3. AMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY
En toda la administración pública:
Ejecutiva, Legislativa, Judicial y Justicia
Indígena, Electoral, Transparencia y Control
Social, Procuraduría General del Estado y la
Corte Constitucional; Municipios, Gobiernos
Provinciales, instituciones creadas por los
Municipios
4. El Servidor Público
son todas las personas que
en cualquier forma o a
cualquier título trabajen,
presten servicios o ejerzan
un cargo, función o
dignidad dentro del sector
público.
Los Trabajadores:
estarán sujetos al Código
del Trabajo
5. NEPOTISMO:
AUTORIDAD NOMINADORA, no puede:
designar, nombrar, posesionar y/o contratar en la
misma entidad, institución, organismo o persona
jurídica, parientes comprendidos hasta el cuarto
grado de consanguinidad y segundo de afinidad,
a su cónyuge o con quien mantenga unión de
hecho.
La delegada(o) NO podrá nombrar en un puesto
público, ni celebrar contratos laborales, contratos
de servicios ocasionales o contratos civiles de
servicios profesionales
6. NEPOTISMO:
AUTORIDAD NOMINADORA, no puede:
designar, nombrar, posesionar y/o contratar en la
misma entidad, institución, organismo o persona
jurídica, parientes comprendidos hasta el cuarto
grado de consanguinidad y segundo de afinidad,
a su cónyuge o con quien mantenga unión de
hecho.
La delegada(o) NO podrá nombrar en un puesto
público, ni celebrar contratos laborales, contratos
de servicios ocasionales o contratos civiles de
servicios profesionales