12. ¡Promoviendo la Paternidad Responsable en La Recoleta!
Ley 348
1. Ley Nº 348
LEY INTEGRAL PARA GARANTIZAR A LAS
MUJERES UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
(PROMULGADA EL 9 DE MARZO DEL 2013
Presentación 2
D.I.O. – UDABOL PSICOLOGIA, 2014
REVISIÓN 1.0
2. La presente ley tiene por objeto
establecer mecanismos, medidas y
politicas integrales de
prevencion,atencion, proteccion y
reparacion a las mujeres en situacion de
violencia, asi como la persecusion y
sancion a los agresores, con el fin de
garantizar a las mujeres una vida digna
y el ejercicio plena de sus derechos para
vivir bien.
¿CUAL ES EL OBJETO DE LA LEY?
3. Es una Ley que obliga al Estado a adoptar
mecanismos, medidas y políticas integrales
de:
a) Prevención de la
violencia.
b) Atención, protección y
reparación a las mujeres en
situación de violencia.
c) Persecución y sanción a
los agresores.
PARA
Garantizar a
las mujeres
una vida digna
y el ejercicio
pleno de sus
derechos para
VIVIR BIEN.
4. Vivir bien
Igualdad
Inclusión
Trato Digno Complementarie
dad
Armonía
Igualdad de
Oportunidades
Equidad Social
Equidad de
Género
Cultura de paz
Atención diferenciada
Especialidad
5. CONTRA OTRA FORMA DE VIOLENCIA
FISICA
FEMINICIDA
PSICOLÓGICA
MEDIÁTICA
SIMBÓLICA O ENCUBIERTA
CONTRA LA DIGNIDAD, LA HONRA Y EL NOMBRE
SEXUAL
CONTRA LOS DERECHOS SEXUALESEN SERVICIOS DE SALUD
PATRIMONIAL Y ECONÓMICA
LABORAL
EN EL SISTEMA
PLURINACIONAL
EN EL EJERCICIO POLÍTICO Y
LIDERAZGO DE LA MUJER
INSTITUCIONAL
EN LA FAMILIA
CONTRA LOS DERECHOS Y LA LIBERTAD SEXUAL
6. La violencia intrafamiliar es cualquier
tipo de abuso de poder de parte de un
miembro de la familia sobre otro. Este
abuso incluye maltrato físico, psicológico
o de cualquier otro tipo.
Se considera que existe violencia
intrafamiliar en un hogar, si hay una
actitud violenta repetitiva, no por
un solo hecho aislado.
10. I. La conciliación está prohibida en
cualquier hecho de violencia contra las
mujeres, que comprometa su vida e
integridad sexual.
IV. Excepcionalmente la conciliación podrá
ser promovida únicamente por la víctima
solo por única vez y no siendo posible en
casos de reincidencia.
11. PREVENCIÓN
ESTRUCTURAL
Pretende
cambiar el
sistema, la
educación, los
valores sociales
INDIVIDUAL Para que las mujeres
aprendan a reconocer a un
agresor y puedan defenderse,
COLECTIVA
Para que las mujeres
encuentren protección en
espacios como su comunidad,
grupos, sindicatos, gremios,
juntas vecinales,
organizaciones, etc..
MEDIDAS
12. Servicios de Atención Integral:
Las Universidades y Centros de Formación Superior
Públicos crearán programas y servicios de
prevención, atención y rehabilitación, incluyendo
programas académicos para dicho fin.
Los Servicios de Atención Integrales adoptarán las
medidas necesarias en cuanto a infraestructura,
equipamiento y recursos humanos, garantizando a
las mujeres el no ser revictimizadas
18. Oficina central: calle Camacho # 146ª, entre
Adolfo Mier y Junin. Telefono. 52-50943
Oficina Zona norte: Ubicado en el reten
policial,Int. Planta alta( Plaza Sebastian
Pagador)Telefono. 52-36780
Oficina zona sud: calle Madrid, Pasaje America .
Telefono. 52-65778