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Normatividad legal vigente
relacionada con deberes y
derechos en riesgos
laborales.
Ley 1562/2012 de Colombia
Iniciando este recorrido sobre la Normativa en
Seguridad y Salud en el trabajo en Colombia,
hacemos una primera parada en esta Ley 1562/2012:
 Esta norma arroja luz sobre los conceptos
de Sistemas General de Riesgos Laborales, y
sobre el conocido por aquel entonces como
Programa de Salud Ocupacional.
 Concretamente define un Sistema General de
Riesgos Laborales como el conjunto de entidades,
normas y procedimientos a seguir para lograr la
prevención y protección de todos los
trabajadores ante las enfermedades y accidentes
a los que se enfrentan en su ámbito laboral.
 Así pues, todas las disposiciones existentes en
relación a la seguridad y salud ocupacional,
relacionadas con la prevención y mejora de las
condiciones de trabajo se integran en dicho
Sistema General de Riesgos Laborales.
Decreto 1072 de 2015
 Dando cumplimiento a esta Ley 1562/2012, surge
posteriormente, el Decreto 1443, el cual actualmente se
haya compilado en el Decreto 1072 de 2015.
 Este Decreto 1072 de 2015 nos dice qué es el nuevo Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
 Concretamente, nos dice que el SG-SST, destaca por ser un
elemento que agrega valor a la gestión de las organizaciones
no sólo por ser un elemento de cumplimiento legal sino por
los importantes beneficios que aporta en cuanto a
optimización de los procesos y de los recursos.
 Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del
Sector Trabajo, aglutina toda la
reglamentación existente en relación a la Normativa en
Seguridad y Salud en el trabajo en Colombia,
simplificando de esta forma dicha reglamentación.
 Unos de los requisitos obligatorios que recoge este
Decreto 1072 de 2015 es el impositivo para todas las
organizaciones colombianas de implementar un
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
Ocupacional, con independencia del número de
empleados.
 Por lo que respecta al Decreto 1072 de 2015, establece
una serie de directrices de cumplimiento obligatorio
para llevar a cabo la implementación del SG-SST.
 Tales directrices deben ser aplicadas por los empleadores,
los contratantes de personal bajo contrato civil,
administrativo o comercial, las organizaciones de
economía solidaria, así como aquellas de servicios
temporales.
 A su vez, deben tener cobertura sobre los trabajadores
dependientes, contratistas, cooperados y en misión.
 La Resolución 0312 de 2019 establece los estándares
mínimos del Sistema de Gestión de SST y derogó la
Resolución 1111 de 2017.
 En definitiva, como vemos la normativa en Seguridad y
Salud en el trabajo en Colombia ha evolucionado a lo largo
de los años con el objetivo de seguir avanzando de manera
continua en la mejora de las condiciones de seguridad
laboral de los trabajadores.
Sistema general de riesgos laborales (SGRL)
Es el conjunto de entidades públicas y privadas,
normas y procedimientos, destinados a prevenir,
proteger y atender a los trabajadores de los efectos de
las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir
con ocasión o como consecuencia del trabajo.
¿Cuáles son los objetivos del SGRL?
 Establecer actividades de promoción y prevención
tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y
salud de la población trabajadora, protegiéndola
contra los riesgos derivados del trabajo.
 Prestar la atención en salud a los trabajadores,
como consecuencia de un accidente de trabajo o
enfermedad laboral.
 Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones
económicas que se derivan de las contingencias de
accidentes de trabajo o enfermedad laboral.
 Apoyar las actividades tendientes a establecer el
origen de los accidentes de trabajo y enfermedades
laborales y el control de los agentes de riesgos
ocupacionales.
ACTORES S.G.R.L
ESTADO ARL EMPLEADOR EMPLEADO
• Dirección
• Orientación
• Control
• Vigilancia
• Asesor técnico
• Reconocimiento
de prestaciones
asistenciales y
económicas
• Principal
responsable de
prevención de
riesgos.
• Protegido
• Autocuidado
• Participación
en prevención
DEBERES Y DERECHOS EN
RIESGOS LABORAL
EMPLEADOR
Derechos
 A orientación por parte de las administradoras de riesgos laborales sobre la prevención y evaluación de los
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 A recibir por parte de las ARL asesoría para los programas de medicina laboral, seguridad e higiene industrial y
salud ocupacional sin ninguna discriminación, preferencia de número de trabajadores o cotización de la empresa
Deberes
 El pago total de la cotización de los trabajadores a su servicio.
 Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad ARL correspondiente, dentro de los plazos indicados.
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trabajo de la empresa.
 Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Programa de Seguridad y Salud en el trabajo.
 Notificar a la ARL los Accidentes de Trabajo y Enfermedad laboral dentro de los días de su ocurrencia.
 Facilitar la capacitación en Seguridad en el trabajo a los trabajadores.
 Facilitar la elección del COPAST y BRIGADA DE EMERGENCIA, y registrarlo ante el Ministerio de Protección Social.
 Informar a la ARl las novedades de personal.
 Informar a los trabajadores y a las EPS donde estén afiliados sus trabajadores, la ARL escogida por el empleador.
TRABAJADOR
Derechos
El trabajador que sufra un accidente de trabajo o se le diagnostique una enfermedad laboral tiene
derecho a la cobertura por parte de la ARL en el 100% de las siguientes prestaciones económicas y
asistenciales:
 Atención inicial de urgencias en cualquier IPS en el evento de Accidente de Trabajo.
 Atención médica, quirúrgica terapéutica y farmacéutica prestada por a IPS donde está afiliado.
 Servicio de hospitalización, odontológico, diagnóstico, tratamiento y suministro de
medicamentos.
 Rehabilitación física y profesional.
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servicios.
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Deberes
 A ser reincorporado y/o reubicado una vez terminados sus
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Ocupacional.
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informar y mantener actualizada su información.
ADMINISTRADORA DE RIESGOS
LABORALES
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los equipos y materiales para el
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 Aceptar a todos los afiliados que
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Laboral.
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  • 1. Normatividad legal vigente relacionada con deberes y derechos en riesgos laborales.
  • 2.
  • 3. Ley 1562/2012 de Colombia Iniciando este recorrido sobre la Normativa en Seguridad y Salud en el trabajo en Colombia, hacemos una primera parada en esta Ley 1562/2012:  Esta norma arroja luz sobre los conceptos de Sistemas General de Riesgos Laborales, y sobre el conocido por aquel entonces como Programa de Salud Ocupacional.  Concretamente define un Sistema General de Riesgos Laborales como el conjunto de entidades, normas y procedimientos a seguir para lograr la prevención y protección de todos los trabajadores ante las enfermedades y accidentes a los que se enfrentan en su ámbito laboral.  Así pues, todas las disposiciones existentes en relación a la seguridad y salud ocupacional, relacionadas con la prevención y mejora de las condiciones de trabajo se integran en dicho Sistema General de Riesgos Laborales.
  • 4. Decreto 1072 de 2015  Dando cumplimiento a esta Ley 1562/2012, surge posteriormente, el Decreto 1443, el cual actualmente se haya compilado en el Decreto 1072 de 2015.  Este Decreto 1072 de 2015 nos dice qué es el nuevo Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.  Concretamente, nos dice que el SG-SST, destaca por ser un elemento que agrega valor a la gestión de las organizaciones no sólo por ser un elemento de cumplimiento legal sino por los importantes beneficios que aporta en cuanto a optimización de los procesos y de los recursos.
  • 5.  Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, aglutina toda la reglamentación existente en relación a la Normativa en Seguridad y Salud en el trabajo en Colombia, simplificando de esta forma dicha reglamentación.  Unos de los requisitos obligatorios que recoge este Decreto 1072 de 2015 es el impositivo para todas las organizaciones colombianas de implementar un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional, con independencia del número de empleados.
  • 6.  Por lo que respecta al Decreto 1072 de 2015, establece una serie de directrices de cumplimiento obligatorio para llevar a cabo la implementación del SG-SST.  Tales directrices deben ser aplicadas por los empleadores, los contratantes de personal bajo contrato civil, administrativo o comercial, las organizaciones de economía solidaria, así como aquellas de servicios temporales.  A su vez, deben tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, cooperados y en misión.  La Resolución 0312 de 2019 establece los estándares mínimos del Sistema de Gestión de SST y derogó la Resolución 1111 de 2017.  En definitiva, como vemos la normativa en Seguridad y Salud en el trabajo en Colombia ha evolucionado a lo largo de los años con el objetivo de seguir avanzando de manera continua en la mejora de las condiciones de seguridad laboral de los trabajadores.
  • 7. Sistema general de riesgos laborales (SGRL) Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir con ocasión o como consecuencia del trabajo.
  • 8. ¿Cuáles son los objetivos del SGRL?  Establecer actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados del trabajo.  Prestar la atención en salud a los trabajadores, como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad laboral.  Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas que se derivan de las contingencias de accidentes de trabajo o enfermedad laboral.  Apoyar las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el control de los agentes de riesgos ocupacionales.
  • 9. ACTORES S.G.R.L ESTADO ARL EMPLEADOR EMPLEADO • Dirección • Orientación • Control • Vigilancia • Asesor técnico • Reconocimiento de prestaciones asistenciales y económicas • Principal responsable de prevención de riesgos. • Protegido • Autocuidado • Participación en prevención
  • 10. DEBERES Y DERECHOS EN RIESGOS LABORAL
  • 11. EMPLEADOR Derechos  A orientación por parte de las administradoras de riesgos laborales sobre la prevención y evaluación de los riesgos, recibiendo recomendaciones que controlen o eliminen el factor de riesgo.  A recibir por parte de las ARL asesoría para los programas de medicina laboral, seguridad e higiene industrial y salud ocupacional sin ninguna discriminación, preferencia de número de trabajadores o cotización de la empresa Deberes  El pago total de la cotización de los trabajadores a su servicio.  Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad ARL correspondiente, dentro de los plazos indicados.  Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores.  Destina recursos técnicos, humanos y financieros para la ejecución del programa de seguridad y salud en el trabajo de la empresa.  Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Programa de Seguridad y Salud en el trabajo.  Notificar a la ARL los Accidentes de Trabajo y Enfermedad laboral dentro de los días de su ocurrencia.  Facilitar la capacitación en Seguridad en el trabajo a los trabajadores.  Facilitar la elección del COPAST y BRIGADA DE EMERGENCIA, y registrarlo ante el Ministerio de Protección Social.  Informar a la ARl las novedades de personal.  Informar a los trabajadores y a las EPS donde estén afiliados sus trabajadores, la ARL escogida por el empleador.
  • 12. TRABAJADOR Derechos El trabajador que sufra un accidente de trabajo o se le diagnostique una enfermedad laboral tiene derecho a la cobertura por parte de la ARL en el 100% de las siguientes prestaciones económicas y asistenciales:  Atención inicial de urgencias en cualquier IPS en el evento de Accidente de Trabajo.  Atención médica, quirúrgica terapéutica y farmacéutica prestada por a IPS donde está afiliado.  Servicio de hospitalización, odontológico, diagnóstico, tratamiento y suministro de medicamentos.  Rehabilitación física y profesional.  Elaboración y reparación de prótesis y órtesis.  Gastos de traslado en condiciones normales y necesarios para la prestación de los anteriores servicios.  Subsidio por incapacidad temporal.  Indemnización por incapacidad permanente parcial.  Pensión de invalidez.  Pensión de sobreviviente por la muerte del afiliado o pensionado.  Auxilio funerario a quien sufraga gastos del entierro de un afiliado o pensionado.
  • 13. Deberes  A ser reincorporado y/o reubicado una vez terminados sus procesos de recuperación y/o rehabilitación.  Procurar el cuidado integral de su salud.  Suministrar información sobre el estado de su salud.  Cumplir normas, reglamentos e instrucciones de Salud Ocupacional.  Participar en prevención de riesgos a través del COPAST y/o BRIGADA DE EMERGENCIA.  Los pensionados por invalidez por riesgos laborales deberán informar y mantener actualizada su información.
  • 14. ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES Derechos  Contratar o conformar equipos de prevención de riesgos laborales.  Contratación de personas naturales o jurídicas debidamente licenciadas por las Secretarías de Salud locales, para la prestación de servicios de seguridad ocupacional a terceros.  Adquirir, facilitar o arrendar los equipos y materiales para el control de factores de riesgo en la fuente y en el medio laboral. Deberes  Aceptar a todos los afiliados que soliciten vinculación a la ARL.  Asesoría básica para las empresas en cuanto al diseño del SG-SST.  Capacitación básica para Brigadas de Emergencia.  Capacitación a Brigadas y/o COPAST de las empresas afiliadas.  Fomento de estilos de vida saludables.  Campañas de educación, y prevención en Accidentes de Trabajo y Enfermedad Laboral.  Asesoría técnica.  Evaluación del SG-SST  Vigilancia y control a sus empresas afiliadas.
  • 15. Reglamento de higiene y seguridad del centro de estética RESOLUCIÓN 2263 de 2004 (Julio 14) Por la cual se establecen los requisitos para la apertura y funcionamiento de los centros de estética y similares y se dictan otras disposiciones. RESOLUCION 002827 de 2006 (agosto 8) Por la cual se adopta el Manual de bioseguridad para establecimientos que desarrollen actividades cosméticas o con fines de embellecimiento facial, capilar, corporal y ornamental.
  • 16. Modalidad de afiliación del trabajador al Sistema de Seguridad y Salud
  • 17.
  • 19. APORTES DE RIESGOS LABORALES  Su aporte para el pago de riesgos laborales puede oscilar entre el 0,522% y el 6% de su salario.  Este pago depende de sus funciones y debe consultar una tabla en la oficina de riesgos laborales; si su trabajo es administrativo pagará el mínimo porcentaje, en cambio si su labor es de riesgo como trabajar en alturas de andamios o labores eléctricas su porcentaje será sobre el mas alto porcentaje.
  • 20.
  • 21. Prestaciones económicas  Incapacidad temporal de origen laboral Cuando el trabajador se encuentra imposibilitado temporalmente para trabajar tiene derecho a subsidio equivalente al 100% del salario base de cotización por cada día que ha sido incapacitado.  El derecho se adquiere desde el día siguiente de la ocurrencia del accidente de trabajo o diagnóstico de la enfermedad laboral y podrá percibirse durante 180 días, prorrogables por 180 días más. Sin embargo, si existe concepto favorable de rehabilitación, la ARL podrá posponer el reconocimiento de la pensión por invalidez hasta por 360 días más, tiempo durante el cual el afiliado continuará con el reconocimiento económico por su incapacidad.