2. La Constitución Política fija garantías
individuales que son propias de las
personas. Estas garantías se conocen
como derechos humanos y se
definen como el conjunto de
características o atributos de los
seres humanos que no pueden ser
afectados o violados. Estos son: la
vida, la integridad física y síquica, la
dignidad y la libertad.
Dignidad, respeto y libertad
3. Los derechos humanos tienen su origen en la propia
naturaleza del ser humano y, por lo mismo, deben ser
reconocidos a todos y cada uno de los hombres, sin
distinción alguna. El principal sujeto obligado respetar
y garantizar los derechos humanos es el Estado.
¿Por qué el Estado debe
garantizar nuestros derechos?
4. Derechos civiles y políticos: entre
otros, se encuentran el derecho a la
vida, a la integridad física, a la
libertad de opinión, igualdad ante la
ley y a presentar recursos de
protección.
Derechos económicos, sociales y
culturales: entre los que se
encuentran el derecho a la propiedad,
al trabajo digno, a la salud y a la
educación.
Clasificación de los Derechos
Humanos
5. Inherentes al ser humano:
pertenecen a los seres humanos por
el solo hecho de ser personas.
Universales: Son posesión de todos
y cada uno de los hombres en el
mundo.
Inalienables: No se pueden quitar,
porque son parte de la propia
naturaleza del ser humano.
Inviolables: No se pueden o no se
deben transgredir.
Características de los derechos
humanos
6. La Declaración Universal de los
Derechos Humanos fue creada,
firmada y proclamada por la
Asamblea General de las Naciones
Unidas (ONU) el 10 de diciembre de
1948, como respuesta a los horrores y
tragedias que se vivieron en el mundo
durante la Segunda Guerra Mundial,
y como intento de organizar un nuevo
orden internacional.
Declaración Universal de los
Derechos Humanos (DUDH)
8. La Declaración Universal de los
Derechos Humanos se compone de
un preámbulo (introducción) y treinta
artículos, que recogen derechos de
carácter civil, político, social,
económico y cultural.
Los artículos 1 y 2 recogen principios
básicos en los que se sustentan los
derechos: libertad, igualdad,
fraternidad y no discriminación.
Declaración Universal de los
Derechos Humanos (DUDH)
9. Los artículos 3 a 11 recogen derechos de carácter
personal; los artículos 12 a 17 recogen derechos del
individuo en relación con la comunidad; los artículos 18
a 21 recogen derechos y libertades políticas y los
artículos 22 a 27 derechos económicos, sociales y
culturales. Los artículos 28 a 30 recogen las condiciones
y límites con que estos derechos deben ejercerse.
Declaración Universal de los
Derechos Humanos (DUDH)
10. Declaración Universal de los
Derechos Humanos (DUDH)
Aunque no es un documento
obligatorio para los Estados, sirvió
como base para la creación de dos
convenciones internacionales de la
ONU, el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, y el
Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales.
Ambos pactos han sido firmados por
Chile, cosa que compromete
internacionalmente a nuestro Estado a
respetar y hacer valer los DD.HH.
11. Entre los actores que luchan por ellos encontramos a:
Los organismos no gubernamentales (ONG): que luchan o
denuncian las violaciones basando sus reclamos en
argumentos jurídicos y morales. Ejemplo Amnistía
Internacional.
Los funcionarios y expertos que trabajan en los niveles
supraestatales.
Los funcionarios estatales que en su país defienden la
posición del Estado al que pertenecen.
Los educadores cuyo papel es promover el conocimiento y
enseñar la defensa de los Derechos Humanos.
Promoción de los derechos
humanos