SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 145
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
1
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
SEÑOR PRESIDENTE:
Vienen las presentes actuaciones a Secretaría Relatora a los efectos de
la emisión de dictamen final a los términos del art. 32 de la Ley Nº 1003,
respecto de la rendición de cuentas producida por las autoridades a cargo de
Dirección Provincial de Vialidad, durante el ejercicio 2019.
ANTECEDENTES
A fs. 258/300 la Revisión confecciona el Informe General de la cuenta
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31º de la Ley Nº 1.003.
A fs. 361/405 Secretaría Relatora concreta los reparos, elabora el Pliego
de Observaciones conforme lo establecido por el artículo 32 de la Ley Nº
1.003, y aconseja dar vista de las observaciones formuladas a las autoridades
responsables del ente cuentadante. Asimismo, emplaza para la remisión de los
elementos faltantes a los que se refieren dichas observaciones. Todo ello a fin
de contar con todos los antecedentes y documentación necesarios para su
análisis final.
A fs. 470 obra la cédula de notificación a las autoridades responsables,
las que han sido debidamente diligenciadas por el Receptor del Tribunal.
A fs. 494/681 las autoridades responsables del ente cuentadante
contestan y ofrecen pruebas de descargo.
A fs. 682/752 la Revisión produce su Informe Complementario.
Por lo expuesto, corresponde que esta Secretaría realice el pertinente:
DICTAMEN FINAL
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
2
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
OBSERVACIÓN Nº 1
IRREGULARIDADES Y DEFICIENCIAS DE CONTROL INTERNO
EN RENDICION FONDO FIJO DE TESORERÍA. CUC 880.
De la revisión de los expedientes de rendición de gastos por Fondo Fijo CUC
880 DPV División Tesorería, se observan comprobantes de gastos y
rendiciones que no se hayan conformes a las disposiciones legales y
procedimientos de control interno.
En tal sentido, la reglamentación del ente en materia de Fondo Fijo estableció
los conceptos que pueden ser abonados, los que fueron plasmados en la
Resolución Nº 1199/2018 del Consejo Ejecutivo de fecha 26/12/18, que
dispuso entre otros aspectos, los nuevos valores de los Fondos Fijos de
Tesorería y de las distintas Zonas, con vigencia a partir del 01/01/2019. En los
considerandos se establece que los mismos son para ser utilizados en la
atención de pagos cuya característica, modalidad o urgencia, no permita
aguardar la respectiva provisión de fondos o para los gastos de menor
cuantía, que deban abonarse al contado, para solucionar problemas
momentáneos de servicio o adquirir elementos de escaso valor, cuya
necesidad se presente imprevistamente.
El art. 4º de la norma aludida, establece que “los pagos mayores de 200,00
deben estar pagados con cheque y se debe realizar la correspondiente orden de
compra a nombre del proveedor pertinente”. Dicha situación no ha sido
respetada en casi ninguna de las rendiciones que se analizaron, pero dada su
escasa significatividad respecto de otras irregularidades advertidas no se
observa en este caso.
Asimismo, se desprenden las siguientes consideraciones:
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
3
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
En su art. 2º, se menciona que el monto autorizado por la presente
Resolución, salvo circunstancias especiales que determinará la Dirección, solo
se podrán rotar una vez al mes. Y en su art. 6º fija los montos para el
ejercicio 2019, que para el Fondo Fijo al que se refiere el presente informe fue
de $600.000.
Con posterioridad a ello, y para fecha 19/02/2019, mediante Resolución Nº
14/19 emanada del Administrador ad-referéndum del Consejo Ejecutivo, se
autoriza la ampliación del Fondo Fijo de la División Tesorería en la suma de
$250.000, elevando el mismo a la suma de $850.000. Seguidamente el
Consejo Ejecutivo para fecha 20/02/2019 emitió Resolución Nº 156/19 por la
que aprueba en todos sus términos la Resolución Nº 14/19 de Administración.
Del relevamiento realizado respecto del circuito que siguen los expedientes de
gastos, rendición y reposición de los Fondos Permanentes se concluye en lo
siguiente:
- Los pagos con el Fondo Permanente son efectuados en efectivo, con
fondos retirados mediante el sistema de Anticipos entregados a
responsables, o mediante cheque entregados a los proveedores en caso de
haberse emitido las órdenes de compra correspondientes.
- El responsable del Fondo Fijo del CUC 880 Tesorería, confecciona y
presenta las rendiciones para su reposición, como así también las
respectivas órdenes de pago patrimoniales (CUC 880).
- No obra en los expedientes constancias de entrega de los anticipos
firmadas por los responsables a los cuales se le otorgan los mismos según
los registros del SIDICO.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
4
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
- No surge de los expedientes electrónicos el responsable de la confección
de los Partes de Pago y la efectiva reposición de los Fondos a la cuenta
bancaria del Fondo Permanente.
- Las órdenes de pago obrantes en los expedientes no han sido firmadas por
el responsable del servicio administrativo.
- Los fondos con reposición a que refieren los gastos que se observan
debían ser rendidos por periodos no mayores a un mes, sin embargo, se
han verificado comprobantes pagados que exceden el plazo indicado.
- Respecto de los P-18 (Formularios de Pedido), se detecta la falta de
vinculación entre el responsable que firma el pedido y el sector para el
cual se adquiere, fechas de emisión posteriores al del comprobante
rendido. Además, puede observarse que dicho pedido puede editarse en
más de una oportunidad e incluso modificarse la fecha de emisión,
conforme lo manifestado por el propio Gerente de Economía y Finanzas
en Expediente EX-2019-5395907-GDEMZA-DPV#MEIYE (orden 12).
- No se ha solicitado la Constancia de Cumplimiento Fiscal previo al pago a
proveedores (art. 30 inc. 4) del Código Fiscal 2019), especialmente en
aquellos gastos pagados con Fondo Fijo, que debido a sus características y
cuantía, debieron ser pagados con órdenes de pago.
- No surge de la documentación agregada a los expedientes qué tipo de
controles se efectúan ni responsables de los mismos, sobre las rendiciones
presentadas por el responsable del Fondo Permanente, atento a que se
constatan reposiciones de Fondo Fijo, que se detallan seguidamente,
dondese observan que muchos comprobantes de respaldo de los gastos no
están a nombre del organismo, no mencionan el beneficiario, ni la relación
con la actividad de la Dirección Provincial de Vialidad (facturas y tickets
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
5
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
por almuerzos, meriendas, cenas, combustible, panadería, carnicería, etc.).
Incluso, algunos comprobantes no cumplen con las normas impositivas
vigentes (esto es, se emiten en soporte papel cuando deben ser a partir del
01/04/2019 ser comprobantes electrónicos). Es necesario aclarar, además,
que varios de estos gastos fueron realizados en días sábado o domingo, y
durante los días hábiles administrativos en horarios no laborales, siendo
los comprobantes emitidos a consumidor final o sin detallar destinatario.
En definitiva, no existe rendida en los expedientes analizados, evidencia
documental que respalde la vinculación del gasto con las actividades de la
DPV. Porotra parte, se han detectado comprobantes electrónicos rendidos
en más de una oportunidad en una o más rendiciones, y comprobantes
manuales con CAI vencidos, en donde además se presumen
adulteraciones en su emisión. Se agregan además un conjunto de
comprobantes de “distintos proveedores” que tienen como común
denominador el hecho de que han sido efectuados por el mismo puño
escritor, tal como lo exponen los informes de la DAE.
- No se ha justificado en las rendiciones de los gastos de fondos
permanentes la urgencia o menor cuantía que establece como condición el
propio reglamento de rendición del fondo permanente para la DPV.
De los aspectos detallados precedentemente, se observa una FALTA GRAVE
DE CONTROL INTERNO. Este cúmulo de inobservancias puede ocasionar
daño patrimonial al Estado Provincial conforme se desprende de las
observaciones que se formulan en este informe.
A continuación, se exponen las observaciones generales de irregularidades
comunes a casi todos los expedientes, las cuales pueden constituir, en caso de
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
6
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
no subsanarse, PROCEDIMIENTOS IRREGULARES GRAVES, debiendo
aplicarse multa, conforme a lo previsto en el art. 42 de la Ley Nº 1.003.
Por lo expuesto, los responsables debían:
1. Justificar la falta de constancias documentales de entrega de dinero a sus
responsables (recibos y/o anticipos firmados). (arts. 75 y 107 Ley 8706).
2. Justificar la falta de los partes de pago y respectivas reposiciones de
fondos (transferencias) firmadas por los responsables a cargo. (arts. 10,
11, 58, 75 y 107 Ley 8706).
3. Justificar la falta de cumplimiento respecto del plazo de rendición de los
comprobantes pagados, atento que exceden el plazo de un mes indicado
por la norma. (art. 48 inc. b) Decreto 1000/15) y art. 2 de la Resolución
N°1199/18 DPV. Estas deficiencias se advierten del análisis que se
efectúa en los distintos anexos que forman parte de este informe.
4. Justificar la falta de vinculación entre el responsable que firma el pedido
(P-18) y el sector para el cual se adquiere, a la vez de brindar las
justificaciones respecto de las fechas de emisión posteriores al del
comprobante rendido, y respecto de la posibilidad del sistema de editar la
fecha de emisión de los mismos (art. 139 inc. b) Decreto 1000/15).
Estas deficiencias se advierten del análisis que se efectúa en los distintos
anexos que forman parte de este informe.
5. Justificar la falta de solicitud de Constancia de Cumplimiento Fiscal
previo al pago a proveedores (art. 30 inc. 4 del Código Fiscal 2019), ya
que existen gastos pagados con Fondo Fijo, que debido a sus
características, previsibilidad, recurrencia y cuantía, debieron ser pagados
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
7
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
con órdenes de pago y no por fondo permanente. En este caso, se les
debió exigir la constancia de cumplimiento fiscal.
6. Justificar la falta de firma del responsable del servicio administrativo en
las órdenes de pago de reposición de los fondos (art. 10, 11, 75, 80, 81,
Ley 8706).
7. Justificar las deficiencias detectadas por la revisión, tales como que los
gastos no están a nombre del organismo, no mencionan el beneficiario, ni
la relación con la actividad de la Dirección Provincial de Vialidad
(facturas y tickets por almuerzos, meriendas, cenas, combustible,
panadería, carnicería, etc.), fueron realizados en días sábado o domingo, y
durante los días hábiles administrativos en horarios no laborales o no
habituales de la administración, siendo los comprobantes emitidos a
consumidor final o sin detallar destinatario o comisión de servicio que lo
vincule a algún gasto de la DPV. Se incumple fundamentalmente los arts.
92 y 153 de la Ley 8706 y Decreto 1000/15, además de los arts. 10, 11, 81
y 107 de la Ley 8706.
8. Justificar el incumplimiento de las normas legales en materia fiscal, ya
que algunos comprobantes no cumplen con las normas impositivas
vigentes (esto es, se emiten en soporte papel cuando deben ser, a partir del
01/04/2019, comprobantes electrónicos). Se incumple el art. 153, Dto.
1000/15 (Requisitos de Facturación).
CONTESTACION DE LOS RESPONSABLES
El Cdor. Elías David Jurado responde que: “en consideración del párrafo
cuarto de la página séptima, de la observación número uno, del EXP 309-A-
2019 donde se me solicita el fundamento de la falta de control y observancia
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
8
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
de los deberes sobre los fondos permanentes, se debe aclarar que la creación y
destino de los mismos NO se encontraban expedientes, ni papel físico y/o
electrónico que permitiera percibir dichas irregularidades. Aún no obstante
reforcé las medidas de control a través de AUDITORIAS INTERNAS, que
comenzaron en el año 2018 hasta septiembre del 2019 (Exp. 5154274/19 y
2424177/19) bajo el N° de EXP 02798706 se notificó, no arrojando en tanto
la auditoría del 2018 alguna irregularidad.”
La Cdora. Adriana Flores responde:
1- Justificarla falta de constanciasdocumentales de entrega de dinero a
sus responsables(recibos y/o anticipos firmados). (Arts. 75 y 107 Ley
8.706)
La Habilitada del Fondo Fijo de Tesorería es quien debe hacer firmar los
recibos cuando realiza entregas de dinero y/o anticipos financieros y a
nombre de quien lo recibe. Que deben estar justificados en casos de
montos elevados por Resolución (realización de viaje en comisión, etc.)
que avale la entrega de determinado importe de dinero.
Por Resolución Nº 226/2019 de Consejo Ejecutivo, aprueba nuevo
organigrama, la Tesorería tiene dependencia directa del Administrador.
Por lo cual no dependía de la Gerencia de Economía y Finanzas, y mucho
menos de este Dpto. de Contaduría del cual soy responsable. Dicha
resolución no fue puesta en conocimiento de todos los sectores de la
repartición, luego de tomar conocimiento de los hechos objeto de este
pliego de observaciones, trasciende que los únicos sectores que tenían
conocimiento de la misma eran las Gerencia de Economía y Finanzasy la
Gerencia de Recursos Humanos.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
9
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Por Resolución 990/2019 del 27 de noviembre de 2019 se deja sin efecto
la mencionada en el párrafo precedente.
2- Justificar la falta de los partes de pago y respectivas reposiciones de
fondos (transferencias) firmadas por los responsables a cargo.
(arts10,11,58, 75 y 107 LEY 8706)
En cuanto a esto se aclara que desde la implementación del Sistema de
Expediente Electrónico (GDE) a partir de Enero de 2018, según las
instrucciones recibidas en las capacitaciones brindadas por personal de
Casa de Gobierno, todo movimiento de las piezas administrativas lleva la
firma electrónica de quién realiza el pase, con lo cual se hace responsable
de los comprobantes y/o documentación anexada al expediente, por lo que
tanto los comprobantes de transferencias porreposición como también sus
respectivos partes de pago están avalados por el responsable del sector
que los anexo al expediente y posteriormente realizo el pase para su
descargo con su firma electrónica.
3- Justificar la falta de cumplimiento respecto del plazo de rendición de
los comprobantes pagados, atento que exceden el plazo de un mes
indicado por la norma. (art. 48 inc. b) Decreto 1000/15) y art. 2 de la
Resolución Nº 1199/18 DPV. Estas deficiencias se advierten del
análisis en los distintos anexos que forman parte de este informe.
La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería conoce claramente el plazo
en el cual se debe rendir un recibo (desempeña dicha función hace
muchos años) el cual no debe exceder de 30 días de su apertura y /o
entrega para su rendición.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
10
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Esta Contaduríano tenía acceso a los expedientes de Tesorería. El circuito
de control fue alterado y así permitir las irregularidades que se enumeran
en este pliego.
Se ha implementado o restituido el sistema de control que nunca debió de
dejar de aplicarse.
4- Justificar la falta de vinculación entre el responsable que firma el
pedido (P-18) y el sector para el cual se adquiere, a la vez de brindar
las justificaciones respecto de las fechas de emisión posteriores al del
comprobante rendido, y respecto de la posibilidad del sistema de
editar la fecha de emisión de los mismos (art. 139 inc. b) Decreto
1000/15)
El P-18 debe tener fecha anterior a la emisión de la factura, es decir la
necesidad tiene que ser anterior a la realización del gasto.
El P-18 debe firmarse por quien requiere lo solicitado y/o tiene la
necesidad y por el Jefe que avala que lo requerido es necesario.
La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería debe conocer el
procedimiento para aceptar el P-18 y la factura conformada. Y en caso de
no cumplir los requisitos formales debe devolver (factura y P-18) hasta
que se presenten de forma adecuada.
Esta Contaduríano tenía acceso a los expedientes de Tesorería. El circuito
de control fue alterado y así permitir las irregularidades que se enumeran
en este pliego.
Se solicitará información al Dpto. de Informática respecto de la
posibilidad de editar la fecha de emisión de los mismos.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
11
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
5- Justificarla falta de solicitud de Constancias de Cumplimiento Fiscal
previo al pago a proveedores (art. 30 inc. 4 del código Fiscal 2019), ya
que existen gastos pagados con Fondo Fijo, que debido a sus
características, previsibilidad, recurrencia y cuantía, debieron ser
pagados con órdenes de pago y no por fondo permanente. En este
caso, se les debió exigir la constancia de cumplimiento fiscal.
La Habilitada de Fondo Fijo de Tesorería debe conocer como es el
procedimiento para poder efectuar los pagos, lo que incluye que previo a
pagarse a un proveedor debe corroborarse, y/o emitirse la Constancia de
Cumplimiento Fiscal y/o Riesgo Fiscal.
Esta Contaduríano tenía acceso a los expedientes de Tesorería. El circuito
de control fue alterado y así permitir las irregularidades que se enumeran
en este pliego.
6- Justificarla falta de firma del responsable del servicio administrativo
en las órdenes de pago de reposiciónde los fondos (art. 10, 11, 75, 80,
81 Ley 8706)
De la misma manera que se explicó anteriormente, desde la
implementación del Sistema de Expediente Electrónico (GDE) a partir de
Enero de 2018, según las instrucciones recibidas en las capacitaciones
brindadas por personal de Casa de Gobierno, todo movimiento de las
piezas administrativas lleva la firma electrónica de quién realiza el pase,
con lo cual se hace responsable, en cuanto a las Reposiciones, estas eran
avaladas por el/los encargados de controlar los expedientes (Mesa
Revisora), que posteriormente enviaban para ser repuestos, también con
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
12
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
su firma electrónica que certifica que dicho expediente cumple con los
requisitos y las normas vigentes.
7- Justificar las deficiencias detectadas por la revisión, tales como que
los gastos no están a nombre del organismo, no mencionan el
beneficiario, ni la relación con la actividad de la Dirección Provincial
de Vialidad (facturas y tickets por almuerzos, meriendas, cenas,
combustible, panadería, carnicería, etc.), fueron realizadas en días
sábado o domingo, y durante los días hábiles administrativos en
horarios no laborales o no habituales de la administración, siendo los
comprobantes emitidos a consumidor final o sin detallar destinatario
o comisión de servicio que lo vincule a algún gasto de la DPV.
La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería debe conocer el
procedimiento para rendir comprobantes, los cuales deben venir a nombre
de la Dirección Provincial de Vialidad.
Y si corresponden a una comisión realizada el fin de semana, debe existir
una resolución que justifique los gastos realizados, e indicando quienes
son las personas que están afectadas a la misma.
Por Resolución Nº 226/2019 de Consejo Ejecutivo, aprueba nuevo
organigrama, la Tesorería tiene dependencia directa del Administrador.
Por lo cual no dependía de la Gerencia de Economía y Finanzas, y mucho
menos de este Dpto. de Contaduría del cual soy responsable. Dicha
resolución no fue puesta en conocimiento de todos los sectores de la
repartición, luego de tomar conocimiento de los hechos objeto de este
pliego de observaciones, trasciende que los únicos sectores que tenían
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
13
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
conocimiento de la misma eran las Gerencia de Economía y Finanzasy la
Gerencia de Recursos Humanos.
Esta Contaduríano tenía acceso a los expedientes de Tesorería. El circuito
de control fue alterado y así permitir las irregularidades que se enumeran
en este pliego.
8- Justificar el incumplimiento de las normas legales en materia fiscal,
ya que algunos comprobantes no cumplen con las normas impositivas
vigentes
La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería debe conocer el
procedimiento respecto de que todos aquellos que realicen gastos con
dineros públicos, en este caso D.P.V., tiene que traer el comprobante a
nombre de la repartición para poder rendirlos.
Por Resolución Nº 226/2019 de Consejo Ejecutivo, aprueba nuevo
organigrama, la Tesorería tiene dependencia directa del Administrador.
Por lo cual no dependía de la Gerencia de Economía y Finanzas, y mucho
menos de este Dpto. de Contaduría del cual soy responsable. Dicha
resolución no fue puesta en conocimiento de todos los sectores de la
repartición, luego de tomar conocimiento de los hechos objeto de este
pliego de observaciones, trasciende que los únicos sectores que tenían
conocimiento de la misma eran las Gerencia de Economía y Finanzasy la
Gerencia de Recursos Humanos.
Quien aceptó facturas que no cumplen con la reglamentación, sin firma,
con CAI vencido, con P-18 que no cumple lo necesario para avalar el
gasto correspondiente, quien pagaba en efectivo gastos que debían
pagarse con cheque quien no debía recibir facturas manuales (a no ser que
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
14
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
se trate de comprobantes de resguardo), y otras irregularidades que
implican no cumplir con el procedimiento administrativo establecido es la
responsable de División Tesorería.
Se implementó un circuito de “control” que NO ME INCLUÍA. En el
sistema GDE (el usuario CONTADURÍA) se puede verificar que no
interviene en ninguno de los expedientes de Fondo Fijo de Tesorería a
Dpto. de Contaduría. Los expedientes pasaban en general de División
Tesorería al usuario de JBUCOLO y posteriormente se remitían a
CONTA (División Contabilidad) que eran los encargados de reponer los
fondos fijos.
Se realizaron todos los actos necesarios para que esta Jefatura
(Departamento de Contaduría) no tuviera acceso a realizar los controles
correspondientes, ya que la Habilitada de Tesorería se seguía manejando
respecto de todas las consultas referidas a ese Fondo Fijo con el anterior
Jefe de Departamento, quien seguía prestando servicios en la repartición
por un pedido expreso de la Gerente de Recursos Humanos según lo
expresado por él. E incluso se realizó una resolución donde se sacó de la
órbita de la Gerencia de Economía y Finanzas a División Tesorería como
reitero en varias ocasiones.
CONCLUSION DEL REVISOR
Del análisis de los descargos que efectúan los responsables la revisión expone
sus conclusiones a fs. 687/688 y 693 vta. y considera que el reparo debe
subsistir como procedimiento administrativo irregular toda vez que no se
aportan elementos que subsanen las irregularidades detectadas.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
15
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
OPINIÓN DE SECRETARIA RELATORA
Esta Secretaria Relatora entiende que los aspectos tratados en la presente
observación deben mantenerse subsistentes como procedimiento
administrativo irregular y sancionarse con multa a los responsables, atento a
lo dispuesto por el art. 42 de la Ley 1003 (t.o.), en virtud de las
irregularidades en el manejo de estos fondos, que han sido minuciosamente
detalladas por la revisión, y cuyas conclusiones se comparten.
Los argumentos defensivos esbozados por los responsables no resultan aptos
ni suficientes para justificar la falta o casi nulo control de los sectores donde
se desarrollaron las operaciones. Aun cuando los responsables del sector
contable argumentan no haber tenido intervención directa y haber realizado
controles, lo cierto es que no aportan los informes de auditoría a que hacen
referencia, y además resultan ser responsables por el control de la gestión
contable. No puede desconocerse su evidente falla en el sistema de control
interno atento que -de acuerdo a una buena práctica contable que garantiza un
mínimo de orden imprescindible para un control- debieron activarse los
controles necesarios que manda la ley de administración financiera en sus
arts. 10, 11, 75, 80, 81, 92, entre otros.
Las irregularidades en el procedimiento han sido numerosas: No se respaldó
documentalmente la entrega de los fondos, ni las reposiciones de estos; no se
emitieron las órdenes de pago correspondientes a estos gastos; los
comprobantes se rindieron en forma extemporánea, se evidenciaron
irregularidades en las fechas de emisión del formulario de pedido y se advirtió
la falta de vinculación no solo con el sector para el cual se requerían sino
también con la actividad del organismo, se efectuaron reposiciones de fondos
sin intervención del jefe del sector -quien de haber utilizado las técnicas
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
16
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
básicas de control contable hubiera detectado tal situación-, no se observaron
los requisitos fiscales que debían reunir los comprobantes, etc. Todo este
cúmulo de irregularidades evidencia la existencia de un procedimiento
administrativo irregular en la utilización de los fondos fijos, que resulta
susceptible de la aplicación de multa de conformidad a lo dispuesto por el art.
42 de la Ley Nº 1.003.
Norma Legal
Ley N° 8706, art. 10, 11, 47, 48 inc. b), 58, 75, 80, 81, 92, 107, 153 y 196
Decreto Nº 1000/15, art. 10, 47, 48 inc. b), 80, 81, 92, 139 inc. b y 153)
Código Fiscal 2019, art. 30 inc. 4
Acuerdo Nº 2988, art. 20 y 60 inc. d)
Resolución Nº 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV
Resolución Nº 14/19 Administrador DPV
Resolución Nº 156/19 Consejo Ejecutivo DPV
Responsables
Administrador: Arq. Oscar Sandes
Gerente de Recursos Humanos y Administración: Sra. Corina Gallardo
Gerente de Economía y Finanzas: Cdor. Elías David Jurado
Jefe Departamento Contaduría: Cdora. Adriana L. Flores
Jefe División Tesorería:Sra. Juana Miriam N. Herrera
Aclaración sobre inclusión de Responsables
Se incluye al Administrador, en virtud de lo previsto en el art. 11 de la Ley N°
6063. Además, conforme lo establecido en la Resolución Nº 226/2019 de
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
17
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Consejo Ejecutivo, que aprueba nuevo organigrama, la Tesorería tiene
dependencia directa del Administrador. Dicho responsable no efectuó el más
mínimo control al respecto no pudiendo resultar absolutamente ajeno al
procedimiento de manejo de estos fondos.
Se incluye a la Gerente de Recursos Humanos y Administración toda vez que
la misma ha declarado ser quien realizaba la firma del administrador en estos
gastos, y una gran parte de ellos han sido rendidos por ella en forma
deficiente.
Se incluye al Gerente de Economía y Finanzas, en virtud de lo previsto en la
Resolución N° 90/1998 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de
Funciones), que establece la responsabilidad de la gestión contable de la
repartición. Por otra parte, en virtud de lo dispuesto en Ley N° 8706, arts. 10,
11, 75, 80, 81, 92 y 107 y Decreto 1000/15, art. 92 ya que no ejerció las
actividades de control previo a la reposición del fondo permanente, no
firmando las órdenes de pago que habilitaban dichas reposiciones con
irregularidades de rendición de gastos.
Se incluye al Jefe de Departamento Contaduría en virtud de lo previsto en la
Resolución N° 818/2011 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de
Funciones), que establece la responsabilidad de entender en la programación e
instrumentación de la estructura contable de acuerdo con los principios de la
Contabilidad Pública Provincial y entender en lo referente a la gestión
contable. La mayoría de los expedientes pasaron, según GDE, al Sector de
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
18
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Contaduría y no fueron controlados por su Jefa, siendo parte de las funciones
mencionadas en el manual.
Ambos responsables contables incumplieron obligaciones y deberes que
estaban a su cargo. En efecto, a criterio de esta Secretaria tales sujetos
resultan responsables porquelos hechos observados en parte han sido llevados
a cabo dentro de la órbita de su competencia, creando un riesgo por su
omisión de control en la esfera contable, que coadyuvo a la configuración de
las irregularidades por las que se ha formado el presente proceso de juicio
parcial.
Se incluye al responsable del Fondo Fijo de Tesorería, en función de lo
dispuesto en las resoluciones N° 1199/18 y 156/19 del Consejo Ejecutivo de
la DPV y Nº 14/19 del Administrador, de asignación de los distintos fondos
fijos del Organismo, la cual establece las condiciones para las cuales eran
estos fondos, no habiendo controlado las mismas, recepcionando, reponiendo
y pagando todos los gastos sin hacer observación alguna. Además, no se
hicieron firmar los anticipos que se entregaban del fondo permanente a los
empleados que luego debían rendir los mismos. No se cumplieron las
funciones del art. 58 de la Ley 8706 y lo previsto en los arts. 47 y 48 inc. b)
de la Ley Nº 8706 y 48 inc. b) del Decreto Nº 1000/15.
OBSERVACION Nº 2
GASTOS EFECTUADOS QUE EXCEDEN LOS MONTOS
APROBADOS POR REGLAMENTACIÓN
Del análisis de los gastos incurridos mes a mes por todo concepto, se
verificaron excesos en los montos máximos previstos en la Resolución
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
19
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
1199/18 del Consejo Ejecutivo de la DPV, toda vez que no debieron superar
los montos de $600.000 para el mes de enero de 2019 y de $850.000 para los
subsiguientes meses. Además, no se acredita en los expedientes que existieran
“circunstancias especiales” que motivaran una rotación mayor a la prevista en
la reglamentación. El siguiente cuadro resumen muestra los excesos
cometidos respecto de los límites aprobados:
Resolución
Límite
Mensual
Fondo Fijo
Total Gastado
en el mes
Diferencia
Enero Consejo Ejecutivo 1199/18 $600.000,00 $769.363,47 $169.363,47
Febrero Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.438.366,97 $588.366,97
Marzo Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.794.117,53 $944.117,53
Abril Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.241.946,95 $391.946,95
Mayo Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.124.917,42 $274.917,42
Junio Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $833.911,27 -$16.088,73
Julio Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.443.197,45 $593.197,45
Agosto Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.065.639,20 $215.639,20
Setiembre Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.180.048,68 $330.048,68
Se destaca que sólo en el mes de junio el gasto estuvo por debajo del monto
máximo permitido por la reglamentación.
Por lo expuesto, los responsables debían justificar documentadamente los
excesos a los montos máximos de la previsión reglamentaria (Res. 1199/18 y
156/19 Consejo Ejecutivo DPV y Res. 14/19 Administrador emitida ad
referéndum del consejo Ejecutivo), a fin de no incurrir en un
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO IRREGULAR, debiendo aplicarse
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
20
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
multa a los responsables, de acuerdo a lo previsto en el art. 42 de la Ley Nº
1.003.
CONTESTACION DE LOS RESPONSABLES
El Cdor. Elías Jurado expresa: “en referencia a lo manifestado en esta
observación cabe mencionar que a través del seguimiento electrónico
(SIDICO) puede observarse que esta operación imputada hacia mi persona no
fue supervisada, ni firmada por mi Gerencia a cargo. De esta manera es
imposible fácticamente que posea documentación que acredite estos gastos.
Es dable destacar que dada la Resolución N° 226/19 comenzó a regir un
nuevo Organigrama en el cual Tesorería ya no dependía de mi Gerencia, por
lo que la responsable de esta no se encontraba subordinada a mi función”.
La Cdora. Adriana Flores responde que:
Por Resolución Nº 879/2019 del 23/10/2019 se autorizó la rotación del fondo
fijo más de una vez y en forma retroactiva y por Resolución Nº 963/2019 se
rectificó y modifico la resolución mencionada.
Se implementó un circuito de “control” que NO ME INCLUÍA. En el sistema
GDE (el usuario CONTADURÍA) se puede verificar que no interviene en
ninguno de los expedientes de Fondo Fijo de Tesoreríaa Dpto. de Contaduría.
Los expedientes pasaban en general de División Tesorería al usuario de
JBUCOLO y posteriormente se remitían a CONTA (División Contabilidad)
que eran los encargados de reponer los fondos fijos. La responsable de la
Tesoreríadebíainformar a sus superiores, dependiendo del Sr. Administrador,
que el monto del fondo fijo era insuficiente y así gestionar su respectivo
aumento o no excederse, para no superar los montos autorizados vigentes.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
21
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
CONCLUSION DEL REVISOR
Manifiesta el revisor en su informe que los contadores Elías David Jurado y
Adriana Flores, igual tenían el control de los registros contables y efectuaban
rendición de cuentas donde podrían haber advertido esta situación si se
hubiese controlado. La Tesorería no era responsable por subordinación ante la
Gerencia de Economía y Finanzas, pero por funciones que se exponen en
aclaración sobre la inclusión de los responsables, sí debía efectuar controles
pertinentes a su cargo. Además, rendía cuentas donde se expone que los
estados contables surgen de registros contables. Debió advertir que no le
pasaban rendiciones de Fondo Permanente CUC 880 ni las Órdenes de Pago
para reponer fondos para su firma (control por oposición), incumpliendo con
su obligación de intervenir las mismas en virtud de lo establecido en el
artículo 81° de la Ley 8706.
OPINIÓN DE SECRETARIA RELATORA
Esta Secretaría Relatora en coincidencia con el criterio de la revisión sugiere
mantener SUBSISTENTE el presente reparo como PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO IRREGULAR, debiendo aplicarse multa para todos los
responsables, conforme al art. 42 de la Ley Nº 1.003.
Norma Legal
Ley N° 8706, arts. 10, 75, 80, 81, 90 y 153
Resolución Nº 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV
Resolución Nº 14/19 Administrador DPV
Resolución Nº 156/19 Consejo Ejecutivo DPV
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
22
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Responsables
Gerente de Economía y Finanzas: Cdor. Elías David Jurado
Jefe Departamento Contaduría: Cdora. Adriana L. Flores
Jefe División Tesorería:Sra. Juana Miriam N. Herrera
Aclaración sobre inclusión de Responsables
Se incluye al Gerente de Economía y Finanzas, en virtud de lo previsto en la
Resolución N° 90/1998 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de
Funciones), que establece la responsabilidad de la gestión contable de la
repartición. Por otra parte, en virtud de lo dispuesto en Ley N° 8706, arts. 10,
75, 80, 81, 90 y 153. No se verificó la observación a este aspecto en ninguno
de los expedientes, ni al momento de efectuarse las reposiciones de fondos.
Se incluye al Jefe de Departamento Contaduría en virtud de lo previsto en la
Resolución N° 818/2011 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de
Funciones), que establece la responsabilidad de entender en la programación e
instrumentación de la estructura contable de acuerdo con los principios de la
Contabilidad Pública Provincial y entender en lo referente a la gestión
contable. La mayoría de los expedientes pasaron, según GDE, al Sector de
Contaduría y no fueron controlados por su Jefa, siendo parte de las funciones
mencionadas en el manual.
Se incluye al responsable del Fondo Fijo de Tesorería, en función de lo
dispuesto en las resoluciones N° 1199/18 y 156/19 del Consejo Ejecutivo de
la DPV y Nº 14/19 del Administrador, de asignación de los distintos fondos
fijos del Organismo, la cual establece que los mismos son para la concreción
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
23
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
de gastos y reparaciones urgentes. No se verificó la observación a este aspecto
en ninguno de los expedientes, ni al momento de efectuarse las reposiciones
de fondos.
OBSERVACION Nº 3
USO INDEBIDO DE FONDOS AFECTADOS
Del análisis de los gastos comprendidos entre el 01/01/2019 y el 30/09/2019
relacionados con el Fondo Fijo, se observó que los mismos se habían abonado
con los siguientes financiamientos:
Financiamiento
0 Rentas Generales $ 587.753,00
4 Coparticipación Vial $ 9.713.325,44
132 Ley 6063 – Fondo Vial Provincial $ 613.879,95
Detalladamente se exponen los gastos efectuados mes por mes con el
respectivo financiamiento:
RENDICION FONDO EXPTE AÑO
FECHA
REND.
FECHA
PROC.
FINANC. ESTADO
O. DE
PAGO
MONTO
RENDIDO
1 0 79429 2019 07/01/19 07/01/19 4 D 1 117,17
2 0 100167 2019 10/01/19 10/01/19 4 D 2 78.282,96
3 0 100153 2019 11/01/19 11/01/19 4 D 3 106.500,00
4 0 79412 2019 11/01/19 11/01/19 4 D 4 260.526,70
5 0 4114980 2018 14/01/19 14/01/19 4 D 5 32.240,00
6 0 207843 2019 15/01/19 15/01/19 4 D 6 165.538,64
7 0 207866 2019 16/01/19 16/01/19 4 D 7 126.158,00
TOTAL ENERO 769.363,47
RENDICION FONDO EXPTE AÑO
FECHA
REND.
FECHA
PROC.
FINANC. ESTADO
O. DE
PAGO
MONTO
RENDIDO
8 0 207866 2019 07/02/19 07/02/19 4 D 8 127.800,00
9 0 249800 2019 11/02/19 11/02/19 4 D 9 283.486,36
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
24
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
10 H 658072 2019 11/02/19 11/02/19 0 A 10 0,00
11 0 683157 2019 13/02/19 13/02/19 4 D 11 201.265,40
12 0 697996 2019 14/02/19 14/02/19 4 D 12 83.101,00
13 0 781333 2019 18/02/19 18/02/19 4 D 13 153.956,23
14 0 821849 2019 22/02/19 22/02/19 4 D 14 137.549,02
15 0 821943 2019 25/02/19 25/02/19 4 D 15 157.990,00
16 0 821969 2019 28/02/19 28/02/19 4 D 16 293.218,96
TOTAL FEBRERO 1.438.366,97
RENDICION FONDO EXPTE AÑO
FECHA
REND.
FECHA
PROC.
FINANC. ESTADO
O. DE
PAGO
MONTO
RENDIDO
17 0 968574 2019 06/03/19 06/03/19 4 D 17 196.557,36
18 0 1062050 2019 08/03/19 08/03/19 4 D 18 198.605,22
19 0 1112727 2019 11/03/19 11/03/19 4 D 19 101.775,67
20 0 1062086 2019 12/03/19 12/03/19 4 D 20 188.605,80
21 0 1062086 2019 12/03/19 12/03/19 4 D 21 82.150,00
22 0 1252206 2019 18/03/19 18/03/19 4 D 22 137.589,08
23 0 1343538 2019 21/03/19 22/03/19 4 D 23 219.809,89
24 0 1343511 2019 25/03/19 25/03/19 4 D 24 224.035,49
25 0 1462667 2019 27/03/19 27/03/19 4 D 25 159.991,95
26 0 1478521 2019 29/03/19 29/03/19 4 D 27 119.057,07
27 0 1478536 2019 29/03/19 29/03/19 4 D 26 165.940,00
TOTAL MARZO 1.794.117,53
RENDICION FONDO EXPTE AÑO
FECHA
REND.
FECHA
PROC.
FINANC. ESTADO
O. DE
PAGO
MONTO
RENDIDO
28 0 1508841 2019 03/04/19 03/04/19 4 D 28 83.590,87
29 0 1571170 2019 03/04/19 03/04/19 4 D 29 79.680,00
30 0 1613418 2019 05/04/19 05/04/19 4 D 30 111.025,07
31 0 1613431 2019 08/04/19 08/04/19 4 D 31 139.224,29
32 0 1613431 2019 08/04/19 08/04/19 4 0,00
33 0 1738898 2019 11/04/19 11/04/19 4 D 32 239.714,56
34 0 1865804 2019 17/04/19 17/04/19 4 D 33 108.741,59
35 0 1928580 2019 23/04/19 24/04/19 4 D 34 158.868,70
36 0 1968263 2019 24/04/19 24/04/19 4 D 35 116.007,37
37 0 2020614 2019 26/04/19 26/04/19 4 D 36 136.394,50
38 0 2083076 2019 30/04/19 30/04/19 4 D 37 68.700,00
TOTAL ABRIL 1.241.946,95
RENDICION FONDO EXPTE AÑO
FECHA
REND.
FECHA
PROC.
FINANC. ESTADO
O. DE
PAGO
MONTO
RENDIDO
39 0 2100221 2019 08/05/19 08/05/19 4 D 38 145.748,53
40 0 2292755 2019 13/05/19 13/05/19 4 D 39 163.078,12
41 0 2322658 2019 13/05/19 13/05/19 4 D 40 133.500,00
42 0 2363524 2019 16/05/19 16/05/19 4 D 41 208.056,37
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
25
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
43 0 2451651 2019 20/05/19 20/05/19 4 D 42 140.835,51
44 0 2625618 2019 27/05/19 27/05/19 4 D 43 180.010,73
45 H 658072 2019 28/05/19 28/05/19 0 D 44 5.326,04
46 0 2625705 2019 30/05/19 30/05/19 4 D 45 136.253,81
47 H 2735959 2019 30/05/19 30/05/19 0 D 46 12.108,31
TOTAL MAYO 1.124.917,42
RENDICION FONDO EXPTE AÑO
FECHA
REND.
FECHA
PROC.
FINANC. ESTADO
O. DE
PAGO
MONTO
RENDIDO
48 0 2784613 2019 03/06/19 03/06/19 4 D 47 138.555,18
49 0 2815499 2019 04/06/19 04/06/19 4 D 48 177.473,48
50 0 2815511 2019 07/06/19 07/06/19 4 D 49 42.355,44
51 0 2815511 2019 07/06/19 07/06/19 132 D 50 30.000,00
52 0 3029023 2019 12/06/19 12/06/19 4 D 51 95.185,39
53 0 3079523 2019 19/06/19 19/06/19 4 D 53 92.147,00
54 0 3079523 2019 19/06/19 19/06/19 132 D 52 71.550,00
55 0 3079661 2019 21/06/19 21/06/19 4 D 54 135.667,89
56 0 3079693 2019 26/06/19 26/06/19 4 D 55 50.976,89
TOTAL JUNIO 833.911,27
RENDICION FONDO EXPTE AÑO
FECHA
REND.
FECHA
PROC.
FINANC. ESTADO
O. DE
PAGO
MONTO
RENDIDO
57 0 2738075 2019 03/07/19 03/07/19 4 D 56 131.592,38
58 0 2738090 2019 04/07/19 04/07/19 0 D 57 86.000,00
59 0 2738090 2019 04/07/19 04/07/19 4 D 58 46.000,00
60 0 3396677 2019 10/07/19 10/07/19 4 A 60 0,00
61 0 3396677 2019 10/07/19 10/07/19 0 A 61 0,00
62 0 3396677 2019 10/07/19 10/07/19 132 A 62 0,00
63 0 3396646 2019 11/07/19 11/07/19 0 D 63 78.200,00
64 0 3396646 2019 11/07/19 11/07/19 4 D 64 47.810,00
65 0 3079545 2019 11/07/19 11/07/19 4 D 65 61.500,00
66 0 3631976 2019 15/07/19 15/07/19 4 D 66 56.900,00
67 0 3631976 2019 15/07/19 15/07/19 0 D 67 31.658,22
68 0 3631989 2019 16/07/19 16/07/19 4 D 68 76.000,00
69 0 3631989 2019 16/07/19 16/07/19 132 D 69 26.000,00
70 0 3631989 2019 16/07/19 16/07/19 0 D 70 8.553,65
71 0 3632157 2019 18/07/19 18/07/19 4 D 71 167.198,75
72 0 3632157 2019 18/07/19 18/07/19 0 D 72 156.165,00
73 0 3632178 2019 19/07/19 19/07/19 4 D 73 54.285,91
74 0 3632178 2019 19/07/19 19/07/19 132 D 74 40.756,23
75 0 3750511 2019 22/07/19 22/07/19 4 D 75 48.666,83
76 0 3750511 2019 22/07/19 22/07/19 0 D 76 45.088,98
77 0 3750519 2019 23/07/19 23/07/19 4 D 77 51.000,00
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
26
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
78 0 3750519 2019 23/07/19 23/07/19 4 D 78 20.842,00
79 0 3750529 2019 23/07/19 23/07/19 4 0 0,00
80 0 3750529 2019 23/07/19 23/07/19 4 0 0,00
81 0 3750519 2019 23/07/19 23/07/19 4 0 0,00
82 0 2020614 2019 31/07/19 31/07/19 4 D 79 119.601,35
83 0 3956868 2019 31/07/19 31/07/19 4 D 80 29.700,00
84 0 3956868 2019 31/07/19 31/07/19 0 D 81 50.121,01
85 H 2547350 2019 31/07/19 31/07/19 0 D 82 9.557,14
TOTAL JULIO 1.443.197,45
RENDICION FONDO EXPTE AÑO
FECHA
REND.
FECHA
PROC.
FINANC. ESTADO
O. DE
PAGO
MONTO
RENDIDO
86 0 3956990 2019 06/08/19 06/08/19 4 D 84 9.500,00
87 0 3956990 2019 06/08/19 06/08/19 132 D 85 140.124,28
88 0 3957024 2019 08/08/19 08/08/19 4 D 86 219.093,38
89 0 3957024 2019 08/08/19 08/08/19 132 D 87 96.327,00
90 0 3957347 2019 15/08/19 15/08/19 4 D 88 133.975,60
91 0 3750529 2019 20/08/19 20/08/19 4 D 89 50.011,50
92 0 3750529 2019 20/08/19 20/08/19 132 D 90 98.798,00
93 0 3750538 2019 21/08/19 21/08/19 4 D 91 118.486,00
94 0 4153455 2019 23/08/19 23/08/19 4 D 92 98.079,00
95 0 4153628 2019 28/08/19 28/08/19 4 D 93 41.000,00
96 0 4153628 2019 28/08/19 28/08/19 132 D 94 60.244,44
97 0 4153628 2019 28/08/19 28/08/19 132 D 0,00
TOTAL AGOSTO 1.065.639,20
RENDICION FONDO EXPTE AÑO
FECHA
REND.
FECHA
PROC.
FINANC. ESTADO
O. DE
PAGO
MONTO
RENDIDO
98 0 4153732 2019 03/09/19 03/09/19 4 D 95 65.737,03
99 0 4153732 2019 03/09/19 03/09/19 132 D 96 50.080,00
100 0 4153654 2019 04/09/19 04/09/19 4 D 97 188.798,32
101 0 4822915 2019 09/09/19 09/09/19 4 D 98 192.773,16
102 0 4822915 2019 09/09/19 09/09/19 0 D 99 33.000,00
103 0 3396606 2019 12/09/19 12/09/19 4 D 100 47.517,28
104 0 3396606 2019 12/09/19 12/09/19 4 D 0,00
105 0 5293283 2019 16/09/19 09/10/19 4 D 112 23.450,00
106 0 4823120 2019 16/09/19 16/09/19 4 D 101 28.495,50
107 0 4823120 2019 16/09/19 16/09/19 0 D 102 71.975,20
108 0 4823120 2019 17/09/19 17/09/19 4 D 103 29.323,00
109 0 4823101 2019 24/09/19 24/09/19 4 D 104 124.806,76
110 0 4823101 2019 24/09/19 24/09/19 4 D 0,00
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
27
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
111 0 4823159 2019 25/09/19 25/09/19 4 D 105 113.170,00
112 0 5259262 2019 26/09/19 26/09/19 4 D 106 110.955,00
113 0 5259284 2019 26/09/19 26/09/19 4 D 107 40.547,43
114 0 5259306 2019 27/09/19 27/09/19 4 D 108 82.870,00
115 0 5259306 2019 27/09/19 27/09/19 4 D 0,00
TOTAL SETIEMBRE 1.203.498,68
Al respecto el art. 35 de la Ley Nº 7314, establece que la Dirección
Provincial de Vialidad deberá destinar la totalidad de los recursos
provenientes de la Coparticipación Vial a la construcción, reparación y
mantenimiento de rutas y caminos, de acuerdo a la metodología que
determine la reglamentación. La Dirección Provincial de Vialidad deberá
realizar la registración contable de todas las operaciones con incidencia
presupuestaria, financiera y patrimonial en el Sistema de Información
Contable(SIDICO) de la Contaduría General de la Provincia, de acuerdo a
los procedimientos establecidos en la reglamentación.
Se ha verifico que se efectuaron innumerables gastos que no tienen relación,
ni directa ni indirecta, con lo previsto en el art. 35 de la Ley Nº 7314, tales
como gastos en obsequios, almuerzos, gastos varios y servicios profesionales.
Los responsables debían justificar documentadamente el uso del
“Financiamiento 4 Coparticipación Vial”, por haberse abonando con éste
gastos que no tienen por objetivo la construcción, reparación y mantenimiento
de rutas y caminos, pudiendo, en caso contrario, incurrir en
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO IRREGULAR, sancionable con
multa (art. 42 de la Ley Nº 1.003).
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
28
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
CONTESTACION DE LOS RESPONSABLES
El Cdor. Elías Jurado expresa: “En virtud de lo que establece la Resolución
N° 226/19 comenzó a regir un nuevo Organigrama en el cual Tesorería ya no
dependía de mi Gerencia, por lo que la responsable de esa AREA no se
encontraba subordinada a mi función. Por lo que sería irresponsable hacer un
análisis si fueron malversados los fondos de la Coparticipación para cubrir el
excedente de gastos en el FONDO, puesto que al no ser una subalterna la Sra.
Tesorera NO corresponde en mi función como Gerente de Economía y
Finanzas tener un conocimiento acabado de las decisiones tomadas por dicha
área como así también el procedimiento empleado para la utilización de los
fondos investigados en esta observación.
La Cdora. Adriana Flores responde que:
Los Fondos Fijos siempre se han solventado con financiamiento 4, ya que, si
bien el objeto de los fondos permanentes son gastos menores y de carácter
urgente, estos gastos siempre están relacionados a la función primaria de
vialidad que es la conservación y mantenimiento de rutas y caminos. Ya que
los mismos son en su mayoría insumos para obras y/o repuestos y servicios
para mantenimiento de las unidades que realizan la conservación de caminos.
Se implementó un circuito de “control” que NO ME INCLUÍA. En el
sistema GDE (el usuario CONTADURÍA) se puede verificar que no
interviene en ninguno de los expedientes de Fondo Fijo de Tesorería a Dpto.
de Contaduría. Los expedientes pasaban en general de División Tesorería al
usuario de JBUCOLO y posteriormente se remitían a CONTA (División
Contabilidad) que eran los encargados de reponer los fondos fijos.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
29
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
CONCLUSION DEL REVISOR
Al igual que en la observación anterior, se sostiene que el área contable e
incluso la Gerencia de Economía y Finanzas debían controlar la utilización de
los fondos afectados. Además, es una observación que se venía formulando en
las rendiciones de responsabilidad fiscal del ejercicio 2018, porque como bien
describe la Cont. Flores estos fondos afectados eran para usarse en gastos
vinculados a Vialidad y no para lo que se ejecutaban.
Independientemente de que la Tesorería no estuviera subordinada a la
Gerencia de Economía y Finanzas o al Departamento de Contaduría, por
funciones que se exponen en aclaración sobrela inclusión de los responsables,
esta sí debía efectuar controles pertinentes a sus cargos. Además, su
responsabilidad surge de la obligación de rendir cuentas de donde los estados
contables deben surgir de registros contables; en función de ello debieron
advertir que no le pasaban rendiciones de Fondo Permanente CUC 880 ni las
Órdenes de Pago para reponer fondos para su firma (control por oposición),
incumpliendo con su obligación de intervenir las mismas en virtud de lo
establecido en el artículo 81° de la Ley 8706.
OPINIÓN DE SECRETARIA RELATORA
Compartiendo el criterio de la revisión, esta Secretaría Relatora sugiere
mantener SUBSISTENTE el reparo, como PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO IRREGULAR, debiendo aplicarse multa, de acuerdo a
lo previsto en el art. 42 de la Ley Nº 1.003.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
30
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Norma Legal
Ley Nº 7314, art. 35
Resolución Nº 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV
Resolución Nº 14/19 Administrador DPV
Resolución Nº 156/19 Consejo Ejecutivo DPV
Responsables
Administrador: Arq. Oscar Sandes
Gerente de Recursos Humanos y Administración: Sra. Corina Gallardo (*)
Gerente de Economía y Finanzas: Cdor. Elías David Jurado
Jefe Departamento Contaduría: Cdora. Adriana L. Flores
Jefe División Tesorería: Sra. Juana Miriam N. Herrera
Aclaración sobre inclusión de Responsables
Se incluye al Administrador, en virtud de lo previsto en el art. 11 de la Ley N°
6063. Además, conforme lo establecido en la Resolución Nº 226/2019 de
Consejo Ejecutivo, que aprueba nuevo organigrama, la Tesorería tiene
dependencia directa del Administrador. Resulta responsable por falta de
control.
Se incluye a la Gerente de Recursos Humanos y Administración toda vez que
la misma ha declarado ser quien realizaba la firma del administrador en estos
gastos, y una gran parte de ellos han sido rendidos por ella en forma
deficiente.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
31
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Se incluye al Gerente de Economía y Finanzas, en virtud de lo previsto en la
Resolución N° 90/1998 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de
Funciones), que establece la responsabilidad de la gestión contable de la
repartición. Por otra parte, en virtud de lo dispuesto en Ley N° 8706, arts. 10,
75, 80, 81, 90 y 153. Se realizó las imputación con este financiamiento 04.
Se incluye al Jefe de Departamento Contaduría en virtud de lo previsto en la
Resolución N° 818/2011 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de
Funciones), que establece la responsabilidad de entender en la programación e
instrumentación de la estructura contable de acuerdo con los principios de la
Contabilidad Pública Provincial y entender en lo referente a la gestión
contable. Se realizó la imputación presupuestaria de estos gastos con
financiamiento 04.
Se incluye al responsable del Fondo Fijo de Tesorería, en función de lo
dispuesto en las resoluciones N° 1199/18 y 156/19 del Consejo Ejecutivo de
la DPV y Nº 14/19 del Administrador, de asignación de los distintos fondos
fijos del Organismo, la cual establece que los mismos son para la concreción
de gastos y reparaciones urgentes, no habiendo advertido al momento de
recepción y/o pago de los gastos que no se trataban de gastos afectados en los
términos del financiamiento 04.
OBSERVACION Nº 4
ANTICIPOS RENDIDOS DE MODO EXTEMPORÁNEO Y SIN
COMPROBANTES DE GASTOS QUE JUSTIFIQUEN SU
ASIGNACIÓN Y POSTERIOR DEVOLUCIÓN DE LOS FONDOS
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
32
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Según el listado extraído de SIDICO “RCpMe506”, denominado
“comprobantes pagados sin Rendir”, y que a continuación se detalla, surgen
los siguientes anticipos que a la fecha de corte de análisis (30/09/2019) no se
habían rendido, y que conforme con lo dispuesto en el art. 48 del Decreto Nº
1000/15, y art. 2 de la Resolución 1199/18 del Consejo Ejecutivo DPV, ha
transcurrido en exceso el plazo máximo de 30 días desde la fecha en que se
había entregados los mismos.
Nº de Comprobante Proveedor Fecha Último Pago Total Pagado
AN 2019 23 15800 HERRERA MIRIAM NANCY 16/01/2019 10.000,00
AN 2019 48 15800 HERRERA MIRIAM NANCY 22/02/2019 40.000,00
AN 2019 137 16800 JURADO ELIAS 03/05/2019 40.000,00
AN 2019 143 15800 HERRERA MIRIAM NANCY 15/05/2019 100.000,00
Total 190.000,00
A continuación, se procedea detallar los aspectos analizados de cada anticipo:
a) Anticipo Nº 23: emitido el 16/01/2019, en favor de la Tesorera Miriam
Herrera, por la suma de $10.000,00. El mismo fue rendido en Expediente EX-
2019-05293283-GDEMZA-DPV#MEIYE, mediante Rendición Nº 117 de
fecha 03/10/2019, con los siguientes comprobantes:
Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza
Lunes
08/04/19
19:20 hs.
Las Delicias SA
Agustín Alvarez 75,
Fray Luis Beltrán
0004-00298608 105,00 CF Especialidades
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Martes
02/07/19
10:27 hs.
Hoteles y Casinos
Argentinos SA
0003-00177031 100,00 CF
Playa de
estacionamiento
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Viernes
05/04/19
12:03 hs.
Bonafide
Colón 351, Mendoza
0002-00001219 340,00 CF Café c/leche
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Miércoles
03/04/19
13:10 hs.
Servicio Taxi TKT 2836 244,70 N/A 1,13 km
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
33
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Miércoles
03/04/19
12:38
Servicio Taxi TKT 2837 74,54 N/A 2,43 km
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Viernes
05/04/19
12:30 hs.
Servicio Taxi TKT 2838 344,40 N/A 11,13 km
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Viernes
08/02/19
Fac Manual
Rotisería Colonial
Rodelode laCruz
0001-00001041 370,00 DP Comidas
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Jueves
20/06/19
21:01
Mc Donald´s
La BarracaMall
0122-00155951 960,00 CF Cena
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Viernes
07/06/19
12:03 hs.
Providencia
BarrioSantaAna,
Guaymallén
ilegible 340,00 CF Masas
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Martes
06/08/19
Fac. Manual
Subway
Terminal de
Omnibus Mendoza
0007-00000777 625,00 N/A 1 Menú
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Martes
23/07/19
13:41 hs.
Est. de Servicio La
Argentina.Tunuyán -
Mza
0031-00018496 249,00 CF
Chicles y
facturas
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Domingo
21/07/19
15:28 hs.
Gonzales Marisa
Romina
Cerrode la Gloria
0006-00010451 460,00 CF
Galletas y
bebidas
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Lunes
22/07/19
18:31 hs.
Gerardo Retamales
Restaurant Las
Heras
0004-00002990 1.940,00 CF Restaurant
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Lunes
15/07/19
21:07 hs.
Martin Alberto
Benito
Localidad Palmira
0011-00005068 1.975,00 CF Alimentos
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Domingo
21/07/19
17:19 hs.
Farinatta
MendozaPlaza
Shopping
0014-00182180 310,00 CF MenuFarinatta
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Martes
27/08/19
11:59 hs.
Servicio Taxi TKT060392 87,08 N/A Ilegible
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Martes
03/09/19
11:59 hs.
Servicio Taxi TKT10944 479,82 N/A 23,68km
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Sabado
31/08/19
11:24 hs.
Bonafide
San Martín1483
Mendoza
0004-00083249 699,00 CF
Café, jugo,
submarino
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Sabado
31/08/19
Estacionamiento
Central
TKT 00245986 225,00 CF Autos
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
34
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Entre Ríos 45
Mendoza
Finanzas)
Domingo
25/08/19
17:46 hs.
Providencia
(Panadería y
Confitería)
BarrioSantaAna,
Guaymallén
0002-00028804 500,00 CF Varios
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de Economía y
Finanzas)
Total 10.428,54
Del análisis de los comprobantes rendidos, se observa:
1. La existencia de comprobantes de gastos de diversa índole (comidas,
estacionamiento y servicios de taxi) que no contienen en la rendición,
justificación vinculada a una prestación de servicios. (art. 92 Ley 8706).
2. Los comprobantes rendidos tienen fecha comprendida entre el 08/02/2019
y 03/09/2019, siendo que el anticipo fue entregado el 16/01/2019, con lo
cual se puede determinar que la salida de fondos no tenía como destino la
aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV, ocasionando con tal
hecho un retiro de fondos injustificado por parte del responsable al que se
le otorgó, en este caso a la Tesorera Miriam Herrera (Resolución Nº
1199/18 Consejo Ejecutivo DPV).
Esta rendición se produjo una vez que el Tribunal de Cuentas observara esta
falta de rendición, en Informe de Auditoría in situ y Contable notificado con
fecha 16/10/2019.
b) Anticipo Nº 48: emitido el 22/02/2019, en favor de la Tesorera Miriam
Herrera, por la suma de $40.000,00. El mismo fue rendido en Expediente EX-
2019-05836112-GDEMZA-DPV#MEIYE, mediante Rendición Nº 130 de
fecha 01/11/2019, donde se rinde cuentas con los siguientes comprobantes:
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
35
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza
02/10/19 Gallo, Jorge Oscar 0002-00000033 3.000,00 DPV
Septiembre Jardín
Caminito
Sandes, Oscar /
Gallardo, Corina
02/10/19 Gallo, Jorge Oscar 0002-00000034 2.900,00 DPV Caminito Jardín
Sandes, Oscar /
Gallardo, Corina
Total 5.900,00
Del análisis de los comprobantes rendidos, se observa:
1. Que no se indica en los mismos, cantidades ni productos vendidos y que
fueron emitidos el 02/10/2019, siendo que el anticipo fue entregado el
22/02/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no
tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV,
ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del
responsable al que se le otorgó, en este caso a la propia Tesorera Miriam
Herrera.
2. Se pudo asimismo constatar, a través del reporte “rDis5033 Listado de
Devoluciones en Efectivo de cheque por fecha de proceso”, que para
fecha 01/11/2019 se procedió al reembolso de la suma no utilizada de
$34.100,00 ($40.000 - $5.900). Este reembolso se produjo una vez que el
Tribunal de Cuentas observara esta falta de rendición, en Informe de
Auditoría in situ y Contable notificado con fecha 16/10/2019.
c) Anticipo Nº 137: emitido el 03/05/2019, en favor del Gerente de Economía
y Finanzas, por la suma de $40.000,00. El mismo fue rendido en EX-2019-
05525602-GDEMZA-DPV#MEIYE, mediante Rendición Nº 124 de fecha
16/10/2019, donde se rinde cuentas con los siguientes comprobantes:
Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza
14/08/19 Andesmar 1317454 380,00 N/A Pasaje a Alvear
José Fernández (Inspectorde
Forestales DPV) / Eduardo
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
36
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Fernández
15/08/19 La Unión 02015636 130,00 N/A Pasaje a San Rafael
José Fernández (Inspectorde
Forestales DPV) / Eduardo
Fernández (Asesoría
Forestal)
17/07/19 Andesmar 1910188 270,00 N/A Pasaje a San Rafael
José Fernández (Inspectorde
Forestales DPV) / Eduardo
Fernández (Asesoría
Forestal)
25/06/19
Romero Javier
Mauricio
(Gomería La
Sexta)
0001-00001954 4.850,00 DPV
Reparaciones de
llantas, pinchaduras,
rotaciones y balanceos
– Móvil A-167
Ricardo Pizzoglio
(Departamento
Conservación)
16/07/19
Romero Javier
Mauricio
(Gomería La
Sexta)
0001-00001988 1.500,00 DPV
6 Desarmes y Armes y
1 válvula sin cámara –
Móvil E-20
Ricardo Pizzoglio
(Departamento
Conservación)
02/09/19
Ghazoul,
Eduardo Amado
0004-00000155 5.600,00 DPV
Destape de inodoro
baño de hombres
primer piso y
destape de inodoro
baño de damas
segundo piso
Ricardo Pizzoglio
(Departamento
Conservación)y Ricardo
Alarcón (Obras Edilicias)
28/06/19 MH S.A. 0001-00002303 7.200,00 DPV
PSL MB Sprinter Van
95-01: Sprinter Van
02 // Mano de Obra
Colocación de
Parabrisas/luneta //
PoliuretanoSIKA
256-600ml
Ricardo Pizzoglio
(Departamento
Conservación)
30/07/19
Cruz, Andres
Rafael
(Ferretería Pablo
Andrés)
0003-00000004 110,00 DPV Pintura en aerosol
Felipe J. Gutiérrez
(CoordinadorDiv.
Señalamientoy Forestales
DPV) / Eduardo Fernández
(Asesoría Forestal)
Total 20.040,00
Se observó que:
1. Los comprobantes rendidos tienen fecha comprendida entre el 25/06/2019
y 02/09/2019, cuando en realidad el anticipo fue requerido el 03/05/2019,
con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no tenía como
destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV,
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
37
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del
responsable al que se le otorgó, en este caso al Gerente de Economía y
Finanzas Cdor. Elías Jurado.
2. Según reporte “rDis5033 Listado de Devoluciones en Efectivo de cheque
por fecha de proceso”, para fecha 01/11/2019 se procedió al reembolso de
la suma no utilizada de $19.960,00 ($40.000 - $20.040).
Este reembolso se produjo una vez que el Tribunal de Cuentas observara esta
falta de rendición, en Informe de Auditoría in situ y Contable notificado con
fecha 16/10/2019.
d) Anticipo Nº 143: emitido el 15/05/2019, en favor de la Tesorera, por la
suma de $100.000,00. El mismo fue rendido en EX-2019-05836048-
GDEMZA-DPV#MEIYE, mediante Rendición Nº 129 de fecha 30/10/2019,
donde se rinde cuentas con los siguientes comprobantes:
Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza
24/10/19
Vega Erica Cecilia (Taxi
Aditamento700)
0006-00001310 90,00 DPV Traslado a BNA Miriam Herrera
Total 90,00
Se verifica del reporte “rDis5033 Listado de Devoluciones en Efectivo de
cheque por fecha de proceso”, que para fecha 01/11/2019 se procedió al
reembolso de la suma no utilizada de $99.910,00 ($100.000 - $90).
Como conclusión final, y no obstante haber constatado la devolución de
fondos en los anticipos detallados precedentemente, se observó que:
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
38
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
1. No se cumple con la obligatoriedad de su rendición dentro del plazo de 30
días de recibido (Art. 48 inc. b) Decreto 1000/15) y Resolución
N°1199/18 art. 2
2. Los comprobantes rendidos tienen fechas de emisión que se encuentran
fuera del período de rendición, con lo cual se puede determinar que la
salida de fondos no tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto
concreto de la DPV, ocasionando con tal hecho un retiro de fondos
injustificado por parte de los responsables mencionados.
Dichos anticipos, fueron rendidos luego de que los responsables fueran
notificados del Segundo Informe de Auditoría Contable e In Situ elaborado
por esta Revisión con fecha 16/10/2019.
A criterio de la revisión, la solicitud de anticipos que fueran requeridos por
los responsables y no fueran rendidos oportunamente conforme establece el
art. 48 del Decreto Nº 1000/15 y Resolución N° 1199/18 (dentro del mes de
solicitado), configura daño para el Estado por los intereses devengados desde
la fecha en que debió rendirlos y hasta la fecha de su restitución.
Los responsables debían:
1. Justificar la falta de cumplimiento de la rendición dentro del plazo de 30
días de recibido (art. 48 inc. b) Decreto 1000/15) y art. 2º Resolución
N°1199/18 Consejo Ejecutivo DPV.
2. Justificar la rendición y utilización extemporánea de los anticipos Nº 23,
48, 137 y 143, lo cual puede haber ocasionado daño al estado por la falta
de utilización de los fondos y no rendición en plazos que van entre los 5 y
10 meses desde su entrega. (art. 48 Dto. 1000/15).
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
39
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
3. Justificar la vinculación que tienen con alguna comisión de servicio los
comprobantes detallados en la planilla de rendición del anticipo 23. (art.
92 Ley 8706, art. 92 y 153 Decreto 1000/15 (Facturación).
Lo observado podría configurar un PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
IRREGULAR, siendo de aplicación multa en este caso (art. 42 Ley Nº 1.003),
siempre y cuando no se ocasione un Daño al Estado por PARTIDA NO
COMPROBADA, en cuyo caso deberá aplicarse cargo solidario a los
responsables (art. 40 Ley Nº 1.003), porla suma de $ 36.458,54 por los gastos
no vinculados a la DPV ($10.428,54 + $5.900,00 + $20.040,00 + $90,00), y
además por anticipos no rendidos oportunamente que pueden haber generado
intereses por el uso indebido de los fondos contados desde la fecha de la
recepción hasta la fecha de la reposición y/o rendición.
CONTESTACION DE LOS RESPONSABLES
El Cdor. Elías Jurado responde que: “como se concluye a través del
fundamento expuesto al análisis en la observación que aquí se analiza, diré
que en lo referente al ANTICIPO N° 23 que fue solicitado al departamento de
Tesorería en la suma de pesos diez mil habiendo realizado dichas acciones un
área distinta a de mi desarrollo, solicítese a dicho departamento la
acreditación pertinente, atento a que tan solo acredite el gasto llevado a cabo
con la factura correspondiente que acompañaba el gasto.
Por otra parte, se pueden observar que hay más de un tiquet de gasto en una
hoja, la misma firmada por mí, pero no puedo aseverar si el proceder de esta
persona fue de buena fe, puesto que en algunas de estas no se encuentra mi
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
40
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
sello como así también por ejemplo un tiquet en la parte superior, dos en la
parte inferior y mi firma en la parte superior.
Con posterioridad a dicha presentación, y para fecha 07/02/2020, el Sr. Elías
Jurado presenta justificación detallada de cada uno de los comprobantes
incluidos en la rendición del anticipo.
En cuanto al ANTICIPO 137, se solicitaron conforme a la reunión en el
Consejo Vial Federal en Buenos Aires, sin embargo no pude asistir por
razones personales, por lo que se reintegró en su respectivo momento. No
obstante, el departamento de tesorería no realizó el reintegro contable
correspondiente, cabe aclarar que quien hizo el reintegro de la suma de
$19.960,00 fue la tesorera agregando facturas que pagué sin necesidad de
ningún desembolso debido a su poca cuantía gastos realizados en el ejercicio
de mis funciones y trabajos afines a mi puesto. A lo cual se hace evidente su
actuar malicioso pues se reintegra la suma en efectivo $19.960,00, que deja
expuesto que es equivalente a lo justificado a través de los tiquetes
presentados por mí para acreditar los gastos menores que realizaba.
La Cdora. Adriana Flores responde que:
1- Justificarla falta de cumplimiento de la rendición dentro del plazo de
30 días de recibido (art. 48 inc. b) decreto 1000/15)y art. 2° resolución
N° 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV.
La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería conoce claramente el plazo
en el cual se debe rendir un recibo (desempeña dicha función hace
muchos años) el cual no debe exceder de 30 días de su apertura y /o
entrega para su rendición.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
41
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
2- Justificar la rendición y utilización extemporánea de los anticipos N°
23, 48, 137 y 143, lo cual puede haber ocasionado daño al estado por
la falta de utilización de los fondos y no rendición en plazos que van
entre los 5 y 10 meses desde su entrega.
La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería conoce claramente el plazo
en el cual se debe rendir un recibo (desempeña dicha función hace
muchos años) el cual no debe exceder de 30 días de su apertura y /o
entrega para su rendición.
3- Justificar la vinculación que tienen con alguna comisión de servicio
los comprobantes detallados en la planilla de rendición del anticipo
23.
Quien recibió y firmo el Anticipo N° 23 es quien debe responder cual es
la comisión de servicio que lo avala.
Se remitió por Expediente 2019-5776308 la observación formulada por el
H.T.C a División tesorería, para que emitiera informe respecto del 2do.
Informe de auditoría In Situ y Contable 2019 respecto de Anticipos
rendidos de modo extemporáneo. Dicha División curso contestación a
través del Expediente 2019-5869791.
Se implementó un circuito de “control” que NO ME INCLUÍA. En el
sistema GDE (el usuario CONTADURÍA) se puede verificar que no
interviene en ninguno de los expedientes de Fondo Fijo de Tesorería a
Dpto. de Contaduría. Los expedientes pasaban en general de División
Tesorería al usuario de JBUCOLO y posteriormente se remitían a
CONTA (División Contabilidad) que eran los encargados de reponer los
fondos fijos.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
42
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
CONCLUSION DEL REVISOR
El revisor informa que los responsables han procedido a restituir los fondos
remanentes luego de que la revisión solicitara que se diera cumplimiento con
la normativa vigente (art. 48 inc. b) Decreto 1000/15 y art. 2º Resolución
N°1199/18 Consejo Ejecutivo DPV).
Sin embargo, expone que se verifican las siguientes circunstancias:
a) Anticipo Nº 23: su rendición se efectuó mediante la utilización de
comprobantes de gastos de diversa índole (comidas, estacionamiento y
servicios de taxi) que no contienen en la rendición, justificación vinculada
a una prestación de servicios. (art. 92 Ley 8706), siendo todos ellos,
además emitidos a consumidor final o sin especificación de destinatario,
en tanto que los comprobantes rendidos tienen fecha comprendida entre el
08/02/2019 y 03/09/2019, siendo que el anticipo fue entregado el
16/01/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no
tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV,
ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del
responsable al que se le otorgó, en este caso a la Tesorera Miriam Herrera
(Resolución Nº 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV) respecto de los
siguientes comprobantes:
Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza
Lunes
08/04/19
19:20 hs.
Las Delicias SA
Agustín Álvarez 75,
Fray Luis Beltrán
0004-00298608 105,00 CF Especialidades
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Viernes
05/04/19
12:03 hs.
Bonafide
Colón 351, Mendoza
0002-00001219 340,00 CF Café c/leche
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
43
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Viernes
08/02/19
Fac Manual
Rotisería Colonial
Rodelode laCruz
0001-00001041 370,00 DP Comidas
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Jueves
20/06/19
21:01
Mc Donald´s
La BarracaMall
0122-00155951 960,00 CF Cena
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Viernes
07/06/19
12:03 hs.
Providencia
BarrioSantaAna,
Guaymallén
Ilegible 340,00 CF Masas
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Martes
06/08/19
Fac. Manual
Subway
Terminal de
Omnibus Mendoza
0007-00000777 625,00 N/A 1 Menú
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Martes
23/07/19
13:41 hs.
Est. de Servicio La
Argentina
Tunuyán - Mza
0031-00018496 249,00 CF
Chicles y
facturas
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Domingo
21/07/19
15:28 hs.
Gonzales Marisa
Romina
Cerrode la Gloria
0006-00010451 460,00 CF
Galletas y
bebidas
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Lunes
22/07/19
18:31 hs.
Gerardo Retamales
Restaurant Las
Heras
0004-00002990 1.940,00 CF Restaurant
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Lunes
15/07/19
21:07 hs.
Martin Alberto
Benito
Localidad Palmira
0011-00005068 1.975,00 CF Alimentos
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Domingo
21/07/19
17:19 hs.
Farinatta
MendozaPlaza
Shopping
0014-00182180 310,00 CF MenuFarinatta
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Sabado
31/08/19
11:24 hs.
Bonafide
San Martín1483
Mendoza
0004-00083249 699,00 CF
Café, jugo,
submarino
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Sabado
31/08/19
Estacionamiento
Central
Entre Ríos 45
Mendoza
TKT 00245986 225,00 CF Autos
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
44
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Domingo
25/08/19
17:46 hs.
Providencia
(Panadería y
Confitería)
BarrioSantaAna,
Guaymallén
0002-00028804 500,00 CF Varios
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Total 9.098,00s
Entiende el revisor que se configura una PARTIDA NO COMPROBADA
por la suma de $ 9.098,00 por los importes rendidos y no vinculados a
ninguna comisión oficial, tanto para la Tesorera, por haber solicitado el
anticipo y aceptado comprobantes no conformes, como para el Gerente de
Economía y Finanzas, por ser quien autorizó con su firma y/o autorizó gastos
no conformes.
Sin embargo, respecto de los siguientes comprobantes, en función de las
argumentaciones brindadas por el responsable, guardarían vinculación con la
prestación de servicios:
Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza
Martes
02/07/19
10:27 hs.
Hoteles y Casinos
Argentinos SA
0003-00177031 100,00 CF
Playa de
estacionamiento
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Miércoles
03/04/19
13:10 hs.
Servicio Taxi TKT 2836 244,70 N/A 1,13 km
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Miércoles
03/04/19
12:38
Servicio Taxi TKT 2837 74,54 N/A 2,43 km
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Viernes
05/04/19
12:30 hs.
Servicio Taxi TKT 2838 344,40 N/A 11,13 km
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
45
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Martes
27/08/19
11:59 hs.
Servicio Taxi TKT060392 87,08 N/A Ilegible
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Martes
03/09/19
11:59 hs.
Servicio Taxi TKT10944 479,82 N/A 23,68km
Cdor. Elías Jurado
(Gerente de
Economía y
Finanzas)
Total 1.330,54
Por lo que considera SALVAR una parte del reparo por la suma de
$ 1.330,54.
b) Anticipo Nº 48: su rendición se efectuó mediante la utilización de
comprobantes de gastos, donde no se especifica cantidad ni productos
vendidos, a pesar de hallarse emitidos en favor de la DPV. Dichos
comprobantes son de fecha 02/10/2019, siendo que el anticipo fue
entregado el 22/02/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de
fondos no tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto
de la DPV, ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado
por parte del responsable al que se le otorgó, en este caso a la propia
Tesorera Miriam Herrera.
Por tanto, a criterio de la revisión las sumas abonadas que totalizan
$5.900,00, carecen de vinculación directa con un gasto de la DPV, puesto
que no se explicita en la misma ni la cantidad ni los productos vendidos,
como así tampoco los responsables han justificado haberlos realizado en
favor de la DPV.
Se pudo asimismo constatar, a través del reporte “rDis5033 Listado de
Devoluciones en Efectivo de cheque por fecha de proceso”, que para
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
46
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
fecha 01/11/2019 se procedió al reembolso de la suma no utilizada de
$34.100,00 (Anticipo: $40.000 – Gastos: $5.900).
c) Anticipo Nº 137: su rendición se efectuó mediante la utilización de
comprobantes de gastos diversos con fechas comprendidas entre el
25/06/2019 y 02/09/2019, cuando en realidad el anticipo fue requerido el
03/05/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no
tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV,
ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del
responsable al que se le otorgó, en este caso al Gerente de Economía y
Finanzas Cdor. Elías Jurado. Según reporte “rDis5033 Listado de
Devoluciones en Efectivo de cheque por fecha de proceso”, para fecha
01/11/2019 se procedió al reembolso de la suma no utilizada de
$19.960,00 (Anticipo: $40.000 – Gastos: $20.040).
d) Anticipo Nº 143: su rendición se efectuó mediante la utilización de un
comprobante por $90,00 relacionado con un viaje en taxi con destino al
Banco de la Nación Argentina.
Respecto delcomprobante en sí, no hay objeciones en que se trata de
un gasto vinculado a la repartición, por lo cual, en ese aspecto se
considera SALVADO el reparo.
OPINIÓN DE SECRETARIA RELATORA
A.- LA SUBSISTENCIA DEL REPARO
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
47
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
En conclusión y atento a que los comprobantes rendidos no guardan
vinculación con gastos de la DPV, esta Secretaría Relatora sugiere mantener
SUBSISTENTE como PARTIDA NO COMPROBADA correspondiendo la
aplicación de cargo solidario (art. 40 Ley Nº 1.003) por los importes rendidos
y no vinculados a ninguna comisión oficial por las siguientes sumas:
a) Anticipo N° 23: por la suma de $ 9.098 tanto para la Tesorera por haber
solicitado el anticipo y aceptado comprobantes no conformes, como
para el Gerente de Economía y Finanzas por ser quien autorizó con su
firma gastos no conformes.
b) Anticipo N° 48: por la suma de $ 5.900, para la Gerente de Recursos
Humanos, Administrador y Tesorera, los dos primeros por ser quienes
autorizaron con su firma los gastos no justificados y la Tesorera en
relación a que aceptó dichos gastos.
La formulación del cargo se fundamenta en que estos gastos no guardan
relación con actividades del organismo, careciendo de razonabilidad, lo que
queda evidenciado en el hecho que fueron rendidos con bastante
extemporaneidad y su comisión nunca fue acreditada.
La regla de la razonabilidad que debe inspirar todo el accionar de la
administración, se refleja en el art. 28 de nuestra CN. Aun cuando resulte
difícil definir o conceptuar qué es razonable, tal apreciación resulta
susceptible de una estimación objetiva.
En primer lugar, la razonabilidad consiste en una valoración axiológica de
justicia que nos muestra en el caso concreto, si la decisión, acto o justificación
tiene razón suficiente. En segundo lugar, el sentido común y el sentimiento
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
48
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
racional de justicia de los hombres hace posible vivenciar la razonabilidad y
su opuesto, la arbitrariedad.
La Constitución formal, suministra criterios, principios y valoraciones que,
integrando su ideología, permiten componer y descubrir en cada caso la regla
de la razonabilidad. La razonabilidad impuesta por la constitución en cuanto
derecho positivo se extrae del valor justicia o derecho natural.
Hecha esta breve introducción podemos decir que la razonabilidad importa
una valoración jurídica de justicia, lo cual significa que la obligación
constitucional de que los órganos estatales actúen razonablemente, implica
que actúen con justicia.
Tal criterio ya fue receptado por el Tribunal al analizar la rendición de
cuentas de la DGE, ejercicio 2011 Fallo N° 16.056, donde claramente expuso
que: “…La facultad de examinar la razonabilidad del acto, por otra parte,
hace al control contable de legalidad que la Constitución ha deferido a este
Tribunal. Setrata de establecer si el acto de disposición de caudales públicos
cumple el recaudo legal de la debida fundamentación y no sólo el de una
“motivación aparente” (art. 39 de la Ley 3909).”
Así, no aparecen como razonables gastos de diversa índole -comida,
estacionamiento, taxi- que no se vinculan a una comisión de servicio, que
están emitidos a consumidor final y que tienen fecha bastante posterior al
otorgamiento de los fondos, y además no obedecen al normal, habitual y
operativo funcionamiento del organismo, incumpliendo así la Resolución
1199/18.
En efecto, no puede perderse de vista que este fondo se constituye para ser
utilizado en la atención de pagos relativos a gastos de menor cuantía con el fin
de solucionar problemas momentáneos del servicio o adquirir elementos de
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
49
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
escaso valor, resultando imprescindible que dichos gastos respondan a
necesidades indispensables, para lo cual debe existir un nexo causal que
vincule al gasto con la necesidad y pertinencia del mismo. Tales gastos al no
tener relación con las características de la actividad que desempeña la DPV
resultan impugnables.
Y es aquí donde cobra especial relevancia el criterio de la razonabilidad del
egreso como elemento que sirve de contexto para establecer el cumplimiento
del requisito de normalidad y necesidad del gasto. En este punto la
razonabilidad del gasto está dada por su vinculación al servicio y con la
temporalidad del gasto en relación a la fecha de solicitud de fondos y los
comprobantes aportados, más aún cuando se trata de erogaciones que se
realizan con fondos públicos, donde el deber de cuidado es mayor y se funda
en normas superiores que imponen conductas ciertas y concretas respecto del
modo y condiciones que se deben respetar en punto a la erogación de fondos
públicos, en consonancia con el principio de buena administración y los
objetivos plasmados en el art. 2 inc. a) de la Ley 8706 (economicidad,
eficacia, eficiencia).
En consecuencia, los gastos observados no eran normales ni necesarios, y no
guardaban relación directa ni de temporalidad con las funciones que está
llamada a desempeñar la organización cuentadante.
Si bien la factura o comprobante es el elemento que prueba “prima pacie”
una operación económica, ella por sí sola carece de valor si no se puede
acreditar fehacientemente que es real la operación reflejada en la misma y que
el gasto es necesario para la actividad.1
1
Similar criterio adoptó el Tribunal en el Expte. Nº 420-PS-17, PIEZA SEPARADA DEL EXPTE. Nº 303-A-2015
UNIDAD COORDINADORA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS (UCPP), Fallo N° 17049.
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
50
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
Por las razones expuestas, esta Secretaría Relatora entiende que el accionar de
los responsables en torno a estos anticipos resulta irrazonable y los
comprobantes presentados son extemporáneos en relación a la supuesta
misión de servicios para el que fueron solicitados, esto constituye una
erogación sin justificar por los montos que subsisten de los anticipos N° 23 y
48, por lo que se aconseja formular cargo solidario en los términos del
art. 40 de la ley 1003.
No obstante, esta Secretaria disiente con el criterio de la revisión en el aspecto
de formular cargo por los intereses de las sumas devueltas (Anticipos N° 48,
137 y 143), toda vez que ello no fue concretado ni amenazado en oportunidad
de correr vista de las observaciones y atenta contra la garantía de defensa de
que gozan los señalados como responsables.
B. ANÁLISIS DE RESPONSABILIDAD
En punto a este tema, esta Secretaria Relatora estima conveniente formular
algunas precisiones respecto del alcance de la responsabilidad por el perjuicio
que se determina en el reparo.
B.1. CONCEPTOS GENERALES. LA TEORIA DEL ORGANO.
Con carácter general la responsabilidad constituye una categoría común
prácticamente a la totalidad de los órdenes jurídicos. Se habla así de
responsabilidad civil, penal, administrativa, fiscal, asociativa, social, incluso
política. Cada una de ellas posee su particular régimen jurídico en cuanto a
sus presupuestos, elementos y efectos. Cuando un sujeto incumple un deber o
una obligación o cuando causa un daño, es responsable siempre que el
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
309 2019 30900119
Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION
PROVINCIALDEVIALIDAD
51
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
incumplimiento o el daño le sea imputable. Desde esta perspectiva puede
afirmarse que la responsabilidad descansa sobre un determinado título de
imputación.”2
Brevemente haremos referencia en este punto a la Teoría del órgano,
mediante la cual, las personas jurídicas (Estado en este caso) expresan su
voluntad a través de los órganos que la integran. La teoría del órgano es de
origen alemán y explica el procedimiento de imputación de la voluntad
humana a la persona jurídica. Cuando la actuación personal del funcionario
excede las facultades expresas o implícitas que tiene asignadas como órgano,
sus actos generan la responsabilidad personal del funcionario.
En este sentido, la competencia deber ser asignada por ley en forma expresa o
razonablemente implícita (no se presume)3 y es el conjunto de funciones que
un agente legítimamente puede ejercer. Actuando dentro de ese ámbito, su
voluntad se confunde con la del órgano del cual forma parte.
B.2 LA RESPONSABILIDAD CONTABLE YLA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
SUS ESFERAS DE ACTUACION.
En concordancia con el criterio que venimos exponiendo, Miriam Ivanega4,
divide los ámbitos de responsabilidad pública en los siguientes: Política,
Penal, Civil, Disciplinaria y Patrimonial. De esta clasificación vamos a tomar
para nuestro análisis dos en particular: la RESPONSABILIDAD
2 Tratado de la Responsabilidad Civil, Félix Trigo Represas, Marcelo López Mesa, Ed. La Ley, 2004, Tomo
I, pág. 3.
3 Art. 2 ley 9003 “La competencia administrativa es irrenunciable e improrrogable, debiendo ser ejercida
directa y exclusivamente por quien la tiene atribuida por el ordenamiento jurídico, en forma expresa o
razonablemente implícita, salvo los casos legítimos de delegación, avocación y sustitución”.
4 Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
(www.juridicas.unam.mx)
Dictamen
Expediente Ejercicio Nomenclador
Organismo:
52
Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731
Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs
CONTABLE (que estaría dentro del ámbito de responsabilidad disciplinaria
administrativa) y la RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL del funcionario.
Dentro del primer ámbito, el Tribunal de Cuentas de Mendoza aplica la
sanción de multa (art. 42 ley N°1003), cuando no se ha llevado la cuenta
conforme a los parámetros que establece el artículo 31 de nuestra ley
orgánica, es decir, que se realiza un control de legalidad sobre la ejecución
financiera y presupuestaria que implica la administración de caudales
públicos.
En caso de violación de estas normas y procedimientos, el Tribunal aplicará,
si así lo estima conveniente, la SANCION de multa. Esta facultad
sancionatoria encuentra su fundamento en la preservación y autoprotección de
la organización para garantizar el correcto funcionamiento de los servicios
administrativos, en el caso concreto, la correcta administración y disposición
(en sentido amplio) de la hacienda pública.
Por último, es necesario destacar que los ámbitos de responsabilidad son
diferentes, por ello, la sanción “disciplinaria” es independiente de la sanción
“penal”. No se viola el principio de “non bis in idem” cuando se aplica una
sanción disciplinaria por un mismo hecho que luego da lugar a la sanción
penal.
Por lo expuesto es de fundamental importancia garantizar el derecho de
defensa de quien es imputado por una falta que luego dará lugar a la posible
imposición de sanción.
En el segundo caso, debemos conceptualizar la responsabilidad patrimonial
del funcionario.
Cuando la conducta del funcionario o empleado público excede el marco de
competencias que permite asignar las consecuencias al Estado, la
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad
Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Resolución del 5 de diciembre 2014 corregida del Directorio Número 25 FCCPV
Resolución del 5 de diciembre 2014 corregida del Directorio Número 25 FCCPVResolución del 5 de diciembre 2014 corregida del Directorio Número 25 FCCPV
Resolución del 5 de diciembre 2014 corregida del Directorio Número 25 FCCPVAlgoritmo de Venezuela C.A.
 
Informe CGR Nº 965/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de Calle Larga
Informe CGR Nº 965/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de Calle Larga Informe CGR Nº 965/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de Calle Larga
Informe CGR Nº 965/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de Calle Larga Nelson Leiva®
 
Normas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de fleteNormas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de fleteJuanscito Lokito
 
Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...
Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...
Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...Massey Abogados (Oscar Massey)
 
Prórroga Reporte País por País
Prórroga Reporte País por PaísPrórroga Reporte País por País
Prórroga Reporte País por PaísTGS
 
INFORME PERICIAL N° 44-2016-DIRCOCOR-PNP/OFICRI-UNITAVAL - 21 NOV 2016 - Caso...
INFORME PERICIAL N° 44-2016-DIRCOCOR-PNP/OFICRI-UNITAVAL - 21 NOV 2016 - Caso...INFORME PERICIAL N° 44-2016-DIRCOCOR-PNP/OFICRI-UNITAVAL - 21 NOV 2016 - Caso...
INFORME PERICIAL N° 44-2016-DIRCOCOR-PNP/OFICRI-UNITAVAL - 21 NOV 2016 - Caso...Dylan Ezequiel LÓPEZ ENCARNACIÓN
 
Fallo municipalidad de san martin
Fallo municipalidad de san martinFallo municipalidad de san martin
Fallo municipalidad de san martinSantiago Montiveros
 
Ley 2492 vrs 1 3 actulizada
Ley 2492 vrs 1 3 actulizadaLey 2492 vrs 1 3 actulizada
Ley 2492 vrs 1 3 actulizadaMickiiAsv
 
Fallo TdCtas EPRE 12 16
Fallo TdCtas EPRE 12 16Fallo TdCtas EPRE 12 16
Fallo TdCtas EPRE 12 16EPRE
 
Denuncia ante la fiscalia upy d parla
Denuncia ante la fiscalia upy d parlaDenuncia ante la fiscalia upy d parla
Denuncia ante la fiscalia upy d parlaUPyD Parla
 
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013Eduardo Nelson German
 
Res epre-194-15
Res epre-194-15Res epre-194-15
Res epre-194-15EPRE
 

La actualidad más candente (18)

Guia llenado de formularios 200 it, 400 iva
Guia llenado de formularios 200 it, 400 ivaGuia llenado de formularios 200 it, 400 iva
Guia llenado de formularios 200 it, 400 iva
 
Resolución del 5 de diciembre 2014 corregida del Directorio Número 25 FCCPV
Resolución del 5 de diciembre 2014 corregida del Directorio Número 25 FCCPVResolución del 5 de diciembre 2014 corregida del Directorio Número 25 FCCPV
Resolución del 5 de diciembre 2014 corregida del Directorio Número 25 FCCPV
 
Informe CGR Nº 965/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de Calle Larga
Informe CGR Nº 965/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de Calle Larga Informe CGR Nº 965/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de Calle Larga
Informe CGR Nº 965/2015 Fiscalización a I. Municipalidad de Calle Larga
 
Normas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de fleteNormas y tablas para calculo de flete
Normas y tablas para calculo de flete
 
Distancia virtual
Distancia virtualDistancia virtual
Distancia virtual
 
Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...
Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...
Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...
 
Derecho comercial II
Derecho comercial IIDerecho comercial II
Derecho comercial II
 
2012 12-30
2012 12-302012 12-30
2012 12-30
 
Prórroga Reporte País por País
Prórroga Reporte País por PaísPrórroga Reporte País por País
Prórroga Reporte País por País
 
INFORME PERICIAL N° 44-2016-DIRCOCOR-PNP/OFICRI-UNITAVAL - 21 NOV 2016 - Caso...
INFORME PERICIAL N° 44-2016-DIRCOCOR-PNP/OFICRI-UNITAVAL - 21 NOV 2016 - Caso...INFORME PERICIAL N° 44-2016-DIRCOCOR-PNP/OFICRI-UNITAVAL - 21 NOV 2016 - Caso...
INFORME PERICIAL N° 44-2016-DIRCOCOR-PNP/OFICRI-UNITAVAL - 21 NOV 2016 - Caso...
 
Plazos rm
Plazos rmPlazos rm
Plazos rm
 
Fallo municipalidad de san martin
Fallo municipalidad de san martinFallo municipalidad de san martin
Fallo municipalidad de san martin
 
Ley 2492 vrs 1 3 actulizada
Ley 2492 vrs 1 3 actulizadaLey 2492 vrs 1 3 actulizada
Ley 2492 vrs 1 3 actulizada
 
Fallo TdCtas EPRE 12 16
Fallo TdCtas EPRE 12 16Fallo TdCtas EPRE 12 16
Fallo TdCtas EPRE 12 16
 
Denuncia ante la fiscalia upy d parla
Denuncia ante la fiscalia upy d parlaDenuncia ante la fiscalia upy d parla
Denuncia ante la fiscalia upy d parla
 
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
Boletín Oficial del 5 de julio de 2013
 
Mapro gcr
Mapro gcrMapro gcr
Mapro gcr
 
Res epre-194-15
Res epre-194-15Res epre-194-15
Res epre-194-15
 

Similar a Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad

Fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza sobre el Casino 2011
Fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza sobre el Casino 2011Fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza sobre el Casino 2011
Fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza sobre el Casino 2011Ricardo Montacuto
 
07 2017 ugelsullana-planilla.odt
07 2017 ugelsullana-planilla.odt07 2017 ugelsullana-planilla.odt
07 2017 ugelsullana-planilla.odtAlexis Benites
 
23 2017 munisullana-papeletas
23 2017 munisullana-papeletas23 2017 munisullana-papeletas
23 2017 munisullana-papeletasAlexis Benites
 
Proinversion sistema nacional de endeudamiento y tesoreria-exposición
Proinversion   sistema nacional de endeudamiento y tesoreria-exposiciónProinversion   sistema nacional de endeudamiento y tesoreria-exposición
Proinversion sistema nacional de endeudamiento y tesoreria-exposiciónNORKA COLQUE
 
Fallo del Tribunal de Cuentas sobre la DINAF
Fallo del Tribunal de Cuentas sobre la DINAFFallo del Tribunal de Cuentas sobre la DINAF
Fallo del Tribunal de Cuentas sobre la DINAFMariano Manuel Bustos
 
22 2017 munisullana-obra
22 2017 munisullana-obra22 2017 munisullana-obra
22 2017 munisullana-obraAlexis Benites
 
Tribunal de Cuentas sancionó a Montoro
Tribunal de Cuentas sancionó a MontoroTribunal de Cuentas sancionó a Montoro
Tribunal de Cuentas sancionó a MontoroMariano Manuel Bustos
 
Meros presentantes
Meros presentantesMeros presentantes
Meros presentantesDiego Gebil
 
Meros presentantes
Meros presentantesMeros presentantes
Meros presentantesDiego Gebil
 
Meros presentantes
Meros presentantesMeros presentantes
Meros presentantesDiego Gebil
 
Disp 342 mero_presentante
Disp 342 mero_presentanteDisp 342 mero_presentante
Disp 342 mero_presentanteDiego Gebil
 
Entrega de cargo bscd (autoguardappp
Entrega de cargo   bscd (autoguardapppEntrega de cargo   bscd (autoguardappp
Entrega de cargo bscd (autoguardapppNelson Gomez Muñoz
 

Similar a Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad (20)

Fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza sobre el Casino 2011
Fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza sobre el Casino 2011Fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza sobre el Casino 2011
Fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza sobre el Casino 2011
 
07 2017 ugelsullana-planilla.odt
07 2017 ugelsullana-planilla.odt07 2017 ugelsullana-planilla.odt
07 2017 ugelsullana-planilla.odt
 
610 PROFESIONALES.pdf
610 PROFESIONALES.pdf610 PROFESIONALES.pdf
610 PROFESIONALES.pdf
 
23 2017 munisullana-papeletas
23 2017 munisullana-papeletas23 2017 munisullana-papeletas
23 2017 munisullana-papeletas
 
Consultores en linea19
Consultores en linea19Consultores en linea19
Consultores en linea19
 
Viáticos.pptx
Viáticos.pptxViáticos.pptx
Viáticos.pptx
 
Proinversion sistema nacional de endeudamiento y tesoreria-exposición
Proinversion   sistema nacional de endeudamiento y tesoreria-exposiciónProinversion   sistema nacional de endeudamiento y tesoreria-exposición
Proinversion sistema nacional de endeudamiento y tesoreria-exposición
 
Fallo del Tribunal de Cuentas sobre la DINAF
Fallo del Tribunal de Cuentas sobre la DINAFFallo del Tribunal de Cuentas sobre la DINAF
Fallo del Tribunal de Cuentas sobre la DINAF
 
22 2017 munisullana-obra
22 2017 munisullana-obra22 2017 munisullana-obra
22 2017 munisullana-obra
 
Fallo 17171 del Tribunal de Cuentas
Fallo 17171 del Tribunal de CuentasFallo 17171 del Tribunal de Cuentas
Fallo 17171 del Tribunal de Cuentas
 
Tribunal de Cuentas sancionó a Montoro
Tribunal de Cuentas sancionó a MontoroTribunal de Cuentas sancionó a Montoro
Tribunal de Cuentas sancionó a Montoro
 
6364-06213150_17_5_2022.pdf
6364-06213150_17_5_2022.pdf6364-06213150_17_5_2022.pdf
6364-06213150_17_5_2022.pdf
 
09611576
0961157609611576
09611576
 
Meros presentantes
Meros presentantesMeros presentantes
Meros presentantes
 
Meros presentantes
Meros presentantesMeros presentantes
Meros presentantes
 
Meros presentantes
Meros presentantesMeros presentantes
Meros presentantes
 
Disp 342 mero_presentante
Disp 342 mero_presentanteDisp 342 mero_presentante
Disp 342 mero_presentante
 
Fallo 17262 del Tribunal de Cuentas
Fallo 17262 del Tribunal de CuentasFallo 17262 del Tribunal de Cuentas
Fallo 17262 del Tribunal de Cuentas
 
Fallo 17187 del Tribunal de Cuentas
Fallo 17187 del Tribunal de CuentasFallo 17187 del Tribunal de Cuentas
Fallo 17187 del Tribunal de Cuentas
 
Entrega de cargo bscd (autoguardappp
Entrega de cargo   bscd (autoguardapppEntrega de cargo   bscd (autoguardappp
Entrega de cargo bscd (autoguardappp
 

Más de Santiago Montiveros (20)

SAN RAFAEL - DIFUSIÓN.pdf
SAN RAFAEL - DIFUSIÓN.pdfSAN RAFAEL - DIFUSIÓN.pdf
SAN RAFAEL - DIFUSIÓN.pdf
 
SAN CARLOS- DIFUSIÓN.pdf
SAN CARLOS- DIFUSIÓN.pdfSAN CARLOS- DIFUSIÓN.pdf
SAN CARLOS- DIFUSIÓN.pdf
 
MAIPÚ - DIFUSIÓN.pdf
MAIPÚ - DIFUSIÓN.pdfMAIPÚ - DIFUSIÓN.pdf
MAIPÚ - DIFUSIÓN.pdf
 
TUNUYÁN - DIFUSIÓN.pdf
TUNUYÁN - DIFUSIÓN.pdfTUNUYÁN - DIFUSIÓN.pdf
TUNUYÁN - DIFUSIÓN.pdf
 
SANTA ROSA DIFUSIÓN.pdf
SANTA ROSA DIFUSIÓN.pdfSANTA ROSA DIFUSIÓN.pdf
SANTA ROSA DIFUSIÓN.pdf
 
LA PAZ - DIFUSIÓN.pdf
LA PAZ - DIFUSIÓN.pdfLA PAZ - DIFUSIÓN.pdf
LA PAZ - DIFUSIÓN.pdf
 
LAVALLE - DIFUSIÓN.pdf
LAVALLE - DIFUSIÓN.pdfLAVALLE - DIFUSIÓN.pdf
LAVALLE - DIFUSIÓN.pdf
 
MALARGÜE - DIFUSIÓN.pdf
MALARGÜE - DIFUSIÓN.pdfMALARGÜE - DIFUSIÓN.pdf
MALARGÜE - DIFUSIÓN.pdf
 
GENERAL ALVEAR - DIFUSIÓN.pdf
GENERAL ALVEAR - DIFUSIÓN.pdfGENERAL ALVEAR - DIFUSIÓN.pdf
GENERAL ALVEAR - DIFUSIÓN.pdf
 
TUPUNGATO DIFUSIÓN.pdf
TUPUNGATO DIFUSIÓN.pdfTUPUNGATO DIFUSIÓN.pdf
TUPUNGATO DIFUSIÓN.pdf
 
RIVADAVIA - DIFUSION.pdf
RIVADAVIA - DIFUSION.pdfRIVADAVIA - DIFUSION.pdf
RIVADAVIA - DIFUSION.pdf
 
SAN MARTÍN - DIFUSIÓN.pdf
SAN MARTÍN - DIFUSIÓN.pdfSAN MARTÍN - DIFUSIÓN.pdf
SAN MARTÍN - DIFUSIÓN.pdf
 
JUNÍN - DIFUSIÓN.pdf
JUNÍN - DIFUSIÓN.pdfJUNÍN - DIFUSIÓN.pdf
JUNÍN - DIFUSIÓN.pdf
 
LUJÁN DE CUYO - DIFUSIÓN.pdf
LUJÁN DE CUYO - DIFUSIÓN.pdfLUJÁN DE CUYO - DIFUSIÓN.pdf
LUJÁN DE CUYO - DIFUSIÓN.pdf
 
GODOY CRUZ - DIFUSIÓN.pdf
GODOY CRUZ - DIFUSIÓN.pdfGODOY CRUZ - DIFUSIÓN.pdf
GODOY CRUZ - DIFUSIÓN.pdf
 
GUAYMALLÉN - DIFUSIÓN.pdf
GUAYMALLÉN - DIFUSIÓN.pdfGUAYMALLÉN - DIFUSIÓN.pdf
GUAYMALLÉN - DIFUSIÓN.pdf
 
LAS HERAS - DIFUSIÓN.pdf
LAS HERAS - DIFUSIÓN.pdfLAS HERAS - DIFUSIÓN.pdf
LAS HERAS - DIFUSIÓN.pdf
 
CAPITAL - DIFUSIÓN (1).pdf
CAPITAL - DIFUSIÓN (1).pdfCAPITAL - DIFUSIÓN (1).pdf
CAPITAL - DIFUSIÓN (1).pdf
 
acuerdo intercambio información
acuerdo intercambio informaciónacuerdo intercambio información
acuerdo intercambio información
 
Gustavo Cairo
Gustavo CairoGustavo Cairo
Gustavo Cairo
 

Último

La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"Ilfattoquotidianoit
 
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosAPOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosEduardo Nelson German
 
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaAmpliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaEduardo Nelson German
 
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Nueva Canarias-BC
 
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfComoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfLorenzo Lemes
 
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfmaraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfredaccionxalapa
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfredaccionxalapa
 
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaAviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaEduardo Nelson German
 
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...Eduardo Nelson German
 
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la CapitalEnte de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la CapitalEduardo Nelson German
 
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348Erbol Digital
 
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...20minutos
 
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdfEstudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdfmerca6
 
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfCOMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfAndySalgado7
 
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historiaDictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historiaLauraCardenas882684
 
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Eduardo Nelson German
 
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaDenuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaEduardo Nelson German
 

Último (18)

La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
 
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosAPOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
 
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaAmpliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
 
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
 
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfComoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
 
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfmaraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
 
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaAviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
 
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
La Justicia Federal no le hizo lugar a medida del Intendente de La Rioja cont...
 
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la CapitalEnte de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
Ente de Coordinación Operativa de Servicios en la Capital
 
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
Pronunciamiento de Mujeres en defensa de la Ley 348
 
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
 
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdfEstudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
Estudio de opinión a nivel nacional (16.04.24) Publicación.pdf
 
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfCOMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
 
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historiaDictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
Dictaduras de Bolivia a lo largo de su historia
 
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
 
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
 
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaDenuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
 

Dictamen sobre irregularidades en rendición de fondos fijos de Dirección Provincial de Vialidad

  • 1. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 1 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs SEÑOR PRESIDENTE: Vienen las presentes actuaciones a Secretaría Relatora a los efectos de la emisión de dictamen final a los términos del art. 32 de la Ley Nº 1003, respecto de la rendición de cuentas producida por las autoridades a cargo de Dirección Provincial de Vialidad, durante el ejercicio 2019. ANTECEDENTES A fs. 258/300 la Revisión confecciona el Informe General de la cuenta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31º de la Ley Nº 1.003. A fs. 361/405 Secretaría Relatora concreta los reparos, elabora el Pliego de Observaciones conforme lo establecido por el artículo 32 de la Ley Nº 1.003, y aconseja dar vista de las observaciones formuladas a las autoridades responsables del ente cuentadante. Asimismo, emplaza para la remisión de los elementos faltantes a los que se refieren dichas observaciones. Todo ello a fin de contar con todos los antecedentes y documentación necesarios para su análisis final. A fs. 470 obra la cédula de notificación a las autoridades responsables, las que han sido debidamente diligenciadas por el Receptor del Tribunal. A fs. 494/681 las autoridades responsables del ente cuentadante contestan y ofrecen pruebas de descargo. A fs. 682/752 la Revisión produce su Informe Complementario. Por lo expuesto, corresponde que esta Secretaría realice el pertinente: DICTAMEN FINAL
  • 2. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 2 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs OBSERVACIÓN Nº 1 IRREGULARIDADES Y DEFICIENCIAS DE CONTROL INTERNO EN RENDICION FONDO FIJO DE TESORERÍA. CUC 880. De la revisión de los expedientes de rendición de gastos por Fondo Fijo CUC 880 DPV División Tesorería, se observan comprobantes de gastos y rendiciones que no se hayan conformes a las disposiciones legales y procedimientos de control interno. En tal sentido, la reglamentación del ente en materia de Fondo Fijo estableció los conceptos que pueden ser abonados, los que fueron plasmados en la Resolución Nº 1199/2018 del Consejo Ejecutivo de fecha 26/12/18, que dispuso entre otros aspectos, los nuevos valores de los Fondos Fijos de Tesorería y de las distintas Zonas, con vigencia a partir del 01/01/2019. En los considerandos se establece que los mismos son para ser utilizados en la atención de pagos cuya característica, modalidad o urgencia, no permita aguardar la respectiva provisión de fondos o para los gastos de menor cuantía, que deban abonarse al contado, para solucionar problemas momentáneos de servicio o adquirir elementos de escaso valor, cuya necesidad se presente imprevistamente. El art. 4º de la norma aludida, establece que “los pagos mayores de 200,00 deben estar pagados con cheque y se debe realizar la correspondiente orden de compra a nombre del proveedor pertinente”. Dicha situación no ha sido respetada en casi ninguna de las rendiciones que se analizaron, pero dada su escasa significatividad respecto de otras irregularidades advertidas no se observa en este caso. Asimismo, se desprenden las siguientes consideraciones:
  • 3. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 3 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs En su art. 2º, se menciona que el monto autorizado por la presente Resolución, salvo circunstancias especiales que determinará la Dirección, solo se podrán rotar una vez al mes. Y en su art. 6º fija los montos para el ejercicio 2019, que para el Fondo Fijo al que se refiere el presente informe fue de $600.000. Con posterioridad a ello, y para fecha 19/02/2019, mediante Resolución Nº 14/19 emanada del Administrador ad-referéndum del Consejo Ejecutivo, se autoriza la ampliación del Fondo Fijo de la División Tesorería en la suma de $250.000, elevando el mismo a la suma de $850.000. Seguidamente el Consejo Ejecutivo para fecha 20/02/2019 emitió Resolución Nº 156/19 por la que aprueba en todos sus términos la Resolución Nº 14/19 de Administración. Del relevamiento realizado respecto del circuito que siguen los expedientes de gastos, rendición y reposición de los Fondos Permanentes se concluye en lo siguiente: - Los pagos con el Fondo Permanente son efectuados en efectivo, con fondos retirados mediante el sistema de Anticipos entregados a responsables, o mediante cheque entregados a los proveedores en caso de haberse emitido las órdenes de compra correspondientes. - El responsable del Fondo Fijo del CUC 880 Tesorería, confecciona y presenta las rendiciones para su reposición, como así también las respectivas órdenes de pago patrimoniales (CUC 880). - No obra en los expedientes constancias de entrega de los anticipos firmadas por los responsables a los cuales se le otorgan los mismos según los registros del SIDICO.
  • 4. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 4 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs - No surge de los expedientes electrónicos el responsable de la confección de los Partes de Pago y la efectiva reposición de los Fondos a la cuenta bancaria del Fondo Permanente. - Las órdenes de pago obrantes en los expedientes no han sido firmadas por el responsable del servicio administrativo. - Los fondos con reposición a que refieren los gastos que se observan debían ser rendidos por periodos no mayores a un mes, sin embargo, se han verificado comprobantes pagados que exceden el plazo indicado. - Respecto de los P-18 (Formularios de Pedido), se detecta la falta de vinculación entre el responsable que firma el pedido y el sector para el cual se adquiere, fechas de emisión posteriores al del comprobante rendido. Además, puede observarse que dicho pedido puede editarse en más de una oportunidad e incluso modificarse la fecha de emisión, conforme lo manifestado por el propio Gerente de Economía y Finanzas en Expediente EX-2019-5395907-GDEMZA-DPV#MEIYE (orden 12). - No se ha solicitado la Constancia de Cumplimiento Fiscal previo al pago a proveedores (art. 30 inc. 4) del Código Fiscal 2019), especialmente en aquellos gastos pagados con Fondo Fijo, que debido a sus características y cuantía, debieron ser pagados con órdenes de pago. - No surge de la documentación agregada a los expedientes qué tipo de controles se efectúan ni responsables de los mismos, sobre las rendiciones presentadas por el responsable del Fondo Permanente, atento a que se constatan reposiciones de Fondo Fijo, que se detallan seguidamente, dondese observan que muchos comprobantes de respaldo de los gastos no están a nombre del organismo, no mencionan el beneficiario, ni la relación con la actividad de la Dirección Provincial de Vialidad (facturas y tickets
  • 5. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 5 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs por almuerzos, meriendas, cenas, combustible, panadería, carnicería, etc.). Incluso, algunos comprobantes no cumplen con las normas impositivas vigentes (esto es, se emiten en soporte papel cuando deben ser a partir del 01/04/2019 ser comprobantes electrónicos). Es necesario aclarar, además, que varios de estos gastos fueron realizados en días sábado o domingo, y durante los días hábiles administrativos en horarios no laborales, siendo los comprobantes emitidos a consumidor final o sin detallar destinatario. En definitiva, no existe rendida en los expedientes analizados, evidencia documental que respalde la vinculación del gasto con las actividades de la DPV. Porotra parte, se han detectado comprobantes electrónicos rendidos en más de una oportunidad en una o más rendiciones, y comprobantes manuales con CAI vencidos, en donde además se presumen adulteraciones en su emisión. Se agregan además un conjunto de comprobantes de “distintos proveedores” que tienen como común denominador el hecho de que han sido efectuados por el mismo puño escritor, tal como lo exponen los informes de la DAE. - No se ha justificado en las rendiciones de los gastos de fondos permanentes la urgencia o menor cuantía que establece como condición el propio reglamento de rendición del fondo permanente para la DPV. De los aspectos detallados precedentemente, se observa una FALTA GRAVE DE CONTROL INTERNO. Este cúmulo de inobservancias puede ocasionar daño patrimonial al Estado Provincial conforme se desprende de las observaciones que se formulan en este informe. A continuación, se exponen las observaciones generales de irregularidades comunes a casi todos los expedientes, las cuales pueden constituir, en caso de
  • 6. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 6 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs no subsanarse, PROCEDIMIENTOS IRREGULARES GRAVES, debiendo aplicarse multa, conforme a lo previsto en el art. 42 de la Ley Nº 1.003. Por lo expuesto, los responsables debían: 1. Justificar la falta de constancias documentales de entrega de dinero a sus responsables (recibos y/o anticipos firmados). (arts. 75 y 107 Ley 8706). 2. Justificar la falta de los partes de pago y respectivas reposiciones de fondos (transferencias) firmadas por los responsables a cargo. (arts. 10, 11, 58, 75 y 107 Ley 8706). 3. Justificar la falta de cumplimiento respecto del plazo de rendición de los comprobantes pagados, atento que exceden el plazo de un mes indicado por la norma. (art. 48 inc. b) Decreto 1000/15) y art. 2 de la Resolución N°1199/18 DPV. Estas deficiencias se advierten del análisis que se efectúa en los distintos anexos que forman parte de este informe. 4. Justificar la falta de vinculación entre el responsable que firma el pedido (P-18) y el sector para el cual se adquiere, a la vez de brindar las justificaciones respecto de las fechas de emisión posteriores al del comprobante rendido, y respecto de la posibilidad del sistema de editar la fecha de emisión de los mismos (art. 139 inc. b) Decreto 1000/15). Estas deficiencias se advierten del análisis que se efectúa en los distintos anexos que forman parte de este informe. 5. Justificar la falta de solicitud de Constancia de Cumplimiento Fiscal previo al pago a proveedores (art. 30 inc. 4 del Código Fiscal 2019), ya que existen gastos pagados con Fondo Fijo, que debido a sus características, previsibilidad, recurrencia y cuantía, debieron ser pagados
  • 7. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 7 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs con órdenes de pago y no por fondo permanente. En este caso, se les debió exigir la constancia de cumplimiento fiscal. 6. Justificar la falta de firma del responsable del servicio administrativo en las órdenes de pago de reposición de los fondos (art. 10, 11, 75, 80, 81, Ley 8706). 7. Justificar las deficiencias detectadas por la revisión, tales como que los gastos no están a nombre del organismo, no mencionan el beneficiario, ni la relación con la actividad de la Dirección Provincial de Vialidad (facturas y tickets por almuerzos, meriendas, cenas, combustible, panadería, carnicería, etc.), fueron realizados en días sábado o domingo, y durante los días hábiles administrativos en horarios no laborales o no habituales de la administración, siendo los comprobantes emitidos a consumidor final o sin detallar destinatario o comisión de servicio que lo vincule a algún gasto de la DPV. Se incumple fundamentalmente los arts. 92 y 153 de la Ley 8706 y Decreto 1000/15, además de los arts. 10, 11, 81 y 107 de la Ley 8706. 8. Justificar el incumplimiento de las normas legales en materia fiscal, ya que algunos comprobantes no cumplen con las normas impositivas vigentes (esto es, se emiten en soporte papel cuando deben ser, a partir del 01/04/2019, comprobantes electrónicos). Se incumple el art. 153, Dto. 1000/15 (Requisitos de Facturación). CONTESTACION DE LOS RESPONSABLES El Cdor. Elías David Jurado responde que: “en consideración del párrafo cuarto de la página séptima, de la observación número uno, del EXP 309-A- 2019 donde se me solicita el fundamento de la falta de control y observancia
  • 8. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 8 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs de los deberes sobre los fondos permanentes, se debe aclarar que la creación y destino de los mismos NO se encontraban expedientes, ni papel físico y/o electrónico que permitiera percibir dichas irregularidades. Aún no obstante reforcé las medidas de control a través de AUDITORIAS INTERNAS, que comenzaron en el año 2018 hasta septiembre del 2019 (Exp. 5154274/19 y 2424177/19) bajo el N° de EXP 02798706 se notificó, no arrojando en tanto la auditoría del 2018 alguna irregularidad.” La Cdora. Adriana Flores responde: 1- Justificarla falta de constanciasdocumentales de entrega de dinero a sus responsables(recibos y/o anticipos firmados). (Arts. 75 y 107 Ley 8.706) La Habilitada del Fondo Fijo de Tesorería es quien debe hacer firmar los recibos cuando realiza entregas de dinero y/o anticipos financieros y a nombre de quien lo recibe. Que deben estar justificados en casos de montos elevados por Resolución (realización de viaje en comisión, etc.) que avale la entrega de determinado importe de dinero. Por Resolución Nº 226/2019 de Consejo Ejecutivo, aprueba nuevo organigrama, la Tesorería tiene dependencia directa del Administrador. Por lo cual no dependía de la Gerencia de Economía y Finanzas, y mucho menos de este Dpto. de Contaduría del cual soy responsable. Dicha resolución no fue puesta en conocimiento de todos los sectores de la repartición, luego de tomar conocimiento de los hechos objeto de este pliego de observaciones, trasciende que los únicos sectores que tenían conocimiento de la misma eran las Gerencia de Economía y Finanzasy la Gerencia de Recursos Humanos.
  • 9. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 9 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Por Resolución 990/2019 del 27 de noviembre de 2019 se deja sin efecto la mencionada en el párrafo precedente. 2- Justificar la falta de los partes de pago y respectivas reposiciones de fondos (transferencias) firmadas por los responsables a cargo. (arts10,11,58, 75 y 107 LEY 8706) En cuanto a esto se aclara que desde la implementación del Sistema de Expediente Electrónico (GDE) a partir de Enero de 2018, según las instrucciones recibidas en las capacitaciones brindadas por personal de Casa de Gobierno, todo movimiento de las piezas administrativas lleva la firma electrónica de quién realiza el pase, con lo cual se hace responsable de los comprobantes y/o documentación anexada al expediente, por lo que tanto los comprobantes de transferencias porreposición como también sus respectivos partes de pago están avalados por el responsable del sector que los anexo al expediente y posteriormente realizo el pase para su descargo con su firma electrónica. 3- Justificar la falta de cumplimiento respecto del plazo de rendición de los comprobantes pagados, atento que exceden el plazo de un mes indicado por la norma. (art. 48 inc. b) Decreto 1000/15) y art. 2 de la Resolución Nº 1199/18 DPV. Estas deficiencias se advierten del análisis en los distintos anexos que forman parte de este informe. La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería conoce claramente el plazo en el cual se debe rendir un recibo (desempeña dicha función hace muchos años) el cual no debe exceder de 30 días de su apertura y /o entrega para su rendición.
  • 10. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 10 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Esta Contaduríano tenía acceso a los expedientes de Tesorería. El circuito de control fue alterado y así permitir las irregularidades que se enumeran en este pliego. Se ha implementado o restituido el sistema de control que nunca debió de dejar de aplicarse. 4- Justificar la falta de vinculación entre el responsable que firma el pedido (P-18) y el sector para el cual se adquiere, a la vez de brindar las justificaciones respecto de las fechas de emisión posteriores al del comprobante rendido, y respecto de la posibilidad del sistema de editar la fecha de emisión de los mismos (art. 139 inc. b) Decreto 1000/15) El P-18 debe tener fecha anterior a la emisión de la factura, es decir la necesidad tiene que ser anterior a la realización del gasto. El P-18 debe firmarse por quien requiere lo solicitado y/o tiene la necesidad y por el Jefe que avala que lo requerido es necesario. La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería debe conocer el procedimiento para aceptar el P-18 y la factura conformada. Y en caso de no cumplir los requisitos formales debe devolver (factura y P-18) hasta que se presenten de forma adecuada. Esta Contaduríano tenía acceso a los expedientes de Tesorería. El circuito de control fue alterado y así permitir las irregularidades que se enumeran en este pliego. Se solicitará información al Dpto. de Informática respecto de la posibilidad de editar la fecha de emisión de los mismos.
  • 11. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 11 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs 5- Justificarla falta de solicitud de Constancias de Cumplimiento Fiscal previo al pago a proveedores (art. 30 inc. 4 del código Fiscal 2019), ya que existen gastos pagados con Fondo Fijo, que debido a sus características, previsibilidad, recurrencia y cuantía, debieron ser pagados con órdenes de pago y no por fondo permanente. En este caso, se les debió exigir la constancia de cumplimiento fiscal. La Habilitada de Fondo Fijo de Tesorería debe conocer como es el procedimiento para poder efectuar los pagos, lo que incluye que previo a pagarse a un proveedor debe corroborarse, y/o emitirse la Constancia de Cumplimiento Fiscal y/o Riesgo Fiscal. Esta Contaduríano tenía acceso a los expedientes de Tesorería. El circuito de control fue alterado y así permitir las irregularidades que se enumeran en este pliego. 6- Justificarla falta de firma del responsable del servicio administrativo en las órdenes de pago de reposiciónde los fondos (art. 10, 11, 75, 80, 81 Ley 8706) De la misma manera que se explicó anteriormente, desde la implementación del Sistema de Expediente Electrónico (GDE) a partir de Enero de 2018, según las instrucciones recibidas en las capacitaciones brindadas por personal de Casa de Gobierno, todo movimiento de las piezas administrativas lleva la firma electrónica de quién realiza el pase, con lo cual se hace responsable, en cuanto a las Reposiciones, estas eran avaladas por el/los encargados de controlar los expedientes (Mesa Revisora), que posteriormente enviaban para ser repuestos, también con
  • 12. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 12 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs su firma electrónica que certifica que dicho expediente cumple con los requisitos y las normas vigentes. 7- Justificar las deficiencias detectadas por la revisión, tales como que los gastos no están a nombre del organismo, no mencionan el beneficiario, ni la relación con la actividad de la Dirección Provincial de Vialidad (facturas y tickets por almuerzos, meriendas, cenas, combustible, panadería, carnicería, etc.), fueron realizadas en días sábado o domingo, y durante los días hábiles administrativos en horarios no laborales o no habituales de la administración, siendo los comprobantes emitidos a consumidor final o sin detallar destinatario o comisión de servicio que lo vincule a algún gasto de la DPV. La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería debe conocer el procedimiento para rendir comprobantes, los cuales deben venir a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad. Y si corresponden a una comisión realizada el fin de semana, debe existir una resolución que justifique los gastos realizados, e indicando quienes son las personas que están afectadas a la misma. Por Resolución Nº 226/2019 de Consejo Ejecutivo, aprueba nuevo organigrama, la Tesorería tiene dependencia directa del Administrador. Por lo cual no dependía de la Gerencia de Economía y Finanzas, y mucho menos de este Dpto. de Contaduría del cual soy responsable. Dicha resolución no fue puesta en conocimiento de todos los sectores de la repartición, luego de tomar conocimiento de los hechos objeto de este pliego de observaciones, trasciende que los únicos sectores que tenían
  • 13. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 13 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs conocimiento de la misma eran las Gerencia de Economía y Finanzasy la Gerencia de Recursos Humanos. Esta Contaduríano tenía acceso a los expedientes de Tesorería. El circuito de control fue alterado y así permitir las irregularidades que se enumeran en este pliego. 8- Justificar el incumplimiento de las normas legales en materia fiscal, ya que algunos comprobantes no cumplen con las normas impositivas vigentes La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería debe conocer el procedimiento respecto de que todos aquellos que realicen gastos con dineros públicos, en este caso D.P.V., tiene que traer el comprobante a nombre de la repartición para poder rendirlos. Por Resolución Nº 226/2019 de Consejo Ejecutivo, aprueba nuevo organigrama, la Tesorería tiene dependencia directa del Administrador. Por lo cual no dependía de la Gerencia de Economía y Finanzas, y mucho menos de este Dpto. de Contaduría del cual soy responsable. Dicha resolución no fue puesta en conocimiento de todos los sectores de la repartición, luego de tomar conocimiento de los hechos objeto de este pliego de observaciones, trasciende que los únicos sectores que tenían conocimiento de la misma eran las Gerencia de Economía y Finanzasy la Gerencia de Recursos Humanos. Quien aceptó facturas que no cumplen con la reglamentación, sin firma, con CAI vencido, con P-18 que no cumple lo necesario para avalar el gasto correspondiente, quien pagaba en efectivo gastos que debían pagarse con cheque quien no debía recibir facturas manuales (a no ser que
  • 14. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 14 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs se trate de comprobantes de resguardo), y otras irregularidades que implican no cumplir con el procedimiento administrativo establecido es la responsable de División Tesorería. Se implementó un circuito de “control” que NO ME INCLUÍA. En el sistema GDE (el usuario CONTADURÍA) se puede verificar que no interviene en ninguno de los expedientes de Fondo Fijo de Tesorería a Dpto. de Contaduría. Los expedientes pasaban en general de División Tesorería al usuario de JBUCOLO y posteriormente se remitían a CONTA (División Contabilidad) que eran los encargados de reponer los fondos fijos. Se realizaron todos los actos necesarios para que esta Jefatura (Departamento de Contaduría) no tuviera acceso a realizar los controles correspondientes, ya que la Habilitada de Tesorería se seguía manejando respecto de todas las consultas referidas a ese Fondo Fijo con el anterior Jefe de Departamento, quien seguía prestando servicios en la repartición por un pedido expreso de la Gerente de Recursos Humanos según lo expresado por él. E incluso se realizó una resolución donde se sacó de la órbita de la Gerencia de Economía y Finanzas a División Tesorería como reitero en varias ocasiones. CONCLUSION DEL REVISOR Del análisis de los descargos que efectúan los responsables la revisión expone sus conclusiones a fs. 687/688 y 693 vta. y considera que el reparo debe subsistir como procedimiento administrativo irregular toda vez que no se aportan elementos que subsanen las irregularidades detectadas.
  • 15. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 15 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs OPINIÓN DE SECRETARIA RELATORA Esta Secretaria Relatora entiende que los aspectos tratados en la presente observación deben mantenerse subsistentes como procedimiento administrativo irregular y sancionarse con multa a los responsables, atento a lo dispuesto por el art. 42 de la Ley 1003 (t.o.), en virtud de las irregularidades en el manejo de estos fondos, que han sido minuciosamente detalladas por la revisión, y cuyas conclusiones se comparten. Los argumentos defensivos esbozados por los responsables no resultan aptos ni suficientes para justificar la falta o casi nulo control de los sectores donde se desarrollaron las operaciones. Aun cuando los responsables del sector contable argumentan no haber tenido intervención directa y haber realizado controles, lo cierto es que no aportan los informes de auditoría a que hacen referencia, y además resultan ser responsables por el control de la gestión contable. No puede desconocerse su evidente falla en el sistema de control interno atento que -de acuerdo a una buena práctica contable que garantiza un mínimo de orden imprescindible para un control- debieron activarse los controles necesarios que manda la ley de administración financiera en sus arts. 10, 11, 75, 80, 81, 92, entre otros. Las irregularidades en el procedimiento han sido numerosas: No se respaldó documentalmente la entrega de los fondos, ni las reposiciones de estos; no se emitieron las órdenes de pago correspondientes a estos gastos; los comprobantes se rindieron en forma extemporánea, se evidenciaron irregularidades en las fechas de emisión del formulario de pedido y se advirtió la falta de vinculación no solo con el sector para el cual se requerían sino también con la actividad del organismo, se efectuaron reposiciones de fondos sin intervención del jefe del sector -quien de haber utilizado las técnicas
  • 16. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 16 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs básicas de control contable hubiera detectado tal situación-, no se observaron los requisitos fiscales que debían reunir los comprobantes, etc. Todo este cúmulo de irregularidades evidencia la existencia de un procedimiento administrativo irregular en la utilización de los fondos fijos, que resulta susceptible de la aplicación de multa de conformidad a lo dispuesto por el art. 42 de la Ley Nº 1.003. Norma Legal Ley N° 8706, art. 10, 11, 47, 48 inc. b), 58, 75, 80, 81, 92, 107, 153 y 196 Decreto Nº 1000/15, art. 10, 47, 48 inc. b), 80, 81, 92, 139 inc. b y 153) Código Fiscal 2019, art. 30 inc. 4 Acuerdo Nº 2988, art. 20 y 60 inc. d) Resolución Nº 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV Resolución Nº 14/19 Administrador DPV Resolución Nº 156/19 Consejo Ejecutivo DPV Responsables Administrador: Arq. Oscar Sandes Gerente de Recursos Humanos y Administración: Sra. Corina Gallardo Gerente de Economía y Finanzas: Cdor. Elías David Jurado Jefe Departamento Contaduría: Cdora. Adriana L. Flores Jefe División Tesorería:Sra. Juana Miriam N. Herrera Aclaración sobre inclusión de Responsables Se incluye al Administrador, en virtud de lo previsto en el art. 11 de la Ley N° 6063. Además, conforme lo establecido en la Resolución Nº 226/2019 de
  • 17. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 17 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Consejo Ejecutivo, que aprueba nuevo organigrama, la Tesorería tiene dependencia directa del Administrador. Dicho responsable no efectuó el más mínimo control al respecto no pudiendo resultar absolutamente ajeno al procedimiento de manejo de estos fondos. Se incluye a la Gerente de Recursos Humanos y Administración toda vez que la misma ha declarado ser quien realizaba la firma del administrador en estos gastos, y una gran parte de ellos han sido rendidos por ella en forma deficiente. Se incluye al Gerente de Economía y Finanzas, en virtud de lo previsto en la Resolución N° 90/1998 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de Funciones), que establece la responsabilidad de la gestión contable de la repartición. Por otra parte, en virtud de lo dispuesto en Ley N° 8706, arts. 10, 11, 75, 80, 81, 92 y 107 y Decreto 1000/15, art. 92 ya que no ejerció las actividades de control previo a la reposición del fondo permanente, no firmando las órdenes de pago que habilitaban dichas reposiciones con irregularidades de rendición de gastos. Se incluye al Jefe de Departamento Contaduría en virtud de lo previsto en la Resolución N° 818/2011 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de Funciones), que establece la responsabilidad de entender en la programación e instrumentación de la estructura contable de acuerdo con los principios de la Contabilidad Pública Provincial y entender en lo referente a la gestión contable. La mayoría de los expedientes pasaron, según GDE, al Sector de
  • 18. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 18 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Contaduría y no fueron controlados por su Jefa, siendo parte de las funciones mencionadas en el manual. Ambos responsables contables incumplieron obligaciones y deberes que estaban a su cargo. En efecto, a criterio de esta Secretaria tales sujetos resultan responsables porquelos hechos observados en parte han sido llevados a cabo dentro de la órbita de su competencia, creando un riesgo por su omisión de control en la esfera contable, que coadyuvo a la configuración de las irregularidades por las que se ha formado el presente proceso de juicio parcial. Se incluye al responsable del Fondo Fijo de Tesorería, en función de lo dispuesto en las resoluciones N° 1199/18 y 156/19 del Consejo Ejecutivo de la DPV y Nº 14/19 del Administrador, de asignación de los distintos fondos fijos del Organismo, la cual establece las condiciones para las cuales eran estos fondos, no habiendo controlado las mismas, recepcionando, reponiendo y pagando todos los gastos sin hacer observación alguna. Además, no se hicieron firmar los anticipos que se entregaban del fondo permanente a los empleados que luego debían rendir los mismos. No se cumplieron las funciones del art. 58 de la Ley 8706 y lo previsto en los arts. 47 y 48 inc. b) de la Ley Nº 8706 y 48 inc. b) del Decreto Nº 1000/15. OBSERVACION Nº 2 GASTOS EFECTUADOS QUE EXCEDEN LOS MONTOS APROBADOS POR REGLAMENTACIÓN Del análisis de los gastos incurridos mes a mes por todo concepto, se verificaron excesos en los montos máximos previstos en la Resolución
  • 19. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 19 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs 1199/18 del Consejo Ejecutivo de la DPV, toda vez que no debieron superar los montos de $600.000 para el mes de enero de 2019 y de $850.000 para los subsiguientes meses. Además, no se acredita en los expedientes que existieran “circunstancias especiales” que motivaran una rotación mayor a la prevista en la reglamentación. El siguiente cuadro resumen muestra los excesos cometidos respecto de los límites aprobados: Resolución Límite Mensual Fondo Fijo Total Gastado en el mes Diferencia Enero Consejo Ejecutivo 1199/18 $600.000,00 $769.363,47 $169.363,47 Febrero Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.438.366,97 $588.366,97 Marzo Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.794.117,53 $944.117,53 Abril Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.241.946,95 $391.946,95 Mayo Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.124.917,42 $274.917,42 Junio Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $833.911,27 -$16.088,73 Julio Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.443.197,45 $593.197,45 Agosto Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.065.639,20 $215.639,20 Setiembre Consejo Ejecutivo 156/19 $850.000,00 $1.180.048,68 $330.048,68 Se destaca que sólo en el mes de junio el gasto estuvo por debajo del monto máximo permitido por la reglamentación. Por lo expuesto, los responsables debían justificar documentadamente los excesos a los montos máximos de la previsión reglamentaria (Res. 1199/18 y 156/19 Consejo Ejecutivo DPV y Res. 14/19 Administrador emitida ad referéndum del consejo Ejecutivo), a fin de no incurrir en un PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO IRREGULAR, debiendo aplicarse
  • 20. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 20 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs multa a los responsables, de acuerdo a lo previsto en el art. 42 de la Ley Nº 1.003. CONTESTACION DE LOS RESPONSABLES El Cdor. Elías Jurado expresa: “en referencia a lo manifestado en esta observación cabe mencionar que a través del seguimiento electrónico (SIDICO) puede observarse que esta operación imputada hacia mi persona no fue supervisada, ni firmada por mi Gerencia a cargo. De esta manera es imposible fácticamente que posea documentación que acredite estos gastos. Es dable destacar que dada la Resolución N° 226/19 comenzó a regir un nuevo Organigrama en el cual Tesorería ya no dependía de mi Gerencia, por lo que la responsable de esta no se encontraba subordinada a mi función”. La Cdora. Adriana Flores responde que: Por Resolución Nº 879/2019 del 23/10/2019 se autorizó la rotación del fondo fijo más de una vez y en forma retroactiva y por Resolución Nº 963/2019 se rectificó y modifico la resolución mencionada. Se implementó un circuito de “control” que NO ME INCLUÍA. En el sistema GDE (el usuario CONTADURÍA) se puede verificar que no interviene en ninguno de los expedientes de Fondo Fijo de Tesoreríaa Dpto. de Contaduría. Los expedientes pasaban en general de División Tesorería al usuario de JBUCOLO y posteriormente se remitían a CONTA (División Contabilidad) que eran los encargados de reponer los fondos fijos. La responsable de la Tesoreríadebíainformar a sus superiores, dependiendo del Sr. Administrador, que el monto del fondo fijo era insuficiente y así gestionar su respectivo aumento o no excederse, para no superar los montos autorizados vigentes.
  • 21. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 21 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs CONCLUSION DEL REVISOR Manifiesta el revisor en su informe que los contadores Elías David Jurado y Adriana Flores, igual tenían el control de los registros contables y efectuaban rendición de cuentas donde podrían haber advertido esta situación si se hubiese controlado. La Tesorería no era responsable por subordinación ante la Gerencia de Economía y Finanzas, pero por funciones que se exponen en aclaración sobre la inclusión de los responsables, sí debía efectuar controles pertinentes a su cargo. Además, rendía cuentas donde se expone que los estados contables surgen de registros contables. Debió advertir que no le pasaban rendiciones de Fondo Permanente CUC 880 ni las Órdenes de Pago para reponer fondos para su firma (control por oposición), incumpliendo con su obligación de intervenir las mismas en virtud de lo establecido en el artículo 81° de la Ley 8706. OPINIÓN DE SECRETARIA RELATORA Esta Secretaría Relatora en coincidencia con el criterio de la revisión sugiere mantener SUBSISTENTE el presente reparo como PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO IRREGULAR, debiendo aplicarse multa para todos los responsables, conforme al art. 42 de la Ley Nº 1.003. Norma Legal Ley N° 8706, arts. 10, 75, 80, 81, 90 y 153 Resolución Nº 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV Resolución Nº 14/19 Administrador DPV Resolución Nº 156/19 Consejo Ejecutivo DPV
  • 22. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 22 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Responsables Gerente de Economía y Finanzas: Cdor. Elías David Jurado Jefe Departamento Contaduría: Cdora. Adriana L. Flores Jefe División Tesorería:Sra. Juana Miriam N. Herrera Aclaración sobre inclusión de Responsables Se incluye al Gerente de Economía y Finanzas, en virtud de lo previsto en la Resolución N° 90/1998 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de Funciones), que establece la responsabilidad de la gestión contable de la repartición. Por otra parte, en virtud de lo dispuesto en Ley N° 8706, arts. 10, 75, 80, 81, 90 y 153. No se verificó la observación a este aspecto en ninguno de los expedientes, ni al momento de efectuarse las reposiciones de fondos. Se incluye al Jefe de Departamento Contaduría en virtud de lo previsto en la Resolución N° 818/2011 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de Funciones), que establece la responsabilidad de entender en la programación e instrumentación de la estructura contable de acuerdo con los principios de la Contabilidad Pública Provincial y entender en lo referente a la gestión contable. La mayoría de los expedientes pasaron, según GDE, al Sector de Contaduría y no fueron controlados por su Jefa, siendo parte de las funciones mencionadas en el manual. Se incluye al responsable del Fondo Fijo de Tesorería, en función de lo dispuesto en las resoluciones N° 1199/18 y 156/19 del Consejo Ejecutivo de la DPV y Nº 14/19 del Administrador, de asignación de los distintos fondos fijos del Organismo, la cual establece que los mismos son para la concreción
  • 23. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 23 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs de gastos y reparaciones urgentes. No se verificó la observación a este aspecto en ninguno de los expedientes, ni al momento de efectuarse las reposiciones de fondos. OBSERVACION Nº 3 USO INDEBIDO DE FONDOS AFECTADOS Del análisis de los gastos comprendidos entre el 01/01/2019 y el 30/09/2019 relacionados con el Fondo Fijo, se observó que los mismos se habían abonado con los siguientes financiamientos: Financiamiento 0 Rentas Generales $ 587.753,00 4 Coparticipación Vial $ 9.713.325,44 132 Ley 6063 – Fondo Vial Provincial $ 613.879,95 Detalladamente se exponen los gastos efectuados mes por mes con el respectivo financiamiento: RENDICION FONDO EXPTE AÑO FECHA REND. FECHA PROC. FINANC. ESTADO O. DE PAGO MONTO RENDIDO 1 0 79429 2019 07/01/19 07/01/19 4 D 1 117,17 2 0 100167 2019 10/01/19 10/01/19 4 D 2 78.282,96 3 0 100153 2019 11/01/19 11/01/19 4 D 3 106.500,00 4 0 79412 2019 11/01/19 11/01/19 4 D 4 260.526,70 5 0 4114980 2018 14/01/19 14/01/19 4 D 5 32.240,00 6 0 207843 2019 15/01/19 15/01/19 4 D 6 165.538,64 7 0 207866 2019 16/01/19 16/01/19 4 D 7 126.158,00 TOTAL ENERO 769.363,47 RENDICION FONDO EXPTE AÑO FECHA REND. FECHA PROC. FINANC. ESTADO O. DE PAGO MONTO RENDIDO 8 0 207866 2019 07/02/19 07/02/19 4 D 8 127.800,00 9 0 249800 2019 11/02/19 11/02/19 4 D 9 283.486,36
  • 24. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 24 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs 10 H 658072 2019 11/02/19 11/02/19 0 A 10 0,00 11 0 683157 2019 13/02/19 13/02/19 4 D 11 201.265,40 12 0 697996 2019 14/02/19 14/02/19 4 D 12 83.101,00 13 0 781333 2019 18/02/19 18/02/19 4 D 13 153.956,23 14 0 821849 2019 22/02/19 22/02/19 4 D 14 137.549,02 15 0 821943 2019 25/02/19 25/02/19 4 D 15 157.990,00 16 0 821969 2019 28/02/19 28/02/19 4 D 16 293.218,96 TOTAL FEBRERO 1.438.366,97 RENDICION FONDO EXPTE AÑO FECHA REND. FECHA PROC. FINANC. ESTADO O. DE PAGO MONTO RENDIDO 17 0 968574 2019 06/03/19 06/03/19 4 D 17 196.557,36 18 0 1062050 2019 08/03/19 08/03/19 4 D 18 198.605,22 19 0 1112727 2019 11/03/19 11/03/19 4 D 19 101.775,67 20 0 1062086 2019 12/03/19 12/03/19 4 D 20 188.605,80 21 0 1062086 2019 12/03/19 12/03/19 4 D 21 82.150,00 22 0 1252206 2019 18/03/19 18/03/19 4 D 22 137.589,08 23 0 1343538 2019 21/03/19 22/03/19 4 D 23 219.809,89 24 0 1343511 2019 25/03/19 25/03/19 4 D 24 224.035,49 25 0 1462667 2019 27/03/19 27/03/19 4 D 25 159.991,95 26 0 1478521 2019 29/03/19 29/03/19 4 D 27 119.057,07 27 0 1478536 2019 29/03/19 29/03/19 4 D 26 165.940,00 TOTAL MARZO 1.794.117,53 RENDICION FONDO EXPTE AÑO FECHA REND. FECHA PROC. FINANC. ESTADO O. DE PAGO MONTO RENDIDO 28 0 1508841 2019 03/04/19 03/04/19 4 D 28 83.590,87 29 0 1571170 2019 03/04/19 03/04/19 4 D 29 79.680,00 30 0 1613418 2019 05/04/19 05/04/19 4 D 30 111.025,07 31 0 1613431 2019 08/04/19 08/04/19 4 D 31 139.224,29 32 0 1613431 2019 08/04/19 08/04/19 4 0,00 33 0 1738898 2019 11/04/19 11/04/19 4 D 32 239.714,56 34 0 1865804 2019 17/04/19 17/04/19 4 D 33 108.741,59 35 0 1928580 2019 23/04/19 24/04/19 4 D 34 158.868,70 36 0 1968263 2019 24/04/19 24/04/19 4 D 35 116.007,37 37 0 2020614 2019 26/04/19 26/04/19 4 D 36 136.394,50 38 0 2083076 2019 30/04/19 30/04/19 4 D 37 68.700,00 TOTAL ABRIL 1.241.946,95 RENDICION FONDO EXPTE AÑO FECHA REND. FECHA PROC. FINANC. ESTADO O. DE PAGO MONTO RENDIDO 39 0 2100221 2019 08/05/19 08/05/19 4 D 38 145.748,53 40 0 2292755 2019 13/05/19 13/05/19 4 D 39 163.078,12 41 0 2322658 2019 13/05/19 13/05/19 4 D 40 133.500,00 42 0 2363524 2019 16/05/19 16/05/19 4 D 41 208.056,37
  • 25. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 25 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs 43 0 2451651 2019 20/05/19 20/05/19 4 D 42 140.835,51 44 0 2625618 2019 27/05/19 27/05/19 4 D 43 180.010,73 45 H 658072 2019 28/05/19 28/05/19 0 D 44 5.326,04 46 0 2625705 2019 30/05/19 30/05/19 4 D 45 136.253,81 47 H 2735959 2019 30/05/19 30/05/19 0 D 46 12.108,31 TOTAL MAYO 1.124.917,42 RENDICION FONDO EXPTE AÑO FECHA REND. FECHA PROC. FINANC. ESTADO O. DE PAGO MONTO RENDIDO 48 0 2784613 2019 03/06/19 03/06/19 4 D 47 138.555,18 49 0 2815499 2019 04/06/19 04/06/19 4 D 48 177.473,48 50 0 2815511 2019 07/06/19 07/06/19 4 D 49 42.355,44 51 0 2815511 2019 07/06/19 07/06/19 132 D 50 30.000,00 52 0 3029023 2019 12/06/19 12/06/19 4 D 51 95.185,39 53 0 3079523 2019 19/06/19 19/06/19 4 D 53 92.147,00 54 0 3079523 2019 19/06/19 19/06/19 132 D 52 71.550,00 55 0 3079661 2019 21/06/19 21/06/19 4 D 54 135.667,89 56 0 3079693 2019 26/06/19 26/06/19 4 D 55 50.976,89 TOTAL JUNIO 833.911,27 RENDICION FONDO EXPTE AÑO FECHA REND. FECHA PROC. FINANC. ESTADO O. DE PAGO MONTO RENDIDO 57 0 2738075 2019 03/07/19 03/07/19 4 D 56 131.592,38 58 0 2738090 2019 04/07/19 04/07/19 0 D 57 86.000,00 59 0 2738090 2019 04/07/19 04/07/19 4 D 58 46.000,00 60 0 3396677 2019 10/07/19 10/07/19 4 A 60 0,00 61 0 3396677 2019 10/07/19 10/07/19 0 A 61 0,00 62 0 3396677 2019 10/07/19 10/07/19 132 A 62 0,00 63 0 3396646 2019 11/07/19 11/07/19 0 D 63 78.200,00 64 0 3396646 2019 11/07/19 11/07/19 4 D 64 47.810,00 65 0 3079545 2019 11/07/19 11/07/19 4 D 65 61.500,00 66 0 3631976 2019 15/07/19 15/07/19 4 D 66 56.900,00 67 0 3631976 2019 15/07/19 15/07/19 0 D 67 31.658,22 68 0 3631989 2019 16/07/19 16/07/19 4 D 68 76.000,00 69 0 3631989 2019 16/07/19 16/07/19 132 D 69 26.000,00 70 0 3631989 2019 16/07/19 16/07/19 0 D 70 8.553,65 71 0 3632157 2019 18/07/19 18/07/19 4 D 71 167.198,75 72 0 3632157 2019 18/07/19 18/07/19 0 D 72 156.165,00 73 0 3632178 2019 19/07/19 19/07/19 4 D 73 54.285,91 74 0 3632178 2019 19/07/19 19/07/19 132 D 74 40.756,23 75 0 3750511 2019 22/07/19 22/07/19 4 D 75 48.666,83 76 0 3750511 2019 22/07/19 22/07/19 0 D 76 45.088,98 77 0 3750519 2019 23/07/19 23/07/19 4 D 77 51.000,00
  • 26. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 26 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs 78 0 3750519 2019 23/07/19 23/07/19 4 D 78 20.842,00 79 0 3750529 2019 23/07/19 23/07/19 4 0 0,00 80 0 3750529 2019 23/07/19 23/07/19 4 0 0,00 81 0 3750519 2019 23/07/19 23/07/19 4 0 0,00 82 0 2020614 2019 31/07/19 31/07/19 4 D 79 119.601,35 83 0 3956868 2019 31/07/19 31/07/19 4 D 80 29.700,00 84 0 3956868 2019 31/07/19 31/07/19 0 D 81 50.121,01 85 H 2547350 2019 31/07/19 31/07/19 0 D 82 9.557,14 TOTAL JULIO 1.443.197,45 RENDICION FONDO EXPTE AÑO FECHA REND. FECHA PROC. FINANC. ESTADO O. DE PAGO MONTO RENDIDO 86 0 3956990 2019 06/08/19 06/08/19 4 D 84 9.500,00 87 0 3956990 2019 06/08/19 06/08/19 132 D 85 140.124,28 88 0 3957024 2019 08/08/19 08/08/19 4 D 86 219.093,38 89 0 3957024 2019 08/08/19 08/08/19 132 D 87 96.327,00 90 0 3957347 2019 15/08/19 15/08/19 4 D 88 133.975,60 91 0 3750529 2019 20/08/19 20/08/19 4 D 89 50.011,50 92 0 3750529 2019 20/08/19 20/08/19 132 D 90 98.798,00 93 0 3750538 2019 21/08/19 21/08/19 4 D 91 118.486,00 94 0 4153455 2019 23/08/19 23/08/19 4 D 92 98.079,00 95 0 4153628 2019 28/08/19 28/08/19 4 D 93 41.000,00 96 0 4153628 2019 28/08/19 28/08/19 132 D 94 60.244,44 97 0 4153628 2019 28/08/19 28/08/19 132 D 0,00 TOTAL AGOSTO 1.065.639,20 RENDICION FONDO EXPTE AÑO FECHA REND. FECHA PROC. FINANC. ESTADO O. DE PAGO MONTO RENDIDO 98 0 4153732 2019 03/09/19 03/09/19 4 D 95 65.737,03 99 0 4153732 2019 03/09/19 03/09/19 132 D 96 50.080,00 100 0 4153654 2019 04/09/19 04/09/19 4 D 97 188.798,32 101 0 4822915 2019 09/09/19 09/09/19 4 D 98 192.773,16 102 0 4822915 2019 09/09/19 09/09/19 0 D 99 33.000,00 103 0 3396606 2019 12/09/19 12/09/19 4 D 100 47.517,28 104 0 3396606 2019 12/09/19 12/09/19 4 D 0,00 105 0 5293283 2019 16/09/19 09/10/19 4 D 112 23.450,00 106 0 4823120 2019 16/09/19 16/09/19 4 D 101 28.495,50 107 0 4823120 2019 16/09/19 16/09/19 0 D 102 71.975,20 108 0 4823120 2019 17/09/19 17/09/19 4 D 103 29.323,00 109 0 4823101 2019 24/09/19 24/09/19 4 D 104 124.806,76 110 0 4823101 2019 24/09/19 24/09/19 4 D 0,00
  • 27. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 27 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs 111 0 4823159 2019 25/09/19 25/09/19 4 D 105 113.170,00 112 0 5259262 2019 26/09/19 26/09/19 4 D 106 110.955,00 113 0 5259284 2019 26/09/19 26/09/19 4 D 107 40.547,43 114 0 5259306 2019 27/09/19 27/09/19 4 D 108 82.870,00 115 0 5259306 2019 27/09/19 27/09/19 4 D 0,00 TOTAL SETIEMBRE 1.203.498,68 Al respecto el art. 35 de la Ley Nº 7314, establece que la Dirección Provincial de Vialidad deberá destinar la totalidad de los recursos provenientes de la Coparticipación Vial a la construcción, reparación y mantenimiento de rutas y caminos, de acuerdo a la metodología que determine la reglamentación. La Dirección Provincial de Vialidad deberá realizar la registración contable de todas las operaciones con incidencia presupuestaria, financiera y patrimonial en el Sistema de Información Contable(SIDICO) de la Contaduría General de la Provincia, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la reglamentación. Se ha verifico que se efectuaron innumerables gastos que no tienen relación, ni directa ni indirecta, con lo previsto en el art. 35 de la Ley Nº 7314, tales como gastos en obsequios, almuerzos, gastos varios y servicios profesionales. Los responsables debían justificar documentadamente el uso del “Financiamiento 4 Coparticipación Vial”, por haberse abonando con éste gastos que no tienen por objetivo la construcción, reparación y mantenimiento de rutas y caminos, pudiendo, en caso contrario, incurrir en PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO IRREGULAR, sancionable con multa (art. 42 de la Ley Nº 1.003).
  • 28. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 28 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs CONTESTACION DE LOS RESPONSABLES El Cdor. Elías Jurado expresa: “En virtud de lo que establece la Resolución N° 226/19 comenzó a regir un nuevo Organigrama en el cual Tesorería ya no dependía de mi Gerencia, por lo que la responsable de esa AREA no se encontraba subordinada a mi función. Por lo que sería irresponsable hacer un análisis si fueron malversados los fondos de la Coparticipación para cubrir el excedente de gastos en el FONDO, puesto que al no ser una subalterna la Sra. Tesorera NO corresponde en mi función como Gerente de Economía y Finanzas tener un conocimiento acabado de las decisiones tomadas por dicha área como así también el procedimiento empleado para la utilización de los fondos investigados en esta observación. La Cdora. Adriana Flores responde que: Los Fondos Fijos siempre se han solventado con financiamiento 4, ya que, si bien el objeto de los fondos permanentes son gastos menores y de carácter urgente, estos gastos siempre están relacionados a la función primaria de vialidad que es la conservación y mantenimiento de rutas y caminos. Ya que los mismos son en su mayoría insumos para obras y/o repuestos y servicios para mantenimiento de las unidades que realizan la conservación de caminos. Se implementó un circuito de “control” que NO ME INCLUÍA. En el sistema GDE (el usuario CONTADURÍA) se puede verificar que no interviene en ninguno de los expedientes de Fondo Fijo de Tesorería a Dpto. de Contaduría. Los expedientes pasaban en general de División Tesorería al usuario de JBUCOLO y posteriormente se remitían a CONTA (División Contabilidad) que eran los encargados de reponer los fondos fijos.
  • 29. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 29 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs CONCLUSION DEL REVISOR Al igual que en la observación anterior, se sostiene que el área contable e incluso la Gerencia de Economía y Finanzas debían controlar la utilización de los fondos afectados. Además, es una observación que se venía formulando en las rendiciones de responsabilidad fiscal del ejercicio 2018, porque como bien describe la Cont. Flores estos fondos afectados eran para usarse en gastos vinculados a Vialidad y no para lo que se ejecutaban. Independientemente de que la Tesorería no estuviera subordinada a la Gerencia de Economía y Finanzas o al Departamento de Contaduría, por funciones que se exponen en aclaración sobrela inclusión de los responsables, esta sí debía efectuar controles pertinentes a sus cargos. Además, su responsabilidad surge de la obligación de rendir cuentas de donde los estados contables deben surgir de registros contables; en función de ello debieron advertir que no le pasaban rendiciones de Fondo Permanente CUC 880 ni las Órdenes de Pago para reponer fondos para su firma (control por oposición), incumpliendo con su obligación de intervenir las mismas en virtud de lo establecido en el artículo 81° de la Ley 8706. OPINIÓN DE SECRETARIA RELATORA Compartiendo el criterio de la revisión, esta Secretaría Relatora sugiere mantener SUBSISTENTE el reparo, como PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO IRREGULAR, debiendo aplicarse multa, de acuerdo a lo previsto en el art. 42 de la Ley Nº 1.003.
  • 30. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 30 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Norma Legal Ley Nº 7314, art. 35 Resolución Nº 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV Resolución Nº 14/19 Administrador DPV Resolución Nº 156/19 Consejo Ejecutivo DPV Responsables Administrador: Arq. Oscar Sandes Gerente de Recursos Humanos y Administración: Sra. Corina Gallardo (*) Gerente de Economía y Finanzas: Cdor. Elías David Jurado Jefe Departamento Contaduría: Cdora. Adriana L. Flores Jefe División Tesorería: Sra. Juana Miriam N. Herrera Aclaración sobre inclusión de Responsables Se incluye al Administrador, en virtud de lo previsto en el art. 11 de la Ley N° 6063. Además, conforme lo establecido en la Resolución Nº 226/2019 de Consejo Ejecutivo, que aprueba nuevo organigrama, la Tesorería tiene dependencia directa del Administrador. Resulta responsable por falta de control. Se incluye a la Gerente de Recursos Humanos y Administración toda vez que la misma ha declarado ser quien realizaba la firma del administrador en estos gastos, y una gran parte de ellos han sido rendidos por ella en forma deficiente.
  • 31. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 31 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Se incluye al Gerente de Economía y Finanzas, en virtud de lo previsto en la Resolución N° 90/1998 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de Funciones), que establece la responsabilidad de la gestión contable de la repartición. Por otra parte, en virtud de lo dispuesto en Ley N° 8706, arts. 10, 75, 80, 81, 90 y 153. Se realizó las imputación con este financiamiento 04. Se incluye al Jefe de Departamento Contaduría en virtud de lo previsto en la Resolución N° 818/2011 del Consejo Ejecutivo de la DPV (Manual de Funciones), que establece la responsabilidad de entender en la programación e instrumentación de la estructura contable de acuerdo con los principios de la Contabilidad Pública Provincial y entender en lo referente a la gestión contable. Se realizó la imputación presupuestaria de estos gastos con financiamiento 04. Se incluye al responsable del Fondo Fijo de Tesorería, en función de lo dispuesto en las resoluciones N° 1199/18 y 156/19 del Consejo Ejecutivo de la DPV y Nº 14/19 del Administrador, de asignación de los distintos fondos fijos del Organismo, la cual establece que los mismos son para la concreción de gastos y reparaciones urgentes, no habiendo advertido al momento de recepción y/o pago de los gastos que no se trataban de gastos afectados en los términos del financiamiento 04. OBSERVACION Nº 4 ANTICIPOS RENDIDOS DE MODO EXTEMPORÁNEO Y SIN COMPROBANTES DE GASTOS QUE JUSTIFIQUEN SU ASIGNACIÓN Y POSTERIOR DEVOLUCIÓN DE LOS FONDOS
  • 32. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 32 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Según el listado extraído de SIDICO “RCpMe506”, denominado “comprobantes pagados sin Rendir”, y que a continuación se detalla, surgen los siguientes anticipos que a la fecha de corte de análisis (30/09/2019) no se habían rendido, y que conforme con lo dispuesto en el art. 48 del Decreto Nº 1000/15, y art. 2 de la Resolución 1199/18 del Consejo Ejecutivo DPV, ha transcurrido en exceso el plazo máximo de 30 días desde la fecha en que se había entregados los mismos. Nº de Comprobante Proveedor Fecha Último Pago Total Pagado AN 2019 23 15800 HERRERA MIRIAM NANCY 16/01/2019 10.000,00 AN 2019 48 15800 HERRERA MIRIAM NANCY 22/02/2019 40.000,00 AN 2019 137 16800 JURADO ELIAS 03/05/2019 40.000,00 AN 2019 143 15800 HERRERA MIRIAM NANCY 15/05/2019 100.000,00 Total 190.000,00 A continuación, se procedea detallar los aspectos analizados de cada anticipo: a) Anticipo Nº 23: emitido el 16/01/2019, en favor de la Tesorera Miriam Herrera, por la suma de $10.000,00. El mismo fue rendido en Expediente EX- 2019-05293283-GDEMZA-DPV#MEIYE, mediante Rendición Nº 117 de fecha 03/10/2019, con los siguientes comprobantes: Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza Lunes 08/04/19 19:20 hs. Las Delicias SA Agustín Alvarez 75, Fray Luis Beltrán 0004-00298608 105,00 CF Especialidades Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Martes 02/07/19 10:27 hs. Hoteles y Casinos Argentinos SA 0003-00177031 100,00 CF Playa de estacionamiento Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Viernes 05/04/19 12:03 hs. Bonafide Colón 351, Mendoza 0002-00001219 340,00 CF Café c/leche Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Miércoles 03/04/19 13:10 hs. Servicio Taxi TKT 2836 244,70 N/A 1,13 km Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas)
  • 33. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 33 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Miércoles 03/04/19 12:38 Servicio Taxi TKT 2837 74,54 N/A 2,43 km Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Viernes 05/04/19 12:30 hs. Servicio Taxi TKT 2838 344,40 N/A 11,13 km Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Viernes 08/02/19 Fac Manual Rotisería Colonial Rodelode laCruz 0001-00001041 370,00 DP Comidas Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Jueves 20/06/19 21:01 Mc Donald´s La BarracaMall 0122-00155951 960,00 CF Cena Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Viernes 07/06/19 12:03 hs. Providencia BarrioSantaAna, Guaymallén ilegible 340,00 CF Masas Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Martes 06/08/19 Fac. Manual Subway Terminal de Omnibus Mendoza 0007-00000777 625,00 N/A 1 Menú Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Martes 23/07/19 13:41 hs. Est. de Servicio La Argentina.Tunuyán - Mza 0031-00018496 249,00 CF Chicles y facturas Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Domingo 21/07/19 15:28 hs. Gonzales Marisa Romina Cerrode la Gloria 0006-00010451 460,00 CF Galletas y bebidas Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Lunes 22/07/19 18:31 hs. Gerardo Retamales Restaurant Las Heras 0004-00002990 1.940,00 CF Restaurant Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Lunes 15/07/19 21:07 hs. Martin Alberto Benito Localidad Palmira 0011-00005068 1.975,00 CF Alimentos Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Domingo 21/07/19 17:19 hs. Farinatta MendozaPlaza Shopping 0014-00182180 310,00 CF MenuFarinatta Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Martes 27/08/19 11:59 hs. Servicio Taxi TKT060392 87,08 N/A Ilegible Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Martes 03/09/19 11:59 hs. Servicio Taxi TKT10944 479,82 N/A 23,68km Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Sabado 31/08/19 11:24 hs. Bonafide San Martín1483 Mendoza 0004-00083249 699,00 CF Café, jugo, submarino Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Sabado 31/08/19 Estacionamiento Central TKT 00245986 225,00 CF Autos Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y
  • 34. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 34 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Entre Ríos 45 Mendoza Finanzas) Domingo 25/08/19 17:46 hs. Providencia (Panadería y Confitería) BarrioSantaAna, Guaymallén 0002-00028804 500,00 CF Varios Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Total 10.428,54 Del análisis de los comprobantes rendidos, se observa: 1. La existencia de comprobantes de gastos de diversa índole (comidas, estacionamiento y servicios de taxi) que no contienen en la rendición, justificación vinculada a una prestación de servicios. (art. 92 Ley 8706). 2. Los comprobantes rendidos tienen fecha comprendida entre el 08/02/2019 y 03/09/2019, siendo que el anticipo fue entregado el 16/01/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV, ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del responsable al que se le otorgó, en este caso a la Tesorera Miriam Herrera (Resolución Nº 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV). Esta rendición se produjo una vez que el Tribunal de Cuentas observara esta falta de rendición, en Informe de Auditoría in situ y Contable notificado con fecha 16/10/2019. b) Anticipo Nº 48: emitido el 22/02/2019, en favor de la Tesorera Miriam Herrera, por la suma de $40.000,00. El mismo fue rendido en Expediente EX- 2019-05836112-GDEMZA-DPV#MEIYE, mediante Rendición Nº 130 de fecha 01/11/2019, donde se rinde cuentas con los siguientes comprobantes:
  • 35. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 35 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza 02/10/19 Gallo, Jorge Oscar 0002-00000033 3.000,00 DPV Septiembre Jardín Caminito Sandes, Oscar / Gallardo, Corina 02/10/19 Gallo, Jorge Oscar 0002-00000034 2.900,00 DPV Caminito Jardín Sandes, Oscar / Gallardo, Corina Total 5.900,00 Del análisis de los comprobantes rendidos, se observa: 1. Que no se indica en los mismos, cantidades ni productos vendidos y que fueron emitidos el 02/10/2019, siendo que el anticipo fue entregado el 22/02/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV, ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del responsable al que se le otorgó, en este caso a la propia Tesorera Miriam Herrera. 2. Se pudo asimismo constatar, a través del reporte “rDis5033 Listado de Devoluciones en Efectivo de cheque por fecha de proceso”, que para fecha 01/11/2019 se procedió al reembolso de la suma no utilizada de $34.100,00 ($40.000 - $5.900). Este reembolso se produjo una vez que el Tribunal de Cuentas observara esta falta de rendición, en Informe de Auditoría in situ y Contable notificado con fecha 16/10/2019. c) Anticipo Nº 137: emitido el 03/05/2019, en favor del Gerente de Economía y Finanzas, por la suma de $40.000,00. El mismo fue rendido en EX-2019- 05525602-GDEMZA-DPV#MEIYE, mediante Rendición Nº 124 de fecha 16/10/2019, donde se rinde cuentas con los siguientes comprobantes: Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza 14/08/19 Andesmar 1317454 380,00 N/A Pasaje a Alvear José Fernández (Inspectorde Forestales DPV) / Eduardo
  • 36. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 36 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Fernández 15/08/19 La Unión 02015636 130,00 N/A Pasaje a San Rafael José Fernández (Inspectorde Forestales DPV) / Eduardo Fernández (Asesoría Forestal) 17/07/19 Andesmar 1910188 270,00 N/A Pasaje a San Rafael José Fernández (Inspectorde Forestales DPV) / Eduardo Fernández (Asesoría Forestal) 25/06/19 Romero Javier Mauricio (Gomería La Sexta) 0001-00001954 4.850,00 DPV Reparaciones de llantas, pinchaduras, rotaciones y balanceos – Móvil A-167 Ricardo Pizzoglio (Departamento Conservación) 16/07/19 Romero Javier Mauricio (Gomería La Sexta) 0001-00001988 1.500,00 DPV 6 Desarmes y Armes y 1 válvula sin cámara – Móvil E-20 Ricardo Pizzoglio (Departamento Conservación) 02/09/19 Ghazoul, Eduardo Amado 0004-00000155 5.600,00 DPV Destape de inodoro baño de hombres primer piso y destape de inodoro baño de damas segundo piso Ricardo Pizzoglio (Departamento Conservación)y Ricardo Alarcón (Obras Edilicias) 28/06/19 MH S.A. 0001-00002303 7.200,00 DPV PSL MB Sprinter Van 95-01: Sprinter Van 02 // Mano de Obra Colocación de Parabrisas/luneta // PoliuretanoSIKA 256-600ml Ricardo Pizzoglio (Departamento Conservación) 30/07/19 Cruz, Andres Rafael (Ferretería Pablo Andrés) 0003-00000004 110,00 DPV Pintura en aerosol Felipe J. Gutiérrez (CoordinadorDiv. Señalamientoy Forestales DPV) / Eduardo Fernández (Asesoría Forestal) Total 20.040,00 Se observó que: 1. Los comprobantes rendidos tienen fecha comprendida entre el 25/06/2019 y 02/09/2019, cuando en realidad el anticipo fue requerido el 03/05/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV,
  • 37. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 37 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del responsable al que se le otorgó, en este caso al Gerente de Economía y Finanzas Cdor. Elías Jurado. 2. Según reporte “rDis5033 Listado de Devoluciones en Efectivo de cheque por fecha de proceso”, para fecha 01/11/2019 se procedió al reembolso de la suma no utilizada de $19.960,00 ($40.000 - $20.040). Este reembolso se produjo una vez que el Tribunal de Cuentas observara esta falta de rendición, en Informe de Auditoría in situ y Contable notificado con fecha 16/10/2019. d) Anticipo Nº 143: emitido el 15/05/2019, en favor de la Tesorera, por la suma de $100.000,00. El mismo fue rendido en EX-2019-05836048- GDEMZA-DPV#MEIYE, mediante Rendición Nº 129 de fecha 30/10/2019, donde se rinde cuentas con los siguientes comprobantes: Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza 24/10/19 Vega Erica Cecilia (Taxi Aditamento700) 0006-00001310 90,00 DPV Traslado a BNA Miriam Herrera Total 90,00 Se verifica del reporte “rDis5033 Listado de Devoluciones en Efectivo de cheque por fecha de proceso”, que para fecha 01/11/2019 se procedió al reembolso de la suma no utilizada de $99.910,00 ($100.000 - $90). Como conclusión final, y no obstante haber constatado la devolución de fondos en los anticipos detallados precedentemente, se observó que:
  • 38. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 38 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs 1. No se cumple con la obligatoriedad de su rendición dentro del plazo de 30 días de recibido (Art. 48 inc. b) Decreto 1000/15) y Resolución N°1199/18 art. 2 2. Los comprobantes rendidos tienen fechas de emisión que se encuentran fuera del período de rendición, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV, ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte de los responsables mencionados. Dichos anticipos, fueron rendidos luego de que los responsables fueran notificados del Segundo Informe de Auditoría Contable e In Situ elaborado por esta Revisión con fecha 16/10/2019. A criterio de la revisión, la solicitud de anticipos que fueran requeridos por los responsables y no fueran rendidos oportunamente conforme establece el art. 48 del Decreto Nº 1000/15 y Resolución N° 1199/18 (dentro del mes de solicitado), configura daño para el Estado por los intereses devengados desde la fecha en que debió rendirlos y hasta la fecha de su restitución. Los responsables debían: 1. Justificar la falta de cumplimiento de la rendición dentro del plazo de 30 días de recibido (art. 48 inc. b) Decreto 1000/15) y art. 2º Resolución N°1199/18 Consejo Ejecutivo DPV. 2. Justificar la rendición y utilización extemporánea de los anticipos Nº 23, 48, 137 y 143, lo cual puede haber ocasionado daño al estado por la falta de utilización de los fondos y no rendición en plazos que van entre los 5 y 10 meses desde su entrega. (art. 48 Dto. 1000/15).
  • 39. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 39 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs 3. Justificar la vinculación que tienen con alguna comisión de servicio los comprobantes detallados en la planilla de rendición del anticipo 23. (art. 92 Ley 8706, art. 92 y 153 Decreto 1000/15 (Facturación). Lo observado podría configurar un PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO IRREGULAR, siendo de aplicación multa en este caso (art. 42 Ley Nº 1.003), siempre y cuando no se ocasione un Daño al Estado por PARTIDA NO COMPROBADA, en cuyo caso deberá aplicarse cargo solidario a los responsables (art. 40 Ley Nº 1.003), porla suma de $ 36.458,54 por los gastos no vinculados a la DPV ($10.428,54 + $5.900,00 + $20.040,00 + $90,00), y además por anticipos no rendidos oportunamente que pueden haber generado intereses por el uso indebido de los fondos contados desde la fecha de la recepción hasta la fecha de la reposición y/o rendición. CONTESTACION DE LOS RESPONSABLES El Cdor. Elías Jurado responde que: “como se concluye a través del fundamento expuesto al análisis en la observación que aquí se analiza, diré que en lo referente al ANTICIPO N° 23 que fue solicitado al departamento de Tesorería en la suma de pesos diez mil habiendo realizado dichas acciones un área distinta a de mi desarrollo, solicítese a dicho departamento la acreditación pertinente, atento a que tan solo acredite el gasto llevado a cabo con la factura correspondiente que acompañaba el gasto. Por otra parte, se pueden observar que hay más de un tiquet de gasto en una hoja, la misma firmada por mí, pero no puedo aseverar si el proceder de esta persona fue de buena fe, puesto que en algunas de estas no se encuentra mi
  • 40. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 40 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs sello como así también por ejemplo un tiquet en la parte superior, dos en la parte inferior y mi firma en la parte superior. Con posterioridad a dicha presentación, y para fecha 07/02/2020, el Sr. Elías Jurado presenta justificación detallada de cada uno de los comprobantes incluidos en la rendición del anticipo. En cuanto al ANTICIPO 137, se solicitaron conforme a la reunión en el Consejo Vial Federal en Buenos Aires, sin embargo no pude asistir por razones personales, por lo que se reintegró en su respectivo momento. No obstante, el departamento de tesorería no realizó el reintegro contable correspondiente, cabe aclarar que quien hizo el reintegro de la suma de $19.960,00 fue la tesorera agregando facturas que pagué sin necesidad de ningún desembolso debido a su poca cuantía gastos realizados en el ejercicio de mis funciones y trabajos afines a mi puesto. A lo cual se hace evidente su actuar malicioso pues se reintegra la suma en efectivo $19.960,00, que deja expuesto que es equivalente a lo justificado a través de los tiquetes presentados por mí para acreditar los gastos menores que realizaba. La Cdora. Adriana Flores responde que: 1- Justificarla falta de cumplimiento de la rendición dentro del plazo de 30 días de recibido (art. 48 inc. b) decreto 1000/15)y art. 2° resolución N° 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV. La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería conoce claramente el plazo en el cual se debe rendir un recibo (desempeña dicha función hace muchos años) el cual no debe exceder de 30 días de su apertura y /o entrega para su rendición.
  • 41. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 41 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs 2- Justificar la rendición y utilización extemporánea de los anticipos N° 23, 48, 137 y 143, lo cual puede haber ocasionado daño al estado por la falta de utilización de los fondos y no rendición en plazos que van entre los 5 y 10 meses desde su entrega. La Habilitada del Fondo Fijo de la Tesorería conoce claramente el plazo en el cual se debe rendir un recibo (desempeña dicha función hace muchos años) el cual no debe exceder de 30 días de su apertura y /o entrega para su rendición. 3- Justificar la vinculación que tienen con alguna comisión de servicio los comprobantes detallados en la planilla de rendición del anticipo 23. Quien recibió y firmo el Anticipo N° 23 es quien debe responder cual es la comisión de servicio que lo avala. Se remitió por Expediente 2019-5776308 la observación formulada por el H.T.C a División tesorería, para que emitiera informe respecto del 2do. Informe de auditoría In Situ y Contable 2019 respecto de Anticipos rendidos de modo extemporáneo. Dicha División curso contestación a través del Expediente 2019-5869791. Se implementó un circuito de “control” que NO ME INCLUÍA. En el sistema GDE (el usuario CONTADURÍA) se puede verificar que no interviene en ninguno de los expedientes de Fondo Fijo de Tesorería a Dpto. de Contaduría. Los expedientes pasaban en general de División Tesorería al usuario de JBUCOLO y posteriormente se remitían a CONTA (División Contabilidad) que eran los encargados de reponer los fondos fijos.
  • 42. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 42 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs CONCLUSION DEL REVISOR El revisor informa que los responsables han procedido a restituir los fondos remanentes luego de que la revisión solicitara que se diera cumplimiento con la normativa vigente (art. 48 inc. b) Decreto 1000/15 y art. 2º Resolución N°1199/18 Consejo Ejecutivo DPV). Sin embargo, expone que se verifican las siguientes circunstancias: a) Anticipo Nº 23: su rendición se efectuó mediante la utilización de comprobantes de gastos de diversa índole (comidas, estacionamiento y servicios de taxi) que no contienen en la rendición, justificación vinculada a una prestación de servicios. (art. 92 Ley 8706), siendo todos ellos, además emitidos a consumidor final o sin especificación de destinatario, en tanto que los comprobantes rendidos tienen fecha comprendida entre el 08/02/2019 y 03/09/2019, siendo que el anticipo fue entregado el 16/01/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV, ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del responsable al que se le otorgó, en este caso a la Tesorera Miriam Herrera (Resolución Nº 1199/18 Consejo Ejecutivo DPV) respecto de los siguientes comprobantes: Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza Lunes 08/04/19 19:20 hs. Las Delicias SA Agustín Álvarez 75, Fray Luis Beltrán 0004-00298608 105,00 CF Especialidades Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Viernes 05/04/19 12:03 hs. Bonafide Colón 351, Mendoza 0002-00001219 340,00 CF Café c/leche Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas)
  • 43. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 43 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Viernes 08/02/19 Fac Manual Rotisería Colonial Rodelode laCruz 0001-00001041 370,00 DP Comidas Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Jueves 20/06/19 21:01 Mc Donald´s La BarracaMall 0122-00155951 960,00 CF Cena Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Viernes 07/06/19 12:03 hs. Providencia BarrioSantaAna, Guaymallén Ilegible 340,00 CF Masas Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Martes 06/08/19 Fac. Manual Subway Terminal de Omnibus Mendoza 0007-00000777 625,00 N/A 1 Menú Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Martes 23/07/19 13:41 hs. Est. de Servicio La Argentina Tunuyán - Mza 0031-00018496 249,00 CF Chicles y facturas Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Domingo 21/07/19 15:28 hs. Gonzales Marisa Romina Cerrode la Gloria 0006-00010451 460,00 CF Galletas y bebidas Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Lunes 22/07/19 18:31 hs. Gerardo Retamales Restaurant Las Heras 0004-00002990 1.940,00 CF Restaurant Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Lunes 15/07/19 21:07 hs. Martin Alberto Benito Localidad Palmira 0011-00005068 1.975,00 CF Alimentos Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Domingo 21/07/19 17:19 hs. Farinatta MendozaPlaza Shopping 0014-00182180 310,00 CF MenuFarinatta Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Sabado 31/08/19 11:24 hs. Bonafide San Martín1483 Mendoza 0004-00083249 699,00 CF Café, jugo, submarino Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Sabado 31/08/19 Estacionamiento Central Entre Ríos 45 Mendoza TKT 00245986 225,00 CF Autos Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas)
  • 44. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 44 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Domingo 25/08/19 17:46 hs. Providencia (Panadería y Confitería) BarrioSantaAna, Guaymallén 0002-00028804 500,00 CF Varios Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Total 9.098,00s Entiende el revisor que se configura una PARTIDA NO COMPROBADA por la suma de $ 9.098,00 por los importes rendidos y no vinculados a ninguna comisión oficial, tanto para la Tesorera, por haber solicitado el anticipo y aceptado comprobantes no conformes, como para el Gerente de Economía y Finanzas, por ser quien autorizó con su firma y/o autorizó gastos no conformes. Sin embargo, respecto de los siguientes comprobantes, en función de las argumentaciones brindadas por el responsable, guardarían vinculación con la prestación de servicios: Fecha Proveedor Comprobante Importe Destinatario Concepto Firma / Autoriza Martes 02/07/19 10:27 hs. Hoteles y Casinos Argentinos SA 0003-00177031 100,00 CF Playa de estacionamiento Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Miércoles 03/04/19 13:10 hs. Servicio Taxi TKT 2836 244,70 N/A 1,13 km Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Miércoles 03/04/19 12:38 Servicio Taxi TKT 2837 74,54 N/A 2,43 km Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Viernes 05/04/19 12:30 hs. Servicio Taxi TKT 2838 344,40 N/A 11,13 km Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas)
  • 45. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 45 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Martes 27/08/19 11:59 hs. Servicio Taxi TKT060392 87,08 N/A Ilegible Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Martes 03/09/19 11:59 hs. Servicio Taxi TKT10944 479,82 N/A 23,68km Cdor. Elías Jurado (Gerente de Economía y Finanzas) Total 1.330,54 Por lo que considera SALVAR una parte del reparo por la suma de $ 1.330,54. b) Anticipo Nº 48: su rendición se efectuó mediante la utilización de comprobantes de gastos, donde no se especifica cantidad ni productos vendidos, a pesar de hallarse emitidos en favor de la DPV. Dichos comprobantes son de fecha 02/10/2019, siendo que el anticipo fue entregado el 22/02/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV, ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del responsable al que se le otorgó, en este caso a la propia Tesorera Miriam Herrera. Por tanto, a criterio de la revisión las sumas abonadas que totalizan $5.900,00, carecen de vinculación directa con un gasto de la DPV, puesto que no se explicita en la misma ni la cantidad ni los productos vendidos, como así tampoco los responsables han justificado haberlos realizado en favor de la DPV. Se pudo asimismo constatar, a través del reporte “rDis5033 Listado de Devoluciones en Efectivo de cheque por fecha de proceso”, que para
  • 46. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 46 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs fecha 01/11/2019 se procedió al reembolso de la suma no utilizada de $34.100,00 (Anticipo: $40.000 – Gastos: $5.900). c) Anticipo Nº 137: su rendición se efectuó mediante la utilización de comprobantes de gastos diversos con fechas comprendidas entre el 25/06/2019 y 02/09/2019, cuando en realidad el anticipo fue requerido el 03/05/2019, con lo cual se puede determinar que la salida de fondos no tenía como destino la aplicación inmediata a un gasto concreto de la DPV, ocasionando con tal hecho un retiro de fondos injustificado por parte del responsable al que se le otorgó, en este caso al Gerente de Economía y Finanzas Cdor. Elías Jurado. Según reporte “rDis5033 Listado de Devoluciones en Efectivo de cheque por fecha de proceso”, para fecha 01/11/2019 se procedió al reembolso de la suma no utilizada de $19.960,00 (Anticipo: $40.000 – Gastos: $20.040). d) Anticipo Nº 143: su rendición se efectuó mediante la utilización de un comprobante por $90,00 relacionado con un viaje en taxi con destino al Banco de la Nación Argentina. Respecto delcomprobante en sí, no hay objeciones en que se trata de un gasto vinculado a la repartición, por lo cual, en ese aspecto se considera SALVADO el reparo. OPINIÓN DE SECRETARIA RELATORA A.- LA SUBSISTENCIA DEL REPARO
  • 47. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 47 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs En conclusión y atento a que los comprobantes rendidos no guardan vinculación con gastos de la DPV, esta Secretaría Relatora sugiere mantener SUBSISTENTE como PARTIDA NO COMPROBADA correspondiendo la aplicación de cargo solidario (art. 40 Ley Nº 1.003) por los importes rendidos y no vinculados a ninguna comisión oficial por las siguientes sumas: a) Anticipo N° 23: por la suma de $ 9.098 tanto para la Tesorera por haber solicitado el anticipo y aceptado comprobantes no conformes, como para el Gerente de Economía y Finanzas por ser quien autorizó con su firma gastos no conformes. b) Anticipo N° 48: por la suma de $ 5.900, para la Gerente de Recursos Humanos, Administrador y Tesorera, los dos primeros por ser quienes autorizaron con su firma los gastos no justificados y la Tesorera en relación a que aceptó dichos gastos. La formulación del cargo se fundamenta en que estos gastos no guardan relación con actividades del organismo, careciendo de razonabilidad, lo que queda evidenciado en el hecho que fueron rendidos con bastante extemporaneidad y su comisión nunca fue acreditada. La regla de la razonabilidad que debe inspirar todo el accionar de la administración, se refleja en el art. 28 de nuestra CN. Aun cuando resulte difícil definir o conceptuar qué es razonable, tal apreciación resulta susceptible de una estimación objetiva. En primer lugar, la razonabilidad consiste en una valoración axiológica de justicia que nos muestra en el caso concreto, si la decisión, acto o justificación tiene razón suficiente. En segundo lugar, el sentido común y el sentimiento
  • 48. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 48 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs racional de justicia de los hombres hace posible vivenciar la razonabilidad y su opuesto, la arbitrariedad. La Constitución formal, suministra criterios, principios y valoraciones que, integrando su ideología, permiten componer y descubrir en cada caso la regla de la razonabilidad. La razonabilidad impuesta por la constitución en cuanto derecho positivo se extrae del valor justicia o derecho natural. Hecha esta breve introducción podemos decir que la razonabilidad importa una valoración jurídica de justicia, lo cual significa que la obligación constitucional de que los órganos estatales actúen razonablemente, implica que actúen con justicia. Tal criterio ya fue receptado por el Tribunal al analizar la rendición de cuentas de la DGE, ejercicio 2011 Fallo N° 16.056, donde claramente expuso que: “…La facultad de examinar la razonabilidad del acto, por otra parte, hace al control contable de legalidad que la Constitución ha deferido a este Tribunal. Setrata de establecer si el acto de disposición de caudales públicos cumple el recaudo legal de la debida fundamentación y no sólo el de una “motivación aparente” (art. 39 de la Ley 3909).” Así, no aparecen como razonables gastos de diversa índole -comida, estacionamiento, taxi- que no se vinculan a una comisión de servicio, que están emitidos a consumidor final y que tienen fecha bastante posterior al otorgamiento de los fondos, y además no obedecen al normal, habitual y operativo funcionamiento del organismo, incumpliendo así la Resolución 1199/18. En efecto, no puede perderse de vista que este fondo se constituye para ser utilizado en la atención de pagos relativos a gastos de menor cuantía con el fin de solucionar problemas momentáneos del servicio o adquirir elementos de
  • 49. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 49 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs escaso valor, resultando imprescindible que dichos gastos respondan a necesidades indispensables, para lo cual debe existir un nexo causal que vincule al gasto con la necesidad y pertinencia del mismo. Tales gastos al no tener relación con las características de la actividad que desempeña la DPV resultan impugnables. Y es aquí donde cobra especial relevancia el criterio de la razonabilidad del egreso como elemento que sirve de contexto para establecer el cumplimiento del requisito de normalidad y necesidad del gasto. En este punto la razonabilidad del gasto está dada por su vinculación al servicio y con la temporalidad del gasto en relación a la fecha de solicitud de fondos y los comprobantes aportados, más aún cuando se trata de erogaciones que se realizan con fondos públicos, donde el deber de cuidado es mayor y se funda en normas superiores que imponen conductas ciertas y concretas respecto del modo y condiciones que se deben respetar en punto a la erogación de fondos públicos, en consonancia con el principio de buena administración y los objetivos plasmados en el art. 2 inc. a) de la Ley 8706 (economicidad, eficacia, eficiencia). En consecuencia, los gastos observados no eran normales ni necesarios, y no guardaban relación directa ni de temporalidad con las funciones que está llamada a desempeñar la organización cuentadante. Si bien la factura o comprobante es el elemento que prueba “prima pacie” una operación económica, ella por sí sola carece de valor si no se puede acreditar fehacientemente que es real la operación reflejada en la misma y que el gasto es necesario para la actividad.1 1 Similar criterio adoptó el Tribunal en el Expte. Nº 420-PS-17, PIEZA SEPARADA DEL EXPTE. Nº 303-A-2015 UNIDAD COORDINADORA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS (UCPP), Fallo N° 17049.
  • 50. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 50 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs Por las razones expuestas, esta Secretaría Relatora entiende que el accionar de los responsables en torno a estos anticipos resulta irrazonable y los comprobantes presentados son extemporáneos en relación a la supuesta misión de servicios para el que fueron solicitados, esto constituye una erogación sin justificar por los montos que subsisten de los anticipos N° 23 y 48, por lo que se aconseja formular cargo solidario en los términos del art. 40 de la ley 1003. No obstante, esta Secretaria disiente con el criterio de la revisión en el aspecto de formular cargo por los intereses de las sumas devueltas (Anticipos N° 48, 137 y 143), toda vez que ello no fue concretado ni amenazado en oportunidad de correr vista de las observaciones y atenta contra la garantía de defensa de que gozan los señalados como responsables. B. ANÁLISIS DE RESPONSABILIDAD En punto a este tema, esta Secretaria Relatora estima conveniente formular algunas precisiones respecto del alcance de la responsabilidad por el perjuicio que se determina en el reparo. B.1. CONCEPTOS GENERALES. LA TEORIA DEL ORGANO. Con carácter general la responsabilidad constituye una categoría común prácticamente a la totalidad de los órdenes jurídicos. Se habla así de responsabilidad civil, penal, administrativa, fiscal, asociativa, social, incluso política. Cada una de ellas posee su particular régimen jurídico en cuanto a sus presupuestos, elementos y efectos. Cuando un sujeto incumple un deber o una obligación o cuando causa un daño, es responsable siempre que el
  • 51. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador 309 2019 30900119 Organismo:JUICIOPARCIAL-DIRECCION PROVINCIALDEVIALIDAD 51 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs incumplimiento o el daño le sea imputable. Desde esta perspectiva puede afirmarse que la responsabilidad descansa sobre un determinado título de imputación.”2 Brevemente haremos referencia en este punto a la Teoría del órgano, mediante la cual, las personas jurídicas (Estado en este caso) expresan su voluntad a través de los órganos que la integran. La teoría del órgano es de origen alemán y explica el procedimiento de imputación de la voluntad humana a la persona jurídica. Cuando la actuación personal del funcionario excede las facultades expresas o implícitas que tiene asignadas como órgano, sus actos generan la responsabilidad personal del funcionario. En este sentido, la competencia deber ser asignada por ley en forma expresa o razonablemente implícita (no se presume)3 y es el conjunto de funciones que un agente legítimamente puede ejercer. Actuando dentro de ese ámbito, su voluntad se confunde con la del órgano del cual forma parte. B.2 LA RESPONSABILIDAD CONTABLE YLA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. SUS ESFERAS DE ACTUACION. En concordancia con el criterio que venimos exponiendo, Miriam Ivanega4, divide los ámbitos de responsabilidad pública en los siguientes: Política, Penal, Civil, Disciplinaria y Patrimonial. De esta clasificación vamos a tomar para nuestro análisis dos en particular: la RESPONSABILIDAD 2 Tratado de la Responsabilidad Civil, Félix Trigo Represas, Marcelo López Mesa, Ed. La Ley, 2004, Tomo I, pág. 3. 3 Art. 2 ley 9003 “La competencia administrativa es irrenunciable e improrrogable, debiendo ser ejercida directa y exclusivamente por quien la tiene atribuida por el ordenamiento jurídico, en forma expresa o razonablemente implícita, salvo los casos legítimos de delegación, avocación y sustitución”. 4 Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (www.juridicas.unam.mx)
  • 52. Dictamen Expediente Ejercicio Nomenclador Organismo: 52 Catamarca 83 1º Piso - Ciudad - Mendoza - Argentina - Código Postal: 5500 - Teléfono: (261) 4201731 Fax:(261) 429-7429 E-mail:tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar - Horario de Atención:lunes a viernes de 8 a 13 hs CONTABLE (que estaría dentro del ámbito de responsabilidad disciplinaria administrativa) y la RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL del funcionario. Dentro del primer ámbito, el Tribunal de Cuentas de Mendoza aplica la sanción de multa (art. 42 ley N°1003), cuando no se ha llevado la cuenta conforme a los parámetros que establece el artículo 31 de nuestra ley orgánica, es decir, que se realiza un control de legalidad sobre la ejecución financiera y presupuestaria que implica la administración de caudales públicos. En caso de violación de estas normas y procedimientos, el Tribunal aplicará, si así lo estima conveniente, la SANCION de multa. Esta facultad sancionatoria encuentra su fundamento en la preservación y autoprotección de la organización para garantizar el correcto funcionamiento de los servicios administrativos, en el caso concreto, la correcta administración y disposición (en sentido amplio) de la hacienda pública. Por último, es necesario destacar que los ámbitos de responsabilidad son diferentes, por ello, la sanción “disciplinaria” es independiente de la sanción “penal”. No se viola el principio de “non bis in idem” cuando se aplica una sanción disciplinaria por un mismo hecho que luego da lugar a la sanción penal. Por lo expuesto es de fundamental importancia garantizar el derecho de defensa de quien es imputado por una falta que luego dará lugar a la posible imposición de sanción. En el segundo caso, debemos conceptualizar la responsabilidad patrimonial del funcionario. Cuando la conducta del funcionario o empleado público excede el marco de competencias que permite asignar las consecuencias al Estado, la