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la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
Gestión documental y de archivos como medida de trasparencia en el marco del Gobierno Abierto (10 de mayo de 2018) Presentacion rosario lopaz
1. Gestión documental y de
archivos como medida de
trasparencia en el marco
del Gobierno Abierto.
10 DE MAYO DE 2018
Rosario Lópaz Pérez.
TalleresSEDIC
2. Semana de la Administración Abierta, 7 al 11 de
mayo, impulsada por el Ministerio de Hacienda y
Función Pública dentro de las acciones de
sensibilización y educación de la Sociedad Civil
previstas en el Tercer Plan de Gobierno Abierto de
España (2017-2019).
10 DE MAYO DE 2018
Rosario Lópaz Pérez.
TalleresSEDIC
3. Capacidad de gestión
administrativa con carácter
transversal que garantiza la
eficiencia y la rendición de
cuentas en las organizaciones.
Gestión Documental:
Primera línea de análisis:
TalleresSEDIC
4. -Instrumento para implementar
las leyes de transparencia.
-Garantía del derecho de acceso
a la información pública.
-Armazón del Gobierno Abierto.
Gestión Documental:
Segunda línea de análisis:
TalleresSEDIC
5. 1. Herramienta de gestión
administrativa de las distintas
áreas de una organización, para
posibilitar la eficiencia y la
rendición de cuentas.
Definición de Gestión
Documental:
TalleresSEDIC
6. 2. Proceso transversal de la gestión
administrativa para conseguir eficacia y
economía en la creación,
mantenimiento, conservación,
utilización y valoración de los
documentos, a lo largo de todo su ciclo
de vida.
Se integra en todos los procesos que llevan
a cabo las distintas áreas de una
organización.
Definición de Gestión
Documental:
TalleresSEDIC
7. Norma ISO 15489: 2006
“Área de gestión responsable de un
control eficaz y sistemático de la creación,
recepción, mantenimiento, uso y
disposición de documentos de archivo,
incluidos los procesos para incorporar y
mantener en forma de documentos la
información y prueba de las actividades y
operaciones de las organizaciones”.
Definición Gestión
Documental
TalleresSEDIC
8. Norma ISO 30300:2011
Objetivo fundamental garantizar la gestión
eficiente de los recursos de cada
organización, así como la transparencia y
trazabilidad de las decisiones tomadas por
la dirección en reconocimiento de su
responsabilidad.
Definición
Sistema Gestión de
Documentos
TalleresSEDIC
9. -Instrumento para implementar
las leyes de transparencia.
-Garantía del derecho de acceso
a la información pública.
-Armazón del Gobierno Abierto
Segunda línea:
Herramienta de
transparencia
TalleresSEDIC
10. 1.- Herramienta de transparencia en
el marco del Gobierno Abierto,
asegurando la implementación de las
leyes de transparencia y dotando de
eficacia el ejercicio del derecho de
acceso a la información.
Definición de Gestión
Documental:
TalleresSEDIC
11. -”Sin una buena gestión de
documentos, la libertad de
información no funciona”
-Archivos y gestión de documentos
son la piedra angular del derecho de
acceso a la información.
Herramienta de
Transparencia
TalleresSEDIC
12. ◆Mecanismo vertebrador.
◆Aprovecha las oportunidades de
las TIC.
◆Fortalece la transparencia,
participación y colaboración con
los ciudadanos.
Gestión documental en el
marco del Gobierno
Abierto
TalleresSEDIC
13. Espacio donde tiene sentido la
gestión documental como indicador
de transparencia en las
organizaciones.
Integración de ambas
vertientes
TalleresSEDIC
14. Vinculación de gestión documental
de archivos y transparencia:
◆Rendición de cuentas
◆Derecho de acceso a la
información pública.
Integración de ambas
vertientes
TalleresSEDIC
15. Medida de transparencia afianzando
la democracia, combatiendo la
corrupción y aegurando el derecho
de acceso.
Integración de ambas
vertientes
TalleresSEDIC
16. UNESCO (2011)- DECLARACIÓN UNIVERSAL SOBRE LOS ARCHIVOS
◆“Los documentos de archivo son fuentes fiables de información que garantizan la rendición de cuentas y la
transparencia de las actuaciones administrativas”.
◆“Los archivos juegan un papel esencial en el desarrollo de la sociedad contribuyendo a la constitución y la
salvaguarda de la memoria individual y colectiva”.
◆“El libre acceso a los archivos enriquece nuestro conocimiento de la sociedad, promueve la democracia,
protege los derechos de los ciudadanos y mejora la calidad de vida”.
Gestión documental para la transparencia:
El Derecho de Acceso a la Información Pública
TalleresSEDIC
17. UNESCO (2011)- DECLARACIÓN UNIVERSAL SOBRE LOS ARCHIVOS
◆Reconoce:
◆El cáracter esencial de los archivos para garantizar una gestión eficaz responsible y transparente, para
proteger los derechos de los ciudadanos asegurar la memoria individual y colectiva y para comprender el
pasado, documentar el presente para preparar el futuro.
◆Compromiso a trabajar conjuntamente para que:
◆Los archivos sean accesibles a todos, respetando las leyes sobre esta materia y las relativas a los
derechos de las personas, de los creadores, de los propietarios y usuarios,
Gestión documental para la transparencia:
El Derecho de Acceso a la Información Pública
TalleresSEDIC
18. UNESCO (2012)- PRINCIPIOS DE ACCESO A LOS ARCHIVOS
◆El público tiene derecho de acceso de los archivos de los organismos públicos. Tanto las entidades públicas
como privadas deberían abrir tan ampliamente sus archivos como les sea posible.
◆Los archiveros han de destacar la importancia que la apertura de los archivos tienen en beneficio de la
transparencia y la credibilidad institucional.
Gestión documental para la transparencia:
El Derecho de Acceso a la Información Pública
TalleresSEDIC
19. CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (2000):
Artículo 42: Derecho de acceso a los documentos
“Todo ciudadano de la Unión Europea o toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio
social en un estado miembro, tiene derecho a acceder a los documentos del Parlamento Europeo,
del Consejo y de la Comisión”.
Gestión documental para la transparencia:
El Derecho de Acceso a la Información Pública
TalleresSEDIC
20. CONSEJO DE EUROPA:
◆ Recomendación 13 del año 2000, sobre el Derecho de Acceso a los Archivos. (Archivos Históricos)
◆Recomendación de del año 2002. Acceso a los “records” (documentos corrientes, producidos por
los organismos públicos).
◆Derecho abierto no sólo a los ciudadanos del país, también a los extranjeros.
◆Convenio Acceso a los Documentos Oficiales (2009).
◆Cada Parte garantizará el derecho de cualquiera, sin discriminación de cualquier tipo a acceder,
bajo petición, a los documentos oficiales en posesión de las autoridades públicas”.
◆ Los límites deberán estar previstos en una ley y tener como objetivo la seguridad nacional, defensa y
relaciones internacionales, seguridad pública, prevención, persecución de actividades criminales.
Gestión documental como medida de transparencia en
la regulación del Derecho de Acceso a la Información
Pública
TalleresSEDIC
21. RED DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN (RTA).
◆Organización que reúne en el ámbito latinoamericano autoridades garantes del derecho de acceso
a la transparencia. España a través del CTBG.
◆Impulso del Modelo de Gestión de Documentos y Archivos (MGDA)
◆http://mgd.redrta.org/mgd/site/edic/base/port/inicio.html
◆ Referente teórico en el marco de la gestión documental como indicador de transparencia en las
organizaciones.
◆Finalidad asegurar que las políticas de gestión documental se muestren alineadas con las
políticas de acceso a la información pública, transparencia, gobierno abierto y datos abiertos.
Gestión documental como medida de transparencia en
la regulación del Derecho de Acceso a la Información
Pública
TalleresSEDIC
22. COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS:
◆ Declaración de principios sobre la libertad de expresión (2000).
◆“Toda persona tiene derecho a acceder a la información sobre sí misma o sus bienes en forma
expedita y no onerosa, ya esté contenida en bases de datos, registros públicos o privados y en el
caso de que fuera necesario, actualizarla, rectificarla o enmendarla”.
◆Denominado derecho “Habeas data”, surge de la necesidad de transparencia como
exigencia de las sociedades democráticas.
◆Concurre con el derecho de protección de datos personales.
◆Concepto de derecho al olvido, eliminar información obsoleta por el transcurso del
tiempo y ha perdido su utilidad.
Gestión documental como medida de transparencia en
la regulación del Derecho de Acceso a la Información
Pública
TalleresSEDIC
23. Fundamental para la definición de las políticas públicas de archivos y de transparencia.
Breve recorrido:
Ordenamiento anterior a la CE de 1978 no reconoce el derecho de acceso de los documentos de los
archivos administrativos ni históricos.
Constitución Española de 1978: Artículo 105.b), remite a la Ley la regulación del acceso de los
ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecta a la seguridad y defensa
del Estado, averiguación de delitos e intimidad de las personas.
-No menciona el derecho de acceso a la información como derecho fundamental.
Gestión documental como medida de transparencia en
la regulación estatal del Derecho de Acceso a la
Información Pública
TalleresSEDIC
24. -Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español:
Artículo 49, apartados 2, 3 y 4: documentos constitutivos del patrimonio Histórico Español.
Artículo 57: apartado a) Con carácter general, los documentos, concluida su tramitación y depositados y registrados en los
Archivos centrales de las correspondientes entidades de Derecho Público, conforme a las normas que se establezcan por vía
reglamentaria, serán de libre consulta a no ser que afecten a materias clasificadas de acuerdo con la Ley de Secretos Oficiales o
no deban ser públicamente conocidos por disposición expresa de la Ley, o que la difusión de su contenido pueda entrañar riesgos
para la seguridad y la defensa del Estado o la averiguación de los delitos.
Artículo 57: apartado c): “Los documentos que contengan datos personales de carácter policial, procesal, clínico o de cualquier
otra índole que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar y a su propia
imagen, no podrán ser públicamente consultados sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta que haya
transcurrido un plazo de veinticinco años desde su muerte, si su fecha es conocida o, en otro caso, de cincuenta años, a partir
de la fecha de los documentos”.
Gestión documental como medida de transparencia en
la regulación estatal del Derecho de Acceso a la
Información Pública
TalleresSEDIC
25. -La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común
◆Regulación con carácter básico el derecho de acceso a los documentos administrativos que, en la fecha de la solicitud,
formen parte de un expediente cerrado.
Artículo 37: Derecho de acceso a archivos y registros
“Los ciudadanos tienen derecho a acceder a los registros y a los documentos que, formando parte de un expediente, obren en los
archivos administrativos, cualquiera que sea la forma de expresión, gráfica, sonora o en imagen o el tipo de soporte material en
que figuren, siempre que tales expedientes correspondan a procedimientos terminados en la fecha de la solicitud”.
Gestión documental como medida de transparencia en
la regulación estatal del Derecho de Acceso a la
Información Pública
TalleresSEDIC
26. ◆Denegación del derecho de acceso por causas de interés público:
◆Art. 37.4: El ejercicio de los derechos podrá ser denegado cuando prevalezcan razones de interés público, por intereses de
terceros más dignos de protección o cuando así lo disponga una Ley, debiendo, en estos casos, el órgano competente dictar
resolución motivada”.
◆Artículo 37.6 g.): “Se regirá por sus disposiciones específicas la consulta de fondos documentales existentes en los Archivos
Históricos”.
◆Consulta en Archivos centrales estatales y autonómicos requiere solicitud de autorización por el interesado.
◆Interpretación restrictiva y falta de desarrollo reglamentario
◆Retraso en materia de transparencia.
◆Administración con potestad de carácter discrecional en la denegación de acceso.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común
TalleresSEDIC
27. Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de
Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.
CAPÍTULO IV: Procedimiento de acceso a documentos y archivos
Norma condicionada por las leyes estatales en materia de acceso y por Ley Orgánica de Protección de Datos
Gestión documental como medida de transparencia en
la regulación estatal del Derecho de Acceso a la
Información Pública
TalleresSEDIC
28. ◆ Titulo I, Capítulo II: Publicidad activa
◆“Los sujetos enumerados en el artículo 2.1 publicarán de forma periódica y actualizada la información
cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el
funcionamiento y control de la actuación pública”.
◆Titulo I, Capítulo III: Derecho de acceso a la información pública
◆“Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el
artículo 105.b) de la Constitución Española, desarrollados por esta Ley”.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
TalleresSEDIC
29. ◆Definición de información pública, Artículo 13: (reconocimiento del derecho de acceso)
“Contenidos o documentos cualquiera que sea su formato o soporte que obre en poder de alguno de los sujetos incluidos en su
ámbito de aplicación y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”.
Artículo 15.1:
“Se considera que una información ha sido elaborada o adquirida en el en el ejercicio de las funciones de un órgano o entidad
cunado sea consecuencia de las competencias que tiene atribuidas”.
◆Disposición final primera: (Modificación de la Ley 30/1992).
“Los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información pública, archivos y registros en los términos y con las condiciones
establecidas en la Constitución, en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y demás leyes que
resulten de aplicación”.
◆Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (Derogación de la Ley 30/1992)
◆Artículo 13: “ Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas”
◆Acceso a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, y el resto del ordenamiento
jurídico.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
TalleresSEDIC
30. ◆Artículo 14- Límites del derecho de acceso:
◆Seguridad nacional.
◆Defensa.
◆Relaciones exteriores.
◆Seguridad pública.
◆Prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
◆Igualdad de partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva.
◆Funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.
◆Intereses económicos y comerciales.
◆Política económica y monetaria.
◆Secreto profesional y propiedad intelectual e industrial.
◆Garantía de confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión.
◆Protección del medio ambiente.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
TalleresSEDIC
31. ◆Olvido en el texto de la Ley:
◆Total ausencia de referencias a los archivos y la gestión documental en las Administraciones Públicas.
◆No existe disposición alguna para impulsar los archivos o la gestión de documentos.
◆Los Documentos como materia prima de los archivos y la gestión documental desplazados del centro del discurso
de la transparencia como auténtico pilar del gobierno abierto.
◆No se articula mecanismos de coordinación entre los sistemas de archivos y la transparencia.
◆Únicamente en el artículo 21.1: “Las Administraciones Públicas, incluidas en el ámbito de aplicación del Título I,
establecerán sistemas para integrar la gestión de solicitudes de información de los ciudadanos en el
funcionamiento de su organización interna.
◆Derecho a la información como derecho instrumental:
◆Debate sociedad civil, reconocimiento de este derecho como fundamental.
Gestión documental y de archivos en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Buen Gobierno
TalleresSEDIC
32. ◆La Ley 19/2013 para los archivos de oficina o de gestión.
◆La normativa sectorial en materia de archivos para los archivos centrales, intermedios e históricos, como una de las regulaciones
especial del derecho de acceso reconocidos en la Disposición Adicional primera de esta Ley.
◆Para el acceso a los archivos centrales e intermedios se aplicaría la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español y el Real
Decreto 1708/2011, en el ámbito de la Administración General del Estado; y, de forma supletoria, aplicación de la Ley 19/2013
de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Normativa aplicable Derechos de Acceso
TalleresSEDIC
33. Leyes autonómicas sobre transparencia con aspectos relevantes sobre gestión documental:
Ley Foral 11/2012 de Transparencia y del Gobierno Abierto de Navarra
Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Región de Murcia
Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de documentos, archivos y patrimonio documental de Andalucía
Ley 3/2015, de 4 de marzo, de transparencia y participación ciudadana de Castilla y León
la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y buenas prácticas en la Administración pública gallega
La gestión documental como medida de transparencia
en la normativa de transparencia y archivos de las
Comunidades Autónomas
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34. Modelo de conexión de la transparencia con la gestión documental:
◆Incluye en su articulado mecanismos de transparencia y conceptos propios de gestión documental.
◆Adaptar la legislación de archivos al nuevo marco legal regulador de la transparencia.
◆Deroga algunos artículos de la Ley 10/2001 de 13 de julio, para evitar contradicciones o duplicidades normativas entre la
normativa de archivos y la de transparencia, sobre el derecho de acceso a la información pública.
La Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno de
Cataluña
TalleresSEDIC
35. Modelo de gestión documental como medida de transparencia:
◆Originada por el mandato de la Ley de Transparencia 19/2014, para adaptar su contenido al régimen de acceso a la
información y documentación públicas establecido en esta Ley.
◆Define gestión de documental, durante todo el ciclo de vida del documento, otorgando un papel de gran relevancia como
medida de transparencia.
◆Mención a la ciudadanía como destinataria final de los documentos administrativos.
◆Todas las administraciones y entidades titulares de documentos públicos deben disponer de un único sistema de gestión
documental
La Ley 20/2015, de 29 de julio, de modificación de la
Ley 10/2001, de 13 de julio, de Archivos y Documentos
de Cataluña
TalleresSEDIC
36. ◆Gobierno Abierto como doctrina que nace en Inglaterra
años setenta siglo XX, para impulsar la democracia
representativa.
◆Tres Pilares:
1. Transparencia
2. Participación
3. Colaboración con la ciudadanía
◆Memorándum de Obama del 2011 sobre Gobierno
Abierto y Transparencia:
◆Se define la gestión de documentos como verdadera
columna vertebral de los gobiernos abiertos.
GESTIÓN DOCUMENTAL EN EL MARCO DEL GOBIERNO
ABIERTO
TalleresSEDIC
37. ◆Modelo de política pública donde la
información y los datos gubernamentales tienen
un:
◆papel esencial en la configuración del
derecho de acceso a la información pública.
◆Transparencia: poner a disposición de los
ciudadanos la información de las instituciones
públicas:
◆De forma proactiva: Portales de
transparencia.
◆ De forma reactiva: solicitudes de acceso
de los ciudadanos.
GESTIÓN DOCUMENTAL EN EL MARCO DEL GOBIERNO
ABIERTO
TalleresSEDIC
38. ◆ Terry Cook: “El desafío para la Archivística es
preservar la prueba registrada de la gobernanza”.
Gobernanza: interacciones y acuerdos entre
gobernantes y gobernados para generar
oportunidades y solucionar problemas de los
ciudadanos, para construir las instituciones y las
normas para generar cambios.
◆ Alexandra Eveleigh: “Giro participativo de la
doctrina archivística”.
◆ Joy Palmer: “Privilegia al usuario y promueve un
espíritu de intercambio, colaboración y apertura”.
GESTIÓN DOCUMENTAL PARA EL GOBIERNO ABIERTO
TalleresSEDIC
39. ◆Soporte del nuevo paradigma.
◆Configura la forma de documentar la actividad de los
gobiernos y las administraciones.
◆Mejora la calidad de la democracia.
◆Prevalece el sentido más democrático y social
fomentando archivos más participativos, orientados y
abiertos a los ciudadanos.
GESTIÓN DOCUMENTAL EN EL MARCO DEL GOBIERNO
ABIERTO
TalleresSEDIC
40. https://www.opengovpartnership.org/sites/default/file
s/open-gov-guide_all-themes_June2017_ES.pdf
◆ Núcleo del modelo:
◆ En apoyo a los Gobiernos en promoción de la
transparencia y rendición de cuentas.
◆ En el marco de la Alianza para el Gobierno Abierto.
◆ Incluye la Gestión documental como área transversal para
la consecución de un gobierno abierto.
◆ Al mismo nivel que las áreas transversales de
participación ciudadana, privacidad y protección de
datos personales, derecho a la información, datos de
gobierno abierto.
GESTIÓN DOCUMENTAL EN LA GUÍA DEL GOBIERNO
ABIERTO (JUNIO 2017)
TalleresSEDIC
41. “Una buena gestión documental se ocupa de garantizar que los
registros, documentos y expedientes que se crean sean precisos,
contengan datos fiables y sigan siendo accesibles, utilizables y
auténticos durante el tiempo que sea necesario, sirviendo de
base para la mejora de los servicios públicos, el control de la
corrupción y el fortalecimiento de la democracia.”
“Con ello se ven beneficiados tanto los demandantes de
información, ya que pueden confiar en que obtienen
información completa y fiable, como quienes custodian la
información, ya que pueden ocalizarla y recuperarla fácilmente,
cumpliendo así las necesidades y obligaciones operativas que
exigen los principios de transparencia y rendición de cuentas.
En muchos países los documentos, archivos, registros y
expedientes en manos del gobierno no se gestionan de acuerdo
con los estándares internacionales. Lo que es peor, en algunos
países ni siquiera se llevan a cabo los controles mínimos de
gestión documental”
GESTIÓN DOCUMENTAL EN LA GUÍA DEL GOBIERNO
ABIERTO
TalleresSEDIC
42. “Es difícil encontrar lo que se quiere en archivos mal
gestionados. Todavía más difícil es autentificar o preservar los
documentos pertinentes. Esto puede llevar a políticas
desorientadas, a servicios inadecuados o inapropiados, a
financiación mal asignada y a fraude encubierto, todos ellos
fenómenos con serias consecuencias para las vidas de los
ciudadanos”.
“Hay políticas de gobierno abierto que tienen éxito, como los
datos abiertos y el Derecho a la Información (DAI), y descansan
sobre una gestión documental sólida, motivo por el cual cada vez
más países están orientando sus programas de gestión
documental de manera que apoyen los objetivos de gobierno
abierto”.
GESTIÓN DOCUMENTAL EN LA GUÍA DEL GOBIERNO
ABIERTO
TalleresSEDIC
43. ◆Existencia de sistemas de gestión de
documentos para la efectividad de la
transparencia:
◆Disponibilidad de la información autentica y
fiable.
◆Evidencias de las acciones de los Gobiernos
y organizaciones.
◆Base para la mejora de servicios públicos,
control de la corrupción y fortalecimiento de
la democracia.
GESTIÓN DOCUMENTAL EN LA GUÍA DEL GOBIERNO ABIERTO
TalleresSEDIC
44. Alianza para el Gobierno Abierto Open Government
Partneship –OGP-, fundada en 2011, por 8 países. En la
actualidad, son 75.
◆ Objetivo:
◆ Reforzar vínculos para que los ciudadanos
participen en el desarrollo de las políticas
públicas.
◆ Compromiso:
◆ Que los gobiernos rindan cuentas, sean más
abiertos y mejoren su capacidad de respuesta
hacia los ciudadanos.
GESTIÓN DOCUMENTAL EN LA ALIANZA PARA EL GOBIERNO
ABIERTO
TalleresSEDIC
45. .
RECOMENDACIONES DE LA ALIZANZA EN GESTIÓN DE DOCUMENTOS
TalleresSEDIC
Asegurar que existe una ley o conjunto armonizado de leyes para gestionar los registros
como evidencia para el desarrollo nacional y la rendición de cuentas, y establecer una
autoridad pública como la principal administración de registros gubernamentales.
Establecer un repositorio digital central para proporcionar un acceso duradero a los registros
y datos gubernamentales.
Establecer un medio para relacionar la garantía de calidad de los registros digitales del
sector público y los conjuntos de datos del sector público.
Establecer e implementar requisitos estandarizados para la gestión de registros y metadatos
digitales en todo el gobierno de acuerdo con las normas internacionales de buenas
prácticas.
Incluir requisitos de gestión de registros en los criterios de especificación para nuevos
sistemas de TI y actualizaciones.
Fortalecer la capacidad de los profesionales de gestión de registros para enfrentar los retos
de la gestión de registros en todas las formas y formatos
Utilizar las conclusiones del análisis de brechas para desarrollar una política de gestión de
documentos en todo el gobierno en línea con los objetivos de gobierno abierto y desarrollo
sostenible, incluyendo la gobernanza digital, el derecho a la información y los datos abiertos
46. España forma parte de la Alianza desde 2011
2 Planes Nacionales:
Sin compromisos en gestión de documentos
Tercer Plan Nacional (2017-2019):
Aportaciones ciudadanos:
Incluir gestión de documentos y de
archivos
Modificación Ley de Transparencia
GESTIÓN DOCUMENTAL EN LA ALIANZA PARA EL GOBIERNO
ABIERTO
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47. Objetivos:
1. Potenciar mecanismos de diálogo con la
sociedad civil.
2. Desarrollar iniciativas conjuntas de Gobierno
abierto a nivel estatal, autonómico y local.
3. Fortalecer los cimientos del Gobierno Abierto.
Cinco Ejes:
1. Colaboración.
2. Participación.
3. Transparencia.
4. Rendición de cuentas.
5. Formación.
TERCER PLAN DE ACCIÓN DE ESPAÑA 2017-2019,
DE LA ALIANZA PARA EL GOBIERNO ABIERTO
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48. Compromisos:
1. Mejora del Portal de Transparencia y el Derecho de
Acceso.
2. Programas de apertura de la información y su
reutilización.
3. Carpeta Ciudadana del Punto de Acceso General.
4. Sistema Archive:
◆ Aplicación web de archivo definitivo para garantizar
que la información electrónica es auténtica, accesible,
íntegra, disponible y proporciona información de
trazabilidad.
◆ Preservación información relevante de todas las AAPP
a largo plazo.
◆ Motor de cambio ordenamiento general de la gestión
documental de todas las organizaciones.
5 Desarrollo del Reglamento de la Ley de Transparencia.
PLAN DE ACCIÓN DE ESPAÑA 2017-2019,
DE LA ALIANZA PARA EL GOBIERNO ABIERTO: TERCER EJE
TRANSPARENCIA
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49. ◆ Sometido al trámite de audiencia e información pública. Borrador,
versión 6-02-2018. (Todo el mes de mayo).
◆ La demanda de un Reglamento por la sociedad civil motiva la inclusión
de este compromiso.
◆ Ley 19/2013 superada y mejorada por leyes autonómicas aprobadas
con posterioridad:
◆ Incremento de la cantidad y calidad de obligaciones en publicidad
activa (contratos, relaciones de puestos de trabajo, subvenciones,
retribuciones, etc.).
◆ Mejora del ejercicio del derecho de acceso (solitudes orales, contar
con plazo de resolución de solicitudes desde la fecha de
presentación ante la Administración, silencio positivo).
PLAN DE ACCIÓN DE ESPAÑA 2017-2019
Desarrollo del Reglamento de desarrollo de la Ley 19/2013.
TalleresSEDIC
50. ◆ Modificar la Ley 19/2013, antes de aprobar el Reglamento:
◆ Los grupos parlamentarios con la presentación de enmiendas.
◆ El Gobierno con la elaboración de un proyecto de ley de
modificación de la Ley 19/2013.
◆ Reivindicaciones de la sociedad civil:
◆ Regulación del derecho a la información pública en una Ley
Orgánica, acorde con su naturaleza de derecho fundamental.
◆ Límites o excepciones, causas de inadmisión no tienen que ser
tan numerosas, amplias y ambiguas.
◆ Silencio administrativo debe ser positivo, salvo manifiesta
excepción legal.
◆ Presentación de reclamación sobre derecho de acceso a la
información pública ante el Consejo Estatal de Transparencia y
Buen Gobierno (CTGB), o institución autonómica equivalente.
PLAN DE ACCIÓN DE ESPAÑA 2017-2019
Desarrollo del Reglamento de desarrollo de la Ley 19/2013.
TalleresSEDIC
51. Reivindicaciones de la sociedad civil:
◆ CTBG debería tener facultad de imposición de multas coercitivas para
el cumplimiento efectivo de sus resoluciones ante la Administración.
◆ Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad
activa y el derecho de acceso a la información pública, la Ley 19/2013
debería modificar la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción
contencioso-administrativa para conseguir:
◆ Proceso judicial rápido, sumario y gratuito.
◆ Reivindicación asociaciones de Archiveros y gestores de
Documentos:
◆ Contemplar la gestión documental en los preceptos de la Ley
19/2013 y su desarrollo reglamentario.
PLAN DE ACCIÓN DE ESPAÑA 2017-2019
Desarrollo del Reglamento de desarrollo de la Ley 19/2013.
TalleresSEDIC
52. ◆Cumplimiento de las obligaciones de transparencia exige un cambio en la
manera cómo se gestiona, almacena y recupera la información para
contribuir al incremento de la transparencia pública.
◆Acceder a la información en el gobierno abierto es participar y colaborar
en las decisiones documentadas de los ejecutivos, que apoyan y
sustentan el trabajo del sector público.
◆Las leyes de transparencia a nivel estatal y autonómico deben contemplar
la gestión documental como medida de transparencia.
◆Las leyes de archivos y de gestión documental deben adaptarse al nuevo
marco legal sobre transparencia, coordinando y vinculando ambos
sistemas.
CONCLUSIONES
TalleresSEDIC
53. ◆En la elaboración de las políticas de transparencia, los profesionales de
archivos debemos participar junto con los gestores en transparencia.
◆Una buena gestión documental de archivo facilitará:
◆ Vincular los datos con el contexto orgánico, funcional y de control
◆Garantizar la autenticidad, fiabilidad, integridad y disponibilidad a
largo plazo.
◆El reto de los profesionales de archivo y gestores de documentos es
documentar la actividad de los gobiernos abiertos:
◆Como apoyo a la rendición de cuentas
◆Combatiendo la corrupción
◆Para construir la memoria de las sociedades para el presente y para el
futuro.
.
CONCLUSIONES
TalleresSEDIC