
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIALA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIA
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y SU HISTORIA
 
Resumen Constitución Política Panamá
Resumen Constitución Política PanamáResumen Constitución Política Panamá
Resumen Constitución Política Panamá
 
derecho constitucional comparado
derecho constitucional comparadoderecho constitucional comparado
derecho constitucional comparado
 
Constitución política y defensa nacional i
Constitución política y defensa nacional iConstitución política y defensa nacional i
Constitución política y defensa nacional i
 
CONSTITUCIÓN DE 1972 Y EL NUEVO ORDEN POLÍTICO
CONSTITUCIÓN DE 1972 Y EL NUEVO ORDEN POLÍTICOCONSTITUCIÓN DE 1972 Y EL NUEVO ORDEN POLÍTICO
CONSTITUCIÓN DE 1972 Y EL NUEVO ORDEN POLÍTICO
 
Constitucion politica de 1993
Constitucion politica de 1993Constitucion politica de 1993
Constitucion politica de 1993
 
LAS CONSTITUCIONES PERUANAS
LAS CONSTITUCIONES PERUANASLAS CONSTITUCIONES PERUANAS
LAS CONSTITUCIONES PERUANAS
 
La defensoria de los habitantes de costa rica
La defensoria de los habitantes de costa ricaLa defensoria de los habitantes de costa rica
La defensoria de los habitantes de costa rica
 
Diapositivas asamblea01
Diapositivas asamblea01Diapositivas asamblea01
Diapositivas asamblea01
 
El preámbulo
El preámbuloEl preámbulo
El preámbulo
 
Derecho comparado . constitucional
Derecho comparado . constitucionalDerecho comparado . constitucional
Derecho comparado . constitucional
 
Anexo- Constituciones del peru
Anexo- Constituciones del peruAnexo- Constituciones del peru
Anexo- Constituciones del peru
 
Constitucion politica estructura
Constitucion politica estructuraConstitucion politica estructura
Constitucion politica estructura
 
Sociedad, Estado, Estado Venezolano y Poderes Públicos en Venezuela
Sociedad, Estado, Estado Venezolano y Poderes Públicos en VenezuelaSociedad, Estado, Estado Venezolano y Poderes Públicos en Venezuela
Sociedad, Estado, Estado Venezolano y Poderes Públicos en Venezuela
 
Constitución de 1991 20 años después
Constitución de 1991 20 años despuésConstitución de 1991 20 años después
Constitución de 1991 20 años después
 
Reformas de la Constitucion Argentina
 Reformas de la Constitucion Argentina Reformas de la Constitucion Argentina
Reformas de la Constitucion Argentina
 
Constitucion que es
Constitucion que esConstitucion que es
Constitucion que es
 

Similar a Rance 2 imprimir

Tema 4 la constitucion
Tema 4 la constitucionTema 4 la constitucion
Tema 4 la constitucionAlbert Ramirez
 
Tema4laconstitucion 120720173605-phpapp01
Tema4laconstitucion 120720173605-phpapp01Tema4laconstitucion 120720173605-phpapp01
Tema4laconstitucion 120720173605-phpapp01Belkis Hernandez
 
Constitucion de 1811
Constitucion de 1811Constitucion de 1811
Constitucion de 1811JoHan TofiÑo
 
La-constitución-dominicana
La-constitución-dominicanaLa-constitución-dominicana
La-constitución-dominicanaIsa Digital
 
A través de la historia.
A través de la historia.A través de la historia.
A través de la historia.memoylamona
 
Principales Constituciones y Codigos de la Republica Bolivariana de Venezuela
Principales Constituciones y Codigos de la Republica Bolivariana de VenezuelaPrincipales Constituciones y Codigos de la Republica Bolivariana de Venezuela
Principales Constituciones y Codigos de la Republica Bolivariana de VenezuelaMinisterio de energía electrica
 
A través de la historia.
A través de la historia.A través de la historia.
A través de la historia.memoylamona
 
Instruccincvica 090605012524-phpapp01
Instruccincvica 090605012524-phpapp01Instruccincvica 090605012524-phpapp01
Instruccincvica 090605012524-phpapp01Rocio Villalba
 
Historia De Colombia 1
Historia De Colombia 1Historia De Colombia 1
Historia De Colombia 1guestd9b169
 
Cuadro sinopticoQue es Constitucion
Cuadro sinopticoQue es Constitucion Cuadro sinopticoQue es Constitucion
Cuadro sinopticoQue es Constitucion Oscar Tellez
 
Presentacion jura dela constitucion
Presentacion jura dela constitucionPresentacion jura dela constitucion
Presentacion jura dela constitucionjoelberrielhernandes
 
El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica Informe
El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica InformeEl Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica Informe
El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica InformeCarlos Macallums
 

Similar a Rance 2 imprimir (20)

Tema 4 la constitucion
Tema 4 la constitucionTema 4 la constitucion
Tema 4 la constitucion
 
La CRBV_IAFJSR
La CRBV_IAFJSRLa CRBV_IAFJSR
La CRBV_IAFJSR
 
Tema4laconstitucion 120720173605-phpapp01
Tema4laconstitucion 120720173605-phpapp01Tema4laconstitucion 120720173605-phpapp01
Tema4laconstitucion 120720173605-phpapp01
 
Constitucion de 1811
Constitucion de 1811Constitucion de 1811
Constitucion de 1811
 
La-constitución-dominicana
La-constitución-dominicanaLa-constitución-dominicana
La-constitución-dominicana
 
Congreso de la república
Congreso de la repúblicaCongreso de la república
Congreso de la república
 
A través de la historia.
A través de la historia.A través de la historia.
A través de la historia.
 
Constitucion
ConstitucionConstitucion
Constitucion
 
Constitucion que es
Constitucion que esConstitucion que es
Constitucion que es
 
Constitucion
ConstitucionConstitucion
Constitucion
 
Principales Constituciones y Codigos de la Republica Bolivariana de Venezuela
Principales Constituciones y Codigos de la Republica Bolivariana de VenezuelaPrincipales Constituciones y Codigos de la Republica Bolivariana de Venezuela
Principales Constituciones y Codigos de la Republica Bolivariana de Venezuela
 
las redes sociales
las redes socialeslas redes sociales
las redes sociales
 
A través de la historia.
A través de la historia.A través de la historia.
A través de la historia.
 
Instruccincvica 090605012524-phpapp01
Instruccincvica 090605012524-phpapp01Instruccincvica 090605012524-phpapp01
Instruccincvica 090605012524-phpapp01
 
Historia De Colombia 1
Historia De Colombia 1Historia De Colombia 1
Historia De Colombia 1
 
Cuadro sinopticoQue es Constitucion
Cuadro sinopticoQue es Constitucion Cuadro sinopticoQue es Constitucion
Cuadro sinopticoQue es Constitucion
 
Diapositivas trabajo politica
Diapositivas trabajo politicaDiapositivas trabajo politica
Diapositivas trabajo politica
 
Educación y Constitución de 1925
Educación y Constitución de 1925Educación y Constitución de 1925
Educación y Constitución de 1925
 
Presentacion jura dela constitucion
Presentacion jura dela constitucionPresentacion jura dela constitucion
Presentacion jura dela constitucion
 
El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica Informe
El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica InformeEl Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica Informe
El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica Informe
 

Último

1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptxArianaNova1
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguerofreddymendoza64
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxAgrandeLucario
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxMarioCasimiroAraniba1
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoMarioCasimiroAraniba1
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasGvHaideni
 

Último (20)

1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx pptPRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
PRESENTACION HABEAS CORPUS Y HABER.pptx ppt
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docxcontestación de demanda Alimentos Jesús.docx
contestación de demanda Alimentos Jesús.docx
 
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger AlvaradoApelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
Apelación de Sentencia Alimentos Roger Alvarado
 
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivasSistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
Sistemas jurídicos contemporáneos diapositivas
 

Rance 2 imprimir

  • 1. Liceo Técnico y Profesional San José fe y alegría Asignatura: Educación moral y cívica Sustentados: Evans Ramírez #:31 Ramón Pichardo #:32 Federico Reyes #:33 Frederin Rosario #:35 2B de bachillerato Profesor/a: Lic.Elercido A. Jiménez Directora: Sor Iris Lugar de entrega: Liceo Técnico y Profesional San José fe y alegría Fecha de entrega:
  • 2. Índice 1. Introducción (pág. 1) 2. Desarrollo (pág. 1-22) Conceptos de constitución (pág. 1-3) Orígenes de la constitución Dominicana (pág. 3-8) La importancia de la constitución en un país (pág. 8- 9) Las diferentes reformas constitucionales (pág. 9-22) 3. Conclusión (pág. 22) 4. Fuentes de consulta(pag 23)
  • 3. Introducción La Constitución (del latín cum- 'con, en conjunto' y statuere 'establecer', a veces llamada también carta magna o carta fundamental) es la norma suprema de un Estado de derecho soberano, es decir, la organización establecida o aceptada para regirlo. La Constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de estos con sus ciudadanos, determinando así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Este documento busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades. Desarrollo Conceptos de constitución La Constitución es la ley suprema de un Estado que establece su organización, su funcionamiento,
  • 4. su estructura política y los derechos y garantías de los habitantes de ese estado. Se llama precisamente Constitución pues “constituye” la nación políticamente organizada, le da sus principios, y la distingue de otros estados. Está precedida generalmente de un preámbuloque establece sus antecedentes y sus fines. El vocablo surgió de la unión de dos palabras latinas “cum” que significa “con” y “statuere” que quiere decir “establecer Es la ley de las leyes o la madre de todas las demás normas, pues si las otras están en contradicción con ella, pueden ser declaradas inconstitucionales. La Constitución es obra del poder constituyente, ejercido por el pueblo, que en las democracias, es donde reside el poder soberano, que establece los poderes constituidos (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial) mediante un contrato social donde se llega a acuerdos sobre la organización del país y las libertades individuales en vistas a los ideales comunes y al bienestar general. Constitución es la acción y efecto de constituir (formar, fundar, componer, erigir). La constitución es la esencia de algo que lo constituye como es y lo diferencia de otras cosas.
  • 5. La constitución es la ley fundamental sobre la que se asienta un estado determinado con todo su andamiaje jurídico. Orígenes de la constitución Dominicana Luego de organizarse la Junta Central Gubernativa el día 1 de marzo de 1844, ésta adoptó como constitución el Manifiesto trinitario del 16 de enero de ese año. En julio de ese mismo año, el General Pedro Santana se adueñó de la Presidencia de la Junta Central Gubernativa y los miembros de la misma se atribuyeron la calidad de Diputados. El 24 de julio de 1844, la Junta Central Gubernativa dictó un decreto, a manera de Ley Electoral, convocando a los pueblos a elegir los miembros de la Asamblea Constituyente que debía redactar la nueva Constitución de la República. Los días del 20 al 30 de agosto fueron señalados para reunirse las Asambleas Electorales. El Congreso Constituyente, además de redactar el Pacto Fundamental de la República, tenía el encargo de elegir el primer Ejecutivo Constitucional, y debía iniciar sus labores el 20 de septiembre. Una vez electos, los diputados constituyentes se reunieron solemnemente en San Cristóbal a partir del 21 de septiembre de 1844. La elección de San Cristóbal, a
  • 6. unos treinta kilómetros de la capital, se hizo, según la afirmación del cónsul francés Eustache Juchereau de Saint-Denys, a fin de dejar a los diputados "toda la libertad de opinión y de acción y de sustraerlos a la influencia perniciosa del espíritu de partido". En principio se escogió el poblado de Guerra pero, debido a la falta de facilidades, el mismo Congreso Constituyente decretó el traslado a San Cristóbal. Para presidente del Congreso fue elegido Manuel María Valencia, Diputado por Santo Domingo, y el día 26 del mismo mes una comisión de la Junta Central Gubernativa, escoltada por una compañía de dragones, fue a felicitar a los constituyentes por su instalación, pronunciando con tal motivo un largo discurso Tomás de Bobadilla, quien encabezaba la comisión. Pero el acto formal de presentarse ante el Congreso Constituyente un portavoz del organismo que provisionalmente dirigía los destinos de la República, tenía dos objetivos principales: uno, el propósito de reconocerle u otorgarle a la Asamblea facultades especiales propias de un Congreso Nacional ordinario, ya que el discurso de Bobadilla en parte era un informe de las principales actividades del Poder Ejecutivo durante el tiempo que llevaba de vida la República; y el otro, recordarle a los constituyentes cuáles eran el tono y el compás de la política en aquellos momentos; en cuya virtud el orador se expresó en forma tal que los diputados pudiesen sacar sus propias conclusiones.
  • 7. Hallándose el Congreso ocupado en las tareas preparatorias de su reglamento interior y del proyecto de Constitución, se produjo el primer rozamiento entre ese cuerpo legislativo y la Junta, con motivo de haberle remitido el organismo que ejercía las funciones del Poder Ejecutivo un proyecto de empréstito a los constituyentes para que, actuando como Congreso ordinario, conociesen de él y le diesen su aprobación. La citada operación financiera había sido convenida entre el súbdito inglés Herman Hendrik, “vecino de la ciudad de Londres” y tres representantes nombrados por la Junta Central Gubernativa, por la cantidad de 1,500,000 libras esterlinas, pagaderos en treinta años al 5% de interés anual; operación que fue rechazada por el Congreso por considerarla demasiado usuraria y excesivamente perjudicial para la Nación. La votación en contra del proyecto enviado por la Junta fue unánime. Santana nunca consideró la posibilidad de un rechazo y su indignación al tener conocimiento de la decisión del Congreso se manifestó por medio de un decreto de la Junta Central Gubernativa, de acuerdo con el cual este organismo se atribuía la facultad de enjuiciar a los legisladores por el crimen de traición a la Patria, y cuyos términos les fueron comunicados a los constituyentes, advirtiéndoles que desde aquel momento el organismo que ejercía las funciones del Poder Ejecutivo, ... asumía en sí todos los poderes hasta que fuera sancionada la Constitución y que, por consiguiente, la
  • 8. Asamblea debía limitarse a sólo la formación del Pacto Fundamental del Estado, haciéndola responsable de los perjuicios que pudieran resultar a la Nación si persistía en sus propósitos. Esta actitud de la Junta llenó de alarma a los constituyentes por lo que el Diputado Buenaventura Báez, planteando la cuestión vital de inmunidad de los legisladores, sometió una moción que, al ser aprobada por la Asamblea, dio origen a una declaración consagrando la inviolabilidad de los miembros del Congreso Constituyente. De allí en adelante los constituyentes pusieron gran cuidado en redactar una Carta que restringiera las facultades del Poder Ejecutivo. Una comisión integrada por Vicente Mancebo, Buenaventura Báez, Manuel María Valencia, Julián de Aponte y Andrés Rosón, preparó el programa de la Constitución y presentó el proyecto de la misma el día 22 de octubre. El proyecto aprobado estableció el Gobierno esencialmente civil, republicano, popular, representativo, electivo y responsable; mantuvo como límites de la República los de la antigua colonia española de Santo Domingo, dejando así sentado el desconocimiento de la ocupación mantenida por los haitianos en los pueblos de San Miguel de la Atalaya, San Rafael, Hinca y Las Caobas, para cuya representación el Congreso decidió elegir diputados; concedió amplias facilidades para la
  • 9. inmigración, y estableció como sistema electoral el del voto indirecto. Estableció el principio de que el Poder Legislativo es el representante de la soberanía nacional, y colocó al Poder Judicial en posición independiente, mientras que al Ejecutivo lo sujetó a normas. Cuando Santana y sus asesores estudiaron el proyecto se sintieron inconformes porque consideraron que el mismo dejaba poco campo de acción al Presidente de la República para actuar con la prontitud que las circunstancias del país lo exigían. Santana se negó a aceptar ser elegido como Presidente si se mantenía el texto de la Constitución como estaba, aduciendo que el Poder político en la República Dominicana debía ser militar y no civil, pues el estado de guerra así lo demandaba. Al principio, los miembros del Congreso Constituyente se mostraron reticentes a aceptar las exigencias de Santana produciéndose una crisis política que mantuvo una gran tensión entre la Asamblea y la Junta Central Gubernativa, incluyendo movimientos de tropa que llegaron hasta el propio San Cristóbal. Finalmente, esta crisis se resolvió cuando, a instancias de Tomás Bobadilla (aunque el cónsul Saint-Denys se atribuyó la autoría), se incluyó un nuevo artículo en el texto constitucional, artículo que resultó ser el número 210 de la Constitución y que decía:
  • 10. Durante la guerra actual y mientras no esté firmada la paz, el Presidente de la República puede libremente organizar el ejército y la armada, movilizar las guardias nacionales y tomar todas las medidas que crea oportunas para la defensa y la seguridad de la Nación; pudiendo en consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y decretos que convengan, sin estar sujeto a responsabilidad alguna. Una vez aprobada la adición del artículo al texto constitucional, el Ejecutivo no halló más objeción que hacer. En esta forma la Constitución fue promulgada el 6 de noviembre de 1844. La importancia de la constitución en un país La constitución de un país diseña la estructura del Estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales. Contiene una amplia declaración de derechos individuales, derecho al trabajo, a la vivienda, a la educación, a la libertad de expresión etc. Garantizar la convivencia democrática dentro de las leyes conforme a un orden económico y social justo. Consolida un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular. Proteger a los pueblos en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones. Promueve el progreso de la cultura y de la economía
  • 11. para asegurar a todos una digna calidad de vida. Colabora en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra. Por oposición, cualquier ley que contradiga esa estructura fundamental se dice que es inconstitucional y no debe entrar a formar parte del ordenamiento jurídico de una nación. La constitución es la base del derecho en un país, delimita los derechos y obligaciones y de ella emanan todas las leyes. la constitución es algo así como la esencia de la nación y todos debemos acatarnos a ella ya que es la única arma que tenemos para llegar a conocer los ideales de justicia, aunque muchas veces este alejada, pero te defino como dice kelsen, la justicia es una cualidad posible, en la cual el comportamiento de un hombre es justo, si se adecúa a un ordenamiento social supuestamente justo. Así que no hay de otra, sea o no justa la constitución, debe ser el alma de la nación. Las diferentes reformas constitucionales
  • 12.  Reforma del 1854. Los inconvenientes del texto constitucional de febrero de 1854 ofrecían en su aplicación y estado de anormalidades que se desenvolvía la vida de la Republica por cuestiones de índole interna y externa, provocaron bien pronto la necesidad de una nueva revisión de la ley sustantiva. Partió de la iniciativa de poder ejecutivo a ala sazón presidio el general Pedro Santana, quien por decreto del 25 de sep. Del mismo del 1854 convoco, con carácter extraordinario al congreso.  Constitución del 1858. Las medidas del carácter financiero tomadas por el gobierno del presidente Buenaventura Báez en el mes de mayo del 1857, basadas en la facultad concedida por el senado consultor para emitir papel moneda por el valor de 18 millones de pesos tuvieron la oposición de las provincias cibaeñas por considerarlas atentatorias a sus interese y creerlas dirigidas contra ellas.  Reforma del 1865. La anexión a España realizada por el Gral. Pedro Santana y aceptada por la reina Isabel II interrumpió la vida constitucional de la Rep.Dom. : Santo Domingo se convirtió en provincia española y, como el resto del ultramar, quedó sometida a un régimen especial, según determinaba el artículo 80 de la Constitución de la monarquía Española de 1865, vigente en aquel tiempo.  Reforma de 1866. La oposición desarrollada por determinados sectores de la opinión pública contra la política seguida por el general Buenaventura Báez en su tercer período presidencial, al extenderse al Cibao desde las provincias del sur, se concretó en un movimiento revolucionario que acabó por derrocar al
  • 13. gobierno. El manifiesto en Santiago del 24 de abril y adhesión que a él hicieron ciertos elementos políticos de la capital, así como la "manifestación al gobierno y al pueblo Dominicano" firmado por Cabral en Curazao el 26 del mismo mes, presentan las características de no ser sino listas de imputaciones contra la administración de Báez, entre las que se merecen destacarse la que lo acusa de "…desconocer la Constitución y restablecer el texto de diciembre del 1854…la misma que regía cuando se hizo la anexión y sirvió las miras del gobierno que vendió a la República…, así como el de elegir colaboraciones entre individuos de ideas antinacionales".  Reforma de 1868. El triunfo del levantamiento de 1866, que derroca al gobierno del presidente Báez, no impidió que este, desde el destierro, contando con un fuerte núcleo de opinión favorable a su persona, realizará la reorganización de las fuerzas que les seguían, con la intención da asumir nuevamente la dirección del estado. La disconformidad con la gestión gubernamental del presidente Cabral y, en particular, con su política exterior con el intento de venta o arrendamiento de Samaná a los americanos, facilitó el logro de las aspiraciones del ex presidente Báez, y así vemos que, escasamente un año después del exilio de éste, la revolución que partió del Cibao se preparó para revocar al gobierno luego de lanzarle acusaciones en el manifiesto de oct. de 1867.  Revisión de 1872. Las modificaciones hechas el 1868 al texto de la Constitución reformada en dic. de 1854, no la habían alterado de un modo apreciable ni en lo que se refiere a sus principios políticos ni aún en aquellas reglas que las variaciones producidas en la vida de la República
  • 14. Dominicana habían dejado de hecho sin efecto, o que, desde su origen, respondieron más bien a un deseo que a una realidad, por lo que se produce a su modificación sin importar el caso de que la Constitución de 1854 en que mejor se adaptara a Báez.  Revisión de 1874. Durante el cuarto período de Báez se reprodujeron en el orden internacional, las mismas inclinaciones políticas de los primeros años de la vida de la nación Dominicana. Esto es: una potencia extranjera, concretamente a Estados Unidos. Propósito éste que fracasó aunque se llegara a ceder en arrendamiento a una compañía americana en términos tales, que el territorio enajenado quedaba fuera de la soberanía Nacional.  Reforma de 1875. Sofocada la insurrección armada que había estallado en Santiago de los Caballeros el día 5 de agosto del 1874, y vuelta a favor del presidente de la República, invistió a éste con poderes dictatoriales y negó la Constitución. Aceptada por Gonzáles la plenitud del poder, fue disuelto el congreso en fecha 15 de septiembre iniciando el ejercicio de la dictadura, con carácter transitorio, en tanto el país se diera el pacto fundamental que guardase relación con sus necesidades. Para ello, y para otros puntos de interés general, había convocado por decreto de 14 de septiembre, a una convención Nacional.  Reforma de 1887. El general Buenaventura Báez, nuevo en el poder convocó a elecciones por decreto de enero de 1877. Fue adoptada esta medida con la finalidad de elaborar unas Constitución más en armonía con la situación del país y resolver aquellos otros asuntos que la urgencia de su resolución no permitía aplazamiento.
  • 15.  Reforma de 1878. Después del derrocamiento del presidente Gonzales se hace cargo, por quinta vez, de la primera magistratura de la Nación del Gral. Báez, manteniéndose en ella durante sólo 14 meses, a pesar de haberse arrogado a facultades de carácter absoluto, mediante la suspensión de las garantías constitucionales, decretadas en agosto de 1877.  Revisión de 1879. Depuesto del poder el general Ignacio María Gonzales, presidente de la República, a consecuencia de los movimientos revolucionarios originados en las provincias de Cibao y del Seíbo, patrocinados por los generales Gregorio Luperón y Cesáreo Guillermo, fue llamado, después de la rendición de la capital el 2 de septiembre de 1878, el Lic. Don Jacinto Castro, en su calidad de presidente de la suprema corte de justicia, y según el precepto del artículo 61 de la Constitución del Estado, a ocupar la presidencia de la República.  Reforma de 1881. Debido a los incidentes de carácter tendenciosos ocurridos en diferentes lugares del país, incluso en la misma ciudad de Santo Domingo, y al protagonismo existente en el seno del congreso, el presidente de la República, Frenando Arturo de Meriño, decidió asumir poderes discrecionales al suspender la Constitución por Decreto del 30 de mayo.  Reforma de 1887. Una insistente petición popular de reforma de la Constitución decidió al presidente de la República el general Ulises Heureaux, a convocar al poder Legislativo, por Decreto del 27 de junio de 1887, para en
  • 16. sesión extraordinaria, sobre la procedencia de dicha petición. Instalado el congreso Nacional el 4 de julio, bajo la presidencia del diputado José María Arzeno, y efectuada la lectura del mensaje presidencial, favorable a la reforma, en sesiones de los días 6 y 8, fue resuelto pasar éste junto con los documentos anexos a la comisión de lo interior, en solicitud de informe.  Revisión de 1907. El texto constitucional de ese año, como resultado de un largo proceso de reforma del pacto fundamental modificado en 1896, solo dirigió el orden de estado por un efímero lapso de tiempo. Desde la segunda mitad del año 1899, en que se decreto la necesidad de la reforma a esta constitución.  Reforma de 1908. Acababa de pulirse, el día 9 de sep. El texto reformado de 1907, cuando, por un decreto de fecha 20 del mismo mes, se convocó extraordinariamente a los colegios electorales "para que, de conformidad con los artículos 80 y 107de la constitución, se reúnan en las cabeceras de provincias el día 20 de oct. del corriente año (1907) y procedan a la elección de la asamblea constituyente que deberá llevar a efecto la reforma de la constitución política del estado en su articulo 6 y siguientes hasta el articulo final". Por decreto de esa misma fecha se declaro la necesidad de la reforma, por la manera irregular en que se había realizado la anterior.  Reforma de 1924. Como consecuencia del plan Hugues- Peynado, que puso fin a la ocupación norteamericana, fue constituido un gobierno Provisional de la República bajo la presidencia de Don Juan B. Vicini Burgos. Entre sus obligaciones se señalo la de convocar elecciones de representantes a la asamblea constituyente. El 15 de
  • 17. marzo de 1924 se llevaron a cabo estas, con las formalidades requeridas.  Reforma de 1927. La situación creada por las elecciones de 1924, y la necesidad de convocar unas nuevas, provocaron una moción presentada por el senador linares, tendiente a pedir que una asamblea revisora modificara el texto constitucional vigente. Esta propuesta, formulada por la sección del 7 de abril, se concretaba a los siguientes puntos: Proponer la obtención de una armonía conveniente en la duración de los periodos presidenciales, vice-presidencial y de diputados, por medio de una elección de votación única, y revisar los artículos 76 (Ayuntamiento) ,78(Gobernadores) ,104 y 105 (reforma constitucional).  Revisión del 1929-I-.Circunscrita la revisión del articulo tercer grado del texto constitucional vigente por entonces tal como había sido reformado por la revisión de 1927, operada a principios de 1929 se origino, según las propias palabras del mensaje dirigido al congreso nacional, por el presidente Vázquez, en el hacho de que "este (el dicho tercer grado) es inconciliable con la constante negativa de Haití de a venirse a esa disposición (la que disposición la que señalaba como limite occidentales de la republica los mismos que para la parte española de la isla de santo Domingo habían sido fijado por el tratado de Aranjuez 1777) para tratar las diferencias fronterizas", trabaja al deseo del gobierno dominicano " de colocar sus tesis sobre una base de más extensa compresión y mayor amplitud de miras" al iniciar negociaciones directas con el gobierno haitiano que los permitían llegar
  • 18. a una solución ardientemente deseada por unos y otros pueblos limítrofes".  Revisión de 1929-II-. Por razones de urgencia, la reforma constitucional realizada en enero de 1929 solamente se limitó al Artículo 3, pero fue reconocida, en principio, la necesidad de una nueva revisión de la constitución, que respondiera a los fines políticos de la republica al efecto, en un mes escaso después de finalizar a la labor de la asamblea revisora, el presidente del senado, Lic. Gustavo Díaz en la sección del 11 de feb. Propuso se nombrase una comisión Interparlamentaria que compuesta de tres senadores y cuatro diputados procediera a reparar la revisión de la constitución, recogiendo las observaciones sobre él pudieron ofrecer los magistrados del orden judicial y los juristas del país.  Revisión de 1934. la iniciativa de esta revisión correspondió al presidente de la República, dictador Trujillo Molina quien en necesidad de algunas reformas con el objeto de subsanar ciertas diferencias y errores, y de que su texto fuera más prefecto y permitiera realizar de modo más eficaz “los propósitos que se inspira muestra organización política-administrativa"  Revisión de 1942. principales reformas introducidas por la reducción hecha en ese año a iniciativa del generalísimo Dr. Rafael Leónidas Trujillo Molina, en su condición de jefe supremo del partido dominicano. a. Atribuciones de la capacidad política de la mujer casada. b. Consignación expresa del hombre del país c. Su presión de la vicepresidencia de la republica d. Disposición a favor de los hombres de trabajo
  • 19.  Reforma de 1947. El presidente de la republica dominicana, Rafael Leónidas Trujillo presento ante el presidente del senado el Lic. Manuel de Jesús Troncoso de la Concha, el 9 de oct., de 1946 la propuesta de reforma de la constitución en sus artículos 94 y 95, con el propósito de establecer en el país un sistema bancario y monetario propio.  Reforma de 1955. La reforma constitucional de1 1955 fue propuesta a través de un mensaje dirigido al presidente del senado Lic. Porfirio Herrera el 12 de octubre de ese año por el presidente de la republica, Héctor B. Trujillo Molina, donde dicho mensaje estuvo acompañado del proyecto de ley correspondiente.  Revisión 1959. Hasta la vigencia de la constitución de 1955, el ordenamiento político jurídico dominicano relativo con los mecanismos necesarios para la reforma de la carta sustantiva descanso en el principio de derecho constitucional que reconoce como constituciones Rígidas aquellas que una vez sancionadas por una" asamblea especial establecida o apoderada por ello únicamente y que no pueden ser modificadas sino por una asamblea de la misma naturaleza, y por los organismos que ella establece para el ejercicio del gobierno ordinario".  Reforma de 1960-I-. Las tres décadas de la férrea dominación dictatorial habían producido un fuerte movimiento de resistencia interna en el país. Ello dio lugar a que el presidente de la republica, Héctor Trujillo Molina solicitara al congreso nacional que declarara la necesidad de reformar la constitución del estado para introducir enmiendas que incluirían la pena de para quienes practiquen el terrorismo en el país.
  • 20.  Reforma de 1960-II-. Desde años antes el régimen dictatorial que gobierno el país durante 30 años, venia confrontando problema a nivel internacional con aquellos países democráticos que dieron su apoyo a la causa de la liberación dominicana. Ya en la reforma constitucional de 1949 fue consignado el principio de la no intervención como una norma política institucional.  Reforma de 1961. El 30 de mayo de 1961 se produjo el decapita miento del régimen dictatorial que había gobernado el país desde 1930. el retorno de la nación al concierto de países democráticos de América latina y del mundo fue un imperativo nacional. Se iniciaba pues, la apertura del proceso democrático e institucional del estado. Una de las primeras medidas oficiales dirigidas a la democratización del país la constituyo la propuesta hecha para modificar la carta sustantiva, por el presidente Joaquín Balaguer, mediante el mensaje del 25 de Sep. De 1961.  Reforma de 1962. El consejo del estado desde la proclamación de la constitución votada en 1961 venia ejerciendo los poderes legislativo y ejecutivo. Ya al temor del artículo 123 de la constitución, el consejo del estado, después de hechas las reformas que procedan en materia electoral, convocara a elecciones de representantes a una asamblea revisora de la constitución.  Revisión de 1963. La constitución de 1961 había conferido mandato al consejo del estado para convocar a elecciones representantes de una asamblea revisora de la constitución, la cual no pudo llevarse a cabo en la fecha prevista en la citada ley que 5968 del 20 de junio de 1962.
  • 21. Esto es, a más tardar el 15 de agosto de 1962. Por los dichos consejos de estado sanciona a la ley número 6050 del 23 de septiembre de 1962, que convoca a una asamblea revisora.  Acto institucional del 1965. El ensayo de gobierno democrático surgió de la libérrimas elecciones del 20 de diciembre 1962 quedó frustrado por un injustificado cuartelazo militar, a penas a 7 meses de haber iniciado el ejercicio del poder el gobierno constitucional que en lo que iba de siglo mas tributo y respeto rindiera a las libertades públicas y a los derechos el hambre. El golpe militar del 25 de diciembre del 1963, por medio del manifiesto dirigido al pueblo dominicano por los comandos de las fuerzas armadas y la policía nacional que depusieron al ex presidente de la republica Juan Bosch, declaro "Inexistente la ultima constitución de la republica votada por la constituyente surgida de las últimas elecciones generales.  Revisión de 1966. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 53 del acto institucional de 1965 el Dr. Joaquín Balaguer presidente de la republica a partir del 1 de julio de 1966, en fecha 19 de julio de ese mismo año, se dirigió al presidente del senado con el propósito de que el congreso nacional determinara los medios por los cuales debía integrarse la asamblea constituyente, encargado de tomar una decisión sobre el problema constitucional. Adjunto al mensaje presidencial figuro el proyecto de ley correspondiente. Por ser la última modificación hecha a nuestra constitución, y por entender algunos postulados, detallemos algo más que los anteriores.
  • 22.  Reforma de 1994. La constitución de 1966 representa el proceso de evolución de nuestro ordenamiento sustantivo de la de mayor tiempo de vigencia de las 34 enmiendas que le presidieron, al regular la actividad el estado dominicano y sus administrados por espacios de casi 3 décadas. Sin embargo su conformación política jurídica y administrativa resultaba meno que otras que le antecedieron, como el 6 de Nov. De 1984 y la del 29 de abril de 1963.Sus postulado y la misma organización de las instituciones superiores, no respondieron a la concepción de la escuela de pensamiento en boga sostenedora de la reconstitución funcional del estado que como un imperativo histórico demanda nuestro pueblo en busca del afianzamiento de la institucionalidad democrática y de un porvenir excluyente de la irritantes distorsiones sociales económicas existentes en la comunidad nacional.  Reforma del 2002-I-. En el año 2002 en congreso trató de modificar la constitución en cuanto a que en vez de un partido ganar la presidencia de la república con el 50% más un voto, trataron de que fuera el 40% más un voto en una primera vuelta el cual no fue aprobado. De igual modo se aprobó la reelección presidencial la cual fue prohibida en la reforma de 1994.  Reforma del 2002-II-. Situación creada por la reelección de los jueces de la junta central electoral (JCE). En consecuencia de esta reelección, dos de los partidos mayoritarios, partido de la liberación dominicana (PLD) y el partido reformista social cristiano (PRSC) llamaron al diálogo al partido mayoritario el partido revolucionario
  • 23. dominicano (PRD). El principal y primer tema de este dialogo fue el de la JCE. En ese diálogo se acordó modificar la constitución, estableciendo pues, la división de la JCE en dos cámaras, una contenciosa y otra administrativa. También sé elevó el número de jueces titulares de la JCE de 7 a 9. I. El Poder Legislativo lo ejerce un Congreso de la República, compuesto de un Senado y una Cámara de Diputados. La elección de Senadores y de Diputados se realiza por voto directo. Los cargos de Senador y de Diputado son incompatibles con cualquier otra función o empleo de la Administración Pública. El Senado está compuesto por 30 miembros, uno por cada provincia y uno por el Distrito Nacional y su ejercicio dura un período de cuatro años. Son atribuciones del Senado: 1- Elegir al Presidente y demás miembros de la Junta Central Electoral y sus suplentes. 2- Elegir los miembros de la Cámara de Cuentas. 3- Aprobar o no los nombramientos de funcionarios diplomáticos que expida el poder Ejecutivo. 4- Conocer de las acusaciones formuladas por la Cámara de Diputados contra los funcionarios públicos elegidos para un período determinado, por mala conducta o faltas graves en el ejercicio de sus funciones. En materia de acusación, el Senado no puede imponer otras penas que las de destitución del cargo. La persona destituida quedará sin embargo, sujeta si hubiere lugar, a ser juzgada con arreglo a la Ley. El
  • 24. Senado no puede destituir a un funcionario cuando lo acuerde por lo menos el voto de las tres cuartas partes de la totalidad de los miembros. La Cámara de Diputados se compone de miembros elegidos cada cuatro años por el pueblo de las provincias y del Distrito Nacional, a razón de uno por cada cincuenta mil habitantes o fracción de más de veinticinco mil, sin que ningún caso sean menos de dos. Ahora son 120 miembros. Es atribución exclusiva de la Cámara de Diputados ejercer el derecho de acusar ante el Senado a los funcionarios públicos por mala conducta o por faltas graves en el ejercicio de sus funciones. La acusación no puede formularse sino con el voto de las tres cuartas partes de la totalidad de los miembros de la Cámara. Conclusión Para concluir sobre el tema de la constitución de la Republica Dominicana y reformas unas experiencias breves de este tema. La experiencia de todos fue buena y nos divertimos todos dieron ideas buenas y malas Al final isimos el trabajo y todo fue bien.
  • 25. Fuentes de consulta http://www.monografias.com/trabajos16/constitucion-dominicana. shtml#ixzz3HfTpE922 https://espanol.answers.yahoo.com/question/index?qid= 20071129183437AABfBAn http://www.definicionabc.com/general/constitucion.php #ixzz3HfJ0Z1Yu http://www.jmarcano.com/mipais/historia/const1.html http://definicion.de/constitucion/#ixzz3HfFkjnlk http://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n http://deconceptos.com/ciencias-juridicas/constitucion