Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Consecuencias del cyberbulliyng luisa
1. Ahí algunos problemas legales:
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libertad de expresión vs privacidad y buen nombre.
Inviolabilidad de las comunicaciones vs control efectivo
¿Cuándo el colegio puede monitorear el uso de sus estudiantes en internet?
¿se puede monitorear aparatos digitales de uso personal?
Implicaciones legales:
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Privacidad
Buen nombre
Protección de datos acoso
Explotación sexual infantil y juvenil
Amenazas de muerte (caución)
Inviolabilidad de las comunicaciones.
Ley 679 de 2001
No podrán:
1. Alojar en su propio sitio de imágenes, textos, documentos o archivos audiovisuales que
impliquen directa o indirectamente actividades sexuales con menores de edad.
2. Alojar en su propio sitio material pornográfico, en especial en modo de imágenes o
videos, cuando existan indicios de que las personas fotografiadas o filmadas son menores
de edad.
3. Alojar en su propio sitio vínculos o links, sobre sitios telemáticos que contengan o
distribuyan material pornográfico relativo a menores de edad.
Sanciones administrativas:
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Multa hasta de 100 salarios mínimos vigentes.
Pedir la cancelación o suspensión de la correspondiente página electrónica.
2. Decreto 1524 del 2002
Se entiende por pornografía infantil, toda representación, por cualquier medio, de un
menor de edad dedicado a actividades sexuales explicitas, reales o simuladas, o toda
representación de las partes genitales de un niño con fines primordialmente sexuales.
Ley 1336 de 2009
El que fotografié, filme, grabe, produzca, divulgue, ofrezca, venda, compre, posea, porte,
almacene, trasmita o exhiba, por cualquier medio, para uso personal o intercambio,
representaciones reales de actividad sexual que involucre persona menor de 18 años de
edad, incurrirá a prisión de 10 a 20 años y multa de 150 a 1.500 Salarios mínimos legales
mensuales vigentes.
Igual pena se le aplicara a quien alimente con pornografía infantil base de datos de
internet, con o sin fines de lucro.
Ley 1098 de 2006 código de infancia y adolescencia
Derecho a la intimidad. Los niños, las niñas y los adolecentes tienen derecho a la intimidad
personal, mediante la protección contra toda injerencia arbitraria o ilegal en su vida
privada, la de su familia, domicilio y correspondencia. Así mismo, serán protegidos contra
toda conducta, acción o circunstancia que afecte su dignidad.
Derecho a la integridad personal. Los niños, las niñas y los adolecentes tienen derecho a
ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o
sufrimiento físico, sexual o psicológico.
El sistema de responsabilidad social penal para adolecentes rige para personas que tengan
entre los 14 y 18 años al momento de cometer el hecho punible.
Cuando una persona menor de 14 años incurra en la comisión de un delito solo se le
aplicaran medidas de verificación de la garantía de derechos.
3. Código penal
Lesiones personales/ perturbación psíquica: cuando las conductas señaladas se cometan
en niños y niñas menores de 14 años las respectivas penas se aumentaran el doble.
Violación ilícita de comunicaciones: el que ilícitamente extraiga, oculte, extravié, destruya,
intercepte, controle o impida una comunicación privada dirigida a otra persona, o se
entere indebidamente de su contenido.
Injuria: el que haga a otra persona imputaciones deshonrosas.
Calumnia: el que impute falsamente a otro una conducta típica.
Algunos consejos
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Sumergirse en el mismo mundo virtual que los estudiantes.
Hablar públicamente de sus problemas.
Incluir el tema en los manuales de convivencia.
Conocer el sistema de avisos de youtube.
Conozca los términos y condiciones de uso de las redes sociales (reporte de abuso).
Conocer las configuraciones de privacidad de las redes sociales.