El documento presenta las reglas para nombrar compuestos orgánicos cíclicos que contienen enlaces sencillos, dobles y triples entre carbonos. Explica que los cicloalcanos, cicloalquenos, cicloalquinos y cicloalqueninos se nombran siguiendo las mismas reglas que sus análogos acíclicos pero anteponiendo el prefijo "ciclo". También cubre cómo nombrar estos compuestos cuando tienen ramificaciones.