ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
Rovira ie felipe salame manual de convivencia institucion educativa tecnica felipe salame 2014
1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME
Los Andes – Rovira (Tolima)
Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011
NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733
MANUAL DE CONVIVENCIA
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TABLA DE CONTENIDO
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CARACTERIZACION INSTITUCIONAL
NOMBRE INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA FELIPE SALAME
UBICACION Corregimiento Los Andes - Municipio de Rovira
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SEDES
Felipe Salame (Sede Principal) Vereda La Bella
Los Andes Vereda La Bella
La Osera Vereda La Osera
Las Mangas Vereda Las Mangas
Los Cristales Vereda La Primavera
Pando La Joya Vereda Pando La Joya
La Cauchera Vereda La Cauchera
El Paujil Vereda El Paujil
Limoncitos Vereda Limoncitos
El Cedral Vereda El Cedral
Camellón Vereda El Camellón
TELEFONOS 313 817 7443
CALENDARIO A
JORNADA Mañana
RESOLUCION DE
ESTUDIOS
Resolución Nº 04855 de 2011. Carácter Técnico.
Especialidad Contabilidad Y Finanzas
NIT 809006752-2
CODIGO DANE 273624001261
CODIGO ICFES 144733
REGISTRO
EDUCATIVO
1624209
TITULO QUE
OTORGA
Bachiller Técnico – Especialidad en Contabilidad Y
Finanzas
ARTICULACION
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INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA FELIPE SALAME
CONSEJO DIRECTIVO RESOLUCION No. XXXXX
Por la cual se Reforma el Manual de Convivencia de la Institución y se adecua a
las exigencias de la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965.
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Técnica Felipe Salame, en uso de
sus atribuciones legales y obrando en nombre de la Comunidad Educativa
Salamista, una vez consultados todos sus estamentos y:
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CONSIDERANDO
1. Que es indispensable establecer normas claras de comportamiento para los
diferentes estamentos de la Institución, que sean una guía en la valoración de
las interrelaciones escolares.
2. Que es necesario reconocer los Derechos y Deberes que le corresponden a
cada uno de los integrantes de la Comunidad Educativa, para velar por el
cumplimiento de éstos.
3. Que es necesario dar aplicación a los mandatos establecidos por la
Constitución Nacional, el Código de la Infancia y la Adolescencia, la Ley
General de la Educación en lo concerniente a la formación ético-moral y el
espíritu cívico y democrático del estudiante y la ley 1620 de 2013 y su decreto
reglamentario 1965 que conlleva a la aplicación de los protocolos para la
protección integral de los niños, niñas y adolescentes.
4. Que es justo estimular a quienes en sus relaciones interpersonales practiquen
los valores y las conductas que dignifican la vida humana y planear todo tipo
de actividades que busquen la formación integral del estudiantado y la buena
marcha de la Institución.
5. Que para dar cumplimiento a los fines y objetivos de la Educación, la filosofía y
políticas institucionales, se debe diseñar un Manual de Convivencia que
permita la participación de la Comunidad Educativa.
RESUELVE:
Artículo 1. Adoptar el presente Manual de Convivencia de la Institución Educativa
Técnica Felipe Salame, el cual será evaluado cada año, de acuerdo con las
necesidades y prioridades de la Institución, y acorde con la legislación vigente.
Artículo 2. El presente Manual de Convivencia rige a partir de la fecha de su
expedición.
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COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.
Dada en Rovira, XXXXXX
LUIS ERNESTO RODRÍGUEZ MONJE
Rector
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CAPÍTULO 1
HORIZONTE INSTITUCIONAL
1.1 MISIÓN
La Institución Educativa Técnica Felipe Salame, brinda una educación de alta
calidad que le permite establecer un vínculo formativo con el SENA. Nuestro
principal compromiso es la formación integral de los estudiantes, fundamentada
en la formación de principios y valores morales, éticos y sociales. Somos una
institución exigente en el conocimiento y el trabajo, pero a la vez tolerante y
sensible con las necesidades y limitaciones que existen en nuestro medio y
comunidad educativa. Valoramos la cultura, la recreación y el deporte, el
conocimiento tecnológico, técnico y científico, comprometidos en hacer grandes
cosas “por el país que soñamos”.
1.2 VISIÓN
Ser reconocidos como una institución de excelente calidad académica y técnica,
bajo los principios de responsabilidad, respeto y fraternidad. Gracias a la
articulación con el SENA los estudiantes podrán desempeñarse con eficiencia y
liderazgo en el campo laboral como auxiliares contables en el área comercial y
empresarial. Así mismo, mejorar los resultados en las diferentes pruebas de
estado en el ámbito municipal, departamental y nacional.
1.3 PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES
La Institución promueve y desarrolla en la comunidad educativa los siguientes
principios y valores:
Respeto a la libertad de culto
El cuidado y protección de los recursos naturales y el medio ambiente
La convivencia pacífica y el respeto a los derechos humanos
El fomento del arte y la cultura
El afianzamiento de la identidad y el sentido de pertenencia
El acatamiento de las leyes y el respeto a la autoridad
El libre desarrollo de la personalidad
La autonomía y la libre expresión
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CAPÍTULO 2
PROP ÓSITOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
2.1 CONCEPTO
El manual de convivencia es el conjunto de pautas, normas y procesos que
orientan a la sana convivencia institucional de la comunidad educativa y que
contribuye a la resolución pacífica de conflictos, desarrollando componentes de
prevención, promoción, protección y mitigación de violencia escolar, con el fin de
proteger a la comunidad educativa contra toda forma de acoso, violencia escolar y
vulneración de los derechos, contribuyendo a la formación integra de los
estudiantes, mejoramiento del clima institucional, calidad y asequibilidad de la
educación, así como la construcción de una política institucional de protección de
los derechos humanos, sexuales, reproductivos y construcción de ciudadanía.
Además es una parte fundamental del Proyecto Educativo Insti tucional (PEI), en
donde se define los derechos y obligaciones de todas las personas de la
comunidad educativa en aras de convivir de manera pacífica y armónica.
2.2 ALCANCE
El presente manual de convivencia enuncia unas normas de convivencia social,
estableciendo los derechos y deberes que corresponden a todos los integrantes
de la Comunidad Educativa y formulan un procedimiento democrático que
fortalezca la formación integral de los estudiantes. Para velar por el cumplimiento
de lo acordado, se deben establecer canales de comunicación y procedimientos
que garanticen un actuar armónico que fortalezca el desarrollo personal de todos
los integrantes de la Comunidad Educativa, pues no se debe olvidar que la
Escuela, junto con el Hogar, construyen espacios propicios para la construcción de
una sociedad eminentemente humana.
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CAPÍTULO 3
FUNDAMENTOS LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
3.1 NORMATIVIDAD
La fundamentación legal para elaborar y adoptar el presente manual de
convivencia son las siguientes:
Constitución Política De Colombia: Desde los artículos pertinentes a los
mandatos que buscan el desarrollo integral del ser humano y en su artículo 13,
que establece su igualdad ante la ley, de tal manera que el manual de
convivencia se convierte en un instrumento que garantiza la convivencia de
todos los miembros de la comunidad educativa sin ningún tipo de
discriminación.
Ley General De Educación (Ley 115 De 1994): Que establece los fines y los
objetivos de la educación colombiana y ordena en su artículo 87 la
estructuración de un manual de convivencia.
Código De La Infancia Y La Adolescencia (Ley 1098 De 2006): Que
establece normas sustantivas y procesales para la protección integral de los
niños, niñas y adolescentes.
Decreto 1860 de 1994: Por el cual se reglamenta parcialmente la ley 115 de
1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.
Decreto1290 De Abril De 2009: Sistema general por el cual se reglamenta el
proceso de evaluación y promoción de los estudiantes en los establecimientos
educativos.
Decreto 1286 De Abril 27 De 2005: Por el cual se establecen normas sobre la
participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos
educativos de los establecimientos oficiales y privados.
3.2. FALLOS Y SENTENCIAS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
La Corte Constitucional advirtió que las instituciones educativas no están
obligadas a mantener en las aulas a quienes en forma constante y reiterada
desconocen las directrices y convivencia de la institución educativa. La Corte es
clara en señalar que el deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista
disciplinario, en respetar el manual de convivencia, pues este a su vez es la guía
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normativa que rige el interior de las instituciones para mantener sanas
costumbres. Indicó además que los estudiantes tienen la obligación de observar
las normas de presentación de las instituciones, así como los horarios de entrada
y salida de clases, recreos, salidas y asistencias y debido respeto por sus
profesores y compañeros. A continuación se relacionan las sentencias.
Sentencia No. T-612/92: Deberes del educando. A pesar de ser la educación
un derecho fundamental de la persona, también exige de ésta el cumplimiento
de determinadas obligaciones. El estudiante deberá cumplir con los
reglamentos académicos y los requisitos exigidos para cada uno de los años
de escolaridad. Su obligación es consigo mismo -en primer lugar-, con la
familia, la sociedad y el Estado -en segundo lugar-, para lograr el progreso en
su formación académica. Se trata en consecuencia de un derecho-deber.
Sentencia No. T 519/92: Estudiantes indisciplinados. Que establece que
aunque la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la
posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus
estudios, de allí no debe colegirse que el centro educativo este obligado a
mantener indefinidamente entre sus discípulos, a quien de manera constante y
reiterada, desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden
dispuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas, además
de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la
relación que el estudiante establece con la institución en que se forma,
representa un abuso del derecho, en cuanto causa perjuicio a la comunidad
educativa e impide a la institución alcanzar los fines que le son propios.
Sentencia No. T 341/93: Cumplimiento y obligaciones por parte del estudiante.
Quien se matrícula en un centro educativo con el objeto de ejercer el derecho
constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho
obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado
derecho para excusar las infracciones en que incurra. Por ello, si reclama
protección mediante la acción de tutela, alegando que el plantel desconoce las
garantías constitucionales al aplicarle una sanción, es imperioso que el juez
verifique tanto los actos ejecutados por las autoridades del centro educativo
como la conducta observada por el estudiante, a objeto de adoptar una
decisión verdaderamente justa en cuya virtud no se permita el quebrantamiento
de los derechos constitucionales del educando pero tampoco se favorezca la
irresponsabilidad de éste.
Sentencia No. T 050/93: Libre Desarrollo de la Personalidad. La existencia del
derecho al libre desarrollo de la personalidad radica en que la persona sea
dueña de sí misma y de sus actos, reflejando una imagen limpia, digna para sí
y para las personas con las cuales convive en la sociedad. Debe ser libre,
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autónoma en sus actos y procedimientos, guardando siempre una conducta
clara e impecable, sus actos deben reflejarse en forma natural, voluntaria y
responsable.
Sentencia T 594/93: Libre desarrollo de la personalidad. La esencia del libre
desarrollo de la personalidad como derecho, es el reconocimiento que el
Estado hace de la facultad natural de toda persona a ser individualmente como
quiere ser, sin coacción, ni controles injustificados o impedimentos por parte de
los demás. El fin de ello es la realización de las metas de cada individuo de la
especie humana, fijadas autónomamente por él, de acuerdo con su
temperamento y su carácter propio, con la limitación de los derechos de las
demás personas y del orden público.
Sentencia No. T 092/94: El derecho a la educación comporta dos aspectos: es
un derecho de la persona, como lo establece el artículo 67 de la Constitución
Política y un deber que se materializa en la responsabilidad del educando de
cumplir con las obligaciones impuestas por el centro educativo, obligaciones
que se traducen tanto en el campo de la disciplina como en el del rendimiento
académico. Siendo la educación un derecho constitucional fundamental, el
incumplimiento de las condiciones para el ejercicio del derecho, como sería el
no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y al comportamiento
exigido por los reglamentos, puede dar lugar a la sanción establecida en el
ordenamiento jurídico para el caso y por el tiempo razonable que allí se prevea,
pero no podría implicar su pérdida total, por ser un derecho inherente a la
persona.
Sentencia No. T 316/94: La educación sólo es posible cuando se da la
convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de
prevalecer el interés general y se puede, respetando el debido proceso y los
otros derechos fundamentales, a más de la participación de la comunidad
educativa, llegar hasta a separar a la persona del establecimiento. Además, la
permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su
concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también
puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada
del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa.
Sentencia No. T 569/94: Derecho a la educación, deberes de los estudiantes.
La educación como derecho fundamental conlleva deberes del estudiante, uno
de los cuales es someterse y cumplir el reglamento o las normas de
comportamiento establecidas por el plantel educativo a que está vinculado. Su
inobservancia permite a las autoridades escolares tomar las decisiones que
correspondan, siempre que se observe y respete el debido proceso del
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estudiante, para corregir situaciones que estén por fuera de la Constitución, de
la ley y del ordenamiento interno del ente educativo. El deber de los
estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el
reglamento y las buenas costumbres, y en el caso particular se destaca la
obligación de mantener las normas de presentación establecidas por el
Colegio, así como los horarios de entrada, de clases, de recreo y de salida, y el
debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros.
La Corte Constitucional ha sido enfática al proteger el derecho al libre
desarrollo de la personalidad de todos los individuos, y ha removido los
obstáculos que se han presentado para su realización en los casos que han
llegado a su conocimiento. Pero también ha señalado que el ejercicio de este
derecho tiene limitaciones, dentro de las cuales se encuentran los derechos de
los demás.
Sentencia No. T 880/99: Debido proceso-sanciones. Los manuales de
convivencia o reglamentos internos de los establecimientos educativos se
encuentran sujetos a los derechos, principios y valores de carácter
constitucional. Estos manuales cimientan su legitimidad no sólo en el órgano
que los profiere, sino en que deben ser el reflejo de la voluntad general de los
miembros de la institución educativa a la cual se va aplicar, teniendo como
punto de referencia la primacía de las normas constitucionales. Para su
aplicación, los manuales de convivencia deberán ser dados a conocer
y aceptados de manera expresa y espontánea por padres, profesores y
alumnos vinculados a la institución educativa. El derecho al debido proceso
contenido en el artículo 29 de la Carta Política es aplicable a las decisiones
que se tomen en el medio educativo; razón por la cual, es válida la imposición
de sanciones que se señalan en el manual de convivencia, previo agotamiento
del procedimiento que para el efecto se encuentra establecido en el mismo
ordenamiento del plantel.
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CAPÍTULO 4
SÍMBOLOS DE LA INSTITUCIÓN
4.1. ESCUDO
El escudo fue creado por el docente Eder Miguel
Rubio Rojas en el año 2005, bajo la rectoría de
José Antonio Reyes Reyes. El logotipo de la
Institución es un escudo armonizado con
elementos y detalles propios de la vida escolar y
su entorno social.
En la parte central se destaca al estudiante, razón
de ser de la Institución, en sus etapas del
desarrollo que a su vez representan los niveles de
enseñanza que se ofrecen: Preescolar, Básica
Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica.
Estos estudiantes se observan realizando actividades recreativas, componente
importante que involucra la Institución en sus procesos de formación. Además,
cada una de las siluetas tiene uno de los colores de la Bandera de Colombia,
amarillo, azul y rojo, con el que se reafirman los valores nacionalistas y el sentido
de pertenencia hacia nuestra Patria. En la parte superior emerge un círculo que
representa el mundo y un texto en su interior con el que se sugiere la idea que es
el conocimiento la herramienta y el medio ideal para traspasar fronteras y con el
que se alcanza el progreso y el desarrollo.
Así mismo, la bandera envuelve suavemente el escudo en forma diagonal de atrás
hacia delante como el abrazo de un padre o una madre a un hijo. Es una metáfora
del amor y el cariño tal como deben ser tratados los estudiantes. Finalmente, hay
una banda, con la inscripción “POR EL PAÍS QUE SOÑAMOS” del Nobel García
Márquez quien convocaba a reflexionar y a luchar por una Patria en para todos y
las futuras generaciones.
4.2. LA BANDERA
Inicialmente la bandera estaba compuesta por dos
colores, verde y blanco, debido a su aspecto poco
llamativo, el docente Eder Miguel Rubio Rojas propuso
en el año 2005 agregarle una franja de color rojo,
quedando entonces con tres franjas: rojo, blanco y
verde.
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El color rojo identifica el valor y la fuerza que caracteriza a los estudiantes,
docentes y comunidad educativa pilares fundamentales con quienes podemos
lograr todas las metas.
El color blanco tiene implícito el gran anhelo de todos por alcanzar la paz, la
tranquilidad y la armonía para vivir en comunidad como una gran familia.
El color verde enaltece el sentido de pertenencia por el campo, sus montañas y
hermosos paisajes. También significa la condición de campesinos como personas
útiles, inteligentes y con un profundo sentido de superación.
Así pues, la bandera es una insignia sublime que nos llega al corazón y nos hace
sentir orgullosos de pertenecer a la gran Familia Salamista.
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4.3. HIMNO
Letra: Isnely Velazco, Mujer Líder de nuestra comunidad. Entregó el Himno a la
Institución el 19 de Octubre de 2006.
Música: Fredy Torres y Gabriel Márquez.
I
Soy un alumno del Centro Educativo Luis Felipe Salame
Que a conciencia y gran esfuerzo me enseñas a vencer
En tus aulas y tus pasillos dejo yo mi niñez
Y cada día sigo aprendiendo para ser siempre el mejor.
CORO
Tú serás siempre mi colegio de honor
Quiero llevarte grabado en mi corazón
Prometo yo llevarte con orgullo y sincera admiración,
Este es un centro Educativo donde se aprende a querer
"porque es más fácil el camino a emprender" (Bis).
II
Hoy mi bandera le rinde un homenaje
A los grandes maestros de nuestro centro educativo
Por su entrega y grande amor.
CORO
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CAPÍTULO 5
DEFINICIONES PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y DERECHOS SEXUALES
La Institución Educativa se apropia de las Definiciones, Principios y
Responsabilidades enmarcadas en la Ley 1620 de 2013 y se relacionan a
continuación:
Acceso carnal. De acuerdo con el código penal colombiano, artículo 212, se
entiende como “la penetración del miembro viril por vía anal, vaginal u oral, así
como la penetración vaginal o anal de cualquier otra parte del cuerpo humano
u otro objeto”.
Acción reparadora. Toda acción pedagógica que busca enmendar y
compensar daños causados a otras personas. Son acciones que pretenden
restablecer las relaciones o el ambiente escolar de confianza y solidaridad.
Este tipo de acciones son construidas colectivamente y pueden activarse para
atender conflictos manejados inadecuadamente (situaciones tipo I y II).
Acoso escolar (intimidación, bullying o matoneo). De acuerdo con el
artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional,
metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización,
difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la
violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios
electrónicos contra un niña, niño o adolescente, por parte de un estudiante o
varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, y
que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo
determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes,
o de estudiantes contra docentes, y ante la indiferencia o complicidad de su
entorno.
Acoso por homofobia o basado en actitudes sexistas. Situaciones en las
que se observan de manera repetida y sistemática agresiones como apodos,
bromas, insultos, rumores, comentarios ofensivos verbales o escritos (notas en
los baños, paredes, tableros, pupitres) relativos a la orientación sexual real o
supuesta de la persona o a su identidad de género. Se incluyen prácticas
repetidas de segregación (separar del grupo), de exclusión (impedir la
participación en las actividades y toma de decisiones) o de discriminación
(establecer barreras o restricciones para el disfrute de los derechos
fundamentales).
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Agresión Escolar. Toda acción realizada por una o varias personas que
conforman la comunidad educativa y que busca afectar negativamente a otras
personas de la misma comunidad, de las cuales por lo menos una es
estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y
electrónica (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
Acoso sexual. De acuerdo con el código penal colombiano, artículo 210A, el
acoso sexual es un delito y lo define como “el que en beneficio suyo o de un
tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o
de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose,
persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no
consentidos, a otra persona”. Se puede complementar esta definición
entendiendo el acoso sexual como situaciones en las que se observan
agresiones de manera repetida y sistemática como mecanismo para socavar a
otra persona mediante su objetivación.
Actividad sexual. Conjunto de procesos individuales o interpersonales que
tienen como fin la excitación o la satisfacción del deseo sexual y que pueden
culminar o no en el orgasmo. Estos procesos incluyen fantasías sexuales;
masturbación; besos en la boca o en otras partes del cuerpo; caricias por
encima de la ropa; caricias por debajo de la ropa; estimulación mutua de los
genitales con las manos o la boca; simulación de la relación sexual con o sin la
ropa puesta; penetración vaginal, o penetración anal.
Actividad sexual penetrativa, acto sexual o relación sexual. Conducta
sexual que implica contacto entre el pene, la vulva, el ano o la boca entre dos o
más personas. También incluye actividades interpersonales que implican la
introducción en el ano o la vagina de la mano, el dedo o cualquier otro objeto.
Acto sexual violento, en persona puesta en incapacidad de resistir o con
menores de 14 años. El acto sexual violento (artículo 206): cuando se realiza a
otra persona un acto sexual diferente al acceso carnal mediante violencia. “Por
violencia (...) la Corte entendió esta como la fuerza, el constreñimiento, la presión
física o psíquica – intimidación o amenaza- que el agente despliega sobre la víctima
para hacer desaparecer o reducir sus posibilidades de oposición o resistencia a la
agresión que ejecuta”.
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Agresión electrónica. Toda acción que busque afectar negativamente a otras
personas a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o
videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u
ofensivos sobre otras personas por medio de redes sociales (Twitter,
Facebook, YouTube, entre otros) y enviar correos electrónicos o mensajes de
texto insultantes u ofensivos; tanto de manera anónima como cuando se revela
la identidad de quien los envía (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
Agresión esporádica. Cualquier tipo de agresión que ocurre solo una vez, es
decir, que no hace parte de un patrón de agresiones repetidas contra una
misma persona. Este concepto incluye eventos aislados de agresión física,
verbal o relacional. No incluye agresiones electrónicas que se realizan en
redes sociales virtuales, dado que estas, al divulgarse, se convierten en
ofensas repetidas.
Agresión física. Toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo
o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones,
cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras (Decreto
1965 de 2013, artículo 39).
Agresión gestual. Toda acción que busque con los gestos degradar, humillar,
atemorizar o descalificar a otras personas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
Agresión relacional. Toda acción que busque afectar negativamente las
relaciones de las personas. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y
difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o
imagen que tiene la persona frente a otras (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
Agresión verbal. Toda acción que busque con las palabras degradar,
humillar, atemorizar o descalificar a otras personas. Incluye insultos, apodos
ofensivos, burlas y amenazas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
Ciberacoso escolar (acoso electrónico o Cyberbullying). De acuerdo con el
artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso
deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales,
telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y
continuado (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Incluye agresiones
electrónicas que pueden haberse realizado una sola vez, pero que se
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convierten en situaciones de agresión repetida al quedar en espacios virtuales
a los cuales muchas personas pueden acceder.
Clima de aula. Se refiere al contexto o ambiente de trabajo que se
crea en un aula de clase, y en cada una de las asignaturas que en ella
se desarrolla. Se define a partir de la interacción entre las características
físicas del sitio donde se imparte la clase, las características de estudiantes y
docentes, la misma asignatura, las estrategias pedagógicas y didácticas
utilizadas, e incluso las particularidades del EE y la calidad de las relaciones
entre estudiantes, y entre docentes y estudiantes en el aula.
Clima institucional. Se refiere a las relaciones entre docentes, estudiantes,
directivas, docentes con funciones de orientación, personal de apoyo, familias
y personal administrativo. Incluye aspectos tan diversos como el sentido de
pertenencia, la satisfacción laboral, la conexión percibida entre las personas
que conforman la comunidad educativa, el apoyo con el que perciben que
pueden contar o la percepción sobre qué tanto las opiniones son tenidas en
cuenta.
Coerción Sexual. Es el uso del poder o la fuerza para obligar a alguien a
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participar, de cualquier forma, en actividades sexuales.
Competencias ciudadanas. Competencias básicas que se definen como el
conjunto de conocimientos y habilidades cognitivas, emocionales y
comunicativas que, articuladas entre sí, hacen posible que los ciudadanos y
ciudadanas actúen de manera constructiva en una sociedad democrática (Ley
1620 de 2013, artículo 2). Son todas aquellas capacidades cognitivas,
emocionales y comunicativas que, integradas con conocimientos y actitudes,
permiten que las personas se relacionen pacíficamente, y participen
constructiva y democráticamente en una sociedad.
Comportamiento sistemático. Son acciones que se presentan con
frecuencia. También se refiere a toda acción que se ha realizado
repetidamente de manera similar y con las mismas personas involucradas (por
ejemplo, agresiones que recaen siempre sobre la misma persona agredida o
agresiones que suelen presentarse con frecuencia).
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Conflicto. Situación que se caracteriza porque hay una incompatibilidad real o
percibida entre los intereses de una o varias personas (Decreto 1965 de 2013,
artículo 39). Esta incompatibilidad puede manifestarse mediante
conversaciones, diálogos, discusiones, altercados, enfrentamientos o incluso
riñas. Aunque los conflictos pueden escalar hasta generar situaciones de
acoso escolar, es importante diferenciarlos, pues las situaciones de acoso
escolar se caracterizan por la presencia de agresiones, que se dan de manera
recurrente por parte de quienes tienen más poder sobre quienes tienen menos.
Teniendo en cuenta que los conflictos son situaciones comunes y propias de
una sociedad plural y democrática en la que todas las personas pueden
pensar, creer y sentir diferente, lo importante no es eliminarlos o mitigarlos,
sino manifestarlos de una forma constructiva, sin agresión.
Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que
afectan la convivencia escolar como altercados, enfrentamientos o riñas entre
dos o más personas de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos
una es estudiante, siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la
salud de cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013,
artículo 39).
Consentimiento para actividades sexuales. Palabras o acciones explícitas
por parte de personas legalmente o funcionalmente competentes para decidir
libremente si participan o no en la actividad sexual. El consentimiento expresa
que la persona acepta participar en la actividad sexual de manera voluntaria,
sin presiones de ninguna índole y teniendo pleno conocimiento de las
consecuencias de sus decisiones y acciones.
Convivencia pacífica. Es la coexistencia con otras personas en un espacio
común, de forma armónica y a pesar de las diferencias culturales, sociales,
políticas, económicas, u otras que se presenten.
Corresponsabilidad. Es la responsabilidad que comparten dos o más
personas frente a las condiciones en las cuales se desarrolla una situación en
particular. Implica el reconocimiento de obligaciones compartidas por diferentes
personas frente a la convivencia, la promoción y protección de los derechos
propios y ajenos, tanto en el mantenimiento de las condiciones deseadas en
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pro del bienestar, como en la generación de condiciones adversas y los efectos
que esto genera en la calidad de vida de las personas.
Daño de pertenencias escolares. Toda acción, realizada por una o varias
personas de la comunidad educativa, que busque dañar las pertenencias de
otra persona en el EE.
Dignidad humana. Como principio constitucional y como derecho que debe
ser protegido y garantizado en la comunidad educativa, se establecen tres
lineamientos alrededor de los cuales se concreta la dignidad humana (Corte
Constitucional, 2002): “(i) La dignidad humana entendida como autonomía o
como posibilidad de diseñar un plan vital y de determinarse según sus
características (vivir como quiera). (ii) La dignidad humana entendida como
ciertas condiciones materiales concretas de existencia (vivir bien). Y (iii) la
dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes no
patrimoniales, integridad física e integridad moral.
Derechos Humanos (DDHH). Comprendidos de esta forma, los DDHH son
vistos desde tres dimensiones: Una dimensión ética, desde la cual es posible
regular la convivencia pues se espera que las relaciones entre estos
ciudadanas y ciudadanos se construyan desde una ética democrática. Una
dimensión política, pues sirven de instrumento para poner límites y plantear
exigencias al poder estatal, cuya legitimidad resulta condicionada por la
capacidad de respetar los límites y satisfacer las exigencias impuestas, pues
estas se formulan soportadas en criterios de legitimidad y justicia. Una
dimensión jurídica, pues como ya se mencionó, existe un sistema internacional
y nacional de los derechos humanos, es decir están consagrados en normas
nacionales e internacionales que definen obligaciones positivas y negativas
para los estados.
Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos (DHSR). Son las libertades
fundamentales que tienen todas las personas con respecto a su sexualidad,
sus decisiones sexuales y reproductivas y el cuidado de sí mismas para
promover, mantener y mejorar su bienestar y el de otras personas con las
que se relaciona.
Educación para el ejercicio de los DDHH y DHSR. Es aquella orientada a
formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de
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DDHH y DHSR y con la cual desarrollarán competencias para relacionarse con
criterios de respeto por ella o él mismo y por otras personas, y con el fin de
poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les
posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una
sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana. Lo anterior, en torno a la
construcción de su proyecto de vida, a la transformación de las dinámicas
sociales, y hacia el establecimiento de relaciones más justas, democráticas y
responsables (Ley 1620 de 2013, artículo 2).
Enfoque de derechos. Incorporar el enfoque de dignidad y derechos significa
explicitar en los principios pedagógicos, y sobre todo en las prácticas
educativas, que la dignidad y los DDHH son el eje rector de las relaciones
sociales entre la comunidad educativa y la configuración de nuevos marcos
vivenciales. Se trata de potenciar prácticas y formas de vivir desde los
referentes éticos de los DDHH, a partir de los cuales se desplazan y ponen en
cuestión significados y formas de actuar que van en contra de la dignidad de
las personas y el respeto por sus DDHH.
Enfoque de género. Significa profundizar en la formas cómo se construyen las
relaciones entre hombres y mujeres, y cómo son determinadas por el sistema
de creencias sociales del contexto en el que se encuentran. Permite analizar
las relaciones y facilita generar espacios de reflexión y fomentar acciones
afirmativas para equiparar oportunidades educativas (HEGOA & ACSUR,
2008).
Enfoque diferencial. Incorporar el enfoque diferencial significa que cada
comunidad educativa establece su intencionalidad educativa y sus principios,
y orienta sus prácticas educativas teniendo en cuenta el contexto en el que se
encuentra; de manera que el proceso educativo será pertinente para las
personas. En este sentido, genera mecanismos para reconocer, visibilizar y
potenciar el hecho de que en la comunidad educativa hay personas con
características particulares en razón de su ubicación en un territorio
determinado, su procedencia, su quehacer, su edad, género, orientación
sexual y situación de discapacidad, quienes requieren una atención particular y
la puesta en marcha de acciones afirmativas que le permitan sentirse parte de
la comunidad educativa (ONU, 2013).
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Exigibilidad de derechos. La realización de los derechos impone al Estado
obligaciones para su materialización, protección y respeto (Defensoría del
Pueblo, 2001). A las capacidades que se ponen en juego y a los procesos que
realizan las personas para alcanzar un mayor nivel de garantía de los derechos
se les denomina exigibilidad de derechos.
Explotación Sexual Infantil. La explotación sexual se define como una forma
de aprovechamiento, dominación, coerción, manipulación y, en algunos casos,
de sometimiento a servidumbre, de niñas, niños y adolescentes con el objeto
de obtener o proporcionar placer, excitación o gratificación erótica (ICBF,
UNICEF, OIT, INPEC & Fundación Renacer, 2006). La explotación sexual
comercial de niñas, niños y adolescentes incluye el abuso sexual a cambio de
la remuneración en efectivo o en especie para la niña, niño o el adolescente o
para una tercera persona o grupo de personas (ECPAT & UNICEF, 1966)
Garantía de derechos. Son las medidas, medios, bienes y servicios que el
Estado pone en funcionamiento para materializar y proteger la realización de
los derechos y las garantías constitucionales, como por ejemplo, la libertad de
conciencia, libertad de cultos y libertad de expresión.
Género. Conjunto de normas sociales que definen las actitudes, valores,
expectativas, roles y comportamientos que deben adoptar las personas según
el sexo asignado al nacer.
Interés superior de niñas, niños y adolescentes. Se refiere a que el
bienestar de niños, niñas y adolescentes estará por encima de las
circunstancias (UNICEF, 2005). Por ejemplo, en las medidas de protección y
cuidado que tomen y pongan en marcha instituciones y autoridades públicas o
privadas se buscará el bienestar de niñas, niños y adolescentes.
Justicia restaurativa. Aparece como una crítica al enfoque de justicia
retributiva, esta última con un fuerte énfasis en el derecho penal centrado
especialmente en el castigo por la violación de la norma. La justicia
restaurativa, al contrario, plantea la importancia de la reconciliación entre la
persona ofendida y la ofensora como una necesidad social. Por lo tanto, en
este enfoque se presta especial atención, no a la violación de la norma, sino a
las necesidades de la persona ofendida, ofreciendo a la persona ofensora la
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posibilidad de reparar el daño causado, restaurar su dignidad y ofrecer la
posibilidad de reintegrarse socialmente.
Mediación. Es un proceso de resolución de conflictos en el que las dos partes
enfrentadas acuden voluntariamente a una tercera persona, imparcial, llamada
mediadora o mediador, con el fin de llegar a un acuerdo que sea
satisfactorio para las dos partes. En este proceso la solución no se impone por
terceras personas, sino que es creada por las partes.
Orientación sexual. Concepto que identifica el sexo de las personas hacia las
cuales se experimenta atracción física, romántica o sexual de manera
preferente. Si esta atracción es hacia personas del mismo sexo se denomina
homosexual, si es hacia personas de ambos sexos, bisexual, y si es hacia
personas del sexo opuesto, heterosexual.
Prevalencia de los derechos. Este principio ayuda a resolver situaciones en
las que no todas las personas pueden tener acceso a sus derechos al mismo
tiempo y de la misma manera, aun cuando todas sean sujetos de derechos. Es
decir, cuando entran en un dilema o conflicto los derechos de dos o más
personas o el ejercicio de dos o más derechos, el principio de prevalencia
exige que las acciones que se realicen den prioridad, garanticen y cuiden
ciertos derechos o grupos de personas sobre otros.
Principio de proporcionalidad. Este principio exige que las medidas
correctivas que se tomen ante cualquier situación, sean proporcionales y no
desmedidas. Es decir, que las penas o castigos que se impongan sean
adecuadas para alcanzar el fin que las justifica y lo menos graves posibles.
En el contexto escolar, este principio nos remite al Código de Infancia y
Adolescencia que reconoce a las niñas, niños y adolescentes que violan
un acuerdo de convivencia como sujetos de derechos que requieren, ante todo,
restitución de los mismos. Es decir, el principio de proporcionalidad en el caso
de niñas, niños y adolescentes exige que, ante una situación en la que
tradicionalmente se adoptarían castigos y demás medidas correctivas, se
privilegie, por el contrario, la comprensión del transgresor como un sujeto que
requiere restitución de sus derechos.
Principios de protección integral. La protección integral de niñas, niños y
adolescentes establece cuatro acciones concretas para su realización:
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1. Reconocimiento de las niñas, niños y jóvenes como sujetos de derechos; 2.
Garantizar su cumplimiento; 3. Prevenir su amenaza o vulneración; y 4.
Asegurar su restablecimiento inmediato. Estas cuatro acciones, así como
todas las que se ejecuten dentro del EE, deben regirse por ocho principios:
interés superior, prevalencia de derechos, corresponsabilidad, equidad,
inclusión social, solidaridad, complementariedad, y subsidiariedad
Procesos pedagógicos. Actividades que se desarrollan de manera
intencional con el objeto de mediar en el aprendizaje significativo del grupo
de estudiante. Entre estos procesos se encuentran: motivación, recuperación
de saberes previos, generación de conflictos cognitivos, procesamiento de
información, aplicación, reflexión sobre el aprendizaje, y evaluación.
Protocolo. Es un plan escrito y detallado de las acciones y estrategias
concretas que se van a llevar a cabo en el EE para responder a las situaciones
que se presenten en los tres niveles de atención (situaciones tipo I, II y III).
Reconciliación. Restablecimiento de una relación que estaba rota o afectada
por un conflicto manejado inadecuadamente o por otra situación. La
reconciliación puede ser: 1) explícita, cuando por ejemplo se ofrecen disculpas;
2) implícita, cuando se retoma la relación sin hablar de lo ocurrido, o 3)
facilitada por otra persona que ayuda a recuperar la relación.
Relación asimétrica. Hace referencia a la desigualdad en el estatus o al
desbalance de poder que se presenta entre las personas implicadas en una
relación interpersonal. La asimetría es el principal criterio que permite
establecer cuándo una determinada situación constituye una forma de
violencia o abuso sexual si están implicados menores de edad.
Relación asimétrica por conocimientos. Cuando el desbalance de poder se
origina en el hecho de que una de las personas implicadas en la relación tiene
más experiencia o conocimiento para tomar decisiones autónomas y sobre las
implicaciones de la actividad sexual.
Relación asimétrica por gratificación. Cuando el desbalance de poder se
origina en el hecho de que una de las personas implicadas en la actividad
sexual sólo busca la satisfacción de su deseo sexual. En este caso, quien
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abusa persigue su propia gratificación y su intención no es la satisfacción
mutua.
Relación asimétrica de poder. Hace referencia a diferencias o desigualdades
entre las personas que facilitan o favorecen que una persona esté en una
posición privilegiada o ventajosa con respecto a otra. Esas desigualdades
pueden ser por edad (mayor con respecto a menor, persona adulta con
respecto a niña, niño o adolescente); por conocimiento (adolescente que
conoce las implicaciones de las relaciones sexuales con respecto a una niña,
niño o una persona con discapacidad cognitiva que no tiene la misma
información); por género (el hombre con respecto a la mujer), y por poder
(docente con respecto a estudiante, una persona fuerte con respecto a una
débil, líder del grupo con respecto al seguidor, o la persona más atractiva con
respecto a la menos atractiva).
Restablecimiento de los derechos de los niñas, niños y adolescentes.
Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se
desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de
derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que
le han sido vulnerados (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
Re-victimización. Situación que se da al exponer a nuevos atropellos o
situaciones de vulnerabilidad a una persona agredida o víctima, por parte de
las personas que deben brindarle atención o apoyo (escolar, comunitario,
institucional o legal).
Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Es una herramienta
que se plantea en la Ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario, como un
camino claro compuesto por una serie de acciones, desde diferentes
componentes, para responder de forma integral a todas las situaciones que
buscan, de una u otra forma, fortalecer la convivencia escolar y mitigar los
factores que pueden afectarla.
Sexo. Conjunto de características genéticas, anatómicas, fisiológicas,
hormonales y funcionales que diferencian a las mujeres de los hombres.
Sexting. Se refiere a la producción y distribución de contenido sexualmente
explícito a través de internet, redes sociales, mensajes de texto de teléfonos
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celulares o cualquier otro medio de las nuevas tecnologías de la información y
la comunicación.
Sexualidad. Faceta de la identidad personal que implica el reconocimiento del
grado de aceptación que se experimenta frente al sexo asignado, las normas
sociales de género y la orientación sexual que se descubre. Se expresa en el
reconocimiento y la valoración positiva de las características sexuales del
propio cuerpo, de las características tanto femeninas como masculinas con las
que la persona se identifica, y del sexo de las personas por las cuales
experimenta atracción para establecer relaciones afectivas y sexuales.
Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden
negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al
cuerpo o a la salud (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).
Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión
escolar, acoso escolar y ciberacoso, que no poseen las características de
la comisión de un delito y que cumplen con cualquiera de las siguientes
características: a) Que se presenten de manera repetida o sistemática. b) Que
causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para
cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).
Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión
escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad
y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000,
o que constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana
vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo 40).
Sujeto activo en derechos. Es aquel con aptitud y capacidad de exigir
sus derechos, es decir, con la capacidad de movilizar el aparato estatal para
que garantice y proteja sus derechos. Es aquella persona de quien se reclama
o para quien se reclama la defensa, protección y garantía de sus DDHH.
Un sujeto pasivo es aquel a quien se reclama la defensa, protección y garantía
de los derechos.
Violencia de género o violencia basada en el género. Es un fenómeno que
se entiende como cualquier daño perpetrado contra la voluntad de una persona
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que está enraizado en desigualdades de poder y relacionado con roles de
género. Incluye violencia física, sexual y psicológica, amenaza de violencia,
coerción o privación arbitraria de la libertad.
Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley
1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y
adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un
niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción
física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión,
de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”
(Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Comprende un continuo de actos que
incluye, entre otras, situaciones sexuales de acceso carnal, actos sexuales o
acoso sexual. La violencia sexual ocurre cuando la persona no da su
consentimiento para la actividad sexual o cuando la víctima es incapaz de
consentir.
Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Es toda
situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los
derechos de los niños, niñas y adolescentes (Decreto 1965 de 2013, artículo
39).
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CAPÍTULO 6
PROCESO DE ADMISIÓN Y RETIRO
6.1. ADMISIÓN
La inscripción es un acto libre y voluntario mediante el cual un estudiante solicita
admisión a uno de los grados que ofrece la Institución educativa. Para poder
acceder a este acto, se debe cumplir con los requisitos legales e institucionales
establecidos.
6.2. ESTUDIANTES ADMITIDOS DESPUÉS DEL PRIMER PERIODO
Los estudiantes que sean admitidos después del primer periodo deben presentar
certificación de las valoraciones del periodo o periodos cursados en la institución
proveniente. En caso de no haber estado estudiando deberá nivelar las áreas
respectivas.
6.3. MATRÍCULA
Es la etapa de registro o inscripción de los alumnos que después de ser admitidos
van a realizar sus estudios en la institución, previo el cumplimiento de todos los
requisitos señalados por la misma. A través de este acto el estudiante se
compromete a cumplir el manual de convivencia y las demás normas establecidas
por el MEN y la Institución Educativa. Así mismo la Institución Educativa se
compromete a ofrecer una formación integral y de calidad enmarcada en el PEI.
6.4. REQUISITOS PARA MATRICULA
6.4.1. Estudiantes Nuevos Y Trasladados
Esta liberado en el SIMAT.
Registro civil de nacimiento
Fotocopia documento de identidad ampliada al 150%
Fotocopia carné de vacunas (hasta los nueve (9) años)
Certificación de afiliación a EPS o Sisbén.
Certificados originales de años anteriores.
Cuando el alumno venga trasladado de otra Institución, debe traer
calificaciones o notas parciales del periodo o periodos anteriores.
Diligenciar formato de matrícula.
Carpeta.
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6.4.2 Estudiantes Antiguos
Certificación de afiliación a EPS, actualizada.
Renovar el carnet y el seguro estudiantil.
Paz y salvo.
Actualizar formato de matrícula.
6.5. RETIRO DEFINITIVO VOLUNTARIO
Si el padre de familia o acudiente legal del estudiante, decide retirar a su hijo(a),
deben diligenciar un formato de retiro en la secretaría de la Institución previa
presentación del paz y salvo, por todo concepto para ser retirado del SIMAT, y
entrega de documentación.
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CAPITULO 7
COMUNIDAD EDUCATIVA
Según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de 1994 la comunidad educativa está
constituida por las personas que tienen responsabilidades sobre el proyecto
Institucional que se implementa en un determinado establecimiento o Institución
Educativa.
La Comunidad Educativa se componen de los siguientes estamentos:
Estudiantes que se han matriculado
Padres, madres y acudientes o en su defecto los responsables de la educación
de los estudiantes matriculados.
Docentes vinculados que laboren en la Institución.
Directivos docentes que cumplan funciones directas en la presentación del
servicio educativo.
7.1. PERFIL DEL ESTUDIANTE
En la Institución Educativa Técnica Felipe Salame, se pretende formar hombres y
mujeres:
Abiertos a la fe y al compromiso con la justicia, la paz y a la vida.
Críticos, creativos reflexivos, innovadores, consientes, transformadores,
responsables y honestos frente a sus procesos formativos y su crecimiento
integral.
Capaces de decidir y actuar frente a los retos que se le presenten en su
entorno geográfico generando cambios positivos.
Con un alto nivel de autoestima, con deseos de superación, espíritu
emprendedor y con capacidad de decisión.
Poseedores de un espíritu investigativo que les permita construir y descubrir su
propio conocimiento.
Gestores de proyectos comunitarios que promuevan la transformación social.
Capacitados en la búsqueda y aplicación de estrategias de mediación,
conciliación y resolución pacífica de conflictos basados en principios éticos y
morales.
Conscientes del cuidado, preservación y conservación de los recursos
naturales y del medio ambiente como alternativa para hacer más vivible este
planeta y mejorar la calidad de vida.
Ser sensible a las necesidades de los otros y tratarlos con dignidad.
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7.2. PERFIL DEL PADRE, MADRE O ACUDIENTE
Es la persona responsable que junto con el estudiante, firma la matrícula o su
renovación, por consiguiente es su representante legal.
Sujeto consiente y responsable que valora y apoya activamente el proceso de
aprendizaje de sus hijos.
Persona que genera espacios y que actúa haciendo uso del debido proceso,
con el fin de fomentar el dialogo la sana convivencia las buenas relaciones
interpersonales y la resolución pacífica de conflictos sin llegar a lesionar a los
demás miembros de la comunidad educativa.
Persona que respeta los derechos, valores, identidad y corrige la libre
expresión de la personalidad de sus hijos.
Persona crítica y propositiva con sentido de pertenencia, reflejada en el
respeto, el dialogo y la defensa de la Institución Educativa.
Persona que fomenta con responsabilidad la primera escuela en el hogar con
el propósito de formar ciudadanos de bien para la sociedad.
7.3. PERFIL DE LOS/LAS DOCENTES
Personas comprometidas con la filosofía de la Institución Educativa, que busca
formar estudiantes autónomos, capaces de propiciar cambios significativos en
su vida y en su entorno.
Dinamizadores del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Personas que promueven estrategias hacia el aprendizaje significativo.
Constructores de conocimiento permanente alrededor de su labor pedagógica.
Sujetos con sensibilidad social, conscientes de que como seres humanos se
pueden equivocar y con capacidad de aprender de sus errores pedagógicos y
de comunicación con algunos miembros de la comunidad educativa.
Preocupados por el desarrollo integral de los educandos.
Respetuosos de las políticas educativas de la Institución en la resolución de
conflictos con la comunidad educativa.
7.4. PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE
Comprometido con la capacitación, formación y defensa del personal Docente,
con respecto a la resolución pacífica de conflictos con algún miembro de la
comunidad educativa.
Respetuoso con los espacios de los docentes con relación a su labor sindical,
académica, de salud, capacitación, etc.
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Abierto al cambio, a la negociación y al dialogo con el propósito de crear un
ambiente propicio para el desarrollo armónico de las diferentes actividades y
mantener un clima escolar agradable.
Responsable, coherente, honesto, firme y consciente frente al desempeño de
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su acción educativa.
Crítico y reflexivo frente a la realidad social-económica del país y
comprometido con la construcción de una nueva sociedad.
Con un alto grado de lealtad y con un verdadero sentido de pertenencia por la
Institución.
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CAPÍTULO 8
DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS DE LOS INTEGRANTES DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA
8.1. DERECHOS
8.1.1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Elegir matricularse en la Institución Educativa cumpliendo los requisitos para tal
efecto y ser reconocido como integrante de la comunidad.
Ser tratados con respeto y justicia sin ningún tipo de discriminación de raza,
credo, ideología y sexo.
Tener derecho a una identidad personal, a la honra y al libre desarrollo de su
personalidad, siempre y cuando no atente contra la ley y las buenas
costumbres.
Participar del proceso de aprendizaje y del desarrollo de programas que
favorezcan su formación integral.
Ser escuchado, orientados y asistidos por quienes tienen la responsabilidad
directa de hacerlo.
Presentar solicitudes respetuosas siguiendo el conducto regular y obtener
respuesta oportuna.
Tener acceso a los recursos institucionales previo cumplimiento de los
requisitos establecidos para tal fin.
Recibir por parte del docente, el proceso y resultados académicos y
convivenciales.
Hacer sugerencias para el mejoramiento de la buena marcha de la Institución.
Recibir planes de mejoramiento y actividades complementarias por parte del
docente.
Representar a la Institución educativa en todo tipo de eventos cumpliendo las
bases reglamentarias establecidas.
Participar en la construcción y divulgación del PEI y del Pacto de Convivencia.
Ser estimulados a desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y
habilidades individuales empleándolas al servicio de la comunidad educativa.
Al descanso al esparcimiento, al juego, al deporte y la participación de las
actividades culturales y deportivas planeadas por la institución, dentro de las
normas de la sana convivencia y el respeto.
A ser escuchados antes de ser juzgados luego de haber cometido una falta,
empleando el conducto regular, haciendo uso del derecho de la defensa y de
los procesos de mediación que ofrece la institución según el caso.
Tener espacio de socialización y recreación como convivencias y
celebraciones que permitan la sana convivencia y el desarrollo de los valores
humanos.
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Participar activa y democráticamente en el proceso educativo a través de
opiniones y desempeño de funciones al servicio o beneficio de la comunidad
educativa por medio del consejo estudiantil.
Elegir y ser elegidos para ocupar cargos del gobierno escolar y participar de
todas las actividades programadas y organizadas por la Institución Educativa.
A ser tratados con respeto y dignidad humana por parte de todos y cada uno
de los miembros de la comunidad educativa evitando ser víctimas y/o
victimarios de violencia escolar Bulling y/o Ciberbulling.
Ser atendidos de manera integral cuando sean víctimas y/o victimarios de
violencia escolar Bullig y/o Ciberbulling de acuerdo a la ruta integral
contemplada en la ley 1620-2013.
Participar en el proceso de evaluación y conocer oportunamente los resultados.
Conocer al iniciar el año el programa, criterios de evaluación, desempeños,
competencias y estándares de calidad de cada una de las asignaturas.
Obtener oportunamente los certificados y constancias escolares.
Recibir, al término de cada período, un informe escrito sobre el estado de
avance en su proceso de formación desde las dimensiones de desarrollo
(conceptual, procedimental y actitudinal).
Recibir al finalizar cada nivel educativo -cuando la evaluación sea satisfactoria
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el certificado, diploma o título correspondiente.
Recibir oportunamente el Paz y Salvo para diligenciarlo al finalizar cada año
lectivo.
8.1.2. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
Atender lo indicado en la resolución 961 del 2009 capitulo 3° y 8° en cuanto a:
Recibir en Igualdad de condiciones el derecho a la educación de sus hijos así
como el acceso a los espacios pedagógicos, lúdicos y recreativos y participar
en las diferentes actividades que programe y organice la Institución educativa.
Ser atendidos en los horarios establecidos para tal fin.
Ser escuchados en sus reclamos siempre y cuando se realicen dentro de las
normas de la cultura y el respeto siguiendo el conducto regular.
Recibir información veraz sobre el rendimiento académico y disciplinario de sus
hijos, los métodos de enseñanza que se aplican en la Institución Educativa y
las actividades escolares y extraescolares.
Aclarar dudas, presentar inquietudes y hacer sugerencias que consideren
pertinentes sobre los procesos que se abordan dentro de la Institución
Educativa.
Beneficiarse de los servicios de orientación ofrecidos por la Institución
Educativa.
Ser valorados y respetados como personas sin ningún tipo de discriminación.
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Elegir y ser elegidos para formar parte del gobierno escolar.
Ser convocados y participar en las actividades programadas para padres de
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familia.
Participar en la elaboración y evaluación del PEI, Plan de Mejoramiento y
Manual de Convivencia.
Representar a su hijo y/o acudido a todas las actuaciones en las que sea
necesario o conveniente, especialmente en situaciones por faltas graves.
Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características
del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo
institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias
pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de
mejoramiento institucional.
Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha
del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso
educativo de sus hijos.
Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el
rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos.
Conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la
calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se
encuentran matriculados sus hijos.
8.1.3. DERECHOS DE DOCENTES Y DIRECTIVOS
Los educadores al servicio de la Institución Educativa gozarán de los siguientes
derechos:
Recibir un trato respetuoso y amable por parte de todos los miembros de la
Comunidad Educativa.
Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar de manera
verbal, en carteleras o por escrito.
Ser escuchados para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos
cuando sea conveniente y redunde en el mejoramiento de la Comunidad
Educativa.
Recibir información y asesoría individual y grupal para superar las dificultades
y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico.
Ser informados sobre el desempeño laboral de manera individual en forma
oportuna destacando sus fortalezas y debilidades.
Recibir una capacitación permanente y de calidad acorde a la filosofía
Salamista.
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Obtener las licencias y permisos al que tienen derecho todo empleado según el
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código del trabajo.
Ser atendidos oportunamente por el directivo guardando las normas de
respeto y siguiendo el conducto regular.
Ser estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, capacidades y
habilidades individuales empleándolas al servicio de la Comunidad Educativa.
Elegir y ser elegidos para conformar las diferentes instancias institucionales.
Presentar solicitudes respetuosas siguiendo el conducto regular y obtener
respuestas oportunas.
Tener acceso a los recursos institucionales previo cumplimiento de los
requisitos establecidos para tal fin.
Representar a la Institución Educativa en todo tipo de eventos cumpliendo las
bases reglamentarias establecidas.
Ser evaluados de manera objetiva de acuerdo con las exigencias de la
Institución Educativa y conocer su respectiva retroalimentación.
Recibir reconocimiento público cuando su permanencia y fidelidad a la
Institución Educativa haya sido acorde con los Principios y Filosofía de la
misma.
Disponer espacios para planear, evaluar, proyectar su trabajo y compartir
experiencias pedagógicas.
Hacer uso de los diferentes materiales del plantel para el desarrollo de los
procesos de aprendizaje.
Recibir precisa y oportunamente los comunicados expedidos por otras
instituciones, sobre cursos, seminarios, invitaciones, etc.
Recibir trato imparcial del jefe inmediato en la toma de decisiones.
A ser tratados con respeto y dignidad humana por parte de todos y cada uno
de los miembros de la Comunidad Educativa evitando ser víctimas y/o
victimarios de violencia Escolar Bulling y/o Ciberbulling.
Disfrutar de los periodos de vacaciones estipulados en la ley.
8.2. DEBERES
8.2.1. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
8.2.1.1. Deberes Generales y para el Buen Uso y Conservación de la Planta
Física
La comunidad educativa cuida la planta física y orienta a los estudiantes para que
hagan un adecuado uso de cada una de sus dependencias:
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Identificarse como estudiante de la Institución Educativa, respetarla y dar un
trato cortes a todas las personas que integra a la Comunidad Educativa
teniendo en cuenta las normas establecidas en este Manual de Convivencia.
Respetar los bienes, muebles e inmuebles de la institución, zonas verdes y
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espacios en general.
Mantener la identidad Institucional respetando los símbolos patrios y los de la
Institución Educativa
Practicar una conducta de absoluto respeto en las ceremonias religiosas,
patrióticas, cívicas, culturales, deportivas y sociales.
Hacer uso adecuado de agua, luz, implementos deportivos, instrumentos,
trajes, materiales didácticos, equipos audiovisuales y de cómputo, y demás
elementos puestos al servicio del proceso educativo y responder por ellos.
Respetar los carteles, carteleras, periódico o elementos de decoración,
espejos, entre otros, evitando cualquier tipo de alteración en el contenido o
deterioro de los mismos.
Permanecer fuera de los salones en tiempo de descanso.
Respetar el aula de clase como un lugar de encuentro académico, no deportivo
ni festivo.
Guardar una especial compostura que implica el silencio absoluto en la
biblioteca y sala de cómputo.
Hacer uso de los servicios sanitarios de acuerdo con las normas de higiene y
consideración que merecen los demás usuarios y personal de mantenimiento y
evitar su deterioro.
Colaborar y preocuparse por el permanente estado de limpieza del aula de
clase, de la Institución y el cuidado de los elementos necesarios para realizar
tal fin.
Contribuir al aseo del establecimiento utilizando los recipientes que para tal fin
se han dispuesto, y no dejar en el piso envases, cortezas y basura que puedan
provocar accidentes o deterioro del medio ambiente.
Utilizar los baños correspondientes, manteniendo el aseo en las paredes,
puertas o espejos de los mismos.
Comprometerse con el cuidado, mantenimiento y conservación de las plantas
ornamentales, los árboles, patios y campos deportivos participando en
campañas que contribuyan el embellecimiento y ambiente propicio para la
labor educativa.
Responder, reparar o sustituir los daños causados a cualquier bien mueble
(escritorios, sillas, equipos, etc.) o inmueble (paredes, tableros, baños,
lavamanos, etc.) de la institución.
Velar por la conservación y buen uso de los libros y materiales de la biblioteca.
Asumir las responsabilidades que los maestros(as) de las diferentes
asignaturas le asignen.
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Usar y portar adecuadamente, con respeto, responsabilidad y aseo el uniforme
de la Institución Educativa sin ningún tipo de accesorios y sin maquillaje.
Informar del daño o pérdida de computadores, cargadores, mesas, televisores
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etc.
Lavar las manos antes de tomar el refrigerio o desayuno.
Ingresar al comedor en orden y respetar el turno, manejando un tono de voz
normal, sin gritar ni hacer escándalo.
8.2.1.2. Deberes Académicos
Todo estudiante de la Institución Educativa debe:
Participar activamente en todas las clases, trabajos y actividades que se
programen.
Tener en cada clase útiles necesarios, debidamente marcados y bien
presentados.
Responder con las tareas y lecciones diarias, trabajos asignados y
evaluaciones periódicas.
Entregar a tiempo, en perfecto orden y con las técnicas indicadas por el
docente, los trabajos programados en las respectivas disciplinas académicas.
Presentar las evaluaciones en el día señalado por el docente, y en caso de
ausencia justificada, dentro de los cinco (5) días siguientes a la reincorporación
a la Institución, previa autorización del respectivo docente. el estudiante debe
presentarse ante el respectivo docente y, acordar con él, la manera y
condiciones como puede cumplir con esta obligación, antes del vencimiento de
las fechas.
Participar de manera personal, activa y responsable, en los trabajos en grupo
organizados en el curso al cual pertenece.
Permanecer en el salón de clase durante el período de las mismas, salvo
sugerencia de autoridad competente y/o responsable.
Acatar y cumplir con todo lo estipulado en el sistema institucional de
evaluación.
Cumplir con las actas de compromisos pactadas sobre perdida de asignaturas.
Para estudiantes de la Media Técnica asumir con responsabilidad la
Especialidad articulada con el SENA.
Abstenerse de consumir alimentos en horas de clase.
Hacer buen uso de las tecnologías de la comunicación en las aulas siempre
que autorice el docente encargado.
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Parágrafo 1: No se considera inasistencia del estudiante cuando sea delegado(a)
por la Institución para representarla en algún tipo de encuentro, cultural y/o
deportivo, cuando sea requerida por alguno de los directivos u orientadora escolar
o cuando debe asistir a las reuniones del Consejo Directivo, Comisiones de
Evaluación, Comités de Convivencia, Consejo estudiantil del cual forme parte,
previa autorización de Coordinación.
8.2.1.3. Deberes para fortalecimiento de las relaciones humanas
La Institución Educativa fortalece las relaciones humanas, por tal motivo invita a
los estudiantes a:
Tratar a todos los miembros de la comunidad educativa con respeto, cortesía,
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tolerancia y cordialidad.
Reconocer y acatar la autoridad representada en directivos, educadores y
dirigentes de la Organización Estudiantil.
Practicar todas las normas de higiene que favorezcan la convivencia con los
demás miembros de la comunidad educativa.
Cumplir con las recomendaciones médicas, especialmente con aquellas
tendientes a evitar la propagación de enfermedades infectocontagiosas.
Utilizar el nombre de la institución para actividades personales o grupales con
la debida autorización.
Tener en cuenta y en forma cortés y respetuosa el conducto regular para
solucionar las dificultades o conflictos que se presenten.
Representar a la Institución con dignidad y espíritu de sana competencia en
actividades sociales, culturales y deportivas.
Participar activamente, con respeto y dignidad, en las barras de los equipos
cuando se participe en calidad de espectador dentro y fuera de la institución
Evitar en la Institución Educativa expresiones afectivas y amorosas
desmesuradas (abrazos, besos, caricias, etc.) que vayan en contra de los
principios y valores de la Institución Educativa.
Mantener dentro del aula de clase un excelente comportamiento sin realizar
conductas que interfieran el normal desarrollo de las actividades pedagógicas y
la convivencia (como intimidar, provocar, amenazar, difamar, ultrajar,
segregar).
Emplear el tiempo de descanso para la sana recreación en los espacios
dispuestos para tal propósito.
Responsabilizarse de sus objetos personales asumiendo las consecuencias en
caso de pérdida.
Abstenerse de llevar a la Institución elementos que puedan interferir en el
trabajo normal de las clases (radios, grabadoras, audífonos, celulares, mp3,
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etc.), sin autorización del docente y responsabilizarse del cuidado de los
mismos.
No utilizar los equipos celulares, juegos electrónicos o cualquier tipo de
aparatos de comunicación durante las actividades académicas y culturales sin
la debida autorización.
Respetar, en todo momento y lugar, los bienes materiales que no son de su
Por El País Que Soñamos.
propiedad.
Asumir con respeto los llamados de atención.
Solicitar o presentar oportunamente los permisos, las excusas por inasistencia,
retardos y/o uniforme por escrito con la debida firma del acudiente, cedula y
teléfono a un miembro del equipo de dirección.
Tratar con respeto y dignidad humana a todos y a cada uno de los miembros
de la comunidad educativa evitando ser víctimas y/o victimarios de violencia
Escolar Bulling y/o ciberbulling.
Cumplir con los compromisos cuando sean atendidos de manera integral si son
víctimas y/o victimario de violencia escolar Bulling y/ o Ciberbulling de acuerdo
a la ruta integral en consecuencia con la ley 1620.
Resolver los conflictos pacíficamente.
Parágrafo: La Institución Educativa no se hace responsable por hurto, perdida de
los elementos descritos anteriormente. Cuando el estudiante tenga en clase uno
de los elemento descritos como distractores, el docente presente lo decomisará y
lo entregará al directivo, quien levanta un acta donde describe fecha, artículo
decomisado, nombre de quien lo decomisa y a quien se le decomisa, donde se
estipula que se entrega el artículo decomisado a los padres o acudientes al
finalizar el año lectivo.
8.2.1.4. Deberes relacionados con la permanencia y puntualidad de sus
estudiantes
A la Institución Educativa le interesa la permanencia y puntualidad de sus
estudiantes en todas las actividades programadas lo cual implica:
Asistir puntualmente a todas las actividades programadas por la institución
durante el año escolar.
Iniciar puntualmente la jornada académica y asistir a todas las clases y
actividades señaladas en el horario.
Participar activamente en los eventos deportivos y asistir puntualmente a los
entrenamientos en el lugar y horario establecido.
Asistir puntualmente a las clases. Cuando esto no sea posible, es necesario
presentar por escrito una justificación razonable por parte del padre de familia
o acudiente en un término no mayor a dos días.
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En caso de inasistencia escolar, los estudiantes deben presentarse a la
Institución acompañado de uno de sus padres o acudiente cuando no exista
excusa médica.
Para ausentarse de la institución durante la jornada escolar, el estudiante ha
de contar con la autorización del Profesor de Disciplina y Director del Grado,
previa solicitud personal hecha por el representante legal.
Los permisos, excusas y comunicaciones en general deben darse y recibirse
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por escrito.
Rechazar cualquier comportamiento que denigre la condición humana como la
formación de pandillas, barristas, venta y consumo de sustancias psicoactivas,
conformar y/o pertenecer a sectas satánicas, alcoholismo, divulgación
pornográfica.
Los demás deberes que para los educandos determine el Ministerio de
Educación Nacional, la Secretaria Departamental de Educación, La Ley de
Infancia y Adolescencia 1098 o cualquier otra autoridad o legislación
competente.
Parágrafo 1: El embarazo de una menor de edad debe constituirse en una
situación de protección tanto para ella como para el bebé. La Institución debe
hacer respetar el cumplimiento de la licencia de maternidad y de lactancia que
estipula la Ley. Si se trata de un embarazo de riesgo, solicitar al acudiente
prescripción médica de la estudiante y establecer un acta de compromiso con
éste, para cuando se presente alguna dificultad poder establecer contacto
inmediato.
Parágrafo 2: Cuando el estudiante se ausente de clase porque necesita acudir a
Rectoría, debe informar al docente encargado.
Parágrafo 3: Cuando un profesor (a) requiera a un estudiante en un período de
clase diferente del suyo, debe consultar previamente al respectivo docente y
tramitar con él un permiso.
Parágrafo 4: Cualquier persona que requiera a un estudiante, debe solicitar la
autorización del Profesor de Disciplina y del profesor del área.
8.2.2. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE
Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la
educación de sus hijos, corresponden a los padres de familia los siguientes
deberes:
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Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos
debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su
edad escolar obligatoria.
Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del
derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual
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de convivencia, para facilitar el proceso de educativo.
Firmar y cumplir a cabalidad el pacto de Convivencia de la Institución
Educativa.
Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y
responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor
relación entre los miembros de la comunidad educativa.
Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del
establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento,
entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo
de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las
autoridades competentes.
Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al
mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los
aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de
mejoramiento institucional.
Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como
primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el
desarrollo de valores ciudadanos.
Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo
y apoyar el proceso de articulación en los programas que ofrece la Institución
educativa
Informar oportunamente a la Institución Educativa en caso de enfermedad o
cualquier otro impedimento para la inasistencia a clases, en un lapso de cinco
días calendario, enviando la excusa médica o aquellas que se requieran para
justificar la ausencia del estudiante.
Asistir a las reuniones de Padres de familia y a las citaciones que programe la
Institución Educativa en beneficio del mejoramiento de la educación de los
educandos.
Informar a la Institución Educativa cualquier cambio en la información de los
estudiantes en lo referente al número de identificación, nombres, apellidos,
dirección, teléfono, cambio de domicilio, ete.
En caso de enfermedad diagnosticada por un médico u otro profesional de la
salud, dar a conocer por escrito las recomendaciones pertinentes para el
cuidado de la salud de dicho estudiante.
Proveer espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura,
cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental y demás
deberes dispuestos en el artículo 22 de la Ley 1620 de 2013.
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Cumplir con los compromisos que se establezcan cuando los estudiantes sean
atendidos de manera integral si son víctimas y/o victimarios de violencia
escolar Bulling y/o Ciberbulling de acuerdo a la ruta de la ley 1620 del 2013.
Respetar la figura y la autoridad del maestro y siempre tener en cuenta el
conducto regular para realizar reclamos ante un evento de carácter académico
o disciplinario.
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8.2.3. DEBERES DE DOCENTES Y DIRECTIVOS
Son deberes de los docentes los siguientes:
Cumplir con todas las obligaciones contraídas en el momento de la posesión,
de acuerdo al código sustantivo del trabajo y el Estatuto Docente.
Cumplir con la jornada laboral correspondiente.
Diseñar, ampliar y evaluar los diferentes contenidos del plan educativo.
Proporcionar información oportuna y veraz, tanto a los estudiantes como a los
padres de familia acerca del desarrollo de los procesos educativos.
Mantener buenas relaciones humanas y de tolerancia con toda la comunidad
educativa.
Velar por el buen mantenimiento de los materiales a su cargo, libros,
escritorios, planta física y recursos naturales del plantel y mantener una
imagen adecuada frente a la comunidad.
Evitar la presentación pública en estado de embriaguez, drogadicción o
cualquier otra forma que atente con el buen nombre del plantel.
No coaccionar o persuadir a los educandos para fines personales o de otra
índole.
Participar, coordinar y ejecutar las tareas que le sean encomendadas tanto por
las directivas de la institución como por los diferentes comités.
Socializar con los estudiantes las correspondientes calificaciones antes de
reportar al sistema.
Compartir los conocimientos, experiencias, resultado de los talleres y
seminarios a los que asiste.
Ser honesto en el trabajo.
Solicitar asesoría al rector cuando las circunstancias lo ameriten.
Tratar con equidad a los estudiantes.
No fumar en el establecimiento o en sus alrededores.
Fomentar hábitos, valores éticos y morales en toda la comunidad educativa.
Fomentar la investigación científica y todo aquello que permita el
mantenimiento de la cultura regional y nacional.
Evitar las agresiones verbales y físicas tanto entre colegas como con los
estudiantes directivos y administrativos.
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Representar dignamente el establecimiento en eventos para los cuales sea
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seleccionado.
Cumplir con los turnos de disciplina asignados.
Presentar en la fecha prevista los planes de estudio, programaciones del área,
proyectos pedagógicos y de aula, actividades extracurriculares y libros
reglamentarios
Reportar a Dirección de Grupo todas las novedades presentadas si las
circunstancias lo ameritan.
Asignar trabajos a los estudiantes de manera que profundicen los temas
tratados con la bibliografía respectiva.
Preparar con ética y responsabilidad diariamente las clases, trabajos, talleres,
evaluaciones y recuperaciones.
Cooperar con la comunidad educativa en la conservación y preservación de los
recursos naturales.
Dar a conocer oportunamente a los estudiantes el resultado de los procesos
educativos.
Brindar información veraz y oportuna sobre el desarrollo educativo de los
estudiantes a los padres de familia.
Asistir puntualmente a clases, reuniones escolares y extraescolares en la fecha
y hora estipuladas.
Participar activamente en la elaboración del PEI, Planeamiento y Evaluación
Institucional.
Nombrar de los estudiantes y padres de familia de su grupo una persona que
maneje los dineros recogidos por cualquier actividad realizada y presentar ante
ellos las debidas cuentas y facturas para evitar malos entendidos.
Informar con anterioridad las actividades que se van realizar en su área, con el
fin de preparar los materiales correspondientes y evitar desinformación.
Planear, socializar y ejecutar los proyectos bajo su responsabilidad.
Socializar con los estudiantes los temas respectivos en su área.
Velar por el aseo y el orden del salón donde orienta sus clases.
Permanecer en la Institución toda la jornada de trabajo,
Realizar en lo posible los trabajos en grupo en el proceso de la clase.
Hacer las clases amenas y participativas.
Evitar los continuos permisos sobre todo cuando haya reuniones de carácter
general o informal y otras actividades programadas en la institución educativa.
Evaluar y orientar los procesos educativos aplicando las competencias y
verificando los desempeños.
Velar por la calidad educativa y un mejor proyecto de vida para los estudiantes.
Evitar el uso del celular para fines de carácter personal, durante el proceso de
la clase.
Responsabilizarse del grupo de estudiante a cargo durante la jornada escolar.
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Respetar la intimidad y la vida privada de los estudiantes, docentes y demás
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miembros de la comunidad educativa.
Solicitar los permisos oportunamente y traer los soportes de los mismos, en
caso que sean requeridos por la dirección.
Mantener el lugar de trabajo ordenado y aseado.
Seguir el conducto regular para la solución pacífica de conflictos.
Cuidar y conservar en buen estado las herramientas de trabajo.
Abstenerse de solicitar a los estudiantes y al personal de la Institución
Educativa la prestación de servicios personales o pecuniarios.
Escuchar y permitir al estudiante expresar libremente sus ideas, sugerencias y
descargos.
Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su cargo, las
facultades que le sean atribuidas o la información reservada a la que tenga
acceso por su función, exclusivamente para los fines que le fueron asignados.
Los docentes y directivos no deben mantener relaciones de índole sentimental
o sexual con los/las estudiantes dentro o fuera de la Institución y máxime si son
menores de edad.
Realizar cursos de capacitación y actualización para mejorar el desempeño
profesional, subsidiados en lo posible por la Institución Educativa y/o el Estado
colombiano.
Abstenerse de consumir bebidas embriagantes dentro de la Institución
Educativa.
8.3. ESTÍMULOS
8.3.1. ESTÍMULOS DE LOS ESTUDIANTES
La Institución Educativa entiende el estímulo como reconocimiento al esfuerzo y
otorga reconocimientos especiales a los estudiantes distinguidos que demuestren
el perfil Institucional caracterizado por saber ser, saber estar, saber hacer y saber
convivir en su entorno social y cultural. Son estímulos:
Izar el Pabellón Nacional
Inclusión en el cuadro de Honor.
Ser postulado o elegido para ocupar cargos directivos en la Organización
Estudiantil.
Ser designado para representar la Institución en eventos académicos,
artísticos, deportivos o sociales, organizados por otras instituciones.
Recibir las distinciones que el Consejo Directivo haya determinado para
estudiantes distinguidos en el campo pedagógico, artístico, deportivo u otros
propuestos por los docentes y estudiantes.
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En cualquiera de los casos anteriores el (la) estudiante recibirá un
reconocimiento general de la comunidad, al ser publicado su nombre, y mérito
en las carteleras ubicadas dentro de la institución que tienen por propósito
informar a toda la comunidad educativa sobre los hechos más relevantes que
suceden dentro y fuera de la institución.
Reconocimiento especial a monitores con excelente desempeño de sus
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funciones como monitor durante el año lectivo.
Reconocimiento al Mejor Bachiller para aquel estudiante del grado once que se
destaque por su alto rendimiento académico y excelente comportamiento.
Reconocimiento a la Mejor Prueba ICFES para aquel estudiante del grado
once que haya obtenido el más alto puntaje en las pruebas de Estado ICFES.
8.3.2. ESTIMULOS PARA DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES
La Institución Educativa Técnica Felipe Salame otorgará estímulo para docentes
que se distingan por un sentido de pertenencia, responsabilidad honestidad,
puntualidad, cumplimiento, por su capacitación académica y por su espíritu de
cooperación, solidario y buen compañero (a).
Tener reconocimiento público cuando se destaque por su eficiente desempeño
en su cargo.
Ser elegido para representar a la institución en eventos especiales.
Disfrutar de permisos para participar en capacitaciones especiales y/o
olimpiadas dentro y fuera del departamento.
Inclusión en el cuadro de honor.
Publicación o difusión en el periódico carteleras, etc.
Condecoración mención especial.
Mas lo establecido en el plan de estímulos de la Secretaria de Educación
Departamental.
46. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA FELIPE SALAME
Los Andes – Rovira (Tolima)
Resolución de Aprobación Nº 04855 de 2011
NIT: 809006752-2 Código DANE 27364001261 Código ICFES 144733
Por El País Que Soñamos.
CAPÍTULO 9
UNIFORMES, SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO Y DESARROLLO DE LA
ETAPA PRODUCTIVA SENA
9.1. UNIFORMES
1. Los uniformes han de portarse únicamente para asistir al establecimiento de
acuerdo con la actividad curricular del día y en actos representativos de éste,
esforzándose siempre por mantenerlos pulcros y en buen estado de
conservación.
2. Los uniformes de los equipos deportivos han de portarse sólo en el momento
necesario.
3. Por la sobriedad que exige el uniforme escolar, no es compatible con cabellos
sin cortes adecuados, sucios y descuidados, cabellos tinturados de colores
llamativos o el uso de maquillaje y esmaltes notorios. En cuanto a los
accesorios y adornos han de portarse sólo aquellos de color blanco y azul rey y
cuya forma o tamaño no alteren la presentación general y sean estéticos.
4. Por seguridad, no usar joyas con los uniformes.
5. El uniforme debe ser acorde con la talla del estudiante, no usar prendas
cuando estas ya quedan cortas y ajustadas.
Parágrafo: Bajo ninguna circunstancia se permite escribir en el uniforme ni en los
zapatos sobre todo a finalizar el año escolar.
9.1.1. Diario
Para los hombres. El uniforme de diario para los hombres es el siguiente:
Camibuso blanco.
Pantalón de tela color azul oscuro.
Zapatos negros de cordón o mocasín.
Media colegial de color negra o azul.
Correa oscura.
Para niñas. El uniforme de uso diario para las señoritas es el siguiente:
Falda azul oscura a la rodilla, según modelo previsto.
Camibuso blanco.
Zapatos negros de cordón o tipo mafalda.
Media colegial blanca.